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                                         CODIGO POSTAL 06470
                                            TEL: 55 46 32 00




A las organizaciones sindicales, sociales y políticas,

A los organismos de Derechos Humanos,

A los medios de comunicación nacionales y extranjeros,

Al pueblo mexicano,

Salud:

Con un indiscutible odio de clase, Javier Lozano Alarcón, el mal llamado Secretario Trabajo
y Previsión Social (STPS), junto con funcionarios de la Secretaría de Gobernación (SG), de
la Secretaría de Energía (SENER) y del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes
(SAE), en conferencia de prensa, anunció a la opinión pública que a partir del próximo
jueves 15 de Julio del presente año, pondrán en marcha una nueva etapa de liquidaciones
para aquellos trabajadores agremiados al Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), que
no han cobrado su liquidación.

El “argumento” de Lozano Alarcón para tratar de justificar la apertura de esta nueva atapa
de liquidaciones es el siguiente: “ …el pasado 5 de julio, la Suprema Corte de Justicia de la
Nación confirmó la constitucionalidad del Decreto de extinción del organismo público
descentralizado Luz y Fuerza del Centro (LyFC), publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 11 de octubre de 2009, al negar en definitiva el amparo al Sindicato
Mexicano de Electricistas (SME).”

Por la trascendencia de estos hechos, nuestro Sindicato hace las siguientes precisiones:

1.- Mostrando que su paso por la Escuela Libre de Derecho fue inútil, en virtud de que
posee una ignorancia enciclopédica en materia de derecho, Lozano Alarcón omitió decir
que la resolución de la “suprema”, solamente se pronunció respecto al aspecto de
Constitucionalidad del decreto de extinción de LyFC, y no dictó sentencia alguna sobre el
aspecto de legalidad. Para abundar en ello, baste leer lo dicho por la “suprema” en su
comunicado del 5 de Julio de 2010, en donde concluye lo siguiente: “la sustitución
patronal presupone la subsistencia de la relación laboral, de modo tal que un
pronunciamiento sobre este aspecto, implicaría desconocer el procedimiento iniciado
ante la Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, en el cual
se encuentra sub júdice la determinación sobre si existió terminación colectiva de las
relaciones de trabajo o no”

2.- Efectivamente, la situación jurídica de los trabajadores en resistencia agremiados al
SME, está en litigio (subjudice), en virtud de que el SME presentó desde el 6 de Noviembre
del 2009, una demanda en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), contra LyFC,
contra el SAE y contra Comisión Federal de Electricidad (CFE), demandando entre otras
cuestiones la reinstalación de los trabajadores despedidos injustificadamente y la
aplicación del patrón sustituto, sin que a la fecha haya habido audiencia alguna, y mucho
menos resolución al respecto, de parte de la JFCA.

3.- Asimismo, la resolución del 5 de Julio de la “suprema” sobre el decreto de extinción de
LyFC, estableció que “Los derechos laborales de los trabajadores quedan salvaguardados
para hacerlos valer ante las autoridades correspondientes”, por lo que todos los
derechos que tengan que ver con aplicación de la Ley Federal del Trabajo y de nuestro
Contrato Colectivo de Trabajo, el SME los tiene a salvo, incluido el tema de los prestamos
habitacionales que Lozano pone como zanahoria, para hacer “atractivas” las liquidaciones,
tratando de engañar a los trabajadores del SME, al prometer a quien se liquide que el
Gobierno Federal “pone a su disposición la posibilidad de participar en el Programa de
Descuentos de Préstamos Habitacionales”.

4.- Como hemos demostrado, la aplicación de la figura de patrón sustituto, establecida
en el artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo y del artículo 292 de la Ley del IMSS es
procedente, tal y como lo han ratificado connotados especialistas en materia laboral, en
tanto que la materia de trabajo en nuestra zona de atención subsiste, además en
consecuencia del convenio firmado por el SAE y la CFE, de fecha 11 de Octubre de 2009, el
cual establece que todas las propiedades, activos e instalaciones propiedad de LyFC pasan
a poder de CFE, y por lo tanto, esta entidad se constituyó como el patrón sustituto en
lugar de LyFC.

5.- Por otra parte, en la conferencia referida, Lozano Alarcón confesamente declaró ser un
tapete del titular del poder ejecutivo, afirmando que “Mi compromiso y lealtad es con el
presidente Felipe Calderón”, omitiendo que en su calidad de funcionario público, sus
acciones están reguladas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la
cual en su artículo 40 le obliga a “Vigilar la observancia y la aplicación de las
disposiciones contenidas en el Artículo 123 y otros de la Constitución Federal; en la Ley
Federal del Trabajo y en sus reglamentos”

6.- Desde que se creó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en 1940, su objetivo
fundamental ha sido, el vigilar y hacer respetar el artículo 123 de nuestra Carta Magna,
por ello, el SME ha exigido la renuncia de Lozano Alarcón no sólo de la STPS, sino de
cualquier puesto de la Administración Pública Federal, en virtud de su posición pro
empresarial y en contra de los trabajadores mexicanos.

7.- Exigimos a Eduardo Andrade Salaverría, presidente de la Junta Federal de Conciliación
y Arbitraje, la restitución de la Legalidad Constitucional en materia laboral, es decir, la
aplicación del artículo 123 Constitucional, garantizando el respeto a la Ley, en la
resolución de los conflictos laborales, por lo que solicitamos que de manera inmediata nos
citen a las partes en conflicto, a audiencia para resolver nuestra demanda laboral.

                                     Fraternalmente
                       “Por el Derecho y la Justicia del Trabajador”
                           México, D.F., a 13 de Julio de 2010.

                               Fernando Amezcua Castillo
                                 Secretario del Exterior

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