1. RETENCIÓN EN LA FUENTE
YESENIA KATHERIN LÓPEZ SÁNCHEZ
LUIS FERNANDO GONZÁLEZ OLAYA
WILSON ARMANDO CUBIDES GONZÁLEZ
ANA DELMIRA
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA SAN MATEO
PROCESOS EMPRESARIALES
CONTABILIDAD
BOGOTÁ
2014
3. Retención en la fuente no es un impuesto, sino una
cobro anticipado de un impuesto, que puede ser el
impuesto de renta (Retención por renta), Impuesto a las
ventas (Reteiva o retención en la fuente por IVA)y el
Impuesto de industria y comercio (Reteica).
Es un mecanismo para recaudar impuestos (Renta, IVA,
Timbre, entre otros) anticipadamente. El efecto sobre los
impuestos es que en el momento en el que se declara,
estos valores podrán ser deducidos del valor total del
impuesto. Para las personas no declarantes, la retención
en la fuente será el impuesto
4. IMPUESTOS QUE ESTÁN SOMETIDOS
A RETENCIÓN
Renta
Remesas
Ganancias Ocasionales
IVA
Industria y Comercio
Timbre
Gravamen a los movimientos Financieros
5. ¿CUÁL ES EL EFECTO DE LA RETENCIÓN
EN LA FUENTE EN LOS IMPUESTOS?
En las respectivas liquidaciones privadas, las personas
restarán del impuesto el valor que les haya sido retenido.
Si la diferencia resultante es positiva, deberá pagarse
dentro de los términos ordinarios señalados por la
autoridad fiscal.
6. ¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE LA
RETENCIÓN EN LA FUENTE?
Facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto.
Además, tiene por objeto conseguir en forma gradual que
el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo
ejercicio gravable en que se cause.
7. TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE
PARA EL 2014
CONCEPTOS BASE
UVT
BASE
PESOS
TARIFAS
Compras generales (declarantes) 27 742.000 2,5%
Compras generales (no declarantes) 27 742.000 3,5%
Compras con tarjeta débito o crédito 0 100% 1,5%
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin
procesamiento industrial
92 2.529.000 1,5%
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con
procesamiento industrial (declarantes)
27 742.000 2,5%
Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios con
procesamiento industrial declarantes (no declarantes)
27 742.000 3,5%
Compras de café pergamino o cereza 160 4.398.000 0,5%
Compras de combustibles derivados del petróleo 0 100% 0,1%
Enajenación de activos fijos de personas naturales (notarias
y transito son agentes retenedores)
0 100% 1%
Compras de vehículos 0 100% 1%
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea
vivienda de habitación (por las primeras 20.000 UVT, es
decir hasta $549.700.000)
0 100% 1%
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea
vivienda de habitación (exceso de las primeras 20.000 UVT,
es decir superior a $549.700.000)
20.000 549.700 2,5%
Compras de bienes raíces cuya destinación y uso sea
distinto a vivienda de habitación
0 100% 2,5%
Servicios generales (declarantes) 4 110.000 4%
Servicios generales (no declarantes) 4 110.000 6%
Por emolumentos eclesiásticos (declarantes) 27 742.000 4%
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre
(declarantes)
27 742.000 2,5%
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre (no
declarantes)
27 742.000 3,5%
Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía aérea o marítima 4 110.000 1%
Servicios prestados por empresas de servicios temporales (sobre AIU) 4 110.000 1%
Servicios prestados por empresas de vigilancia y aseo (sobre AIU) 4 110.000 2%
Servicios integrales de salud prestados por IPS 4 110.000 2%
Servicios de hoteles y restaurantes (declarantes) 4 110.000 2,5%
Servicios de hoteles y restaurantes (no declarantes) 4 110.000 3,5%
Arrendamiento de bienes muebles 0 100% 4%
Arrendamiento de bienes inmuebles (declarantes) 27 742.000 2,5%
Arrendamiento de bienes inmuebles (no declarantes) 27 742.000 3,5%
Otros ingresos tributarios (declarantes) 27 742.000 2,5%
Otros ingresos tributarios (no declarantes) 27 742.000 3,5%
Pagos o abonos en cuenta gravables realizados a personas naturales
clasificadas en la categoría tributaria de empleado
95 2.611.000 Art. 383
ET
Pagos o abonos en cuenta gravables realizados a personas naturales
clasificadas en la categoría tributaria de empleado (tarifa mínima)
128,96 3.544.000 Art. 384
ET
Honorarios y comisiones (personas jurídicas) 0 100% 11%
Honorarios y comisiones personas naturales que suscriban contrato o
cuya sumatoria de los pagos o abonos en cuenta superen las 3.300 UVT
0 100% 11%
Honorarios y comisiones (no declarantes) 0 100% 10%
Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software 0 100% 3,5%
Intereses o rendimientos financieros 0 100% 7%
Rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija 0 100% 4%
8. UVT (UNIDAD DE VALOR
TRIBUTARIO)
Se refiere a la unidad de medida de valor, que tiene
como objetivo representar los valores tributarios que se
encontraban anteriormente expresados en pesos. En
octubre de cada año, la Dian establece el nuevo valor
que tendrá la unidad para el nuevo año.
Su finalidad es convertir en valores absolutos las cifras y
valores expresados en UVT, aplicables a las disposiciones
de los impuestos y obligaciones tributarias administradas
por la DIAN
9. VALORES UVT
Valor UVT 2014
Para el 2014 el UVT corresponde a $27.485
Valor UVT 2013
Para el 213 el UVT corresponde a $26.841
Valor UVT 2012
Para el 2012 el UVT corresponde a $26.049
Valor UVT 2011
Para el 2010 el UVT corresponde a $25.132
Valor UVT 2010
Para el 2010 el UVT corresponde a $24.555
Valor UVT en el 2009
Para el 2009 el valor del UVT corresponde a $23.763
Valor UVT en el 2008
Para el 2008, el valor del UVT corresponde a $22.054
Valor UVT en el 2007
Para el 2007 el valor del UVT corresponde a $20.974.
10. RANGOS EN UVT Y EN PESOS
La retención en la fuente resulta de aplicar a los pagos
gravables de los asalariados la siguiente tabla:
Rangos en UVT** Rangos en Pesos Tarifa
Marginal
IMPUESTO
Desde Hasta Desde Hasta
> 0 95 $0 $2.550.000 0% 0
> 95 150 $2.550.001 $4.026.000 19% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos de 95 UVT)*19%
> 150 360 $4.026.001 $9.663.000 28% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos de 150 UVT)*28% más 10 UVT
> 360 En adelante $9.663.001 En adelante 33% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos de 360 UVT)*33% más 69 UVT