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Agosto, 2016
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Ley de Régimen Tributario Interno. (Del Art. 52 al 74)
Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. (Del Art.
140 al 196)
Reglamento de Comprobantes de Venta. (Del Art. 4, 8, 9, 13, 19, 22, 25, 40)
Ley de Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana
(Disposiciones Transitorias)
Ley de Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas
Resoluciones
NAC-DGECCGC10-00014: Autoconsumo
NAC-DGERCGC14-00095: A las PNNOLLC en calidad de agentes de percepción
declaraciones semestrales, cuando no han tenido actividad.
NAC-DGEC2008-005: Reembolso.
NAC-DGECCGC12-00018: Artesanos
NAC-DGERCGC16-00000009: Descuento 2% Manabí y Esmeraldas
NAC-DGERCGC16-00000210: Formulario 104 – 104A
NAC-DGERCGC16-00000247: Emisión CV tarifa 14%
NAC-DGERCGC15-00000284: Porcentajes de Retención
BASE LEGAL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Grava a las transferencias de dominio de bienes de naturaleza
corporal, importación, así también como la prestación de
servicios
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 52 Ley de Régimen Tributario Interno
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Acto o contrato realizado por personas
naturales o sociedades, arrendamiento
mercantil, Autoconsumo entre otros.
Toda actividad, labor o trabajo prestado
por el Estado, Sociedades o personas
naturales, sin relación laboral a favor de
un tercero.
TRANSFERENCIA
PRESTACIÓN DE
SERVICIOS
Art. 53 Ley de Régimen Tributario Interno – Art. 140 Reglamento Ley de Régimen Tributario Interno
TRANSFERENCIAS CON TARIFA 0%
Productos alimenticios de origen: agrícola, avícola, pecuario,
apícola, cunícola, bioacuático, forestal, carnes en estado natural
y de pesca
Leches, quesos, yogures embutidos
Tractores de llantas de hasta 200 hp, los tipo canguro, para el
cultivo del arroz; arados, rastras, surcadores y vertedores;
cosechadoras, sembradoras, cortadoras de pasto, bombas de
fumigación portables, aspersores y rociadores para equipos de
riego y demás elementos de uso agrícola.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 55 Ley de Régimen Tributario Interno
TRANSFERENCIAS E IMPORTACIONES TARIFA CERO DE IVA
Art. 55 Ley de Régimen Tributario Interno
TRANSFERENCIAS CON TARIFA 0%
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 55 Ley de Régimen Tributario Interno
TRANSFERENCIAS CON TARIFA 0%
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 55 Ley de Régimen Tributario Interno
TRANSFERENCIAS E IMPORTACIONES TARIFA CERO DE IVA
BIENES QUE
INTRODUZCAN
AL PAIS
Art. 56 Ley de Régimen Tributario Interno
SERVICIOS GRAVADOS CON TARIFA 0%
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 56 Ley de Régimen Tributario Interno
SERVICIOS GRAVADOS CON TARIFA 0%
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 56 Ley de Régimen Tributario Interno
SERVICIOS GRAVADOS CON TARIFA 0%
Art. 56 Ley de Régimen Tributario Interno
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LAS TRANSFERENCIAS
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 62 y Art. 63 Ley de Régimen Tributario Interno
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
TARIFA DEL IMPUESTO
La tarifa de Impuesto al Valor Agregado es del 12%
14% vigente desde el 01 de junio de 2016 hasta por un año.
FACTURACIÓN DEL IMPUESTO
Los sujetos pasivos tienen la obligación de emitir y entregar al
comprador un comprobante de venta incluso cuando el bien o
servicio sea gravado con tarifa cero de IVA, o no sea objeto del
impuesto.
LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO
Se debe calcular la diferencia entre el IVA Cobrado (Ventas) y el
IVA Pagado (Compras)
Valor a pagar en este caso
VENTAS
BASE IMPONIBLE IVA COBRADO
100,00 14,00
COMPRAS
BASE IMPONIBLE IVA PAGADO
80,00 11,20
LIQUIDACIÓN
IVA COBRADO - IVA PAGADO
2,80
CRÉDITO TRIBUTARIO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
CRÉDITO TRIBUTARIO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
CRÉDITO TRIBUTARIO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
CRÉDITO TRIBUTARIO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Ventas 12% + Exportaciones + Venta paquetes de Turismo + Venta directa a Exportadores
Total de las Ventas
EJEMPLO 1
VENTAS 14% 1000
VENTAS 0% 500
EJEMPLO 2
VENTAS 14% 1320
EXPORTACIONES 1200
VENTAS 0% 420
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
Calcular el factor de proporcionalidad
CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Ventas 12% + Exportaciones + Venta paquetes de Turismo + Venta directa a Exportadores
Total de las Ventas
EJEMPLO 1
VENTAS 14% 1000
VENTAS 0%
EJEMPLO 2
500
= 0,6667
VENTAS 14%+EXPORTACIONES
TOTAL VENTAS
2520
2940
= 0,8571
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Ventas 12% + Exportaciones + Venta paquetes de Turismo + Venta directa a Exportadores
Total de las Ventas
EJEMPLO 1
VENTAS 14% 1000
VENTAS 0%
EJEMPLO 2
500
= 0,6667
VENTAS 14%+EXPORTACIONES
TOTAL VENTAS
2520
2940
= 0,8571
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Luego de que tenemos el porcentaje se multiplica por el valor del IVA en compras y ese es el valor que se
compensa con el IVA ventas, aumentamos en el ejercicio anterior.
EJEMPLO 1
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
VENTAS 14% 1000 IVA VENTAS 140
VENTAS 0% 500
COMPRAS 14% 800 IVA COMPRAS 112
CRÉDITO TRIBUTARIO APLICABLE = 112 x 0,6667 = 74,67
IVA A PAGAR = 65,33 = IVA VENTAS (140) – IVA COMPRAS CRÉDITO TRIBUTARIO(74,67)
CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Luego de que tenemos el porcentaje se multiplica por el valor del IVA en compras y ese es el valor que se
compensa con el IVA ventas, aumentamos en el ejercicio anterior.
EJEMPLO 2
IVA A PAGAR = 64,81 = IVA VENTAS (184,80) – IVA COMPRAS CRÉDITO TRIBUTARIO(119,99)
Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
VENTAS 14% 1320 IVA VENTAS 184,80
EXPORTACIONES+VENTAS
0%
1460
COMPRAS 14% 1000 IVA COMPRAS 140
CRÉDITO TRIBUTARIO APLICABLE = 140 x 0,8571 = 119,99
DECLARACIÓN Y PLAZO PARA PAGAR
Art.158 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
VENTAS DECLARACIÓN Y PAGO CRÉDITO TRIBUTARIO
TARIFA 14% MENSUAL TOTAL
TARIFAS 0% Y 14% MENSUAL PROPORCIONAL
TARIFA 0% SEMESTRAL NO TIENE DERECHO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
PRIMER SEMESTRE
enero - junio
SEGUNDO SEMESTRE
julio- diciembre
DECLARACIONES MENSUALES
NOVENO
DÍGITO
FECHA DE
VENCIMIENTO
NOVENO
DÍGITO
FECHA DE
VENCIMIENTO
NOVENO
DÍGITO
FECHA DE VENCIMIENTO
1 10de julio 1 10de enero 1 hasta día 10del siguiente mes
2 12de julio 2 12de enero 2 hasta día 12del siguiente mes
3 14de julio 3 14de enero 3 hasta día 14del siguiente mes
4 16de julio 4 16de enero 4 hasta día 16del siguiente mes
5 18 de julio 5 18de enero 5 hasta día 18 del siguiente mes
6 20 de julio 6 20de enero 6 hasta día 20 del siguiente mes
7 22 de julio 7 22de enero 7 hasta día 22 del siguiente mes
8 24 de julio 8 24de enero 8 hasta día 24 del siguiente mes
9 26 de julio 9 26de enero 9 hasta día 26 del siguiente mes
0 28 de julio 0 28de enero 0 hasta día 28 del siguiente mes
RETENCIONES DE IVA
Art.163 de la LRTI - Art. 147 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
PORCENTAJES DE RETENCIÓN DE IVA
Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 S.R.O. 473 ABRIL 2015 - Art. 147 del RLRTI
•
•
•
30% :Bienes
70%: Servicios, derechos, comisiones por intermediación y en contratos de
consultoría gravados.
100%: Servicios profesionales, arrendamiento de inmuebles, liquidaciones de
compra, pagos de dietas y honorarios a miembros de directorios, operadores de
turismo receptivo en adquisiciones de bienes y derechos que formen parte de su
activo fijo por los bienes y servicios adquiridos que formen parte del paquete de
turismo, Importadores de Servicios.
• 10% : Contribuyentes especiales por adquisición de bienes y servicios a otros
especiales, las sociedades emisoras de tarjetas de crédito por pagos realizados a
contribuyentes especiales.
• 20%: contribuyente especial, en la adquisición de servicios y derechos, en el
pago de comisiones por intermediación, y en contratos de consultoría, gravados,
a otros contribuyentes especiales.
PORCENTAJES DE RETENCIÓN DE IVA
Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 S.R.O. 473 ABRIL 2015 - Art. 147 del RLRTI
FORMAS DE DECLARACIÓN Y PAGO IVA
SANCIONES
MULTAS PARA DECLARACIONES TARDÍAS
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
SI CAUSA
IMPUESTO
MENSUAL SEMESTRAL
3% DEL IMPUESTO A
PAGAR, POR MES O
FRACCIÓN, MÁXIMO
HASTA EL 100% DEL
IMPUESTO A LA PAGAR
NO APLICA
NO CAUSA
IMPUESTO
SI SE HUBIEREN PRODUCIDO VENTAS
0,1% POR MES O FRACCIÓN DE MES, DE LAS
VENTAS BRUTAS RESGITRADAS DURANTE EL
PERÍODO, QUE CORRESPONDA LA DECLARACIÓN
Art. 100 de la Ley de Régimen Tributario Interno
RETENCIONES AL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 SRO 473 – Abril 2015
EJEMPLOS DE RETENCIONES DE IVA
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
La retención del IVA se hace del valor del impuesto y lo hacen los agentes de
retención en el momento en que efectúan el pago por la compra de un bien
o de un servicio.
Bienes
Compra de un repuesto de moto por la Sociedad XYZ a una Persona Natural
no Obligada a llevar contabilidad, el 05-Jun-2016 por un valor de $120 + IVA,
calcule la retención de IVA
Base Imponible: 120.00
IVA 16,80
Cálculo de Retención (16,80 x 30%)
RETENCION DE IVA 5,04
Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 SRO 473 – Abril 2015
EJEMPLOS DE RETENCIONES DE IVA
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Servicios
Pago a Juan Pérez por pintar el Rectorado de la Universidad Privada ABC, el
15-Jun-16, un monto de $230 + IVA
Base Imponible: 230.00
IVA 32,20
Cálculo de Retención (32,20 x 70%)
RETENCION DE IVA 22,54
Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 SRO 473 – Abril 2015
EJEMPLOS DE RETENCIONES DE IVA
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Servicios Profesionales
Pago de un Contribuyente Especial por arriendo de Enero a Marzo, al señor
Julio Pérez, dueño de casa, el 10-Ago-2016, por un monto de $1.200 + IVA
Base Imponible: 1200.00
IVA 168,00
Cálculo de Retención (168,00 x 100%)
RETENCION DE IVA 168.00
Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 SRO 473 – Abril 2015
PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE IVA POR APLICACIÓN
DE LA TARIFA 14%
Los contribuyentes que adquieran bienes y/o servicios en las provincias de Manabí o
Esmeraldas deben aplicar directamente el descuento solidario de 2 puntos
porcentuales de la tarifa de IVA en dichas transacciones.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
FORMULARIOS MODIFICADOS:
FORMULARIO 104: Declaración del Impuesto al Valor Agregado
FORMULARIO 104A: Declaración del Impuesto al Valor Agregado para Personas
Naturales y Sucesiones Indivisas que no Actúan en Calidad de Agentes de Retención y
que no Realizan Actividades de Comercio Exterior
Disposición Transitoria primera Ley de Solidaridad – CircularNAC-DGECCGC16-0000009
PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE IVA POR APLICACIÓN
DE LA TARIFA 14%
Art. (…).- Devolución del impuesto al valor agregado por uso de medios electrónicos de
pago.- El Servicio de Rentas Internas, en forma directa o a través de los participantes
en el sistema nacional de pagos, debidamente autorizados por el Banco Central del
Ecuador, devolverán en dinero electrónico, de oficio, al consumidor final de bienes o
servicios gravados con tarifa 12% del IVA, un valor equivalente a:
2 puntos porcentuales del IVA pagado en transacciones confirmadas realizadas con
dinero electrónico.
1 punto porcentual del IVA pagado en transacciones confirmadas realizadas con
tarjeta de débito.
1 punto porcentual del IVA pagado en transacciones confirmadas realizadas con
tarjeta de crédito.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Artículo innumerado agregado a continuación del artículo 72 de la LRTI SRO 768, Junio 2016
PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE IVA POR APLICACIÓN
DE LA TARIFA 14%
Se incrementa la tarifa de IVA al 14% durante un año (puede concluir antes).
Vendedores en las provincias de Manabí y Esmeraldas pueden conceder descuento de
2 puntos del IVA, teniendo derecho a utilizarlo como crédito tributario.
Cuando el crédito tributario no pueda ser compensado se aplicará lo dispuesto en Art.
69 LRTI.
Este descuento se aplicará durante la vigencia de tarifa 14% de IVA y no excluye
devolución IVA por uso medios electrónicos
Por doce meses se dispone la devolución o compensación de dos puntos porcentuales
adicionales de IVA por pagos realizados con dinero electrónico.
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera podrá disponer que la vigencia
de esta devolución o compensación adicional concluya antes de cumplido el plazo de
doce meses
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Artículo innumerado agregado a continuación del artículo 72 de la LRTI SRO 768, Junio 2016
PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE IVA POR APLICACIÓN
DE LA TARIFA 14%
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Se incrementa la tarifa de IVA al 14% durante un año (puede concluir antes).
Vendedores en las provincias de Manabí y Esmeraldas pueden conceder descuento de
2 puntos del IVA, teniendo derecho a utilizarlo como crédito tributario.
Cuando el crédito tributario no pueda ser compensado se aplicará lo dispuesto en Art.
69 LRTI.
Este descuento se aplicará durante la vigencia de tarifa 14% de IVA y no excluye
devolución IVA por uso medios electrónicos
Por doce meses se dispone la devolución o compensación de dos puntos porcentuales
adicionales de IVA por pagos realizados con dinero electrónico.
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera podrá disponer que la vigencia
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doce meses
Disposición Transitoria Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
CAMBIOS EN FORMULARIOS 104 Y 104 A
Casillas de Ventas:
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
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CAMBIOS EN FORMULARIOS 104 Y 104 A
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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
REGISTRO DEL DESCUENTO DEL IMPUESTO CONCEDIDO EN VENTAS
COMO CRÉDITO TRIBUTARIO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
ARRASTRE DE CRÉDITO TRIBUTARIO POR CONCEPTO DE
DESCUENTO DEL IMPUESTO Y APLICACIÓN DEL ART. 69 LRTI
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
IVA GENERADO EN LA DIFERENCIA ENTRE VENTAS Y NOTAS DE
CRÉDITO CON DISTINTA TARIFA
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Ventas 14% y devoluciones realizadas a partir de junio 2016 sobre ventas
realizadas antes de dicho mes
Ventas 14% y devoluciones de ventas en las que se concedió descuento de IVA
Ventas 14% y devoluciones de ventas sobre las que el Estado devolvió el
impuesto al adquiriente por uso de medios electrónicos en los pagos
Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
IVA GENERADO EN LA DIFERENCIA ENTRE ADQUISICIONES Y NOTAS
DE CRÉDITO CON DISTINTA TARIFA
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Adquisiciones 14% y devoluciones realizadas a partir de junio 2016 sobre
adquisiciones realizadas antes de dicho mes
Adquisiciones 14% y devoluciones en las que se obtuvo descuento de IVA
Adquisiciones 14% y devoluciones de compras sobre
las que el Estado previamente devolvió el impuesto por uso de medios
electrónicos en los pagos
Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
AJUSTE DEL CRÉDITO TRIBUTARIO DE IVA POR DESCUENTO O
DEVOLUCIÓN OBTENIDO EN ADQUISICIONES
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 6 Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
AJUSTES EN VALIDACIONES – PÁGINA WEB SRI
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Art. 6 Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad

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  • 1. Agosto, 2016 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
  • 2. Ley de Régimen Tributario Interno. (Del Art. 52 al 74) Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. (Del Art. 140 al 196) Reglamento de Comprobantes de Venta. (Del Art. 4, 8, 9, 13, 19, 22, 25, 40) Ley de Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana (Disposiciones Transitorias) Ley de Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas Resoluciones NAC-DGECCGC10-00014: Autoconsumo NAC-DGERCGC14-00095: A las PNNOLLC en calidad de agentes de percepción declaraciones semestrales, cuando no han tenido actividad. NAC-DGEC2008-005: Reembolso. NAC-DGECCGC12-00018: Artesanos NAC-DGERCGC16-00000009: Descuento 2% Manabí y Esmeraldas NAC-DGERCGC16-00000210: Formulario 104 – 104A NAC-DGERCGC16-00000247: Emisión CV tarifa 14% NAC-DGERCGC15-00000284: Porcentajes de Retención BASE LEGAL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
  • 3. Grava a las transferencias de dominio de bienes de naturaleza corporal, importación, así también como la prestación de servicios IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 52 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 4. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Acto o contrato realizado por personas naturales o sociedades, arrendamiento mercantil, Autoconsumo entre otros. Toda actividad, labor o trabajo prestado por el Estado, Sociedades o personas naturales, sin relación laboral a favor de un tercero. TRANSFERENCIA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Art. 53 Ley de Régimen Tributario Interno – Art. 140 Reglamento Ley de Régimen Tributario Interno
  • 5. TRANSFERENCIAS CON TARIFA 0% Productos alimenticios de origen: agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuático, forestal, carnes en estado natural y de pesca Leches, quesos, yogures embutidos Tractores de llantas de hasta 200 hp, los tipo canguro, para el cultivo del arroz; arados, rastras, surcadores y vertedores; cosechadoras, sembradoras, cortadoras de pasto, bombas de fumigación portables, aspersores y rociadores para equipos de riego y demás elementos de uso agrícola. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 55 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 6. TRANSFERENCIAS E IMPORTACIONES TARIFA CERO DE IVA Art. 55 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 7. TRANSFERENCIAS CON TARIFA 0% IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 55 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 8. TRANSFERENCIAS CON TARIFA 0% IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 55 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 9. TRANSFERENCIAS E IMPORTACIONES TARIFA CERO DE IVA BIENES QUE INTRODUZCAN AL PAIS Art. 56 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 10. SERVICIOS GRAVADOS CON TARIFA 0% IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 56 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 11. SERVICIOS GRAVADOS CON TARIFA 0% IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 56 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 12. SERVICIOS GRAVADOS CON TARIFA 0% Art. 56 Ley de Régimen Tributario Interno IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
  • 13. SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LAS TRANSFERENCIAS IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 62 y Art. 63 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 14. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno TARIFA DEL IMPUESTO La tarifa de Impuesto al Valor Agregado es del 12% 14% vigente desde el 01 de junio de 2016 hasta por un año. FACTURACIÓN DEL IMPUESTO Los sujetos pasivos tienen la obligación de emitir y entregar al comprador un comprobante de venta incluso cuando el bien o servicio sea gravado con tarifa cero de IVA, o no sea objeto del impuesto. LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO Se debe calcular la diferencia entre el IVA Cobrado (Ventas) y el IVA Pagado (Compras) Valor a pagar en este caso VENTAS BASE IMPONIBLE IVA COBRADO 100,00 14,00 COMPRAS BASE IMPONIBLE IVA PAGADO 80,00 11,20 LIQUIDACIÓN IVA COBRADO - IVA PAGADO 2,80
  • 15. CRÉDITO TRIBUTARIO IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 16. CRÉDITO TRIBUTARIO IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 17. CRÉDITO TRIBUTARIO IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 18. CRÉDITO TRIBUTARIO IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 19. CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Ventas 12% + Exportaciones + Venta paquetes de Turismo + Venta directa a Exportadores Total de las Ventas EJEMPLO 1 VENTAS 14% 1000 VENTAS 0% 500 EJEMPLO 2 VENTAS 14% 1320 EXPORTACIONES 1200 VENTAS 0% 420 Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno Calcular el factor de proporcionalidad
  • 20. CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Ventas 12% + Exportaciones + Venta paquetes de Turismo + Venta directa a Exportadores Total de las Ventas EJEMPLO 1 VENTAS 14% 1000 VENTAS 0% EJEMPLO 2 500 = 0,6667 VENTAS 14%+EXPORTACIONES TOTAL VENTAS 2520 2940 = 0,8571 Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 21. CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Ventas 12% + Exportaciones + Venta paquetes de Turismo + Venta directa a Exportadores Total de las Ventas EJEMPLO 1 VENTAS 14% 1000 VENTAS 0% EJEMPLO 2 500 = 0,6667 VENTAS 14%+EXPORTACIONES TOTAL VENTAS 2520 2940 = 0,8571 Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno
  • 22. CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Luego de que tenemos el porcentaje se multiplica por el valor del IVA en compras y ese es el valor que se compensa con el IVA ventas, aumentamos en el ejercicio anterior. EJEMPLO 1 Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno VENTAS 14% 1000 IVA VENTAS 140 VENTAS 0% 500 COMPRAS 14% 800 IVA COMPRAS 112 CRÉDITO TRIBUTARIO APLICABLE = 112 x 0,6667 = 74,67 IVA A PAGAR = 65,33 = IVA VENTAS (140) – IVA COMPRAS CRÉDITO TRIBUTARIO(74,67)
  • 23. CRÉDITO TRIBUTARIO PARCIAL – Factor de Proporcionalidad IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Luego de que tenemos el porcentaje se multiplica por el valor del IVA en compras y ese es el valor que se compensa con el IVA ventas, aumentamos en el ejercicio anterior. EJEMPLO 2 IVA A PAGAR = 64,81 = IVA VENTAS (184,80) – IVA COMPRAS CRÉDITO TRIBUTARIO(119,99) Art. 66 Ley de Régimen Tributario Interno VENTAS 14% 1320 IVA VENTAS 184,80 EXPORTACIONES+VENTAS 0% 1460 COMPRAS 14% 1000 IVA COMPRAS 140 CRÉDITO TRIBUTARIO APLICABLE = 140 x 0,8571 = 119,99
  • 24. DECLARACIÓN Y PLAZO PARA PAGAR Art.158 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno VENTAS DECLARACIÓN Y PAGO CRÉDITO TRIBUTARIO TARIFA 14% MENSUAL TOTAL TARIFAS 0% Y 14% MENSUAL PROPORCIONAL TARIFA 0% SEMESTRAL NO TIENE DERECHO IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PRIMER SEMESTRE enero - junio SEGUNDO SEMESTRE julio- diciembre DECLARACIONES MENSUALES NOVENO DÍGITO FECHA DE VENCIMIENTO NOVENO DÍGITO FECHA DE VENCIMIENTO NOVENO DÍGITO FECHA DE VENCIMIENTO 1 10de julio 1 10de enero 1 hasta día 10del siguiente mes 2 12de julio 2 12de enero 2 hasta día 12del siguiente mes 3 14de julio 3 14de enero 3 hasta día 14del siguiente mes 4 16de julio 4 16de enero 4 hasta día 16del siguiente mes 5 18 de julio 5 18de enero 5 hasta día 18 del siguiente mes 6 20 de julio 6 20de enero 6 hasta día 20 del siguiente mes 7 22 de julio 7 22de enero 7 hasta día 22 del siguiente mes 8 24 de julio 8 24de enero 8 hasta día 24 del siguiente mes 9 26 de julio 9 26de enero 9 hasta día 26 del siguiente mes 0 28 de julio 0 28de enero 0 hasta día 28 del siguiente mes
  • 25. RETENCIONES DE IVA Art.163 de la LRTI - Art. 147 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
  • 26. PORCENTAJES DE RETENCIÓN DE IVA Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 S.R.O. 473 ABRIL 2015 - Art. 147 del RLRTI • • • 30% :Bienes 70%: Servicios, derechos, comisiones por intermediación y en contratos de consultoría gravados. 100%: Servicios profesionales, arrendamiento de inmuebles, liquidaciones de compra, pagos de dietas y honorarios a miembros de directorios, operadores de turismo receptivo en adquisiciones de bienes y derechos que formen parte de su activo fijo por los bienes y servicios adquiridos que formen parte del paquete de turismo, Importadores de Servicios. • 10% : Contribuyentes especiales por adquisición de bienes y servicios a otros especiales, las sociedades emisoras de tarjetas de crédito por pagos realizados a contribuyentes especiales. • 20%: contribuyente especial, en la adquisición de servicios y derechos, en el pago de comisiones por intermediación, y en contratos de consultoría, gravados, a otros contribuyentes especiales.
  • 27. PORCENTAJES DE RETENCIÓN DE IVA Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 S.R.O. 473 ABRIL 2015 - Art. 147 del RLRTI
  • 29. SANCIONES MULTAS PARA DECLARACIONES TARDÍAS IMPUESTO AL VALOR AGREGADO SI CAUSA IMPUESTO MENSUAL SEMESTRAL 3% DEL IMPUESTO A PAGAR, POR MES O FRACCIÓN, MÁXIMO HASTA EL 100% DEL IMPUESTO A LA PAGAR NO APLICA NO CAUSA IMPUESTO SI SE HUBIEREN PRODUCIDO VENTAS 0,1% POR MES O FRACCIÓN DE MES, DE LAS VENTAS BRUTAS RESGITRADAS DURANTE EL PERÍODO, QUE CORRESPONDA LA DECLARACIÓN Art. 100 de la Ley de Régimen Tributario Interno
  • 30. RETENCIONES AL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 SRO 473 – Abril 2015
  • 31. EJEMPLOS DE RETENCIONES DE IVA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO La retención del IVA se hace del valor del impuesto y lo hacen los agentes de retención en el momento en que efectúan el pago por la compra de un bien o de un servicio. Bienes Compra de un repuesto de moto por la Sociedad XYZ a una Persona Natural no Obligada a llevar contabilidad, el 05-Jun-2016 por un valor de $120 + IVA, calcule la retención de IVA Base Imponible: 120.00 IVA 16,80 Cálculo de Retención (16,80 x 30%) RETENCION DE IVA 5,04 Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 SRO 473 – Abril 2015
  • 32. EJEMPLOS DE RETENCIONES DE IVA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Servicios Pago a Juan Pérez por pintar el Rectorado de la Universidad Privada ABC, el 15-Jun-16, un monto de $230 + IVA Base Imponible: 230.00 IVA 32,20 Cálculo de Retención (32,20 x 70%) RETENCION DE IVA 22,54 Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 SRO 473 – Abril 2015
  • 33. EJEMPLOS DE RETENCIONES DE IVA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Servicios Profesionales Pago de un Contribuyente Especial por arriendo de Enero a Marzo, al señor Julio Pérez, dueño de casa, el 10-Ago-2016, por un monto de $1.200 + IVA Base Imponible: 1200.00 IVA 168,00 Cálculo de Retención (168,00 x 100%) RETENCION DE IVA 168.00 Resolución NAC-DGERCGC15-00000284 SRO 473 – Abril 2015
  • 34. PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE IVA POR APLICACIÓN DE LA TARIFA 14% Los contribuyentes que adquieran bienes y/o servicios en las provincias de Manabí o Esmeraldas deben aplicar directamente el descuento solidario de 2 puntos porcentuales de la tarifa de IVA en dichas transacciones. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO FORMULARIOS MODIFICADOS: FORMULARIO 104: Declaración del Impuesto al Valor Agregado FORMULARIO 104A: Declaración del Impuesto al Valor Agregado para Personas Naturales y Sucesiones Indivisas que no Actúan en Calidad de Agentes de Retención y que no Realizan Actividades de Comercio Exterior Disposición Transitoria primera Ley de Solidaridad – CircularNAC-DGECCGC16-0000009
  • 35. PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE IVA POR APLICACIÓN DE LA TARIFA 14% Art. (…).- Devolución del impuesto al valor agregado por uso de medios electrónicos de pago.- El Servicio de Rentas Internas, en forma directa o a través de los participantes en el sistema nacional de pagos, debidamente autorizados por el Banco Central del Ecuador, devolverán en dinero electrónico, de oficio, al consumidor final de bienes o servicios gravados con tarifa 12% del IVA, un valor equivalente a: 2 puntos porcentuales del IVA pagado en transacciones confirmadas realizadas con dinero electrónico. 1 punto porcentual del IVA pagado en transacciones confirmadas realizadas con tarjeta de débito. 1 punto porcentual del IVA pagado en transacciones confirmadas realizadas con tarjeta de crédito. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Artículo innumerado agregado a continuación del artículo 72 de la LRTI SRO 768, Junio 2016
  • 36. PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE IVA POR APLICACIÓN DE LA TARIFA 14% Se incrementa la tarifa de IVA al 14% durante un año (puede concluir antes). Vendedores en las provincias de Manabí y Esmeraldas pueden conceder descuento de 2 puntos del IVA, teniendo derecho a utilizarlo como crédito tributario. Cuando el crédito tributario no pueda ser compensado se aplicará lo dispuesto en Art. 69 LRTI. Este descuento se aplicará durante la vigencia de tarifa 14% de IVA y no excluye devolución IVA por uso medios electrónicos Por doce meses se dispone la devolución o compensación de dos puntos porcentuales adicionales de IVA por pagos realizados con dinero electrónico. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera podrá disponer que la vigencia de esta devolución o compensación adicional concluya antes de cumplido el plazo de doce meses IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Artículo innumerado agregado a continuación del artículo 72 de la LRTI SRO 768, Junio 2016
  • 37. PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE IVA POR APLICACIÓN DE LA TARIFA 14% IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Se incrementa la tarifa de IVA al 14% durante un año (puede concluir antes). Vendedores en las provincias de Manabí y Esmeraldas pueden conceder descuento de 2 puntos del IVA, teniendo derecho a utilizarlo como crédito tributario. Cuando el crédito tributario no pueda ser compensado se aplicará lo dispuesto en Art. 69 LRTI. Este descuento se aplicará durante la vigencia de tarifa 14% de IVA y no excluye devolución IVA por uso medios electrónicos Por doce meses se dispone la devolución o compensación de dos puntos porcentuales adicionales de IVA por pagos realizados con dinero electrónico. Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera podrá disponer que la vigencia de esta devolución o compensación adicional concluya antes de cumplido el plazo de doce meses Disposición Transitoria Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
  • 38. CAMBIOS EN FORMULARIOS 104 Y 104 A Casillas de Ventas: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
  • 39. CAMBIOS EN FORMULARIOS 104 Y 104 A Casillas de Adquisiciones: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
  • 40. REGISTRO DEL DESCUENTO DEL IMPUESTO CONCEDIDO EN VENTAS COMO CRÉDITO TRIBUTARIO IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
  • 41. ARRASTRE DE CRÉDITO TRIBUTARIO POR CONCEPTO DE DESCUENTO DEL IMPUESTO Y APLICACIÓN DEL ART. 69 LRTI IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
  • 42. IVA GENERADO EN LA DIFERENCIA ENTRE VENTAS Y NOTAS DE CRÉDITO CON DISTINTA TARIFA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Ventas 14% y devoluciones realizadas a partir de junio 2016 sobre ventas realizadas antes de dicho mes Ventas 14% y devoluciones de ventas en las que se concedió descuento de IVA Ventas 14% y devoluciones de ventas sobre las que el Estado devolvió el impuesto al adquiriente por uso de medios electrónicos en los pagos Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
  • 43. IVA GENERADO EN LA DIFERENCIA ENTRE ADQUISICIONES Y NOTAS DE CRÉDITO CON DISTINTA TARIFA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Adquisiciones 14% y devoluciones realizadas a partir de junio 2016 sobre adquisiciones realizadas antes de dicho mes Adquisiciones 14% y devoluciones en las que se obtuvo descuento de IVA Adquisiciones 14% y devoluciones de compras sobre las que el Estado previamente devolvió el impuesto por uso de medios electrónicos en los pagos Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210 SRO 765 de Mayo de 2016
  • 44. AJUSTE DEL CRÉDITO TRIBUTARIO DE IVA POR DESCUENTO O DEVOLUCIÓN OBTENIDO EN ADQUISICIONES IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 6 Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
  • 45. AJUSTES EN VALIDACIONES – PÁGINA WEB SRI IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Art. 6 Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad