Este documento clasifica los bienes en bienes de la nación, estados y municipios, y bienes de otras personas. Los bienes de la nación, estados y municipios se dividen en bienes del dominio público, que son de uso público o privado, y bienes patrimoniales de uso civil. Los bienes de otras personas pertenecen a personas naturales o jurídicas privadas. Los bienes también se clasifican como muebles, que pueden transportarse, e inmuebles, que no pueden moverse sin alterarse.
Desarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
Bienes publicos y privados wilman briceno
1. Wilman Briceño
C.I. 20.349.237Hace referencia a cualquier cosa, tangible o
intangible, que sea útil para el hombre y le satisfaga,
directa o indirectamente, algún deseo o
necesidad individual o colectiva, o que contribuya al
bienestar de los individuos.
A estas las podemos dividir en:
• Bienes de la Nación,
de los estados y municipios
• Bienes de las demás personas
Bienes de la Nación,
de los estados y municipios
Del dominio público
Las propiedades que tienen como titular a una
Administración Pública pueden ser de carácter
administrativo, que son las que constituyen el
dominio público; o bien de carácter civil que son las
que integran los bienes patrimoniales de la
Administración.
Esta, a su vez pueden ser de uso:
• De uso privado
• De uso público
Bienes de las demás personas
Son los que pertenecen a personas naturales o a personas jurídicas
de derecho privado. Determinados cuales son los bienes del
dominio publico basta con señalar que los demás bienes
pertenecientes a la Nación, los Estados y las Municipalidades son
bienes del dominio privado o bienes "patrimoniales" de estos.
Bienes muebles y bienes inmuebles
Bienes muebles:
Son bienes muebles aquellos que pueden
transportarse de un lugar a otro sin cambiar su
naturaleza.
Bienes inmuebles:
La noción de inmuebles esta ligada a la fijeza.
El concepto de inmueble, evoca una cosa que no es
susceptible de trasladar de un lugar a otro sin alterar
su naturaleza.
Del dominio privado
Todos aquellos bienes que no siendo destinados a un
aprovechamiento natural por parte de los ciudadanos o
del Estado, proporcionan a éste en forma de precio,
enajenación o arrendamiento, los medios necesarios
para la satisfacción de las demás necesidades públicas