El documento describe varias formas de pago para transacciones comerciales internacionales, incluyendo cartas de crédito, cobranzas de exportación, giros bancarios, créditos documentarios, remesas de documentos comerciales, letras de cambio, pagarés financieros, recibos, facturas, cheques, órdenes de pago y alternativas no monetarias como el trueque. También explica conceptos como créditos documentarios revocables e irrevocables, remesas simples y documentarias, y diferentes tipos de documentos com
La Carta de Crédito, definición, partes, operatividad, requisitos, modelo 2021, características, tipos, formas de pago, beneficios, ventajas, riesgos y consideraciones.
La Carta de Crédito, definición, partes, operatividad, requisitos, modelo 2021, características, tipos, formas de pago, beneficios, ventajas, riesgos y consideraciones.
“El compromiso de un banco en nombre del comprador (cliente/importador) de pagar al vendedor (beneficiario/exportador) una cantidad especificada de dinero en la moneda acordada, a cambio de que el vendedor entregue los documentos y mercancías requeridos en una fecha determinada”
3. CARTA DE CRÉDITO
Asegura al exportador la percepción del
importe facturado ya que esta
operación cuenta con la intervención y
el respaldo de dos bancos, uno se
encuentra en el país del exportador y
otro en el país del importador
4. COBRANZA DE EXPORTACIÓN
El exportador se presenta en un banco de
plaza con:
*Los documentos de embarque y
* Gestiona la apertura de una Cobranza.
Los bancos intervinientes NO tienen la
obligación de respaldar el pago ya que su
responsabilidad se limita a enviar los
documentos, recibir el importe de la
operación (INTERMEDIARIOS)
5. GIRO BANCARIO
Título de crédito nominal que se debe
expedir a nombre de una persona física
o de una empresa.
Los bancos sólo los reciben como abono
en cuenta. (Negociabilidad restringida).
6. CREDITOS DOCUMENTARIOS:
Es un convenio en virtud del cual un Banco,
actuando a petición de un importador, se
compromete a efectuar un pago a un
exportador contra presentación de una serie
de documentos exigidos dentro de un tiempo
límite.
Es un instrumento diseñado para proteger al
exportador.
7. El Banco del importador se compromete previamente
(por cuenta del importador) a atender el pago de la
operación.
Los créditos documentarios están regulados por la
Cámara de Comercio Internacional (CCI) a través de
los Usos y Reglas Uniformes Relativas a los
Créditos Documentarios (URU).
8. MODALIDADES DE C.D.
a) CRÉDITO DOCUMENTARIO REVOCABLE Pueden
ser anulados o modificados por el Banco Emisor en
cualquier momento y sin tener que avisar al
beneficiario.
b) CRÉDITO DOCUMENTARIO IRREVOCABLE El
crédito no puede ser modificado o cancelado sin el
acuerdo del Banco Emisor, Banco Confirmador (sí lo
hubiese) y del beneficiario.
9. A SU VEZ EL CRÉDITO DOCUMENTARIO IRREVOCABLE SE
DIVIDE EN DOS PARTES:
CRÉDITO DOCUMENTARIO IRREVOCABLE NO
CONFIRMADO (El crédito no está confirmado por el
Banco del Emisor)
CRÉDITO DOCUMENTARIO IRREVOCABLE
CONFIRMADO (el Banco del Exportador se
compromete a asegurar el rembolsó al exportador
en caso de que el Banco Emisor, no lo hiciese.)
10. REMESAS DE DOCUMENTOS COMERCIALES
Según la CCI una remesa documentaria es:
“La manipulación por parte de los
Bancos, a petición de sus clientes, de
documentos financieros y/o comerciales,
con la finalidad de conseguir la
aceptación y/o pago de los documentos
financieros”
11. REMESAS DOCUMENTARIAS
Se definen como el manejo por los bancos de
documentos que pueden ser financieros o
comerciales.
El exportador entrega sus documentos a un
banco para que éste, bajo las instrucciones
recibidas, maneje y entregue los
documentos al comprador previo pago y/o
aceptación.
12. REMESAS SIMPLES
Es un medio de pago por el cual el
exportador entrega a su banco un
documento financiero para que
proceda a gestionar su cobro. Es el
vendedor el que acude a su banco para
gestionar el cobro mediante un
documento financiero.
13. LETRA DE CAMBIO
Es "el título de crédito formal y completo que
contiene una promesa incondicionada y
abstracta de hacer pagar a su vencimiento al
tomador o a su orden una suma de dinero en
lugar determinado”
RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA LIQUIDA
14. PAGARÉS FINANCIEROS
Títulos Valores que contienen la obligación o
promesa incondicional de pagar, en un lugar y
en una fecha determinada, la suma de dinero
que aparece en el pagaré financiero, a la
persona cuyo nombre esté consignado en
dicho pagaré.
15. RECIBO
Es una constancia que sirve para certificar que
se ha pagado por un servicio o producto.
El original se entrega a quien hizo el pago y el
duplicado queda en poder de quien lo recibe.
16. FACTURA
Se encuentran los datos del expedidor y
del destinatario, el detalle de los
productos y servicios suministrados,
los precios unitarios, los precios
totales, los descuentos y los
impuestos.
18. OTRAS FORMAS DE PAGO
PAGO EN EFECTIVO, PAGO AL CONTADO
FACTORING
REEMBOLSOS
LEASING
FORFAITING
PAGO ANTICIPADO
ESCROW
CUENTA ABIERTA
19. CHEQUES
Si se decide aceptar esta forma de pago, se deberá
poner atención en que el nombre del beneficiario se
anote correctamente, que las cantidades escritas en
números y letras coincidan, y en que el documento
no presente alteraciones o enmendaduras.
20. ORDEN DE PAGO O TRANSFERENCIA
Esta forma de pago es la más informal de las
existentes entre el importador y el
exportador (mucha confianza entre ambos )
Este procedimiento no tiene ningún aval
bancario.