5. De acuerdo con la nueva normatividad tributaria de la DIAN, La partir del 1 de febrero de 2005 para matricularse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de Cúcuta, deberá inscribirse previamente en el Registro Único Tributario (RUT) Entre http://www.dian.gov.co/ opción "Nuevo RUT". Entre a la opción "Nuevos Comerciantes que aún no cuentan con el NIT" y diligencie el formulario que allí aparece. Una vez diligenciado este formulario, deberá:
6.
7. Diligencie el formulario indicando con veracidad los datos solicitados. Evite tachones y/o enmendaduras.
8. Presente el formulario en cualquiera de las cajas de la Cámara de Comercio junto con la original de la Cédula. Para extranjeros presente cédula de extranjería o visa.
9.
10. El certificado expedido por la Cámara permite acreditar la condición de comerciante y la existencia y representación legal de las personas jurídicas.
11. La matrícula es una fuente de información comercial a la cual pueden acudir quienes deseen conocer la actividad económica, referencias y solvencia económica del inscrito o matriculado.
12. Es un requisito para la admisión a concordato preventivo de la persona natural.
14. Acredita al comerciante el cumplimiento de su deber legal de matricularse en la Cámara de Comercio de Cúcuta.
15.
16.
17.
18.
19. Una vez obtenida la aprobación del nombre comercial debe presentar documento privado o escritura pública de constitución mediante la cual se expresará por lo menos:
22. El término de duración, si éste no fuere indefinido. Enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que el empresario indique que la empresa podrá realizar cualquier acto lícito de comercio.
23. Monto de capital haciendo una descripción pormenorizada de los bienes aportados con la estimación de su valor.
24. Número de cuotas de igual valor nominal en que se dividirá el capital de la empresa.
27. Una vez obtenida la aprobación del nombre comercial debe presentar documento privado o escritura pública de constitución mediante la cual se expresará por lo menos:
34. Registro de Libros Mercantil (Actas, Registro de Socios, Caja Diario, Mayor y Balances e Inventarios)
35.
36.
37. Clase de sociedad que se constituye. Por ejemplo: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad en comandita simple, sociedad en comandita por acciones.
39. Domicilio principal: la ciudad o municipio escogido para desarrollar la actividad de la sociedad. Si en el acto de constitución se establecen sucursales se debe indicar el municipio donde estarán ubicadas.
40. Objeto social: una enunciación clara y completa de las actividades principales que realizará la sociedad.
41.
42. La forma de administración: establecer en forma clara y precisa la forma de administración de los negocios sociales, con indicación de las atribuciones y facultades de los representantes legales y administradores.
43.
44. Facultades y obligaciones de los revisores fiscales si el cargo está previsto en la ley o en los estatutos.
45. Nombramientos: el nombre, apellidos e identificación de los representantes legales, miembros de junta directiva, revisores fiscales, según el caso.
46. Si se trata de una sociedad anónima o en comandita por acciones debe contener, adicionalmente, el nombramiento de la junta directiva y revisores fiscales, con indicación de su identificación. Cláusula compromisoria: sugerimos la siguiente redacción:
47.
48. 4. Matricular e inscribir la sociedad en el registro mercantil de la Cámara de Comercio, requisitos: Presentar copia de la escritura pública de la constitución de la sociedad. Diligencia formulario de matricula mercantil para establecimientos de Comercio (si lo tiene), sucursales y agencias comerciales, según caso. 5. Solicitar formulario adicional de registro para fines tributarios (NIT, Rut). Requisitos: Diligenciar formulario Documentos soportes exigidos por Cámara de Comercio para el registro, según el tipo de ente de que se trate. 6. Obtener Certificado de existencia y representación legal. Tenga en cuenta que:Recuerde que para quedar formalizado ante la DIAN deberá obtener el certificado del RUT que expide la DIAN. A partir del 1o. de noviembre de 2005, el certificado RUT puede ser obtenido por primera vez en cualquier sede de la Cámara de Comercio. Si requiere copias adicionales deberán ser solicitadas directamente en la DIAN.
49. ¿QUE ES UN SOCIEDAD DE HECHO? Es una empresa de colaboración, en la que varios comerciantes realizan un aporte, para la explotación de una actividad comercial de la que esperan obtener utilidades. Este tipo de sociedad como no se constituye por Escritura Pública, no forma una persona jurídica distinta de los socios, ello traduce que las obligaciones que se adquieren se presumen contraídas o adquiridas a cargo o en favor de todos los asociados.
50.
51. Una vez obtenga su respuesta a dicha solicitud, solicite en la ventanilla formulario de matrícula de persona natural para cada socio de la Sociedad de Hecho y otro para el establecimiento de comercio y la carta de apertura del establecimiento la cual debe ser firmada por todos los socios de hecho.
52. Todos los socios deben presentarse personalmente en las ventanillas con:
55. Carta en donde solicitan a la Cámara de Comercio dar matrícula a un nuevo establecimiento.
56.
57. RENOVACIÓN Para obtener los beneficios que de la matrícula se derivan y no incurrir en sanciones legales, ésta debe renovarse todos los años dentro de los tres primeros meses y sin importar la fecha en que se haya efectuado.
58. ÁRTICULO 33 DEL CÓDIGO DE COMERCIO Entre Enero y Marzo de cada año debe renovarse la matricula, para obtener los beneficios que de el derivan y evitar sanciones legales.
59. ¿PARA QUE SE DEBE RENOVAR LA MATRICULA MERCANTIL? Tienen como finalidad mantener actualizada su información comercial para su propio interés y el que de quienes negocian con su empresa.
60. ¿QUE SE DEBE HACER PARA RENOVAR? Para la renovación de la matrícula se debe diligenciar el formulario Registro único empresarial correspondiente, presentarlo en cualquiera de nuestras sedes y cancelar los derechos respectivos. Recuerde que la información financiera debe corresponder al balance con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
61. MODIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA MATRÍCULA Cualquier modificación que afecte el contenido del formulario de matrícula o renovación, debe solicitarse por escrito en las ventanillas de atención al público de cualquiera de las sedes. Cuando la modificación se refiera a la información financiera, deberá diligenciarse un nuevo formulario que contenga el estado actualizado de estos datos, y además, acompañar certificación o balance suscrito por el contador de la sociedad o el revisor fiscal. La solicitud de modificación se presentará en cualquiera de nuestras sedes y si es del caso, se reajustará y cancelará el valor de la matrícula
62. INSCRIPCIÓN Tiene por objeto darle publicidad a los actos que la ley determina y que sólo surte efectos frente a terceras personas, desde el momento de la inscripción. De este modo la ley garantiza que los terceros conozcan aquellos actos realizados por los comerciantes, en los cuales tengan algún interés.
73. Sobre sus establecimientos: nombre, dirección, matrícula, administradores y actividad económica de cada uno de ellos. Certificados de existencia y representación legal.
100. Como un servicio especial, usted podrá adquirir en 24 horas certificados expedidos por las Cámaras de Comercio de Bogotá, Medellín, Cali y Bucaramanga, los cuales llegan a nuestras oficinas a través de una red informática. Este servicio podrá ser solicitado en cualquiera de nuestros puntos de atención.
101. Para obtener un certificado de otra cámara de comercio, usted deberá suministrarnos la siguiente información: