   El testamento es un acto jurídico
    unilateral, personalísimo, revocable y
    libre, por el cual una persona capaz
    transmite sus bienes, derechos y
    obligaciones que no se extinguen por la
    muerte a sus herederos o legatarios, o
    declara y cumple deberes después de la
    misma
Formalidades de los
testamentos.
1.   Continuidad en el acto.



2.   Presencia de testigos.



3.   Identidad del testador y su capacidad.
No pueden ser testigos del testamento:

1.   Los empleados del Notario que lo
     autorice.
2.   Los menores de dieciséis años de edad
3.   Los que no estén en su sano juicio
4.   Los ciegos, sordos o mudos
5.   Los herederos o legatarios
6.   Los que hayan sido condenados por
     delito de falsedad.
Artículo 2763: Se prohíbe a los notarios y
  a quienes redacten disposiciones de
  ultima voluntad:

1.   Dejar espacios en blanco y

2.   Servirse de abreviaturas o cifras

- Bajo la pena de $500 pesos de multa a
   los notarios y de la mitad a quienes no
   lo fueren.
Artículo 2764: El notario que autorice el
  testamento.-

1.   Dará aviso al R.P. dentro de los
     primeros 5 días.

2.   Haciendo saber: # de
     instrumento, fecha y nombre del
     testador.

3.   Nombre y número del notario
4.- Cuando el notario conozca la muerte
   del testador, debe dar aviso a los
   interesados. Si no lo hace, es
   responsable de los daños y perjuicios.
Clasificación


                 Ordinarios
   Testamento


                 Especiales
Testamento


      Ordinario


Público      Público
                        Ológrafo
Abierto      Cerrado
Testamentos Especiales

Son aquellos que se hacen tomando en
  cuenta las determinadas circunstancias
  especiales.

   Su clasificación es la siguiente:
Especiales



          Privado


                               Hecho en un
Militar             Marítimo       país
                                extranjero
Testamento Público Abierto
   Es el que se otorga ante notario, de
    conformidad con las disposiciones
    establecidas por el Código Civil.

   El testador expresa de modo claro y
    terminante su voluntad al notario.
   El notario redactará por escrito las
    cláusulas del testamento.

   Se sujetará estrictamente a la voluntad
    del testador y las leerá en voz alta para
    que éste manifieste si está conforme.

   Cuando el testador declare que no sabe
    firmar el testamento, uno de los testigos
    lo hará y el primero imprimirá su huella
    digital.
   El que sea sordo pero sepa leer deberá
    dar lectura a su testamento.

   Cuando el testador sea ciego se dará
    lectura al testamento dos veces; una por
    el notario y otra por uno de los testigos
    u otra persona que el testador designe.

   Si falta alguna de las formalidades el
    testamento quedará sin efecto.
Testamento Público
Cerrado
Este puede ser escrito por el testador o
  por otra persona a su ruego y en papel
  común.

   El testador debe rubricar todas las hojas
    y firmar al calce del testamento.
   El papel en que esté escrito el
    testamento deberá estar cerrado o lo
    hará cerrar el testador al otorgarlo y lo
    exhibirá ante el notario en presencia de
    3 testigos.



   El testador al hacer la presentación
    debe declarar que ahí se encuentra su
    ultima voluntad.
   El notario dará fe del otorgamiento y en
    su cubierta deberán firmarlo el
    testador, testigos, el notario y su sello.



   Los que no saben o no pueden leer son
    inhábiles para hacer testamento
    cerrado.
   El sordomudo podrá hacer testamento
    cerrado con tal que esté todo el
    escrito, fechado y firmado de su propia
    mano.

   El testamento que carezca de alguna de
    las formalidades quedará sin efecto.

   El testador puede conservar          el
    testamento en su poder.
   Un testamento cerrado no puede ser
    abierto ante un juez hasta que el notario
    y los testigos hayan reconocido sus
    firmas.

   El testamento cerrado queda sin efecto
    siempre si se encuentra roto el pliego
    interior o abierto el que forma la
    cubierta.
   También      sí       se   encuentran
    borradas, raspadas o enmendadas las
    firmas que lo autorizan, aunque el
    contenido no este viciado.



   Quien tenga en su poder un testamento
    cerrado y no lo presenta o sustraiga
    dolosamente, pierde el derecho que
    pudiese tener.
Ológrafo
Se llama así al escrito de puño y letra del
  testador.

   Solo puede ser otorgados por +18 años
    y debe estar totalmente manuscrito por
    el testador y firmado por él.
   Si     se       encuentran        palabras
    tachadas,     enmendadas       o     entre
    renglones, las salvará bajo su firma.

   Debe hacer duplicado del testamento e
    imprimir su huella digital en cada
    ejemplar.

   Debe de depositarlo en el R.P.P. con
    dos testigos que avalen su identidad.
    Constancias:

1.   Testador: “Dentro de este sobre se
     contiene mi testamento”



2.   R.P.P: “Recibí el pliego cerrado del
     señor …. afirma contiene original de su
     testamento ológrafo, del cual, según
     afirmación del mismo señor, existe
     dentro de este sobre un duplicado”.
   Si    el     testador    se     encuentra
    imposibilitado     para    entregar    su
    testamento en el R.P.P. el encargado
    deberá ir al lugar donde se encuentre.



   En cualquier momento el testador
    tendrá   derecho   de    retirar del
    archivo, personalmente el testamento
    depositado.
   Sólo cuando el original haya sido
    destruido o robado se tendrá como
    formal testamento el duplicado

   Queda sin efecto si el original o
    duplicado estuviesen roto, o el sobre
    que los cubre resultare abierto, o las
    firmas que los autoricen aparecieran
    borradas.
Testamento Privado
   El testamento privado puede ser escrito
    u oral, en ambos casos válido; pero
    para que se acepte la manifestación
    verbal se requiere que haya una
    imposibilidad absoluta de que el
    testador o los testigos redacten por
    escrito las cláusulas del testamento.
    Se permite en los siguientes casos:

1.   Cuando el testador es atacado de una
     enfermedad violenta y grave que no le
     de tiempo de ir con un notario a hacer
     el testamento.



2.   Cuando no haya notario en la población
4.   Cuando a este le sea muy difícil o
     imposible concurrir al otorgamiento del
     testamento

5.   Cuando los militares del ejército entren
     en campaña o se encuentren
     prisioneros de guerra.
   Se declara ante 5 testigos y uno de ellos
    lo redactará por escrito, si el testador no
    puede escribir.

   Solo surte efectos si el testador fallase
    de la enfermedad o en el peligro en que
    se hallaba.

   Para su validez necesita que se haga la
    declaración de los testigos que oyeron y
    firmaron la voluntad del testador.
    Los testigos deberán declarar:

1.   Lugar, hora, día, mes y año en que se
     otorgó el testamento.
2.   Si reconocieron, vieron y oyeron
     claramente al testador.
3.   El tenor de la disposición
4.   Cabal juicio y libre de cualquier acción.
5.   El motivo por el que se otorgó el T.P.
6.   Si saben que el testador falleció por la
     enfermedad en que se hallaba
Testamento Militar
   Es un testamento especial que se
    permite sólo en los casos en que el
    militar resulte herido en el campo de
    batalla.

   También se acepta para los prisioneros
    de guerra.
   Bastara que declare su voluntad ante
    dos testigos, o que entregue a estos, el
    pliego cerrado que contenga su última
    voluntad firmada de su puño y letra.

   Los testigos deben informar al jefe de la
    corporación para que éste dé parte al
    Secretario de la Defensa Nacional.
    Debe contener:

1.   Lugar, día, hora, mes y año en que se
     otorga.
2.   Haber conocido al testador.
3.   Indicarán el tenor de la disposición
     testamentaria.
4.   Pleno Juicio y libre coacción.
5.   Muerte por la enfermedad o peligro en
     que se encontraba.
Testamento Marítimo

Es un testamento especial que se otorga
  estando el testador en alta mar a bordo
  de un buque nacional, bien sea de
  guerra o mercante.
   Debe constar siempre por escrito y
    otorgarse ante do testigos y el capitán
    de la embarcación, con dos copias.

   El capitán esta obligado a entregar una
    copia en el primer punto que toque, si
    existe un consular mexicano o agente
    diplomático.

   No puede ser oral.
Hecho en un País
Extranjero
   Es un testamento especial que puede
    sujetarse a las formalidades de la ley
    extranjera cuando tenga su ejecución en
    la República Mexicana.

   Puede otorgarse en los consulados
    mexicanos con las formalidades de
    nuestro país.
   Puede sujetarse a las leyes del país en
    que se otorgue y tiene plena validez en
    la República.

   Los funcionarios a los que se les
    otorgue tienen la obligación de dar parte
    a la Secretaría de Relaciones para que
    si muere el testador publique este hecho
    a fin de ponerlo a conocimiento de los
    interesados
Erika Alberto Calderón
Alberto Iván Calzada
Raúl Ramírez Juárez
Estefanía Patiño López
Gabriela Valencia

Licenciatura en Derecho
3er Semestre
9/Noviembre/2012

Testamento

  • 2.
    El testamento es un acto jurídico unilateral, personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz transmite sus bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte a sus herederos o legatarios, o declara y cumple deberes después de la misma
  • 3.
    Formalidades de los testamentos. 1. Continuidad en el acto. 2. Presencia de testigos. 3. Identidad del testador y su capacidad.
  • 4.
    No pueden sertestigos del testamento: 1. Los empleados del Notario que lo autorice. 2. Los menores de dieciséis años de edad 3. Los que no estén en su sano juicio 4. Los ciegos, sordos o mudos 5. Los herederos o legatarios 6. Los que hayan sido condenados por delito de falsedad.
  • 5.
    Artículo 2763: Seprohíbe a los notarios y a quienes redacten disposiciones de ultima voluntad: 1. Dejar espacios en blanco y 2. Servirse de abreviaturas o cifras - Bajo la pena de $500 pesos de multa a los notarios y de la mitad a quienes no lo fueren.
  • 6.
    Artículo 2764: Elnotario que autorice el testamento.- 1. Dará aviso al R.P. dentro de los primeros 5 días. 2. Haciendo saber: # de instrumento, fecha y nombre del testador. 3. Nombre y número del notario
  • 7.
    4.- Cuando elnotario conozca la muerte del testador, debe dar aviso a los interesados. Si no lo hace, es responsable de los daños y perjuicios.
  • 8.
    Clasificación Ordinarios  Testamento Especiales
  • 9.
    Testamento Ordinario Público Público Ológrafo Abierto Cerrado
  • 10.
    Testamentos Especiales Son aquellosque se hacen tomando en cuenta las determinadas circunstancias especiales.  Su clasificación es la siguiente:
  • 11.
    Especiales Privado Hecho en un Militar Marítimo país extranjero
  • 12.
    Testamento Público Abierto  Es el que se otorga ante notario, de conformidad con las disposiciones establecidas por el Código Civil.  El testador expresa de modo claro y terminante su voluntad al notario.
  • 13.
    El notario redactará por escrito las cláusulas del testamento.  Se sujetará estrictamente a la voluntad del testador y las leerá en voz alta para que éste manifieste si está conforme.  Cuando el testador declare que no sabe firmar el testamento, uno de los testigos lo hará y el primero imprimirá su huella digital.
  • 14.
    El que sea sordo pero sepa leer deberá dar lectura a su testamento.  Cuando el testador sea ciego se dará lectura al testamento dos veces; una por el notario y otra por uno de los testigos u otra persona que el testador designe.  Si falta alguna de las formalidades el testamento quedará sin efecto.
  • 15.
    Testamento Público Cerrado Este puedeser escrito por el testador o por otra persona a su ruego y en papel común.  El testador debe rubricar todas las hojas y firmar al calce del testamento.
  • 16.
    El papel en que esté escrito el testamento deberá estar cerrado o lo hará cerrar el testador al otorgarlo y lo exhibirá ante el notario en presencia de 3 testigos.  El testador al hacer la presentación debe declarar que ahí se encuentra su ultima voluntad.
  • 17.
    El notario dará fe del otorgamiento y en su cubierta deberán firmarlo el testador, testigos, el notario y su sello.  Los que no saben o no pueden leer son inhábiles para hacer testamento cerrado.
  • 18.
    El sordomudo podrá hacer testamento cerrado con tal que esté todo el escrito, fechado y firmado de su propia mano.  El testamento que carezca de alguna de las formalidades quedará sin efecto.  El testador puede conservar el testamento en su poder.
  • 19.
    Un testamento cerrado no puede ser abierto ante un juez hasta que el notario y los testigos hayan reconocido sus firmas.  El testamento cerrado queda sin efecto siempre si se encuentra roto el pliego interior o abierto el que forma la cubierta.
  • 20.
    También sí se encuentran borradas, raspadas o enmendadas las firmas que lo autorizan, aunque el contenido no este viciado.  Quien tenga en su poder un testamento cerrado y no lo presenta o sustraiga dolosamente, pierde el derecho que pudiese tener.
  • 21.
    Ológrafo Se llama asíal escrito de puño y letra del testador.  Solo puede ser otorgados por +18 años y debe estar totalmente manuscrito por el testador y firmado por él.
  • 22.
    Si se encuentran palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, las salvará bajo su firma.  Debe hacer duplicado del testamento e imprimir su huella digital en cada ejemplar.  Debe de depositarlo en el R.P.P. con dos testigos que avalen su identidad.
  • 23.
    Constancias: 1. Testador: “Dentro de este sobre se contiene mi testamento” 2. R.P.P: “Recibí el pliego cerrado del señor …. afirma contiene original de su testamento ológrafo, del cual, según afirmación del mismo señor, existe dentro de este sobre un duplicado”.
  • 24.
    Si el testador se encuentra imposibilitado para entregar su testamento en el R.P.P. el encargado deberá ir al lugar donde se encuentre.  En cualquier momento el testador tendrá derecho de retirar del archivo, personalmente el testamento depositado.
  • 25.
    Sólo cuando el original haya sido destruido o robado se tendrá como formal testamento el duplicado  Queda sin efecto si el original o duplicado estuviesen roto, o el sobre que los cubre resultare abierto, o las firmas que los autoricen aparecieran borradas.
  • 26.
    Testamento Privado  El testamento privado puede ser escrito u oral, en ambos casos válido; pero para que se acepte la manifestación verbal se requiere que haya una imposibilidad absoluta de que el testador o los testigos redacten por escrito las cláusulas del testamento.
  • 27.
    Se permite en los siguientes casos: 1. Cuando el testador es atacado de una enfermedad violenta y grave que no le de tiempo de ir con un notario a hacer el testamento. 2. Cuando no haya notario en la población
  • 28.
    4. Cuando a este le sea muy difícil o imposible concurrir al otorgamiento del testamento 5. Cuando los militares del ejército entren en campaña o se encuentren prisioneros de guerra.
  • 29.
    Se declara ante 5 testigos y uno de ellos lo redactará por escrito, si el testador no puede escribir.  Solo surte efectos si el testador fallase de la enfermedad o en el peligro en que se hallaba.  Para su validez necesita que se haga la declaración de los testigos que oyeron y firmaron la voluntad del testador.
  • 30.
    Los testigos deberán declarar: 1. Lugar, hora, día, mes y año en que se otorgó el testamento. 2. Si reconocieron, vieron y oyeron claramente al testador. 3. El tenor de la disposición 4. Cabal juicio y libre de cualquier acción. 5. El motivo por el que se otorgó el T.P. 6. Si saben que el testador falleció por la enfermedad en que se hallaba
  • 31.
    Testamento Militar  Es un testamento especial que se permite sólo en los casos en que el militar resulte herido en el campo de batalla.  También se acepta para los prisioneros de guerra.
  • 32.
    Bastara que declare su voluntad ante dos testigos, o que entregue a estos, el pliego cerrado que contenga su última voluntad firmada de su puño y letra.  Los testigos deben informar al jefe de la corporación para que éste dé parte al Secretario de la Defensa Nacional.
  • 33.
    Debe contener: 1. Lugar, día, hora, mes y año en que se otorga. 2. Haber conocido al testador. 3. Indicarán el tenor de la disposición testamentaria. 4. Pleno Juicio y libre coacción. 5. Muerte por la enfermedad o peligro en que se encontraba.
  • 34.
    Testamento Marítimo Es untestamento especial que se otorga estando el testador en alta mar a bordo de un buque nacional, bien sea de guerra o mercante.
  • 35.
    Debe constar siempre por escrito y otorgarse ante do testigos y el capitán de la embarcación, con dos copias.  El capitán esta obligado a entregar una copia en el primer punto que toque, si existe un consular mexicano o agente diplomático.  No puede ser oral.
  • 36.
    Hecho en unPaís Extranjero  Es un testamento especial que puede sujetarse a las formalidades de la ley extranjera cuando tenga su ejecución en la República Mexicana.  Puede otorgarse en los consulados mexicanos con las formalidades de nuestro país.
  • 37.
    Puede sujetarse a las leyes del país en que se otorgue y tiene plena validez en la República.  Los funcionarios a los que se les otorgue tienen la obligación de dar parte a la Secretaría de Relaciones para que si muere el testador publique este hecho a fin de ponerlo a conocimiento de los interesados
  • 38.
    Erika Alberto Calderón AlbertoIván Calzada Raúl Ramírez Juárez Estefanía Patiño López Gabriela Valencia Licenciatura en Derecho 3er Semestre 9/Noviembre/2012