Comparativo DS 024-2016-EM vs DS 023-2017-EM - 21.08.17 (1).pdf
Secuestros nuevo problema social
1. Integrantes: Rudys González. Sandra San Juan. Lenin Campo. Victor Arrieta. Ronald Ferrer. Keyni Quintero. Charlie Peña. “ SECUESTRO” UN NUEVO PROBLEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
4. El secuestro es el acto por el que se priva de libertad de forma ilegal a una persona o grupo de personas, normalmente durante un tiempo determinado, y con el objetivo de conseguir un rescate u obtener cualquier tipo de crédito político o mediático.
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7. LEGISLACIÓN LIMITADA CONTRA DELINCUENCIA ORGANIZADA FALTA DE CONTINUIDAD DE LOS PROGRAMAS. INEFECTIVIDAD DE PREVENCION. DUDAS EN ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FALTA DE PROGRAMAS DE READAPTACIÓN SOCIAL DEL DELINCUENTE NULA INTEGRALIDAD DE ESFUERZOS. CIRCULO VICIOSO DE DESCONFIANZA. BAJO RIESGO PARA LAS ORGANIZACIONES DELICTIVA (IMPUNIDAD.) LA FALTA DE UNA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL DE MANERA ORGANIZADA ALGUNAS DE LAS CAUSAS DEL SECUESTRO SON:
23. EXPLIQUELE A SU FAMILIA COMO NO PONER EN RIESGO SU SEGURIDAD RECOMENDAMOS LA CREACION DE UN CODIGO FAMILIAR CON RESPUESTAS QUE SOLO USTED Y SU FAMILIA CONOCEN HABLE CON SU FAMILIA Y EXPLIQUELE LOS PELIGROS O RIESGOS QUE PUEDEN CORRE Y COMOCOMO PROTEGERSE
25. ESPECIAL CUIDADO EN LA SELECCIÓN DE NIÑERAS, PERSONAL DOMESTICO, CHOFERES, JARDINEROS. ETC
26. -Evite que sus hijos se desplacen solos. -No los sobreproteja, pero enséñeles a identificar señales de alerta y que eviten a los extraños -Conozca el programa de seguridad de su colegio
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34. Silencio e incertidumbre (castigar familia) Ultimátums Falsas expectativas Mutilación real o simulada Tortura y violación real o simulada Seguimiento y hostigamiento de la familia Rapto de otro familiar (2 víctimas ) TACTICAS DE LOS SECUESTRADORES
35. No todos los secuestrados regresan a casa con vida.
39. ART. 43 DERECHO A LA VIDA ART.44 DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL DERECHOS CIVILES PREVISTOS EN LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y QUE SE VIOLAN EN CASO DE SECUESTRO ART. 46 DERECHO AL RESPETO DE LA INTEGRIDAD FISICA PSIQUICA Y MORAL ART. 47 DERECHO A LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
40. ART. 48 INVIOLABILIDAD DE LAS COMUNICACIONES ART. 50 DERECHO AL LIBRE TRANSITO ART.55 DERECHO DE PROTECCION POR PARTE DEL ESTADO
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42. BREVE Y SOMERO ANÁLISIS DEL MARCO LEGAL LEY CONTRA EL SECUESTRO y LA EXTORSIÓN DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO DE POLICÍA Y DEL CUERPO DE POLICÍA NACIONAL
43. Presidencia de la República Decreto N° 5.895 , con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGANICA DEL SERVICIO DE POLICIA Y DEL CUERPO DE POLICIA NACIONAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS “ Hay una inconformidad mantenida por la sociedad sobre el tema de la inseguridad, la aparición en los últimos años de nuevas modalidades delictivas, un inicio precoz de jóvenes implicados en la delincuencia y una tendencia creciente de la sociedad a la privatización de la seguridad en busca de sus propias fuentes de protección”
44. De las áreas del servicio Artículo 37. El Cuerpo de Policía Nacional tiene competencia en todo el territorio nacional en las siguientes áreas del servicio de policía: orden público, tránsito, fiscalización y aduanas, turismo, aeroportuaria, custodia diplomática y protección de personalidades, penitenciaria, migración, marítima, anticorrupción, sustancias estupefacientes y psicotrópicas, ambiental, delincuencia organizada, anti secuestro, seguridad alimentaria, grupos armados irregulares y aquellas que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes otorguen al Poder Público Nacional, y cualquier otra vinculada a la prevención del delito.
46. Articulo 55 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, el cual expresa <<Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado, a través de los organismos de seguridad ciudadana regulados por Ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad y riesgo para integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimientos de sus deberes>> Esta ley hace referencia al mandato contitucional
47. Del secuestro Articulo 3. Quien ilegítimamente prive de su libertad, retenga, oculte, arrebate, o traslade a una o mas personas, por cualquier medio a un lugar distinto al que se hallaba, para obtener de ellas o de terceras personas dinero, bienes, titulos documentos, etc, que alteren de cualquier manera su libertad sera sancionada con prisión de veinte a treinta años. Extorsión Articulo 16. Quien por cualquier medio capaz de generar violencia, engaño, alarma, o amenaza de graves daños contra personas o bienes, constriña el consentimiento de una persona para ejecutar acciones u omisiones capaces de generar perjuicio en el patrimonio, para obtener de ellas dinero, seran sancionados con prisión de diez a quince años.
48. Otros delitos tipificados en la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión Art. 4 ) Simulacion de Secuestro Art. 6) Secuestro Breve Art. 7) Privación ilegitima de la libertad en medios de transporte Art. 7) Extorsión por Relación especial
49. De los cuerpos de policías especializados Articulo 28 . El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (CICPC) la Guardia Nacional, en el limite de sus funciones, el cuerpo de Policía Nacional, en el limite de sus funciones, de prevención del delito, las policías estatales y policías Municipales.