Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Servicio doméstico en colombia
1. INTERPRETACIÓN DE LA NORMA SOBRE EL SERVICIO DOMESTICO EN COLOMBIA
ABEL ANTONIO OSORIO VÁSQUEZ
Asignatura
Legislación Laboral
Fundación Universitaria Católica del Norte
Manzanares - Caldas
Cel. 3127736982
aaosoriov@soyucn.edu.co
Marcela María Rojas Jiménez, Abogada. Universidad Autónoma Latinoamericana. Especialista en Derecho Comercial.
2. Legislación laboral
Página 2
CONTENIDO
Pág.
1 INTRODUCCIÓN 3
1.1 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA SOBRE EL SERVICIO DOMESTICO EN COLOMBIA 4
2 CONCLUSIONES 5
3 CIBERGRAFÍA 6
3. Legislación laboral
Página 3
1 INTRODUCCIÓN
La legislación laboral Colombiana, a través del Código Sustantivo del Trabajo, no presenta un capitulo dirigido especialmente para los empleados del servicio domestico, pero hace referencia en varios de sus artículos, sobre los elementos básicos que constituyen la relación de trabajo y las excepciones en determinadas actividades laborales en el cumplimiento de los horarios, para este grupo en particular.
A partir del año 2011, con la creación del Ministerio de Trabajo, se ha venido desarrollando otros mecanismos, para que los trabajadores del servicio domestico, conozcan los elementos relacionados con los derechos y deberes de la relación contractual empleador y trabajador. Teniendo como fundamento principal que el trabajo domestico se encuentra protegido por normas internacionales, mediante el convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), mediante el cual se adoptaron las nuevas normas de orden global para mejorar las condiciones laborales de os trabajadores domésticos en el Mundo y Colombia como país miembro las acogió. (Ministerio de Trabajo de Colombia, Guia Laboral, pág. 15)1
1 (Ministerio de Trabajo de Colombia, Guia Laboral)
4. Legislación laboral
Página 4
1.1 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA SOBRE EL SERVICIO DOMESTICO EN COLOMBIA
Analizando la disposición legal en Colombia, con respecto a la prima de servicios para los empleados del servicio doméstico, se pueden plantear varias interpretaciones que son totalmente respetables y argumentadas desde el punto de vista legal, constitucional y social.
La Corte Constitucional en el año de 1995, (Ministerio de Trabajo de Colombia, Guia Laboral)2 estableció que los trabajadores del servicio doméstico, están excluidos del pago de la prima de servicios, pues los hogares; que son los lugares de labor de este tipo de trabajadores, no generan utilidad monetaria para los empleadores, como si lo hacen las empresas. Este argumento es totalmente valido y comprensible; pero se podría pensar que también es injusto desde el punto de vista social, pues los empleados del servicio doméstico, se encuentran en igualdad de condiciones a los demás contratistas de cualquier empresa, en lo correspondiente al cumplimiento de horarios, seguridad social, auxiliaos, vacaciones, indemnizaciones, liquidación, descansos obligatorios, responsabilidades fiscales, disciplinarias, penales y laborales.
Las posiciones que se plantan en esta situación son validas, pero al final lo que busca la Ley, es generar un equilibrio en la relación contractual ya sea verbal o escrita entre ambas partes. En este sentido no se vulneran los derechos de los trabajadores de este sector, pues si se presentara el caso contrario; se podría interpretar una vulneración de los derechos del empleador por estar en la obligación de pagar una prima de servicio, sobre un beneficio nulo en la generación de ingresos en el hogar que no puede estar visto como una empresa.
La discusión es amplia al respecto, y de esta forma se abre una serie de posiciones en cuanto a los merecimientos, vacios legales, vulneración de los derechos, etc, que enriquecerán los escenarios propuestos.
2 (Ministerio de Trabajo de Colombia, Guia Laboral)
5. Legislación laboral
Página 5
2 CONCLUSIONES
Es una obligación del empleador reconocer; que la relación laboral ya sea a término fijo o indefinido con el empleado, genera una serie de responsabilidades y obligaciones que ambas partes deben cumplir.
El código sustantivo de Trabajo, se entiende como una Ley del estado Colombiano, para buscar una equidad social entre las relaciones de los trabajadores y los empleadores. (Fundación Universitaria Católica del Norte. Documentos de apoyo. Contratos Especiales, pág. 12)3
La legislación Colombiana y el Ministerio del Trabajo, apuntan sus disposiciones legales a la protección del trabajador, que en la relación con el empleador se presenta como el más vulnerable, sin que esta figura permita que una de las partes se vea perjudicado con la interpretación de la norma.
3 (Fundación Universitaria Católica del Norte. Documentos de apoyo. Contratos Especiales)
6. Legislación laboral
Página 6
3 CIBERGRAFÍA
Fundación Universitaria Católica del Norte. Documentos de apoyo. Contratos Especiales. (s.f.).
Ministerio de Trabajo de Colombia, Guia Laboral. (s.f.). Obtenido de http//www.mintrabajo.gov.co
Osorio, Abel. (2014).