2. LeopoldoZapataA.
Las normas colombianas que
definen, regulan y dan pautas
para el diseño del currículo en
los diferentes establecimientos
educativos del país son las
siguientes:
3. LeopoldoZapataA.
Ley 115 de 1994:
ART. 76. Concepto de currículo:
conjunto de criterios, planes de
estudio, programas, metodologías y
procesos que contribuyen a la
formación integral y a la construcción
de la identidad cultural nacional,
regional y local, incluido los recursos
humanos, académicos y físicos para
poner en práctica las políticas y llevar
a cabo el PEI.
Ley General de Educación
4. LeopoldoZapataA.
Ley 115 de 1994:
ART. 79. Plan de estudios: es el
esquema estructurado de las áreas
obligatorias y fundamentales y de
áreas optativas con sus respectivas
asignaturas, que forman parte del
currículo de los establecimientos
educativos.
Ley General de Educación
5. LeopoldoZapataA.
Ley 115 de 1994:
ART. 23. Áreas obligatorias y
fundamentales. Para el logro de los
objetivos de la educación básica se
establecen áreas obligatorias y
fundamentales del conocimiento y
de la formación que necesariamente
se tendrán que ofrecer de acuerdo
con el currículo y el Proyecto
Educativo Institucional (PEI).
Ley General de Educación
6. LeopoldoZapataA.
Artículo 23:
Los grupos de áreas obligatorias y
fundamentales que comprenderán
un mínimo del 80% del plan de
estudios, son los siguientes:
1. Ciencias naturales y educación
ambiental.
2. Ciencias sociales, historia,
geografía, constitución política y
democrática.
Ley General de Educación
7. LeopoldoZapataA.
Artículo 23
3. Educación artística.
4. Educación ética y en valores
humanos.
5. Educación física, recreación
y deportes.
6. Educación religiosa.
7. Humanidades, lengua castellana
e idiomas extranjeros.
8. Matemáticas.
9. Tecnología e informática.
Ley General de Educación
8. LeopoldoZapataA.
Ley 115 de 1994
ART. 13. Enseñanza obligatoria. En
todos los establecimientos oficiales o
privados que ofrezcan educación
formal es obligatorio en los niveles de
la educación preescolar, básica y
media, cumplir con:
Ley General de Educación
9. LeopoldoZapataA.
Ley 115 de 1994
a. Estudio, comprensión y práctica de la
Constitución y la instrucción cívica.
b. Aprovechamiento del tiempo libre, y el
fomento de la cultura.
c. Protección del ambiente, la ecología y
los recursos naturales.
d. Educación para la justicia, la paz…
formación en valores humanos.
e. Educación sexual.
Ley General de Educación
10. LeopoldoZapataA.
Ley 115 de 1994
Fines de la educación: (ART. 5)
1. Pleno desarrollo de la personalidad
(formación integral).
2. Formación en el respeto a la vida y los
derechos humanos.
3. Formación para facilitar la participación
en las decisiones sociales.
4. Formación en el respeto a la autoridad.
5. Adquisición y generación de los
conocimientos científicos y técnicos.
6. Estudio y comprensión crítica de la
cultura y la diversidad étnica.
Ley General de Educación
11. LeopoldoZapataA.
Ley 115 de 1994
Fines de la educación: (ART. 5)
7. Acceso al conocimiento y la ciencia.
8. Creación y fomento de una conciencia
de la soberanía nacional.
9. Desarrollo de la capacidad crítica,
reflexiva y analítica.
10. Conciencia para la conservación y
protección del medio ambiente.
11. Formación en la práctica del trabajo.
12. Formación para la promoción y
preservación de la salud y la higiene.
Ley General de Educación
12. LeopoldoZapataA.
Ley 115 de 1994
Objetivos comunes de todos los
niveles educativos (ART. 13)
Es objetivo primordial de todos y
cada uno de los niveles educativos el
desarrollo integral de los educandos
mediante acciones estructuradas
encaminadas a:
Ley General de Educación
13. LeopoldoZapataA.
Artículo 13
a. Formar la personalidad (autonomía
– deberes y derechos).
b. Proporcionar sólida formación
ética y moral (derechos humanos).
c. Fomentar en la institución
educativa prácticas democráticas
para el aprendizaje (responsabilidad).
d. Desarrollar una sana sexualidad
que promueva el conocimiento de sí
mismo y la autoestima.
Ley General de Educación
14. LeopoldoZapataA.
Artículo 13
e. Crear y fomentar una conciencia de
solidaridad internacional.
f. Desarrollar acciones de orientación
escolar, profesional y ocupacional.
g. Formar una conciencia educativa
para el esfuerzo y el trabajo.
h. Fomentar el interés y el respeto
por la identidad cultural de los grupos
étnicos.
Ley general de Educación
15. LeopoldoZapataA.
Artículo 33
Criterios para la elaboración del
Currículo: es el producto de un
conjunto de actividades organizadas y
conducentes al Plan de Estudios...
Orienta el quehacer académico; debe
ser flexible y permitir su innovación;
adaptable a las características propias
del medio cultural donde se aplica.
Decreto 1860 de 1994
16. LeopoldoZapataA.
Artículo 33
Cada institución educativa realizará
actividades que comprendan la
investigación, diseño y evaluación
permanente del currículo (art. 78).
Las instituciones de educación formal
gozan de autonomía para estructurar
el currículo en cuanto a contenidos,
métodos de enseñanza, organización
de actividades formativas (art. 77).
Decreto 1860 de 1994
17. LeopoldoZapataA.
Artículo 38
Plan de estudios: relaciona las
diferentes áreas con las asignaturas y
con los proyectos pedagógicos.
Decreto 1290 de 2009 (ART. 3)
Esquema estructurado de las áreas
obligatorias y fundamentales y de
áreas optativas con sus respectivas
asignaturas que forman parte del
currículo de los establecimientos
educativos.
Decreto 1860 de 1994
18. LeopoldoZapataA.
Comprende lo siguiente
1. Identificación de los contenidos,
temas y problemas de cada
asignatura y proyecto pedagógico.
2. Distribución del tiempo y las
secuencias del proceso educativo
(período lectivo).
3. Metodología aplicable a cada una
de las asignaturas y proyectos
pedagógicos que soporte la acción
pedagógica.
Decreto 1860 de 1994
19. LeopoldoZapataA.
Comprende lo siguiente
4. Los logros para cada grado, o
conjunto de grados, según los
indicadores definidos en el proyecto
educativo institucional.
5. Los criterios de evaluación y
administración del plan.
Decreto 1860 de 1994
20. LeopoldoZapataA.
Las competencias que el sistema
educativo debe desarrollar en los
estudiantes son de tres clases:
Competencias básicas: permiten al
estudiante comunicarse, pensar en
forma lógica, utilizar las ciencias para
conocer e interpretar el mundo. Se
desarrollan en todos los niveles de
educación.
Competencias
21. LeopoldoZapataA.
Competencias ciudadanas habilitan a
los jóvenes para la convivencia, la
participación democrática y la
solidaridad. Se desarrollan en todos
los niveles de educación.
Competencias laborales comprenden
los conocimientos, habilidades y
actitudes que son necesarios para
que los jóvenes se desempeñen con
eficiencia como seres productivos.
Competencias