La Ley 1341 de 2009 establece los principios y conceptos sobre la sociedad de la información en Colombia. Creó la Agencia Nacional del Espectro y dictó disposiciones sobre las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). La ley busca priorizar el acceso a las TIC, promover la libre competencia, el uso eficiente de la infraestructura y el espectro, y fortalecer la protección de los derechos de los usuarios.
Trabajo ana maria lopez agudelo y diana delgado hurtado
1. LEY 1341 DE 2009
"Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y
la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones - tic-, se
crea la agencia nacional de espectro y se dictan otras disposiciones”
PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA LEY 1341
1. Prioridad al acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
2. Libre competencia
3. Uso eficiente de la infraestructura y el espectro,
4. Fortalecer la protección de los derechos de los usuarios.
5. Promoción de la inversión
6. Neutralidad Tecnológica.
7. El Derecho a la comunicación, la información y la educación y los servicios
básicos de las TIC
8. Masificación del gobierno en línea.
FINES QUE TIENE LA INTERVENCIÓN DEL ESTADO EN EL SECTOR DE
LAS TIC
1. Proteger los derechos de los usuarios, velando por la calidad, eficiencia y
adecuada provisión de los servicios.
2. Promover el acceso a las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, teniendo como fin último el servicio universal.
3. Promover el desarrollo de contenidos y aplicaciones, la prestación de
servicios que usen Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la
masificación del gobierno en línea.
2. 4. Promover la oferta de mayores capacidades en la conexión, transporte y
condiciones de seguridad del servicio al usuario final, incentivando acciones
de prevención de fraudes en la red.
5. Promover y garantizar la libre y leal competencia y evitar el abuso de la
posición dominante y las prácticas restrictivas de la competencia.
6. Garantizar el despliegue y el uso eficiente de la infraestructura y la igualdad
de oportunidades en el acceso a los recursos escasos, se buscará la
expansión, y cobertura para zonas de difícil acceso, en especial beneficiando
a poblaciones vulnerables.
7. Garantizar el uso adecuado del espectro radioeléctrico, así como la
reorganización del mismo, respetando el principio de protección a la
inversión, asociada al uso del espectro. Los proveedores de redes y
servicios de telecomunicaciones responderán jurídica y económicamente por
los daños causados a las infraestructuras.
8. Promover la ampliación de la cobertura del servicio.
9. Garantizar la interconexión y la interoperabilidad de las redes de
telecomunicaciones, así como el acceso a los elementos de las redes e
instalaciones esenciales de telecomunicaciones necesarios para promover la
provisión y comercialización de servicios, contenidos y aplicaciones que
usen Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
10. lmponer a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones
obligaciones de provisión de los servicios y uso de su infraestructura, por
razones de defensa nacional, atención y prevención de situaciones de
emergencia y seguridad pública.
11. Promover la seguridad informática y de redes para desarrollar las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
12. lncentivar y promover el desarrollo de la industria de tecnologías de la
información y las comunicaciones para contribuir al crecimiento económico,
la competitividad, la generación de empleo y las exportaciones.
3. 13. Propender por la construcción, operación y mantenimiento de
infraestructuras de las tecnologías de la información y las comunicaciones
por la protección del medio ambiente y la salud pública.
ASPECTOS QUE DEBEN PROMOVER LAS ENTIDADES DEL ORDEN
NACIONAL Y TERRITORIAL Y LAS TIC
Planes, programas y proyectos tendientes a garantizar el acceso y uso de la
población, las empresas y las entidades públicas a las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones. Para tal efecto, dichas autoridades incentivarán
el desarrollo de infraestructura, contenidos y aplicaciones, así como la ubicación
estratégica de terminales y equipos que permitan realmente a los ciudadanos
acceder a las aplicaciones tecnológicas que beneficien a los ciudadanos, en
especial a los vulnerables y de zonas marginadas del país.
Incrementarán los servicios prestados a los ciudadanos a través del uso de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El Gobierno reglamentará las
condiciones en que se garantizará el acceso a la información en línea, de manera
abierta, ininterrumpida y actualizada, para adelantar trámites frente a entidades
públicas, inclusive en el desarrollo de procesos de contratación y el ejercicio del
derecho al voto.
ESPECTRO RADIOELÉCTRICO
Es el conjunto de ondas electromagnéticas, cuya frecuencia se fija
convencionalmente por debajo de 3000 GHz, que se propagan por el espacio sin
guía artificial, es la información que se recibe mediante bandas de frecuencias o
servicios de radiocomunicaciones, que lo hace elemento esencial de las
telecomunicaciones.
4. PROCESO QUE SE DEBE SEGUIR PARA HACER USO DEL
ESPECTRO RADIOELÉCTRICO
Es un bien público imprescriptible sujeto a la gestión y control del estado que
requiere permiso previo, expreso y otorgado por el Ministerio de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones. No debe generar interferencias sobre otros
servicios, deben ser compatibles con las tendencias internacionales del mercado, y
que no afecten la seguridad nacional y contribuyan al desarrollo sostenible. Se hará
proceso de selección objetiva, previa convocatoria pública, para el otorgamiento del
permiso para el uso del espectro radioeléctrico y exigirá las garantías
correspondientes. El permiso para el uso del espectro radioeléctrico tendrá un plazo
definido inicial hasta de diez años, el cual podrá renovarse a solicitud de parte por
períodos iguales al plazo inicial.
La renovación no podrá ser gratuita, ni automática. El interesado deberá manifestar
en forma expresa su intención de renovar el permiso con tres meses de antelación a
su vencimiento, en caso contrario, se entenderá como no renovado.
OBJETIVOS DEL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN
1. Diseñar, formular, adaptar y promover las políticas, planes, programas y
proyectos del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en
correspondencia can la Constitución Política y la ley, can el fin de contribuir al
desarrolla económica, social y política de la Nación, y elevar el bienestar de las
colombianas.
2. Promover el usa y apropiación de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones entre las ciudadanas, las empresas, el gobierna y demás
instancias nacionales como soporte del desarrollo social, económico y político de la
Nación.
3. Impulsar el desarrollo y fortalecimiento del sector de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, promover la investigación e innovación
5. buscando su competitividad y avance tecnológico conforme al entorno nacional e
internacional.
4. Definir la política y ejercer la gestión, planeación y administración del espectro
radioeléctrico y de los servicios postales y relacionados, con excepción de lo
dispuesto en artículo 76 de la Constitución Política.
CONTEXTO TECNOLÓGICO III
ESPECIALISTA: DORA MIRIAN RIOS
ANA MARIA LOPEZ AGUDELO
DIANA DELGADO HURTADO
INGENIERÍA EN SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES
6° SEMESTRE
UNIVERSIDAD DE MANIZALES
MANIZALES NOVIEMBRE 2011