3. Solución de Controversias
• En el Proceso de En la Ejecución Selección:
Contractual:
* Procedimiento *Conciliación
de Impugnación (opcional)
*Arbitraje
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4. Recurso de Apelación
• Es un recurso administrativo por el cual se puede
impugnar todos los actos administrativos dictados en
el proceso de selección, desde la convocatoria hasta
aquellos emitidos antes de la celebración del
contrato.
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5. Recurso de Apelación
Los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la
celebración del contrato.
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ENTIDAD
Adjudicación Directa
Selectiva y
Adjudicación de
Menor Cuantía
Titular de la Entidad
Facultad delegable.
TRIBUNAL
Licitación Pública
Concurso Público
Adjudicación Directa
Publica
Adjudicación de
Menor Cuantía
Derivada
Otros actos del Titular
de la Entidad distintos
de la Resolución de
Apelación que afecte
la continuidad del
proceso.
6. Actos Impugnables
Actos dictados por el Comité Especial o el órgano encargado de las
contrataciones, durante el proceso.
Actos expedidos luego de haberse otorgado la Buena Pro y hasta antes
de la celebración del contrato.
Actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuación
del proceso, distintos de aquellos que resuelven recursos de apelación,
tales como nulidad de oficio, cancelación u otros.
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7. Actos no impugnables
Actuaciones y actos preparatorios de la Entidad convocante,
destinadas a organizar la realización de procesos de selección.
Bases del proceso y/o su integración.
Actuaciones materiales relativas a la programación de los
procesos de selección en el SEACE y las referidas a la
inscripción de participantes.
Actos que aprueban la exoneración del proceso de selección,
así como los que generen para la suscripción del contrato
respectivo.
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8. Plazo para interponer el recurso
Buena Pro y actos
anteriores
• LP y CP: 8 días
siguientes de
otorgada la Buena
Pro.
• ADP, ADS y AMC:
5 días
8
Posteriores a
Buena Pro
LP y CP: 8 días
de haber tomado
conocimiento del
acto.
ADP, ADS y
AMC: 5 días.
9. Efectos de la interposición
• La interposición del recurso de apelación
suspende el proceso de selección o, el ítem,
etapa, lote, paquete o tramo impugnado, según
corresponda. Son NULOS los actos posteriores a
su interposición.
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Obligación de la Entidad y el Tribunal de
registrar en la FICHA SEACE la
interposición del recurso ese mismo día.
10. Admisibilidad del recurso
Rechazo del recurso
a. Antes de otorgada B. Pro.
b. 1º escrito sin firma del Impugnante o su
representante.
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No Presentado
• No subsana observaciones: 2 días, contado desde el
día siguiente de la presentación del recurso de
apelación.
• No subsana en el plazo máx. 2 días hábiles otorgado
por la ENTIDAD, cuando advirtió alguna omisión dentro
de 3 días hábiles de admitido.
11. Garantía
• Representa el 3% del Valor Referencial del proceso de
selección o del ítem que se desea impugnar.
• En ningún caso será menor al 50% de una UIT.
• Puede ser carta fianza, póliza de caución y depósito en
cuenta.
• Plazo mínimo de vigencia: 20 días calendario si el recurso
se interpone ante la Entidad o 30 días si se presenta ante el
Tribunal. Si no se renueva la garantía, será ejecutada para
constituir un depósito en al cuenta bancaria de la Entidad o
del OSCE, según corresponda, el cual se mantendrá hasta el
agotamiento de la vía administrativa.
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12. Trámite del recurso
PROCEDIMIENTO ENTIDAD TRIBUNAL
ACUMULACIÓN
facultativa
2 ó + recursos = proceso o ítem.
Plazo de resolución es el del último recurso
TRASLADO :
dentro de 3 días
hábiles
A postores afectados
luego de presentado
A la Entidad luego de
admitido
ABSOLUCIÓN del
Traslado:
Dentro de 3 días
De 3ºs a la Entidad
Exp. Completo
+ Inf. Téc. Legal +
cargo notificación
Pedido de USO DE
LA PALABRA
Hasta 3 días sgtes. de
vencido plazo de
Absolución de traslado.
No suspende plazos
La solicitud del Uso
de la Palabra, se
plantea con el recurso
o con la absolución.
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13. Trámite del recurso
PROCEDIMIENT
O
ENTIDAD TRIBUNAL
INFORMACIÓN
ADICIONAL
Si se puede solicitar
pero no suspende
plazos
1 vez y en una sola
oportunidad. Prorroga
el plazo de evaluación
máx. 15 días háb.
DESISTIMIENTO
.
Excepto interés
público
Ejecuta 100%
Garantía
Notario o Juez de Paz.
Fin del Procedimiento.
Notario o Secr. Trib.
Sólo hasta antes que se
declare listo para
resolver.
RESOLUCIÓN
SEACE
12 días hab. de
presentado o
subsanado
5 días desde que se
declara expediente listo
para resolver
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14. Contenido de la Resolución
1) Acto cuestionado conforme norma o Bases =
INFUNDADO
2) Acto cuestionado NO es conforme norma = FUNDADO
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3)Acto cuestionado directamente vinculado a
evaluación de propuestas y/o a la B. Pro =
ANÁLISIS y B. PRO
4) Vicios (Órg. Incompetente, contra normas,
prescinde procedimiento o forma) =
NULIDAD
5) Ausencia Requisitos 111º
= IMPROCEDENTE
Ejemplo: interpuesto por el ganador
15. Precedentes de Observancia Obligatoria
• Son los Acuerdos de Sala Plena que interpretan de
modo expreso y general las normas de la Ley.
• Deben publicarse en portal OSCE y en El Peruano.
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Acción Contencioso Administrativa
• Resolución.
• Denegatoria Ficta.