1. El documento habla sobre las teorías de creación de los títulos valores, las clases de títulos valores, y conceptos como endoso, aval, letra de cambio, cheque, pagaré, entre otros.
2. Se describen tres clases de títulos valores: de contenido crediticio, corporativos o de participación, y de tradición o representativos de mercancías.
3. Dentro de los títulos de contenido crediticio se explican conceptos como letra de cambio, cheque, pagaré, bono de prenda y fact
Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías.
Este documento presenta un resumen de la Teoría General de los Títulos Valores. Explica que la teoría surgió de las escuelas comercialistas alemana e italiana, destacando figuras como Savigny, Brünner y Jacobi. También describe los orígenes del derecho cambiario en la Italia medieval y cómo autores como Vivante formularon definiciones clave sobre la naturaleza de los títulos valores. Finalmente, analiza las diferentes teorías que dieron forma a la conceptualización moderna de los títulos valores.
El documento habla sobre el endoso y sus diferentes tipos. Explica que el endoso es la transferencia de un título de crédito de una persona a otra, transmitiendo los derechos sobre el título. Los principales tipos de endoso son el endoso en propiedad, que transfiere la totalidad de los derechos; el endoso en procuración, que permite cobrar el título; y el endoso en garantía, que atribuye derechos de acreedor prendario. El documento también cubre los requisitos legales del endoso y conceptos como la cesión ordinaria
El documento resume los principales aspectos de los títulos de crédito, incluyendo su definición, características, tipos de transmisión y endoso. Explica la diferencia entre endoso y cesión, así como los requisitos de un pagaré válido y el proceso de protesto cuando no se paga.
Este documento presenta un taller sobre títulos valores realizado por tres estudiantes de derecho de la Universidad Libre Seccional Barranquilla. El taller compara y contrasta las diferencias entre vales, letras de cambio y cheques. También explica los diferentes vencimientos de letras de cambio, vales y cheques, así como cómo redactar una letra de cambio.
El documento habla sobre diferentes aspectos relacionados con los títulos de crédito como la moneda, el dinero, los préstamos, las deudas de dinero, los tipos de crédito (letras de cambio, pagarés, cheques), sus características, requisitos legales y funciones. Explica conceptos como el aval, el fiador, y define brevemente el cheque según la ley mexicana.
Los títulos de crédito son documentos que representan cantidades de dinero y que facilitan las transacciones comerciales. Existen diferentes tipos como letras de cambio, pagarés, cheques y bonos. Tienen características como la incorporación del derecho al documento, la legitimación del tenedor para cobrar el monto, y la autonomía e independencia del derecho transmitido. La letra de cambio es un tipo de título de crédito que contiene una orden incondicional de pago dirigida por el girador al girado a favor de un
Este documento define y explica los principales tipos de títulos de crédito como letras de cambio, pagarés, cheques y bonos. Describe sus elementos constitutivos, requisitos legales y funciones. Explica que los títulos de crédito son documentos mercantiles que representan obligaciones de pago y pueden transferirse de una persona a otra.
Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías.
Este documento presenta un resumen de la Teoría General de los Títulos Valores. Explica que la teoría surgió de las escuelas comercialistas alemana e italiana, destacando figuras como Savigny, Brünner y Jacobi. También describe los orígenes del derecho cambiario en la Italia medieval y cómo autores como Vivante formularon definiciones clave sobre la naturaleza de los títulos valores. Finalmente, analiza las diferentes teorías que dieron forma a la conceptualización moderna de los títulos valores.
El documento habla sobre el endoso y sus diferentes tipos. Explica que el endoso es la transferencia de un título de crédito de una persona a otra, transmitiendo los derechos sobre el título. Los principales tipos de endoso son el endoso en propiedad, que transfiere la totalidad de los derechos; el endoso en procuración, que permite cobrar el título; y el endoso en garantía, que atribuye derechos de acreedor prendario. El documento también cubre los requisitos legales del endoso y conceptos como la cesión ordinaria
El documento resume los principales aspectos de los títulos de crédito, incluyendo su definición, características, tipos de transmisión y endoso. Explica la diferencia entre endoso y cesión, así como los requisitos de un pagaré válido y el proceso de protesto cuando no se paga.
Este documento presenta un taller sobre títulos valores realizado por tres estudiantes de derecho de la Universidad Libre Seccional Barranquilla. El taller compara y contrasta las diferencias entre vales, letras de cambio y cheques. También explica los diferentes vencimientos de letras de cambio, vales y cheques, así como cómo redactar una letra de cambio.
El documento habla sobre diferentes aspectos relacionados con los títulos de crédito como la moneda, el dinero, los préstamos, las deudas de dinero, los tipos de crédito (letras de cambio, pagarés, cheques), sus características, requisitos legales y funciones. Explica conceptos como el aval, el fiador, y define brevemente el cheque según la ley mexicana.
Los títulos de crédito son documentos que representan cantidades de dinero y que facilitan las transacciones comerciales. Existen diferentes tipos como letras de cambio, pagarés, cheques y bonos. Tienen características como la incorporación del derecho al documento, la legitimación del tenedor para cobrar el monto, y la autonomía e independencia del derecho transmitido. La letra de cambio es un tipo de título de crédito que contiene una orden incondicional de pago dirigida por el girador al girado a favor de un
Este documento define y explica los principales tipos de títulos de crédito como letras de cambio, pagarés, cheques y bonos. Describe sus elementos constitutivos, requisitos legales y funciones. Explica que los títulos de crédito son documentos mercantiles que representan obligaciones de pago y pueden transferirse de una persona a otra.
El documento resume los conceptos y características fundamentales de los títulos de crédito, incluyendo letras de cambio, pagarés y cheques. Define cada uno y describe sus elementos esenciales como girado, girante, beneficiario, así como requisitos, formas de circulación y razones por las que un banco puede negarse a pagar un cheque. También explica conceptos como endoso, aval, aceptación, pago y protesto.
Los títulos de crédito son documentos que incorporan una obligación patrimonial. Tradicionalmente eran documentos físicos que permitían materializar las deudas. Sin embargo, ahora existe una tendencia a desmaterializar los títulos de crédito mediante el uso de medios digitales y electrónicos, lo que plantea nuevos retos en términos de seguridad, legitimación y prueba de las transacciones.
Este documento resume tres tipos de títulos de valor: la letra de cambio, el pagaré a la orden y el cheque. La letra de cambio es un título de crédito emitido por un girador que ordena el pago al girado. El pagaré a la orden es una promesa de pago del suscriptor al beneficiario. El cheque es un título valor emitido por un cliente bancario que ordena el pago al banco. Cada tipo de título describe las personas involucradas como el girador, girado, suscriptor y beneficiario.
El documento resume la teoría general de los títulos de crédito. Define los títulos de crédito y sus características principales como la literalidad, incorporación, legitimación y autonomía. Explica las diferentes clasificaciones de los títulos de crédito como nominativos e innominados. También describe elementos personales como el librador, giratario, aceptante, tenedor y avalista. Finalmente, resume conceptos como el endoso, aval y protesto, incluyendo sus definiciones, características y efectos.
El documento define y explica los diferentes tipos de títulos de crédito como letras de cambio, pagarés y cheques. Describe sus características, elementos y funciones. También explica conceptos como la literalidad, autonomía, incorporación y circulación que son características de los documentos de crédito, así como el proceso de endoso para transferir títulos a la orden.
Este documento describe los diferentes tipos de títulos de crédito como cheques, pagarés y letras de cambio. Explica sus características y requisitos legales, así como conceptos clave como endoso, aceptación, aval y acción cambiaria. Se clasifican los títulos de crédito y se destacan las diferencias entre cheques, pagarés y letras de cambio.
Este documento explica los títulos de crédito, incluyendo su definición, características y clasificaciones. Describe varios tipos de títulos de crédito como letras de cambio, pagarés, cheques y obligaciones. Finalmente, proporciona fuentes de información adicionales sobre este tema.
El documento describe los principales tipos de títulos de crédito, incluyendo letras de cambio, pagarés, cheques y acciones. Explica las características clave de cada uno, como quiénes participan, los requisitos legales y la forma de circulación. También proporciona detalles sobre conceptos como época de pago, tipos especiales de cheques, y derechos y tipos de acciones.
El documento describe las características de los títulos de crédito como la incorporación, literalidad, circulación y autonomía. También explica diferentes tipos de títulos como letras de cambio, pagarés, cheques, obligaciones y bonos.
Este documento resume los principales tipos de títulos valores como cheques, letras de cambio y acciones. Explica cómo se clasifican los títulos valores según su derecho incorporado, circulación y rentabilidad. Detalla los requisitos para que un documento sea considerado un título valor válido y cómo se negocian, incluyendo por endoso o registro. También define conceptos como cheques nominativos, al portador y especiales, así como facturas cambiarias y sus requisitos.
El documento describe los diferentes tipos y características del endoso de títulos valores. Explica que el endoso es un acto jurídico unilateral que transfiere la propiedad y derechos del título al endosatario. Describe los diferentes tipos de endoso como en propiedad, en fideicomiso, en procuración o en garantía, y sus efectos respectivos. También cubre los requisitos legales del endoso y su naturaleza jurídica como un contrato de transmisión.
Títulos y operaciones de crédito sesiones 1, 2 y 3aalcalar
El documento resume los conceptos básicos de los títulos de crédito según la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de México. Explica las clasificaciones de los títulos de crédito, las características de los documentos de crédito, y describe en detalle dos tipos específicos: la letra de cambio y el pagaré, incluyendo sus elementos, partes y funciones.
El documento habla sobre los títulos valores, específicamente sobre letras de cambio, pagarés y cheques. Define cada uno, explica sus características y diferencias. Las letras de cambio contienen una orden de pago con tres partes involucradas, los pagarés una promesa de pago con dos partes, y los cheques una orden de pago dirigida a un banco. Todos son considerados títulos ejecutivos por la ley y cumplen un papel importante en las transacciones comerciales.
Este documento describe diferentes tipos de títulos valores como letras de cambio, cheques y pagarés. Explica sus características formales y personales, así como su clasificación. También discute problemas relacionados con el uso de instrumentos cambiarios y soluciones propuestas como la desmaterialización de títulos valores. Finalmente, resume las normas de derecho internacional privado venezolano aplicables a conflictos sobre títulos valores.
Este documento define los títulos de crédito y los clasifica en letras de cambio, pagarés, cheques y bonos. Explica que los títulos de crédito son documentos necesarios para ejercer y transferir derechos de crédito de manera literal y autónoma. Describe las características y elementos de cada tipo de título de crédito, incluyendo ejemplos. Finalmente, indica algunos usos comunes de cada uno.
Las 3 clases de títulos valores son:
1) Títulos al portador, que otorgan derechos a su poseedor legítimo sin necesidad de identificación.
2) Títulos a la orden, que se transfieren mediante endoso e indican el nombre del titular legítimo.
3) Títulos nominativos, emitidos a nombre de una persona determinada y se transfieren por cesión de derechos.
Este documento resume los aspectos fundamentales del pagaré como título valor. Define el pagaré, explica sus elementos, características, clasificaciones y las personas que intervienen. También describe los actos cambiarios como la emisión, endoso y protesto, así como la acción cambiaria directa y de regreso que puede ejercer el tenedor. Finalmente, resalta que el pagaré es un título a la orden que admite el cobro de intereses y puede ser transmitido por endoso o descontado en instituciones financieras.
Títulos y Operaciones de Crédito (Generalidades)cesarggzz
1) Los títulos de crédito son documentos mercantiles que otorgan al portador legítimo el derecho de cobrar una deuda de forma autónoma. 2) Se caracterizan por su formalidad, incorporación, literalidad, autonomía, circulación y legitimación para determinar quién puede cobrar la deuda. 3) Cumplen una función económica importante al facilitar el transporte y almacenamiento seguros de grandes cantidades de dinero.
El documento describe diferentes tipos de contratos civiles y mercantiles, incluyendo sus definiciones y regulaciones legales. Explica conceptos como contrato de compraventa, arriendo, préstamo, hipoteca, comisión mercantil, factoraje financiero y franquicia.
El documento habla sobre los contratos mercantiles, incluyendo su definición como acuerdos entre dos o más partes para crear derechos y obligaciones de naturaleza comercial. Explica que los contratos sirven para establecer derechos y obligaciones entre las partes e identifica cuatro elementos clave de cualquier contrato: capacidad, consentimiento, objeto lícito y causa lícita. También menciona varios instrumentos de crédito y cobranza comúnmente usados como facturas, pagarés, cheques, cartas factura y contra recibos.
El documento describe los principales tipos de títulos valores, incluyendo letras de cambio, cheques, pagarés y facturas conformadas. Las letras de cambio contienen una orden incondicional de pago dirigida a un tercero, los cheques son órdenes de pago al portador de una suma específica, y los pagarés son compromisos de pago de una deuda en una fecha futura. Las facturas conformadas representan bienes entregados pero no pagados, y otorgan al tenedor el derecho de ejecución directa contra el de
Este documento define los títulos de crédito y describe algunos tipos específicos como letras de cambio, pagarés y cheques. Explica conceptos clave como la incorporación, legitimación y literalidad de los derechos en los títulos de crédito. También describe el endoso, aval, intereses y otros elementos de los diferentes tipos de títulos de crédito.
El documento resume los conceptos y características fundamentales de los títulos de crédito, incluyendo letras de cambio, pagarés y cheques. Define cada uno y describe sus elementos esenciales como girado, girante, beneficiario, así como requisitos, formas de circulación y razones por las que un banco puede negarse a pagar un cheque. También explica conceptos como endoso, aval, aceptación, pago y protesto.
Los títulos de crédito son documentos que incorporan una obligación patrimonial. Tradicionalmente eran documentos físicos que permitían materializar las deudas. Sin embargo, ahora existe una tendencia a desmaterializar los títulos de crédito mediante el uso de medios digitales y electrónicos, lo que plantea nuevos retos en términos de seguridad, legitimación y prueba de las transacciones.
Este documento resume tres tipos de títulos de valor: la letra de cambio, el pagaré a la orden y el cheque. La letra de cambio es un título de crédito emitido por un girador que ordena el pago al girado. El pagaré a la orden es una promesa de pago del suscriptor al beneficiario. El cheque es un título valor emitido por un cliente bancario que ordena el pago al banco. Cada tipo de título describe las personas involucradas como el girador, girado, suscriptor y beneficiario.
El documento resume la teoría general de los títulos de crédito. Define los títulos de crédito y sus características principales como la literalidad, incorporación, legitimación y autonomía. Explica las diferentes clasificaciones de los títulos de crédito como nominativos e innominados. También describe elementos personales como el librador, giratario, aceptante, tenedor y avalista. Finalmente, resume conceptos como el endoso, aval y protesto, incluyendo sus definiciones, características y efectos.
El documento define y explica los diferentes tipos de títulos de crédito como letras de cambio, pagarés y cheques. Describe sus características, elementos y funciones. También explica conceptos como la literalidad, autonomía, incorporación y circulación que son características de los documentos de crédito, así como el proceso de endoso para transferir títulos a la orden.
Este documento describe los diferentes tipos de títulos de crédito como cheques, pagarés y letras de cambio. Explica sus características y requisitos legales, así como conceptos clave como endoso, aceptación, aval y acción cambiaria. Se clasifican los títulos de crédito y se destacan las diferencias entre cheques, pagarés y letras de cambio.
Este documento explica los títulos de crédito, incluyendo su definición, características y clasificaciones. Describe varios tipos de títulos de crédito como letras de cambio, pagarés, cheques y obligaciones. Finalmente, proporciona fuentes de información adicionales sobre este tema.
El documento describe los principales tipos de títulos de crédito, incluyendo letras de cambio, pagarés, cheques y acciones. Explica las características clave de cada uno, como quiénes participan, los requisitos legales y la forma de circulación. También proporciona detalles sobre conceptos como época de pago, tipos especiales de cheques, y derechos y tipos de acciones.
El documento describe las características de los títulos de crédito como la incorporación, literalidad, circulación y autonomía. También explica diferentes tipos de títulos como letras de cambio, pagarés, cheques, obligaciones y bonos.
Este documento resume los principales tipos de títulos valores como cheques, letras de cambio y acciones. Explica cómo se clasifican los títulos valores según su derecho incorporado, circulación y rentabilidad. Detalla los requisitos para que un documento sea considerado un título valor válido y cómo se negocian, incluyendo por endoso o registro. También define conceptos como cheques nominativos, al portador y especiales, así como facturas cambiarias y sus requisitos.
El documento describe los diferentes tipos y características del endoso de títulos valores. Explica que el endoso es un acto jurídico unilateral que transfiere la propiedad y derechos del título al endosatario. Describe los diferentes tipos de endoso como en propiedad, en fideicomiso, en procuración o en garantía, y sus efectos respectivos. También cubre los requisitos legales del endoso y su naturaleza jurídica como un contrato de transmisión.
Títulos y operaciones de crédito sesiones 1, 2 y 3aalcalar
El documento resume los conceptos básicos de los títulos de crédito según la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de México. Explica las clasificaciones de los títulos de crédito, las características de los documentos de crédito, y describe en detalle dos tipos específicos: la letra de cambio y el pagaré, incluyendo sus elementos, partes y funciones.
El documento habla sobre los títulos valores, específicamente sobre letras de cambio, pagarés y cheques. Define cada uno, explica sus características y diferencias. Las letras de cambio contienen una orden de pago con tres partes involucradas, los pagarés una promesa de pago con dos partes, y los cheques una orden de pago dirigida a un banco. Todos son considerados títulos ejecutivos por la ley y cumplen un papel importante en las transacciones comerciales.
Este documento describe diferentes tipos de títulos valores como letras de cambio, cheques y pagarés. Explica sus características formales y personales, así como su clasificación. También discute problemas relacionados con el uso de instrumentos cambiarios y soluciones propuestas como la desmaterialización de títulos valores. Finalmente, resume las normas de derecho internacional privado venezolano aplicables a conflictos sobre títulos valores.
Este documento define los títulos de crédito y los clasifica en letras de cambio, pagarés, cheques y bonos. Explica que los títulos de crédito son documentos necesarios para ejercer y transferir derechos de crédito de manera literal y autónoma. Describe las características y elementos de cada tipo de título de crédito, incluyendo ejemplos. Finalmente, indica algunos usos comunes de cada uno.
Las 3 clases de títulos valores son:
1) Títulos al portador, que otorgan derechos a su poseedor legítimo sin necesidad de identificación.
2) Títulos a la orden, que se transfieren mediante endoso e indican el nombre del titular legítimo.
3) Títulos nominativos, emitidos a nombre de una persona determinada y se transfieren por cesión de derechos.
Este documento resume los aspectos fundamentales del pagaré como título valor. Define el pagaré, explica sus elementos, características, clasificaciones y las personas que intervienen. También describe los actos cambiarios como la emisión, endoso y protesto, así como la acción cambiaria directa y de regreso que puede ejercer el tenedor. Finalmente, resalta que el pagaré es un título a la orden que admite el cobro de intereses y puede ser transmitido por endoso o descontado en instituciones financieras.
Títulos y Operaciones de Crédito (Generalidades)cesarggzz
1) Los títulos de crédito son documentos mercantiles que otorgan al portador legítimo el derecho de cobrar una deuda de forma autónoma. 2) Se caracterizan por su formalidad, incorporación, literalidad, autonomía, circulación y legitimación para determinar quién puede cobrar la deuda. 3) Cumplen una función económica importante al facilitar el transporte y almacenamiento seguros de grandes cantidades de dinero.
El documento describe diferentes tipos de contratos civiles y mercantiles, incluyendo sus definiciones y regulaciones legales. Explica conceptos como contrato de compraventa, arriendo, préstamo, hipoteca, comisión mercantil, factoraje financiero y franquicia.
El documento habla sobre los contratos mercantiles, incluyendo su definición como acuerdos entre dos o más partes para crear derechos y obligaciones de naturaleza comercial. Explica que los contratos sirven para establecer derechos y obligaciones entre las partes e identifica cuatro elementos clave de cualquier contrato: capacidad, consentimiento, objeto lícito y causa lícita. También menciona varios instrumentos de crédito y cobranza comúnmente usados como facturas, pagarés, cheques, cartas factura y contra recibos.
El documento describe los principales tipos de títulos valores, incluyendo letras de cambio, cheques, pagarés y facturas conformadas. Las letras de cambio contienen una orden incondicional de pago dirigida a un tercero, los cheques son órdenes de pago al portador de una suma específica, y los pagarés son compromisos de pago de una deuda en una fecha futura. Las facturas conformadas representan bienes entregados pero no pagados, y otorgan al tenedor el derecho de ejecución directa contra el de
Este documento define los títulos de crédito y describe algunos tipos específicos como letras de cambio, pagarés y cheques. Explica conceptos clave como la incorporación, legitimación y literalidad de los derechos en los títulos de crédito. También describe el endoso, aval, intereses y otros elementos de los diferentes tipos de títulos de crédito.
Este documento presenta los fundamentos de los títulos valores. Define a los títulos valores como instrumentos privados que incorporan derechos patrimoniales y están destinados a la circulación. Explica las diferentes clasificaciones de los títulos valores según su estructura, naturaleza del derecho incorporado, presencia de requisitos formales y modo de circulación. También describe los principios cambiarios como la incorporación, literalidad, abstracción, autonomía, legitimación, buena fe y circulación. Finalmente, detalla los mecanismos de circul
Los títulos valores son documentos que representan obligaciones o derechos. Cumplen funciones económicas como dar garantías a los acreedores y medios de pago a los deudores. Se clasifican según su circulación (a la orden, nominativos, al portador) y según el derecho a ceder (contenido crediticio, participación, mercancías). Tienen pilares como los nombres de las partes, valor, fecha y firma. Pueden transferirse mediante el endoso, que puede ser en propiedad, cobro, garantía u otras formas.
El documento describe los diferentes tipos de títulos valores, sus características y funciones. Explica que los títulos valores son documentos que representan derechos patrimoniales y pueden ser de contenido crediticio como cheques, pagarés y letras de cambio, o de inversión como bonos y acciones. También describe los procesos de endoso y protesto que permiten la transmisión y protección de los derechos contenidos en los títulos valores.
El documento describe los diferentes tipos de títulos valores, sus características y funciones. Define títulos valores como documentos que representan derechos patrimoniales destinados a la circulación. Explica las diferentes partes de un título valor como el librador, tenedor, endosante, etc. Además, clasifica los títulos valores en diferentes categorías como de contenido crediticio, de inversión y de especulación. Por último, cubre temas como el endoso, protesto y garantías de los títulos valores.
El documento describe los diferentes tipos de títulos valores, sus características y funciones. Explica que los títulos valores son documentos que representan derechos patrimoniales y pueden ser de contenido crediticio como letras de cambio, pagarés y cheques, o de inversión como bonos y acciones. También describe los procesos de endoso y protesto que permiten la transmisión y protección de los derechos contenidos en los títulos valores.
1- El documento describe diferentes tipos de títulos valores, incluyendo sus características y funciones. 2- Explica conceptos como endoso, protesto, garantías y clasificación de títulos valores. 3- El resumen proporciona una visión general de la información clave sobre títulos valores contenida en el documento original.
Un título valor es un documento que representa un derecho de crédito u otro derecho patrimonial. Los títulos valores más comunes son cheques, letras de cambio, pagarés y bonos. Pueden ser nominativos, al portador o a la orden, y su circulación se realiza mediante el endoso. Cumplen funciones como ser medios de pago, inversión y especulación.
Este documento describe varios tipos de títulos valores, incluyendo cheques, letras de cambio, pagarés, bonos, conocimientos de embarque y cartas de porte. Explica las características, partes y funciones de cada uno, así como principios que rigen los títulos valores como la incorporación, autonomía y literalidad. También clasifica los títulos valores según su circulación, contenido, forma de creación y función económica.
El documento describe varios tipos de títulos valores como cheques, letras de cambio, bonos, conocimientos de embarque, warrants, entre otros. Explica sus características, funciones, formas de endoso y protesto. También describe conceptos como aval, fianza y garantías reales y personales en operaciones bancarias y de seguros.
Este documento define los títulos de crédito y los clasifica en tres aspectos: como actos de comercio, como cosas mercantiles y como documentos. Explica las características de los principales títulos de crédito como letras de cambio, pagarés y cheques, incluyendo sus elementos, requisitos y diferencias. También cubre otros títulos como bonos y acciones. El objetivo es proporcionar una introducción general a los diferentes tipos de títulos de crédito y sus características fundamentales.
Un título valor es un documento creado por dos partes para probar la existencia de una obligación de pago. Contiene información como la fecha, las partes involucradas, la cantidad a pagar, la fecha de vencimiento y las firmas. Los títulos valores sirven para realizar negocios cuando no hay dinero disponible o se involucran grandes cantidades, permitiendo aplazar el pago. Los más comunes son pagarés, facturas cambiarias y cheques.
Este documento define y clasifica los títulos valores. Explica que los títulos valores son documentos que incorporan derechos y que pueden clasificarse de diferentes formas, como por su circulación (al portador, nominativos, a la orden), por la causa (causales, abstractos), por la forma de creación (singulares, en serie), por el sujeto que los crea (públicos, privados), y por el objeto del derecho incorporado (personales, reales, obligacionales). También analiza en detalle la letra de cambio, incluyendo
Este documento define y explica varios tipos de títulos valores como cheques, letras de cambio y pagarés. Describe sus características formales y legales, incluyendo los roles de las partes involucradas, requisitos de emisión y endoso, y procesos como la aceptación y protesto. El documento también cubre conceptos clave como contenido patrimonial, literalidad, autonomía y destino circulatorio que rigen los títulos valores.
Este documento define y explica varios tipos de títulos valores como cheques, letras de cambio y pagarés. Describe sus características formales y legales, incluyendo los roles de las partes involucradas, requisitos de emisión y endoso, y procesos como la aceptación y protesto. El documento también cubre conceptos clave como contenido patrimonial, literalidad, autonomía y destino circulatorio que rigen los títulos valores.
Este documento resume los conceptos básicos sobre títulos valores. Define títulos valores como documentos comerciales negociables que se pueden convertir en dinero efectivo, como letras de cambio, cheques y pagarés. Explica las características de estos tres tipos de títulos valores principales y los roles de las partes involucradas, como el girador, girado y beneficiario. También cubre clasificaciones de títulos valores y las leyes relevantes en Ecuador.
1. 1.- Hable de las teorías de creación el título valor.
TEORÍA DE LA CREACIÓN
La obligación cambiaria es una declaración unilateral del creador.
Nace desde cuando se firma el documento, independientemente de que se
entregue.
TEORÍA DE LA EMISIÓN
CÓDIGO DE COMERCIO Art. 625
Procede de la declaración unilateral de volunta o negocio.
2.- ¿Cuáles son los requisitos para la existencia del título valor?
Firma del creador
Entrega del documento con intención de hacerlo negociable
3.- Diga la definición del título valor
Son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y
autónomo que en ellos se incorpora.
4. Hable de las clases de títulos valores:
Son tres clases:
4.1.- De contenido crediticio:
a).- Contienen una orden incondicional de pagar una suma de dinero. Son: la
letra, el cheque y la factura (antes cambiaria).
b).- Contienen una promesa incondicional de pagar una suma de dinero. Son:
el pagaré y el bono de prenda.
4.2.- Corporativo o de participación: que además de ser una inversión, tiene
obligaciones y derechos adicionales con una sociedad o institución.
Son: las acciones y los bonos.
4.3.- De tradición o representativos de mercancías:
Sirven para traditar (transferir) el derecho de dominio sobre las mercancías.
El certificado de depósito de mercancías, la carta de porte y el conocimiento de
embarque.
5.- ¿Qué es un título ejecutivo?
Título ejecutivo es el que contiene una obligación clara, expresa y exigible y
proviene del deudor, sirve para realizar una acción ejecutiva.
6.- ¿Con cuáles títulos valores se puede adelantar una demanda ejecutiva
y por qué?
Con los títulos valores de contenido crediticio, porque contienen una
obligación clara, expresa y exigible y provienen del deudor.
¿Según su circulación como se dividen los títulos valores?
2. Según su forma de circulación se dividen en:
NOMINATIVOS:
Son títulos valores expedidos a nombre de una persona y además de la
entrega, requieren ser inscritos en el registro del creador.
Ejemplo: las acciones, se expiden a nombre del nuevo socio y se deben
registrar en el libro de accionistas que lleva la sociedad.
.
A LA ORDEN:
Se expiden a favor de determinada persona y se entrega.
AL PORTADOR:
No se indica ningún nombre, no necesita decir “AL PORTADOR”, requiere
solamente la entrega.
7.- ¿Qué es la legalidad de los títulos valores?
Es una característica de los títulos valores que significa que es necesario
cumplir con los requisitos de cada título valor, para que este adquiera la calidad
de título valor, salvo que la ley los presuma (ver Título III Libro III C.de Co. Art.
620 C.Co)
Para la legalidad debe tenerse en cuenta la capacidad para ejercer el comercio,
como regla general toda persona es capaz para obligarse y contraer
obligaciones (art. 12 C.Co)
8.- ¿Cuáles son los requisitos esenciales de todo título valor? Art. 621
C.Co:
Son aquellos que no pueden faltar en ningún título valor, son dos:
8.1.- Mención del derecho que incorpora
8.2.- Firma de quien lo crea
9.- ¿Qué es la indivisibilidad?
Es una característica de los títulos valores que significa que el derecho
incorporado en el título valor no puede dividirse, aunque los tenedores sean
varios al mismo tiempo.
10.- Hable de las formas de vencimiento de los títulos valores. Art. 673
C.Co.
10.1. A la vista: requiere que el título sea presentado para cobrarlo y se
paga inmediatamente que se presente.
10.2.- A día cierto y determinado: la certeza significa que necesariamente
debe llegar y determinado significa que se indica cuando ocurre, en
conclusión se refiere a una fecha. Ejemplo: vencimiento para el 3 de abril
de 2013
3. 10.3.- A día cierto indeterminado: lo único que ocurre con certeza pero no
se sabe cuando es la muerte, cualquier otra situación sería poner una
condición y los títulos valores no pueden estar condicionados.
10.4.- Vencimientos ciertos sucesivos: fijar distintas fechas sucesivas.
Para el 3 de noviembre/12, 25 de noviembre/12, 3 de diciembre/12 y 25 de
diciembre/12.
10.5.- A día cierto después de la vista: se fija un plazo en tiempo,
después de que lo presente. Ejemplo: quince días comunes después de que
lo presente.
10.6.- A día cierto después de la fecha: se fija un plazo en tiempo,
después de una fecha. Ejemplo: veinte días comunes después del 5 de
diciembre de 2012.
11.- ¿Qué es el endoso y cómo se llaman los que intervienen?
Es un requisito para transferir un título valor nominativo o a la orden y se da
mediante la firma del titular más la entrega del título.
Endosante: titular que con su firma y entrega del título realiza la
transferencia
Endosatario: persona a la que se le transfiere un título por medio de un
endoso
12.- ¿Cuáles son las clases de endosos?
1.- A la orden: se indica el nombre del endosatorio
2.- En blanco: sin ningún nombre, para facilitar la circulación del título, se debe
llenar cuando se va a cobrar.
3.- Al portador: igual que en blanco permite la circulación.
Nota: el endoso debe ser total, puro y simple:
El endoso parcial o condicionado se entiende como no escrito
13.- ¿Cuáles son las modalidades de endoso?
Son tres:
13.1.- En propiedad: transfiere la propiedad del título, con sus derechos
principales y accesorios.
13.2.- En procuración o al cobro: no transfiere la propiedad, solo faculta para
hacer las actuaciones tendientes al cobro por parte de un representante o
apoderado (presentarlo para aceptación, cobrarlo judicial o extrajudicial,
endosarlo solo en procuración o sea solo para que lo cobre y le devuelta el
dinero).
4. 13.3.- En garantía o prenda: no transfiere la propiedad, confiere un derecho
prendario y solo se puede endosar en procuración.
14.- Hable del AVAL:
Definición:
Es una garantía total o parcial de pago de un título valor.
El aval se puede hacer:
1.- En el mismo escrito
2.- En otro escrito adherido al título valor
3.- En escrito separado, identificando al título valor
Deberes:
Indicar la persona avalada, si no se hace, se entiende que se avala a todas las
partes.
Responder en los términos que le corresponden al avalado.
Derechos: una vez pagado adquiere los derechos contra el avalado y los
responsables, esto quiere decir que puede cobrarles a ellos.
CLASES DE TÍTULOS VALORES:
Recordemos:
Títulos valores de contenido crediticio:
a).- Contienen una orden incondicional de pagar una suma de dinero. Son: la
letra, el cheque y la factura (antes cambiaria).
b).- Contienen una promesa incondicional de pagar una suma de dinero. Son:
el pagaré y el bono de prenda.
TITULOS VALORES DE CONTENIDO CREDITICIO QUE CONTIENEN UNA
ORDEN DE PAGAR UNA SUMA DE DINERO: Letra, cheque y factura
15.- Hable de la LETRA DE CAMBIO:
Es una orden incondicional de pagar una suma de dinero ($$)
Debe contener el nombre del girado
La fecha de pago
Indicar si es a la orden o al portador
Partes que intervienen:
El que crea (creador) o firma la letra se llama girador o librador
El que debe pagar (obligado) se llama girado o librado.
El que recibe se llama tomador o beneficiario
16.- Hable del CHEQUE:
5. Es una orden incondicional pagar una suma de dinero $$
Debe tener el nombre del banco
Se debe indicar si es a la orden o al portador
Partes que intervienen:
El que lo crea (creador) o firma el cheque se llama girador, el que paga es el
banco y el que recibe es el tomador
17.- Hable de la FACTURA simplemente (antes factura CAMBIARIA)
Ley 1231 de 2008
La crea el vendedor
La recibe el comprador
• Título valor relacionado con
– compra venta de mercancías y
– transporte de cosas Art.772
• Solo A LA ORDEN
Negociables
• por endoso y entrega
• VALIDEZ: Para su validez debe existir exacta correspondencia entre el
contrato y las facturas o sea que debe existir una relación de
causalidad.
La factura se expedida por dos causas:
Por un contrato de compra venta de mercancías, las cuales deben estar
efectivamente entregadas real y materialmente.
Por un contrato de transporte, el cual debe haberse ejecutado realmente.
La factura es un título valor de contenido crediticio, no es representativo de
mercancía, no transfiere la propiedad de la mercancía porque esto sería una
carta de porte, por ello solamente constituye título valor cuando no se ha
pagado la mercancía que ya se entregó o el servicio de transporte que ya
se prestó, para que contenga una obligación clara, expresa y exigible.
Con la factura se presentan dos casos, dependiendo si ya se pagó o no el valor
de la mercancía o servicio de transporte:
1.- Si ya se pagó el valor de la mercancía o servicio de transporte:
La factura en este caso no constituye título valor porque no hay acreencia
que cobrar.
Solamente sirve de soporte contable.
Se expide en original y una copia
Al comprador se le entrega el original que es su soporte contable del ingreso
(entrada) de la mercancía o prestación del servicio de transporte.
6. El vendedor se queda con una copia, que es su soporte contable del egreso
(salida) de la mercancía o prestación del servicio de transporte, no necesita el
original porque no tiene nada que cobrar, dado que ya le pagaron.
2.- Cuando no se ha pagado la mercancía o servicio de transporte:
La factura constituye el título valor con el cual cobra el vendedor, por eso
se queda con el original, solamente con él puede cobrar.
Adicionalmente la factura sirve de soporte contable, lo mismo que en el caso
anterior, la única diferencia es que el original lo guarda el vendedor como título
valor y como soporte contable le entrega una copia al comprador y se queda él
también con otra copia para su soporte contable.
TÍTULOS VALORES DE CONTENIDO CREDITICIO QUE CONTIENEN UNA
PROMESA DE PAGAR UNA SUMA DE DINERO: el pagaré y el bono de
prenda.
17.- Hable del PAGARÉ:
Es una promesa incondicional de pagar una suma de dinero $$
Debe contener el nombre de quien promete el pago
Tiene fecha de pago
Partes que intervienen: 2 partes
El que crea o firma el pagaré se llama otorgante, es el mismo obligado a pagar
y el que recibe se llama tomador.
Cuadro comparativo de repaso entre la letra, el cheque y el pagaré:
Lo crea Lo paga Le pagan al
Letra girador girado Tomador
Orden librador librado beneficiario
Cheque librador librado tomador
Orden (banco)
Pagaré otorgante (otorgante) tomador
Promesa
18.- Hable del BONO DE PRENDA
Este título valor esta ligado al Certificado de Depósito de Mercancías, por
eso es accesorio, la prenda se constituye sobre la mercancía que está
depositada en el Almacén General de Depósito.
7. El Bono de Prenda es un título valor que “incorpora un crédito prendario sobre
mercaderías amparadas por un certificado de depósito y confiere por sí mismo
los derechos y privilegios de la prenda.” Art.757
Títulos valores de contenido crediticio
Incorporan una promesa de pagar una suma de dinero $$
A persona determinada o indeterminada
Garantizada con prenda sobre las mismas mercancías
Bono de prenda participan 2 partes:
Aceptante u otorgante: Es el tenedor del certificado de depósito, lo crea y
se convierte en el obligado
Beneficiario o tomador: es quien concede el crédito prendario sobre las
mercancías, exige el pago directamente al tenedor del certificado e
indirectamente al Almacén.
Se expide en un formulario del Almacén General de Depósitos, que lo firma,
pero solo tiene la calidad de intermediario en el proceso de creación.
Se expiden sobre mercancía efectivamente depositada en el Almacén, salvo la
mercancía en tránsito.
Sirven para negociar los bienes, sin exponerlos a la vista del comprador, por
cuanto por lo general son perecederos y requieren permanecer bajo unas
condiciones de temperatura y protección que les brinda el almacén.
• Es un título accesorio al certificado de depósito
• Es un título causal vinculado al contrato de prenda.
TÍTULOS VALORES CORPORATIVOS O DE PARTICIPÁCIÓN: las acciones
y los bonos.
19.- Hable de las ACCIONES
Hay dos teorías, sobre si son o no son títulos valores veamos:
1.- No son títulos valores:
El Código de Comercio no las considera títulos valores.
No son título valor, dice el tratadista Gavino Pinzón, y argumenta que carecen
de los siguientes elementos para su legitimación:
Incorporación – autonomía y literalidad
2.- Si son títulos valores porque son corporativos o de participación
Sus obligaciones están no solo en la literalidad de la acción sino en los
estatutos sociales y la ley.
8. Están destinadas a circular, salvo el derecho de preferencia.
Por la legitimación se pueden negociar.
Requisitos:
Además del art. 621 los del 401 C.Co así:
• Mención del derecho y firma del suscriptor
• Nombre y domicilio de la sociedad
• Cantidad de acciones y valor nominal
• Nombre y apellidos del socio
• Constancia de los derechos en las acciones privilegiadas
20.- Hable de los BONOS:
DEFINICIÓN: “Son títulos valores que incorporan una parte alícuota de un
crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad o entidad, sujeta a la
inspección y vigilancia del gobierno” Art. 752 C.Co.
El bono es un título valor de contenido crediticio y corporativo o de
participación.
Es una forma de adquirir recursos del público para la entidad o sociedad que
los emite.
La Entidad o sociedad emisora paga unos intereses por el dinero recaudado a
través de los bonos.
El vencimiento es mínimo de 1 año mínimo.
Quienes compran los bonos tienen un representante ante la Entidad o sociedad
emisora.
TÍTULOS VALORES DE TRADICIÓN O REPRESENTATIVOS DE
MERCANCÍAS: certificado de depósito de mercancías, la carta de porte y
el conocimiento de embarque.
21.- Hable del CERTIFICADO DE DEPÓSITO DE MERCANCÍAS:
Título valor que “incorpora los derechos del depositante sobre las mercaderías
depositadas y están destinados a servir como instrumento de enajenación,
transfiriendo al adquirente los mencionados derechos.” Art. 757 C.Co
CLASE: Título de representativo de mercadería, es de tradición, otorga al
adquirente el derecho de dominio sobre la mercancía.
Intervienen 2 partes:
• Depositante de la mercancía se llama tomador o beneficiario
• Almacén general de depósito: es el creador y es el obligado que
responde por la mercancía
• Es un título principal porque tiene existencia propia
9. • Es un título causal vinculado al contrato de depósito.
Este es un título valor principal, expedido por el Almacén General de Depósito,
le sirve al propietario de la mercancía, para poder venderla sin necesidad de
exponerla físicamente ante el comprador, la entrega de la mercancía una vez
vendida se produce con la entrega del Certificado de Depósito de Mercancía, al
comprador y éste la reclama al Almacén General de Depósito, que debe
entregarla en las mismas condiciones en que la recibió, las cuales están
indicadas en el certificado.
El propietario de la mercancía mientras la tenga depositada, puede utilizarla
como garantía para los bancos que le otorguen préstamos, para lo cual puede
constituir prenda sobre estas mercancías depositadas, solicitándole al Almacén
General de Depósito que expida un bono de prenda, que entrega al banco que
le hizo el préstamo.
22.- Hable de la CARTA DE PORTE y el CONOCIMIENTO DE
EMBARQUE
Definición: Art. 767 del Código de Comercio: “La carta de porte y el
conocimiento de embarque tendrán el carácter de títulos representativos de
mercancías objeto del transporte.”
Se diferencian porque la carta de porte es para transporte terrestre y el
conocimiento de embarque es para transporte marítimo o aéreo, son
documentos que representan las mercancías en tránsito, bajo la
responsabilidad del transportador o suscriptor del documento.
Estos documentos deben ser enviados a quien va a recibir la mercancía,
porque quien tenga el documento en original es el propietario de la mercancía,
esto permite que la mercancía se pueda vender en tránsito, endosando el
documento al comprador para que la reclame al transportador.
Estos documentos están ligados al contrato de transporte y a la existencia física
de la mercancía transportada bajo la responsabilidad del transportador.
LA ACCIÓN CAMBIARIA: Arts. 780 a 821 del C.Co.
23.- Hable de la acción cambiaria.
Procede por:
• Falta de aceptación: total o parcial
• Falta de pago: total o parcial
10. La acción cambiaria directa procede:
• Contra el ACEPTANTE de una orden de pago:
Letra, cheque, C.D.T. y factura cambiaria
• Contra el OTORGANTE de una promesa de pago:
Pagaré y bono de prenda
• Contra el avalista del principal obligado
La acción cambiaria de regreso procede contra:
• Avalistas del endosante.
• Endosantes y
29.- Qué excepciones se pueden interponer en un proceso ejecutivo de
acción cambiaria y cuáles proceden en razón al suscriptor?
Se pueden interponer excepciones relativas al suscriptor, al título y al pago.
Las excepciones relacionadas con el suscriptor son:
1.- Que la persona demandada no es la misma obligada en el título valor,
puede ser por un homónimo.
2.- Que la persona que suscribió el título valor no tiene capacidad para hacerlo.
Ejemplo: un cheque girado por un interdicto, por un menor de edad sin su
representante.
3.- Que la persona que suscribió el título valor no es el representante legal y el
apoderado de quien está demandado, por lo tanto no podía suscribir títulos
valores a su nombre.
30.- Cuáles son las excepciones relacionadas con el título valor?
Son:
1.- La adulteración del título. Ejemplo el título señala presenta un repisado.
2.- La falta de entrega o la entrega sin intención de hacerlo negociable. Ej: le
sacaron el título valor del cajón del escritorio, o el tenedor recibió el título solo
para que lo guardara.
3.- El título valor está cancelado por un juez en un proceso anterior.
4.- Al título le faltan los requisitos esenciales que son la firma y la
determinación del derecho que incorpora.
5.- No era negociable. Ej: le entregaron el título valor para consignarlo y no se
podía endosar.
6.- La acción está caducada. Ej: no presentó la letra de cambio para su cobro
dentro del término, pierde el derecho a ejercer la acción cambiaria.
7.- El derecho prescribió. Ej: demanda al obligado principal a los 4 años, el
derecho prescribió a los 3 años.
31.- Cuáles son las excepciones relacionadas con el pago del título valor?
11. El demandado excepciona señalando que ya canceló el valor del título valor
motivo de la demanda.
El demandado señala que ya pagó mediante la consignación de su valor en
una cuenta de depósito judicial a cargo de beneficiario del título valor, por
cuanto no le fue presentado el título para su pago en la fecha de vencimiento y
8 días comunes después de dicho vencimiento (en la letra de cambio).
CADUCIDAD:
32.- Hable de la caducidad
Es la pérdida de la facultad para acudir a la justicia ordinaria a cobrar el título
valor y se presenta por no haber realizado las actuaciones correspondientes
para el cobro o la aceptación del título valor y el protesto, en caso de requerirlo,
dentro del término que señala la ley para cada título.
La caducidad perjudica al último tenedor porque no podrá cobrarlo
judicialmente.
Cuáles son las causales para que se presente la caducidad?
Las causales son
• Falta de presentación oportuna para la aceptación o pago.
• Falta de protesto:
• El protesto solo es obligatorio en el bono de prenda.
• En la letra, el pagaré y la factura cambiaria, solo es obligatorio si
se indica que es con protexto.
1.- La caducidad se suspende por fuerza mayor o imprevisto imposible de
resistir. Ej: naufragio, terremoto, actos de autoridad, etc.
2.-No es renunciable expresa ni tácitamente.
3.- Puede ser declarada de oficio por el juez.
PRESCRIPCIÓN
33.- Hable de la prescripción.
1.- Es la pérdida del derecho por no haber cobrado el título valor dentro del
término.
2.- Le favorece al obligado principal y a su avalista.
3.- El plazo se cuenta desde el vencimiento del título:
• 3 años contra el obligado principal
• 1 año en acción de regreso del último tenedor, favorece a endosantes y
avalistas.
• 6 meses desde que el obligado de regreso pagó.
• Excepción el cheque y bonos