2. No se modifica el criterio general usada hasta
ahora:
Obtener seis como promedio de los tres
trimestres.
Si el promedio final le da seis: Aprobó la
materia, es decir que NO DEBE RENDIR los
trimestres que no haya aprobado a lo largo
del año.
El último Trimestre debe ser aprobado con
seis o más, de lo contrario debe rendirlo.
4. Asistencia obligatoria del 75% de todo el período
(diciembre-marzo). El incumplimiento al 19 de
diciembre, significará la pérdida de la instancia
febrero/marzo, por lo tanto la asignatura quedará
en condición de previa (agosto).
Planilla de seguimiento de asistencia y
académico, del desempeño en todo el período.
5. Aprobación: cuando el docente considere que el
alumno ha alcanzado los aprendizajes
priorizados.
Los alumnos que no hubieran aprobado en
diciembre, deberán retomar la asistencia en los
mismos días y horarios que en 2012, a partir de
febrero/marzo. (fecha de comienzo a designar
por el Ministerio).
Este nuevo período también requiere la
obligatoriedad del 75% de asistencia ,acumulada
y a contar desde el 6 de diciembre.