El documento habla sobre los lineamientos de la Oficina de Derechos de Autor para promover el respeto a los derechos de autor y derechos conexos. Establece que cualquier organismo público que transmita obras musicales debe contar con el permiso previo de los propietarios y reconocer una compensación a artistas e intérpretes. También explica que los derechos pueden ser gestionados de forma individual o colectiva, pero que la gestión colectiva ofrece ventajas al usuario al permitir obtener una licencia para varias obras a trav
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Derechos_de_autor_lineamientos
1. Derechos _de _autor
La Oficina de Derechos de Autor ha elaborado una circular con lineamientos y
conceptualmente, cuyo propósito es promover el papel público de los líderes municipales y
de la ciudad en el fortalecimiento de la cultura de respeto a los derechos de autor y derechos
conexos. confirmar que los organismos públicos que ejecuten públicamente obras musicales
cuentan con el permiso previo y explícito de sus propietarios, al tiempo que reconoce una
compensación a los artistas intérpretes o ejecutantes y productores de grabaciones por la
transmisión pública de sus interpretaciones y grabaciones de acuerdo con los lineamientos de
la Decisión Andina 351. 1993, en las condiciones previstas en las Leyes 23 y de 1993 y la
Ley 232 de 1995. Al efecto, este organismo considera pertinente destacar lo siguiente:
1. Gestión conjunta y gestión individual Entre los derechos, la legislación colombiana
establece, entre otras cosas, la regla dada a los autores y/o propietarios de obras literarias y
artísticas: permiso previo y autorización expresa para la comunicación pública de sus
creaciones. Asimismo, toda persona que transmita públicamente una interpretación o
grabación deberá reconocer a sus titulares los honorarios establecidos de acuerdo con la
normativa que rige esta actividad en nuestro país. Las facultades previstas en los incisos 73 y
161 de la citada Ley 23 de 1982 podrán ser ejercidas por sus titulares solos o en forma
conjunta.
2. Diferencias entre gestión colectiva y gestión individual como se ha dicho en los párrafos
anteriores, el derecho a la radiodifusión pública de obras e interpretaciones musicales puede
gestionarse colectiva o individualmente. A pesar de lo anterior, debemos señalar que la
gestión colectiva se considera una ventaja previa para el usuario, ya que puede obtener una
licencia de uso del software correspondiente a través de una sola negociación y un solo
contrato de licencia, que consta de la mayoría de los nacionales. y obras y servicios
extranjeros que actualmente se encuentran en uso continuo. Esto es posible gracias a acuerdos
de autorización firmados por la organización de administración conjunta con sus socios, así
como acuerdos de representación mutua con contrapartes extranjeras, que le otorgan la
autoridad para autorizar el software de cada país.