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QUE ES UN SISTEMA DE SALUD?
Un sistema de salud es la suma de todas
las organizaciones, instituciones y
recursos cuyo objetivo principal consiste
en mejorar la salud.
Un sistema de salud necesita personal,
financiación, información, suministros,
transportes y comunicaciones, así como
una orientación y una dirección
generales.
EL SISTEMA DE SALUD MEXICANO CONSTA DE TRES
COMPONENTES PRINCIPALES QUE OPERAN EN
PARALELO:
1) Esquemas de seguro social basados en el empleo,
2) Servicios de asistencia pública para los no asegurados, y
3) Un sector privado compuesto por proveedores de servicios y aseguradores desvinculados del sector público, así como de fabricantes y distribuidores
de dispositivos médicos y de productos farmacéuticos.
Los planes de seguro social son administrados por instituciones nacionales centralizadas, mientras que la cobertura para la población no asegurada está a
cargo de las autoridades y proveedores estatales y federales.
La Secretaría de Salud financia y regula solo a los prestadores para población no asegurada mientras que las instituciones de seguro social se gobiernan
de manera autónoma mediante leyes y acuerdos corporativistas que reflejan las realidades políticas de la década de 1940 más que las necesidades del
siglo XXI.
RESEÑA HISTÓRICA
El surgimiento del Sistema Nacional de Salud está relacionado con la reforma sanitaria que se
ha implementado gradualmente en el país a partir de la década de 1980, después de la crisis
financiera que llevó al borde de la quiebra al estado mexicano.
Para poder enfrentar esta situación de enfermedades en el gobierno mexicano suscribió una
serie de compromisos con organismos financieros multilaterales como el Banco Mundial y el
Fondo Monetario Internacional, entre los que se encontraba precisamente el
desmantelamiento de los servicios estatales de salud y la implementación de un sistema de
orientación liberal que permitiera la participación de actores privados en el campo de la salud.
SECRETARÍA DE SALUD (MÉXICO)
Es una de las diecinueve secretarías de Estado que,
junto con la Consejería Jurídica del Ejecutivo
Federal, conforman el gabinete legal del presidente
de México. Es el despacho del poder ejecutivo
federal con funciones de ministerio de Salud
Pública.
Es la encargada de diseñar, ejecutar y coordinar las
políticas públicas en materia de servicios sanitarios.
Lo anterior incluye elaborar los programas, planes
y proyectos de asistencia social, servicios médicos
y salubridad general a través del Sistema Nacional
de Salud y en conformidad con lo establecido por
la Ley General de Salud.
También tiene bajo su responsabilidad, administrar, operar y sostener las instalaciones médicas de nivel federal; regular y normar,
los procesos y técnicas de salubridad y asistencia a las que se sujetaran instituciones de salud pública y privadas, incluyendo el IMSS
y el ISSSTE;
comandar la policía sanitaria en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos; vincularse con la SAGARPA y la SEMARNAT cuando la
salud animal o vegetal amenace la humana; administrar el sistema educativo vinculado a las ciencias de la salud (en coordinación
con la SEP);
aplicar estrategias que fomenten la cultura de la salud en todos sus ámbitos, la higiene personal y la cultura física; encabezar las
campañas de salud pública destinadas a prevenir o erradicar determinados problemas sanitarios, incluyendo en esto las campañas
de vacunación;
vigilar los procesos destinados a cuidar la integridad física de los trabajadores en todos los sectores económicos; constituir el
Consejo de Salubridad General en caso de epidemias graves, adquiriendo las facultades extraordinarias que establece la ley para el
despacho y que le otorga el presidente de la república, e integrándose de forma excepcional al Consejo de Seguridad Nacional;
operar el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Instituto de Salud para el Bienestar; y fomentar la
investigación científica y el desarrollo tecnológico vinculado a su área.
Conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general, con excepción de lo
relativo al saneamiento del ambiente; y coordinar los programas de servicios a la salud de la administración pública federal,
así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen.
Crear al igual que administrar establecimientos de salubridad, de asistencia pública y de terapia social en cualquier lugar del
territorio nacional y organizar la asistencia pública en la Ciudad de México.
Aplicar a la Asistencia Pública los fondos que le proporcionen la Lotería Nacional y Pronósticos para la Asistencia Pública; y
administrar el patrimonio de la Beneficencia Pública en el Distrito Federal, en los términos de las disposiciones legales
aplicables, a fin de apoyar los programas de servicios de salud.
Organizar y vigilar las instituciones de beneficencia privada, en los términos de las leyes relativas, e integrar sus patronatos,
respetando la voluntad de los fundadores.
Planear, normar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud y proveer a la adecuada participación de las dependencias
y entidades públicas que presten servicios de salud, a fin de asegurar el cumplimiento del derecho
Ejecutar el control sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y distribución de drogas y
productos medicinales, a excepción de los de uso veterinario que no estén comprendidos en la Convención de Ginebra.
Poner en práctica las medidas tendientes a conservar la salud y la vida de los trabajadores del campo y de la ciudad y la
higiene industrial, con excepción de lo que se relaciona con la previsión social en el trabajo.
FUNCIONES
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es un
organismo descentralizado del gobierno federal mexicano
sectorizado a la Secretaría de Salud dedicada a brindar
servicios de salud y de seguridad social a la población que
cuenta con afiliación al instituto (denominados
derechohabientes); quienes están afiliados al seguro
obtienen un número de afiliación (NSS).
Su organización interna es tripartita (Estado, Patrones y
Trabajadores). Se considera que es la institución de
seguridad social más grande de América Latina.[cita
requerida] Se fundó el 19 de enero de 1943 por decreto del
presidente Manuel Ávila Camacho.
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
La ley del Seguro Social vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación mediante decreto de
fecha 21 de diciembre de 19952 es el marco legislativo bajo el que rige sus operaciones el Instituto
Mexicano del Seguro Social.
La asistencia médica.
La protección de los medios de subsistencia.
Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.
El otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será
garantizada por el Estado.
A efecto de cumplir con tal propósito, el Seguro Social comprende dos tipos de régimen; el obligatorio
y el voluntario.
ACTUALMENTE, LA LEY SEÑALA QUE LA SEGURIDAD
SOCIAL TIENE COMO FINALIDADES:
El régimen obligatorio: Es aquel que se financia con contribuciones provenientes de los patrones, el Estado y los
propios trabajadores. Cuenta con cinco tipos de seguro: enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez
y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; Guarderías y prestaciones sociales.
Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: los trabajadores, los miembros de sociedades
cooperativas de producción y las personas que determine el Ejecutivo Federal mediante el Decreto respectivo,
tal es el caso de los Estudiantes, amparados bajo el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14
de septiembre de 1998.3
Lo podemos definir como aquel mediante el cual todas las personas que se encuentren en alguno de los
supuestos normativos establecidos en el artículo 12 de la LSS, principalmente y, ante todo, aquellas que se
encuentren afectadas a una relación de trabajo, así como las que están configuradas en alguna de las ficciones de
ley (sociedades cooperativas) y aquellas que el Ejecutivo Federal, bajo ciertos lineamientos, tengan derecho y
acceso a todo el esquema de seguridad social (riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad; invalidez y vida;
retiro, cesantía y vida; guardería y prestaciones sociales), obteniendo el beneficio de las prestaciones en dinero y
en especie que se otorguen en cada una de las ramas de aseguramiento, en los términos específicos que la propia
ley señale para cada uno de ellos, tanto para el propio asegurado, así como sus beneficiarios y, en general, a
todos los derecho-habientes.
INCORPORACIÓN AL IMSS
De forma voluntaria y mediante convenio con el Instituto,
podrán ser sujetos de aseguramiento en este régimen, los
trabajadores en industrias familiares y los independientes
como profesionales, pequeños comerciantes, artesanos y
demás trabajadores no asalariados, los trabajadores
domésticos, los ejidatarios, comuneros, colonos y
pequeños propietarios; así mismo, los patrones (personas
físicas) con trabajadores asegurados a su servicio y los
trabajadores al servicio de las administraciones públicas
de la Federación, entidades federativas y municipios que
estén excluidos o no comprendidas en otras leyes o
decretos como sujetos de seguridad social.
LA INCORPORACIÓN VOLUNTARIA AL RÉGIMEN
OBLIGATORIO
• Mediante la contratación del seguro de salud para la familia se brinda protección a
personas que son ajenas al cualquier régimen institucional de seguridad social y que, por
sus condiciones económicas, están imposibilitadas para incorporarse voluntariamente al
régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social.
EL RÉGIMEN VOLUNTARIO
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del
Estado (ISSSTE) es una organización gubernamental de México que
administra parte del cuidado de la salud y seguridad social, ofrece
asistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos de trabajo y la muerte.
A diferencia del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que cubre
a los trabajadores en el sector privado, el ISSSTE se encarga de brindar
beneficios sociales para los trabajadores del gobierno federal y de los
gobiernos estatales que tienen celebrado convenio con él.4
Junto con el IMSS, el ISSSTE brinda una cobertura de salud entre el 55
y el 60 por ciento de la población de México,5 para el año 2014
contaba con 12,803,817 derechohabientes.67
Fue fundada el 30 de diciembre de 1959, decreto por el entonces
presidente Adolfo López Mateos.
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
El ISSSTE presta no solo
seguro o servicios
médicos o de Salud, sino
que otorga otros seguros
y servicios.
Los 21 seguros, servicios
y prestaciones que ofrece
el ISSSTE constituyen una
amplia red de protección
social que cubre a su
población amparada
desde antes de nacer
hasta después de la
muerte. Se compone de
la siguiente manera:
Seguros Seguro de Salud Prestaciones y Servicios
Préstamos Hipotecarios y
financiamiento general
para la vivienda
Préstamos Personales Servicios Sociales Servicios Culturales
SEGUROS, PRESTACIONES Y SERVICIOS
El Instituto de Seguridad Social
para las Fuerzas Armadas
Mexicanas (ISSFAM) es un
organismo descentralizado
sectorizado a la Secretaría de la
Defensa Nacional dedicada a
brindar seguridad social de
salud, vivienda y pensionaria a
los miembros activos y
retirados de las Fuerzas
Armadas de México, así como a
sus familiares.
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS
FUERZAS ARMADAS MEXICANAS
El Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI) es un organismo
descentralizado sectorizado a la Secretaría de Salud que tiene como
finalidad proveer servicios de salud a las personas no derechohabientes
a ninguna institución del Sistema Nacional de Salud, principalmente del
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad
y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Fue fundado el 1 de enero de 2020 por decreto del presidente Andrés
Manuel López Obrador y sustituyó al Seguro Popular,3 el cual había
sido fundado en el 2003.
INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR
• Ofrece servicios médicos de primer y segundo nivel a personas sin seguridad social. Dentro de los servicios de tercer nivel, se añadirían 30 servicios además de
los 66 que ya contaba el Seguro Popular.
• Primer nivel (80% de los padecimientos):
• Acciones preventivas.
• Promoción de la salud.
• Prevención de enfermedades.
• Atención ambulatoria a los males más comunes que brindan los médicos generales y el personal de enfermería.
• Segundo nivel:
• Especialidades básicas en los hospitales generales o de especialidad.
• Diagnóstico de laboratorio e imagen.
• Especialidades: cirugía general, ginecología, obstetricia, medicina interna y pediatría.
• Tercer nivel: Atención médica de mayor complejidad y especialización, en la que intervienen los Institutos Nacionales de Salud y de investigación
SERVICIOS
El 31 de enero de 2020 se fijó un plazo para que las treinta y dos entidades federativas del país se adhirieran al nuevo
organismo, lo cual implicaba que le cedieran a la Federación el control sobre sus servicios de salud para personas que no
contaran con ninguna derechohabiencia a ninguna institución de seguridad social.
Sin embargo, nueve no firmaron el acuerdo de adhesión, aunque cuatro de ellas (Chihuahua, Coahuila, Michoacán y
Tamaulipas) sí operaba IMSS-Bienestar. Los estados donde no operaba ni el INSABI o IMSS-Bienestar eran Aguascalientes,
Baja California Sur, Guanajuato, Jalisco y Nuevo León.
El INSABI empezó a operar en febrero en los veintitrés estados que lo firmaron.
Finalmente los nueve estados que no habían firmado el acuerdo lo hicieron en agosto de 2021.
COBERTURA
En febrero de 2020, la Secretaría de Salud a través del INSABI,
lanzó una primera convocatoria para contratar a personal
médico y de enfermería, especialmente en zonas marginadas de
estados como Chiapas, Zacatecas e Hidalgo. A través de este
programa, el INSABI busca reclutar a unos 40 mil personas para
cubrir al personal médico, de enfermería y especialidades.
En marzo de 2020, a partir de la pandemia de COVID-19 en
México, el INSABI lanzó una convocatoria extra para contratar a
personal médico que pueda participar en la contención del
COVID-19 en el país. La contratación se centra sobre todo en
personal especializado en urgencias, terapia intensiva, medicina
interna, neumología, infectología e anestesiología.
MÉDICOS DEL BIENESTAR
Petróleos Mexicanos (PEMEX) es una empresa estatal productora, transportista,
refinadora y comercializadora de petróleo y gas natural de México. Cuenta con un
régimen individual constitucional denominado empresa productiva del Estado para
la explotación de los recursos energéticos en territorio mexicano, aunque también
cuenta con diversas operaciones en el extranjero, principalmente de
comercialización, operaciones financieras y servicios petroleros periféricos.
Fue creada por el presidente Lázaro Cárdenas el 7 de junio de 1938 resultado de
la Expropiación Petrolera.
La empresa actúa bajo la dirección de un consejo de administración, cuyo
presidente es el secretario de Energía en turno. El director general de PEMEX es
designado y removido libremente por el presidente de la República. El actual
director general es Octavio Romero Oropeza.
PETRÓLEOS MEXICANOS
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de las Familias (SNDIF),
comúnmente llamado DIF Nacional o DIF, es un organismo descentralizado
mexicano sectorizado a la Secretaría de Salud con funciones de la institución
pública encargada de dirigir la asistencia social a nivel nacional.
Entre las actividades generales de la institución, se encuentran el promover la
planificación familiar, el cuidado y protección de los derechos de los niños y
adolescentes, la asistencia a los ancianos, la lucha contra el abuso de sustancias
y entre otras.
Fue fundada en en 19772 por Carmen Romano, esposa del presidente José
López Portillo al fusionar el Instituto Mexicano para la Infancia y la Familia
(IMPI) y el Instituto Mexicano de Asistencia a la Niñez (IMAN).
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA
El DIF Nacional (Sistema Nacional para el
desarrollo integral de la familia) es un organismo
público descentralizado, con patrimonio y
personalidad jurídica propios, normado por la Ley
General de Salud y la Ley de Asistencia Social.
Tiene como objetivos principales promover la
asistencia social y prestar servicios en ese campo.
Actúa en coordinación con las dependencias
federales, estatales y municipales en el diseño de
políticas públicas, operación de programas,
prestación de servicios y realización de diversas
actividades en la materia.
FUNCIONES
Realizar estudios e investigaciones sobre los problemas de la familia, con el fin de ejecutar acciones tendientes a lograr que sus miembros se
desenvuelvan en un ambiente que propicie su pleno desarrollo integral, mejorando su calidad de vida.
Operar Centros DIF que presten servicios de asistencia social, orientación jurídica y diferentes actividades para el desarrollo y beneficio de
menores en riesgo, personas de la tercera edad, mujeres, personas con capacidades diferentes y, en general, a los grupos vulnerables.
Promover el bienestar de los ancianos y el desarrollo de acciones de preparación para la senectud.
Promover e impulsar el sano crecimiento físico, mental y social de la niñez, estableciendo programas tendientes a evitar, prevenir y atender
el maltrato de los menores, proporcionándoles atención, cuidado y vigilancia.
Atender a las mujeres en estado de gravidez o lactancia, sobre todo a aquellas cuya situación económica no les permita valerse por sí mismas
OBJETIVOS
En la Carta Mexicana se ha captado como una nueva
garantía social esencialmente programática, siguiendo la
atinada expresión de Biscaretti di Ruffia. El artículo 4.,
en un nuevo párrafo tercero, dispone que: "toda
persona tiene derecho a la protección de la salud.
La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a
los servicios de salud y establecerá la concurrencia de
la Federación y las entidades federativas en materia de
salubridad general, conforme a lo que dispone la
fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución"
EL DERECHO A LA PROTECCION DE LA SALUD
El término "Derecho a la Salud",
ingenuo y demagógico, quedó
atrás ante el poder constituyente
que utilizó el más sensato de
"Derecho a la Protección de la
Salud" que consagra el elemento
radical de ese derecho, el acceso
universal a servicios de salud, sean
éstos de atención médica, de salud
pública o de asistencia social,
como más tarde clarificó el
Congreso en la Ley General de
Salud.
EL DERECHO A LA SALUD Y SUS ELEMENTOS
1. La disponibilidad
contempla el contar
con el número
suficiente de
establecimientos,
bienes, insumos y
servicios.
2. La accesibilidad es
definida como la
obligación de que los
establecimientos de
atención médica estén
al alcance de todos y
la no discriminación.
3. La aceptabilidad
significa que los
servicios deben
proporcionar una
atención con enfoque
diferencial y
especializado,
respetando los
aspectos culturales y
sensibles de los
requisitos de cada
grupo y cada paciente.
4. La calidad ha de
encontrarse tanto en
la educación y
formación de
profesionales de salud
al igual que en las
instalaciones y
materiales empleados.
EL DERECHO A LA SALUD Y SUS ELEMENTOS
Por lo anterior, cada gobierno debe establecer acciones encaminadas a permitir que sus
ciudadanos cuenten con acceso al sistema de salud con todos sus elementos mencionados. Lo
hacen a través de la positivización de esta garantía.
El derecho humano a la salud es internacional y universal; cuando cada país lo incluye en su
propio ordenamiento jurídico lo nacionaliza y lo convierte en derecho positivo de su estado.
A nivel internacional, esa facultad se encuentra protegida por diversos instrumentos, por
ejemplo la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) en su artículo 25.
Mientras que en América Latina lo está por la Convención Americana de Derechos Humanos,
entre otros textos.
En particular, en México se encuentra resguardado por el artículo 4o de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo que "Toda persona tiene derecho a la
protección de la salud", sin embargo, es la Ley General de Salud la que establece las bases y
modalidades de este acercamiento.
La Corte Interamericana, en su
Cuaderno No 28 de
Jurisprudencia, ha querido
reseñar algunos
pronunciamientos en relación
con los principios de derechos
humanos que están vinculados
con el derecho a la salud y ha
determinado que éstos son
tres: de progresividad, de
indivisibilidad y de
interdependencia.
EL DERECHO A LA SALUD Y LOS PRINCIPIOS
GENERALES DE LOS DERECHOS HUMANOS
El derecho humano a la salud es considerado
de la segunda generación, es decir, forma
parte de la categoría de los conocidos como
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y
Ambientales (DESCA). Pertenecer a esta
categoría tiene el inconveniente de estar
condicionado a las posibilidades económicas
de cada nación para poder proporcionar su
efectivo cumplimiento. Desafortunadamente
ese derecho a la salud, y en consecuencia a la
vida, resulta condicionado a la economía del
paciente y del país donde resida.
EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD
El precepto expuesto se podría apreciar, por ejemplo, cuando en la
compra de material hospitalario durante la pandemia; las cifras
varían mucho de un país a otro y eso se debe a la economía de que
dispone cada región. De tal manera, al gobierno mexicano no se le
puede recriminar que no haya invertido o comprado las mismas
cifras que, por ejemplo, Francia. Siempre y cuando el gobierno
mexicano pueda demostrar que ha actuado acorde a su posibilidad
económica, no se considerará que ha transgredido este precepto.
Los derechos humanos son un todo, una unidad que se
encuentra formada por diversas normas.
Tales normas se dividen en generaciones para facilitar su estudio
y enseñanza, pero en realidad no existe jerarquía entre ellos,
todos tendrían que ser respetados y atendidos por igual.
Ahí radicaría el problema de los gobiernos que normalmente,
cuando realizan una distribución presupuestaria, dan preferencia
a unos derechos frente a otros.
De esta forma, en la práctica ningún derecho de los individuos
es atendido de manera eficiente, porque al ser desatendidos
unos, se causa deficiencias en los demás.
LOS PRINCIPIOS DE INDIVISIBILIDAD E
INTERDEPENDENCIA
Individuos de diferentes orígenes, grupos sociales y países gozan
de diferentes niveles de salud.
El término desigualdad en salud se refiere de manera genérica a
las diferencias en la salud de los individuos o los grupos.
Cualquier aspecto cuantificable de la salud que varía entre
individuos o según agrupamientos socialmente relevantes puede
denominarse una desigualdad en salud. En la definición de
desigualdad en salud está ausente cualquier juicio moral sobre si
las diferencias observadas son razonables o justas.
DESIGUALDAD, INEQUIDAD Y
SALUD.
o disparidad en salud, es un tipo específico de desigualdad que denota una
diferencia injusta en la salud. De acuerdo con una definición común,
cuando las diferencias en salud son prevenibles e innecesarias, el permitir
que persistan es injusto.
En este sentido, las inequidades en salud son diferencias sistemáticas en la
salud que podrían evitarse con medios razonables.
En general, las diferencias en salud entre grupos sociales, como aquellas
basadas en raza o religión, se consideran inequidades en salud porque
reflejan una distribución injusta de los riesgos y los recursos en salud.
La distinción clave entre los términos desigualdad e inequidad es que el
primero es sencillamente una descripción dimensional que se emplea cada
vez que las cantidades son desiguales, mientras que el segundo requiere
emitir un juicio moral de que la desigualdad está mal.
INEQUIDAD EN SALUD
Aunque la existencia de desigualdades en salud es un problema casi
universal, la medida con la cual los factores sociales importan para la
salud se ha demostrado que varía por país.
Existen dos enfoques principales para estudiar desigualdades en
salud entre y dentro de las poblaciones.
Debido a que las desigualdades sociales en salud resultan de la
distribución injusta de los determinantes sociales de la salud,
rastrear las diferencias en salud entre grupos sociales es importante
para monitorear el estado de la equidad en una sociedad.
En resumen, examinar las desigualdades en salud desde la
perspectiva de los grupos sociales puede ayudar a orientar las
intervenciones, permitir la vigilancia de importantes asuntos de
equidad y avanzar nuestra comprensión de la salud, al ayudarnos a
establecer conexiones que quizá no hayan sido inicialmente obvias
Las desigualdades en salud según dimensiones raciales, étnicas y
socioeconómicas se observan tanto en países de bajos ingresos como
en países de altos ingresos, y pueden estar aumentando, resaltando la
importancia de estudiar las diferencias en salud a nivel de grupo.
Para entender las desigualdades en salud socialmente determinadas es
necesario construir grupos de individuos que hagan sentido.
Cada sociedad tiene sus propias maneras de estratificar y dividir a la
gente en grupos sociales.
DESIGUALDADES EN SALUD ENTRE GRUPOS
SOCIALES: DEFINICIÓN DE LOS GRUPOS
las diferencias en salud pueden estructurarse con respecto a una cantidad ordenada o continua,
como la educación o el ingreso.
En estos casos deben considerarse dos preguntas clave.
Primero, ¿es que los resultados en salud dependen del alcance de cierto punto de referencia con
respecto al recurso social o se predice un gradiente social en salud que exhibe más bien una
relación dosis- respuesta? Y en segundo lugar, ¿es que la respuesta de un individuo a la variable
social depende solamente de su propio nivel a tal variable, o acaso importa dónde se ubica esa
persona con respecto a otros?
Un tipo de explicación apunta a factores materiales en la creación de las
desigualdades en salud.
Los factores materiales incluyen alimento, cobijo, contaminación y otros recursos y
riesgos físicos que influyen sobre los resultados en salud.
Las mediciones de recursos absolutos, como el ingreso absoluto, son útiles para
poner a prueba el rol de la privación material en la creación de diferencias en salud,
como son también las mediciones de factores físicos de riesgo para la salud, tales
como la calidad del aire.
Una distribución desigual de los recursos y riesgos físicos para la salud entre
geografías y grupos sociales contribuye a las desigualdades sociales en salud a través
de vías materiales.
MARCO PARA ENTENDER LAS DESIGUALDADES EN
SALUD
Una segunda clase de explicación apunta a factores psicosociales como propulsores de las
desigualdades en salud y diferencias en salud entre grupos sociales, en particular.
Los impactos psicosociales en salud provienen de sentimientos de exclusión social,
discriminación, estrés, poco apoyo social y otras reacciones psicológicas a experiencias
sociales.
Los estados psicológicos negativos afectan la salud física al activar la respuesta biológica
frente al estrés, la cual puede conducir a inflamación incrementada, frecuencia cardíaca
acelerada y presión arterial elevada, entre otros resultados.
Las mediciones de posición relativa, las variables percibidas y las objetivamente medidas, así
como los instrumentos que capturan diferentes experiencias de estrés son todos útiles en
los estudios de factores de riesgo psicosociales.
En la medida en que ciertos grupos sociales están sistemáticamente más propensos a
experimentar experiencias estresantes, desmoralizantes y de otro modo emocionalmente
negativas, los factores psicosociales pueden ayudar a explicar las inequidades en salud.
• Las diferencias conductuales también son comúnmente citadas como
contribuyentes a las desigualdades en salud.
• Por ejemplo, una explicación conductual podría atribuir las desigualdades en
salud a diferencias en los hábitos alimentarios, la prevalencia de tabaquismo, o
tasas de tamizaje de cáncer entre grupos sociales o individuos en una
población.
• Si bien las conductas en salud a menudo varían entre grupos, los marcos
ecosociales y socioecológicos inducen a preguntar qué factores distales
podrían ser responsables de estas variaciones.
• Por ejemplo, si las diferencias en las tasas de tabaquismo son causadas por
oportunidades educativas desiguales, distribución inequitativa de factores de
riesgo psicosociales y mercadeo focalizado, el atribuir las desigualdades en
salud a las conductas individuales puede ser de utilidad limitada.
• Pandemia de desigualdad - YouTube
Un cuarto tipo de explicación apunta a diferencias en factores de riesgo
para la salud biológicos que son modelados a través de los grupos
sociales o los contextos, o que varían entre los individuos en una
población.
Las explicaciones biomédicas pueden padecer las mismas deficiencias que
las explicaciones conductuales para las desigualdades sociales en salud
cuando se centran en los efectos proximales del contexto social sin
reconocer por qué los niveles de los factores de riesgo biológicos varían
entre las poblaciones.
Las explicaciones que aluden a interacciones genéticas e interacciones
gene-medio ambiente son también, en parte, de naturaleza biomédica.
Esta clase de explicación puede ser más útil para comprender las
variaciones de salud que se observan entre individuos de una población
donde las diferencias entre grupos sociales no son el foco de
investigación.

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  • 1. QUE ES UN SISTEMA DE SALUD? Un sistema de salud es la suma de todas las organizaciones, instituciones y recursos cuyo objetivo principal consiste en mejorar la salud. Un sistema de salud necesita personal, financiación, información, suministros, transportes y comunicaciones, así como una orientación y una dirección generales.
  • 2. EL SISTEMA DE SALUD MEXICANO CONSTA DE TRES COMPONENTES PRINCIPALES QUE OPERAN EN PARALELO: 1) Esquemas de seguro social basados en el empleo, 2) Servicios de asistencia pública para los no asegurados, y 3) Un sector privado compuesto por proveedores de servicios y aseguradores desvinculados del sector público, así como de fabricantes y distribuidores de dispositivos médicos y de productos farmacéuticos. Los planes de seguro social son administrados por instituciones nacionales centralizadas, mientras que la cobertura para la población no asegurada está a cargo de las autoridades y proveedores estatales y federales. La Secretaría de Salud financia y regula solo a los prestadores para población no asegurada mientras que las instituciones de seguro social se gobiernan de manera autónoma mediante leyes y acuerdos corporativistas que reflejan las realidades políticas de la década de 1940 más que las necesidades del siglo XXI.
  • 3. RESEÑA HISTÓRICA El surgimiento del Sistema Nacional de Salud está relacionado con la reforma sanitaria que se ha implementado gradualmente en el país a partir de la década de 1980, después de la crisis financiera que llevó al borde de la quiebra al estado mexicano. Para poder enfrentar esta situación de enfermedades en el gobierno mexicano suscribió una serie de compromisos con organismos financieros multilaterales como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, entre los que se encontraba precisamente el desmantelamiento de los servicios estatales de salud y la implementación de un sistema de orientación liberal que permitiera la participación de actores privados en el campo de la salud.
  • 4. SECRETARÍA DE SALUD (MÉXICO) Es una de las diecinueve secretarías de Estado que, junto con la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, conforman el gabinete legal del presidente de México. Es el despacho del poder ejecutivo federal con funciones de ministerio de Salud Pública. Es la encargada de diseñar, ejecutar y coordinar las políticas públicas en materia de servicios sanitarios. Lo anterior incluye elaborar los programas, planes y proyectos de asistencia social, servicios médicos y salubridad general a través del Sistema Nacional de Salud y en conformidad con lo establecido por la Ley General de Salud.
  • 5. También tiene bajo su responsabilidad, administrar, operar y sostener las instalaciones médicas de nivel federal; regular y normar, los procesos y técnicas de salubridad y asistencia a las que se sujetaran instituciones de salud pública y privadas, incluyendo el IMSS y el ISSSTE; comandar la policía sanitaria en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos; vincularse con la SAGARPA y la SEMARNAT cuando la salud animal o vegetal amenace la humana; administrar el sistema educativo vinculado a las ciencias de la salud (en coordinación con la SEP); aplicar estrategias que fomenten la cultura de la salud en todos sus ámbitos, la higiene personal y la cultura física; encabezar las campañas de salud pública destinadas a prevenir o erradicar determinados problemas sanitarios, incluyendo en esto las campañas de vacunación; vigilar los procesos destinados a cuidar la integridad física de los trabajadores en todos los sectores económicos; constituir el Consejo de Salubridad General en caso de epidemias graves, adquiriendo las facultades extraordinarias que establece la ley para el despacho y que le otorga el presidente de la república, e integrándose de forma excepcional al Consejo de Seguridad Nacional; operar el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Instituto de Salud para el Bienestar; y fomentar la investigación científica y el desarrollo tecnológico vinculado a su área.
  • 6. Conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general, con excepción de lo relativo al saneamiento del ambiente; y coordinar los programas de servicios a la salud de la administración pública federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen. Crear al igual que administrar establecimientos de salubridad, de asistencia pública y de terapia social en cualquier lugar del territorio nacional y organizar la asistencia pública en la Ciudad de México. Aplicar a la Asistencia Pública los fondos que le proporcionen la Lotería Nacional y Pronósticos para la Asistencia Pública; y administrar el patrimonio de la Beneficencia Pública en el Distrito Federal, en los términos de las disposiciones legales aplicables, a fin de apoyar los programas de servicios de salud. Organizar y vigilar las instituciones de beneficencia privada, en los términos de las leyes relativas, e integrar sus patronatos, respetando la voluntad de los fundadores. Planear, normar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud y proveer a la adecuada participación de las dependencias y entidades públicas que presten servicios de salud, a fin de asegurar el cumplimiento del derecho Ejecutar el control sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y distribución de drogas y productos medicinales, a excepción de los de uso veterinario que no estén comprendidos en la Convención de Ginebra. Poner en práctica las medidas tendientes a conservar la salud y la vida de los trabajadores del campo y de la ciudad y la higiene industrial, con excepción de lo que se relaciona con la previsión social en el trabajo. FUNCIONES
  • 7. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es un organismo descentralizado del gobierno federal mexicano sectorizado a la Secretaría de Salud dedicada a brindar servicios de salud y de seguridad social a la población que cuenta con afiliación al instituto (denominados derechohabientes); quienes están afiliados al seguro obtienen un número de afiliación (NSS). Su organización interna es tripartita (Estado, Patrones y Trabajadores). Se considera que es la institución de seguridad social más grande de América Latina.[cita requerida] Se fundó el 19 de enero de 1943 por decreto del presidente Manuel Ávila Camacho. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
  • 8. La ley del Seguro Social vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación mediante decreto de fecha 21 de diciembre de 19952 es el marco legislativo bajo el que rige sus operaciones el Instituto Mexicano del Seguro Social. La asistencia médica. La protección de los medios de subsistencia. Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo. El otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. A efecto de cumplir con tal propósito, el Seguro Social comprende dos tipos de régimen; el obligatorio y el voluntario. ACTUALMENTE, LA LEY SEÑALA QUE LA SEGURIDAD SOCIAL TIENE COMO FINALIDADES:
  • 9. El régimen obligatorio: Es aquel que se financia con contribuciones provenientes de los patrones, el Estado y los propios trabajadores. Cuenta con cinco tipos de seguro: enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; Guarderías y prestaciones sociales. Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: los trabajadores, los miembros de sociedades cooperativas de producción y las personas que determine el Ejecutivo Federal mediante el Decreto respectivo, tal es el caso de los Estudiantes, amparados bajo el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998.3 Lo podemos definir como aquel mediante el cual todas las personas que se encuentren en alguno de los supuestos normativos establecidos en el artículo 12 de la LSS, principalmente y, ante todo, aquellas que se encuentren afectadas a una relación de trabajo, así como las que están configuradas en alguna de las ficciones de ley (sociedades cooperativas) y aquellas que el Ejecutivo Federal, bajo ciertos lineamientos, tengan derecho y acceso a todo el esquema de seguridad social (riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad; invalidez y vida; retiro, cesantía y vida; guardería y prestaciones sociales), obteniendo el beneficio de las prestaciones en dinero y en especie que se otorguen en cada una de las ramas de aseguramiento, en los términos específicos que la propia ley señale para cada uno de ellos, tanto para el propio asegurado, así como sus beneficiarios y, en general, a todos los derecho-habientes. INCORPORACIÓN AL IMSS
  • 10. De forma voluntaria y mediante convenio con el Instituto, podrán ser sujetos de aseguramiento en este régimen, los trabajadores en industrias familiares y los independientes como profesionales, pequeños comerciantes, artesanos y demás trabajadores no asalariados, los trabajadores domésticos, los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; así mismo, los patrones (personas físicas) con trabajadores asegurados a su servicio y los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidos o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social. LA INCORPORACIÓN VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO
  • 11. • Mediante la contratación del seguro de salud para la familia se brinda protección a personas que son ajenas al cualquier régimen institucional de seguridad social y que, por sus condiciones económicas, están imposibilitadas para incorporarse voluntariamente al régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social. EL RÉGIMEN VOLUNTARIO
  • 12. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) es una organización gubernamental de México que administra parte del cuidado de la salud y seguridad social, ofrece asistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos de trabajo y la muerte. A diferencia del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que cubre a los trabajadores en el sector privado, el ISSSTE se encarga de brindar beneficios sociales para los trabajadores del gobierno federal y de los gobiernos estatales que tienen celebrado convenio con él.4 Junto con el IMSS, el ISSSTE brinda una cobertura de salud entre el 55 y el 60 por ciento de la población de México,5 para el año 2014 contaba con 12,803,817 derechohabientes.67 Fue fundada el 30 de diciembre de 1959, decreto por el entonces presidente Adolfo López Mateos. INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
  • 13. El ISSSTE presta no solo seguro o servicios médicos o de Salud, sino que otorga otros seguros y servicios. Los 21 seguros, servicios y prestaciones que ofrece el ISSSTE constituyen una amplia red de protección social que cubre a su población amparada desde antes de nacer hasta después de la muerte. Se compone de la siguiente manera: Seguros Seguro de Salud Prestaciones y Servicios Préstamos Hipotecarios y financiamiento general para la vivienda Préstamos Personales Servicios Sociales Servicios Culturales SEGUROS, PRESTACIONES Y SERVICIOS
  • 14. El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM) es un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de la Defensa Nacional dedicada a brindar seguridad social de salud, vivienda y pensionaria a los miembros activos y retirados de las Fuerzas Armadas de México, así como a sus familiares. INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS
  • 15. El Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI) es un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Salud que tiene como finalidad proveer servicios de salud a las personas no derechohabientes a ninguna institución del Sistema Nacional de Salud, principalmente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Fue fundado el 1 de enero de 2020 por decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador y sustituyó al Seguro Popular,3 el cual había sido fundado en el 2003. INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR
  • 16. • Ofrece servicios médicos de primer y segundo nivel a personas sin seguridad social. Dentro de los servicios de tercer nivel, se añadirían 30 servicios además de los 66 que ya contaba el Seguro Popular. • Primer nivel (80% de los padecimientos): • Acciones preventivas. • Promoción de la salud. • Prevención de enfermedades. • Atención ambulatoria a los males más comunes que brindan los médicos generales y el personal de enfermería. • Segundo nivel: • Especialidades básicas en los hospitales generales o de especialidad. • Diagnóstico de laboratorio e imagen. • Especialidades: cirugía general, ginecología, obstetricia, medicina interna y pediatría. • Tercer nivel: Atención médica de mayor complejidad y especialización, en la que intervienen los Institutos Nacionales de Salud y de investigación SERVICIOS
  • 17. El 31 de enero de 2020 se fijó un plazo para que las treinta y dos entidades federativas del país se adhirieran al nuevo organismo, lo cual implicaba que le cedieran a la Federación el control sobre sus servicios de salud para personas que no contaran con ninguna derechohabiencia a ninguna institución de seguridad social. Sin embargo, nueve no firmaron el acuerdo de adhesión, aunque cuatro de ellas (Chihuahua, Coahuila, Michoacán y Tamaulipas) sí operaba IMSS-Bienestar. Los estados donde no operaba ni el INSABI o IMSS-Bienestar eran Aguascalientes, Baja California Sur, Guanajuato, Jalisco y Nuevo León. El INSABI empezó a operar en febrero en los veintitrés estados que lo firmaron. Finalmente los nueve estados que no habían firmado el acuerdo lo hicieron en agosto de 2021. COBERTURA
  • 18. En febrero de 2020, la Secretaría de Salud a través del INSABI, lanzó una primera convocatoria para contratar a personal médico y de enfermería, especialmente en zonas marginadas de estados como Chiapas, Zacatecas e Hidalgo. A través de este programa, el INSABI busca reclutar a unos 40 mil personas para cubrir al personal médico, de enfermería y especialidades. En marzo de 2020, a partir de la pandemia de COVID-19 en México, el INSABI lanzó una convocatoria extra para contratar a personal médico que pueda participar en la contención del COVID-19 en el país. La contratación se centra sobre todo en personal especializado en urgencias, terapia intensiva, medicina interna, neumología, infectología e anestesiología. MÉDICOS DEL BIENESTAR
  • 19. Petróleos Mexicanos (PEMEX) es una empresa estatal productora, transportista, refinadora y comercializadora de petróleo y gas natural de México. Cuenta con un régimen individual constitucional denominado empresa productiva del Estado para la explotación de los recursos energéticos en territorio mexicano, aunque también cuenta con diversas operaciones en el extranjero, principalmente de comercialización, operaciones financieras y servicios petroleros periféricos. Fue creada por el presidente Lázaro Cárdenas el 7 de junio de 1938 resultado de la Expropiación Petrolera. La empresa actúa bajo la dirección de un consejo de administración, cuyo presidente es el secretario de Energía en turno. El director general de PEMEX es designado y removido libremente por el presidente de la República. El actual director general es Octavio Romero Oropeza. PETRÓLEOS MEXICANOS
  • 20. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de las Familias (SNDIF), comúnmente llamado DIF Nacional o DIF, es un organismo descentralizado mexicano sectorizado a la Secretaría de Salud con funciones de la institución pública encargada de dirigir la asistencia social a nivel nacional. Entre las actividades generales de la institución, se encuentran el promover la planificación familiar, el cuidado y protección de los derechos de los niños y adolescentes, la asistencia a los ancianos, la lucha contra el abuso de sustancias y entre otras. Fue fundada en en 19772 por Carmen Romano, esposa del presidente José López Portillo al fusionar el Instituto Mexicano para la Infancia y la Familia (IMPI) y el Instituto Mexicano de Asistencia a la Niñez (IMAN). SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
  • 21. El DIF Nacional (Sistema Nacional para el desarrollo integral de la familia) es un organismo público descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propios, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social. Tiene como objetivos principales promover la asistencia social y prestar servicios en ese campo. Actúa en coordinación con las dependencias federales, estatales y municipales en el diseño de políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios y realización de diversas actividades en la materia. FUNCIONES
  • 22. Realizar estudios e investigaciones sobre los problemas de la familia, con el fin de ejecutar acciones tendientes a lograr que sus miembros se desenvuelvan en un ambiente que propicie su pleno desarrollo integral, mejorando su calidad de vida. Operar Centros DIF que presten servicios de asistencia social, orientación jurídica y diferentes actividades para el desarrollo y beneficio de menores en riesgo, personas de la tercera edad, mujeres, personas con capacidades diferentes y, en general, a los grupos vulnerables. Promover el bienestar de los ancianos y el desarrollo de acciones de preparación para la senectud. Promover e impulsar el sano crecimiento físico, mental y social de la niñez, estableciendo programas tendientes a evitar, prevenir y atender el maltrato de los menores, proporcionándoles atención, cuidado y vigilancia. Atender a las mujeres en estado de gravidez o lactancia, sobre todo a aquellas cuya situación económica no les permita valerse por sí mismas OBJETIVOS
  • 23. En la Carta Mexicana se ha captado como una nueva garantía social esencialmente programática, siguiendo la atinada expresión de Biscaretti di Ruffia. El artículo 4., en un nuevo párrafo tercero, dispone que: "toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución" EL DERECHO A LA PROTECCION DE LA SALUD
  • 24. El término "Derecho a la Salud", ingenuo y demagógico, quedó atrás ante el poder constituyente que utilizó el más sensato de "Derecho a la Protección de la Salud" que consagra el elemento radical de ese derecho, el acceso universal a servicios de salud, sean éstos de atención médica, de salud pública o de asistencia social, como más tarde clarificó el Congreso en la Ley General de Salud. EL DERECHO A LA SALUD Y SUS ELEMENTOS
  • 25. 1. La disponibilidad contempla el contar con el número suficiente de establecimientos, bienes, insumos y servicios. 2. La accesibilidad es definida como la obligación de que los establecimientos de atención médica estén al alcance de todos y la no discriminación. 3. La aceptabilidad significa que los servicios deben proporcionar una atención con enfoque diferencial y especializado, respetando los aspectos culturales y sensibles de los requisitos de cada grupo y cada paciente. 4. La calidad ha de encontrarse tanto en la educación y formación de profesionales de salud al igual que en las instalaciones y materiales empleados. EL DERECHO A LA SALUD Y SUS ELEMENTOS
  • 26. Por lo anterior, cada gobierno debe establecer acciones encaminadas a permitir que sus ciudadanos cuenten con acceso al sistema de salud con todos sus elementos mencionados. Lo hacen a través de la positivización de esta garantía. El derecho humano a la salud es internacional y universal; cuando cada país lo incluye en su propio ordenamiento jurídico lo nacionaliza y lo convierte en derecho positivo de su estado. A nivel internacional, esa facultad se encuentra protegida por diversos instrumentos, por ejemplo la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) en su artículo 25. Mientras que en América Latina lo está por la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros textos. En particular, en México se encuentra resguardado por el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo que "Toda persona tiene derecho a la protección de la salud", sin embargo, es la Ley General de Salud la que establece las bases y modalidades de este acercamiento.
  • 27. La Corte Interamericana, en su Cuaderno No 28 de Jurisprudencia, ha querido reseñar algunos pronunciamientos en relación con los principios de derechos humanos que están vinculados con el derecho a la salud y ha determinado que éstos son tres: de progresividad, de indivisibilidad y de interdependencia. EL DERECHO A LA SALUD Y LOS PRINCIPIOS GENERALES DE LOS DERECHOS HUMANOS
  • 28. El derecho humano a la salud es considerado de la segunda generación, es decir, forma parte de la categoría de los conocidos como Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA). Pertenecer a esta categoría tiene el inconveniente de estar condicionado a las posibilidades económicas de cada nación para poder proporcionar su efectivo cumplimiento. Desafortunadamente ese derecho a la salud, y en consecuencia a la vida, resulta condicionado a la economía del paciente y del país donde resida. EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD
  • 29. El precepto expuesto se podría apreciar, por ejemplo, cuando en la compra de material hospitalario durante la pandemia; las cifras varían mucho de un país a otro y eso se debe a la economía de que dispone cada región. De tal manera, al gobierno mexicano no se le puede recriminar que no haya invertido o comprado las mismas cifras que, por ejemplo, Francia. Siempre y cuando el gobierno mexicano pueda demostrar que ha actuado acorde a su posibilidad económica, no se considerará que ha transgredido este precepto.
  • 30. Los derechos humanos son un todo, una unidad que se encuentra formada por diversas normas. Tales normas se dividen en generaciones para facilitar su estudio y enseñanza, pero en realidad no existe jerarquía entre ellos, todos tendrían que ser respetados y atendidos por igual. Ahí radicaría el problema de los gobiernos que normalmente, cuando realizan una distribución presupuestaria, dan preferencia a unos derechos frente a otros. De esta forma, en la práctica ningún derecho de los individuos es atendido de manera eficiente, porque al ser desatendidos unos, se causa deficiencias en los demás. LOS PRINCIPIOS DE INDIVISIBILIDAD E INTERDEPENDENCIA
  • 31. Individuos de diferentes orígenes, grupos sociales y países gozan de diferentes niveles de salud. El término desigualdad en salud se refiere de manera genérica a las diferencias en la salud de los individuos o los grupos. Cualquier aspecto cuantificable de la salud que varía entre individuos o según agrupamientos socialmente relevantes puede denominarse una desigualdad en salud. En la definición de desigualdad en salud está ausente cualquier juicio moral sobre si las diferencias observadas son razonables o justas. DESIGUALDAD, INEQUIDAD Y SALUD.
  • 32. o disparidad en salud, es un tipo específico de desigualdad que denota una diferencia injusta en la salud. De acuerdo con una definición común, cuando las diferencias en salud son prevenibles e innecesarias, el permitir que persistan es injusto. En este sentido, las inequidades en salud son diferencias sistemáticas en la salud que podrían evitarse con medios razonables. En general, las diferencias en salud entre grupos sociales, como aquellas basadas en raza o religión, se consideran inequidades en salud porque reflejan una distribución injusta de los riesgos y los recursos en salud. La distinción clave entre los términos desigualdad e inequidad es que el primero es sencillamente una descripción dimensional que se emplea cada vez que las cantidades son desiguales, mientras que el segundo requiere emitir un juicio moral de que la desigualdad está mal. INEQUIDAD EN SALUD
  • 33. Aunque la existencia de desigualdades en salud es un problema casi universal, la medida con la cual los factores sociales importan para la salud se ha demostrado que varía por país. Existen dos enfoques principales para estudiar desigualdades en salud entre y dentro de las poblaciones. Debido a que las desigualdades sociales en salud resultan de la distribución injusta de los determinantes sociales de la salud, rastrear las diferencias en salud entre grupos sociales es importante para monitorear el estado de la equidad en una sociedad. En resumen, examinar las desigualdades en salud desde la perspectiva de los grupos sociales puede ayudar a orientar las intervenciones, permitir la vigilancia de importantes asuntos de equidad y avanzar nuestra comprensión de la salud, al ayudarnos a establecer conexiones que quizá no hayan sido inicialmente obvias
  • 34. Las desigualdades en salud según dimensiones raciales, étnicas y socioeconómicas se observan tanto en países de bajos ingresos como en países de altos ingresos, y pueden estar aumentando, resaltando la importancia de estudiar las diferencias en salud a nivel de grupo. Para entender las desigualdades en salud socialmente determinadas es necesario construir grupos de individuos que hagan sentido. Cada sociedad tiene sus propias maneras de estratificar y dividir a la gente en grupos sociales. DESIGUALDADES EN SALUD ENTRE GRUPOS SOCIALES: DEFINICIÓN DE LOS GRUPOS
  • 35. las diferencias en salud pueden estructurarse con respecto a una cantidad ordenada o continua, como la educación o el ingreso. En estos casos deben considerarse dos preguntas clave. Primero, ¿es que los resultados en salud dependen del alcance de cierto punto de referencia con respecto al recurso social o se predice un gradiente social en salud que exhibe más bien una relación dosis- respuesta? Y en segundo lugar, ¿es que la respuesta de un individuo a la variable social depende solamente de su propio nivel a tal variable, o acaso importa dónde se ubica esa persona con respecto a otros?
  • 36.
  • 37. Un tipo de explicación apunta a factores materiales en la creación de las desigualdades en salud. Los factores materiales incluyen alimento, cobijo, contaminación y otros recursos y riesgos físicos que influyen sobre los resultados en salud. Las mediciones de recursos absolutos, como el ingreso absoluto, son útiles para poner a prueba el rol de la privación material en la creación de diferencias en salud, como son también las mediciones de factores físicos de riesgo para la salud, tales como la calidad del aire. Una distribución desigual de los recursos y riesgos físicos para la salud entre geografías y grupos sociales contribuye a las desigualdades sociales en salud a través de vías materiales. MARCO PARA ENTENDER LAS DESIGUALDADES EN SALUD
  • 38. Una segunda clase de explicación apunta a factores psicosociales como propulsores de las desigualdades en salud y diferencias en salud entre grupos sociales, en particular. Los impactos psicosociales en salud provienen de sentimientos de exclusión social, discriminación, estrés, poco apoyo social y otras reacciones psicológicas a experiencias sociales. Los estados psicológicos negativos afectan la salud física al activar la respuesta biológica frente al estrés, la cual puede conducir a inflamación incrementada, frecuencia cardíaca acelerada y presión arterial elevada, entre otros resultados. Las mediciones de posición relativa, las variables percibidas y las objetivamente medidas, así como los instrumentos que capturan diferentes experiencias de estrés son todos útiles en los estudios de factores de riesgo psicosociales. En la medida en que ciertos grupos sociales están sistemáticamente más propensos a experimentar experiencias estresantes, desmoralizantes y de otro modo emocionalmente negativas, los factores psicosociales pueden ayudar a explicar las inequidades en salud.
  • 39. • Las diferencias conductuales también son comúnmente citadas como contribuyentes a las desigualdades en salud. • Por ejemplo, una explicación conductual podría atribuir las desigualdades en salud a diferencias en los hábitos alimentarios, la prevalencia de tabaquismo, o tasas de tamizaje de cáncer entre grupos sociales o individuos en una población. • Si bien las conductas en salud a menudo varían entre grupos, los marcos ecosociales y socioecológicos inducen a preguntar qué factores distales podrían ser responsables de estas variaciones. • Por ejemplo, si las diferencias en las tasas de tabaquismo son causadas por oportunidades educativas desiguales, distribución inequitativa de factores de riesgo psicosociales y mercadeo focalizado, el atribuir las desigualdades en salud a las conductas individuales puede ser de utilidad limitada. • Pandemia de desigualdad - YouTube
  • 40. Un cuarto tipo de explicación apunta a diferencias en factores de riesgo para la salud biológicos que son modelados a través de los grupos sociales o los contextos, o que varían entre los individuos en una población. Las explicaciones biomédicas pueden padecer las mismas deficiencias que las explicaciones conductuales para las desigualdades sociales en salud cuando se centran en los efectos proximales del contexto social sin reconocer por qué los niveles de los factores de riesgo biológicos varían entre las poblaciones. Las explicaciones que aluden a interacciones genéticas e interacciones gene-medio ambiente son también, en parte, de naturaleza biomédica. Esta clase de explicación puede ser más útil para comprender las variaciones de salud que se observan entre individuos de una población donde las diferencias entre grupos sociales no son el foco de investigación.