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ACUERDO DE LICENCIA Y SERVICIOS ORACLE

A.       Definiciones
Por “Vd.” se entiende el individuo o entidad que ha formalizado este Acuerdo (en adelante, el “Acuerdo y solicitado
                                                                                               Acuerdo”)
programas Oracle y/o servicios a Oracle Ibérica, S.R.L. (“Oracle”) o a un distribuidor autorizado. El término
“programas accesorios” hace referencia a materiales de terceros, conforme a lo especificado en la documentación del
programa, los cuales solo podrán ser utilizados a los efectos de instalar u operar los programas junt con los cuales
                                                                                                  junto
dichos programas accesorios son entregados. El término “documentación del programa” hace referencia al manual de
usuario del programa y a los manuales de instalación del programa. El término “programas” hace referencia a los
productos de software propiedad de Oracle o distribuidos por ésta que Vd. ha solicitado, a la documentación de
                oftware
programas, y a cualquier actualización de programas adquirida a través de los servicios de soporte técnico. El término
“Servicios” hace referencia al soporte técnico, educación, servicios“hosted” o de albergamiento y de externalización u
                                        écnico,            servicios
“outsourcing”, de consultoría u otros que Vd. haya solicitado.
             ”,

B.      Aplicabilidad del Acuerdo
Este Acuerdo es válido para el pedido al cual acompaña este Acuerdo.

C.        Derechos concedidos
Una vez aceptado por Oracle su pedido, Vd. tendrá un derecho no exclusivo, intransferible, libre de royalties, perpetuo
(a menos que otra cosa se especifique en la documentación de pedido) y limitado a utilizar los programas y recibir
cualesquiera servicios solicitados por Vd. exclusivamente para las operaciones internas de su negocio con sujeción a
          iera
los términos de este Acuerdo, incluyendo las definiciones y reglas establecidas en el pedido y en la documentación del
                               ,
programa. Podrá permitir a sus agentes y contratistas (incluyendo sin limitación a los prestadores de servicios de
“outsourcing” o externalización) utilizar los programas para este propósito, responsabilizándose en tal caso Vd. de que
               ”
dichos agentes y contratistas realizan dicho uso con sujeción a los términos del Acuerdo. Para aquellos programas los
                                              us                                           .
cuales estén específicamente diseñados para permitir a sus clientes y proveedores interaccionar con Vd. en el
desenvolvimiento de sus operaciones de negocio internas, dicho uso quedará permitido bajo el presente Acuerdo. Si su
pedido resulta aceptado, Oracle se lo notificará, y la notificación incluirá una copia de su Acuerdo La documentación
                                                                                             Acuerdo.
de los programas es entregada junto con estos o también puede acceder a esta documentación online en la URL
                                                                                                      onli
http://oracle.com/contracts. Los servicios serán prestados de Acuerdo con las políticas de Oracle para los
                            .
correspondientes servicios objeto de pedido, las cuales están sujetas a cambio; en su pedido quedarán especificadas
tanto las concretas políticas aplicables a Vd. así como la forma de acceder a las mismas (a excepción de las referidas a
los servicios de soporte técnico las cuales quedan especificadas en la sección H de éste Acuerdo Al pago de los
                                                                                              Acuerdo).
Servicios Vd. dispondrá de un derecho de uso limitado, perpetuo, no exclusivo, intransferible y gratuito para utilizar
cualesquiera desarrollos realizados por Oracle y entregados a Vd. bajo éste Acuerdo; sin embargo, ciertos entregables
                                                                                       ;
pueden todavía quedar sujetos a términos adicionales de licencia los cuales quedarán detallados en la documentación de
                                                          licencia
pedido.

Los servicios proporcionados bajo este Acuerdo pueden estar relacionados con su licencia de uso de programas, la cual
fue adquirida por Vd. bajo un pedido separado. El contrato referenciado en dicho pedido regirá su utilización de dichos
                                                              referenciado
programas. Cualesquiera servicios adquiridos a Oracle son ofertados separadamente de tales licencias de programas y
Vd. puede adquirir bien los servicios o bien tales licencias de programas sin adquirir el otro elemento.

D.       Propiedad y Restricciones
Oracle o sus licenciantes retendrán toda propiedad así como los derechos de propiedad intelectual sobre los programas y
cualesquiera desarrollos realizados por Oracle y entregados a Vd. bajo éste Acuerdo, resultantes de los servicios. Vd.
                                                                                    ,
podrá realizar un número de copias suficientes de cada programa para su uso licenciado y una copia de cada soporte
físico o media del programa.

La tecnología de terceras partes que pueda resultar apropiada o necesaria para ser utilizada junto con algunos programas
Oracle está especificada en la documentación del programa. Dicha tecnología de terceras partes es licenciada a Vd. con
sujeción a los términos establecidos en el Acuerdo de licencia de tecnología de terceras partes que aparece especificado
en la documentación del programa y no con arreglo a los términos de éste Acuerdo.

Vd. no está autorizado para:
• eliminar o modificar cualquier marca de los programas o cualquier advertencia de los derechos de propiedad de
   Oracle;
• hacer los programas o los materiales resultantes de los servicios disponibles en cualquier forma a cualquier tercero
   para su uso en las operaciones de negocio de dicho tercero (a menos que tal acceso esté expresamente permitido
   para la específica licencia de programa en cuestión o materiales de los servicios que Vd. haya adquirido);
                        cencia
• realizar o permitir la ingeniería inversa (a menos que sea requerido por la ley para su interoperabilidad),
   desensamblaje o descompilación de los programas (la prohibición anterior incluye de forma no limitativa revisar las
• hacer públicos los resultados de cualesquiera tests benchmark o de banco de pruebas de los programas sin el previo
  consentimiento por escrito de Oracle.

E.       Garantías, Exenciones y Recursos Exclusivos.
Oracle le garantiza que los programas licenciados a Vd. operarán en todos los aspectos materiales como se describe en
la documentación del programa aplicable durante un año a contar desde el momento de su entrega (es decir, desde su
envío físico o descarga electrónica). Vd. deberá notificar a Oracle cualquier deficiencia en el programa bajo garantía en
el plazo de un año a contar desde su entrega. Además, Oracle le garantiza que los servicios serán prestados de manera
profesional, consistente con los estándares de la industria. Vd. deberá notificar a Oracle cualquier deficiencia en los
servicios bajo garantía durante un periodo de 90 días a contar desde la prestación de los servicios defectuosos.

Oracle no garantiza que los programas funcionarán sin errores o ininterrumpidamente, o que Oracle corregirá todos los
errores de los programas.

Frente a cualquier incumplimiento de las garantías descritas más arriba, su recurso exclusivo y la entera responsabilidad
de Oracle serán: (a) la corrección de los errores de los programas que ocasionan el incumplimiento de la garantía, o, si
Oracle no pudiera corregir sustancialmente tal incumplimiento de una forma comercialmente razonable, Vd. podrá
resolver su licencia de programa y recuperar las tarifas abonadas por Vd. a Oracle por la licencia del programa y
cualesquiera tarifas satisfechas anticipadamente por servicios de soporte técnico pendientes de utilizar que Vd. hubiera
pagado para esa licencia de programa; o (b) la nueva prestación de los servicios deficientemente prestados, o, si Oracle
no pudiera corregir sustancialmente el incumplimiento en forma comercialmente razonable, Vd. podrá finalizar los
servicios relevantes y recuperar las tarifas satisfechas por Vd. a Oracle por los servicios defectuosos.

En la extensión no prohibida por la ley, las anteriores garantías son exclusivas no siendo aplicables ninguna otras
garantía o condición, expresas o implícitas, incluyendo cualesquiera garantías de comerciabilidad o adecuación a un
propósito concreto.

F.       Programas en Prueba
Vd. puede solicitar programas en prueba, u Oracle podrá incluir programas adicionales a los especificados en su pedido,
que Vd. solo podrá utilizar a los exclusivos efectos de prueba fuera de un entorno de producción. Vd. no podrá utilizar
los programas en prueba para proporcionar o atender formación de terceras partes sobre el contenido y/o funcionalidad
de los programas. Dispondrá de un periodo de 30 días a contar desde el momento de su entrega para evaluar estos
programas. Si decide utilizar cualquiera de estos programas después de concluidos los 30 días del periodo de prueba,
deberá obtener de Oracle o de un distribuidor autorizado una licencia para tales programas. Si decidiera no obtener una
licencia para cualquier programa una vez transcurrido el plazo de 30 días de prueba, Vd. cesará en el uso y borrará
cualesquiera tales programas de sus sistemas y ordenadores. Los programas licenciados para fines de prueba se
suministran “como están” y Oracle no facilita soporte técnico ni ofrece cualquier tipo de garantía para estos programas.

G.       Indemnización
Si un tercero plantea una reclamación frente a Vd. u Oracle ( en adelante, el “Receptor”, término que puede referirse a
Vd. o a Oracle según quien sea el receptor del Material) indicando que cualquier información, diseño, especificación,
instrucción, software, datos, o material (en adelante el “Material”) proporcionado por Vd. o por Oracle (en lo sucesivo,
el “Proveedor”, término que puede referirse a Vd. o a Oracle según quien sea el suministrador del Material) y utilizada
por el Receptor infringe sus derechos de propiedad intelectual, el Proveedor, a su sola costa, defenderá al Receptor
frente a la reclamación e indemnizará al Receptor por los daños, responsabilidades, costes y gastos que un tribunal
reconozca al tercero que reclama la infracción o que resulten de la transacción acordada por el Proveedor, siempre que
el Receptor:

• lo notifique al Proveedor a la mayor brevedad por escrito, no más tarde de 30 días a contar desde la recepción por
  el Receptor de la notificación de la reclamación (o en un plazo inferior, si así lo exige la ley aplicable);
• otorgue al Proveedor el control exclusivo de la defensa así como de la negociación de cualesquiera Acuerdos de
  transacción ; y
• facilite al Proveedor la información, autoridad y asistencia que el Proveedor necesite para llevar adelante la defensa
  o para transar la disputa.

Si el Proveedor considerase o se determinara que cualquier Material puede haber violado los derechos de propiedad
intelectual de un tercero, el Proveedor podrá optar entre modificar el Material a fin de que cese la infracción
(preservando, sin embargo, al propio tiempo su utilidad o funcionalidad) u obtener una licencia que permita el uso
continuado del mismo, o, en el caso de que estas alternativas no fueran comercialmente razonables, el Proveedor podrá
resolver la licencia para el Material aplicable y solicitar su devolución devolviendo cualesquiera importes que el
Receptor hubiera satisfecho a la otra parte por el mismo, incluida la porción sin utilizar de las tarifas de soporte técnico
pagadas anticipadamente a Oracle por las licencias. Si Vd. es el Proveedor, y tal devolución afecta materialmente a la
capacidad de Oracle para cumplir sus obligaciones bajo el pedido relevante, entonces Oracle podrá, a su opción y previa
notificación por escrito con 30 días de antelación, resolver el pedido. El Proveedor no indemnizará al Receptor si éste
altera el Material o lo utiliza más allá del alcance de uso establecido por el Proveedor en la documentación de usuario
o si el Receptor utiliza una versión del Material que haya quedado obsoleta y la reclamación por infracción podría haber

Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA                                                                   Página 2 de 33
sido evitada utilizando una versión actual e inalterada del Material que fue entregado al Receptor. El Proveedor no
indemnizará al Receptor en la medida en que la reclamación por infracción esté basada en cualesquiera información,
diseño, especificación, instrucción, software, datos, o material no proporcionados por el Proveedor. Oracle no le
indemnizará a Vd. en la medida en que la reclamación por infracción esté basada en la combinación de cualesquiera
Material con cualesquiera productos o servicios no proporcionados por Oracle. Oracle no le indemnizará a Vd. por
infracciones ocasionadas por sus acciones contra cualquier tercero si el programa o programas Oracle, tal y como son
entregados a Vd. y utilizados de conformidad con los términos de éste Acuerdo, no infringieran de otro modo
cualesquiera derechos de propiedad intelectual de terceros. Oracle no le indemnizará a Vd. en la medida en que la
reclamación por infracción esté basada en: (1) una patente de la que Vd. hubiera tenido conocimiento con anterioridad a
la fecha de efectividad de este Acuerdo (en virtud de una reclamación, demanda o advertencia); o (2) en sus acciones
previas a la fecha de efectividad de este Acuerdo. Esta sección recoge los exclusivos recursos de los que gozarán las
partes en caso de reclamaciones por infracciones o daños por estos conceptos.

H.        Soporte Técnico
Para los efectos de la documentación de pedido, el soporte técnico consiste en los servicios anuales de soporte técnico
que Vd. pueda haber solicitado para los programas. En el caso de contratarse, el soporte técnico anual (incluyendo el
primer año y todos los años sucesivos) será prestado conforme a las políticas de soporte técnico de Oracle en vigor al
tiempo en que los servicios son proporcionados. Las políticas de soporte técnico, incorporadas al presente Acuerdo,
están sujetas a cambio a discreción de Oracle; sin embargo, los cambios en las políticas de Oracle no resultarán en una
reducción material del nivel de los servicios prestados para los programas objeto de soporte técnico durante el período
para el cual hayan sido satisfechas las tarifas del servicio de soporte técnico. Vd. deberá revisar las políticas antes de
formalizar su documentación de pedido para los servicios aplicables. Vd. puede acceder a la última versión de estas
políticas en la siguiente dirección: http://oracle.com/contracts.

El soporte técnico entra en vigor a la fecha de efectividad de la documentación de pedido, a no ser que otra cosa se
indique en dicha documentación. Si su pedido fue realizado a través del Oracle Store, la fecha de efectividad será la
fecha en que su pedido fue aceptado por Oracle.

El Servicio de Licencia de Actualización de Software y Soporte o “Software Update License & Support” (o cualquier
otra oferta de soporte técnico que suceda o sustituya a dicho Servicio de Licencia de Actualización de Software y
Soporte o “Software Update License & Support”, en adelante el “SULS” ) adquirido mediante su pedido podrá ser
renovado anualmente, y, si Vd. renueva el SULS para el mismo número de licencias y para los mismos programas,
entonces para el primer y segundo año de renovación la tarifa del SULS no se incrementará en más del 4% sobre las
tarifas satisfechas para el año anterior. Si su pedido fue servido por un miembro del programa de partners de Oracle, la
tarifa de SULS para la primera renovación anual será el precio ofertado a Vd. por el partner a tal efecto; la tarifa de
SULS para la segunda renovación anual no se incrementará en más de un 4% sobre las tarifas satisfechas para el año
anterior.

Si Vd. decidiera adquirir soporte técnico para cualquier licencia dentro de mismo grupo de licencias o License Set, Vd.
deberá comprar soporte técnico al mismo nivel para todas las licencias dentro de ese mismo grupo de licencias o
License Set. Vd. podrá dejar de mantener soporte técnico para un subconjunto de licencias dentro de un grupo de
licencias o License Set solamente si Vd. acepta resolver aquellas licencias para las cuales el soporte técnico haya
finalizado. El precio del soporte técnico para sus licencias restantes será calculado con arreglo a las políticas de soporte
técnico en vigor al momento de la resolución. La definición de lo que constituye un grupo de licencias o License Set se
halla disponible en la versión en vigor a cada momento de las políticas de soporte técnico. Si Vd. decide no comprar
soporte técnico, Vd. no podrá actualizar cualesquiera licencias sin soporte de un programa a las nuevas versiones de
dicho programa.

I.        Resolución del Acuerdo
Si Vd. u Oracle incumpliera un término material de este Acuerdo y no fuera capaz de subsanar ese incumplimiento
dentro de los 30 días posteriores a la notificación por escrito del mencionado incumplimiento, en tal caso la parte
incumplidora se considerará en situación de incumplimiento y la parte no incumplidora podrá resolver el presente
Acuerdo. Si Oracle resolviera este Acuerdo en la forma establecida en la frase precedente, Vd. deberá pagar en el plazo
de 30 días todas las cantidades que se hubieran devengado con anterioridad a dicha resolución así como también toda
suma pendiente de pago por los programas solicitados y/o servicios recibidos bajo este Acuerdo más los gastos e
impuestos relacionados. En caso de que Oracle resuelva la licencia para un programa con arreglo a los términos de la
sección sobre “Indemnización” más arriba, Vd. deberá pagar en el plazo de 30 días toda suma pendiente de pago por los
servicios relacionados con dicha licencia y recibidos bajo este Acuerdo más los gastos e impuestos relacionados. Salvo
para el caso de impago de tarifas, la parte no incumplidora, a su sola discreción, podrá acordar extender el periodo de 30
días en la medida en que la parte incumplidora realice en forma continuada esfuerzos razonables para subsanar el
incumplimiento. Vd. consiente en que, en caso de incumplimiento por su parte del presente Acuerdo, Vd. no podrá
utilizar los programas y/o servicios adquiridos. Vd. consiente asimismo en que en caso de haber utilizado Vd. un
contrato de Oracle Financing Division para pagar las tarifas exigibles bajo un pedido y quedar Vd. en situación de
incumplimiento bajo dicho contrato, Vd. no podrá utilizar los programas y/o servicios que estén sujetos a dicho
contrato. Las cláusulas que sobrevivirán a dicha terminación o expiración son aquellas relativas a la limitación de
responsabilidad, indemnización por infracciones de propiedad intelectual, pago y aquellas otras que, por su naturaleza,
estén destinadas a sobrevivir y seguir surtiendo efectos.

Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA                                                                   Página 3 de 33
J.        Tarifas e Impuestos
Todas las cantidades pagaderas a Oracle deberán ser abonadas en un plazo de 30 días a partir de la fecha de facturación.
Vd. acuerda abonar cualquier impuesto derivado de las ventas, valor añadido o de cualquier otro tipo impuesto por la
ley aplicable que Oracle deba abonar basado en los programas y/o servicios que Vd. haya adquirido, exceptuando
aquellos basados en los ingresos de Oracle. Asimismo, Vd. reembolsará a Oracle por los gastos razonables en que ésta
incurriera, relacionados con la prestación de los servicios. Las tarifas para los servicios expresadas en la documentación
de pedido no incluyen el impuesto de valor añadido u otros impuestos similares sobre ventas como tampoco los gastos a
incurrir. Vd. confirma no haber confiado en la disponibilidad futura de cualesquiera programas o versiones al asumir
sus obligaciones de pago en virtud del impreso de pedido realizado; sin embargo, (a) si Vd. solicitó el SULS para los
programas, la frase anterior no liberará a Oracle de su obligación de proporcionar actualizaciones bajo su impreso de
pedido, si y cuando éstas estén disponibles, con arreglo a las políticas de soporte técnico de Oracle entonces en vigor, y
(b) la frase anterior tampoco cambiará los derechos concedidos a Vd. en relación con cualquier programa que le hubiera
sido licenciado bajo su impreso de pedido, con arreglo a los términos de su impreso de pedido y de éste Acuerdo.

K        Información Confidencial (no revelación)
Por virtud del presente Acuerdo las partes pueden tener acceso a información confidencial de las mismas (en adelante
"información confidencial"). Ambas partes acuerdan revelar a la otra solo aquella información que sea necesaria para el
cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Acuerdo. La información confidencial quedará limitada a los
Programas, a los términos y las tarifas pagaderas bajo el presente Acuerdo, así como a toda otra información claramente
identificada como confidencial al tiempo de ser revelada.

La información confidencial de una parte no incluirá información la cual: (a) es o comience a ser parte del dominio
público por causa distinta de la acción u omisión de la otra parte, o (b) estuviera en posesión legítima de la otra parte
antes de la revelación y no hubiera sido obtenida por la otra parte directa o indirectamente de la parte reveladora o (c) es
legítimamente revelada a la otra parte por una tercera parte sin restricciones en la revelación o (d) es
independientemente desarrollada por la otra parte.

Cada uno de nosotros consiente en mantener la confidencialidad de la respectiva información confidencial de la otra
durante un período de tres años a contar desde la fecha de su revelación. Asimismo, cada uno de nosotros acuerda
revelar la información confidencial tan solo a aquellos empleados u agentes que necesiten acceder a la misma para
protegerla frente a revelaciones no autorizadas. Nada de lo aquí establecido impedirá a cualquiera de las partes el
revelar los términos o precios del presente Acuerdo o de los pedidos remitidos con sujeción a éste Acuerdo en
cualquier procedimiento legal que pudiera plantearse en relación o conexión con éste Acuerdo o revelar la información
confidencial a cualquier organismo gubernamental cuando así lo establezca la ley.

L        Totalidad del Acuerdo
Vd. está conforme en que este Acuerdo, así como la información que haya sido incorporada al mismo (incluyendo la
referencia a información contenida en una dirección Internet o URL o una política referenciada), junto con el impreso
de pedido aplicable, constituyen el completo Acuerdo para los programas y servicios solicitados por Vd., y en que este
Acuerdo prevalece sobre cualesquiera otro contrato o manifestación previa o contemporánea, oral o escrita, relativa a
dichos programas y/o servicios. Si cualquiera de las condiciones de este Acuerdo fuera considerada inválida o
inaplicable, el resto de las disposiciones conservarían su plena eficacia y dicho término quedaría reemplazado por un
término consistente con el propósito e intención de este Acuerdo. Se conviene expresamente que los términos del
presente Acuerdo y cualquier documentación de pedido Oracle prevalecerán sobre los términos de cualesquiera órdenes
de compra u otra documentación de pedido no procedente de Oracle así como que ningún término contenido en
cualesquiera de dichas órdenes de compra o documentación de pedido no procedente de Oracle será de aplicación a los
programas y/o servicios solicitados. Este Acuerdo y la documentación de pedido no podrán ser modificados y los
derechos y restricciones no podrán ser alterados o renunciados excepto mediante escrito firmado o aceptado en línea u
online a través del “Oracle Store” por representantes autorizados de Vd. y de Oracle. Cualquier notificación requerida
bajo éste Acuerdo deberá ser presentada a la otra parte por escrito.

M.        Limitación de Responsabilidad
Ninguna de las partes será responsable por cualquier daño indirecto, incidental, especial, punitivo o consecuencial, o
por cualquier pérdida de beneficios, ingresos, datos o uso de datos. La máxima responsabilidad de Oracle por cualquier
daño derivado de, o de cualquier otra forma relacionado con este Acuerdo o su pedido, tanto contractual como
extracontractual o de otra naturaleza, quedara limitada a las tarifas que Vd. haya pagado a Oracle bajo este Acuerdo y,
si dichos daños resultaren de su utilización de los programas o servicios, dicha responsabilidad quedará limitada a las
tarifas que Vd. haya abonado por los programas o servicios deficientes que dan lugar a la exigencia de responsabilidad.

N.       Exportación
Las leyes y reglamentaciones de exportación de los Estados Unidos de América, así como otras leyes y
reglamentaciones locales en materia de exportación, aplican a los programas. Vd. reconoce que tales leyes de control
de exportación regulan su utilización de los programas (incluyendo datos técnicos) y cualesquiera entregables
resultantes de los servicios prestados bajo éste Acuerdo, consintiendo Vd. en cumplir con tales leyes y reglamentaciones
de exportación (incluyendo reglamentaciones sobre “deemed re-export” y “deemed export”). Vd. está de Acuerdo en
que ningún dato, información, programa y/o materiales resultantes de los servicios (ni cualquier otro producto directo

Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA                                                                   Página 4 de 33
de los mismos) será exportado, directa o indirectamente, en violación de estas leyes, o será utilizado para cualquier
propósito prohibido por estas leyes incluyendo, sin limitación, la proliferación de armas nucleares, químicas o
biológicas o desarrollo de tecnología de mísiles.

O.       Otros
1. Este Acuerdo se regirá por las leyes materiales y procesales de España y Vd. consiente con Oracle en someterse a la
   jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital para cualquier disputa relacionada con el
   presente Acuerdo.
2. Si Vd. tuviera cualquier contencioso con Oracle o si deseara proporcionar una notificación bajo la sección de
   “Indemnización” de éste Acuerdo, o si incurriera en suspensión de pagos, quiebra u otros procedimientos
   concursales similares, Vd. se compromete a enviar con prontitud notificación escrita a Oracle Ibérica, S.R.L., calle
   José Echegaray, 6, Edificio B, Parque Empresarial Las Rozas, 28232-Las Rozas de Madrid, a la atención de
   ‘Asesoría Jurídica’.
3. Vd. no podrá ceder este Acuerdo o dar o transferir los programas y/o cualesquiera servicios contratados, o un
   interés sobre los mismos, a otra persona o entidad. Si Vd. garantiza con los programas y/o cualesquiera entregables
   de los servicios el cumplimiento de una obligación, la parte garantizada no tendrá el derecho de usar o de transferir
   los programas y/o cualesquiera entregables de los servicios, y si Vd. decidiera financiar su adquisición de los
   programas y/o cualesquiera servicios, Vd. seguirá las políticas de Oracle relativas a financiación las cuales podrán
   consultarse en la siguiente dirección de internet: http://oracle.com/contracts
4. Excepto en relación con acciones por impago o incumplimiento de los derechos de propiedad de Oracle, ninguna
   acción, con independencia de su forma, que surja de o tenga relación con este Acuerdo podrá ser interpuesta por
   ambas partes transcurridos dos años a contar desde la fecha en que la causa de accionar tuvo lugar.
5. Previa advertencia por escrito con 45 días de antelación, Oracle podrá auditar su uso de los programas. Vd. acuerda
   cooperar con la auditoria de Oracle y facilitar una asistencia razonable así como acceso a información. Cualesquiera
   de tales auditorias no interferirán sin buenas razones sus normales actividades comerciales. Vd. acuerda satisfacer en
   un plazo de 30 días a contar de la notificación por escrito cualesquiera tarifas aplicables a su utilización de los
   programas en exceso de los derechos concedidos bajo la licencia adquirida. Si Vd. no atendiera dicho pago, Oracle
   podrá resolver su soporte técnico, licencias y/o este Acuerdo. Vd. conviene en que Oracle no será responsable de
   cualesquiera costes incurridos por Vd. al cooperar en la auditoria.
6. Vd. entiende que los partners o socios comerciales de Oracle, incluyendo cualquier firma tercera que hubiera sido
   contratada por Vd. para proporcionarle servicios de consultoría informática, son compañías independientes de
   Oracle y no son agentes de Oracle. Oracle no será responsable ni quedará vinculado por cualesquiera actos de tales
   partners o socios comerciales a menos que el partner en cuestión esté prestando servicios como subcontrata de
   Oracle bajo encargo en virtud del presente Acuerdo.

P.       Fuerza Mayor
Ninguno de nosotros será responsable por interrupciones o retrasos en el rendimiento o prestaciones si estos fueran
causados por: un acto de guerra, hostilidad, sabotaje; fuerza mayor; corte del suministro eléctrico, de internet o
telecomunicaciones que no sea causado por la parte obligada; restricciones gubernativas (incluyendo la denegación o
cancelación de cualquier licencia de exportación o de otra clase); cualquier otra circunstancia fuera del razonable
control de la parte obligada. Ambos desplegaremos esfuerzos razonables para mitigar el efecto de un evento de fuerza
mayor. Si tal evento continuase durante más de 90 días, cualquiera de nosotros podrá cancelar los servicios pendientes
de prestación mediante notificación por escrito. Esta sección no exime a cualquiera de las partes de la obligación de
tomar las medidas razonables para seguir sus procedimientos normales de recuperación ante desastres o su obligación
de pagar por los programas entregados o los servicios prestados.

Q.      Términos Específicos Aplicables Exclusivamente al Hardware y los Servicios de Soporte de Hardware

1. Composición del Hardware
a. Su pedido de hardware consiste en los siguientes componentes: sistema operativo (tal y como se define en su
   configuración), software integrado y todo el equipamiento de hardware (incluyendo componentes, opciones y
   piezas de recambio) especificados en el pedido aplicable. El término "hardware" se define como el equipamiento
   de hardware, incluyendo los componentes, opciones y piezas de recambio. El término "software integrado" se
   define como aquel software embebido en el hardware el cual es esencial para la funcionalidad del hardware (como
   por ejemplo, el firmware).

b. Vd. tiene el derecho de utilizar el sistema operativo entregado con el hardware bajo los términos del/los Acuerdo(s)
   de licencia entregado(s) junto con el hardware. Las versiones actuales de los acuerdos de licencia están localizadas
   en la URL: http://oracle.com/contracts. Vd. queda autorizado bajo licencia para utilizar el sistema operativo y
   cualesquiera actualizaciones de sistema adquiridas a través de soporte técnico únicamente tal y como éste está
   incorporado al hardware y como parte del mismo.

c. Vd. tiene el derecho limitado, no-exclusivo, libre de royalties e intransferible de utilizar el software integrado
   entregado con el hardware bajo los términos del presente Anexo y la documentación. Vd. queda autorizado bajo
   licencia para utilizar el software integrado únicamente tal y como éste está incorporado al hardware y como parte
   del mismo.

d. El sistema operativo y/o el software integrado pueden incluir obras separadas, identificadas en la documentación
   aplicable o en una nota “Léame” o “Readme”, las cuales son objeto de licencia bajo los términos de “código

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abierto” u “open source” u otros similares de licencia; sus derechos para utilizar el sistema operativo y el software
     integrado bajo tales términos no quedan de ninguna manera restringidos bajo el Acuerdo incluyendo el presente
     Anexo. Los términos aplicables asociados a dichas obras separadas pueden ser encontrados en la documentación
     que acompaña al sistema operativo y al software integrado.

     Para los códigos objeto de licencia GPLv2, LGPLv2.1, GPLv3 y LGPLv3 recibidos por Vd. como código binario
     en el soporte físico, si Vd. quisiera recibir una copia del código fuente (“código fuente” o “source code”) en
     soporte físico vía servicio de correo postal, por favor remita su solicitud por escrito en la siguiente dirección
     <http://oss.oracle.com/systems-opensource>. Alternativamente, Vd. podrá cursar por correo su solicitud por escrito
     dirigido a Oracle Corporation, Attn: VP of Legal, Development and Engineering, en la siguiente dirección: 500
     Oracle Parkway, MS-5OP10, Redwood Shores, CA 94065, Estados Unidos de América. Su solicitud deberá incluir
     el nombre y número de versión del producto, su nombre, el nombre de su compañía (cuando proceda), su dirección
     de correo para devoluciones y su dirección de correo electrónico. Ciertas distribuciones de código fuente requieren
     el pago de una tarifa por el soporte físico. Si tal fuera el caso, se le remitirá detalles sobre su coste y forma de pago
     vía correo electrónico. Su solicitud deberá ser remitida dentro de los tres (3) años a contar desde nuestra última
     entrega del producto aplicable. Esta oferta solo es aplicable si Vd. recibió su sistema operativo y/o su software
     integrado en soporte físico.

e. Vd. solo podrá realizar copias del sistema operativo y software integrado para propósitos o fines de archivo, para
   reemplazar una copia defectuosa o para verificación del programa. Vd. no puede eliminar cualesquiera avisos o
   advertencias de derechos de autor o copyright en el sistema operativo o software integrado. Vd. no descompilará ni
   someterá a ingeniería inversa el sistema operativo o el software integrado.

f. Oracle podrá incluir programas adicionales en el hardware (por ejemplo, software Exadata Storage Server). Vd. no
   está autorizado a utilizar estos programas a menos que tenga una licencia concediéndole el derecho a su utilización
   de forma específica; sin embargo, Vd. puede utilizar programas con fines de pruebas de no producción hasta treinta
   (30) días desde la fecha de entrega siempre que dicho uso esté sujeto a los términos para programas de prueba en el
   acuerdo.

g. Vd. reconoce que para operar cierto hardware sus instalaciones deben cumplir un mínimo de requisitos tal y como
   se describen en la documentación de hardware. Dichos requerimientos pueden cambiar de vez en cuando, según se
   lo comunique Oracle en la documentación de hardware aplicable.

2. Restricciones de uso

     El hardware no está específicamente diseñado, fabricado o previsto para su utilización como parte, componente o
     material de ensamblaje para la planificación, construcción, mantenimiento o manejo de una instalación nuclear. El
     uso del hardware para estos fines está prohibido.

3.   Garantía

a. Oracle proporciona una garantía limitada “Garantía de hardware Oracle” para (i) el hardware, (ii) el sistema
   operativo y el software integrado, y (iii) el soporte físico o media del sistema operativo y del software integrado
   (colectivamente designados como la “media”). Oracle garantiza que el hardware se hallará libre de, y que la
   utilización del sistema operativo y del software integrado no causarán en el hardware, defectos sustanciales en los
   materiales y mano de obra durante un año a partir de la fecha de entrega del hardware a Vd. Oracle garantiza que la
   media se hallará libre de defectos sustanciales en los materiales y mano de obra durante 90 días a partir de la fecha
   de entrega de la media a Vd. Vd. podrá acceder a una descripción más detallada de la Garantía del hardware Oracle
   en la dirección siguiente http://www.oracle.com/us/support/policies/index.html (“la página web de la garantía”).
   Cualesquiera cambios en los detalles de la Garantía de Hardware Oracle especificados en la página web de la
   garantía no serán aplicables al hardware o a la media solicitados con anterioridad a tal cambio. La Garantía del
   Hardware Oracle es de aplicación solo al hardware y a la media que hayan sido (1) fabricados por o para Oracle, y
   (2) vendidos por Oracle (bien de forma directa o a través de un distribuidor autorizado por Oracle). El hardware
   puede ser nuevo o como nuevo. La Garantía de Hardware Oracle es de aplicación al hardware que es nuevo y
   también para el hardware que es “como nuevo” el cual ha sido remanofacturado y con certificado con la garantía de
   Oracle.

b. Frente a cualquier incumplimiento de las garantías descritas más arriba, su recurso exclusivo y la entera
   responsabilidad de Oracle serán: (i) la reparación, o, a la opción y expensas de Oracle, el reemplazo del producto
   defectuoso, o, (ii) si dicha reparación o reemplazo no fuera comercialmente razonable, el reembolso de las tarifas
   satisfechas a Oracle por el producto defectuoso o cualesquiera tarifas satisfechas a Oracle por los servicios de
   soporte técnico no consumido de el producto defectuoso. En la máxima extensión permitida por la ley, quedan
   excluidas cualesquiera otras garantías expresas o implícitas en relación a los elementos mencionados anteriormente,
   incluyendo cualesquiera garantías implícitas de comerciabilidad, calidad satisfactoria y adecuación a un propósito
   concreto.

c. Las piezas de recambio de las piezas defectuosas o de los componentes reemplazados en virtud de la Garantía de
   Hardware Oracle pueden ser nuevos o de una calidad como si fueran nuevos. Dichas piezas de recambio asumen el
   nivel de garantía del hardware en el cual se instalen y no disponen de garantía alguna de ningún tipo de forma
   separada o independiente. La titularidad de todas las piezas o componentes defectuosos será transferida nuevamente


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a Oracle en el momento de la extracción de dicha pieza del hardware.

d. Oracle no garantiza el funcionamiento ininterrumpido ni libre de errores del hardware, el sistema operativo, el
   software integrado o la media (soporte físico).

e. No será aplicable garantía alguna a ningún hardware, sistema operativo, software integrado o media que hayan sido:

i. modificados, alterados o adaptados sin el consentimiento por escrito de Oracle (incluyendo modificaciones o la
   retirada de la etiqueta de Oracle/Sun del hardware con el número de serie);

ii. maltratados o utilizados de cualquier forma distinta a lo establecido en la documentación relevante;

iii. reparados por cualquier tercera parte de una manera que no alcance a cumplir los estándares de calidad de Oracle;

iv. incorrectamente instados por cualquier otra parte distinta de Oracle o de un partner de instalación certificado,
    autorizado por Oracle;

v. utilizados con equipo o software no cubiertos por la Garantía de Hardware Oracle en la extensión en que dichos
   problemas sean atribuibles a dicho uso;

vi. reubicados en la extensión en que dichos problemas sean atribuibles a dicha reubicación;

vii. utilizados directa o indirectamente para apoyar actividades prohibidas por la normativa de exportación de los
    Estados Unidos de América u otras regulaciones nacionales de exportación;

viii. utilizados por partes que figuren en la lista más reciente de exclusiones a la exportación de los Estados Unidos de
    América;

ix. reubicados en países sujetos a embargos o restricciones comerciales por parte de los Estados Unidos de América;

x. utilizados de forma remota para proveer cualquier actividad en los países referenciados en (ix) más arriba; o

xi. adquiridos de cualquier otra entidad que no sea Oracle o un distribuidor autorizado Oracle.

f. La Garantía de Hardware Oracle no es de aplicación al deterioro normal del hardware o del soporte físico. La
   Garantía de Hardware Oracle sólo se extiende al comprador original o al arrendatario inicial del hardware y podrá
   incumplirse en caso de que se transfiera su titularidad a un tercero.

4. Envío, instalación y aceptación del hardware

a. Vd. será responsable de la instalación del hardware, a no ser que Vd. adquiera los servicios de instalación de Oracle
   con respecto a tal Hardware.

b. Oracle enviará el hardware a la dirección de entrega especificada por Vd. en el documento de compra, o, cuando su
   documento de compra no indique una dirección de entrega, a la dirección especificada en la página 1 del Pedido
   Oracle. Los términos de envío del Hardware para cada país específico pueden encontrarse en las Políticas de Pedido
   y Entrega (“Order and Delivery Policies”) de Oracle en la siguiente dirección                         de internet:
   http://oracle.com/contracts.

c. La aceptación del hardware se produce en la entrega.

d. Oracle puede hacer y facturar entregas parciales.

e. Oracle puede realizar sustituciones y modificaciones de producto que no ocasionen un efecto sustancial adverso en
   el rendimiento general del hardware.

f. Oracle desplegará esfuerzos comercialmente razonables para entregar el hardware dentro de un plazo consistente
   con las prácticas más actuales de Oracle en relación con la cantidad y el tipo de hardware que Vd. haya solicitado.

5. Transferencia de titularidad

La titularidad o propiedad sobre el hardware se transmitirá a su entrega.




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R.      Modificaciones Específicas del Hardware a los Términos del Acuerdo

Las partes acuerdan modificar el Acuerdo como se especifica a continuación:

a.      Propiedad y Restricciones

La palabra “Programas” en la primera frase del primer párrafo de la sección sobre “Propiedad y Restricciones” del
Acuerdo, queda reemplazada por la frase “programas, el sistema operativo y el software integrado”.

Se añade la siguiente frase como una nueva segunda frase en el primer párrafo de la sección “Propiedad y
Restricciones” del Acuerdo: “Oracle o sus licenciantes retienen todos los derechos de propiedad intelectual del
Hardware”

En la segunda frase del párrafo segundo de la sección sobre “Propiedad y Restricciones” del Acuerdo, las palabras
“especificado en la documentación del programa” quedan reemplazadas por la frase “especificado en la
documentación del programa o en archivos “léame” o readme” o archivos de aviso.

b.      Indemnización

La palabra “Material” bajo la sección de indemnización del Acuerdo incluye el hardware (como se define mas abajo).
Siempre que Vd. este actualmente suscrito a los servicios de soporte técnico para el sistema operativo (e.g. Soporte
Premier para Sistemas Oracle, Soporte Premier para Sistemas Operativos Oracle, o Soporte Premier para Linux Oracle)
durante el periodo de tiempo para el cual Vd. sea o fuese un suscriptor a los servicios de soporte técnico Oracle
aplicables (i) la frase “Material” bajo la sección sobre “Indemnización” del Acuerdo incluirá el Sistema Operativo y el
Software Integrado y (ii) la frase “programa(s)” en la sección sobre “indemnización” del Acuerdo queda reemplazada
por la frase “programa(s) o el sistema operativo y el software integrado (según aplique) “(e.g. Oracle no le indemnizará
a Vd. por el uso del sistema operativo y/o software integrado Vd. no es o no fuese un suscriptor de los servicios de
soporte técnico Oracle que apliquen). No obstante a lo anterior, en lo que respecta al sistema operativo Linux, Oracle
no le indemnizará por los materiales que no sean parte de los archivos cubiertos por Oracle Linux como se define en la
siguiente URL :http://www.oracle.com/us/support/library/enterprise-linux-indemnification-069347.pdf

Se añade el siguiente párrafo como una nueva segunda frase en el segundo párrafo de la sección “Indemnización” del
acuerdo:

“Sin perjuicio de la frase anterior y con respecto únicamente al hardware, si el Proveedor considera o se determina que
el hardware (o una parte del mismo) pudiera haber violado los derechos de propiedad intelectual de terceros, el
Proveedor podrá elegir bien reemplazar o modificar el hardware (o la parte del mismo) que no suponga una infracción
(siempre y cuando se preserve de forma sustancial su utilidad o funcionalidad) u obtener un derecho para permitir su
uso continuado, o si esas alternativas no fueran comercialmente razonables, el Proveedor podrá retirar el hardware
aplicable (o la porción del mismo) y devolver el valor neto contable”.

c.      Soporte Técnico

Se añaden los siguientes párrafos a la sección sobre “Soporte Técnico” del Acuerdo:

"El Soporte Técnico para Hardware y Sistemas Oracle adquirido mediante su pedido podrá ser renovado anualmente y,
si Vd. renueva el Soporte Técnico para Hardware and Sistemas Oracle para los mismos sistemas y configuraciones,
entonces para el primer y segundo año de renovación la tarifa del soporte no se incrementará en más del 4% sobre las
tarifas satisfechas para el año anterior.”

“De ser contratado, el Soporte Técnico para Hardware y Sistemas Oracle (incluyendo el primer año y todos los años
sucesivos) se proporciona bajo las Políticas de Soporte Técnico para Hardware y Sistemas Oracle en vigor, en el
momento en que los servicios sean prestados. Vd. conviene en cooperar con Oracle y en proporcionar el acceso,
recursos, materiales, personal, información y consentimientos que Oracle pueda solicitar para proporcionar dichos
servicios. Las Políticas de Soporte Técnico para Hardware y Sistemas de Oracle, incorporadas a éste documento,
están sujetas a cambios a discreción de Oracle; sin embargo, Oracle no reducirá materialmente el nivel de los servicios
proporcionados durante el periodo con relación al cual hayan sido satisfechas las tarifas de Soporte Técnico para
Hardware y Sistemas Oracle . Vd. deberá revisar dichas políticas antes de formalizar un Pedido con Oracle. Puede Vd.
acceder a la versión actual en vigor de las Políticas de Oracle de Soporte para Hardware y Sistemas en la siguiente
URL: http://www.oracle.com/us/support/policies/index.html.”

d.      Resolución del Acuerdo

En la segunda frase de la sección sobre “Resolución del Acuerdo” del Acuerdo, la frase “programas solicitados y/o
servicios recibidos” es reemplazada por la frase siguiente “hardware y programas solicitados y/o servicios recibidos”.

En la quinta y sexta frases de la sección sobre “Resolución del Acuerdo” del Acuerdo, la frase “programas y/o
servicios” es reemplazada por la frase “hardware, programas y/o servicios”.

e.      Totalidad del Acuerdo

 La frase “programas y/o servicios” es reemplazada por la frase “programas, hardware, sistema operativo, software
integrado y/o servicios” en todos los casos en la sección sobre “Totalidad del Acuerdo” del Acuerdo.

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f.      Limitación de Responsabilidad

En la segunda frase de la sección sobre “Limitación de Responsabilidad” del Acuerdo, la frase “programas y/o
servicios” es reemplazada por la frase siguiente “programas, hardware o servicios” y (ii) la frase “programas o
servicios” es reemplazada por la frase “programas, hardware o servicios”.

g.       Exportación

El contenido de la sección sobre “Exportación” del Acuerdo es eliminado y reemplazado por el nuevo siguiente:

“Las leyes Estadounidenses de Exportación y otras leyes aplicables de importación y exportación regulan su
utilización de los programas, y hardware (incluyendo cualquier software integrado y sistema(s) operativo(s)). Vd.
reconoce que dichas leyes de exportación regulan su utilización de los programas (incluyendo datos técnicos),
hardware (incluyendo cualesquiera software integrado y sistema(s) operativo(s)) y distribución de servicios provistos
en virtud de este acuerdo, y Vd. conviene en cumplir con todas las leyes y regulaciones de exportación (incluyendo
regulaciones sobre transacciones asimiladas a exportaciones y a reexportaciones). Vd. acepta en que ningún dato,
información, programa, hardware (incluyendo cualesquiera software integrado y sistema(s) operativo(s)) y/o materiales
resultantes de servicios (o como resultado directo de los mismos) será exportado, directa o indirectamente, en
incumplimiento de dichas leyes, o serán utilizados para otros fines prohibidos por estas leyes, incluyendo, sin
limitación, la proliferación de armas nucleares, químicas o biológicas, o el desarrollo de tecnologías de misiles.

Vd. incluirá la siguiente nota de advertencia en las listas de embalaje, facturas comerciales, documentos de envío y
otros documentos -involucrados en la transferencia, exportación o re-exportación de los programas y Hardware-
(incluyendo cualquier software integrado y sistema(s) operativo(s)): “Estos productos, tecnología, software o hardware
(incluyendo cualquier software integrado y sistema(s) operativo(s)) fueron exportados de acuerdo con la Regulaciones
sobre Administración de Exportaciones y cualesquiera leyes de exportación aplicables. Cualquier desviación contraria
a las leyes de exportación aplicables queda prohibida.”

h.      Otros

El contenido de la subsección O.3 de la sección “Otros” del Acuerdo es eliminado y reemplazado por el nuevo
siguiente:

“Vd. no podrá ceder el presente Acuerdo o dar o transferir los programas, el sistema operativo, el software integrado
y/o cualesquiera servicios o un interés en ellos a otro individuo o entidad. Si Vd. concede un derecho de garantía real o
aval sobre los programas, el sistema operativo, el software integrado y/o los servicios entregables, el acreedor no tendrá
derecho alguno de uso o de transferir de los programas, el sistema operativo, el software integrado y/o cualesquiera
servicios entregables, y si Vd. decide financiar sus adquisiciones de hardware, programas y/o servicios, Vd. seguirá las
políticas de Oracle de financiación que están disponibles en la URL: http://oracle.com/contracts. Lo anterior no deberá
interpretarse como una limitación a los derechos que Vd. de otra manera haya adquirido con relación al sistema
operativo Linux, tecnología de terceros o trabajos licenciados de forma separada bajo términos de licencia de código
abierto o términos de licencia similares”.

i.      Fuerza Mayor

En la última frase de la sección “Fuerza Mayor” del Acuerdo, la frase “su obligación de pagar por los programas o
servicios entregados” se reemplazará por la frase “su obligación de pagar por los programas, servicios o hardware
solicitados”.

S.      Términos Generales

1.   Fecha de Comienzo

a.   Para el hardware, software integrado y servicios relacionados, la Fecha de Comienzo será la fecha en que el
     hardware es entregado. El periodo de prestación de todos los servicios relacionados será efectivo desde la fecha de
     entrega del hardware o desde la fecha de efectividad del pedido si no se requiere envío de hardware.

b.   Para las licencias de programa, la Fecha de Comienzo será la fecha de envío del soporte físico o en la fecha de
     efectividad del Pedido en caso de no requerirse envío de soporte físico. El periodo de prestación de todos los
     servicios relacionados será efectivo desde la fecha de envío del soporte físico o desde la fecha de efectividad del
     Pedido si no se requiere envío de soporte físico. .

2.   Territorio

a.   El hardware incluido en este pedido será instalado en el país especificado por Vd. como localidad de entrega en
     su documento de compra o cuando su documento de compra no indique una dirección de entrega, en la dirección
     especificada en el Pedido.

b.   Las licencias de programas serán para su utilización tal y como se determine en cada pedido

3.   Precios, Facturas y condiciones de pago

a.   Una vez efectivo, su pedido es no cancelable y las sumas satisfechas no reembolsables, a no ser que otra cosa se

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especifique en el Acuerdo.

          Vd. puede hacer cambios a un pedido de Hardware antes de su envío, los cuales están sujetos a las tarifas vigentes
          de cambio de pedido establecidas por Oracle. Las tarifas de cambio de pedido aplicables pueden ser consultadas
          en las Políticas de Pedido y Entrega (“Order and Delivery Policies”), en la siguiente dirección URL:
          http://oracle.com/contracts.

     b.   Al aceptar las obligaciones de pago especificadas en el presente pedido, Vd. acepta y reconoce no haber confiado
          en la disponibilidad futura de cualquier hardware, programa o actualización. Sin embargo (a) si Vd. solicita
          soporte técnico, la frase anterior no exime a Oracle de su obligación de proporcionar dicho soporte técnico en
          virtud el presente acuerdo, siempre y cuando esté disponible, de acuerdo con las políticas de soporte técnico de
          Oracle que en dicho momento estuviesen vigentes; y (b) la frase anterior no modifica los derechos que se le han
          otorgado en virtud del Pedido y del Acuerdo.

     c.   Vd. entiende que recibirá múltiples facturas por los productos y servicios que Vd. ha solicitado.

     d.   Las tarifas del Hardware se facturarán a partir de la Fecha de Comienzo del hardware.

     e.   Las tarifas de los programas se facturará a partir de la Fecha de Comienzo de los programas.

     f.   Las tarifas de los servicios, se facturarán por adelantado a la prestación del servicio; específicamente, las tarifas
          por soporte técnico se facturarán anualmente por adelantado.

     g.   Adicionalmente a los precios recogidos en Pedido, Oracle le facturará a Vd. cualesquiera cargos de envío o
          impuestos correspondientes, y Vd. será responsable de tales cargos e impuestos independientemente de cualquier
          disposición expresa o implícita contenida en los "Incoterms" referenciados en las Políticas de Envío y Entrega
          ("Order and Delivery Policies") disponibles en: http://oracle.com/contracts.

     h.   Las facturas le serán remitidas a Vd. de conformidad con la Política de Normas de Facturación de Oracle, a la que
          se puede acceder en la siguiente dirección de internet: http://oracle.com/contracts

     4.   Segmentación

     La compra del (a) hardware y/o soporte de hardware relacionado, (b) programas y/o el soporte técnico relacionado, o
     (c) otros servicios, se realizará mediante ofertas separadas y de forma independiente a cualquier otro pedido de (i)
     hardware y/o soporte de hardware relacionado, (ii) programas y/o soporte técnico relacionado, u (iii) otros servicios
     que Vd. pueda recibir o haya recibido de Oracle. Vd. entiende que puede adquirir (x) hardware y/o soporte de hardware
     relacionado, (y) programas y/o soporte técnico relacionado, o (z) otros servicios de forma independiente a cualquier
     otro producto o servicio. Su obligación de satisfacer las tarifas del (i) hardware y/o soporte de hardware relacionado no
     está supeditada a la entrega del hardware o a la prestación de cualquier otro servicio, (ii) los programas y/o soporte
     técnico relacionado no está supeditada a la entrega del hardware o a la prestación de cualquier otro servicio, o (iii) otros
     servicios, no está supeditada a la entrega del hardware o a la prestación de cualquier otro servicio.

T.   Reglas y Definiciones de Licencia
     Para comprender plenamente el alcance de la concesión de licencia, Vd. necesitará revisar las definiciones tanto de las
     distintas métricas de licencia como de plazo, así como las reglas de licenciamiento que se detallan más abajo:

     Adaptador (“Adapter”): Se define como cada interfase de código de software, instalado en cada programa Oracle
     Internet Application Server Enterprise Edition, que facilita la comunicación de información entre cada versión de un
     software de aplicaciones o sistemas de terceros y los programas Oracle.

     Usuario Nominal Plus/Usuario Nominal (“Named User Plus/Named User”): se define como un individuo autorizado
     por Vd. para usar los programas, los cuales están instalados en un único servidor o en múltiples servidores,
     independientemente de que ésta persona esté utilizando o no activamente los programas en cualquier momento dado.
     Todas las demás disposiciones de esta definición serán únicamente aplicables con relación a las licencias por Usuario
     Nominal Plus y no a las licencias por Usuario Nominal. Cada dispositivo no operado por una persona será contado
     como un usuario nominal plus, en adición a todos los individuos autorizados para utilizar los programas, si tales
     dispositivos pueden acceder a los programas. Si se utilizase software o Hardware multiplexador (como por ejemplo un
     monitor TP o un producto ‘web server’), éste número deberá ser medido al extremo frontal (‘front end’) del
     multiplexador. Se permite el tratamiento automatizado de datos mediante procesos “batch” de computadora a
     computadora. Vd. será responsable de asegurarse de que se mantienen los mínimos de usuarios nominales plus por
     procesador para los programas que se detallan en la tabla de usuarios mínimos en la sección “Reglas de Licencia”; la
     tabla de mínimos establece el número mínimo de usuarios plus necesarios y todos los usuarios reales deben ser
     licenciados.

     Por lo que se refiere a los programas siguientes: Configuration Management Pack for Applications, System Monitoring
     Plug-in for Non Oracle Databases, System Monitoring Plug-in for Non Oracle Middleware, Management Pack for
     Non-Oracle Middleware, Management Pack for WebCenter Suite, Data Masking Pack para Bases de Datos no Oracle
     y Test Data Management Pack para Bases de Datos no Oracle, solo los usuarios del programa que está siendo
     gestionado/controlado son contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias de Usuario Nominal Plus
     requeridas.


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Respecto de los siguientes programas: Load Testing, Load Testing Developer Edition, Load Testing Accelerator for
Web Services, Load Testing Accelerator for Oracle Database y Applications Load Testing Accelerators, cada usuario
humano emulado y dispositivo no operado por una persona será considerado como un usuario virtual y será
contabilizado a los efectos de determinar el número de licencias Usuario Nominal Plus necesarias.

Por lo que se refiere a los siguientes programas: Application Management Suite for Oracle E-Business Suite,
Application Management Suite for PeopleSoft, Application Management Suite for Siebel, Application Management
Suite for JD Edwards Enterprise One, Real User Experience Insight y Application Replay Pack, todos los usuarios de
las aplicaciones de programa gestionadas respectivas deben contabilizarse a los efectos de determinar el número de
licencias requeridas.

En relación con el programa Oracle GoldenGate, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número
de licencias necesarias, a) los usuarios de la base de datos Oracle desde la cual Vd. capture datos, y b) los usuarios de la
base de datos Oracle en la que Vd. aplicará los datos.

En relación con los siguientes programas: Oracle GoldenGate for Mainframe y Oracle GoldenGate for Teradata
Replication Services, sólo (a) los usuarios de la base de datos desde la cual Vd. capture datos, y (b) los usuarios de la
base de datos en la que Vd. aplicará los datos, deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de
licencias necesarias.

En relación con el programa Oracle GoldenGate para Base de Datos No Oracle, sólo deben ser contabilizados a los
efectos de determinar el número de licencias necesarias, a) los usuarios de la base de datos No Oracle desde la cual Vd.
capture datos, y b) los usuarios de la base de datos No Oracle en la que Vd. aplicará los datos.

En relación con los siguientes programas: Data Integrator Enterprise Edition y Data Integator Enterprise Edition for
Oracle Applications, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias, los
usuarios que están corriendo o accediendo a los procesos.

Procesador (“Processor”): se define como todos los procesadores en los que están instalados y/o corriendo los
programas Oracle. Pueden acceder a los programas licenciados bajo la métrica "por procesador" tanto sus propios
usuarios internos (incluyendo agentes y contratistas) como sus usuarios terceros. El número de licencias necesarias
quedará determinado mediante la multiplicación del número total de núcleos del procesador por un factor de
licenciamiento de núcleo de procesador especificado en la Tabla de Factores de Núcleo de Procesador Oracle a la que se
puede acceder en la dirección http://oracle.com/contracts. Todos los núcleos en todos los chips multi-núcleo para cada
programa licenciado deberán ser agregados antes de realizar la multiplicación por el factor apropiado de licenciamiento
de núcleo de procesador y todas las fracciones del número resultante serán redondeadas al siguiente número entero. Al
licenciar programas Oracle con los nombres de producto “Standard Edition One” o “Standard Edition”,(a excepción de
Soporte Java SE, Java SE Advanced, y Suite Java SE), un procesador se contabiliza como equivalente a un zócalo
(socket) ocupado; sin embargo, en el caso de módulos “multi-chip”, cada chip en el módulo multi-chip será
contabilizado como un socket ocupado.

Por ejemplo, un servidor basado en tecnología chip multi núcleo con un Factor de Núcleo de Procesador Oracle de 0,25
en el que se halle instalado y/o corriendo el programa (siempre que se trate de un programa distinto de los programas
“Standard Edition One” o “Standard Edition”) sobre un total de 6 núcleos requerirá una licencia para dos procesadores
(6 núcleos multiplicados por un factor de licenciamiento de núcleo de procesador del 0,25 es igual a 1,50, número éste
último que queda redondeado al siguiente numero entero que es 2). Como ejemplo adicional, un servidor multi núcleo
para una plataforma de Hardware que no esté especificada en la Tabla de Factores de Núcleo de Procesador Oracle en el
que se halle instalado y/o corriendo el programa sobre un total de 10 núcleos requerirá una licencia para 10
procesadores (10 núcleos multiplicados por un factor de licenciamiento de núcleo de procesador de 1.0 para
“cualesquiera otros chips multinúcleo” es igual a 10).

Por lo que se refiere al programa Healthcare Transaction Base, sólo los procesadores en los que estén instalados y/o
corriendo los programas Internet Application Server Enterprise Edition y Healthcare Transaction Base deberán ser
tenidos en cuenta a los efectos de determinar el número de licencias necesarias.

A los efectos de los siguientes programas: iSupport, iStore y Configurator, sólo los procesadores en los que esté
corriendo Internet Application Server (Standard Edition y/o Enterprise Edition) y el programa licenciado (por ejemplo,
iSupport, iStore y/o Configurator) deberán ser tenidos en cuenta para determinar el número de licencias necesarias para
los programas licenciados: bajo estas licencias también podrá instalar y/o correr los programas licenciados en los
procesadores en los que esté instalada y/o corriendo una base de datos Oracle licenciada (Standard Edition y/o
Enterprise Edition).

Por lo que se refiere a los programas siguientes: Configuration Management Pack for Applications, System Monitoring
Plug-in for Non Oracle Databases, System Monitoring Plug-in for Non-Oracle Middleware, Management Pack for Non-
Oracle Middleware, Management Pack for WebCenter Suite, Grid Engine, Data Masking Pack for Non-Oracle
Databases y Test Data Management Pack for Non-Oracle Databases, sólo los procesadores en los cuales está corriendo


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el programa de terceras partes que está siendo gestionado/controlado deberán ser contabilizados a los efectos de
determinar el número de licencias requeridas.

En relación con los programas siguientes: Application Management Suite for Oracle E-Business Suite, Application
Suite for PeopleSoft, Application Management Suite for Siebel, Application Management Suite for JD Edwards
EnterpriseOne, Application Management Pack for Utilities y Application Management Pack for Taxation and Policy
Management, todos los procesadores en los cuales está corriendo el software de middleware y/o bases de datos que den
soporte al respectivo programa de aplicación gestionado deberán ser contabilizados a los efectos de determinar el
número de licencias requeridas.

A los efectos de los siguientes programas: Application Replay Pack y Real User Experience Insight, todos los
procesadores en los que está corriendo el software middleware que dé soporte a las respectivas aplicaciones de
programa deberá contabilizarse a los efectos de determinar el número de licencias requeridas.

A los efectos de los siguientes programas: Informatica PowerCenter y PowerConnect Adapters, y Application Adapter
for Warehouse Builder for PeopleSoft, Oracle E-Business Suite, Siebel, y SAP, sólo los procesadores en los que esté
corriendo la base de datos objetivo deberán contabilizarse a los efectos de determinar el número de licencias requeridas.

Para los siguientes programas: Data Integrator Enterprise Edition, Data Integrator Enterprise Edition para Aplicaciones
Oracle, Data Integrator y Application Adapter para Data Integration y Application Adapters para Data Integration, sólo
el procesador o procesadores donde se ejecutan los procesos de transformación de datos deberán ser contabilizados a
los efectos de determinar el número de licencias necesarias.

Para el programa Audit Vault Collection Agent, y a los efectos de determinar el número de licencias requeridas, solo
deberán contabilizarse los procesadores de las bases de datos fuentes desde las cuales los datos de auditoría son
recogidos.

Para el programa Oracle‘In Memory Database Cache’, sólo los procesadores en los cuales el componente Times Ten
In-Memory Database del programa ‘In Memory Database Cache’ esté instalado y/o corriendo deberán ser contados a
los efectos de determinar el número de licencias requerido.

En relación con el siguiente programa: Oracle GoldenGate, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el
número de licencias necesarias, a) los procesadores sobre los que corra la base de datos Oracle desde los que capture
datos, y b) los procesadores sobre los que corra la base de datos Oracle a la que aplicarán los datos.

En relación con los siguientes programas: Oracle GoldenGate for Mainframe y Oracle GoldenGate for Teradata
Replication Services, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias (a) los
procesadores sobre los que corra la base de datos de la cual Vd. Captura los datos y (b) los procesadores sobre los que
corra la base de datos en la cual Vd. aplicará los datos.

En relación con el siguiente programa: Oracle GoldenGate for Non Oracle Database, sólo deben ser contabilizados a los
efectos de determinar el número de licencias necesarias (a) los procesadores sobre los que corra la base de datos no
Oracle de la cual Vd. captura los datos y (b) los procesadores sobre los que corra la base de datos no Oracle en la cual
Vd. aplicará los datos.

En relación con el siguiente programa: Oracle GoldenGate Application Adapters, sólo deben ser contabilizados a los
efectos de determinar el número de licencias necesarias, los procesadores corriendo las bases de datos fuente Oracle o
no Oracle desde la cual Vd. captura los datos. Para bases de datos con múltiples fuentes, deben contabilizarse todos los
procesadores para todas las fuentes.

En relación con el siguiente programa: Database Firewall, sólo deben ser contabilizados a efectos de determinar el
número de licencias necesarias, los procesadores de las bases de datos fuentes que están protegidas o monitorizadas.

En relación al siguiente programa: Oracle ATG Web Commerce Search, sólo se contabilizarán los procesadores en los
que se procesen las consultas. No necesitará contabilizar los procesadores en los que el programa esté ejecutándose para
clasificar contenido en fuentes de contenidos configurados, siempre y cuando éste sea el único uso del programa en
todos los procesadores instalados en un servidor determinado.

Auricular sin cables (“Wireless handset”): se define como un dispositivo de comunicación móvil, tal y como un
teléfono móvil, una PDA o un bepper, que realice como funciones principales comunicación vocales y servicios de
datos proporcionados a través de un proveedor de servicios.

Cliente (“Customer”): se define como la entidad cliente especificada en su pedido. Los programas no podrán ser
utilizados, ni se podrá acceder a ellos, para las operaciones de negocio de cualquier tercera parte, incluyéndose como
tales terceras partes, de forma no limitativa, sus propios clientes, sus socios o partners o sus afiliadas. No hay limitación
en cuanto al número de ordenadores en los cuales dichos programas podrán ser copiados, instalados y utilizados.


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Contrato Oracle Financing (“Oracle Financing Contract”): es un contrato entre Vd. y Oracle (o una de las
empresas afiliadas de Oracle) por el que se establece un aplazamiento de pagos en relación con alguna o todas las sumas
debidas por Vd. en virtud de su pedido.

Conector (“Connector”): se define como cada conector que pone en conexión el producto de software con un producto
externo. Se requiere un único conector para cada producto distinto con el que el producto de software deba de hacer
interfaz o interfase.

Conjunto de Reglas (“Rule Set”): se define como un archivo de reglas de datos albergando contenido para un país
determinado para ejecutar funciones optimizadas de calidad de datos para dicho país.

CPU: Se define como un chip que contiene una colección de uno o más núcleos en el que el programa es ejecutado.
Independientemente del número de núcleos, cada chip se contabiliza como 1 CPU. A los efectos de los programas
Oracle Utilities Customer Care y Billing Application Workbench, Vd. podrá copiar, instalar y utilizar dicho programa
ejecutándolo en una CPU solamente para propósitos o fines de desarrollo.

Cuenta Cliente (“Customer Account”): se define como cada única Cuenta Cliente, designada por un único número de
cuenta, para la que la información de facturación se gestiona o muestra utilizando el programa, independientemente del
número de titulares de cuenta individuales que estén asociados a dichas cuentas.

Desarrollador UPK (“UPK Developer”): Se define como un individuo autorizado por Vd. para utilizar los programas
los cuales estén instalados en un único servidor o en múltiples servidores, independientemente de si el individuo en
cuestión está o no utilizando activamente los programas en cualquier momento dado. Los Desarrolladores UPK podrán
crear, modificar, ver e interactuar con simulaciones y documentación.

Dispositivo de Red (“Network Device”): Se define como el Hardware y/o software cuya finalidad principal es la de
enrutar y controlar comunicaciones entre ordenadores o redes de ordenadores. Ejemplos de dispositivos de red incluyen,
de forma no limitativa, routers, firewalls o cortafuegos, y balanceadores de carga de red (network load balancers).

Dispositivo Sun Ray (“Sun Ray Device”): se define como el ordenador Sun Ray en el que se está ejecutando el
programa.

Empleado (“Employee”): se define como (i) todos sus empleados a tiempo completo, a tiempo parcial y temporales y
(ii) todos sus agentes, contratistas y consultores que tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por
parte de los programas. La cantidad de licencias requerida viene determinada por el número de Empleados y no por el
número real de usuarios. Adicionalmente, si Vd. decidiera externalizar (‘outsource’) cualquier función o funciones de
su negocio a otra compañía, se deberán tener en cuenta los siguientes casos con objeto de determinar el número de
Empleados: todos los empleados a tiempo completo, parcial o temporales de dicha compañía, agentes, contratistas y
consultores que (i) esté prestando los servicios de externalización y (ii) aquellos que tengan acceso a, utilicen o puedan
ser objeto de seguimiento por parte de los programas. .

Empleado para HCM (“Employee for HCM (Human Capital Management)”): se define como (i) todos sus
empleados a tiempo completo, a tiempo parcial y temporales y (ii) todos sus agentes, contratistas y consultores que
tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por parte de los programas. La cantidad de licencias
requerida viene determinada por el número de Empleados y no por el número real de usuarios. Adicionalmente, si Vd.
decidiera externalizar (‘outsource’) cualquier función o funciones de su negocio a otra compañía, se deberán tener en
cuenta los siguientes casos con objeto de determinar el número de Empleados para HCM: todos los empleados a tiempo
completo, parcial o temporales de dicha compañía, agentes, contratistas y consultores que (i) esté prestando los
servicios de externalización y (ii) aquellos que tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por parte de
los programas. Los empleados para HCM sólo podrán usar los programas licenciados con los programas de aplicaciones
que contengan el prefijo “Oracle Fusion Human Capital Management” en su nombre de programa.

Empleado de Empresa (“Enterprise Employee”): se define como (i) todos sus empleados a tiempo completo, tiempo
parcial y empleados temporales, y (ii) todos sus agentes, contratistas y consultores que tengan acceso a, utilicen o
puedan ser objeto de seguimiento por parte de los programas. La cantidad de licencias necesarias viene determinada por
el número de Empleados de Empresa y no por el número real de usuarios. Adicionalmente, en caso de que decida
externalizar (outsource) cualesquiera funciones empresariales a otra empresa, los siguientes deben ser tenidos en cuenta
a los efectos de determinar el número de Empleados de Empresa: todos los empleados de la empresa a tiempo completo,
a tiempo parcial, empleados temporales, , agentes, contratistas y consultores que (i) estén prestando los servicios
externalizados y (ii) aquellos que tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por parte de los
programas. El valor de estas licencias de programa se determina por el número de Empleados de Empresa. Para estas
licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Empleados de
Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Empleados de Empresa excede
de la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte técnico para dichas licencias), de
forma que el número de Empleados de Empresa sea igual o menor que el número de la cantidad licenciada. Vd. no
tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de crédito o cualquier otro tipo de consideración, en caso de que
se produzca una disminución en el número de Empleados de Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes

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del aniversario de su pedido, deberá remitir a Oracle un informe indicando el número de Empleados de Empresa a dicha
fecha.

Estación de trabajo (“Workstation”): se define como el ordenador cliente desde el que se accede a los programas,
independientemente de dónde esté instalado el programa.

Estudiante Equivalente a Tiempo Completo (Estudiante FTE) (“Full Time Equivalent Student”): se define como
cualquier estudiante a tiempo completo matriculado en su institución y cualquier estudiante a tiempo parcial
matriculado en su institución equivaldrá a un 25% de un estudiante FTE. La definición de “tiempo completo” y “tiempo
parcial” está basada en sus políticas para la clasificación de estudiantes. Si el número de estudiantes FTE resulta
fraccionario, ese número se redondeará hasta el número entero más cercano a los efectos de los requisitos de número de
licencias.

Estudiante Equivalente a Tiempo Completo (Estudiante FTE) de Empresa (“Enterprise Full Time Equivalent
Student”): se define como cualquier estudiante a tiempo completo matriculado en su institución y cualquier estudiante a
tiempo parcial matriculado en su institución equivaldrá a un 25% de un Estudiante FTE. La definición de “tiempo
completo” y “tiempo parcial” está basada en sus políticas para la clasificación de estudiantes. Si el número de
estudiantes FTE resulta fraccionario, ese número se redondeará hasta el número entero más cercano a los efectos de los
requisitos de número de licencias. El importe de estas licencias de programa viene determinado por el número de
Estudiantes FTE de Empresa. Para estas licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al
menos, igual al número de Estudiantes FTE de Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier
momento el número de Estudiantes FTE de Empresa excede de la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias
adicionales (y servicios de soporte técnico para dichas licencias), de forma que el número de Estudiantes FTE de
Empresa sea igual o menor a la cantidad licenciada. No tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de crédito
o cualquier otro tipo de consideración, en caso de que se produzca una disminución en el número de Estudiantes FTE de
Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes del aniversario de su pedido, deberá remitir a Oracle un
informe indicando el número de Estudiantes FTE de Empresa a dicha fecha.

Habitación de huésped (“Guest Room”): se define como el número de habitaciones de huésped gestionadas por el
programa.

Individuo Sujeto a Compensación (“Compensated Individual”): se define como un individuo cuya compensación o
cálculos de compensación son generados por los programas. El término ‘Individuo Sujeto a Compensación’ incluye,
fundamentalmente y no de forma exclusiva, a sus empleados, contratistas, jubilados y cualquier otra persona.

Informe de Gastos (“Expense Report”): se define como el número total de informes de gastos procesados por Internet
Expenses durante un periodo de 12 meses. Vd. no podrá exceder el número licenciado de informe de gastos durante
cualquier periodo de 12 meses.

Ingresos bajo Gestión en Millones de dólares (“$M Revenue Under Management”): se define como un millón de
dólares estadounidenses (789.300 Euros) de todo ingreso (ingresos por intereses e ingresos por otros conceptos) antes
de los ajustes por gastos e impuestos generados por Vd. durante un año fiscal para las líneas de productos para los
cuales los programas son utilizados.

Instancia Conectada (“Connected Instance”): se define como la configuración entre Oracle Policiy Automation
Connector for Oracle CRM On Demand y el punto final de servicio web de la instancia Oracle CRM On Demand. Para
cada instancia Oracle CRM On Demand así configurada, se requiere una Instancia Conectada adicional.

Créditos de Educación (“Learning Credits”): puede ser utilizado para adquirir productos y servicios de educación
ofertados en el catálogo en línea u ‘On-Line’ de Oracle University, publicado en la dirección Internet o URL siguiente:
http://www.oracle.com/education, bajo los términos especificados en el mismo. Los Learning Credits solo podrán ser
utilizados para adquirir productos y servicios al precio de lista en vigor al momento en que Vd. contrate el producto o
servicio relevante y no podrá ser utilizado para cualquier producto o servicio que esté sujeto a un descuento o
promoción en el momento en que Vd. solicite el producto o servicio relevante. El precio de lista se verá reducido
mediante la aplicación del descuento especificado por Oracle. No obstante cualesquiera cosa en contrario en las tres
líneas anteriores, los Learning Credits podrán también ser utilizados para pagar impuestos, materiales y/o gastos
relacionados con el pedido del Cliente; sin embargo, el descuento especificado más arriba no será aplicado a dichos
impuestos materiales y/o gastos. Los Learning Credits son válidos por doce meses a partir de la fecha en que su pedido
fue aceptado por Oracle, por lo que Vd. deberá adquirir los productos y utilizar cualesquiera servicios adquiridos con
antelación a la expiración de dicho plazo. Vd. solo podrá utilizar Learning Credits en el país en el cual los adquirió, no
podrá utilizarlos como medio de pago para la adquisición de Learning Credits adicionales y tampoco podrá utilizar
diferentes cuentas de Learning Credits para adquirir un único producto o servicio o para pagar los impuestos
relacionados, materiales y/o gastos. Los Learning Credits no son transferibles ni pueden ser objeto de cesión. Vd. podrá
ser requerido a formalizar materiales de pedido Oracle estándar al utilizar Learning Credits para adquirir productos o
servicios de educación.



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Línea de Pedido (“Order Line”): se define como el número total de líneas de artículos de entrada de pedidos
procesados por el programa durante un periodo de 12 meses. Podrán introducirse múltiples líneas de artículos de
entrada de pedido como parte de una oferta o de un pedido de un cliente individual, y podrán ser generadas
automáticamente por el ‘Oracle Configurator’. Vd. no podrá sobrepasar el número de Líneas de Pedido licenciadas
durante un periodo de 12 meses a menos que adquiera de Oracle licencias adicionales de Líneas de Pedido.

Línea de Pedido Electrónico (“Electronic Order Line”): se define como el número total de líneas de pedido distintas
introducidas electrónicamente en el programa Oracle desde cualquier fuente (introducidas manualmente por usuarios
licenciados) durante un periodo de 12 meses. Esto incluye las líneas de pedido originadas como transacciones externas
EDI/XMI y/o extraídas de otras aplicaciones, sean estas Oracle o no. Vd. no podrá exceder el número licenciado de
líneas de pedido durante cualquier periodo de 12 meses.

Línea de Pedido de Servicios (“Service Order Line”): se define como el número total de líneas de entrada de pedidos
de artículos de servicios procesados por el programa durante un periodo de 12 meses. Pueden ser introducidas múltiples
líneas de entrada de pedidos de artículos de servicios como parte de una oferta o pedido de servicios de un cliente
individual. Vd. no podrá exceder el número licenciado de Líneas de Pedidos de Servicios durante cualquier periodo de
12 meses a menos que Vd. adquiera licencias para Líneas de Pedidos de Servicios adicionales de Oracle.

Manuales de Referencia Técnica (“Technical Reference Manuals”)
Los Manuales de Referencia Técnica (“MRTs”), constituyen información confidencial de Oracle. Vd. utilizará los
MRTs que Vd. adquiera solamente para operaciones de proceso de datos internos a los efectos de: (a) implementar
programas de aplicación, (b) realizar interfaces entre los programas de aplicación y otros sistemas de Hardware y
software y (c) construir extensiones a los programas de aplicación. Vd. no revelará, utilizará ni permitirá la revelación
o uso por otros de los MRTs para cualquier propósito distinto. Vd. no utilizará los MRTs para crear software que
desarrolle las mismas o similares funciones que cualquier otro producto Oracle. Vd. consiente en: (a) desplegar, al
menos, el mismo grado de diligencia en la salvaguarda de la confidencialidad de los MRTs que el desarrollado por Vd.
para salvaguardar la confidencialidad de su información confidencial más importante, o un grado razonable de
diligencia, cualquiera que sea mayor; (b) mantener contratos con sus empleados y agentes que protejan la
confidencialidad y derechos de propiedad sobre la información confidencial de terceras partes tales como Oracle, así
como a instruir a sus empleados y agentes sobre estos requerimientos para los MRTs; (c) restringir la revelación de los
MRTs a aquellos de sus empleados y agentes que tengan una necesidad de conocer consistente con los propósitos para
los cuales los MRTs fueron revelados; (d) mantener los MRTs en todo momento en sus premisas; y (e) no eliminar ni
destruir cualesquiera leyendas o advertencias sobre propiedad y confidencialidad colocadas en los MRTs. Oracle
retendrá toda titularidad, derechos de autor y otros de propiedad sobre los MRTs. Los MRTs le son entregados “como
están” sin garantía de ningún tipo. En caso de resolución, Vd. cesará en el uso y devolverá o destruirá todas las copias
de los MRTs aplicables.

Marca (“Brand”): se define como una oferta de producto nominado que corresponde a una entidad molecular
específica, incluyendo múltiples formas de dosificación y múltiples concentraciones para la misma entidad molecular.

Mil Líneas de Factura (“1K Invoice Line”): se define como mil líneas de artículos de factura procesados por el
programa durante un periodo de 12 meses. Vd. no podrá exceder el número de Líneas de Factura licenciado durante un
periodo de 12 meses a menos que adquiera licencias adicionales de Líneas de Factura de Oracle

Miles de millones de dólares en Activos (“$B in Total Assets”): se define como mil millones de dólares
estadounidenses (789.300.000 Euros) de su último “Valor Total de Activos” publicado o disponible internamente, como
se indica en su informe anual y/o archivos requeridos por la Ley.

Millón de dólares de Activos Gestionados (“$M in Managed Assets”): se define como un millón de dólares
estadounidenses (789.300 Euros) del siguiente total: (1) Valor en libros de la inversión en leasings financieros,
incluidos los valores residuales, ya sean propios o gestionados para otros, que estén activos en el programa, más (2)
Valor en libros de los activos en leasings operativos, ya sean propios o gestionados para otros, que estén activos en el
programa, más (3) Valor en libros de préstamos, notas, contratos de ventas condicionales y otras cuentas a cobrar, ya
sean propios o gestionados para otros, que estén activos en el programa, más (4) Valor en libros de activos no ganados,
ya sean propios o gestionados para otros, que estaban previamente arrendados y activos en el programa, incluidos los
activos procedentes de contratos de leasing terminados y activos recuperados, más (5) Coste original de los activos
objeto de leasing y préstamo, originados y activos en el programa, y a continuación vendidos en los 12 meses
anteriores.

Millón de dólares de Coste de Mercancías Vendidas (“$M Cost of Goods Sold”): se define como un millón de
dólares estadounidenses (789.300 Euros), de coste total del inventario que una compañía ha vendido durante el ejercicio
social (año fiscal). Si desconoce el Coste de Inventario, éste será igual al 75% de sus ingresos totales.

Millón de dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa (”Enterprise $M in Cost of Goods Sold”): se
define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros), de coste total del inventario que una compañía ha
vendido durante el ejercicio social (año fiscal). Si desconoce el Coste de Inventario, éste será igual al 75% de sus
ingresos totales. El importe de estas licencias de programa viene determinado por el número de Millones de dólares de

Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA                                                               Página 15 de 33
Coste de Mercancías Vendidas de Empresa. Para estas licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra
debe ser, al menos, igual al número de Millones de dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa a la fecha de
efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Millones de dólares de Coste de Mercancías Vendidas
de Empresa excede la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte técnico para
dichas licencias), de forma que el número de Millones de dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa sea
igual o menor que el número de licencias adquiridas. No tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de
crédito o cualquier otro tipo de consideración, en caso de que se produzca una disminución en el número de Millones de
dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes del aniversario
de su pedido, deberá remitir a Oracle un informe indicando el número de Millones de dólares de Coste de Mercancías
Vendidas de Empresa a dicha fecha.

Millón de dólares en ingresos (“$M in Revenue”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300
Euros) de todo ingreso (ingresos por intereses e ingresos por otros conceptos) antes de los ajustes por gastos e
impuestos generados por Vd. durante un año fiscal.

Millón de dólares en ingresos de Empresa (“Enteprise $M in Revenue”): se define como un millón de dólares
estadounidenses (789.300 Euros) de todo ingreso (ingresos por intereses e ingresos por otros conceptos) antes de los
ajustes por gastos e impuestos generados por Vd. durante un año fiscal. El importe de estas licencias de programa viene
determinado por el número de Millones de dólares en ingresos de Empresa. Para estas licencias de programa, la
cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Millones de dólares en ingresos de
Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Millones de dólares en ingresos
de Empresa excede la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte técnico para
dichas licencias), de forma que el número de Millones de dólares en ingresos de Empresa sea igual o menor que el
número de la cantidad licenciada. No tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de crédito o cualquier otro
tipo de consideración, en caso de que se produzca una disminución en el número de Millones de dólares en ingresos de
Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes del aniversario de su pedido, deberá remitir a Oracle un
informe indicando el número de Millones de dólares en ingresos de Empresa a dicha fecha.

Millón de dólares de Ingresos Anuales de Aplicación (“$M in Application Annual Revenue”): se define como un
millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros), impuestos excluidos, procesado a través del programa licenciado.
Para los productos de facturación electrónica autoservicio de Oracle (Oracle Self-Service E-Billing), los Ingresos
Anuales equivalen al importe total facturado para todas las cuentas de la compañía que tengan al menos un usuario
inscrito por periodo de facturación.

Millón de dólares de Mercancías o Carga bajo Gestión (“$M in Freight Under Management” o ”FUM”) : se
define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) de valor total de transporte de los pedidos ofertados
para todos los envíos durante un año natural determinado a lo largo del plazo de la licencia. El FUM incluirá el total
combinado de carga real comprada por Vd. más el coste de flete para los envíos gestionados por Vd. (por ejemplo, Vd.
no está comprando servicios de transporte en nombre de sus clientes pero está prestando servicios de gestión de
transporte para sus clientes). La carga pagada por un tercero se incluirá también en el FUM total (por ejemplo, envíos
entrantes de proveedores a Vd. con términos de flete prepagados).

Millón de dólares de Mercancías o Carga bajo Gestión de Empresa (“Enterprise $M in Freight Under
Management” o ”FUM”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) de valor total de
transporte de los pedidos ofertados para todos los envíos durante un año natural determinado a lo largo del plazo de la
licencia. El FUM incluirá el total combinado de carga real comprada por Vd. más el coste de flete para los envíos
gestionados por Vd. (por ejemplo, Vd. no está comprando servicios de transporte en nombre de sus clientes pero está
prestando servicios de gestión de transporte para sus clientes). La carga pagada por un tercero se incluirá también en el
FUM total (por ejemplo, envíos entrantes de proveedores a Vd. con términos de flete prepagados). El importe de estas
licencias de programa viene determinado por el número de Millones de dólares de FUM de Empresa. Para estas
licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Millones de
dólares de FUM de Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Millones de
dólares de FUM de Empresa excede la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte
técnico para dichas licencias), de forma que el número de Millones de dólares de FUM de Empresa sea igual o menor
que el número de licencias adquiridas. No tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de crédito o cualquier
otro tipo de consideración, en caso de que se produzca una disminución en el número de Millones de dólares de FUM
de Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes del aniversario de su pedido, deberá remitir a Oracle un
informe indicando el número de Millones de dólares de FUM de Empresa a dicha fecha.

Millón de dólares de Presupuesto Operativo de Empresa (“Enterprise $M Operating Budget”): se define como un
millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) de su presupuesto bruto reflejado en un estado contable auditado por
parte de su firma externa de auditoría contable. El importe de estas licencias de programa viene determinado por el
número de Millones de dólares de Presupuesto Operativo de Empresa. Para estas licencias de programa, la cantidad
licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Millones de dólares de Presupuesto Operativo de
Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Millones de dólares de
Presupuesto Operativo de Empresa excede la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de
soporte técnico para dichas licencias), de forma que el número de Millones de dólares de Presupuesto Operativo de

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  • 1. ACUERDO DE LICENCIA Y SERVICIOS ORACLE A. Definiciones Por “Vd.” se entiende el individuo o entidad que ha formalizado este Acuerdo (en adelante, el “Acuerdo y solicitado Acuerdo”) programas Oracle y/o servicios a Oracle Ibérica, S.R.L. (“Oracle”) o a un distribuidor autorizado. El término “programas accesorios” hace referencia a materiales de terceros, conforme a lo especificado en la documentación del programa, los cuales solo podrán ser utilizados a los efectos de instalar u operar los programas junt con los cuales junto dichos programas accesorios son entregados. El término “documentación del programa” hace referencia al manual de usuario del programa y a los manuales de instalación del programa. El término “programas” hace referencia a los productos de software propiedad de Oracle o distribuidos por ésta que Vd. ha solicitado, a la documentación de oftware programas, y a cualquier actualización de programas adquirida a través de los servicios de soporte técnico. El término “Servicios” hace referencia al soporte técnico, educación, servicios“hosted” o de albergamiento y de externalización u écnico, servicios “outsourcing”, de consultoría u otros que Vd. haya solicitado. ”, B. Aplicabilidad del Acuerdo Este Acuerdo es válido para el pedido al cual acompaña este Acuerdo. C. Derechos concedidos Una vez aceptado por Oracle su pedido, Vd. tendrá un derecho no exclusivo, intransferible, libre de royalties, perpetuo (a menos que otra cosa se especifique en la documentación de pedido) y limitado a utilizar los programas y recibir cualesquiera servicios solicitados por Vd. exclusivamente para las operaciones internas de su negocio con sujeción a iera los términos de este Acuerdo, incluyendo las definiciones y reglas establecidas en el pedido y en la documentación del , programa. Podrá permitir a sus agentes y contratistas (incluyendo sin limitación a los prestadores de servicios de “outsourcing” o externalización) utilizar los programas para este propósito, responsabilizándose en tal caso Vd. de que ” dichos agentes y contratistas realizan dicho uso con sujeción a los términos del Acuerdo. Para aquellos programas los us . cuales estén específicamente diseñados para permitir a sus clientes y proveedores interaccionar con Vd. en el desenvolvimiento de sus operaciones de negocio internas, dicho uso quedará permitido bajo el presente Acuerdo. Si su pedido resulta aceptado, Oracle se lo notificará, y la notificación incluirá una copia de su Acuerdo La documentación Acuerdo. de los programas es entregada junto con estos o también puede acceder a esta documentación online en la URL onli http://oracle.com/contracts. Los servicios serán prestados de Acuerdo con las políticas de Oracle para los . correspondientes servicios objeto de pedido, las cuales están sujetas a cambio; en su pedido quedarán especificadas tanto las concretas políticas aplicables a Vd. así como la forma de acceder a las mismas (a excepción de las referidas a los servicios de soporte técnico las cuales quedan especificadas en la sección H de éste Acuerdo Al pago de los Acuerdo). Servicios Vd. dispondrá de un derecho de uso limitado, perpetuo, no exclusivo, intransferible y gratuito para utilizar cualesquiera desarrollos realizados por Oracle y entregados a Vd. bajo éste Acuerdo; sin embargo, ciertos entregables ; pueden todavía quedar sujetos a términos adicionales de licencia los cuales quedarán detallados en la documentación de licencia pedido. Los servicios proporcionados bajo este Acuerdo pueden estar relacionados con su licencia de uso de programas, la cual fue adquirida por Vd. bajo un pedido separado. El contrato referenciado en dicho pedido regirá su utilización de dichos referenciado programas. Cualesquiera servicios adquiridos a Oracle son ofertados separadamente de tales licencias de programas y Vd. puede adquirir bien los servicios o bien tales licencias de programas sin adquirir el otro elemento. D. Propiedad y Restricciones Oracle o sus licenciantes retendrán toda propiedad así como los derechos de propiedad intelectual sobre los programas y cualesquiera desarrollos realizados por Oracle y entregados a Vd. bajo éste Acuerdo, resultantes de los servicios. Vd. , podrá realizar un número de copias suficientes de cada programa para su uso licenciado y una copia de cada soporte físico o media del programa. La tecnología de terceras partes que pueda resultar apropiada o necesaria para ser utilizada junto con algunos programas Oracle está especificada en la documentación del programa. Dicha tecnología de terceras partes es licenciada a Vd. con sujeción a los términos establecidos en el Acuerdo de licencia de tecnología de terceras partes que aparece especificado en la documentación del programa y no con arreglo a los términos de éste Acuerdo. Vd. no está autorizado para: • eliminar o modificar cualquier marca de los programas o cualquier advertencia de los derechos de propiedad de Oracle; • hacer los programas o los materiales resultantes de los servicios disponibles en cualquier forma a cualquier tercero para su uso en las operaciones de negocio de dicho tercero (a menos que tal acceso esté expresamente permitido para la específica licencia de programa en cuestión o materiales de los servicios que Vd. haya adquirido); cencia • realizar o permitir la ingeniería inversa (a menos que sea requerido por la ley para su interoperabilidad), desensamblaje o descompilación de los programas (la prohibición anterior incluye de forma no limitativa revisar las
  • 2. • hacer públicos los resultados de cualesquiera tests benchmark o de banco de pruebas de los programas sin el previo consentimiento por escrito de Oracle. E. Garantías, Exenciones y Recursos Exclusivos. Oracle le garantiza que los programas licenciados a Vd. operarán en todos los aspectos materiales como se describe en la documentación del programa aplicable durante un año a contar desde el momento de su entrega (es decir, desde su envío físico o descarga electrónica). Vd. deberá notificar a Oracle cualquier deficiencia en el programa bajo garantía en el plazo de un año a contar desde su entrega. Además, Oracle le garantiza que los servicios serán prestados de manera profesional, consistente con los estándares de la industria. Vd. deberá notificar a Oracle cualquier deficiencia en los servicios bajo garantía durante un periodo de 90 días a contar desde la prestación de los servicios defectuosos. Oracle no garantiza que los programas funcionarán sin errores o ininterrumpidamente, o que Oracle corregirá todos los errores de los programas. Frente a cualquier incumplimiento de las garantías descritas más arriba, su recurso exclusivo y la entera responsabilidad de Oracle serán: (a) la corrección de los errores de los programas que ocasionan el incumplimiento de la garantía, o, si Oracle no pudiera corregir sustancialmente tal incumplimiento de una forma comercialmente razonable, Vd. podrá resolver su licencia de programa y recuperar las tarifas abonadas por Vd. a Oracle por la licencia del programa y cualesquiera tarifas satisfechas anticipadamente por servicios de soporte técnico pendientes de utilizar que Vd. hubiera pagado para esa licencia de programa; o (b) la nueva prestación de los servicios deficientemente prestados, o, si Oracle no pudiera corregir sustancialmente el incumplimiento en forma comercialmente razonable, Vd. podrá finalizar los servicios relevantes y recuperar las tarifas satisfechas por Vd. a Oracle por los servicios defectuosos. En la extensión no prohibida por la ley, las anteriores garantías son exclusivas no siendo aplicables ninguna otras garantía o condición, expresas o implícitas, incluyendo cualesquiera garantías de comerciabilidad o adecuación a un propósito concreto. F. Programas en Prueba Vd. puede solicitar programas en prueba, u Oracle podrá incluir programas adicionales a los especificados en su pedido, que Vd. solo podrá utilizar a los exclusivos efectos de prueba fuera de un entorno de producción. Vd. no podrá utilizar los programas en prueba para proporcionar o atender formación de terceras partes sobre el contenido y/o funcionalidad de los programas. Dispondrá de un periodo de 30 días a contar desde el momento de su entrega para evaluar estos programas. Si decide utilizar cualquiera de estos programas después de concluidos los 30 días del periodo de prueba, deberá obtener de Oracle o de un distribuidor autorizado una licencia para tales programas. Si decidiera no obtener una licencia para cualquier programa una vez transcurrido el plazo de 30 días de prueba, Vd. cesará en el uso y borrará cualesquiera tales programas de sus sistemas y ordenadores. Los programas licenciados para fines de prueba se suministran “como están” y Oracle no facilita soporte técnico ni ofrece cualquier tipo de garantía para estos programas. G. Indemnización Si un tercero plantea una reclamación frente a Vd. u Oracle ( en adelante, el “Receptor”, término que puede referirse a Vd. o a Oracle según quien sea el receptor del Material) indicando que cualquier información, diseño, especificación, instrucción, software, datos, o material (en adelante el “Material”) proporcionado por Vd. o por Oracle (en lo sucesivo, el “Proveedor”, término que puede referirse a Vd. o a Oracle según quien sea el suministrador del Material) y utilizada por el Receptor infringe sus derechos de propiedad intelectual, el Proveedor, a su sola costa, defenderá al Receptor frente a la reclamación e indemnizará al Receptor por los daños, responsabilidades, costes y gastos que un tribunal reconozca al tercero que reclama la infracción o que resulten de la transacción acordada por el Proveedor, siempre que el Receptor: • lo notifique al Proveedor a la mayor brevedad por escrito, no más tarde de 30 días a contar desde la recepción por el Receptor de la notificación de la reclamación (o en un plazo inferior, si así lo exige la ley aplicable); • otorgue al Proveedor el control exclusivo de la defensa así como de la negociación de cualesquiera Acuerdos de transacción ; y • facilite al Proveedor la información, autoridad y asistencia que el Proveedor necesite para llevar adelante la defensa o para transar la disputa. Si el Proveedor considerase o se determinara que cualquier Material puede haber violado los derechos de propiedad intelectual de un tercero, el Proveedor podrá optar entre modificar el Material a fin de que cese la infracción (preservando, sin embargo, al propio tiempo su utilidad o funcionalidad) u obtener una licencia que permita el uso continuado del mismo, o, en el caso de que estas alternativas no fueran comercialmente razonables, el Proveedor podrá resolver la licencia para el Material aplicable y solicitar su devolución devolviendo cualesquiera importes que el Receptor hubiera satisfecho a la otra parte por el mismo, incluida la porción sin utilizar de las tarifas de soporte técnico pagadas anticipadamente a Oracle por las licencias. Si Vd. es el Proveedor, y tal devolución afecta materialmente a la capacidad de Oracle para cumplir sus obligaciones bajo el pedido relevante, entonces Oracle podrá, a su opción y previa notificación por escrito con 30 días de antelación, resolver el pedido. El Proveedor no indemnizará al Receptor si éste altera el Material o lo utiliza más allá del alcance de uso establecido por el Proveedor en la documentación de usuario o si el Receptor utiliza una versión del Material que haya quedado obsoleta y la reclamación por infracción podría haber Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 2 de 33
  • 3. sido evitada utilizando una versión actual e inalterada del Material que fue entregado al Receptor. El Proveedor no indemnizará al Receptor en la medida en que la reclamación por infracción esté basada en cualesquiera información, diseño, especificación, instrucción, software, datos, o material no proporcionados por el Proveedor. Oracle no le indemnizará a Vd. en la medida en que la reclamación por infracción esté basada en la combinación de cualesquiera Material con cualesquiera productos o servicios no proporcionados por Oracle. Oracle no le indemnizará a Vd. por infracciones ocasionadas por sus acciones contra cualquier tercero si el programa o programas Oracle, tal y como son entregados a Vd. y utilizados de conformidad con los términos de éste Acuerdo, no infringieran de otro modo cualesquiera derechos de propiedad intelectual de terceros. Oracle no le indemnizará a Vd. en la medida en que la reclamación por infracción esté basada en: (1) una patente de la que Vd. hubiera tenido conocimiento con anterioridad a la fecha de efectividad de este Acuerdo (en virtud de una reclamación, demanda o advertencia); o (2) en sus acciones previas a la fecha de efectividad de este Acuerdo. Esta sección recoge los exclusivos recursos de los que gozarán las partes en caso de reclamaciones por infracciones o daños por estos conceptos. H. Soporte Técnico Para los efectos de la documentación de pedido, el soporte técnico consiste en los servicios anuales de soporte técnico que Vd. pueda haber solicitado para los programas. En el caso de contratarse, el soporte técnico anual (incluyendo el primer año y todos los años sucesivos) será prestado conforme a las políticas de soporte técnico de Oracle en vigor al tiempo en que los servicios son proporcionados. Las políticas de soporte técnico, incorporadas al presente Acuerdo, están sujetas a cambio a discreción de Oracle; sin embargo, los cambios en las políticas de Oracle no resultarán en una reducción material del nivel de los servicios prestados para los programas objeto de soporte técnico durante el período para el cual hayan sido satisfechas las tarifas del servicio de soporte técnico. Vd. deberá revisar las políticas antes de formalizar su documentación de pedido para los servicios aplicables. Vd. puede acceder a la última versión de estas políticas en la siguiente dirección: http://oracle.com/contracts. El soporte técnico entra en vigor a la fecha de efectividad de la documentación de pedido, a no ser que otra cosa se indique en dicha documentación. Si su pedido fue realizado a través del Oracle Store, la fecha de efectividad será la fecha en que su pedido fue aceptado por Oracle. El Servicio de Licencia de Actualización de Software y Soporte o “Software Update License & Support” (o cualquier otra oferta de soporte técnico que suceda o sustituya a dicho Servicio de Licencia de Actualización de Software y Soporte o “Software Update License & Support”, en adelante el “SULS” ) adquirido mediante su pedido podrá ser renovado anualmente, y, si Vd. renueva el SULS para el mismo número de licencias y para los mismos programas, entonces para el primer y segundo año de renovación la tarifa del SULS no se incrementará en más del 4% sobre las tarifas satisfechas para el año anterior. Si su pedido fue servido por un miembro del programa de partners de Oracle, la tarifa de SULS para la primera renovación anual será el precio ofertado a Vd. por el partner a tal efecto; la tarifa de SULS para la segunda renovación anual no se incrementará en más de un 4% sobre las tarifas satisfechas para el año anterior. Si Vd. decidiera adquirir soporte técnico para cualquier licencia dentro de mismo grupo de licencias o License Set, Vd. deberá comprar soporte técnico al mismo nivel para todas las licencias dentro de ese mismo grupo de licencias o License Set. Vd. podrá dejar de mantener soporte técnico para un subconjunto de licencias dentro de un grupo de licencias o License Set solamente si Vd. acepta resolver aquellas licencias para las cuales el soporte técnico haya finalizado. El precio del soporte técnico para sus licencias restantes será calculado con arreglo a las políticas de soporte técnico en vigor al momento de la resolución. La definición de lo que constituye un grupo de licencias o License Set se halla disponible en la versión en vigor a cada momento de las políticas de soporte técnico. Si Vd. decide no comprar soporte técnico, Vd. no podrá actualizar cualesquiera licencias sin soporte de un programa a las nuevas versiones de dicho programa. I. Resolución del Acuerdo Si Vd. u Oracle incumpliera un término material de este Acuerdo y no fuera capaz de subsanar ese incumplimiento dentro de los 30 días posteriores a la notificación por escrito del mencionado incumplimiento, en tal caso la parte incumplidora se considerará en situación de incumplimiento y la parte no incumplidora podrá resolver el presente Acuerdo. Si Oracle resolviera este Acuerdo en la forma establecida en la frase precedente, Vd. deberá pagar en el plazo de 30 días todas las cantidades que se hubieran devengado con anterioridad a dicha resolución así como también toda suma pendiente de pago por los programas solicitados y/o servicios recibidos bajo este Acuerdo más los gastos e impuestos relacionados. En caso de que Oracle resuelva la licencia para un programa con arreglo a los términos de la sección sobre “Indemnización” más arriba, Vd. deberá pagar en el plazo de 30 días toda suma pendiente de pago por los servicios relacionados con dicha licencia y recibidos bajo este Acuerdo más los gastos e impuestos relacionados. Salvo para el caso de impago de tarifas, la parte no incumplidora, a su sola discreción, podrá acordar extender el periodo de 30 días en la medida en que la parte incumplidora realice en forma continuada esfuerzos razonables para subsanar el incumplimiento. Vd. consiente en que, en caso de incumplimiento por su parte del presente Acuerdo, Vd. no podrá utilizar los programas y/o servicios adquiridos. Vd. consiente asimismo en que en caso de haber utilizado Vd. un contrato de Oracle Financing Division para pagar las tarifas exigibles bajo un pedido y quedar Vd. en situación de incumplimiento bajo dicho contrato, Vd. no podrá utilizar los programas y/o servicios que estén sujetos a dicho contrato. Las cláusulas que sobrevivirán a dicha terminación o expiración son aquellas relativas a la limitación de responsabilidad, indemnización por infracciones de propiedad intelectual, pago y aquellas otras que, por su naturaleza, estén destinadas a sobrevivir y seguir surtiendo efectos. Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 3 de 33
  • 4. J. Tarifas e Impuestos Todas las cantidades pagaderas a Oracle deberán ser abonadas en un plazo de 30 días a partir de la fecha de facturación. Vd. acuerda abonar cualquier impuesto derivado de las ventas, valor añadido o de cualquier otro tipo impuesto por la ley aplicable que Oracle deba abonar basado en los programas y/o servicios que Vd. haya adquirido, exceptuando aquellos basados en los ingresos de Oracle. Asimismo, Vd. reembolsará a Oracle por los gastos razonables en que ésta incurriera, relacionados con la prestación de los servicios. Las tarifas para los servicios expresadas en la documentación de pedido no incluyen el impuesto de valor añadido u otros impuestos similares sobre ventas como tampoco los gastos a incurrir. Vd. confirma no haber confiado en la disponibilidad futura de cualesquiera programas o versiones al asumir sus obligaciones de pago en virtud del impreso de pedido realizado; sin embargo, (a) si Vd. solicitó el SULS para los programas, la frase anterior no liberará a Oracle de su obligación de proporcionar actualizaciones bajo su impreso de pedido, si y cuando éstas estén disponibles, con arreglo a las políticas de soporte técnico de Oracle entonces en vigor, y (b) la frase anterior tampoco cambiará los derechos concedidos a Vd. en relación con cualquier programa que le hubiera sido licenciado bajo su impreso de pedido, con arreglo a los términos de su impreso de pedido y de éste Acuerdo. K Información Confidencial (no revelación) Por virtud del presente Acuerdo las partes pueden tener acceso a información confidencial de las mismas (en adelante "información confidencial"). Ambas partes acuerdan revelar a la otra solo aquella información que sea necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Acuerdo. La información confidencial quedará limitada a los Programas, a los términos y las tarifas pagaderas bajo el presente Acuerdo, así como a toda otra información claramente identificada como confidencial al tiempo de ser revelada. La información confidencial de una parte no incluirá información la cual: (a) es o comience a ser parte del dominio público por causa distinta de la acción u omisión de la otra parte, o (b) estuviera en posesión legítima de la otra parte antes de la revelación y no hubiera sido obtenida por la otra parte directa o indirectamente de la parte reveladora o (c) es legítimamente revelada a la otra parte por una tercera parte sin restricciones en la revelación o (d) es independientemente desarrollada por la otra parte. Cada uno de nosotros consiente en mantener la confidencialidad de la respectiva información confidencial de la otra durante un período de tres años a contar desde la fecha de su revelación. Asimismo, cada uno de nosotros acuerda revelar la información confidencial tan solo a aquellos empleados u agentes que necesiten acceder a la misma para protegerla frente a revelaciones no autorizadas. Nada de lo aquí establecido impedirá a cualquiera de las partes el revelar los términos o precios del presente Acuerdo o de los pedidos remitidos con sujeción a éste Acuerdo en cualquier procedimiento legal que pudiera plantearse en relación o conexión con éste Acuerdo o revelar la información confidencial a cualquier organismo gubernamental cuando así lo establezca la ley. L Totalidad del Acuerdo Vd. está conforme en que este Acuerdo, así como la información que haya sido incorporada al mismo (incluyendo la referencia a información contenida en una dirección Internet o URL o una política referenciada), junto con el impreso de pedido aplicable, constituyen el completo Acuerdo para los programas y servicios solicitados por Vd., y en que este Acuerdo prevalece sobre cualesquiera otro contrato o manifestación previa o contemporánea, oral o escrita, relativa a dichos programas y/o servicios. Si cualquiera de las condiciones de este Acuerdo fuera considerada inválida o inaplicable, el resto de las disposiciones conservarían su plena eficacia y dicho término quedaría reemplazado por un término consistente con el propósito e intención de este Acuerdo. Se conviene expresamente que los términos del presente Acuerdo y cualquier documentación de pedido Oracle prevalecerán sobre los términos de cualesquiera órdenes de compra u otra documentación de pedido no procedente de Oracle así como que ningún término contenido en cualesquiera de dichas órdenes de compra o documentación de pedido no procedente de Oracle será de aplicación a los programas y/o servicios solicitados. Este Acuerdo y la documentación de pedido no podrán ser modificados y los derechos y restricciones no podrán ser alterados o renunciados excepto mediante escrito firmado o aceptado en línea u online a través del “Oracle Store” por representantes autorizados de Vd. y de Oracle. Cualquier notificación requerida bajo éste Acuerdo deberá ser presentada a la otra parte por escrito. M. Limitación de Responsabilidad Ninguna de las partes será responsable por cualquier daño indirecto, incidental, especial, punitivo o consecuencial, o por cualquier pérdida de beneficios, ingresos, datos o uso de datos. La máxima responsabilidad de Oracle por cualquier daño derivado de, o de cualquier otra forma relacionado con este Acuerdo o su pedido, tanto contractual como extracontractual o de otra naturaleza, quedara limitada a las tarifas que Vd. haya pagado a Oracle bajo este Acuerdo y, si dichos daños resultaren de su utilización de los programas o servicios, dicha responsabilidad quedará limitada a las tarifas que Vd. haya abonado por los programas o servicios deficientes que dan lugar a la exigencia de responsabilidad. N. Exportación Las leyes y reglamentaciones de exportación de los Estados Unidos de América, así como otras leyes y reglamentaciones locales en materia de exportación, aplican a los programas. Vd. reconoce que tales leyes de control de exportación regulan su utilización de los programas (incluyendo datos técnicos) y cualesquiera entregables resultantes de los servicios prestados bajo éste Acuerdo, consintiendo Vd. en cumplir con tales leyes y reglamentaciones de exportación (incluyendo reglamentaciones sobre “deemed re-export” y “deemed export”). Vd. está de Acuerdo en que ningún dato, información, programa y/o materiales resultantes de los servicios (ni cualquier otro producto directo Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 4 de 33
  • 5. de los mismos) será exportado, directa o indirectamente, en violación de estas leyes, o será utilizado para cualquier propósito prohibido por estas leyes incluyendo, sin limitación, la proliferación de armas nucleares, químicas o biológicas o desarrollo de tecnología de mísiles. O. Otros 1. Este Acuerdo se regirá por las leyes materiales y procesales de España y Vd. consiente con Oracle en someterse a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital para cualquier disputa relacionada con el presente Acuerdo. 2. Si Vd. tuviera cualquier contencioso con Oracle o si deseara proporcionar una notificación bajo la sección de “Indemnización” de éste Acuerdo, o si incurriera en suspensión de pagos, quiebra u otros procedimientos concursales similares, Vd. se compromete a enviar con prontitud notificación escrita a Oracle Ibérica, S.R.L., calle José Echegaray, 6, Edificio B, Parque Empresarial Las Rozas, 28232-Las Rozas de Madrid, a la atención de ‘Asesoría Jurídica’. 3. Vd. no podrá ceder este Acuerdo o dar o transferir los programas y/o cualesquiera servicios contratados, o un interés sobre los mismos, a otra persona o entidad. Si Vd. garantiza con los programas y/o cualesquiera entregables de los servicios el cumplimiento de una obligación, la parte garantizada no tendrá el derecho de usar o de transferir los programas y/o cualesquiera entregables de los servicios, y si Vd. decidiera financiar su adquisición de los programas y/o cualesquiera servicios, Vd. seguirá las políticas de Oracle relativas a financiación las cuales podrán consultarse en la siguiente dirección de internet: http://oracle.com/contracts 4. Excepto en relación con acciones por impago o incumplimiento de los derechos de propiedad de Oracle, ninguna acción, con independencia de su forma, que surja de o tenga relación con este Acuerdo podrá ser interpuesta por ambas partes transcurridos dos años a contar desde la fecha en que la causa de accionar tuvo lugar. 5. Previa advertencia por escrito con 45 días de antelación, Oracle podrá auditar su uso de los programas. Vd. acuerda cooperar con la auditoria de Oracle y facilitar una asistencia razonable así como acceso a información. Cualesquiera de tales auditorias no interferirán sin buenas razones sus normales actividades comerciales. Vd. acuerda satisfacer en un plazo de 30 días a contar de la notificación por escrito cualesquiera tarifas aplicables a su utilización de los programas en exceso de los derechos concedidos bajo la licencia adquirida. Si Vd. no atendiera dicho pago, Oracle podrá resolver su soporte técnico, licencias y/o este Acuerdo. Vd. conviene en que Oracle no será responsable de cualesquiera costes incurridos por Vd. al cooperar en la auditoria. 6. Vd. entiende que los partners o socios comerciales de Oracle, incluyendo cualquier firma tercera que hubiera sido contratada por Vd. para proporcionarle servicios de consultoría informática, son compañías independientes de Oracle y no son agentes de Oracle. Oracle no será responsable ni quedará vinculado por cualesquiera actos de tales partners o socios comerciales a menos que el partner en cuestión esté prestando servicios como subcontrata de Oracle bajo encargo en virtud del presente Acuerdo. P. Fuerza Mayor Ninguno de nosotros será responsable por interrupciones o retrasos en el rendimiento o prestaciones si estos fueran causados por: un acto de guerra, hostilidad, sabotaje; fuerza mayor; corte del suministro eléctrico, de internet o telecomunicaciones que no sea causado por la parte obligada; restricciones gubernativas (incluyendo la denegación o cancelación de cualquier licencia de exportación o de otra clase); cualquier otra circunstancia fuera del razonable control de la parte obligada. Ambos desplegaremos esfuerzos razonables para mitigar el efecto de un evento de fuerza mayor. Si tal evento continuase durante más de 90 días, cualquiera de nosotros podrá cancelar los servicios pendientes de prestación mediante notificación por escrito. Esta sección no exime a cualquiera de las partes de la obligación de tomar las medidas razonables para seguir sus procedimientos normales de recuperación ante desastres o su obligación de pagar por los programas entregados o los servicios prestados. Q. Términos Específicos Aplicables Exclusivamente al Hardware y los Servicios de Soporte de Hardware 1. Composición del Hardware a. Su pedido de hardware consiste en los siguientes componentes: sistema operativo (tal y como se define en su configuración), software integrado y todo el equipamiento de hardware (incluyendo componentes, opciones y piezas de recambio) especificados en el pedido aplicable. El término "hardware" se define como el equipamiento de hardware, incluyendo los componentes, opciones y piezas de recambio. El término "software integrado" se define como aquel software embebido en el hardware el cual es esencial para la funcionalidad del hardware (como por ejemplo, el firmware). b. Vd. tiene el derecho de utilizar el sistema operativo entregado con el hardware bajo los términos del/los Acuerdo(s) de licencia entregado(s) junto con el hardware. Las versiones actuales de los acuerdos de licencia están localizadas en la URL: http://oracle.com/contracts. Vd. queda autorizado bajo licencia para utilizar el sistema operativo y cualesquiera actualizaciones de sistema adquiridas a través de soporte técnico únicamente tal y como éste está incorporado al hardware y como parte del mismo. c. Vd. tiene el derecho limitado, no-exclusivo, libre de royalties e intransferible de utilizar el software integrado entregado con el hardware bajo los términos del presente Anexo y la documentación. Vd. queda autorizado bajo licencia para utilizar el software integrado únicamente tal y como éste está incorporado al hardware y como parte del mismo. d. El sistema operativo y/o el software integrado pueden incluir obras separadas, identificadas en la documentación aplicable o en una nota “Léame” o “Readme”, las cuales son objeto de licencia bajo los términos de “código Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 5 de 33
  • 6. abierto” u “open source” u otros similares de licencia; sus derechos para utilizar el sistema operativo y el software integrado bajo tales términos no quedan de ninguna manera restringidos bajo el Acuerdo incluyendo el presente Anexo. Los términos aplicables asociados a dichas obras separadas pueden ser encontrados en la documentación que acompaña al sistema operativo y al software integrado. Para los códigos objeto de licencia GPLv2, LGPLv2.1, GPLv3 y LGPLv3 recibidos por Vd. como código binario en el soporte físico, si Vd. quisiera recibir una copia del código fuente (“código fuente” o “source code”) en soporte físico vía servicio de correo postal, por favor remita su solicitud por escrito en la siguiente dirección <http://oss.oracle.com/systems-opensource>. Alternativamente, Vd. podrá cursar por correo su solicitud por escrito dirigido a Oracle Corporation, Attn: VP of Legal, Development and Engineering, en la siguiente dirección: 500 Oracle Parkway, MS-5OP10, Redwood Shores, CA 94065, Estados Unidos de América. Su solicitud deberá incluir el nombre y número de versión del producto, su nombre, el nombre de su compañía (cuando proceda), su dirección de correo para devoluciones y su dirección de correo electrónico. Ciertas distribuciones de código fuente requieren el pago de una tarifa por el soporte físico. Si tal fuera el caso, se le remitirá detalles sobre su coste y forma de pago vía correo electrónico. Su solicitud deberá ser remitida dentro de los tres (3) años a contar desde nuestra última entrega del producto aplicable. Esta oferta solo es aplicable si Vd. recibió su sistema operativo y/o su software integrado en soporte físico. e. Vd. solo podrá realizar copias del sistema operativo y software integrado para propósitos o fines de archivo, para reemplazar una copia defectuosa o para verificación del programa. Vd. no puede eliminar cualesquiera avisos o advertencias de derechos de autor o copyright en el sistema operativo o software integrado. Vd. no descompilará ni someterá a ingeniería inversa el sistema operativo o el software integrado. f. Oracle podrá incluir programas adicionales en el hardware (por ejemplo, software Exadata Storage Server). Vd. no está autorizado a utilizar estos programas a menos que tenga una licencia concediéndole el derecho a su utilización de forma específica; sin embargo, Vd. puede utilizar programas con fines de pruebas de no producción hasta treinta (30) días desde la fecha de entrega siempre que dicho uso esté sujeto a los términos para programas de prueba en el acuerdo. g. Vd. reconoce que para operar cierto hardware sus instalaciones deben cumplir un mínimo de requisitos tal y como se describen en la documentación de hardware. Dichos requerimientos pueden cambiar de vez en cuando, según se lo comunique Oracle en la documentación de hardware aplicable. 2. Restricciones de uso El hardware no está específicamente diseñado, fabricado o previsto para su utilización como parte, componente o material de ensamblaje para la planificación, construcción, mantenimiento o manejo de una instalación nuclear. El uso del hardware para estos fines está prohibido. 3. Garantía a. Oracle proporciona una garantía limitada “Garantía de hardware Oracle” para (i) el hardware, (ii) el sistema operativo y el software integrado, y (iii) el soporte físico o media del sistema operativo y del software integrado (colectivamente designados como la “media”). Oracle garantiza que el hardware se hallará libre de, y que la utilización del sistema operativo y del software integrado no causarán en el hardware, defectos sustanciales en los materiales y mano de obra durante un año a partir de la fecha de entrega del hardware a Vd. Oracle garantiza que la media se hallará libre de defectos sustanciales en los materiales y mano de obra durante 90 días a partir de la fecha de entrega de la media a Vd. Vd. podrá acceder a una descripción más detallada de la Garantía del hardware Oracle en la dirección siguiente http://www.oracle.com/us/support/policies/index.html (“la página web de la garantía”). Cualesquiera cambios en los detalles de la Garantía de Hardware Oracle especificados en la página web de la garantía no serán aplicables al hardware o a la media solicitados con anterioridad a tal cambio. La Garantía del Hardware Oracle es de aplicación solo al hardware y a la media que hayan sido (1) fabricados por o para Oracle, y (2) vendidos por Oracle (bien de forma directa o a través de un distribuidor autorizado por Oracle). El hardware puede ser nuevo o como nuevo. La Garantía de Hardware Oracle es de aplicación al hardware que es nuevo y también para el hardware que es “como nuevo” el cual ha sido remanofacturado y con certificado con la garantía de Oracle. b. Frente a cualquier incumplimiento de las garantías descritas más arriba, su recurso exclusivo y la entera responsabilidad de Oracle serán: (i) la reparación, o, a la opción y expensas de Oracle, el reemplazo del producto defectuoso, o, (ii) si dicha reparación o reemplazo no fuera comercialmente razonable, el reembolso de las tarifas satisfechas a Oracle por el producto defectuoso o cualesquiera tarifas satisfechas a Oracle por los servicios de soporte técnico no consumido de el producto defectuoso. En la máxima extensión permitida por la ley, quedan excluidas cualesquiera otras garantías expresas o implícitas en relación a los elementos mencionados anteriormente, incluyendo cualesquiera garantías implícitas de comerciabilidad, calidad satisfactoria y adecuación a un propósito concreto. c. Las piezas de recambio de las piezas defectuosas o de los componentes reemplazados en virtud de la Garantía de Hardware Oracle pueden ser nuevos o de una calidad como si fueran nuevos. Dichas piezas de recambio asumen el nivel de garantía del hardware en el cual se instalen y no disponen de garantía alguna de ningún tipo de forma separada o independiente. La titularidad de todas las piezas o componentes defectuosos será transferida nuevamente Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 6 de 33
  • 7. a Oracle en el momento de la extracción de dicha pieza del hardware. d. Oracle no garantiza el funcionamiento ininterrumpido ni libre de errores del hardware, el sistema operativo, el software integrado o la media (soporte físico). e. No será aplicable garantía alguna a ningún hardware, sistema operativo, software integrado o media que hayan sido: i. modificados, alterados o adaptados sin el consentimiento por escrito de Oracle (incluyendo modificaciones o la retirada de la etiqueta de Oracle/Sun del hardware con el número de serie); ii. maltratados o utilizados de cualquier forma distinta a lo establecido en la documentación relevante; iii. reparados por cualquier tercera parte de una manera que no alcance a cumplir los estándares de calidad de Oracle; iv. incorrectamente instados por cualquier otra parte distinta de Oracle o de un partner de instalación certificado, autorizado por Oracle; v. utilizados con equipo o software no cubiertos por la Garantía de Hardware Oracle en la extensión en que dichos problemas sean atribuibles a dicho uso; vi. reubicados en la extensión en que dichos problemas sean atribuibles a dicha reubicación; vii. utilizados directa o indirectamente para apoyar actividades prohibidas por la normativa de exportación de los Estados Unidos de América u otras regulaciones nacionales de exportación; viii. utilizados por partes que figuren en la lista más reciente de exclusiones a la exportación de los Estados Unidos de América; ix. reubicados en países sujetos a embargos o restricciones comerciales por parte de los Estados Unidos de América; x. utilizados de forma remota para proveer cualquier actividad en los países referenciados en (ix) más arriba; o xi. adquiridos de cualquier otra entidad que no sea Oracle o un distribuidor autorizado Oracle. f. La Garantía de Hardware Oracle no es de aplicación al deterioro normal del hardware o del soporte físico. La Garantía de Hardware Oracle sólo se extiende al comprador original o al arrendatario inicial del hardware y podrá incumplirse en caso de que se transfiera su titularidad a un tercero. 4. Envío, instalación y aceptación del hardware a. Vd. será responsable de la instalación del hardware, a no ser que Vd. adquiera los servicios de instalación de Oracle con respecto a tal Hardware. b. Oracle enviará el hardware a la dirección de entrega especificada por Vd. en el documento de compra, o, cuando su documento de compra no indique una dirección de entrega, a la dirección especificada en la página 1 del Pedido Oracle. Los términos de envío del Hardware para cada país específico pueden encontrarse en las Políticas de Pedido y Entrega (“Order and Delivery Policies”) de Oracle en la siguiente dirección de internet: http://oracle.com/contracts. c. La aceptación del hardware se produce en la entrega. d. Oracle puede hacer y facturar entregas parciales. e. Oracle puede realizar sustituciones y modificaciones de producto que no ocasionen un efecto sustancial adverso en el rendimiento general del hardware. f. Oracle desplegará esfuerzos comercialmente razonables para entregar el hardware dentro de un plazo consistente con las prácticas más actuales de Oracle en relación con la cantidad y el tipo de hardware que Vd. haya solicitado. 5. Transferencia de titularidad La titularidad o propiedad sobre el hardware se transmitirá a su entrega. Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 7 de 33
  • 8. R. Modificaciones Específicas del Hardware a los Términos del Acuerdo Las partes acuerdan modificar el Acuerdo como se especifica a continuación: a. Propiedad y Restricciones La palabra “Programas” en la primera frase del primer párrafo de la sección sobre “Propiedad y Restricciones” del Acuerdo, queda reemplazada por la frase “programas, el sistema operativo y el software integrado”. Se añade la siguiente frase como una nueva segunda frase en el primer párrafo de la sección “Propiedad y Restricciones” del Acuerdo: “Oracle o sus licenciantes retienen todos los derechos de propiedad intelectual del Hardware” En la segunda frase del párrafo segundo de la sección sobre “Propiedad y Restricciones” del Acuerdo, las palabras “especificado en la documentación del programa” quedan reemplazadas por la frase “especificado en la documentación del programa o en archivos “léame” o readme” o archivos de aviso. b. Indemnización La palabra “Material” bajo la sección de indemnización del Acuerdo incluye el hardware (como se define mas abajo). Siempre que Vd. este actualmente suscrito a los servicios de soporte técnico para el sistema operativo (e.g. Soporte Premier para Sistemas Oracle, Soporte Premier para Sistemas Operativos Oracle, o Soporte Premier para Linux Oracle) durante el periodo de tiempo para el cual Vd. sea o fuese un suscriptor a los servicios de soporte técnico Oracle aplicables (i) la frase “Material” bajo la sección sobre “Indemnización” del Acuerdo incluirá el Sistema Operativo y el Software Integrado y (ii) la frase “programa(s)” en la sección sobre “indemnización” del Acuerdo queda reemplazada por la frase “programa(s) o el sistema operativo y el software integrado (según aplique) “(e.g. Oracle no le indemnizará a Vd. por el uso del sistema operativo y/o software integrado Vd. no es o no fuese un suscriptor de los servicios de soporte técnico Oracle que apliquen). No obstante a lo anterior, en lo que respecta al sistema operativo Linux, Oracle no le indemnizará por los materiales que no sean parte de los archivos cubiertos por Oracle Linux como se define en la siguiente URL :http://www.oracle.com/us/support/library/enterprise-linux-indemnification-069347.pdf Se añade el siguiente párrafo como una nueva segunda frase en el segundo párrafo de la sección “Indemnización” del acuerdo: “Sin perjuicio de la frase anterior y con respecto únicamente al hardware, si el Proveedor considera o se determina que el hardware (o una parte del mismo) pudiera haber violado los derechos de propiedad intelectual de terceros, el Proveedor podrá elegir bien reemplazar o modificar el hardware (o la parte del mismo) que no suponga una infracción (siempre y cuando se preserve de forma sustancial su utilidad o funcionalidad) u obtener un derecho para permitir su uso continuado, o si esas alternativas no fueran comercialmente razonables, el Proveedor podrá retirar el hardware aplicable (o la porción del mismo) y devolver el valor neto contable”. c. Soporte Técnico Se añaden los siguientes párrafos a la sección sobre “Soporte Técnico” del Acuerdo: "El Soporte Técnico para Hardware y Sistemas Oracle adquirido mediante su pedido podrá ser renovado anualmente y, si Vd. renueva el Soporte Técnico para Hardware and Sistemas Oracle para los mismos sistemas y configuraciones, entonces para el primer y segundo año de renovación la tarifa del soporte no se incrementará en más del 4% sobre las tarifas satisfechas para el año anterior.” “De ser contratado, el Soporte Técnico para Hardware y Sistemas Oracle (incluyendo el primer año y todos los años sucesivos) se proporciona bajo las Políticas de Soporte Técnico para Hardware y Sistemas Oracle en vigor, en el momento en que los servicios sean prestados. Vd. conviene en cooperar con Oracle y en proporcionar el acceso, recursos, materiales, personal, información y consentimientos que Oracle pueda solicitar para proporcionar dichos servicios. Las Políticas de Soporte Técnico para Hardware y Sistemas de Oracle, incorporadas a éste documento, están sujetas a cambios a discreción de Oracle; sin embargo, Oracle no reducirá materialmente el nivel de los servicios proporcionados durante el periodo con relación al cual hayan sido satisfechas las tarifas de Soporte Técnico para Hardware y Sistemas Oracle . Vd. deberá revisar dichas políticas antes de formalizar un Pedido con Oracle. Puede Vd. acceder a la versión actual en vigor de las Políticas de Oracle de Soporte para Hardware y Sistemas en la siguiente URL: http://www.oracle.com/us/support/policies/index.html.” d. Resolución del Acuerdo En la segunda frase de la sección sobre “Resolución del Acuerdo” del Acuerdo, la frase “programas solicitados y/o servicios recibidos” es reemplazada por la frase siguiente “hardware y programas solicitados y/o servicios recibidos”. En la quinta y sexta frases de la sección sobre “Resolución del Acuerdo” del Acuerdo, la frase “programas y/o servicios” es reemplazada por la frase “hardware, programas y/o servicios”. e. Totalidad del Acuerdo La frase “programas y/o servicios” es reemplazada por la frase “programas, hardware, sistema operativo, software integrado y/o servicios” en todos los casos en la sección sobre “Totalidad del Acuerdo” del Acuerdo. Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 8 de 33
  • 9. f. Limitación de Responsabilidad En la segunda frase de la sección sobre “Limitación de Responsabilidad” del Acuerdo, la frase “programas y/o servicios” es reemplazada por la frase siguiente “programas, hardware o servicios” y (ii) la frase “programas o servicios” es reemplazada por la frase “programas, hardware o servicios”. g. Exportación El contenido de la sección sobre “Exportación” del Acuerdo es eliminado y reemplazado por el nuevo siguiente: “Las leyes Estadounidenses de Exportación y otras leyes aplicables de importación y exportación regulan su utilización de los programas, y hardware (incluyendo cualquier software integrado y sistema(s) operativo(s)). Vd. reconoce que dichas leyes de exportación regulan su utilización de los programas (incluyendo datos técnicos), hardware (incluyendo cualesquiera software integrado y sistema(s) operativo(s)) y distribución de servicios provistos en virtud de este acuerdo, y Vd. conviene en cumplir con todas las leyes y regulaciones de exportación (incluyendo regulaciones sobre transacciones asimiladas a exportaciones y a reexportaciones). Vd. acepta en que ningún dato, información, programa, hardware (incluyendo cualesquiera software integrado y sistema(s) operativo(s)) y/o materiales resultantes de servicios (o como resultado directo de los mismos) será exportado, directa o indirectamente, en incumplimiento de dichas leyes, o serán utilizados para otros fines prohibidos por estas leyes, incluyendo, sin limitación, la proliferación de armas nucleares, químicas o biológicas, o el desarrollo de tecnologías de misiles. Vd. incluirá la siguiente nota de advertencia en las listas de embalaje, facturas comerciales, documentos de envío y otros documentos -involucrados en la transferencia, exportación o re-exportación de los programas y Hardware- (incluyendo cualquier software integrado y sistema(s) operativo(s)): “Estos productos, tecnología, software o hardware (incluyendo cualquier software integrado y sistema(s) operativo(s)) fueron exportados de acuerdo con la Regulaciones sobre Administración de Exportaciones y cualesquiera leyes de exportación aplicables. Cualquier desviación contraria a las leyes de exportación aplicables queda prohibida.” h. Otros El contenido de la subsección O.3 de la sección “Otros” del Acuerdo es eliminado y reemplazado por el nuevo siguiente: “Vd. no podrá ceder el presente Acuerdo o dar o transferir los programas, el sistema operativo, el software integrado y/o cualesquiera servicios o un interés en ellos a otro individuo o entidad. Si Vd. concede un derecho de garantía real o aval sobre los programas, el sistema operativo, el software integrado y/o los servicios entregables, el acreedor no tendrá derecho alguno de uso o de transferir de los programas, el sistema operativo, el software integrado y/o cualesquiera servicios entregables, y si Vd. decide financiar sus adquisiciones de hardware, programas y/o servicios, Vd. seguirá las políticas de Oracle de financiación que están disponibles en la URL: http://oracle.com/contracts. Lo anterior no deberá interpretarse como una limitación a los derechos que Vd. de otra manera haya adquirido con relación al sistema operativo Linux, tecnología de terceros o trabajos licenciados de forma separada bajo términos de licencia de código abierto o términos de licencia similares”. i. Fuerza Mayor En la última frase de la sección “Fuerza Mayor” del Acuerdo, la frase “su obligación de pagar por los programas o servicios entregados” se reemplazará por la frase “su obligación de pagar por los programas, servicios o hardware solicitados”. S. Términos Generales 1. Fecha de Comienzo a. Para el hardware, software integrado y servicios relacionados, la Fecha de Comienzo será la fecha en que el hardware es entregado. El periodo de prestación de todos los servicios relacionados será efectivo desde la fecha de entrega del hardware o desde la fecha de efectividad del pedido si no se requiere envío de hardware. b. Para las licencias de programa, la Fecha de Comienzo será la fecha de envío del soporte físico o en la fecha de efectividad del Pedido en caso de no requerirse envío de soporte físico. El periodo de prestación de todos los servicios relacionados será efectivo desde la fecha de envío del soporte físico o desde la fecha de efectividad del Pedido si no se requiere envío de soporte físico. . 2. Territorio a. El hardware incluido en este pedido será instalado en el país especificado por Vd. como localidad de entrega en su documento de compra o cuando su documento de compra no indique una dirección de entrega, en la dirección especificada en el Pedido. b. Las licencias de programas serán para su utilización tal y como se determine en cada pedido 3. Precios, Facturas y condiciones de pago a. Una vez efectivo, su pedido es no cancelable y las sumas satisfechas no reembolsables, a no ser que otra cosa se Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 9 de 33
  • 10. especifique en el Acuerdo. Vd. puede hacer cambios a un pedido de Hardware antes de su envío, los cuales están sujetos a las tarifas vigentes de cambio de pedido establecidas por Oracle. Las tarifas de cambio de pedido aplicables pueden ser consultadas en las Políticas de Pedido y Entrega (“Order and Delivery Policies”), en la siguiente dirección URL: http://oracle.com/contracts. b. Al aceptar las obligaciones de pago especificadas en el presente pedido, Vd. acepta y reconoce no haber confiado en la disponibilidad futura de cualquier hardware, programa o actualización. Sin embargo (a) si Vd. solicita soporte técnico, la frase anterior no exime a Oracle de su obligación de proporcionar dicho soporte técnico en virtud el presente acuerdo, siempre y cuando esté disponible, de acuerdo con las políticas de soporte técnico de Oracle que en dicho momento estuviesen vigentes; y (b) la frase anterior no modifica los derechos que se le han otorgado en virtud del Pedido y del Acuerdo. c. Vd. entiende que recibirá múltiples facturas por los productos y servicios que Vd. ha solicitado. d. Las tarifas del Hardware se facturarán a partir de la Fecha de Comienzo del hardware. e. Las tarifas de los programas se facturará a partir de la Fecha de Comienzo de los programas. f. Las tarifas de los servicios, se facturarán por adelantado a la prestación del servicio; específicamente, las tarifas por soporte técnico se facturarán anualmente por adelantado. g. Adicionalmente a los precios recogidos en Pedido, Oracle le facturará a Vd. cualesquiera cargos de envío o impuestos correspondientes, y Vd. será responsable de tales cargos e impuestos independientemente de cualquier disposición expresa o implícita contenida en los "Incoterms" referenciados en las Políticas de Envío y Entrega ("Order and Delivery Policies") disponibles en: http://oracle.com/contracts. h. Las facturas le serán remitidas a Vd. de conformidad con la Política de Normas de Facturación de Oracle, a la que se puede acceder en la siguiente dirección de internet: http://oracle.com/contracts 4. Segmentación La compra del (a) hardware y/o soporte de hardware relacionado, (b) programas y/o el soporte técnico relacionado, o (c) otros servicios, se realizará mediante ofertas separadas y de forma independiente a cualquier otro pedido de (i) hardware y/o soporte de hardware relacionado, (ii) programas y/o soporte técnico relacionado, u (iii) otros servicios que Vd. pueda recibir o haya recibido de Oracle. Vd. entiende que puede adquirir (x) hardware y/o soporte de hardware relacionado, (y) programas y/o soporte técnico relacionado, o (z) otros servicios de forma independiente a cualquier otro producto o servicio. Su obligación de satisfacer las tarifas del (i) hardware y/o soporte de hardware relacionado no está supeditada a la entrega del hardware o a la prestación de cualquier otro servicio, (ii) los programas y/o soporte técnico relacionado no está supeditada a la entrega del hardware o a la prestación de cualquier otro servicio, o (iii) otros servicios, no está supeditada a la entrega del hardware o a la prestación de cualquier otro servicio. T. Reglas y Definiciones de Licencia Para comprender plenamente el alcance de la concesión de licencia, Vd. necesitará revisar las definiciones tanto de las distintas métricas de licencia como de plazo, así como las reglas de licenciamiento que se detallan más abajo: Adaptador (“Adapter”): Se define como cada interfase de código de software, instalado en cada programa Oracle Internet Application Server Enterprise Edition, que facilita la comunicación de información entre cada versión de un software de aplicaciones o sistemas de terceros y los programas Oracle. Usuario Nominal Plus/Usuario Nominal (“Named User Plus/Named User”): se define como un individuo autorizado por Vd. para usar los programas, los cuales están instalados en un único servidor o en múltiples servidores, independientemente de que ésta persona esté utilizando o no activamente los programas en cualquier momento dado. Todas las demás disposiciones de esta definición serán únicamente aplicables con relación a las licencias por Usuario Nominal Plus y no a las licencias por Usuario Nominal. Cada dispositivo no operado por una persona será contado como un usuario nominal plus, en adición a todos los individuos autorizados para utilizar los programas, si tales dispositivos pueden acceder a los programas. Si se utilizase software o Hardware multiplexador (como por ejemplo un monitor TP o un producto ‘web server’), éste número deberá ser medido al extremo frontal (‘front end’) del multiplexador. Se permite el tratamiento automatizado de datos mediante procesos “batch” de computadora a computadora. Vd. será responsable de asegurarse de que se mantienen los mínimos de usuarios nominales plus por procesador para los programas que se detallan en la tabla de usuarios mínimos en la sección “Reglas de Licencia”; la tabla de mínimos establece el número mínimo de usuarios plus necesarios y todos los usuarios reales deben ser licenciados. Por lo que se refiere a los programas siguientes: Configuration Management Pack for Applications, System Monitoring Plug-in for Non Oracle Databases, System Monitoring Plug-in for Non Oracle Middleware, Management Pack for Non-Oracle Middleware, Management Pack for WebCenter Suite, Data Masking Pack para Bases de Datos no Oracle y Test Data Management Pack para Bases de Datos no Oracle, solo los usuarios del programa que está siendo gestionado/controlado son contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias de Usuario Nominal Plus requeridas. Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 10 de 33
  • 11. Respecto de los siguientes programas: Load Testing, Load Testing Developer Edition, Load Testing Accelerator for Web Services, Load Testing Accelerator for Oracle Database y Applications Load Testing Accelerators, cada usuario humano emulado y dispositivo no operado por una persona será considerado como un usuario virtual y será contabilizado a los efectos de determinar el número de licencias Usuario Nominal Plus necesarias. Por lo que se refiere a los siguientes programas: Application Management Suite for Oracle E-Business Suite, Application Management Suite for PeopleSoft, Application Management Suite for Siebel, Application Management Suite for JD Edwards Enterprise One, Real User Experience Insight y Application Replay Pack, todos los usuarios de las aplicaciones de programa gestionadas respectivas deben contabilizarse a los efectos de determinar el número de licencias requeridas. En relación con el programa Oracle GoldenGate, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias, a) los usuarios de la base de datos Oracle desde la cual Vd. capture datos, y b) los usuarios de la base de datos Oracle en la que Vd. aplicará los datos. En relación con los siguientes programas: Oracle GoldenGate for Mainframe y Oracle GoldenGate for Teradata Replication Services, sólo (a) los usuarios de la base de datos desde la cual Vd. capture datos, y (b) los usuarios de la base de datos en la que Vd. aplicará los datos, deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias. En relación con el programa Oracle GoldenGate para Base de Datos No Oracle, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias, a) los usuarios de la base de datos No Oracle desde la cual Vd. capture datos, y b) los usuarios de la base de datos No Oracle en la que Vd. aplicará los datos. En relación con los siguientes programas: Data Integrator Enterprise Edition y Data Integator Enterprise Edition for Oracle Applications, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias, los usuarios que están corriendo o accediendo a los procesos. Procesador (“Processor”): se define como todos los procesadores en los que están instalados y/o corriendo los programas Oracle. Pueden acceder a los programas licenciados bajo la métrica "por procesador" tanto sus propios usuarios internos (incluyendo agentes y contratistas) como sus usuarios terceros. El número de licencias necesarias quedará determinado mediante la multiplicación del número total de núcleos del procesador por un factor de licenciamiento de núcleo de procesador especificado en la Tabla de Factores de Núcleo de Procesador Oracle a la que se puede acceder en la dirección http://oracle.com/contracts. Todos los núcleos en todos los chips multi-núcleo para cada programa licenciado deberán ser agregados antes de realizar la multiplicación por el factor apropiado de licenciamiento de núcleo de procesador y todas las fracciones del número resultante serán redondeadas al siguiente número entero. Al licenciar programas Oracle con los nombres de producto “Standard Edition One” o “Standard Edition”,(a excepción de Soporte Java SE, Java SE Advanced, y Suite Java SE), un procesador se contabiliza como equivalente a un zócalo (socket) ocupado; sin embargo, en el caso de módulos “multi-chip”, cada chip en el módulo multi-chip será contabilizado como un socket ocupado. Por ejemplo, un servidor basado en tecnología chip multi núcleo con un Factor de Núcleo de Procesador Oracle de 0,25 en el que se halle instalado y/o corriendo el programa (siempre que se trate de un programa distinto de los programas “Standard Edition One” o “Standard Edition”) sobre un total de 6 núcleos requerirá una licencia para dos procesadores (6 núcleos multiplicados por un factor de licenciamiento de núcleo de procesador del 0,25 es igual a 1,50, número éste último que queda redondeado al siguiente numero entero que es 2). Como ejemplo adicional, un servidor multi núcleo para una plataforma de Hardware que no esté especificada en la Tabla de Factores de Núcleo de Procesador Oracle en el que se halle instalado y/o corriendo el programa sobre un total de 10 núcleos requerirá una licencia para 10 procesadores (10 núcleos multiplicados por un factor de licenciamiento de núcleo de procesador de 1.0 para “cualesquiera otros chips multinúcleo” es igual a 10). Por lo que se refiere al programa Healthcare Transaction Base, sólo los procesadores en los que estén instalados y/o corriendo los programas Internet Application Server Enterprise Edition y Healthcare Transaction Base deberán ser tenidos en cuenta a los efectos de determinar el número de licencias necesarias. A los efectos de los siguientes programas: iSupport, iStore y Configurator, sólo los procesadores en los que esté corriendo Internet Application Server (Standard Edition y/o Enterprise Edition) y el programa licenciado (por ejemplo, iSupport, iStore y/o Configurator) deberán ser tenidos en cuenta para determinar el número de licencias necesarias para los programas licenciados: bajo estas licencias también podrá instalar y/o correr los programas licenciados en los procesadores en los que esté instalada y/o corriendo una base de datos Oracle licenciada (Standard Edition y/o Enterprise Edition). Por lo que se refiere a los programas siguientes: Configuration Management Pack for Applications, System Monitoring Plug-in for Non Oracle Databases, System Monitoring Plug-in for Non-Oracle Middleware, Management Pack for Non- Oracle Middleware, Management Pack for WebCenter Suite, Grid Engine, Data Masking Pack for Non-Oracle Databases y Test Data Management Pack for Non-Oracle Databases, sólo los procesadores en los cuales está corriendo Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 11 de 33
  • 12. el programa de terceras partes que está siendo gestionado/controlado deberán ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias requeridas. En relación con los programas siguientes: Application Management Suite for Oracle E-Business Suite, Application Suite for PeopleSoft, Application Management Suite for Siebel, Application Management Suite for JD Edwards EnterpriseOne, Application Management Pack for Utilities y Application Management Pack for Taxation and Policy Management, todos los procesadores en los cuales está corriendo el software de middleware y/o bases de datos que den soporte al respectivo programa de aplicación gestionado deberán ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias requeridas. A los efectos de los siguientes programas: Application Replay Pack y Real User Experience Insight, todos los procesadores en los que está corriendo el software middleware que dé soporte a las respectivas aplicaciones de programa deberá contabilizarse a los efectos de determinar el número de licencias requeridas. A los efectos de los siguientes programas: Informatica PowerCenter y PowerConnect Adapters, y Application Adapter for Warehouse Builder for PeopleSoft, Oracle E-Business Suite, Siebel, y SAP, sólo los procesadores en los que esté corriendo la base de datos objetivo deberán contabilizarse a los efectos de determinar el número de licencias requeridas. Para los siguientes programas: Data Integrator Enterprise Edition, Data Integrator Enterprise Edition para Aplicaciones Oracle, Data Integrator y Application Adapter para Data Integration y Application Adapters para Data Integration, sólo el procesador o procesadores donde se ejecutan los procesos de transformación de datos deberán ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias. Para el programa Audit Vault Collection Agent, y a los efectos de determinar el número de licencias requeridas, solo deberán contabilizarse los procesadores de las bases de datos fuentes desde las cuales los datos de auditoría son recogidos. Para el programa Oracle‘In Memory Database Cache’, sólo los procesadores en los cuales el componente Times Ten In-Memory Database del programa ‘In Memory Database Cache’ esté instalado y/o corriendo deberán ser contados a los efectos de determinar el número de licencias requerido. En relación con el siguiente programa: Oracle GoldenGate, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias, a) los procesadores sobre los que corra la base de datos Oracle desde los que capture datos, y b) los procesadores sobre los que corra la base de datos Oracle a la que aplicarán los datos. En relación con los siguientes programas: Oracle GoldenGate for Mainframe y Oracle GoldenGate for Teradata Replication Services, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias (a) los procesadores sobre los que corra la base de datos de la cual Vd. Captura los datos y (b) los procesadores sobre los que corra la base de datos en la cual Vd. aplicará los datos. En relación con el siguiente programa: Oracle GoldenGate for Non Oracle Database, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias (a) los procesadores sobre los que corra la base de datos no Oracle de la cual Vd. captura los datos y (b) los procesadores sobre los que corra la base de datos no Oracle en la cual Vd. aplicará los datos. En relación con el siguiente programa: Oracle GoldenGate Application Adapters, sólo deben ser contabilizados a los efectos de determinar el número de licencias necesarias, los procesadores corriendo las bases de datos fuente Oracle o no Oracle desde la cual Vd. captura los datos. Para bases de datos con múltiples fuentes, deben contabilizarse todos los procesadores para todas las fuentes. En relación con el siguiente programa: Database Firewall, sólo deben ser contabilizados a efectos de determinar el número de licencias necesarias, los procesadores de las bases de datos fuentes que están protegidas o monitorizadas. En relación al siguiente programa: Oracle ATG Web Commerce Search, sólo se contabilizarán los procesadores en los que se procesen las consultas. No necesitará contabilizar los procesadores en los que el programa esté ejecutándose para clasificar contenido en fuentes de contenidos configurados, siempre y cuando éste sea el único uso del programa en todos los procesadores instalados en un servidor determinado. Auricular sin cables (“Wireless handset”): se define como un dispositivo de comunicación móvil, tal y como un teléfono móvil, una PDA o un bepper, que realice como funciones principales comunicación vocales y servicios de datos proporcionados a través de un proveedor de servicios. Cliente (“Customer”): se define como la entidad cliente especificada en su pedido. Los programas no podrán ser utilizados, ni se podrá acceder a ellos, para las operaciones de negocio de cualquier tercera parte, incluyéndose como tales terceras partes, de forma no limitativa, sus propios clientes, sus socios o partners o sus afiliadas. No hay limitación en cuanto al número de ordenadores en los cuales dichos programas podrán ser copiados, instalados y utilizados. Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 12 de 33
  • 13. Contrato Oracle Financing (“Oracle Financing Contract”): es un contrato entre Vd. y Oracle (o una de las empresas afiliadas de Oracle) por el que se establece un aplazamiento de pagos en relación con alguna o todas las sumas debidas por Vd. en virtud de su pedido. Conector (“Connector”): se define como cada conector que pone en conexión el producto de software con un producto externo. Se requiere un único conector para cada producto distinto con el que el producto de software deba de hacer interfaz o interfase. Conjunto de Reglas (“Rule Set”): se define como un archivo de reglas de datos albergando contenido para un país determinado para ejecutar funciones optimizadas de calidad de datos para dicho país. CPU: Se define como un chip que contiene una colección de uno o más núcleos en el que el programa es ejecutado. Independientemente del número de núcleos, cada chip se contabiliza como 1 CPU. A los efectos de los programas Oracle Utilities Customer Care y Billing Application Workbench, Vd. podrá copiar, instalar y utilizar dicho programa ejecutándolo en una CPU solamente para propósitos o fines de desarrollo. Cuenta Cliente (“Customer Account”): se define como cada única Cuenta Cliente, designada por un único número de cuenta, para la que la información de facturación se gestiona o muestra utilizando el programa, independientemente del número de titulares de cuenta individuales que estén asociados a dichas cuentas. Desarrollador UPK (“UPK Developer”): Se define como un individuo autorizado por Vd. para utilizar los programas los cuales estén instalados en un único servidor o en múltiples servidores, independientemente de si el individuo en cuestión está o no utilizando activamente los programas en cualquier momento dado. Los Desarrolladores UPK podrán crear, modificar, ver e interactuar con simulaciones y documentación. Dispositivo de Red (“Network Device”): Se define como el Hardware y/o software cuya finalidad principal es la de enrutar y controlar comunicaciones entre ordenadores o redes de ordenadores. Ejemplos de dispositivos de red incluyen, de forma no limitativa, routers, firewalls o cortafuegos, y balanceadores de carga de red (network load balancers). Dispositivo Sun Ray (“Sun Ray Device”): se define como el ordenador Sun Ray en el que se está ejecutando el programa. Empleado (“Employee”): se define como (i) todos sus empleados a tiempo completo, a tiempo parcial y temporales y (ii) todos sus agentes, contratistas y consultores que tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por parte de los programas. La cantidad de licencias requerida viene determinada por el número de Empleados y no por el número real de usuarios. Adicionalmente, si Vd. decidiera externalizar (‘outsource’) cualquier función o funciones de su negocio a otra compañía, se deberán tener en cuenta los siguientes casos con objeto de determinar el número de Empleados: todos los empleados a tiempo completo, parcial o temporales de dicha compañía, agentes, contratistas y consultores que (i) esté prestando los servicios de externalización y (ii) aquellos que tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por parte de los programas. . Empleado para HCM (“Employee for HCM (Human Capital Management)”): se define como (i) todos sus empleados a tiempo completo, a tiempo parcial y temporales y (ii) todos sus agentes, contratistas y consultores que tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por parte de los programas. La cantidad de licencias requerida viene determinada por el número de Empleados y no por el número real de usuarios. Adicionalmente, si Vd. decidiera externalizar (‘outsource’) cualquier función o funciones de su negocio a otra compañía, se deberán tener en cuenta los siguientes casos con objeto de determinar el número de Empleados para HCM: todos los empleados a tiempo completo, parcial o temporales de dicha compañía, agentes, contratistas y consultores que (i) esté prestando los servicios de externalización y (ii) aquellos que tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por parte de los programas. Los empleados para HCM sólo podrán usar los programas licenciados con los programas de aplicaciones que contengan el prefijo “Oracle Fusion Human Capital Management” en su nombre de programa. Empleado de Empresa (“Enterprise Employee”): se define como (i) todos sus empleados a tiempo completo, tiempo parcial y empleados temporales, y (ii) todos sus agentes, contratistas y consultores que tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por parte de los programas. La cantidad de licencias necesarias viene determinada por el número de Empleados de Empresa y no por el número real de usuarios. Adicionalmente, en caso de que decida externalizar (outsource) cualesquiera funciones empresariales a otra empresa, los siguientes deben ser tenidos en cuenta a los efectos de determinar el número de Empleados de Empresa: todos los empleados de la empresa a tiempo completo, a tiempo parcial, empleados temporales, , agentes, contratistas y consultores que (i) estén prestando los servicios externalizados y (ii) aquellos que tengan acceso a, utilicen o puedan ser objeto de seguimiento por parte de los programas. El valor de estas licencias de programa se determina por el número de Empleados de Empresa. Para estas licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Empleados de Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Empleados de Empresa excede de la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte técnico para dichas licencias), de forma que el número de Empleados de Empresa sea igual o menor que el número de la cantidad licenciada. Vd. no tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de crédito o cualquier otro tipo de consideración, en caso de que se produzca una disminución en el número de Empleados de Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 13 de 33
  • 14. del aniversario de su pedido, deberá remitir a Oracle un informe indicando el número de Empleados de Empresa a dicha fecha. Estación de trabajo (“Workstation”): se define como el ordenador cliente desde el que se accede a los programas, independientemente de dónde esté instalado el programa. Estudiante Equivalente a Tiempo Completo (Estudiante FTE) (“Full Time Equivalent Student”): se define como cualquier estudiante a tiempo completo matriculado en su institución y cualquier estudiante a tiempo parcial matriculado en su institución equivaldrá a un 25% de un estudiante FTE. La definición de “tiempo completo” y “tiempo parcial” está basada en sus políticas para la clasificación de estudiantes. Si el número de estudiantes FTE resulta fraccionario, ese número se redondeará hasta el número entero más cercano a los efectos de los requisitos de número de licencias. Estudiante Equivalente a Tiempo Completo (Estudiante FTE) de Empresa (“Enterprise Full Time Equivalent Student”): se define como cualquier estudiante a tiempo completo matriculado en su institución y cualquier estudiante a tiempo parcial matriculado en su institución equivaldrá a un 25% de un Estudiante FTE. La definición de “tiempo completo” y “tiempo parcial” está basada en sus políticas para la clasificación de estudiantes. Si el número de estudiantes FTE resulta fraccionario, ese número se redondeará hasta el número entero más cercano a los efectos de los requisitos de número de licencias. El importe de estas licencias de programa viene determinado por el número de Estudiantes FTE de Empresa. Para estas licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Estudiantes FTE de Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Estudiantes FTE de Empresa excede de la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte técnico para dichas licencias), de forma que el número de Estudiantes FTE de Empresa sea igual o menor a la cantidad licenciada. No tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de crédito o cualquier otro tipo de consideración, en caso de que se produzca una disminución en el número de Estudiantes FTE de Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes del aniversario de su pedido, deberá remitir a Oracle un informe indicando el número de Estudiantes FTE de Empresa a dicha fecha. Habitación de huésped (“Guest Room”): se define como el número de habitaciones de huésped gestionadas por el programa. Individuo Sujeto a Compensación (“Compensated Individual”): se define como un individuo cuya compensación o cálculos de compensación son generados por los programas. El término ‘Individuo Sujeto a Compensación’ incluye, fundamentalmente y no de forma exclusiva, a sus empleados, contratistas, jubilados y cualquier otra persona. Informe de Gastos (“Expense Report”): se define como el número total de informes de gastos procesados por Internet Expenses durante un periodo de 12 meses. Vd. no podrá exceder el número licenciado de informe de gastos durante cualquier periodo de 12 meses. Ingresos bajo Gestión en Millones de dólares (“$M Revenue Under Management”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) de todo ingreso (ingresos por intereses e ingresos por otros conceptos) antes de los ajustes por gastos e impuestos generados por Vd. durante un año fiscal para las líneas de productos para los cuales los programas son utilizados. Instancia Conectada (“Connected Instance”): se define como la configuración entre Oracle Policiy Automation Connector for Oracle CRM On Demand y el punto final de servicio web de la instancia Oracle CRM On Demand. Para cada instancia Oracle CRM On Demand así configurada, se requiere una Instancia Conectada adicional. Créditos de Educación (“Learning Credits”): puede ser utilizado para adquirir productos y servicios de educación ofertados en el catálogo en línea u ‘On-Line’ de Oracle University, publicado en la dirección Internet o URL siguiente: http://www.oracle.com/education, bajo los términos especificados en el mismo. Los Learning Credits solo podrán ser utilizados para adquirir productos y servicios al precio de lista en vigor al momento en que Vd. contrate el producto o servicio relevante y no podrá ser utilizado para cualquier producto o servicio que esté sujeto a un descuento o promoción en el momento en que Vd. solicite el producto o servicio relevante. El precio de lista se verá reducido mediante la aplicación del descuento especificado por Oracle. No obstante cualesquiera cosa en contrario en las tres líneas anteriores, los Learning Credits podrán también ser utilizados para pagar impuestos, materiales y/o gastos relacionados con el pedido del Cliente; sin embargo, el descuento especificado más arriba no será aplicado a dichos impuestos materiales y/o gastos. Los Learning Credits son válidos por doce meses a partir de la fecha en que su pedido fue aceptado por Oracle, por lo que Vd. deberá adquirir los productos y utilizar cualesquiera servicios adquiridos con antelación a la expiración de dicho plazo. Vd. solo podrá utilizar Learning Credits en el país en el cual los adquirió, no podrá utilizarlos como medio de pago para la adquisición de Learning Credits adicionales y tampoco podrá utilizar diferentes cuentas de Learning Credits para adquirir un único producto o servicio o para pagar los impuestos relacionados, materiales y/o gastos. Los Learning Credits no son transferibles ni pueden ser objeto de cesión. Vd. podrá ser requerido a formalizar materiales de pedido Oracle estándar al utilizar Learning Credits para adquirir productos o servicios de educación. Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 14 de 33
  • 15. Línea de Pedido (“Order Line”): se define como el número total de líneas de artículos de entrada de pedidos procesados por el programa durante un periodo de 12 meses. Podrán introducirse múltiples líneas de artículos de entrada de pedido como parte de una oferta o de un pedido de un cliente individual, y podrán ser generadas automáticamente por el ‘Oracle Configurator’. Vd. no podrá sobrepasar el número de Líneas de Pedido licenciadas durante un periodo de 12 meses a menos que adquiera de Oracle licencias adicionales de Líneas de Pedido. Línea de Pedido Electrónico (“Electronic Order Line”): se define como el número total de líneas de pedido distintas introducidas electrónicamente en el programa Oracle desde cualquier fuente (introducidas manualmente por usuarios licenciados) durante un periodo de 12 meses. Esto incluye las líneas de pedido originadas como transacciones externas EDI/XMI y/o extraídas de otras aplicaciones, sean estas Oracle o no. Vd. no podrá exceder el número licenciado de líneas de pedido durante cualquier periodo de 12 meses. Línea de Pedido de Servicios (“Service Order Line”): se define como el número total de líneas de entrada de pedidos de artículos de servicios procesados por el programa durante un periodo de 12 meses. Pueden ser introducidas múltiples líneas de entrada de pedidos de artículos de servicios como parte de una oferta o pedido de servicios de un cliente individual. Vd. no podrá exceder el número licenciado de Líneas de Pedidos de Servicios durante cualquier periodo de 12 meses a menos que Vd. adquiera licencias para Líneas de Pedidos de Servicios adicionales de Oracle. Manuales de Referencia Técnica (“Technical Reference Manuals”) Los Manuales de Referencia Técnica (“MRTs”), constituyen información confidencial de Oracle. Vd. utilizará los MRTs que Vd. adquiera solamente para operaciones de proceso de datos internos a los efectos de: (a) implementar programas de aplicación, (b) realizar interfaces entre los programas de aplicación y otros sistemas de Hardware y software y (c) construir extensiones a los programas de aplicación. Vd. no revelará, utilizará ni permitirá la revelación o uso por otros de los MRTs para cualquier propósito distinto. Vd. no utilizará los MRTs para crear software que desarrolle las mismas o similares funciones que cualquier otro producto Oracle. Vd. consiente en: (a) desplegar, al menos, el mismo grado de diligencia en la salvaguarda de la confidencialidad de los MRTs que el desarrollado por Vd. para salvaguardar la confidencialidad de su información confidencial más importante, o un grado razonable de diligencia, cualquiera que sea mayor; (b) mantener contratos con sus empleados y agentes que protejan la confidencialidad y derechos de propiedad sobre la información confidencial de terceras partes tales como Oracle, así como a instruir a sus empleados y agentes sobre estos requerimientos para los MRTs; (c) restringir la revelación de los MRTs a aquellos de sus empleados y agentes que tengan una necesidad de conocer consistente con los propósitos para los cuales los MRTs fueron revelados; (d) mantener los MRTs en todo momento en sus premisas; y (e) no eliminar ni destruir cualesquiera leyendas o advertencias sobre propiedad y confidencialidad colocadas en los MRTs. Oracle retendrá toda titularidad, derechos de autor y otros de propiedad sobre los MRTs. Los MRTs le son entregados “como están” sin garantía de ningún tipo. En caso de resolución, Vd. cesará en el uso y devolverá o destruirá todas las copias de los MRTs aplicables. Marca (“Brand”): se define como una oferta de producto nominado que corresponde a una entidad molecular específica, incluyendo múltiples formas de dosificación y múltiples concentraciones para la misma entidad molecular. Mil Líneas de Factura (“1K Invoice Line”): se define como mil líneas de artículos de factura procesados por el programa durante un periodo de 12 meses. Vd. no podrá exceder el número de Líneas de Factura licenciado durante un periodo de 12 meses a menos que adquiera licencias adicionales de Líneas de Factura de Oracle Miles de millones de dólares en Activos (“$B in Total Assets”): se define como mil millones de dólares estadounidenses (789.300.000 Euros) de su último “Valor Total de Activos” publicado o disponible internamente, como se indica en su informe anual y/o archivos requeridos por la Ley. Millón de dólares de Activos Gestionados (“$M in Managed Assets”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) del siguiente total: (1) Valor en libros de la inversión en leasings financieros, incluidos los valores residuales, ya sean propios o gestionados para otros, que estén activos en el programa, más (2) Valor en libros de los activos en leasings operativos, ya sean propios o gestionados para otros, que estén activos en el programa, más (3) Valor en libros de préstamos, notas, contratos de ventas condicionales y otras cuentas a cobrar, ya sean propios o gestionados para otros, que estén activos en el programa, más (4) Valor en libros de activos no ganados, ya sean propios o gestionados para otros, que estaban previamente arrendados y activos en el programa, incluidos los activos procedentes de contratos de leasing terminados y activos recuperados, más (5) Coste original de los activos objeto de leasing y préstamo, originados y activos en el programa, y a continuación vendidos en los 12 meses anteriores. Millón de dólares de Coste de Mercancías Vendidas (“$M Cost of Goods Sold”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros), de coste total del inventario que una compañía ha vendido durante el ejercicio social (año fiscal). Si desconoce el Coste de Inventario, éste será igual al 75% de sus ingresos totales. Millón de dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa (”Enterprise $M in Cost of Goods Sold”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros), de coste total del inventario que una compañía ha vendido durante el ejercicio social (año fiscal). Si desconoce el Coste de Inventario, éste será igual al 75% de sus ingresos totales. El importe de estas licencias de programa viene determinado por el número de Millones de dólares de Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 15 de 33
  • 16. Coste de Mercancías Vendidas de Empresa. Para estas licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Millones de dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Millones de dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa excede la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte técnico para dichas licencias), de forma que el número de Millones de dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa sea igual o menor que el número de licencias adquiridas. No tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de crédito o cualquier otro tipo de consideración, en caso de que se produzca una disminución en el número de Millones de dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes del aniversario de su pedido, deberá remitir a Oracle un informe indicando el número de Millones de dólares de Coste de Mercancías Vendidas de Empresa a dicha fecha. Millón de dólares en ingresos (“$M in Revenue”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) de todo ingreso (ingresos por intereses e ingresos por otros conceptos) antes de los ajustes por gastos e impuestos generados por Vd. durante un año fiscal. Millón de dólares en ingresos de Empresa (“Enteprise $M in Revenue”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) de todo ingreso (ingresos por intereses e ingresos por otros conceptos) antes de los ajustes por gastos e impuestos generados por Vd. durante un año fiscal. El importe de estas licencias de programa viene determinado por el número de Millones de dólares en ingresos de Empresa. Para estas licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Millones de dólares en ingresos de Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Millones de dólares en ingresos de Empresa excede la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte técnico para dichas licencias), de forma que el número de Millones de dólares en ingresos de Empresa sea igual o menor que el número de la cantidad licenciada. No tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de crédito o cualquier otro tipo de consideración, en caso de que se produzca una disminución en el número de Millones de dólares en ingresos de Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes del aniversario de su pedido, deberá remitir a Oracle un informe indicando el número de Millones de dólares en ingresos de Empresa a dicha fecha. Millón de dólares de Ingresos Anuales de Aplicación (“$M in Application Annual Revenue”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros), impuestos excluidos, procesado a través del programa licenciado. Para los productos de facturación electrónica autoservicio de Oracle (Oracle Self-Service E-Billing), los Ingresos Anuales equivalen al importe total facturado para todas las cuentas de la compañía que tengan al menos un usuario inscrito por periodo de facturación. Millón de dólares de Mercancías o Carga bajo Gestión (“$M in Freight Under Management” o ”FUM”) : se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) de valor total de transporte de los pedidos ofertados para todos los envíos durante un año natural determinado a lo largo del plazo de la licencia. El FUM incluirá el total combinado de carga real comprada por Vd. más el coste de flete para los envíos gestionados por Vd. (por ejemplo, Vd. no está comprando servicios de transporte en nombre de sus clientes pero está prestando servicios de gestión de transporte para sus clientes). La carga pagada por un tercero se incluirá también en el FUM total (por ejemplo, envíos entrantes de proveedores a Vd. con términos de flete prepagados). Millón de dólares de Mercancías o Carga bajo Gestión de Empresa (“Enterprise $M in Freight Under Management” o ”FUM”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) de valor total de transporte de los pedidos ofertados para todos los envíos durante un año natural determinado a lo largo del plazo de la licencia. El FUM incluirá el total combinado de carga real comprada por Vd. más el coste de flete para los envíos gestionados por Vd. (por ejemplo, Vd. no está comprando servicios de transporte en nombre de sus clientes pero está prestando servicios de gestión de transporte para sus clientes). La carga pagada por un tercero se incluirá también en el FUM total (por ejemplo, envíos entrantes de proveedores a Vd. con términos de flete prepagados). El importe de estas licencias de programa viene determinado por el número de Millones de dólares de FUM de Empresa. Para estas licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Millones de dólares de FUM de Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Millones de dólares de FUM de Empresa excede la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte técnico para dichas licencias), de forma que el número de Millones de dólares de FUM de Empresa sea igual o menor que el número de licencias adquiridas. No tendrá derecho a ninguna devolución, reconocimiento de crédito o cualquier otro tipo de consideración, en caso de que se produzca una disminución en el número de Millones de dólares de FUM de Empresa. Adicionalmente, anualmente cada 90 días antes del aniversario de su pedido, deberá remitir a Oracle un informe indicando el número de Millones de dólares de FUM de Empresa a dicha fecha. Millón de dólares de Presupuesto Operativo de Empresa (“Enterprise $M Operating Budget”): se define como un millón de dólares estadounidenses (789.300 Euros) de su presupuesto bruto reflejado en un estado contable auditado por parte de su firma externa de auditoría contable. El importe de estas licencias de programa viene determinado por el número de Millones de dólares de Presupuesto Operativo de Empresa. Para estas licencias de programa, la cantidad licenciada objeto de compra debe ser, al menos, igual al número de Millones de dólares de Presupuesto Operativo de Empresa a la fecha de efectividad de su pedido. Si en cualquier momento el número de Millones de dólares de Presupuesto Operativo de Empresa excede la cantidad licenciada, deberá adquirir licencias adicionales (y servicios de soporte técnico para dichas licencias), de forma que el número de Millones de dólares de Presupuesto Operativo de Sys_ONLINE OLSA_LDRv073112_HTv053012_ES_SPA Página 16 de 33