SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 19
PROTECCION JURIDICA DEL SOFWAREDERECHO DE AUTOR O PROPIEDADINTELECTUAL ROSANGEL PONCE ESCOBEDO
particularmente los estadounidenses, han presionado recientemente para obtener un régimen legal de propiedad intelectual fuerte y relativamente uniforme, como piedra de toque para obtener un tratamiento equitativo en el sistema global del comercio que emerge.
Por otro lado, la posibilidad de incorporar a la protección jurídica estos programas de computo en el ámbito del derecho, específicamente en el de la propiedad intelectual y particularmente en las normas autorales, viene dictada por consideraciones de oportunidad, dada la dimensión económica de los intereses en juego entre los que cabe destacar: la posible conservación de la industria nacional frente a una fuerte concurrencia extranjera, la protección de un producto cuya elaboración requiere un gran esfuerzo de inversión, investigación y posterior difusión, y sobre todo, la evidente necesidad de una armonización internacional de reglamentaciones.
En la práctica jurídica internacional, la evolución de la materia no es específica. Se puede comprobar, como en un principio, los programas de computadora fueron objeto de protección a través de diversas formulas como el secreto industrial, las cláusulas de confidencialidad en los contratos y la competencia desleal, pero pronto se puso de manifiesto su insuficiencia, y los medios profesionales interesados solicitaron una regulación que les asegurara la propiedad y la protección derivada de la misma.
PROTECCION JURIDICA EN NUESTRO PAÍS En nuestro país, la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial, publicada en el diario oficial de la federación el 27 de junio de 1991 y modificada en su denominación el 29 de julio de 1994 por la Ley de Propiedad Industrial, establece que los programas de computo no son considerados como invenciones y, por tanto no son susceptibles de protección por la vía de patentes.
Esta nueva Ley viene a complementar e innovar la reglamentación respecto a los programas de cómputo, que, si bien ya eran regulados por la anterior ley autoral de 1956, no se constituían en formación y estructuración como en el actual capitulo IV del titulo IV de la Ley Federal.
En efecto, esta Ley Federal del derecho de autor, publicada en le Diario Oficial de la Federación con fecha 24 de diciembre de 1996 cuya entrada en vigor se dio noventa días posteriores a su publicación, establece un capitulo en particular aquellas regulaciones respecto a “los programas de computación y las bases de datos”.
Clases de derechos de autorLos derechos de autor se clasifican, por un lado, en derechos patrimoniales (de explotación y remuneratorios) y, por otro lado, en derechos morales.Entre los derechos patrimoniales nos interesa redundar sobre los llamados derechos de explotación, cuyo concepto desarrollamos brevemente a continuación porque sobre la disposición de los mismos va a versar gran parte del contenido de este artículo.
Derecho de reproducción: la definición de este derecho fue modificada hace casi un año con la entrada en vigor de la Ley 23/2006, de 7 de julio, que modifica algunos aspectos del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Si antes de dicha modificación este derecho quedaba definido como la fijación de la obra en un medio que permitiese su comunicación y la obtención de copias, con la modificación de la Ley, el derecho de reproducción se amplía a la fijación directa o indirecta de toda o parte de la obra, ya sea de manera provisional o permanente y que permita la comunicación de la misma y la obtención de copias.
Derecho de transformación: este derecho implica la posibilidad de poder realizar modificaciones en la obra de manera que, de tales cambios, se derive una obra diferente.Derecho de distribución: la definición de este derecho también ha sufrido ciertos cambios tras las modificaciones introducidas por la Ley 23/2006. Si antes de la entrada en vigor de la misma la distribución implicaba la puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler o préstamo. Con la modificación, la Ley exige expresamente que esa puesta a disposición se haga en soportes tangibles.
Derecho de comunicación pública: el concepto de comunicación pública no ha sufrido cambios con la entrada en vigor de la Ley mencionada, pues, comunicación pública sigue siendo el acto a través del cual una pluralidad de personas pueden tener acceso a la obra sin distribución previa de ejemplares. Pero sí que se han ampliado los casos en que esa comunicación pública puede llevarse a cabo, incluyéndose la puesta a disposición por procedimientos alámbricos o inalámbricos de manera que cualquier persona pueda acceder a ellos desde el lugar y en el momento que elija.
Entre los derechos morales, la otra clase de derechos a la que hacíamos referencia al principio, se encuentran, entre otros, el derecho que tiene el autor de una obra a retirar la misma del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños o perjuicios a los titulares de los derechos de explotación.
El derecho del autor a decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma y el derecho a exigir el respeto a la integridad de la obra, es decir, el derecho que tiene el autor a impedir que su obra sufra una modificación o deformación, sin su consentimiento, bien por la actuación de un tercero, bien después de haberla vendido, o de haber autorizado su explotación.Al contrario de lo que sucede con los derechos patrimoniales que pueden ser cedidos por el autor, los derechos morales son irrenunciables.
Como decíamos que los programas de ordenador se protegen mediante la normativa de derechos de autor, cuando la Ley habla de “obras” debemos entender el software comprendido entre las mismas.Transmisión (cesión) de los derechos de explotaciónLos derechos de explotación son derechos exclusivos del autor del programa. No obstante esos derechos pueden ser transmitidos por el autor a terceras personas.
Existen un gran número de licencias susceptibles de ser aplicadas al software tanto para su uso, como para su comercialización.Las más habituales suelen ser las licencias de uso de software, mediante las cuales el titular de los derechos de explotación del programa, concede al usuario final el uso del software a cambio de una retribución. El caso más habitual son las llamadas EULA (EndUserLicenseAgreement) por las que, el titular del programa, únicamente permite el uso del mismo.
Otro tipo es la licencia de distribución de software. Puede introducir variantes e incluir la transformación del software junto con la distribución, en el caso de que la empresa licenciataria, por ejemplo, necesite adaptar el programa a sus necesidadesA la hora de transmitir los derechos de explotación, tanto el autor que cede sus derechos de explotación, como el cesionario que los recibe, deben tener en cuenta las condiciones en que dicha cesión se lleva a cabo y las consecuencias derivadas de la misma.
Las condiciones a las que nos referimos son las que quedan plasmadas en la licencia del programa y van a regir el modo en que la disposición de los derechos de explotación puede llevarse a cabo. Por eso es fundamental que la licencia recoja una serie de requisitos a los que las partes puedan atenerse para saber cómo, de qué forma y de qué derechos de explotación pueden disponer.Obviamente la Ley de Propiedad Intelectual vela, ante todo, por la protección de los derechos de los autores. Por eso, cuando el autor cede sus derechos de explotación, la cesión va a quedar siempre limitada:
Al tiempo y ámbito territorial que se determinen.Si no se establece el ámbito territorial al que se ciñe la cesión, se entiende que se limita al ámbito territorial del país en que se realiza la cesión.Cuando se transmitan los derechos de explotación del programa, a falta de mención del tiempo, la transmisión se entiende limitada a cinco años. Transcurrido dicho plazo cabe entender que concluye el plazo por el que se ha concedido la transmisión del derecho de explotación.
A las modalidades de explotación expresamente previstas.Las modalidades de explotación que no estén expresamente previstas, se entiende que no están incluidas. De ahí la importancia de definir todas las modalidades de explotación. Por ejemplo, en la licencia de uso: para instalar en un puesto concreto para cualquier usuario, o para un único usuario sin importar el número de máquinas o para instalar en un servidor para muchos usuarios, etc.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Protección jurídica del software
Protección jurídica del softwareProtección jurídica del software
Protección jurídica del softwarekarencardozo
 
La globalizacion
La globalizacionLa globalizacion
La globalizacionphoenix hp
 
Contratos Mercantiles. Cuestionario 12. Contrato de colaboración.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 12. Contrato de colaboración.Contratos Mercantiles. Cuestionario 12. Contrato de colaboración.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 12. Contrato de colaboración.Marlenne Juárez Rodríguez
 
Licencias creative recommons
Licencias creative recommonsLicencias creative recommons
Licencias creative recommonsLuisGranda100
 
A 241111 propiedad e innovacion
A 241111  propiedad e innovacionA 241111  propiedad e innovacion
A 241111 propiedad e innovacionOrivalle
 
Delitos de derechos de autor
Delitos de derechos de autorDelitos de derechos de autor
Delitos de derechos de autorLEIDY CASTRO
 
Normatividad sobre derechos de autor y propiedad intelectual
Normatividad sobre derechos de autor y propiedad intelectualNormatividad sobre derechos de autor y propiedad intelectual
Normatividad sobre derechos de autor y propiedad intelectualCristianSoler7
 
La Propiedad intelectual...
La Propiedad intelectual...La Propiedad intelectual...
La Propiedad intelectual...LINAM92
 
Los M.A.S.C. en Ecuador
Los M.A.S.C. en EcuadorLos M.A.S.C. en Ecuador
Los M.A.S.C. en EcuadorJohis Calles
 
Licencias de contenidos y propiedad intelectual
Licencias de contenidos y propiedad intelectualLicencias de contenidos y propiedad intelectual
Licencias de contenidos y propiedad intelectualCátedra Banco Santander
 
Marco legal nacional e internacional de la propiedadl
Marco legal nacional e internacional de la propiedadlMarco legal nacional e internacional de la propiedadl
Marco legal nacional e internacional de la propiedadlNorma Gloria Camacho Muñoz
 
Entrega de bienes comunes por parte del propietario diapositiva
Entrega de bienes comunes por parte del propietario diapositivaEntrega de bienes comunes por parte del propietario diapositiva
Entrega de bienes comunes por parte del propietario diapositivaJUAN URIBE
 
Avances legales y jurisprudenciales
Avances legales y jurisprudencialesAvances legales y jurisprudenciales
Avances legales y jurisprudencialesMaryuri Agudelo
 

La actualidad más candente (17)

Olami002
Olami002Olami002
Olami002
 
Protección jurídica del software
Protección jurídica del softwareProtección jurídica del software
Protección jurídica del software
 
Nuevaleylleras21
Nuevaleylleras21Nuevaleylleras21
Nuevaleylleras21
 
La globalizacion
La globalizacionLa globalizacion
La globalizacion
 
Contratos Mercantiles. Cuestionario 12. Contrato de colaboración.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 12. Contrato de colaboración.Contratos Mercantiles. Cuestionario 12. Contrato de colaboración.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 12. Contrato de colaboración.
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Licencias creative recommons
Licencias creative recommonsLicencias creative recommons
Licencias creative recommons
 
A 241111 propiedad e innovacion
A 241111  propiedad e innovacionA 241111  propiedad e innovacion
A 241111 propiedad e innovacion
 
Delitos de derechos de autor
Delitos de derechos de autorDelitos de derechos de autor
Delitos de derechos de autor
 
Normatividad sobre derechos de autor y propiedad intelectual
Normatividad sobre derechos de autor y propiedad intelectualNormatividad sobre derechos de autor y propiedad intelectual
Normatividad sobre derechos de autor y propiedad intelectual
 
La Propiedad intelectual...
La Propiedad intelectual...La Propiedad intelectual...
La Propiedad intelectual...
 
Los M.A.S.C. en Ecuador
Los M.A.S.C. en EcuadorLos M.A.S.C. en Ecuador
Los M.A.S.C. en Ecuador
 
Licencias de contenidos y propiedad intelectual
Licencias de contenidos y propiedad intelectualLicencias de contenidos y propiedad intelectual
Licencias de contenidos y propiedad intelectual
 
Marco legal nacional e internacional de la propiedadl
Marco legal nacional e internacional de la propiedadlMarco legal nacional e internacional de la propiedadl
Marco legal nacional e internacional de la propiedadl
 
Entrega de bienes comunes por parte del propietario diapositiva
Entrega de bienes comunes por parte del propietario diapositivaEntrega de bienes comunes por parte del propietario diapositiva
Entrega de bienes comunes por parte del propietario diapositiva
 
Avances legales y jurisprudenciales
Avances legales y jurisprudencialesAvances legales y jurisprudenciales
Avances legales y jurisprudenciales
 
A13104 13112
A13104 13112A13104 13112
A13104 13112
 

Destacado

Syllabus informática i 2014 semestre iip
Syllabus informática i 2014 semestre iipSyllabus informática i 2014 semestre iip
Syllabus informática i 2014 semestre iipKary
 
Comercio Electrónico
Comercio ElectrónicoComercio Electrónico
Comercio ElectrónicoSamPinilla
 
Universidad de cuenca
Universidad de cuencaUniversidad de cuenca
Universidad de cuencadiana
 
Repaso inicial 5
Repaso inicial 5Repaso inicial 5
Repaso inicial 5Fiz
 
Paralelogramos 1
Paralelogramos 1Paralelogramos 1
Paralelogramos 1mismates1
 
Baloncesto
BaloncestoBaloncesto
BaloncestoALINA
 
EL SWAP
EL SWAPEL SWAP
EL SWAPrepag
 
2da Unidad Jaume Trilla
2da Unidad Jaume Trilla2da Unidad Jaume Trilla
2da Unidad Jaume TrillaRosmeri
 
Nuevasadquisiciones
NuevasadquisicionesNuevasadquisiciones
Nuevasadquisicionesfaus13
 
S 2898 pronunciamiento ci proyecto ley incentivos empresarial carbono neut ex...
S 2898 pronunciamiento ci proyecto ley incentivos empresarial carbono neut ex...S 2898 pronunciamiento ci proyecto ley incentivos empresarial carbono neut ex...
S 2898 pronunciamiento ci proyecto ley incentivos empresarial carbono neut ex...Freelance
 

Destacado (20)

Syllabus informática i 2014 semestre iip
Syllabus informática i 2014 semestre iipSyllabus informática i 2014 semestre iip
Syllabus informática i 2014 semestre iip
 
Píndola facebook 2
Píndola facebook 2Píndola facebook 2
Píndola facebook 2
 
Comercio Electrónico
Comercio ElectrónicoComercio Electrónico
Comercio Electrónico
 
Universidad de cuenca
Universidad de cuencaUniversidad de cuenca
Universidad de cuenca
 
Repaso inicial 5
Repaso inicial 5Repaso inicial 5
Repaso inicial 5
 
Destino colombia 11 c
Destino colombia   11 cDestino colombia   11 c
Destino colombia 11 c
 
Paralelogramos 1
Paralelogramos 1Paralelogramos 1
Paralelogramos 1
 
Baloncesto
BaloncestoBaloncesto
Baloncesto
 
Google+
Google+Google+
Google+
 
Tercera Presentación Iniciativa Tlalli
Tercera Presentación Iniciativa TlalliTercera Presentación Iniciativa Tlalli
Tercera Presentación Iniciativa Tlalli
 
Utilidad publica gestiones
Utilidad publica gestionesUtilidad publica gestiones
Utilidad publica gestiones
 
Gardner
GardnerGardner
Gardner
 
EL SWAP
EL SWAPEL SWAP
EL SWAP
 
Ensayo modulo 4
Ensayo modulo 4Ensayo modulo 4
Ensayo modulo 4
 
Ampliaciones
AmpliacionesAmpliaciones
Ampliaciones
 
Lewis
LewisLewis
Lewis
 
2da Unidad Jaume Trilla
2da Unidad Jaume Trilla2da Unidad Jaume Trilla
2da Unidad Jaume Trilla
 
Nuevasadquisiciones
NuevasadquisicionesNuevasadquisiciones
Nuevasadquisiciones
 
S 2898 pronunciamiento ci proyecto ley incentivos empresarial carbono neut ex...
S 2898 pronunciamiento ci proyecto ley incentivos empresarial carbono neut ex...S 2898 pronunciamiento ci proyecto ley incentivos empresarial carbono neut ex...
S 2898 pronunciamiento ci proyecto ley incentivos empresarial carbono neut ex...
 
Frecuencia vibratoria
Frecuencia vibratoriaFrecuencia vibratoria
Frecuencia vibratoria
 

Similar a Proteccion Juridica Del Sofware

Tipos de licencia de sofware
Tipos de licencia de sofwareTipos de licencia de sofware
Tipos de licencia de sofwarejaxpuaca
 
Ley.prop.int
Ley.prop.intLey.prop.int
Ley.prop.intbrenda1-5
 
Analisis situacion critica de patentes..docx
Analisis situacion critica de patentes..docxAnalisis situacion critica de patentes..docx
Analisis situacion critica de patentes..docxLILIANAMAMANIVALERIANO
 
7_Brocca_Licencias.pdf
7_Brocca_Licencias.pdf7_Brocca_Licencias.pdf
7_Brocca_Licencias.pdfSergio Meneses
 
La propiedad intelectual y protección jurídica del software
La propiedad intelectual y protección jurídica del softwareLa propiedad intelectual y protección jurídica del software
La propiedad intelectual y protección jurídica del softwareJose Raul Aponte Gomez
 
misrsrasdsdssSdfdfgfhhhgghgghgghgEMANA32233443435454.ppt
misrsrasdsdssSdfdfgfhhhgghgghgghgEMANA32233443435454.pptmisrsrasdsdssSdfdfgfhhhgghgghgghgEMANA32233443435454.ppt
misrsrasdsdssSdfdfgfhhhgghgghgghgEMANA32233443435454.pptCyberMonica
 
Cuál es la situación crítica de la protección
Cuál es la situación crítica de la protecciónCuál es la situación crítica de la protección
Cuál es la situación crítica de la protecciónDeboratth
 
PROTECCION JURIDICA DEL SOFTWARE- PENAL -CIVIL
PROTECCION JURIDICA DEL SOFTWARE- PENAL -CIVILPROTECCION JURIDICA DEL SOFTWARE- PENAL -CIVIL
PROTECCION JURIDICA DEL SOFTWARE- PENAL -CIVILdiossely5
 
Protección jurídica del software
Protección jurídica del softwareProtección jurídica del software
Protección jurídica del softwareDaniel Fuentes Nava
 
Protección jurídica del software
Protección jurídica del softwareProtección jurídica del software
Protección jurídica del softwareelyelyelyely
 
Proteccion juridica del software
Proteccion juridica del softwareProteccion juridica del software
Proteccion juridica del softwareroxanadiazmojica
 
Proteccion juridica del software
Proteccion juridica del softwareProteccion juridica del software
Proteccion juridica del softwareelimnajera
 
Proteccion juridica del software
Proteccion juridica del softwareProteccion juridica del software
Proteccion juridica del softwareyellyyellyyelly
 
TRABAJO 3 MAESTRIA.pdf informacion ley c
TRABAJO 3 MAESTRIA.pdf informacion ley cTRABAJO 3 MAESTRIA.pdf informacion ley c
TRABAJO 3 MAESTRIA.pdf informacion ley cjoseantoniotarazonar1
 

Similar a Proteccion Juridica Del Sofware (20)

A2 ad licenciamiento
A2 ad licenciamientoA2 ad licenciamiento
A2 ad licenciamiento
 
Guia editores colombia
Guia editores colombiaGuia editores colombia
Guia editores colombia
 
Tipos de licencia de sofware
Tipos de licencia de sofwareTipos de licencia de sofware
Tipos de licencia de sofware
 
Ley.prop.int
Ley.prop.intLey.prop.int
Ley.prop.int
 
Analisis situacion critica de patentes..docx
Analisis situacion critica de patentes..docxAnalisis situacion critica de patentes..docx
Analisis situacion critica de patentes..docx
 
Software libre aspectos legales
Software libre aspectos legalesSoftware libre aspectos legales
Software libre aspectos legales
 
7_Brocca_Licencias.pdf
7_Brocca_Licencias.pdf7_Brocca_Licencias.pdf
7_Brocca_Licencias.pdf
 
La propiedad intelectual y protección jurídica del software
La propiedad intelectual y protección jurídica del softwareLa propiedad intelectual y protección jurídica del software
La propiedad intelectual y protección jurídica del software
 
misrsrasdsdssSdfdfgfhhhgghgghgghgEMANA32233443435454.ppt
misrsrasdsdssSdfdfgfhhhgghgghgghgEMANA32233443435454.pptmisrsrasdsdssSdfdfgfhhhgghgghgghgEMANA32233443435454.ppt
misrsrasdsdssSdfdfgfhhhgghgghgghgEMANA32233443435454.ppt
 
Consulta comercio exterior
Consulta comercio exteriorConsulta comercio exterior
Consulta comercio exterior
 
A2 ad ampi
A2 ad ampiA2 ad ampi
A2 ad ampi
 
Cuál es la situación crítica de la protección
Cuál es la situación crítica de la protecciónCuál es la situación crítica de la protección
Cuál es la situación crítica de la protección
 
PROTECCION JURIDICA DEL SOFTWARE- PENAL -CIVIL
PROTECCION JURIDICA DEL SOFTWARE- PENAL -CIVILPROTECCION JURIDICA DEL SOFTWARE- PENAL -CIVIL
PROTECCION JURIDICA DEL SOFTWARE- PENAL -CIVIL
 
Protección jurídica del software
Protección jurídica del softwareProtección jurídica del software
Protección jurídica del software
 
Protección jurídica del software
Protección jurídica del softwareProtección jurídica del software
Protección jurídica del software
 
proteccion intelectual y software
proteccion intelectual y softwareproteccion intelectual y software
proteccion intelectual y software
 
Proteccion juridica del software
Proteccion juridica del softwareProteccion juridica del software
Proteccion juridica del software
 
Proteccion juridica del software
Proteccion juridica del softwareProteccion juridica del software
Proteccion juridica del software
 
Proteccion juridica del software
Proteccion juridica del softwareProteccion juridica del software
Proteccion juridica del software
 
TRABAJO 3 MAESTRIA.pdf informacion ley c
TRABAJO 3 MAESTRIA.pdf informacion ley cTRABAJO 3 MAESTRIA.pdf informacion ley c
TRABAJO 3 MAESTRIA.pdf informacion ley c
 

Último

TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...JonathanCovena1
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfMaryRotonda1
 
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxPryhaSalam
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxMaritzaRetamozoVera
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 

Último (20)

TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
 
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 

Proteccion Juridica Del Sofware

  • 1. PROTECCION JURIDICA DEL SOFWAREDERECHO DE AUTOR O PROPIEDADINTELECTUAL ROSANGEL PONCE ESCOBEDO
  • 2. particularmente los estadounidenses, han presionado recientemente para obtener un régimen legal de propiedad intelectual fuerte y relativamente uniforme, como piedra de toque para obtener un tratamiento equitativo en el sistema global del comercio que emerge.
  • 3. Por otro lado, la posibilidad de incorporar a la protección jurídica estos programas de computo en el ámbito del derecho, específicamente en el de la propiedad intelectual y particularmente en las normas autorales, viene dictada por consideraciones de oportunidad, dada la dimensión económica de los intereses en juego entre los que cabe destacar: la posible conservación de la industria nacional frente a una fuerte concurrencia extranjera, la protección de un producto cuya elaboración requiere un gran esfuerzo de inversión, investigación y posterior difusión, y sobre todo, la evidente necesidad de una armonización internacional de reglamentaciones.
  • 4. En la práctica jurídica internacional, la evolución de la materia no es específica. Se puede comprobar, como en un principio, los programas de computadora fueron objeto de protección a través de diversas formulas como el secreto industrial, las cláusulas de confidencialidad en los contratos y la competencia desleal, pero pronto se puso de manifiesto su insuficiencia, y los medios profesionales interesados solicitaron una regulación que les asegurara la propiedad y la protección derivada de la misma.
  • 5. PROTECCION JURIDICA EN NUESTRO PAÍS En nuestro país, la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial, publicada en el diario oficial de la federación el 27 de junio de 1991 y modificada en su denominación el 29 de julio de 1994 por la Ley de Propiedad Industrial, establece que los programas de computo no son considerados como invenciones y, por tanto no son susceptibles de protección por la vía de patentes.
  • 6. Esta nueva Ley viene a complementar e innovar la reglamentación respecto a los programas de cómputo, que, si bien ya eran regulados por la anterior ley autoral de 1956, no se constituían en formación y estructuración como en el actual capitulo IV del titulo IV de la Ley Federal.
  • 7. En efecto, esta Ley Federal del derecho de autor, publicada en le Diario Oficial de la Federación con fecha 24 de diciembre de 1996 cuya entrada en vigor se dio noventa días posteriores a su publicación, establece un capitulo en particular aquellas regulaciones respecto a “los programas de computación y las bases de datos”.
  • 8. Clases de derechos de autorLos derechos de autor se clasifican, por un lado, en derechos patrimoniales (de explotación y remuneratorios) y, por otro lado, en derechos morales.Entre los derechos patrimoniales nos interesa redundar sobre los llamados derechos de explotación, cuyo concepto desarrollamos brevemente a continuación porque sobre la disposición de los mismos va a versar gran parte del contenido de este artículo.
  • 9. Derecho de reproducción: la definición de este derecho fue modificada hace casi un año con la entrada en vigor de la Ley 23/2006, de 7 de julio, que modifica algunos aspectos del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Si antes de dicha modificación este derecho quedaba definido como la fijación de la obra en un medio que permitiese su comunicación y la obtención de copias, con la modificación de la Ley, el derecho de reproducción se amplía a la fijación directa o indirecta de toda o parte de la obra, ya sea de manera provisional o permanente y que permita la comunicación de la misma y la obtención de copias.
  • 10. Derecho de transformación: este derecho implica la posibilidad de poder realizar modificaciones en la obra de manera que, de tales cambios, se derive una obra diferente.Derecho de distribución: la definición de este derecho también ha sufrido ciertos cambios tras las modificaciones introducidas por la Ley 23/2006. Si antes de la entrada en vigor de la misma la distribución implicaba la puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler o préstamo. Con la modificación, la Ley exige expresamente que esa puesta a disposición se haga en soportes tangibles.
  • 11. Derecho de comunicación pública: el concepto de comunicación pública no ha sufrido cambios con la entrada en vigor de la Ley mencionada, pues, comunicación pública sigue siendo el acto a través del cual una pluralidad de personas pueden tener acceso a la obra sin distribución previa de ejemplares. Pero sí que se han ampliado los casos en que esa comunicación pública puede llevarse a cabo, incluyéndose la puesta a disposición por procedimientos alámbricos o inalámbricos de manera que cualquier persona pueda acceder a ellos desde el lugar y en el momento que elija.
  • 12. Entre los derechos morales, la otra clase de derechos a la que hacíamos referencia al principio, se encuentran, entre otros, el derecho que tiene el autor de una obra a retirar la misma del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños o perjuicios a los titulares de los derechos de explotación.
  • 13. El derecho del autor a decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma y el derecho a exigir el respeto a la integridad de la obra, es decir, el derecho que tiene el autor a impedir que su obra sufra una modificación o deformación, sin su consentimiento, bien por la actuación de un tercero, bien después de haberla vendido, o de haber autorizado su explotación.Al contrario de lo que sucede con los derechos patrimoniales que pueden ser cedidos por el autor, los derechos morales son irrenunciables.
  • 14. Como decíamos que los programas de ordenador se protegen mediante la normativa de derechos de autor, cuando la Ley habla de “obras” debemos entender el software comprendido entre las mismas.Transmisión (cesión) de los derechos de explotaciónLos derechos de explotación son derechos exclusivos del autor del programa. No obstante esos derechos pueden ser transmitidos por el autor a terceras personas.
  • 15. Existen un gran número de licencias susceptibles de ser aplicadas al software tanto para su uso, como para su comercialización.Las más habituales suelen ser las licencias de uso de software, mediante las cuales el titular de los derechos de explotación del programa, concede al usuario final el uso del software a cambio de una retribución. El caso más habitual son las llamadas EULA (EndUserLicenseAgreement) por las que, el titular del programa, únicamente permite el uso del mismo.
  • 16. Otro tipo es la licencia de distribución de software. Puede introducir variantes e incluir la transformación del software junto con la distribución, en el caso de que la empresa licenciataria, por ejemplo, necesite adaptar el programa a sus necesidadesA la hora de transmitir los derechos de explotación, tanto el autor que cede sus derechos de explotación, como el cesionario que los recibe, deben tener en cuenta las condiciones en que dicha cesión se lleva a cabo y las consecuencias derivadas de la misma.
  • 17. Las condiciones a las que nos referimos son las que quedan plasmadas en la licencia del programa y van a regir el modo en que la disposición de los derechos de explotación puede llevarse a cabo. Por eso es fundamental que la licencia recoja una serie de requisitos a los que las partes puedan atenerse para saber cómo, de qué forma y de qué derechos de explotación pueden disponer.Obviamente la Ley de Propiedad Intelectual vela, ante todo, por la protección de los derechos de los autores. Por eso, cuando el autor cede sus derechos de explotación, la cesión va a quedar siempre limitada:
  • 18. Al tiempo y ámbito territorial que se determinen.Si no se establece el ámbito territorial al que se ciñe la cesión, se entiende que se limita al ámbito territorial del país en que se realiza la cesión.Cuando se transmitan los derechos de explotación del programa, a falta de mención del tiempo, la transmisión se entiende limitada a cinco años. Transcurrido dicho plazo cabe entender que concluye el plazo por el que se ha concedido la transmisión del derecho de explotación.
  • 19. A las modalidades de explotación expresamente previstas.Las modalidades de explotación que no estén expresamente previstas, se entiende que no están incluidas. De ahí la importancia de definir todas las modalidades de explotación. Por ejemplo, en la licencia de uso: para instalar en un puesto concreto para cualquier usuario, o para un único usuario sin importar el número de máquinas o para instalar en un servidor para muchos usuarios, etc.