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TRÁFICO ¿DE TODO?: PERSONAS, ÓRGANOS, DROGAS, ARMAS Y SECUESTRO

                                                                                     Jorge Donatt
                                                          Colegio Libre de Estudios Universitarios

INTRODUCCIÓN

El tema a tratar es de mucha preocupación a nivel mundial, ya que afecta en todos los niveles
sociales, económicos, culturales y políticos, es un tema de interés público debido a que se
desarrolla y evoluciona cada vez más rápido, es como un virus que se propaga en toda la tierra y
va dejando secuelas muy dolorosas. Muchas investigaciones se han realizado para tratar de
prevenir estos delitos, se han realizado escándalos y múltiples marchas en contra de estos, y a
pesar de ese esfuerzo no se ha disminuido el índice, se habla de tráfico de personas, de armas, de
drogas, de órganos y no dejando atrás el secuestro, pero ¿y las victimas?, quien realmente se
interesa en analizar a las víctimas de este tipo de delitos, ¿dónde queda la prevención primaria y la
secundaria?, son algunos cuestionamientos que son importantes investigar.

TRÁFICO DE PERSONAS

Entre sus sinónimos podemos encontrarlo como trata de personas, tráfico de personas, comercio
de personas y anteriormente trata de blancas, se conocía como trata de blancas, ya que en la
antigüedad solo se podía traficar con personas de color negro (afroamericano) para realizar
labores de esclavitud o asuntos sexuales, era un delito traficar con personas de color “blanca”, hoy
en día sabemos que ya no importa la raza, el sexo ni la edad que tenga la persona. Según la ONU
describe a este acto como: la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de
personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al
fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o
recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga
autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la
explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios
forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de
órganos (Organización de las Naciones Unidas, 2004), esta definición surgió en Palermo Italia en
el 2000 gracias al Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de
personas.

Algunos de los lugares más reconocidos donde existe este tipo de delitos, se encuentran Baja
California, Tlaxcala, Distrito Federal en el cual encontramos a la merced, indios verdes, santa fe,
centra de abastos, la villa, calzada de Tlalpan, entre otros muchos lugares, también en Oaxaca,
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Tamaulipas, Ciudad Juárez, y muchos lugares más.

En la ley para prevenir y sancionar la trata de personas (Cámara de Diputados del H. Congreso de
la Unión, 2010) en su artículo 5 menciona que: Comete el delito de trata de personas quien
promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero,
a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para
someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la
esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes. La persona

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que contrate publicidad por cualquier medio de comunicación, así como la persona que publique
anuncios, que encuadren en alguna de las conductas del delito de trata de personas será
sancionada conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley. Esta misma ley a lo que se refiere
la pena o castigo, es mencionado en sus artículos 6 y 7 que se expresa textualmente como:

Articulo 6.- A quien cometa el delito de trata de personas se le aplicará:

I. De seis a doce años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa;
II. De nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta
días multa, si el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad o
en contra de persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o
capacidad para resistirlo;

Articulo 7.- La tentativa del delito de trata de personas se sancionará con pena de prisión que no
será menor a la pena mínima y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima
prevista para el delito consumado.

Este delito es un negocio internacional, tiene muchas formas y mecanismos de explotación como
son la laboral que dentro de esta los podremos encontrar en fábricas, maquiladoras, agricultura,
minería, construcción, pesca, mendicidad, trabajo doméstico, entre otros, otro mecanismo es el
sexual en el sector prostitución forzada, pornografía (fotos, películas, internet), pedofilia, turismo
sexual, embarazos forzados, otro mecanismo es la esclavitud y la del tráfico de órganos en donde
se realiza la sustracción ilícita de órganos, tejidos o componentes del cuerpo para poder ser
vendidos.

Aunque muchas veces la gente confunde el tráfico de personas con el tráfico ilegal de migrantes
estas dos son muy diferentes en tres aspectos que a continuación se mencionan:

1. Consentimiento: en el caso de tráfico ilegal de migrantes, que suele realizarse en condiciones
peligrosas o degradantes, los migrantes consienten en ese tráfico. Las víctimas de la trata, por el
contrario, nunca han consentido o, si lo hicieron inicialmente, ese consentimiento ha perdido todo
su valor por la coacción, el engaño o el abuso de los traficantes.

2. Explotación: el tráfico ilegal termina con la llegada de los migrantes a su destino, en tanto que la
trata implica la explotación persistente de las víctimas de alguna manera para generar ganancias
ilegales para los traficantes. Desde un punto de vista práctico, las víctimas de la trata también
suelen resultar más gravemente afectadas y tener más necesidad de protección frente a una nueva
victimización y otras formas de abuso que los migrantes clandestinos.

3. Transnacionalidad: el tráfico ilegal es siempre transnacional, mientras que la trata puede no
serlo. Ésta puede tener lugar independientemente de si las víctimas son trasladadas a otro Estado
o sólo desplazadas de un lugar a otro dentro del mismo Estado.

Para poder prevenir este tipo de delitos es necesario implementar mecanismos de defensa, cursos
y talleres en las escuelas, medios de comunicación, platicas informativas para que la sociedad este
inmersa en información, distinga y tenga en cuenta algunos de los modus operandi de este tipo de

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delitos, así como realizar políticas criminológicas, donde se tengan estrategias y tácticas para
combatir este delito, así como apoyo de las autoridades que no se dejen corromper por dinero y
que tengan en cuenta que la vida no se compra y a una persona tampoco.

TRÁFICO DE ORGANOS

Este delito se refiere a la compra y venta de una parte del cuerpo, es una acción de la delincuencia
organizada, destinada a proveer de órganos a los ricos consiguiéndolo a partir de personas pobres,
digamos que es un Robín Hood de órganos pero invertido.

Este tema es algo difuso, dudoso y abre muchas interrogantes, debido a los mitos que se han ido
difundiendo y modificando a través de la historia como es el clásico En los años 90 en su versión
más común, su protagonista es una persona que se despierta en la habitación de un hotel, en una
bañera llena de hielo. Comprende que alguien le ha drogado, y encuentra una nota en la que se la
informa de que se le ha extraído algún órgano (por ejemplo, los riñones o el hígado) y se le
aconseja que llame al servicio de urgencias para que vengan a buscarlo. Mismo que se ha ido
modificando con los años, hacia 1995, la historia mutó la víctima despertaba sola en una bañera
llena de hielo, con una nota de sus verdugos que decía: si quieres vivir, llama al 911. En 1997, la
historia se difundió a través de la red con una cadena de correos electrónicos. Es así como se fue
propagando el miedo a este delito. En España, las versiones que circulan suelen tener como
protagonista a un adolescente que realiza un viaje de estudios a Estados Unidos. En algún garito,
liga con una mujer fascinante y se separa de sus amigos. De ahí que se realizó una película
dirigida por Roth (2005) de nombre “Hostel” la cual es una película de terror, protagonizada por Jay
Hernández, Derek Richardson, Jennifer Lim, Eythor Gudjonsson y Barbará Nedeljáková.

Para que con el trasplante se puedan salvar vidas humanas se necesitan órganos y para tener
órganos se necesitan donantes. Sin órganos no hay trasplantes y sin donantes no hay órganos. La
desesperación por seguir viviendo alimenta el aterrador negocio del tráfico clandestino de órganos
humanos en el mundo, una actividad que no conoce fronteras ni límites.

Sólo en México se realizan más de 4,000 trasplantes legales al año; además, más de 8,000
personas están en lista de espera, de las que 15% mueren al no recibir un órgano, informa el
Centro Nacional de Trasplantes (Cenatra, 2012).

En un artículo del periódico Excélsior (Vega, 2011) encontró que en México sólo existen 416
hospitales para llevar a cabo un trasplante de órganos.

Al día de hoy existen 15799 personas que esperan un trasplante, esto con las cifras de Cenatra
(2012) las cuales se distribuyen de la siguiente manera:

- 8211 personas esperan recibir un trasplante de Riñón
- 7187 personas esperan recibir un trasplante de Cornea
- 340 personas esperan recibir un trasplante de Hígado
- 40 personas esperan recibir un trasplante de Corazón
- 10 personas esperan recibir un trasplante de Riñón - Páncreas
- 5 personas esperan recibir un trasplante de Páncreas

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- 4 personas esperan recibir un trasplante de Pulmón
- 1 personas esperan recibir un trasplante de Hígado-Riñón
- 1 personas esperan recibir un trasplante de Corazón-Riñón

A la fecha se han reportado en el Sistema Informático del Registro Nacional de Trasplantes
(SIRNT):

- 501 trasplantes de Cornea
- 448 trasplantes de Riñón
- 21 trasplantes de Hígado
- 6 trasplantes de Corazón
- trasplantes de Riñón-Páncreas

La ley general de salud (1984) en su artículo 461 menciona que: al que saque o pretenda sacar del
territorio nacional, órganos, tejidos y sus componentes de seres humanos vivos o cadáveres, sin
permiso de la Secretaría de Salud, se le impondrá prisión de uno a ocho años y multa por el
equivalente de diez a ciento veinticinco días de salario mínimo general vigente en la zona
económica de que se trate. En el 462 se impondrá de dos a seis años de prisión y multa por el
equivalente a ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en la zona económica de
que se trate: I. Al que ilícitamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre órganos, tejidos
y sus componentes, cadáveres o fetos de seres humanos, y II. Al que comercie con órganos,
tejidos, incluyendo la sangre y sus componentes, cadáveres, fetos o restos de seres humanos. Si
intervinieren profesionistas, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud, se les aplicará
además suspensión de uno a tres años en el ejercicio profesional y hasta cinco años más en caso
de reincidencia. Y por ultimo en el 320 y 322 establecen que "se considerará disposición ilícita de
órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos, aquella que se realice en contra de la ley y el
orden público." "Queda prohibido realizar el trasplante de un órgano único esencial para la
conservación de la vida y no regenerable de un cuerpo humano vivo a otro cuerpo humano vivo."
Ahora bien, será cierto que se puedan cumplir esos mitos que mencionaban donde encontraban a
una personas en la bañera sabiendo que el tiempo de vida para los órganos son para el riñón lo
normal son 24 horas aunque es posible que funcionen tras conservación en frío hasta 48 horas,
para el corazón y pulmones solo pueden mantenerse durante unas seis horas. Hígado y páncreas
hasta 12 horas. Las córneas son válidas para trasplante hasta siete días de mantenimiento a 4º C.,
mismo ejemplo lo podemos ver con los alimentos congelados que duran y duran en congelación,
pero si una extracción de órganos dura entre 3 y 6 horas habitualmente, el mito se hará realidad o
seguirá siendo un mito.

Aunque muchos admiten que en México no existe el tráfico de órganos, entre ellos es el Dr. José
Ángel Córdova Villalobos y el Dr. Enrique Gutiérrez Martínez director de la CENATRA, la PGR ha
obtenido cuatro órdenes de aprehensión en lo que va del sexenio vinculadas al tráfico de órganos,
de acuerdo con estadísticas del Sistema Único de Mandamientos Judiciales (Sumaj). La PGR ha
recibido 36 denuncias por tráfico de órganos, de las cuales sólo ha consignado ante un juez federal
cuatro averiguaciones previas, por lo que obtuvo las órdenes de captura según fuentes
informativas del periódico Excélsior (Vega, 2011). Con ello el mito se hace realidad.



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TRÁFICO DE DROGAS

Bien lo dice Paracelso: nada es veneno, todo depende de la dosis. La Organización Mundial de la
Salud (OMS) nos menciona que las drogas son: toda sustancia que, introducida en el organismo
puede modificar una o más funciones de este, capaz de generar dependencia caracterizada por
modificaciones del comportamiento y por otras reacciones que comprenden siempre la pulsión a
tomar la sustancia, de un modo continuado o periódico, a fin de obtener sus efectos y, a veces de
evitar el malestar de su falta.

Podemos encontrar varios sinónimos para los adictos como son: El yonki, el atascado, el que se
las truena, el toxicómano, el pasota, el drogadicto, el drogata, el mafufo, el macizo, el ticato, el
pastocho, el pingüino, el aceituno, el piloto, el pacheco, el grifo, el coco, el nieves, el chucho, entre
otros más. Existen muchos tipos de drogas como la marihuana, clorhidrato de cocaína, sulfato de
cocaína, heroína, metanfetamina, morfina, diazepam, LSD, entre otros

Por parte de los productores los principales países dedicados al cultivo ilícito de coca y adormidera,
se encuentran focalizados en América del norte (México), mientras que en Sudamérica concentran
estos cultivos los países de Perú, Colombia y Bolivia; entre tanto en el continente asiático están
Afganistán, irán y Paquistán (media luna dorada), finalmente los países de Birmania, laos y
Tailandia (triangulo dorado). Por parte de los consumidores de drogas ilícitas son mucho menos
que los fumadores o los que toman alcohol. Sin embargo, su número está alcanzando en la
actualidad entre el 4 y 5% de la población mundial, la cocaína es la sustancia psicotrópica más
requerida, al tiempo que los estimulantes sintéticos están ganando más popularidad, en particular
entre la juventud urbana, mientras tanto, en algunos países, la heroína conquista un nuevo
mercado en las clases más pudientes.

Aunque Dios creó al hombre y a la mujer a su imagen y semejanza, y les bendijo llenando al
mundo de plantas y animales que nunca los dejarían solos, el hombre ha transformado esa
bendición en adicción que se ha ido incrementando y afectando a la sociedad en los factores socio-
económicos, y esto ha dejado un impacto del narcomenudeo por lo menos en el distrito federal
como son la desestabilización del Gobierno, capacidad de financiamiento, desestabilización de la
economía, desestabilización de la sociedad civil, aumento de la criminalidad como el secuestros,
homicidios, pandillas, aumento del consumo de droga y sus secuelas sociales que afectan a la
salud, educación, productividad y a la desintegración de la familia.

La ley general de salud (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 1984) en su artículo
478 que nos menciona que.- No se procederá penalmente en contra de la persona que posea
medicamentos que contengan sustancias clasificadas como narcóticos, cuya venta al público se
encuentre supeditada a requisitos especiales de adquisición, cuando por su naturaleza y cantidad
dichos medicamentos sean los necesarios para el tratamiento de la persona que los posea o de
otras personas sujetas a la custodia o asistencia de quien los tiene en su poder.

Aunque se intentara eliminar la drogadicción o venta ilegal de drogar, no disminuirá el índice de
adicciones, ya que se sabe que en 1920 se llevo a cabo la ley Volstead o ley seca al prohibir el
consumo de droga, aumento el consumo de alcohol, así que tendríamos otro problema social que
habría que solucionar.

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TRÁFICO DE ARMAS

Es el intercambio de armas entre dos partes, generalmente aunque no exclusivamente entre
países soberanos.

Lo que hace de los seres humanos la especie dominante sobre este planeta -siempre y cuando las
bacterias y los virus lo sigan permitiendo- es su capacidad para adaptarse al medio ambiente,
transformarlo y, en algunos casos, destruirlo. Estas acciones serían imposibles si la especie
humana no contara con un quinto dedo opuesto. El dedo pulgar, y el desarrollo de nuestro cerebro,
llevaron a los primeros homo sapiens a utilizar objetos a modo de herramientas. Tenemos como
especie miles años desarrollando y perfeccionando herramientas e instrumentos, cada vez más
complejos y funcionales. De la piedra al metal, del acero a los polímeros y de allí al silicio; las
herramientas forman parte indisoluble de nuestra realidad cotidiana.

En la dualidad constante de nuestra especie encontramos herramientas para curar, para ayudar a
la vida, para hacer nuestra existencia más fácil y agradable, y también, por supuesto, herramientas
para matar y hacer daño. El abanico en ambos extremos es amplio y, del grupo de instrumentos
para hacer daño, las armas de fuego ocupan un lugar central en nuestras sociedades. No es sólo
su uso, sino su posesión, actualmente, asistimos a otro momento de tensión entre los Estados que
poseen o pretenden desarrollar misiles de largo alcance que, en su interior, podrían contener ojivas
termonucleares. Los conocimientos de balística, desarrollados hace más de ochocientos años, son
los mismos que siguen aplicándose en las armas de fuego pequeñas y livianas, uno de los bienes
de consumo delictivo que, junto con el tráfico de drogas y de personas, preocupan a la comunidad
internacional y a los Estados en particular.

La producción de armas de fuego pequeño y liviano representa ingresos por varios cientos de
millones de dólares, los países productores de este tipo de armas son E.U.A., Brasil, Bélgica,
China, Austria, Italia, Alemania, Rusia y Reino Unido, que con facilidad, apoyo de autoridades y el
modus operandi denominado tráfico hormiga, son introducidos a nuestro país sin ningún problema,
aunque Ley federal de armas de fuego y explosivos (1972) sancionaran según el siguiente
artículos:

Artículo 84.- Se impondrá de cinco a treinta años de prisión y de veinte a quinientos días multa:

I. Al que participe en la introducción al territorio nacional, en forma clandestina, de armas,
municiones, cartuchos, explosivos y materiales de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza
Aérea o sujetos a control, de acuerdo con esta Ley; II. Al servidor público, que estando obligado
por sus funciones a impedir esta introducción, no lo haga. Además, se le impondrá la destitución
del empleo o cargo e inhabilitación para desempeñar cualquier cargo o comisión públicos, y III. A
quien adquiera los objetos a que se refiere la fracción I para fines mercantiles.

Los efectos psicológicos, económicos y sociales de la violencia armada provocan un impacto
profundo no sólo en aquellos que sobrevivieron a la violencia directa sino también en sus familias,
amigos, colegas y comunidades. En Papúa Nueva Guinea donde muchas comunidades se
encuentran destrozadas por la violencia armada, un habitante declaró: “En mi pueblo cada hombre


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posee un arma, un arma propia. Si no tienes un arma propia, entonces “Yu nogat nem”, no eres
nadie en el pueblo. Pueden violar a tu esposa. Pueden robarte. Pueden hacerte cualquier cosa”.

SECUESTRO

Acto por el que se le priva de libertad de forma ilegal a una persona, con el objetivo de conseguir
un rescate u obtener cualquier tipo de crédito político, económico o mediático. Este delito se
castiga según la ley general para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro (2010)
en el artículo 9.- Al que prive de la libertad a otro se le aplicarán:

I. De veinte a cuarenta años de prisión y de quinientos a dos mil días multa, si la privación de la
libertad se efectúa con el propósito de:

a) Obtener, para sí o para un tercero, rescate o cualquier beneficio;
b) Detener en calidad de rehén a una persona y amenazar con privarla de la vida o con causarle
daño, para obligar a sus familiares o a un particular a que realice o deje de realizar un acto
cualquiera;
c) Causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a terceros; o
d) Cometer secuestro exprés, desde el momento mismo de su realización, entendiéndose por
éste, el que, para ejecutar los delitos de robo o extorsión, prive de la libertad a otro. Lo anterior,
con independencia de las demás sanciones que conforme a esta Ley le correspondan por otros
delitos que de su conducta resulten.

Se puede observar algunas variantes como el secuestro tradicional, el exprés, la virtual o también
llamada extorción telefónica, levantón o ajustes de cuentas las cuales son más usadas en bandas
o delincuencia organizada, pero también se puede dividir según las personas que realicen el acto,
como pueden ser profesionales, improvisados, en aviones, en vehículos y otros inmuebles como
bancos, etc.

En este delito se han observado que existen 2 factores explicativos, uno de ellos es un notable
incremento en la participación de policías, ex policías y militares que apoyan a los delincuentes, y
el segundo factor es el uso de la tecnología para delinquir. Hoy existen bandas con un alto grado
de conocimientos en sistemas de comunicación que les permite intervenir, clonar
telecomunicaciones y generar pistas falsas sobre la ubicación y origen de llamadas para negociar.
Uno de los trastornos psicológicos que pueden derivarse de un secuestro es el llamado síndrome
de Estocolmo, esta es una reacción psíquica en la cual la víctima de un secuestro desarrolla una
relación de complicidad con quien la ha secuestrado. En ocasiones, dichas personas secuestradas
pueden acabar ayudando a sus captores a alcanzar sus fines o a evadir a la policía.

Lamentablemente para esta situación la atención psicológica a las víctimas de secuestro por parte
de la autoridad, sigue siendo pésima, carente de sentido humano y en muchos casos se cometen
más abusos contra la víctima desde el proceso de denuncia.

Existen medidas preventivas que muy poca gente conoce para intentar no ser víctima de este tipo
de delitos, son 6 lugares primordiales donde se tiene que observar con detenimiento las


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situaciones, los momentos y las sospechas, esos seis lugares son la casa, escuela, oficina, los
traslados entre ellos, los viajes y sobre todo en la calle.

CONCLUSIÓN

Con la relación entre los anteriores temas y un análisis minucioso con estadísticas, una buena
logística, tecnología, táctica y estrategias, quizás no podremos eliminar en su totalidad los delitos
porque sería entrar en una utopía social, pero si podremos disminuir el gran índice delictivo, del
mismo modo, no permitir la corrupción por parte de las autoridades que controlan las aduanas, ya
que la mayora de estos delitos tienen que pasar por supervisión de alguna autoridad.

La participación ciudadana es de vital importancia para prevenir los delitos de cualquier índole, ya
que son el primer contacto con los delincuentes, como lo menciona Emma Goldman: una sociedad
tiene todos los delincuentes que se merece. No dejando atrás a los medios de comunicación que
muchos de ellos en lugar de transmitir programas preventivos, transmiten violencia, y en algunas
ocasiones incitan a los televidentes a cometer algún delito, este factor hay que tenerlo muy en
cuenta así como la educación que se les brinda a los estudiantes en las escuelas, y así cubriendo
las necesidades en la casa, en la escuela y los medios de comunicación que son los lugares donde
la mayor parte del tiempo se la pasan los jóvenes, se podrá disminuir los índices delictivos.

BIBLIOGRAFÍA

Cámara de Diputados, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, dirección en internet:
www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/102.pdf, 1972, México.

Cámara     de   Diputados,     Ley     General     de    Salud,         dirección    en     internet:
www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142.pdf, 1984, México.

Cámara de Diputados, Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro,
dirección en internet: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPSDMS.pdf, 2010, México.

Cámara de Diputados, Ley Para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, dirección en internet:
www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPSTP.pdf, 2007, México

Centro    Nacional     de       Trasplantes,      estadísticas,      dirección    de     internet:
www.cenatra.salud.gob.mx/interior/trasplante_estadisticas.html, fecha de consulta 22 de marzo del
2012.

Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, dirección en Internet:
www.unodc.org/documents/treaties/UNTOC/Publications/TOC%20Convention/TOCebook-s.pdf,
2004, Nueva York.

VEGA, Aurora, “Confirma la PGR cuatro casos de tráfico de órganos”, Excélsior, dirección en
internet: www.excelsior.com.mx/index.php?m=nota&id_nota=741168, fecha de consulta: 23 de
marzo del 2012.


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  • 1. TRÁFICO ¿DE TODO?: PERSONAS, ÓRGANOS, DROGAS, ARMAS Y SECUESTRO Jorge Donatt Colegio Libre de Estudios Universitarios INTRODUCCIÓN El tema a tratar es de mucha preocupación a nivel mundial, ya que afecta en todos los niveles sociales, económicos, culturales y políticos, es un tema de interés público debido a que se desarrolla y evoluciona cada vez más rápido, es como un virus que se propaga en toda la tierra y va dejando secuelas muy dolorosas. Muchas investigaciones se han realizado para tratar de prevenir estos delitos, se han realizado escándalos y múltiples marchas en contra de estos, y a pesar de ese esfuerzo no se ha disminuido el índice, se habla de tráfico de personas, de armas, de drogas, de órganos y no dejando atrás el secuestro, pero ¿y las victimas?, quien realmente se interesa en analizar a las víctimas de este tipo de delitos, ¿dónde queda la prevención primaria y la secundaria?, son algunos cuestionamientos que son importantes investigar. TRÁFICO DE PERSONAS Entre sus sinónimos podemos encontrarlo como trata de personas, tráfico de personas, comercio de personas y anteriormente trata de blancas, se conocía como trata de blancas, ya que en la antigüedad solo se podía traficar con personas de color negro (afroamericano) para realizar labores de esclavitud o asuntos sexuales, era un delito traficar con personas de color “blanca”, hoy en día sabemos que ya no importa la raza, el sexo ni la edad que tenga la persona. Según la ONU describe a este acto como: la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos (Organización de las Naciones Unidas, 2004), esta definición surgió en Palermo Italia en el 2000 gracias al Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas. Algunos de los lugares más reconocidos donde existe este tipo de delitos, se encuentran Baja California, Tlaxcala, Distrito Federal en el cual encontramos a la merced, indios verdes, santa fe, centra de abastos, la villa, calzada de Tlalpan, entre otros muchos lugares, también en Oaxaca, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Tamaulipas, Ciudad Juárez, y muchos lugares más. En la ley para prevenir y sancionar la trata de personas (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2010) en su artículo 5 menciona que: Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes. La persona 1 Vol. IX agosto-diciembre 2012 www.somecrimnl.es.tl
  • 2. que contrate publicidad por cualquier medio de comunicación, así como la persona que publique anuncios, que encuadren en alguna de las conductas del delito de trata de personas será sancionada conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley. Esta misma ley a lo que se refiere la pena o castigo, es mencionado en sus artículos 6 y 7 que se expresa textualmente como: Articulo 6.- A quien cometa el delito de trata de personas se le aplicará: I. De seis a doce años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa; II. De nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, si el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad o en contra de persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo; Articulo 7.- La tentativa del delito de trata de personas se sancionará con pena de prisión que no será menor a la pena mínima y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima prevista para el delito consumado. Este delito es un negocio internacional, tiene muchas formas y mecanismos de explotación como son la laboral que dentro de esta los podremos encontrar en fábricas, maquiladoras, agricultura, minería, construcción, pesca, mendicidad, trabajo doméstico, entre otros, otro mecanismo es el sexual en el sector prostitución forzada, pornografía (fotos, películas, internet), pedofilia, turismo sexual, embarazos forzados, otro mecanismo es la esclavitud y la del tráfico de órganos en donde se realiza la sustracción ilícita de órganos, tejidos o componentes del cuerpo para poder ser vendidos. Aunque muchas veces la gente confunde el tráfico de personas con el tráfico ilegal de migrantes estas dos son muy diferentes en tres aspectos que a continuación se mencionan: 1. Consentimiento: en el caso de tráfico ilegal de migrantes, que suele realizarse en condiciones peligrosas o degradantes, los migrantes consienten en ese tráfico. Las víctimas de la trata, por el contrario, nunca han consentido o, si lo hicieron inicialmente, ese consentimiento ha perdido todo su valor por la coacción, el engaño o el abuso de los traficantes. 2. Explotación: el tráfico ilegal termina con la llegada de los migrantes a su destino, en tanto que la trata implica la explotación persistente de las víctimas de alguna manera para generar ganancias ilegales para los traficantes. Desde un punto de vista práctico, las víctimas de la trata también suelen resultar más gravemente afectadas y tener más necesidad de protección frente a una nueva victimización y otras formas de abuso que los migrantes clandestinos. 3. Transnacionalidad: el tráfico ilegal es siempre transnacional, mientras que la trata puede no serlo. Ésta puede tener lugar independientemente de si las víctimas son trasladadas a otro Estado o sólo desplazadas de un lugar a otro dentro del mismo Estado. Para poder prevenir este tipo de delitos es necesario implementar mecanismos de defensa, cursos y talleres en las escuelas, medios de comunicación, platicas informativas para que la sociedad este inmersa en información, distinga y tenga en cuenta algunos de los modus operandi de este tipo de 2 Vol. IX agosto-diciembre 2012 www.somecrimnl.es.tl
  • 3. delitos, así como realizar políticas criminológicas, donde se tengan estrategias y tácticas para combatir este delito, así como apoyo de las autoridades que no se dejen corromper por dinero y que tengan en cuenta que la vida no se compra y a una persona tampoco. TRÁFICO DE ORGANOS Este delito se refiere a la compra y venta de una parte del cuerpo, es una acción de la delincuencia organizada, destinada a proveer de órganos a los ricos consiguiéndolo a partir de personas pobres, digamos que es un Robín Hood de órganos pero invertido. Este tema es algo difuso, dudoso y abre muchas interrogantes, debido a los mitos que se han ido difundiendo y modificando a través de la historia como es el clásico En los años 90 en su versión más común, su protagonista es una persona que se despierta en la habitación de un hotel, en una bañera llena de hielo. Comprende que alguien le ha drogado, y encuentra una nota en la que se la informa de que se le ha extraído algún órgano (por ejemplo, los riñones o el hígado) y se le aconseja que llame al servicio de urgencias para que vengan a buscarlo. Mismo que se ha ido modificando con los años, hacia 1995, la historia mutó la víctima despertaba sola en una bañera llena de hielo, con una nota de sus verdugos que decía: si quieres vivir, llama al 911. En 1997, la historia se difundió a través de la red con una cadena de correos electrónicos. Es así como se fue propagando el miedo a este delito. En España, las versiones que circulan suelen tener como protagonista a un adolescente que realiza un viaje de estudios a Estados Unidos. En algún garito, liga con una mujer fascinante y se separa de sus amigos. De ahí que se realizó una película dirigida por Roth (2005) de nombre “Hostel” la cual es una película de terror, protagonizada por Jay Hernández, Derek Richardson, Jennifer Lim, Eythor Gudjonsson y Barbará Nedeljáková. Para que con el trasplante se puedan salvar vidas humanas se necesitan órganos y para tener órganos se necesitan donantes. Sin órganos no hay trasplantes y sin donantes no hay órganos. La desesperación por seguir viviendo alimenta el aterrador negocio del tráfico clandestino de órganos humanos en el mundo, una actividad que no conoce fronteras ni límites. Sólo en México se realizan más de 4,000 trasplantes legales al año; además, más de 8,000 personas están en lista de espera, de las que 15% mueren al no recibir un órgano, informa el Centro Nacional de Trasplantes (Cenatra, 2012). En un artículo del periódico Excélsior (Vega, 2011) encontró que en México sólo existen 416 hospitales para llevar a cabo un trasplante de órganos. Al día de hoy existen 15799 personas que esperan un trasplante, esto con las cifras de Cenatra (2012) las cuales se distribuyen de la siguiente manera: - 8211 personas esperan recibir un trasplante de Riñón - 7187 personas esperan recibir un trasplante de Cornea - 340 personas esperan recibir un trasplante de Hígado - 40 personas esperan recibir un trasplante de Corazón - 10 personas esperan recibir un trasplante de Riñón - Páncreas - 5 personas esperan recibir un trasplante de Páncreas 3 Vol. IX agosto-diciembre 2012 www.somecrimnl.es.tl
  • 4. - 4 personas esperan recibir un trasplante de Pulmón - 1 personas esperan recibir un trasplante de Hígado-Riñón - 1 personas esperan recibir un trasplante de Corazón-Riñón A la fecha se han reportado en el Sistema Informático del Registro Nacional de Trasplantes (SIRNT): - 501 trasplantes de Cornea - 448 trasplantes de Riñón - 21 trasplantes de Hígado - 6 trasplantes de Corazón - trasplantes de Riñón-Páncreas La ley general de salud (1984) en su artículo 461 menciona que: al que saque o pretenda sacar del territorio nacional, órganos, tejidos y sus componentes de seres humanos vivos o cadáveres, sin permiso de la Secretaría de Salud, se le impondrá prisión de uno a ocho años y multa por el equivalente de diez a ciento veinticinco días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate. En el 462 se impondrá de dos a seis años de prisión y multa por el equivalente a ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate: I. Al que ilícitamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre órganos, tejidos y sus componentes, cadáveres o fetos de seres humanos, y II. Al que comercie con órganos, tejidos, incluyendo la sangre y sus componentes, cadáveres, fetos o restos de seres humanos. Si intervinieren profesionistas, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud, se les aplicará además suspensión de uno a tres años en el ejercicio profesional y hasta cinco años más en caso de reincidencia. Y por ultimo en el 320 y 322 establecen que "se considerará disposición ilícita de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos, aquella que se realice en contra de la ley y el orden público." "Queda prohibido realizar el trasplante de un órgano único esencial para la conservación de la vida y no regenerable de un cuerpo humano vivo a otro cuerpo humano vivo." Ahora bien, será cierto que se puedan cumplir esos mitos que mencionaban donde encontraban a una personas en la bañera sabiendo que el tiempo de vida para los órganos son para el riñón lo normal son 24 horas aunque es posible que funcionen tras conservación en frío hasta 48 horas, para el corazón y pulmones solo pueden mantenerse durante unas seis horas. Hígado y páncreas hasta 12 horas. Las córneas son válidas para trasplante hasta siete días de mantenimiento a 4º C., mismo ejemplo lo podemos ver con los alimentos congelados que duran y duran en congelación, pero si una extracción de órganos dura entre 3 y 6 horas habitualmente, el mito se hará realidad o seguirá siendo un mito. Aunque muchos admiten que en México no existe el tráfico de órganos, entre ellos es el Dr. José Ángel Córdova Villalobos y el Dr. Enrique Gutiérrez Martínez director de la CENATRA, la PGR ha obtenido cuatro órdenes de aprehensión en lo que va del sexenio vinculadas al tráfico de órganos, de acuerdo con estadísticas del Sistema Único de Mandamientos Judiciales (Sumaj). La PGR ha recibido 36 denuncias por tráfico de órganos, de las cuales sólo ha consignado ante un juez federal cuatro averiguaciones previas, por lo que obtuvo las órdenes de captura según fuentes informativas del periódico Excélsior (Vega, 2011). Con ello el mito se hace realidad. 4 Vol. IX agosto-diciembre 2012 www.somecrimnl.es.tl
  • 5. TRÁFICO DE DROGAS Bien lo dice Paracelso: nada es veneno, todo depende de la dosis. La Organización Mundial de la Salud (OMS) nos menciona que las drogas son: toda sustancia que, introducida en el organismo puede modificar una o más funciones de este, capaz de generar dependencia caracterizada por modificaciones del comportamiento y por otras reacciones que comprenden siempre la pulsión a tomar la sustancia, de un modo continuado o periódico, a fin de obtener sus efectos y, a veces de evitar el malestar de su falta. Podemos encontrar varios sinónimos para los adictos como son: El yonki, el atascado, el que se las truena, el toxicómano, el pasota, el drogadicto, el drogata, el mafufo, el macizo, el ticato, el pastocho, el pingüino, el aceituno, el piloto, el pacheco, el grifo, el coco, el nieves, el chucho, entre otros más. Existen muchos tipos de drogas como la marihuana, clorhidrato de cocaína, sulfato de cocaína, heroína, metanfetamina, morfina, diazepam, LSD, entre otros Por parte de los productores los principales países dedicados al cultivo ilícito de coca y adormidera, se encuentran focalizados en América del norte (México), mientras que en Sudamérica concentran estos cultivos los países de Perú, Colombia y Bolivia; entre tanto en el continente asiático están Afganistán, irán y Paquistán (media luna dorada), finalmente los países de Birmania, laos y Tailandia (triangulo dorado). Por parte de los consumidores de drogas ilícitas son mucho menos que los fumadores o los que toman alcohol. Sin embargo, su número está alcanzando en la actualidad entre el 4 y 5% de la población mundial, la cocaína es la sustancia psicotrópica más requerida, al tiempo que los estimulantes sintéticos están ganando más popularidad, en particular entre la juventud urbana, mientras tanto, en algunos países, la heroína conquista un nuevo mercado en las clases más pudientes. Aunque Dios creó al hombre y a la mujer a su imagen y semejanza, y les bendijo llenando al mundo de plantas y animales que nunca los dejarían solos, el hombre ha transformado esa bendición en adicción que se ha ido incrementando y afectando a la sociedad en los factores socio- económicos, y esto ha dejado un impacto del narcomenudeo por lo menos en el distrito federal como son la desestabilización del Gobierno, capacidad de financiamiento, desestabilización de la economía, desestabilización de la sociedad civil, aumento de la criminalidad como el secuestros, homicidios, pandillas, aumento del consumo de droga y sus secuelas sociales que afectan a la salud, educación, productividad y a la desintegración de la familia. La ley general de salud (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 1984) en su artículo 478 que nos menciona que.- No se procederá penalmente en contra de la persona que posea medicamentos que contengan sustancias clasificadas como narcóticos, cuya venta al público se encuentre supeditada a requisitos especiales de adquisición, cuando por su naturaleza y cantidad dichos medicamentos sean los necesarios para el tratamiento de la persona que los posea o de otras personas sujetas a la custodia o asistencia de quien los tiene en su poder. Aunque se intentara eliminar la drogadicción o venta ilegal de drogar, no disminuirá el índice de adicciones, ya que se sabe que en 1920 se llevo a cabo la ley Volstead o ley seca al prohibir el consumo de droga, aumento el consumo de alcohol, así que tendríamos otro problema social que habría que solucionar. 5 Vol. IX agosto-diciembre 2012 www.somecrimnl.es.tl
  • 6. TRÁFICO DE ARMAS Es el intercambio de armas entre dos partes, generalmente aunque no exclusivamente entre países soberanos. Lo que hace de los seres humanos la especie dominante sobre este planeta -siempre y cuando las bacterias y los virus lo sigan permitiendo- es su capacidad para adaptarse al medio ambiente, transformarlo y, en algunos casos, destruirlo. Estas acciones serían imposibles si la especie humana no contara con un quinto dedo opuesto. El dedo pulgar, y el desarrollo de nuestro cerebro, llevaron a los primeros homo sapiens a utilizar objetos a modo de herramientas. Tenemos como especie miles años desarrollando y perfeccionando herramientas e instrumentos, cada vez más complejos y funcionales. De la piedra al metal, del acero a los polímeros y de allí al silicio; las herramientas forman parte indisoluble de nuestra realidad cotidiana. En la dualidad constante de nuestra especie encontramos herramientas para curar, para ayudar a la vida, para hacer nuestra existencia más fácil y agradable, y también, por supuesto, herramientas para matar y hacer daño. El abanico en ambos extremos es amplio y, del grupo de instrumentos para hacer daño, las armas de fuego ocupan un lugar central en nuestras sociedades. No es sólo su uso, sino su posesión, actualmente, asistimos a otro momento de tensión entre los Estados que poseen o pretenden desarrollar misiles de largo alcance que, en su interior, podrían contener ojivas termonucleares. Los conocimientos de balística, desarrollados hace más de ochocientos años, son los mismos que siguen aplicándose en las armas de fuego pequeñas y livianas, uno de los bienes de consumo delictivo que, junto con el tráfico de drogas y de personas, preocupan a la comunidad internacional y a los Estados en particular. La producción de armas de fuego pequeño y liviano representa ingresos por varios cientos de millones de dólares, los países productores de este tipo de armas son E.U.A., Brasil, Bélgica, China, Austria, Italia, Alemania, Rusia y Reino Unido, que con facilidad, apoyo de autoridades y el modus operandi denominado tráfico hormiga, son introducidos a nuestro país sin ningún problema, aunque Ley federal de armas de fuego y explosivos (1972) sancionaran según el siguiente artículos: Artículo 84.- Se impondrá de cinco a treinta años de prisión y de veinte a quinientos días multa: I. Al que participe en la introducción al territorio nacional, en forma clandestina, de armas, municiones, cartuchos, explosivos y materiales de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea o sujetos a control, de acuerdo con esta Ley; II. Al servidor público, que estando obligado por sus funciones a impedir esta introducción, no lo haga. Además, se le impondrá la destitución del empleo o cargo e inhabilitación para desempeñar cualquier cargo o comisión públicos, y III. A quien adquiera los objetos a que se refiere la fracción I para fines mercantiles. Los efectos psicológicos, económicos y sociales de la violencia armada provocan un impacto profundo no sólo en aquellos que sobrevivieron a la violencia directa sino también en sus familias, amigos, colegas y comunidades. En Papúa Nueva Guinea donde muchas comunidades se encuentran destrozadas por la violencia armada, un habitante declaró: “En mi pueblo cada hombre 6 Vol. IX agosto-diciembre 2012 www.somecrimnl.es.tl
  • 7. posee un arma, un arma propia. Si no tienes un arma propia, entonces “Yu nogat nem”, no eres nadie en el pueblo. Pueden violar a tu esposa. Pueden robarte. Pueden hacerte cualquier cosa”. SECUESTRO Acto por el que se le priva de libertad de forma ilegal a una persona, con el objetivo de conseguir un rescate u obtener cualquier tipo de crédito político, económico o mediático. Este delito se castiga según la ley general para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro (2010) en el artículo 9.- Al que prive de la libertad a otro se le aplicarán: I. De veinte a cuarenta años de prisión y de quinientos a dos mil días multa, si la privación de la libertad se efectúa con el propósito de: a) Obtener, para sí o para un tercero, rescate o cualquier beneficio; b) Detener en calidad de rehén a una persona y amenazar con privarla de la vida o con causarle daño, para obligar a sus familiares o a un particular a que realice o deje de realizar un acto cualquiera; c) Causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a terceros; o d) Cometer secuestro exprés, desde el momento mismo de su realización, entendiéndose por éste, el que, para ejecutar los delitos de robo o extorsión, prive de la libertad a otro. Lo anterior, con independencia de las demás sanciones que conforme a esta Ley le correspondan por otros delitos que de su conducta resulten. Se puede observar algunas variantes como el secuestro tradicional, el exprés, la virtual o también llamada extorción telefónica, levantón o ajustes de cuentas las cuales son más usadas en bandas o delincuencia organizada, pero también se puede dividir según las personas que realicen el acto, como pueden ser profesionales, improvisados, en aviones, en vehículos y otros inmuebles como bancos, etc. En este delito se han observado que existen 2 factores explicativos, uno de ellos es un notable incremento en la participación de policías, ex policías y militares que apoyan a los delincuentes, y el segundo factor es el uso de la tecnología para delinquir. Hoy existen bandas con un alto grado de conocimientos en sistemas de comunicación que les permite intervenir, clonar telecomunicaciones y generar pistas falsas sobre la ubicación y origen de llamadas para negociar. Uno de los trastornos psicológicos que pueden derivarse de un secuestro es el llamado síndrome de Estocolmo, esta es una reacción psíquica en la cual la víctima de un secuestro desarrolla una relación de complicidad con quien la ha secuestrado. En ocasiones, dichas personas secuestradas pueden acabar ayudando a sus captores a alcanzar sus fines o a evadir a la policía. Lamentablemente para esta situación la atención psicológica a las víctimas de secuestro por parte de la autoridad, sigue siendo pésima, carente de sentido humano y en muchos casos se cometen más abusos contra la víctima desde el proceso de denuncia. Existen medidas preventivas que muy poca gente conoce para intentar no ser víctima de este tipo de delitos, son 6 lugares primordiales donde se tiene que observar con detenimiento las 7 Vol. IX agosto-diciembre 2012 www.somecrimnl.es.tl
  • 8. situaciones, los momentos y las sospechas, esos seis lugares son la casa, escuela, oficina, los traslados entre ellos, los viajes y sobre todo en la calle. CONCLUSIÓN Con la relación entre los anteriores temas y un análisis minucioso con estadísticas, una buena logística, tecnología, táctica y estrategias, quizás no podremos eliminar en su totalidad los delitos porque sería entrar en una utopía social, pero si podremos disminuir el gran índice delictivo, del mismo modo, no permitir la corrupción por parte de las autoridades que controlan las aduanas, ya que la mayora de estos delitos tienen que pasar por supervisión de alguna autoridad. La participación ciudadana es de vital importancia para prevenir los delitos de cualquier índole, ya que son el primer contacto con los delincuentes, como lo menciona Emma Goldman: una sociedad tiene todos los delincuentes que se merece. No dejando atrás a los medios de comunicación que muchos de ellos en lugar de transmitir programas preventivos, transmiten violencia, y en algunas ocasiones incitan a los televidentes a cometer algún delito, este factor hay que tenerlo muy en cuenta así como la educación que se les brinda a los estudiantes en las escuelas, y así cubriendo las necesidades en la casa, en la escuela y los medios de comunicación que son los lugares donde la mayor parte del tiempo se la pasan los jóvenes, se podrá disminuir los índices delictivos. BIBLIOGRAFÍA Cámara de Diputados, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, dirección en internet: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/102.pdf, 1972, México. Cámara de Diputados, Ley General de Salud, dirección en internet: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142.pdf, 1984, México. Cámara de Diputados, Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, dirección en internet: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPSDMS.pdf, 2010, México. Cámara de Diputados, Ley Para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, dirección en internet: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPSTP.pdf, 2007, México Centro Nacional de Trasplantes, estadísticas, dirección de internet: www.cenatra.salud.gob.mx/interior/trasplante_estadisticas.html, fecha de consulta 22 de marzo del 2012. Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, dirección en Internet: www.unodc.org/documents/treaties/UNTOC/Publications/TOC%20Convention/TOCebook-s.pdf, 2004, Nueva York. VEGA, Aurora, “Confirma la PGR cuatro casos de tráfico de órganos”, Excélsior, dirección en internet: www.excelsior.com.mx/index.php?m=nota&id_nota=741168, fecha de consulta: 23 de marzo del 2012. 8 Vol. IX agosto-diciembre 2012 www.somecrimnl.es.tl