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Metodología de la
   investigación
Paola Monserrat Atilano Vázquez
Ana Isabel De la Torre González
Adan Mauricio Macías Monrial
 Flor Melina Martínez Morales
Edith Quiroz Gallegos
Elena Guadalupe Vega Silva

Profa. Itzamá Enríquez Íñiguez
DEFINICIÓN
Delimitación:
   - Teórica: robo
   - Unidad de análisis: habitantes
   - Espacial: colonia España
   - Temporal: período septiembre –
     octubre 2012
¿Cuántos habitantes de la colonia España han
sido víctimas de robo en el período
septiembre – octubre 2012?
OBJETIVOS
Objetivo general:

• Conocer el índice de personas que han sufrido
robo en la colonia España.

Objetivos específicos:

• Realizar un instrumento de investigación.
• Entrevistar a los habitantes de la colonia antes
mencionada.
JUSTIFICACIÓN
Como se sabe el robo en Aguascalientes
ha ido en aumento, y existen algunas
colonias con mayor incidencia delictiva
en esta entidad; entre ellas se encuentra
la colonia España, según los siguientes
datos estadísticos:
SITIOS DE LA CIUDAD DE AGUASCALIENTES
                  CON MAYOR NÚMERO DE INCIDENCIA DE ROBOS
                                     AÑO 2008
ROBOS DOMICILIARIOS                            ROBO DE VEHICULOS
INSURGENTES COL. (Las Huertas)        143      CENTRO               75
FRACC. JOSE GUADALUPE PERALTA      112       BARRIO DE SAN MARCOS   39
FRACC MUNICIPIO LIBRE .            104                              40
(OjoCaliente IV)                             FRACC MORELOS I .
FRACC. RODOLFO LANDEROS            86        FRACC. OJOCALIENTE I   34
FRACC. VILLAS DEL PILAR I          85        COL. SAN MARCOS        32

ROBO A TRANSEUNTE(ASALTO)                    ROBO COMERCIAL
CENTRO                             93        CENTRO                 110
BARRIO DE SAN MARCOS               45        C.C. GALERIAS           37
INSURGENTES COL. (Las Huertas)     32        FRACC. ESPAÑA           35
FRACC. LAS AMERICAS                32        FRACC. LAS AMERICAS    34
COL. LAS FLORES                    28        CIUDAD INDUSTRIAL      23
                                             COL. SAN MARCOS        22
VIABILIDAD Y EVALUACIÓN
           DE RECURSOS

Con ayuda del Inegi se pudieron sacar las estadísticas,
al igual se cuenta con el apoyo del C4 para saber cuál
es el número de robos reportados en Aguascalientes.
Para la realización de la investigación se cuenta con el
tiempo necesario y sobre todo que la colonia es
cercana.
VIDEO
TEMARIO
1. Antecedentes
2. Marco legal
   2.1. Definición de robo
   2.2. Tipos de robo
   2.3. Punibilidad
3. Sujetos
   3.1. Delincuente
         3.1.1 Definición
         3.1.2. Características
         3.1.3. Tipos de delincuente
   3.2. Víctima
          3.2.1. Definición
          3.2.2. Tipos de víctima
   3.3. Policía
       3.3.1. Definición
5. Consecuencias
   5.1. Para la víctima
ANTECEDENTES

Un antecedente que surgió en aquel tiempo era la propiedad
privada, que se considera a partir de que el hombre se hizo
sedentario y comenzó a criar animales como a cultivar las
tierras. El resultado de esto, podemos expresar que el robo es
uno de los delitos, tan arcaico como la humanidad misma .

En el antiguo derecho romano, no había diferencia entre robo o
hurto cometido con o sin violencia. Pero posteriormente se hizo
esta distinción, que decía que el robo sin violencia, se
consideraba como hurto; y al robo con violencia, como rapiña .
El derecho germánico concibió el hurto como substracción de
cosas y distinguió entre hurto clandestino o en sentido propio
y hurto violento o robo. La pena era pecuniaria graduable
según el valor de lo robado, podía ponerse la pena capital .

El derecho canónico, distinguió el robo oculto del robo visible,
el cual se castigaba menos severamente el visible .

En la Edad Media, un ejemplo de las penas cuando se
castigaban el hurto agravado era la amputación de la nariz así
como la pérdida de un trozo de carne o la horca, a
consecuencia de estos hechos se abolió la pena de muerte, para
el delito de hurto simple.
En el derecho Azteca, un punto importante de este
derecho era la restitución al ofendido. Que consistía en
introducir en una jaula al presunto delincuente, para
ulteriormente ser juzgado .

La pena que se utilizaba para castigar el delito de hurto,
era la lapidación en el sitio de los hechos y en el hurto
de oro o de plata se imponía con el paseo denigratorio
del ladrón por las calles de ciudad .

En el mundo maya, el robo de cosas que pueden ser
devueltas se sancionaba con la esclavitud.
El hurto a manos de un plebeyo se le imponía la
pena de pago de la cosa robada o esclavitud o
muerte .

Entre los zapotecas en el caso de robo leve, la
sanción era la flagelación en público y en robo
grave era la muerte y cesión de los bienes del
ladrón al robado.
MARCO LEGAL
Definición de robo. En el capítulo quinto de la Legislación
penal del Estado de Aguascalientes nos habla de los tipos penales
protectores del patrimonio y define al robo como:

Artículo 44. El robo consiste en:

I. La apropiación de un objeto ajeno ya sea material o económico,
sin autorización del propietario o dueño.
II. La apropiación de un objeto ajeno ya sea físico o económico,
cuando se hallen en poder de otra persona por título legítimo, en
la medida que ello perjudique el patrimonio de quien lo patente.
III. Utilizar sin el consentimiento del dueño los servicios básicos
de un hogar o establecimiento.
Tipos de robo. De acuerdo a la Legislación Penal de
Aguascalientes, el robo se clasifica de la siguiente
manera:

Artículo 44 A. Se equipara el robo a la conducta de
quien:

I.-Adquiera ilegítimamente uno o más vehículos
robados.
II.- Desarticule vehículos robados o trafique sus partes.
III.- Ponga en venta vehículos robados.
Artículo 45. El robo será calificado cuando:

I.- Se realice con uso de fuerza física o moral en contra de la
víctima o sobre otro que la acompañe.
II.- El objeto material del apoderamiento sea un expediente o
algún documento de protocolo, o de documento que contenga
obligación, liberación o transmisión de derecho que obre en un
expediente.
III.- Se realice en lugar cerrado o en edificio, vivienda, aposento
o cuarto que estén habitados o destinados para habitación.
IV.- Se cometa aprovechando la falta de vigilancia, el desorden
que se produzca por un incendio, inundación o accidentes en el
tránsito de vehículos o aeronaves, u otros desastres.
V.- El objeto material del apoderamiento sean tubos, conexiones,
tapas de registro u otros implementos de un servicio público o
bajo la salvaguarda pública.
VI.- Se cometa con destrucción o deterioro de bienes muebles e
inmuebles.
VII.- La acción de apoderamiento se cometa respecto de vehículos
de motor.
VIII.- Se cometa en local comercial abierto al público.
IX.- El objeto material de apoderamiento sean objetos de
sembrado, objetos utilizados para cercar frutos cosechados o por
cosechar.
X.- Los objetos robados sean postes, alambres u otros materiales
de las cercas de los sembradíos, base de datos, soporte lógico o
programas de cómputo.
XI.- Se realice el apoderamiento mediante el uso de sistemas de
información, de redes de computadoras, base de datos, soporte lógico
o programas de cómputo;
XII.-El apoderamiento se cometa a vehículo de transporte público de
pasajeros, sobre parte de ello o sobre los bienes a cargo o disposición
de su conductor o pasajeros;
XIII.- El objeto material sean cables, conexiones u otros materiales
que forman parte integrante de alguna instalación eléctrica;
XIV.- El objeto material de apoderamiento de cableado para conducir
electricidad, transformadores de voltaje de energía eléctrica, equipos
de bombeo, siempre que sean parte del sistema agrícola;
XV.- El objeto material sean vales de papel o cualquier dispositivo
electrónico en forma de tarjeta plástica, emitidos por persona moral,
utilizados para intercambiar o canjear bienes y servicios.
Artículo 45 A. El abigeato consiste en:

I.- El apoderamiento de una o más cabezas de ganado
ajenas,    cualquiera     que     sea     su     especie,
independientemente del lugar en el que se encuentren,
sin autorización de la persona que pueda disponer de
las mismas;
II.- El apoderamiento de una o más cabezas de reses
propio, que se halle en poder de otro, en virtud de un
convenio o mandamiento de autoridad, en la medida
que ello dañe el patrimonio de a quien lo detecte.
Artículo 45 B. El abigeato será calificado cuando:

I.- Se realice provechando la ausencia de vigilancia
sobre cabezas de ganado objeto del apoderamiento.
II.- Se cometa con fuerza física o moral en contra de la
víctima o sobre la persona que este encargada de la
vigilancia de la o las cabezas de ganado;
III.- Cuando la afectación patrimonial producida sea el
equivalente al valor del veinte por ciento o más de los
animales propiedad de la víctima.
Artículo 45 C. Se equipara al abigeato:

I.- Al que, con ánimo de apropiársela, altere o elimine
las marcas o señales de identificación de una o más
cabezas de ganado ajeno;
II.- Al que, con ánimo de apropiársela, marque o señale
una o más cabezas de ganado ajeno.
Punibilidad. La pena es diferente en cada caso, dependiendo del tipo
de robo que se haya cometido como se describe a continuación:

Al responsable de robo se le aplicarán de:

I.- 6 meses a 2 años de prisión y de 15 a 100 días multa, y al pago
total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el
valor de la afectación patrimonial no exceda de cien veces el salario
mínimo general vigente del Estado;
II.- 2 a 4 años de prisión y de 100 a 150 días multa, y el pago total de
la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de
la afectación patrimonial exceda de cien veces el salario mínimo
general vigente en el Estado, pero no de trescientas;
III.- 4 a 10 años de prisión y de 150 a 200 días multa, y al pago total
de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el
valor de la afectación patrimonial exceda de trescientas veces el
salario mínimo general vigente en el Estado;

Al responsable de robo equiparado se le aplicarán: de 2 a 4 años de
prisión y de 100 a 200 días multa, y al pago total de la reparación de
los daños y perjuicios ocasionados, cuando de cometa en el supuesto
de la Fracción I.

Se aplicarán de 4 a 6 años de prisión y de 200 a 400 días multa, y al
pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados,
cuando de cometa en el supuesto de la Fracciones II Y III.
Al autor de robo calificado se le aplicará hasta una mitad más de
los mínimos y máximos previstos para el tipo penal de robo.

Si concurren dos o más calificativas, la punibilidad se aumenta
hasta las dos terceras partes de los mínimos y máximos previstos
para el tipo penal de robo.

Al responsable de abigeato visto en la Fracción I se sancionará
de 4 a 10 años de prisión y de 150 a 300 días multa y al pago
total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
Al autor de abigeato visto en la Fracción II se le aplicarán de 3 a
8 años de prisión y de 50 a 150 días multa y al pago total de la
reparación de los daños y perjuicios ocasionados.

Al responsable de abigeato calificado se le aplicará hasta en dos
terceras partes más de los mínimos y máximos previstos para el
tipo penal de abigeato.

Al autor de abigeato equiparado se le aplicarán de 2 a 4 años de
prisión y de 100 a 200 días multa, y al pago total de la reparación
de los daños y perjuicios ocasionados.
SUJETOS
Delincuente. Es de vital importancia estudiar al delincuente, ya
que se trata del individuo que comete el delito y por lo tanto ocupa
toda la atención en la sociedad. Al igual que el estudio del
delincuente es importante, también es necesario estudiar el delito
ya que nos puede servir para corregir la personalidad y el entorno
donde vive el sujeto antisocial.

Características. Para poder describir las características que
tiene un sujeto antisocial, se realizó un estudio de las historias-
clínicas de los delincuentes sentenciados y se observó que se
caracterizan por haber tenido una niñez difícil, un ambiente
familiar desintegrado, debido a la ausencia de los padres y por
carencias ya sean de protección, vivienda, ropa, etc.
También se observó que entre los nueve y diez años empiezan a cometer
robos, por lo común lo hacen a sus familiares, posteriormente comienzan
a manifestar sus conductas asociales como problemas escolares, pintas,
violencia, etc.

A continuación se mencionarán algunas de las características más
relevantes de los delincuentes:

1. Conducta delincuente normal o causal. Comienza a la edad de
   entre 6 y 7 años; por lo general los robos se hacen a los familiares o a
   los propios padres, robando dinero de sus bolsillos.
2. Delincuencia subcultural. Esta delincuencia la cometen
   mayormente personas de clase social baja y se empieza por delinquir
   en grupos o pandillas, pudiendo llegar a una criminalidad individual
   más tarde.
3. Delincuencia neurótica. No tiene como finalidad
obtener dinero u objetos de valor, sino que su único
propósito del es llamar la atención de los padres .
4. Delincuencia acting-out. Se refiere a la delincuencia
que se comete con maldad usando la agresión y la
violencia para obtener lo que se propone.
5. Delincuencia psicopática. La persona no tiene la
capacidad para relacionarse sentimentalmente con los
demás y por lo tanto no siente remordimiento alguno
cuando perpetra un delito .
Tipos de delincuentes. Existen diversos tipos de delincuentes, cada
uno con características que los identifican, mencionándose a
continuación:

1. El carterista.Son ladrones profesionales; actúan siempre en grupo,
por lo general quien lo realiza son los hombres ya que las mujeres son
utilizadas como distracción de la víctima. Su campo de trabajo son sitios
donde exista aglomeraciones de personas, puesto que es imposible que
se den cuenta de que le han robado .
2. Los asaltantes. Son los más peligrosos. Se dedican a robar a
vehículos con mercancía, taxistas, supermercados y actualmente
también a casas particulares. Su objetivo es despojar a la víctima de
objetos de valor utilizando la violencia y estando bajo los efectos de
sustancias tóxicas.
3. Ladrones a domicilio sin moradores. Estos individuos se
autodenominan de dos formas: los que se dedican a robar casas
particulares sin que haya habitantes en el momento del robo se
denominan “domésticos”, mientras los que roban en negocios o
comercios se hacen llamar los “cortinas”.
4. Delincuentes especializados en vehículos. Personas
dedicadas al robo de vehículos particulares, despojando de su
interior objetos de valor que ya habían observado antes como:
radios, herramientas u objetos de uso personal, usando para ello
destornilladores, palancas, bujías, etc. También pueden robar
llantas, rines, espejos, entre otras cosas. El tiempo que se llevan
para perpetrar el robo no es mayor a 20 segundos.
5. Los asaltantes callejeros. Son individuos que utilizan la violencia y
las armas blancas como cuchillos, armas de fuego, punzones, etc.
Existen los que eligen a su víctima al azar, siendo los más peligrosos ya
que la mayoría de las veces actúan bajo el influjo de drogas o sustancias
embriagantes, obteniendo botines de bajo nivel y los que tienen
planeado su trabajo, consiguen botines de mayor nivel, pues atacan a
personas de mayor poder adquisitivo .
6. Los ocasionales. Hurtan solo por necesidad. No se dedican a robar,
sino que lo hacen solo cuando necesitan alimentarse y en ocasiones para
alimentar sus vicios .
7. Delincuentes de esquina. Son jóvenes con alto grado de violencia
que asaltan solo por elevar su autoestima ya que con ello exigen respeto
por parte de sus víctimas .
8. Los lanzas. Actúan siempre acompañados de dos o más
personas que le ayudan a distraer a la víctima. Su fin es
conseguir dinero en efectivo, documentación personal u objetos
de valor […]

Definición de víctima. En términos generales podemos
decir que víctima es el sujeto que sufre un daño por su propia
culpa o por causas fortuitas .

Para la Organización de las Naciones Unidas la víctima es un
individuo que ha sufrido una pérdida, daño o lesión ya sea en su
persona, en su propiedad o en sus derechos, como resultado de
una conducta que:
a. Constituya una violación a la legislación penal.
b. Que implique un abuso de poder por parte de una persona que ocupen
   posiciones de autoridad política o económica .

Tipos de víctimas. Existen diversos tipos de víctimas entre las cuales
   podemos mencionar:

1. Víctima de robo. La conducta que el delincuente de robo presenta e a
   través de la violencia física ya sea antes de cometer el acto para
   facilitarlo, en el acto de cometer o después de cometido.
2. Víctima de chantaje. La intimidación es el medio de la extorsión y tiene
   por objeto atemorizar a su víctima. El delincuente amenaza mediante
   supresión psicológica a la víctima, mediante agresiones verbales, cartas
   o escritos, fotografías y por teléfono ya que este es el más utilizada para
   realizar extorciones.
3. Víctimas del abuso del poder. Son personas que individual o
colectivamente han sufrido daños o lesiones físicas, mentales o
emocionales, como consecuencia de acciones u omisiones que llegan a
constituir violaciones a los derechos humanos .

Policía. Para lograr una seguridad en la sociedad, se necesita de una
fuerza especializada que promueva el retraer e investigar crímenes que
perjudiquen la estabilidad social .

Esta fuerza de la que se habla se llama policía, estos, pueden ser de
perfil provisorio logrando desarrollarse como auxiliares del fiscal o
ministerio público al momento del seguimiento del delito. También
tiene funciones de brindar asistencia de emergencia, trayendo seguridad
en la vía pública al igual que en emergencias, catástrofes y casos de
averiguación y rescate.
La policía encargada del sustento público, tiene que considerar la
prevención y exclusión de aquello que pueda alterar la tranquilidad,
la seguridad, la salubridad, el urbanismo, la moral pública y algunos
semblantes económicos sujetados a la resolución pública .

Como profesión, la policía se mantiene en constante preparación ya
que es indeleble su actividad para lograr su cometido, llegando a
ser un oficio por su constante implicación en el medio público.

Elementos del derecho de policía

•Elementos esenciales. Libertades individuales y derecho humanos .
•Elementos tipificadores. Poder del policía: autoridad
normativa que conserva el Estado de regular los
derechos individuales en aras del interés general.

•Elementos dinámicos.. Medios de policía:

Los medios de policía están reservados al legislador o al
organismo Ejecutivo del poder público. Lo medios
materiales son otorgados a la policía y suponen la
intervención de las armas y la fuerza física.
CONSECUENCIAS

Para la víctima. Consecuencias anímicas ligeras pueden
observarse en la mayoría de las ocasiones y de 10 a 30% de las
victimas sufren daños graves justo después del suceso. A partir
del medio año las secuelas sufridas aparentemente desaparecen,
y de 0 a 5% de los afectados presentan algún trastorno grave.

Las estadísticas arrojan que el sentimiento de sufrimiento, es
más fuerte en las personas de sexo femenino, en comparación con
las de sexo masculino y que los adultos mayores sienten más
tristeza e impotencia.
Las afectaciones mentales sufridas en el subsecuente tiempo del
hecho, pueden ser: aflicciones, incapacidad para dormir, desordenes,
miedos, nerviosismo y sobrecogimientos y alrededor de 5 y 0% de
los perjudicados mantienen un desequilibrio significativo .

Cuando son situaciones más traumáticas los síntomas son:
decaimiento, sentimiento de inferioridad, vértigo y falta de apetito.
Una gran parte de estas sensaciones permanecen por más de 22
días.
En el caso del sexo femenino, cuando son apaleadas
fuertemente, tienen la posibilidad de          sufrir
importantes trastornos mentales en el futuro .

La mayoría de las investigaciones demuestran que las
víctimas se sienten endebles y con temor de ser
vulnerados nuevamente por desconocidos y se vuelven
personas más precavidas, no salen a altas horas de la
noche, no salen tanto a la calle, se cambian de casa o
adquieren objetos para defenderse.
REFERENCIAS
Aguascalientes. (2005). Legislación penal del Estado de
Aguascalientes Colección de Leyes y Códigos. Aguascalientes: Anaya
Editores.

Beristaín, A. (1982). La pena – retribución y las actuales concepciones
criminológicas. Texas: Ediciones Depalma.

Bouza S., G. (s. f.). Violencia: la víctima. Recuperado de
http://fp.chasque.net/~relacion/0209/violencia.htm

Marchiori, H. (2002). Psicología criminal. México, DF: Porrúa.

Marchiori, H. (2009). Criminología: La víctima del delito. México,
DF: Porrúa.
Policía. (s. f.). En Wikipedia. Recuperado el 9 de junio de 2012 de
http://es.wikipedia.org/wiki/Polic%C3%ADa

Rodríguez G, O. (2004). Análisis dogmático de una sentencia en materia
penal, por el delito de robo. [Tesis de grado inédita]. Aguascalientes.
Universidad Autónoma de Aguascalientes.

Rodríguez M., L. (1998). Victimología. México, DF: Porrúa.

Ruiz R., Ma. (1987). El delito del robo. [Tesis de grado inédita].
Aguascalientes. Universidad Autónoma de Aguascalientes.

Valdivia, P. (2011). Tipos de delincuentes. Recuperado de
http://www.pedrovaldivia.cl/index.php?Itemid=34&id=45&option=com
_content&task=view
Robo

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Robo

  • 1. Metodología de la investigación Paola Monserrat Atilano Vázquez Ana Isabel De la Torre González Adan Mauricio Macías Monrial  Flor Melina Martínez Morales Edith Quiroz Gallegos Elena Guadalupe Vega Silva Profa. Itzamá Enríquez Íñiguez
  • 2.
  • 3.
  • 4.
  • 5. DEFINICIÓN Delimitación: - Teórica: robo - Unidad de análisis: habitantes - Espacial: colonia España - Temporal: período septiembre – octubre 2012 ¿Cuántos habitantes de la colonia España han sido víctimas de robo en el período septiembre – octubre 2012?
  • 6. OBJETIVOS Objetivo general: • Conocer el índice de personas que han sufrido robo en la colonia España. Objetivos específicos: • Realizar un instrumento de investigación. • Entrevistar a los habitantes de la colonia antes mencionada.
  • 7. JUSTIFICACIÓN Como se sabe el robo en Aguascalientes ha ido en aumento, y existen algunas colonias con mayor incidencia delictiva en esta entidad; entre ellas se encuentra la colonia España, según los siguientes datos estadísticos:
  • 8. SITIOS DE LA CIUDAD DE AGUASCALIENTES CON MAYOR NÚMERO DE INCIDENCIA DE ROBOS AÑO 2008 ROBOS DOMICILIARIOS ROBO DE VEHICULOS INSURGENTES COL. (Las Huertas) 143 CENTRO 75 FRACC. JOSE GUADALUPE PERALTA 112 BARRIO DE SAN MARCOS 39 FRACC MUNICIPIO LIBRE . 104 40 (OjoCaliente IV) FRACC MORELOS I . FRACC. RODOLFO LANDEROS 86 FRACC. OJOCALIENTE I 34 FRACC. VILLAS DEL PILAR I 85 COL. SAN MARCOS 32 ROBO A TRANSEUNTE(ASALTO) ROBO COMERCIAL CENTRO 93 CENTRO 110 BARRIO DE SAN MARCOS 45 C.C. GALERIAS 37 INSURGENTES COL. (Las Huertas) 32 FRACC. ESPAÑA 35 FRACC. LAS AMERICAS 32 FRACC. LAS AMERICAS 34 COL. LAS FLORES 28 CIUDAD INDUSTRIAL 23 COL. SAN MARCOS 22
  • 9. VIABILIDAD Y EVALUACIÓN DE RECURSOS Con ayuda del Inegi se pudieron sacar las estadísticas, al igual se cuenta con el apoyo del C4 para saber cuál es el número de robos reportados en Aguascalientes. Para la realización de la investigación se cuenta con el tiempo necesario y sobre todo que la colonia es cercana.
  • 10. VIDEO
  • 11.
  • 12. TEMARIO 1. Antecedentes 2. Marco legal 2.1. Definición de robo 2.2. Tipos de robo 2.3. Punibilidad 3. Sujetos 3.1. Delincuente 3.1.1 Definición 3.1.2. Características 3.1.3. Tipos de delincuente 3.2. Víctima 3.2.1. Definición 3.2.2. Tipos de víctima 3.3. Policía 3.3.1. Definición 5. Consecuencias 5.1. Para la víctima
  • 13. ANTECEDENTES Un antecedente que surgió en aquel tiempo era la propiedad privada, que se considera a partir de que el hombre se hizo sedentario y comenzó a criar animales como a cultivar las tierras. El resultado de esto, podemos expresar que el robo es uno de los delitos, tan arcaico como la humanidad misma . En el antiguo derecho romano, no había diferencia entre robo o hurto cometido con o sin violencia. Pero posteriormente se hizo esta distinción, que decía que el robo sin violencia, se consideraba como hurto; y al robo con violencia, como rapiña .
  • 14. El derecho germánico concibió el hurto como substracción de cosas y distinguió entre hurto clandestino o en sentido propio y hurto violento o robo. La pena era pecuniaria graduable según el valor de lo robado, podía ponerse la pena capital . El derecho canónico, distinguió el robo oculto del robo visible, el cual se castigaba menos severamente el visible . En la Edad Media, un ejemplo de las penas cuando se castigaban el hurto agravado era la amputación de la nariz así como la pérdida de un trozo de carne o la horca, a consecuencia de estos hechos se abolió la pena de muerte, para el delito de hurto simple.
  • 15. En el derecho Azteca, un punto importante de este derecho era la restitución al ofendido. Que consistía en introducir en una jaula al presunto delincuente, para ulteriormente ser juzgado . La pena que se utilizaba para castigar el delito de hurto, era la lapidación en el sitio de los hechos y en el hurto de oro o de plata se imponía con el paseo denigratorio del ladrón por las calles de ciudad . En el mundo maya, el robo de cosas que pueden ser devueltas se sancionaba con la esclavitud.
  • 16. El hurto a manos de un plebeyo se le imponía la pena de pago de la cosa robada o esclavitud o muerte . Entre los zapotecas en el caso de robo leve, la sanción era la flagelación en público y en robo grave era la muerte y cesión de los bienes del ladrón al robado.
  • 17. MARCO LEGAL Definición de robo. En el capítulo quinto de la Legislación penal del Estado de Aguascalientes nos habla de los tipos penales protectores del patrimonio y define al robo como: Artículo 44. El robo consiste en: I. La apropiación de un objeto ajeno ya sea material o económico, sin autorización del propietario o dueño. II. La apropiación de un objeto ajeno ya sea físico o económico, cuando se hallen en poder de otra persona por título legítimo, en la medida que ello perjudique el patrimonio de quien lo patente. III. Utilizar sin el consentimiento del dueño los servicios básicos de un hogar o establecimiento.
  • 18. Tipos de robo. De acuerdo a la Legislación Penal de Aguascalientes, el robo se clasifica de la siguiente manera: Artículo 44 A. Se equipara el robo a la conducta de quien: I.-Adquiera ilegítimamente uno o más vehículos robados. II.- Desarticule vehículos robados o trafique sus partes. III.- Ponga en venta vehículos robados.
  • 19. Artículo 45. El robo será calificado cuando: I.- Se realice con uso de fuerza física o moral en contra de la víctima o sobre otro que la acompañe. II.- El objeto material del apoderamiento sea un expediente o algún documento de protocolo, o de documento que contenga obligación, liberación o transmisión de derecho que obre en un expediente. III.- Se realice en lugar cerrado o en edificio, vivienda, aposento o cuarto que estén habitados o destinados para habitación. IV.- Se cometa aprovechando la falta de vigilancia, el desorden que se produzca por un incendio, inundación o accidentes en el tránsito de vehículos o aeronaves, u otros desastres.
  • 20. V.- El objeto material del apoderamiento sean tubos, conexiones, tapas de registro u otros implementos de un servicio público o bajo la salvaguarda pública. VI.- Se cometa con destrucción o deterioro de bienes muebles e inmuebles. VII.- La acción de apoderamiento se cometa respecto de vehículos de motor. VIII.- Se cometa en local comercial abierto al público. IX.- El objeto material de apoderamiento sean objetos de sembrado, objetos utilizados para cercar frutos cosechados o por cosechar. X.- Los objetos robados sean postes, alambres u otros materiales de las cercas de los sembradíos, base de datos, soporte lógico o programas de cómputo.
  • 21. XI.- Se realice el apoderamiento mediante el uso de sistemas de información, de redes de computadoras, base de datos, soporte lógico o programas de cómputo; XII.-El apoderamiento se cometa a vehículo de transporte público de pasajeros, sobre parte de ello o sobre los bienes a cargo o disposición de su conductor o pasajeros; XIII.- El objeto material sean cables, conexiones u otros materiales que forman parte integrante de alguna instalación eléctrica; XIV.- El objeto material de apoderamiento de cableado para conducir electricidad, transformadores de voltaje de energía eléctrica, equipos de bombeo, siempre que sean parte del sistema agrícola; XV.- El objeto material sean vales de papel o cualquier dispositivo electrónico en forma de tarjeta plástica, emitidos por persona moral, utilizados para intercambiar o canjear bienes y servicios.
  • 22. Artículo 45 A. El abigeato consiste en: I.- El apoderamiento de una o más cabezas de ganado ajenas, cualquiera que sea su especie, independientemente del lugar en el que se encuentren, sin autorización de la persona que pueda disponer de las mismas; II.- El apoderamiento de una o más cabezas de reses propio, que se halle en poder de otro, en virtud de un convenio o mandamiento de autoridad, en la medida que ello dañe el patrimonio de a quien lo detecte.
  • 23. Artículo 45 B. El abigeato será calificado cuando: I.- Se realice provechando la ausencia de vigilancia sobre cabezas de ganado objeto del apoderamiento. II.- Se cometa con fuerza física o moral en contra de la víctima o sobre la persona que este encargada de la vigilancia de la o las cabezas de ganado; III.- Cuando la afectación patrimonial producida sea el equivalente al valor del veinte por ciento o más de los animales propiedad de la víctima.
  • 24. Artículo 45 C. Se equipara al abigeato: I.- Al que, con ánimo de apropiársela, altere o elimine las marcas o señales de identificación de una o más cabezas de ganado ajeno; II.- Al que, con ánimo de apropiársela, marque o señale una o más cabezas de ganado ajeno.
  • 25. Punibilidad. La pena es diferente en cada caso, dependiendo del tipo de robo que se haya cometido como se describe a continuación: Al responsable de robo se le aplicarán de: I.- 6 meses a 2 años de prisión y de 15 a 100 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial no exceda de cien veces el salario mínimo general vigente del Estado; II.- 2 a 4 años de prisión y de 100 a 150 días multa, y el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de cien veces el salario mínimo general vigente en el Estado, pero no de trescientas;
  • 26. III.- 4 a 10 años de prisión y de 150 a 200 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando el valor de la afectación patrimonial exceda de trescientas veces el salario mínimo general vigente en el Estado; Al responsable de robo equiparado se le aplicarán: de 2 a 4 años de prisión y de 100 a 200 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando de cometa en el supuesto de la Fracción I. Se aplicarán de 4 a 6 años de prisión y de 200 a 400 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando de cometa en el supuesto de la Fracciones II Y III.
  • 27. Al autor de robo calificado se le aplicará hasta una mitad más de los mínimos y máximos previstos para el tipo penal de robo. Si concurren dos o más calificativas, la punibilidad se aumenta hasta las dos terceras partes de los mínimos y máximos previstos para el tipo penal de robo. Al responsable de abigeato visto en la Fracción I se sancionará de 4 a 10 años de prisión y de 150 a 300 días multa y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
  • 28. Al autor de abigeato visto en la Fracción II se le aplicarán de 3 a 8 años de prisión y de 50 a 150 días multa y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. Al responsable de abigeato calificado se le aplicará hasta en dos terceras partes más de los mínimos y máximos previstos para el tipo penal de abigeato. Al autor de abigeato equiparado se le aplicarán de 2 a 4 años de prisión y de 100 a 200 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
  • 29. SUJETOS Delincuente. Es de vital importancia estudiar al delincuente, ya que se trata del individuo que comete el delito y por lo tanto ocupa toda la atención en la sociedad. Al igual que el estudio del delincuente es importante, también es necesario estudiar el delito ya que nos puede servir para corregir la personalidad y el entorno donde vive el sujeto antisocial. Características. Para poder describir las características que tiene un sujeto antisocial, se realizó un estudio de las historias- clínicas de los delincuentes sentenciados y se observó que se caracterizan por haber tenido una niñez difícil, un ambiente familiar desintegrado, debido a la ausencia de los padres y por carencias ya sean de protección, vivienda, ropa, etc.
  • 30. También se observó que entre los nueve y diez años empiezan a cometer robos, por lo común lo hacen a sus familiares, posteriormente comienzan a manifestar sus conductas asociales como problemas escolares, pintas, violencia, etc. A continuación se mencionarán algunas de las características más relevantes de los delincuentes: 1. Conducta delincuente normal o causal. Comienza a la edad de entre 6 y 7 años; por lo general los robos se hacen a los familiares o a los propios padres, robando dinero de sus bolsillos. 2. Delincuencia subcultural. Esta delincuencia la cometen mayormente personas de clase social baja y se empieza por delinquir en grupos o pandillas, pudiendo llegar a una criminalidad individual más tarde.
  • 31. 3. Delincuencia neurótica. No tiene como finalidad obtener dinero u objetos de valor, sino que su único propósito del es llamar la atención de los padres . 4. Delincuencia acting-out. Se refiere a la delincuencia que se comete con maldad usando la agresión y la violencia para obtener lo que se propone. 5. Delincuencia psicopática. La persona no tiene la capacidad para relacionarse sentimentalmente con los demás y por lo tanto no siente remordimiento alguno cuando perpetra un delito .
  • 32. Tipos de delincuentes. Existen diversos tipos de delincuentes, cada uno con características que los identifican, mencionándose a continuación: 1. El carterista.Son ladrones profesionales; actúan siempre en grupo, por lo general quien lo realiza son los hombres ya que las mujeres son utilizadas como distracción de la víctima. Su campo de trabajo son sitios donde exista aglomeraciones de personas, puesto que es imposible que se den cuenta de que le han robado . 2. Los asaltantes. Son los más peligrosos. Se dedican a robar a vehículos con mercancía, taxistas, supermercados y actualmente también a casas particulares. Su objetivo es despojar a la víctima de objetos de valor utilizando la violencia y estando bajo los efectos de sustancias tóxicas.
  • 33. 3. Ladrones a domicilio sin moradores. Estos individuos se autodenominan de dos formas: los que se dedican a robar casas particulares sin que haya habitantes en el momento del robo se denominan “domésticos”, mientras los que roban en negocios o comercios se hacen llamar los “cortinas”. 4. Delincuentes especializados en vehículos. Personas dedicadas al robo de vehículos particulares, despojando de su interior objetos de valor que ya habían observado antes como: radios, herramientas u objetos de uso personal, usando para ello destornilladores, palancas, bujías, etc. También pueden robar llantas, rines, espejos, entre otras cosas. El tiempo que se llevan para perpetrar el robo no es mayor a 20 segundos.
  • 34. 5. Los asaltantes callejeros. Son individuos que utilizan la violencia y las armas blancas como cuchillos, armas de fuego, punzones, etc. Existen los que eligen a su víctima al azar, siendo los más peligrosos ya que la mayoría de las veces actúan bajo el influjo de drogas o sustancias embriagantes, obteniendo botines de bajo nivel y los que tienen planeado su trabajo, consiguen botines de mayor nivel, pues atacan a personas de mayor poder adquisitivo . 6. Los ocasionales. Hurtan solo por necesidad. No se dedican a robar, sino que lo hacen solo cuando necesitan alimentarse y en ocasiones para alimentar sus vicios . 7. Delincuentes de esquina. Son jóvenes con alto grado de violencia que asaltan solo por elevar su autoestima ya que con ello exigen respeto por parte de sus víctimas .
  • 35. 8. Los lanzas. Actúan siempre acompañados de dos o más personas que le ayudan a distraer a la víctima. Su fin es conseguir dinero en efectivo, documentación personal u objetos de valor […] Definición de víctima. En términos generales podemos decir que víctima es el sujeto que sufre un daño por su propia culpa o por causas fortuitas . Para la Organización de las Naciones Unidas la víctima es un individuo que ha sufrido una pérdida, daño o lesión ya sea en su persona, en su propiedad o en sus derechos, como resultado de una conducta que:
  • 36. a. Constituya una violación a la legislación penal. b. Que implique un abuso de poder por parte de una persona que ocupen posiciones de autoridad política o económica . Tipos de víctimas. Existen diversos tipos de víctimas entre las cuales podemos mencionar: 1. Víctima de robo. La conducta que el delincuente de robo presenta e a través de la violencia física ya sea antes de cometer el acto para facilitarlo, en el acto de cometer o después de cometido. 2. Víctima de chantaje. La intimidación es el medio de la extorsión y tiene por objeto atemorizar a su víctima. El delincuente amenaza mediante supresión psicológica a la víctima, mediante agresiones verbales, cartas o escritos, fotografías y por teléfono ya que este es el más utilizada para realizar extorciones.
  • 37. 3. Víctimas del abuso del poder. Son personas que individual o colectivamente han sufrido daños o lesiones físicas, mentales o emocionales, como consecuencia de acciones u omisiones que llegan a constituir violaciones a los derechos humanos . Policía. Para lograr una seguridad en la sociedad, se necesita de una fuerza especializada que promueva el retraer e investigar crímenes que perjudiquen la estabilidad social . Esta fuerza de la que se habla se llama policía, estos, pueden ser de perfil provisorio logrando desarrollarse como auxiliares del fiscal o ministerio público al momento del seguimiento del delito. También tiene funciones de brindar asistencia de emergencia, trayendo seguridad en la vía pública al igual que en emergencias, catástrofes y casos de averiguación y rescate.
  • 38. La policía encargada del sustento público, tiene que considerar la prevención y exclusión de aquello que pueda alterar la tranquilidad, la seguridad, la salubridad, el urbanismo, la moral pública y algunos semblantes económicos sujetados a la resolución pública . Como profesión, la policía se mantiene en constante preparación ya que es indeleble su actividad para lograr su cometido, llegando a ser un oficio por su constante implicación en el medio público. Elementos del derecho de policía •Elementos esenciales. Libertades individuales y derecho humanos .
  • 39. •Elementos tipificadores. Poder del policía: autoridad normativa que conserva el Estado de regular los derechos individuales en aras del interés general. •Elementos dinámicos.. Medios de policía: Los medios de policía están reservados al legislador o al organismo Ejecutivo del poder público. Lo medios materiales son otorgados a la policía y suponen la intervención de las armas y la fuerza física.
  • 40. CONSECUENCIAS Para la víctima. Consecuencias anímicas ligeras pueden observarse en la mayoría de las ocasiones y de 10 a 30% de las victimas sufren daños graves justo después del suceso. A partir del medio año las secuelas sufridas aparentemente desaparecen, y de 0 a 5% de los afectados presentan algún trastorno grave. Las estadísticas arrojan que el sentimiento de sufrimiento, es más fuerte en las personas de sexo femenino, en comparación con las de sexo masculino y que los adultos mayores sienten más tristeza e impotencia.
  • 41. Las afectaciones mentales sufridas en el subsecuente tiempo del hecho, pueden ser: aflicciones, incapacidad para dormir, desordenes, miedos, nerviosismo y sobrecogimientos y alrededor de 5 y 0% de los perjudicados mantienen un desequilibrio significativo . Cuando son situaciones más traumáticas los síntomas son: decaimiento, sentimiento de inferioridad, vértigo y falta de apetito. Una gran parte de estas sensaciones permanecen por más de 22 días.
  • 42. En el caso del sexo femenino, cuando son apaleadas fuertemente, tienen la posibilidad de sufrir importantes trastornos mentales en el futuro . La mayoría de las investigaciones demuestran que las víctimas se sienten endebles y con temor de ser vulnerados nuevamente por desconocidos y se vuelven personas más precavidas, no salen a altas horas de la noche, no salen tanto a la calle, se cambian de casa o adquieren objetos para defenderse.
  • 43. REFERENCIAS Aguascalientes. (2005). Legislación penal del Estado de Aguascalientes Colección de Leyes y Códigos. Aguascalientes: Anaya Editores. Beristaín, A. (1982). La pena – retribución y las actuales concepciones criminológicas. Texas: Ediciones Depalma. Bouza S., G. (s. f.). Violencia: la víctima. Recuperado de http://fp.chasque.net/~relacion/0209/violencia.htm Marchiori, H. (2002). Psicología criminal. México, DF: Porrúa. Marchiori, H. (2009). Criminología: La víctima del delito. México, DF: Porrúa.
  • 44. Policía. (s. f.). En Wikipedia. Recuperado el 9 de junio de 2012 de http://es.wikipedia.org/wiki/Polic%C3%ADa Rodríguez G, O. (2004). Análisis dogmático de una sentencia en materia penal, por el delito de robo. [Tesis de grado inédita]. Aguascalientes. Universidad Autónoma de Aguascalientes. Rodríguez M., L. (1998). Victimología. México, DF: Porrúa. Ruiz R., Ma. (1987). El delito del robo. [Tesis de grado inédita]. Aguascalientes. Universidad Autónoma de Aguascalientes. Valdivia, P. (2011). Tipos de delincuentes. Recuperado de http://www.pedrovaldivia.cl/index.php?Itemid=34&id=45&option=com _content&task=view