La ley 1341 de 2009 establece los principios y conceptos para regular el sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones en Colombia. El objetivo es formular políticas públicas que promuevan la inversión, el acceso universal, la libre competencia y la protección de los usuarios en el desarrollo e implementación de estas tecnologías para contribuir al desarrollo social y económico del país. Se crean entidades como el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la Comisión de Regulación de Comunicaciones y la
1. LEY 1341
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN
Y LAS COMUNICACIONES
ELIZABETH PÁEZ CONTREARAS
COMUNICACIÓN SOCIAL Y MEDIOS
INPROSISTEMAS DEL NORTE
DICIEMBRE 2013
2. LEY 1341
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN
Y LAS COMUNICACIONES
LICENCIADO: GIOVANNY RUEDA
ELIZABETH PÁEZ CONTREARAS
COMUNICACIÓN SOCIAL Y MEDIOS
INPROSISTEMAS DEL NORTE
DICIEMBRE 2013
3. LEY 1341
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN
Y LAS COMUNICACIONES
Por: Elizabeth Páez Contreras
II Semestre Comunicación Social y Medios
El presente ensayo es sobre la ley 1341 de 2009, donde se definen principios
y conceptos de la sociedad, de la información y de organización de las tecnologías
y de la información y de las comunicaciones.
El marco general de esta ley es para la formulación de las políticas públicas que
regirán el sector de las tecnologías, de la información y las comunicaciones en el
ordenamiento general, régimen de competencia, la protección del usuario, la
cubertura, calidad del servicio, promoción en la inversión al desarrollo de estas
mismas(tecnologías) el uso eficiente de las redes y del espectro radioeléctrico,
potestad del estado en relación con la planeación, la gestión, la administración
adecuada y la eficiencia con los recursos, regulación control y vigilancia de mismo
y facilitar el libre acceso sin discriminación alguna de los habitantes del territorio
nacional a la sociedad de la información.
Principios orientadores, son promover la investigación, el fomento del desarrollo a
la tecnología de la información y las comunicaciones son políticas del estado que
involucran a todos los sectores y niveles administrativos públicos y de la sociedad,
para contribuir a la educación, cultura, economía, tanto en lo social como en lo
político, para e incrementar la productividad y la competitividad, el respeto de los
derechos humanos, inherentes en la inclusión social. Las tecnologías y las
comunicaciones deben servir al interés general, y es un deber del estado
promover su acceso eficiente en igualdad de oportunidades a todos sus habitantes
del país.
Principios orientadores de la presente ley:
-Prioridad al acceso y uso de las tecnologías y de la información y de las
comunicaciones.
-Libre competencia.
4. -Uso eficiente de la infraestructura y de los recursos escasos.
-protección de los derechos de los usuarios.
-promoción de la inversión.
-neutralidad tecnológica.
-el derecho a la comunicación, la información y la educación de los servicios
básicos de las TIC.
-Masificación del gobierno en línea.
El estado reconoce que el acceso a la tecnologías de información y las
comunicaciones, como el uso eficiente de la infraestructura, el desarrollo del
contenido de las aplicaciones, la protección de los usuarios, la formación de
talento humano en estas tecnologías es de carácter transversal y son los pilares
para la consolidación para las sociedades de la información y el conocimiento.
El estado interviene en el sector de las TIC, en desarrollo de principios de
intervención constituidos en la Constitución Política, con el fin de:
1. Proteger los derechos de los usuarios (velando por la calidad y
eficiencia y adecuada provisión de los servicios).
2. Promover el acceso de las TIC teniendo como fin último el acceso
universal.
3. Promover ofertas de mayores capacidades en la conexión, incentivando
la prevención de fraudes en la red.
4. Promover y garantizar la libre y leal competencia y evitar el abuso de la
posición dominante.
5. Garantizar la infraestructura eficiente y la igualdad de oportunidades en
acceso de los recursos escasos, se buscara la expansión para las zonas
de difícil acceso, en especial zonas vulnerables.
6. Garantizar el uso adecuado de espectro radioelectrónico, respetando el
principio de protección a la inversión, asociada al uso del espectro.
7. Promover la amplia cubertura del servicio.
8. Promover la seguridad informática y de redes para desarrollo de las TIC.
9. Contribuir al desarrollo de la industria de las tecnologías y comunicación
para aportar al crecimiento económico, a la competitividad, y generar
empleo y exportaciones.
10. Propender por la construcción, operación y mantenimiento las TIC, por
laprotección a la salud pública y el medio ambiente.
5. La definición de política vigilancia control y regulación de las TIC se denomina
como ministerio de tecnologías de la información de las comunicaciones.
(Ministerio de las comunicaciones).
Este tiene como objetivo, formular, promover políticas, planes, programas,
proyectos, del sector de las TIC en correspondencia de constitución política y la
ley, con el de contribuir con el desarrollo social y político de la nación y elevar el
bienestar de los ciudadanos.
En el Artículo 19 (CRT) la comisión reguladora de las telecomunicaciones pasa a
ser (CRC) la comisión de regulación de comunicaciones, este es el órgano
encargado de promover la competencia, evitar abusos de posición dominante y
regular mercados de redes y servicios de comunicadores, con el fin de que la
prestación de servicios sea económicamente eficiente, y refleje los altos niveles de
calidad.
Los proveedores de redes y servicios de telecomunicación podrán fijar sus precios
a los usuarios. (CRC) solo podrá regularlos en caso de no haya competencia, se
presente una falla en el mercado o cuando la calidad de los servicios ofrecidos no
se ajuste a los niveles exigidos en la presente ley. Hará énfasis en los mercados
mayoristas.
El objetivo de la AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO (ANE), es brindar el
soporte técnico, para la gestión, la planeación, la vigilancia y control del
espectro radioeléctrico en coordinación con las diferentes autoridades que
funcionen o actividades relacionadas con el mismo.
Las funciones de la ANE son:
Notificar ante los organismos internacionales las interferencias detectadas
por señales originadas en otros países, en previa coordinación con el
ministerio de tecnologías de la información y comunicaciones.
Imponer sanciones con lo dispuesto en el artículo 76 de la constitución.
Ordenar el cese de operaciones no autorizadas de redes y decomiso
provisional y definitivo de equipos demás vienes utilizados.
En el Artículo 34 se dispone lo relacionado con el FONDO DE TECNOLOGÍAS
DE LA INFORMACION Y LAS COMIUNICACIONES que tiene las siguientes
funciones: financiar planes, programas y proyectos para promover el acceso
universal y del servicio cuando haya lugar a ello, a las tecnologías de la
información y comunicación en los segmentos de población de menores ingresos.
6. Se dispone en el Artículo 53 el Régimen jurídico de protección al usuario,
refiriéndose al servicio de comunicaciones será este el dispuesto, en la materia
que determine el (CRC) y el régimen general de protección al consumidor y sus
normas complementarias, mediante el cual se pueden presentar peticiones o
reclamos del usuario sobre el servicio ofrecido y que estas sean atendidas y
resueltas de manera oportuna, de la misma forma recibir la atención eficiente y
adecuada con los parámetros que defina el (CRC).
El estado garantizara el derecho de rectificación a toda persona o grupo de
personas, que se consideren afectados por informaciones inexactas, que se
trasmitan a través de servicios de telecomunicaciones, al igual que la
inviolabilidad, la intimidad y la confidencialidad en las telecomunicaciones.