Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Ordenanza municipal 005 2012/MDCM-A
1. “Año de la integración nacional y el reconocimiento de nuestra
diversidad”
ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2012/MDCM-A
EL ALCALDE DISTRITAL DE CURA MORI
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de
Cura Morí, de fecha 26 de julio del 2012; el Informe N° 0017-A-2012-
GEMUN/MDCM, emitido por la Gerencia Municipal, de fecha 17 de Julio 2012,
donde se alcanza el Proyecto de Trámite Único de Procedimientos
Administrativos 2012.
CONSIDERANDO;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 27680, los
gobiernos locales tienen autonomía Política y Administrativa en los asuntos de
su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones
normativas, las cuales se materializan a través de ordenanzas municipales que
tienen rango de ley; asimismo, el Artículo 9°, numeral 8 de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal tiene atribuciones para
aprobar, modificar y derogar las ordenanzas.
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, es el
documento que reduce, simplifica y unifica la información relativa al trámite
solicitado por el contribuyente conforme al procedimiento administrativo
establecido por la entidad respectiva. Es de carácter descriptivo e informativo,
orienta a los contribuyentes los procedimientos administrativos y servicios en
exclusividad.
Que, el Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, publicado por el Diario Oficial El
Peruano, del 24 de setiembre del 2009, ha aprobado un nuevo formato de Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, y establece precisiones para
su aplicación que son de carácter obligatorio en la siguiente actualización del
TUPA que debe hacer toda entidad pública.
Que, de conformidad con el Artículo 5° de la Ley N° 29566, se dispone la
eliminación de requisitos para solicitar licencias de edificación y
funcionamiento, en la tramitación de cualquiera de las modalidades de licencias
2. de edificación, contempladas en el Artículo 25° de la Ley N° 29090 Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y de Funcionamiento.
Que, de conformidad con el Plan de Incentivos creado mediante Ley 29332,
modificado mediante Decreto de Urgencia N° 119-2009 e incorporado en la Ley
del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2010, 2011 y 2012,
respectivamente.
Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2012-EF, se aprueban los
procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos
del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del
año 2012.
Que, como cumplimiento de una de las metal al 31 de julio del 2012, está el “No
Exigir y eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Municipalidad, el certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios; y las Boletas de
Habilitación de los profesionales”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
29566, Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el
clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, la cual
contempla además, en su artículo 5°, que no será exigible la presentación de la
copia literal de dominio, correspondiendo a la municipalidad respectiva
efectuar la verificación a través del Portal web de la SUNARP, así como los
documentos que por su naturaleza municipal se encuentren en los archivos del
gobierno local.
Que, para cumplir con lo dispuesto por el numeral 38.2 del Artículo 38° de la
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General e implementar el
nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA,
aprobado por el Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, la Gerencia Municipal y
las áreas que tienen procedimientos administrativos en él, han elaborado el
Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos 2012.
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades
Ley N° 27972, el Concejo Municipal con el VOTO UNANIME de los señores
Miembros del Concejo Municipal del Distrito de Cura Morí, aprobó lo
siguiente:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA 2012, de la Municipalidad Distrital de Cura Morí, el
mismo que se presenta como anexo a la presente Ordenanza Municipal.
ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR, a Secretaria General la publicación de
la presente Norma Municipal, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972.
3. ARTICULO TERCERO: AUTORIZAR al Área de Imagen Institucional, la
publicación de su Anexo Texto Único de Procedimientos Administrativos –
TUPA 2012, en el Portal Electrónico de la Municipalidad Distrital de Cura Morí.
ARTICULO CUARTO: La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
REGISTRESE, PUBLIQUESE, CUMPLASE.