Reporte de simulación de flujo del agua en un volumen de control MNVA.pdf
Ordenanza municipal
1. ~ ' :luniupalidad Distrital de
") '. El Tal,!1~~.
. --·- - ----·-
' 484101 ·
~
"Año de la lucha contra la corrupción Y la impunidad·
"ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2019-MDT/CM/SO
: 227652
El Tambo, 07 de agosto de 201 9.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD OISTRITAL DE EL TAMBO.
POR CUANTO:
~º's
«.i.y-'f}J+,'ico:~:::DISTRITAL DE EL TAMBO,
·~,,{3'ill,, 1v-~1.----4~:1Acuerdo de Concejo Municipal Nº 067-2019-MDT/CM/SO de fecha 07 de agosto de
::--.!~- 2019, respecto a: "ORDENANZA MUNICIPAL DE REGULARIZACION DE LICENCIAS
, _· .",,:,-.,_,_ DE EDIFtCACION Y HABILITACIONES URBANAS Y APRUEBA LOS BENEFICIOS
,~,~e:";;·--~-- -~'PARA ~.~ PAGO DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE EL
1 .- ,.. ~- • • .TAMBO , y.
i::~:, '--_J;:~:::~:; . -] j
j_' ,.>· · ·: .-·/ CONSIDERANDO:
' {•,:.. . •·
--- ·
Que. el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de
Reforma Constitucional, Ley Ni 28607, establece que, las Municipalidades Provinciales y
Distritales, son los órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y
4~P..D Dt"sJ:. administrativa en los asuntos de _su competencia. D'.c~a autonom_í~, s~gún el Artí~ulo 11
,¿t-ro ,-,.0 ~del Título Preliminar de la Ley N1 27972 - Ley Organica de Municipalidades, radica en
.'~ ~~--~ ejercer actos de gobierno administrativo con sujeción al ordenamiento jurídico;
~ C-,;(°,/...,;1 fi,!
'-;J?:r;·~-~efi} Que, el Artículo 40 de la Ley Ni 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. establece
que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su
competencia , son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal. por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que
la municipalidad tiene competericia normativa;
Que, el artículo 74º de nuestra Constitución Política concordante con el articulo
60º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal con el numeral 2) del
articulo 69º de la Ley Ni 27972 - Ley Orgánicas de Municipalidades disponen que, los
gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones contribuyéndose esos
como ingresos propios, concordante con el inciso 2) del sub numeral 6) del numeral 3) de
su artículo 79º establece que, es función específica y exclusiva de las municipalidades
distritales normar y r~gµlar y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la
fiscalización de Construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de
fábrica.
2. - iun,cipahdad D1strital de
~- El Ta!!!~~.
~~
Q I rt
, lo 30° de la Ley Nº 29090 - Ley de Regularización de Habilitación
ue, e a 1cu
I
d'f' .
Urbana Y de Edificaciones establecla que, as e 1Icac1ones que hayan sido construidas
•
1
• . de obra podrán ser regularizadas hasta el 31 de diciembre de 2008 sin
sin Icenc1as
embargo, dicho plazo fue ampliado por el Decreto Legislativo Nº1 225-2015-VIVIENDA,
hasta dos años de su publicación, siendo que la Ley Nº29090, tiene por objeto establecer
la regularización jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las
Licencias de Habilitación Urbana Y de Edificación, teniendo por finalidad facilitar y
promover la inversión inmobiliaria.
Ofl.D 01 Que, Articulo 30 del Decreto Legislativo Nº1426, que Aprueba el Reglamento de
t8v-.-v ~;.s :., encias de Habilitaciones Urba~as _Y Licen_cias de Ed'.fica_cione_s, estable que las
!(~; 1~~,t; · i~itaciones urbanas y la~ ed1f1cac1ones eiecut~das sin hcenc1a ha~ta el 17 de
~ AL(AL"' ·. -~ t1embre de 2018, tamb,en pueden ser regularizadas de forma conJunta por las
'~..:~ unicipalidades. Que, esta situación ha sido puesta en conocimiento de las autoridades
'~-,,..._@t,~::.~ ~ ;unicipales a través de diferentes reuniones con vecinos de nuestro distrito quiénes
demandan una acción inmediata de parte de la Municipalidad Distrital de El Tambo, para
_. .-">;;.'~.~:-~~-~~~ner fin a este problema que se ha agudizado en los últimos años; .
~-;~ . : Que, mediante Informe Nº 922-2019-MDT/GDUR-SGCCUR de fecha 15 de julio
.;... ~ •....gel 2019, :uscrito por el sub Gerente de Catastro, Control Ur~a~o y Rural que cont!ene el
~-::.,., Informe N 196-2019-JAFC-SGCCU/MDT de fecha 15 de Julio del 2019, suscrito por
Técnico Verificador Sr. Jorge Alberto Fuente Cuenca, este señala que el proyecto de
ordenanza municipal es en beneficio económico de los contribuyentes y pobladores del
distrito de el Tambo, quienes han construido sus edificaciones sin la correspondiente
&
:'"<-)1'-S; DÍ.s?,}..._ Licencia de Edificación;
~V '"r·
"" .-,:i ·¡ '.) -, '-
·U 0.:-:t.A'~ ~ /~,: . . Mediante Informe Legal N° 312-2019-MOT/GAJ, de fecha 17 de julio d~I- 2019
__. p:/~'()0 ~1em1t1do por el Gerente de As~s?ría Jurídica, este opina pro_cede~te la apro~_ac10_~ del
,c.:~TP-',¡¡ ~ proyecto de Ordenanza Municipal de regularización de licencias de ed1f1cac1on y
habilitaciones urbanas y aprueba los beneficios para el pago de las multas administrativas
en el Distrito de El Tambo, y con Dictamen Nº 004-2019-MDT/CPDUR, de fecha 22 de
julio del 2019, expedido por la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano y Rural,
quienes dictaminan por la aprobación del proyecto de ordenanza Municipal de
regularización de licencias de edificación y habilitaciones urbanas y aprueba los beneficios
para el pago de las multas administrativas en el Distrito de El Tambo;
. . En uso de_l~s ~tribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 4) y 5) de la Ley
Organica de Mun1c1pahdades _Ley Nº 27972 contando con el Dictamen !avorable de la
Comisión Permanente de Desarrollo Urban~ y Rural, con el voto UNANIME, de los
miembros Concejo Municipal, se aprobó lo siguiente:
:~~
---
;-; ;l
3. d::~ _ 1lunic1pal1dad D1stritill de
<.:.'!Jf''.~ i '
.iilj :El Ta[!!?~,~ - ,=_
~·t--
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA REGULARIZACION DE
LICENCIAS DE EDIFICACION Y HABILITACIONES URBANAS Y APRUEBA
LOS BENEFICIOS PARA EL PAGO DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS EN
EL DISTRITO DE EL TAMBO
REGULARIZACION DE HABILITACION URBANA EJECUTADA
~
,f ~~J
~ ~ ·r-. M I Ad .. t t·¡ ,""J r-~~ JICULO 1°.- APROBAR, los beneficios para el pago de las u tas min,s ra ,vas
i/:;1 !"""/',is,¡ 1
'13 1 )l;.;¡.?j. critas en la presente Ordenanza.
~~-z. t•~CR.:D ¿' rr, ;
-.:~?: · TICULO 2°.- PODRÁN acogerse a la presente ordenanza quienes, sin necesidad de
x~J. r.c,t,,c'-" .
~ contar con la propiedad inscrita en la SUNARP, acrediten el derecho de propiedad o el
derecho a habilitar, hecho que podrá ser demostrado con la presentación de la Escritura
Pública y/o Minuta de Compra - Venta Notarial.
7!
-'·:- ···,ARTICULO 3°.- SERÁN BENEFICIADOS, quienes tengan pendiente el pago de Multa
· · Administrativa, impuesta por no contar con Resolución de Aprobación de Habilitación
~ ·: . Urbana'. generados de un ~ro~edimi_ento Administrativo Sancionador ?~sarrollado por la
,· .., - _ • ·_".Gerencia de Desarrollo Territorial, baJo el amparo de la Ordenanza Municipal Nº 079-2009-
--~· · · MDT/CM y/o de la Ordenanza Municipal que modifique el mismo, en mérito a los
siguientes criterios:
a. Con el 95% de descuento de la Multa Administrativa impuesta por no contar con
Resolución de aprobación de Habilitación Urbana, a quienes se acojan durante el
periodo comprendido entre la publicación de la Ordenanza hasta el 30 de
setiembre de 2019
Con el 90% de descuento de la Multa Administrativa impuesta por no contar con
Resolución de aprobación de Habilitación Urbana, a quienes se acojan durante el
periodo comprendido del 01 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2019.
Esto si y sólo si, realicen el procedimiento para la Regularización de Habilitación Urbana,
obtengan el Dictamen de la Comisión Técnica Calificadora o Informe del Técnico
Verificador de CONFORME, cuenten con el visto bueno del inmediato superior y cancelen
sus derechos por Licencia.
Se harán beneficiarios de está Ordenanza; quienes presenten su Proyecto de
Regularización de Habilitación Urbana, durante la vigencia de la presente Ordenanza. El
beneficio será otorgado al momento en que obtengan el Dictamen de la Comisión Técnica
Calificadora o Informe del Técnico Verificador de CONFORME, con el visto bueno del
inmediato superior, con posterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza
4. Mu cipa a. J 01r.tfltal ele
El Tambo, J .,,,. 'J
REGULARIZACION DE LICENCIAS DE EOIFICACION
ARTICULO 4º.- PODRÁN ser regutar1zada5 dentro de los alcances de la presente
Ordenanza Municipal, tas ed1f1caciones que hayan sido ejecutadas sin la Licencia de
Edificación, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto
Supremo Nº 011-201 7-VIVIENDA, que Aprueba el Reglamento de Licencias de
Habilttac16n Urbana y Licencias de Edificación, previo pago de derecho de trámite por
dicho concepto establecido en el Texto Único de Proced1m1entos Administrativos - TUPA
~ ~vigente, debiendo cumplir además con lo establecido en la Ley Nº 29090, Ley de
/~"?SZ~gulac1ón de Habilitaciones Urbanas Y de Edificaciones y Modificatorias, Decreto
,, '-'' 17!'.:'..-r{f· ":.>. 1 t N .·1;¡ · . 1!1premo Nº 011-2006-VIVIENDA, Reg amen o ac1onal de Edificaciones y demás
~ /rJJ~-~vnas aplicables y vigentes.
~-f>..-ARTICULO 5º.- PODRÁN acogerse a la presente ordenanza quienes, sin contar con la
propiedad inscrita en SUNARP, acrediten el derecho de propiedad o el derecho a habilitar,
hecho que podrá ser demostrado con la presentación de la Escritura Pública y/o Minuta
de Compra - Venta Notarial y además cuenten con la Resolución de Hab1litac1ón Urbana
~ con la Habilitación en Tramite con Dictamen Ap_i:_obado ~
J:'RTICULO 6°.- Los proyectos de Regularización de Licencia de Edificación, que por sus
. , características les correspondería las modalidades C y D, deberán ser evaluados por la
Comisión Técnica Municipal para licencia de edificación. con la presentación de los Planos
Arquitectónicos, Memorias Descriptivas y las Cartas de Segundad de cada especialidad.
ARTICULO 7°.- SERÁN BENEFICIADOS con el descuento de la multa por construir sin
licencia, todos los procedimientos de Regularización de Licencias de Edificación, que
~OÍ3¼7;.,, m1c1en el trámite durante la vigencia de la presente ordenanza, de acuerdo a los siguientes
¡~ + ·, 'riterios:
t ->~ "r·-;-~~--~4,1, · a Co_n el 95% de descuento de la multa por construir sin licencia c1 oo¿i d~I.VOC), a
'· A.~~~ quienes se aco1an durante el periodo comprendido de la publ!cac1on de la
- Ordenanza hasta el 30 de setiembre del 2019
b Con el 90% de descuento de la multa por construir sin licencia l10% del VOC), a
quienes se acojan durante el penodo comprendido del 01 de octubre hasta el 31
de d1c1embre de 2019
Para ser beneficiarios de los descuentos mencionados deberán contar con el visto bueno
del Área de F1scalizac1ón y/o la que haga sus veces de la Sub Gerencia de Desarrollo
Urbano y Rural de no tener procedímientu admirnstrat¡vo sancionador en proceso Yde no
tener Multa Admin1strat1va impuesta mediante -?n rroced1rniento administrativo
sancionador.
5. ~lu,1,..,.,,. ....,.u 01::.lnldl dl·
El Tambo
ARTICULO 8° - Durante la vigencia de la presente ordenanla SERAN BENEFICIADOS
quienes tengan pendiente el pago de Multa Adm1nistrat1va impuesta por no contar ccn
Licencia de Ed1ficac1ón generados de un Proced1m1ento Adm1n1stral1vo Sane onaaor
desarrollado por la Gerencia de Desarrollo Territorial baJ0 el amparo de la Ordenanza
Municipal Nº 079-2009-MDT/CM y/o de ta Ordenanza Municipal que modifique el mismo
antes y después de la publtcación de la presente ordenanza. en mérrto a los s:guier.tes
critenos.
a Con el 95% de descuento de la Multa Administrativa Impuesta por construir s n
licencia, a quienes se acogerán este beneficio desde la publtcac1ón de ta
Ordenanza hasta el 30 de setiembre del 2019.
Con el 90% de descuento de la Multa Administrativa impuesta por construir sin
licencia, a quienes se acojan a este beneficio desde el 01 de octubre hasta el 31
de diciembre de 2019.
Esto si y sólo si, realicen el procedimiento para la Regularización de Licencia de
..,Edificación, obtengan el Dictamen de la Comisión Técnica Calificadora o Informe del
1~nico Verificador de CONFORME, que cuenten con el visto bueno del inmediato
sJperior y cancelen sus derechos por Licencia~
)je encuentran dentro de la presente ordenanza, quienes presenten su Proyecto de
-· Regularización de Licencia de Edificación, durante la vigencia de la presente ordenanza
y obtengan el Dictamen de la Comisión Técnica Calificadora o Informe del Técnico
Verificador de CONFORME, con el visto bueno del inmediato superior, a la vigencia de la
presente Ordenanza
&
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BENEFICIOS PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS
ARTICULO 9°.- PODRÁN SER BENEFICIADOS con el descuento del 85% del valor de
la Multa Administrativa impuesta por diversas infracciones establecidas en el RASA de la
Munictpalidad D1stntal de Et Tambo, generados de un proced1m1ento administrativo
sancionador, desarrollado por la Gerencia de Desarrollo Territorial, ba¡o el amparo de la
Ordenanza Municipal Nº 079-2009 MDT/CM y/o de la Ordenanza Municipal que modifique
el m smo Debiendo para ello haber subsanado el motivo de la multa segt..n corresponda
y previo Informe Técnrco y Legal PROCEDENTE: de acuerdo al caso concreto eri11t1do por
la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rdral
Están EXCEPTUADOS las r'ultas impuestas con los códigos 1808 - QcupJr o cor1strL,
en arcas pt'Jbi1
cas y. u Jaro1nes de? ~1s1am1ento si1 autunzac:,ón municipal 1823 - Po p,,
respetar :,ndt"ros ccupando los del pred,o colind,mtc 1820 - Por dt~sacato a IJ cr::len dt•
Pá'al1LaC-k11 2005 ~ Ve ~t~1 r ,~ {,r¿ J:-, C:f equ t'arn,t::11':.J urhJr IC, antes y de~.), l''-, l '0 1.1
6. . 1.1.i
~ t -.1pahr:1 ld 01stntJI de
:ll El Tambo t )~
pubhcac16n de la ordenanza y, de las señaladas en los Articules 5° 6º Y 8º de la presente
Ordenanza Municipal.
ARTICULO 10º.· ESTÁN INCLUIDAS dentro del beneficio de la presente Ordenanza, las
multas que se encuentren dentro del Proced1m1ento de Ejecución Coactiva Y las que
tengan medida cautelar de embargo no ejecutada. Las que se encuentren en proceso de
fraccionamiento serán beneficiadas con el descuento del 90% respecto del saldo
pendiente de pago de la multa impuesta
NO PODRÁN acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, las Multas que se
~ ~'->,~Jencuent:e~ ~endiente de pronunciamiento del Poder Judicial, salvo que presente~ copia
g fk•. '~rl des1st1m1ento de la demanda, presentada ante el Poder Judicial, podran ser
~_.- 't7ne'.1c1ario~ de la presente Ordenanza, las Multas que cuenten con Sentencia consentida
,t.C.C / '>fl) eJecutonada solo hasta un 50% del descuento de la multa administrativa, siempre y
.'f~;,~ uando se cumpla con los requisitos de los artículos precedentes.
.. . r~
I
ARTICULO 11°.- PODRÁN acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, las
Multas determinadas en los artículos anteriores que se hayan emitido desde el 01 de enero
de 2009 y las que se emitan hasta el 31 de diciembre de 201 9.
ARTICULO 12°.- Para ser beneficiarios, los administrados deberán presentar la
SOLICITUD DE ACOGERSE A LA PRESENTE ORDENANZA MUNICIPAL, adJunta al
,proyecto de Regularización de Licencia de Edificación, Regularización de Habilitación
Urbana, o solo la solicitud en el caso del Artículo 10°, el mismo que será presentado a la
Gerencia de Desarrollo Territorial, área que a través de la Sub Gerencia de Desarrollo
Urbano y Rural, liquidará
• El pago del 5% o 10% del valor de multa, (ARTICULO 8°).
• El pago del 5% o 10% del valor de la multa administrativa impuesta, en caso
realicen el procedimiento de Regularización de Licencia de Edificación y obtengan
el Dictamen o Informe de CONFORME y cancelen sus derechos por Licencia
(ARTICULO 9°).
• El pago del 5% del valor de la multa administrativa 11npuesta, en caso realicen el
procedimiento de Regularización de Licencia de Habilitación Urbana y obtengan el
Dictamen o lnformc de CONFORME y cancelen sus derechos por Licencia
(ARTICULO 3°).
• El Pago del 1QCl/o de la multr1 impuesta por infracciones establecidas en el RASA
(ARTICULO 10°)
La Sub Gerencia do Oe-:;arrollo Urban; y Rural, en cumplin11ento de IJ ordenanza em1t1r,
ecl acio adm1n1strat1vo c.orrespondiP.nte de¡ando 5,n efecto lci Multa Adm1n1strativ::1 producto
del procedimiento admínistr;:itl'J 1 5anc1Gr1a•Ju,
7. ,.,,. '" ,,n,o:(la::l IJ > 1 •
El Tambo
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA . Los exped ente~ de regu ª' zac ed1
f1c.a:ona que, a la fe(;ha de en:.raoa en
vigencia de 1,1 pre,cnt~ Ordenanza se encuentrer en t·am ,e o r ayo, o:.t.erioo e'
O c;.tamen de la Com1s1on Tecn ca Calrf1cadora o l'lforme de' Tec,,co Ve:1: cadc' de
CONFORME del Proyecto de Licencia de Ed1ficaC1ór y/o Hab •tac.ón Urbana podrá"'
:Jcogerse 0 lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. en lo q t,e les favorezca para
~
0 0
...,_ 1..i continuidad del tramite
lf"r~ /~
A~} 'S;f:~ ,;-l> UNDA.- EXCEPCIONALMENTE podrán acceder a ~ regula~c on ~dificatona
:, ¿ ·, blec,da por la presente Ordenanza Municipal los expedientes adm,mstrawos de las
~ >,(D!:J, 0
1cac1ones, que no cuenten con Habílítación Urbana, siempre y cuando se encuentren
~~~· zonas urbanas consolidadas con secciones de vía normadas Para estos casos se les
-- otorgara una Constancia de Aprobación del Pro¡ecto de Ed1ficacio.. hasta la
regulanzac1ón de la correspondiente Habilttación Urbana:
!
TERCERA.- No será aplícabte la regularización edificatona en las zonas identificadas
corr.o
a De interés arqueológico. histórico y patrimonio cultural
•/
b De protección ecológica. de riesgo para la salud e integridad física de 10s
pobladores
__ e Reserva Nacional.
{cj"t.vDNJ01.~
& v.;' '
J 1 , ~ d Areas destinadas a inversiones públicas para equipamiento urbano y aportes
'~ ~(:;)~1
, , , t .~,'e Reserva para obras viales a de interés nacional, regional o local
""· ··'"' /7r•r-D,,
Riberas de ríos, o cuyo límite no se encuentre determinado por las entidades
competentes como el Instituto nacional de Defensa C1v1I - u otros
CUARTA · REGULARIZAR los expedientes de Edificación y Habilitación Urbana que 2
la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza, se encuen~ra en trámite e
hayan obtenido el dictamen de la Comisión 1écn1ca Calificadora ·
QUINTA - DISPONER. que la Gerencia de Desarrollo Territorial en coordinac•ón con :a
Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural cumplan en forma estnc: 3 lo d.spuesto en ,a
presente Ordenanza Munic;pal ba;o responsab,, dad.
SEXTA · La pres,2n; Qrdennnza tendr J v.genc,.:i a par:" del d;a ~,·guiente de Sl,
PLb,·cac,cn hasla e' 31 dt::, d c1emb1e ce 2019
8. I
... t de
Et Tambo
SEPTIMO.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Territorial, la publ1cac1ón de la
presente Ordenanza la misma que entrara en ~,~encía al día siguiente de su publicación
y a la Sub Gerencia de Tecnologías de lnformactan su publicación en el portal institucional
de la Muntcrpalidad Distntal de El Tambo. ba¡o responsabilidad.
POR TANTO:
Mando regístrese, publiquese y cúmplase.
Dado en el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de El Tambo, a los siete
días del mes de agosto del año dos mil d1eciriue..ve.
,..,,-- "'
// /
/ al!llnlci¡ofu!td ü1strllaldom+bo
f ~:~~-;~~~~.,'-, "-~--"' h l (, il U•