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HUGO VÁZQUEZ LANDEROS
                                                         SEGURIDAD PRIVADA
                                           R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
                       SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




              H.V.L. SEGURIDAD PRIVADA


                                      PRESENTA:

 Planes, Programas y Manual de Capacitación
              y Adiestramiento


                 Servicios de Seguridad Privada
               (Para el personal operativo o de apoyo con carácter obligatorio)




                    Permiso 1595 Exp- 2096/02
           Duración del curso: 30:00 horas efectivas.


Impartido por: C. Víctor Castillo Espinosa



                                                                    Periodo 2012 - 2013



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                  OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                  DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                    TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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                                           R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
                       SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




      Manual de Capacitación y Adiestramiento
            Reglamento de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal



  Artículo 19. El Manual de Capacitación y Adiestramiento a que se refiere el artículo 14,
                       fracción ll, inciso b), de la Ley, deberá contener:

I. Contenido integro de los planes y programas de capacitación y adiestramiento vigentes;

II. Contenidos temáticos de capacitación y actualización permanentemente especializada;

III. Horario y lugar en que se impartirá la capacitación, adiestramiento, especialización y en
su caso entrenamiento;

IV. Designación del instructor independiente o empresa capacitadora inscrita en el
Registro que llevará a cabo el cumplimiento de estos planes y programas de capacitación.




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                                  DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
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                                           R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
                       SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




  I.      Contenido integro de los Planes y
                                       Programas

                                                de

            Capacitación y Adiestramiento
                                       vigentes.




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                                                  R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                       PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
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  I.- Contenido integro de los planes y programas de capacitación y adiestramiento.


                                                            INDICE

Presentación:                  Este curso de capacitación y adiestramiento tiene como finalidad proporcionar al elemento de seguridad privada,
                              la información básica para resolver de la mejor manera posible los distintos problemas que se presentan durante el
                              desempeño de sus funciones de Seguridad y Protección.

                              Está preparado para que el elemento de seguridad privada cuente con los conocimientos necesarios que le
                              ayuden a su formación profesional, permitiendo así el mejor desempeño de sus actividades.

                              Su aplicación práctica permitirá que el elemento de seguridad privada cuente con un panorama amplio de su
                              ámbito de trabajo, por lo que se le tiene que dar a conocer sus actividades y responsabilidades y como repercuten
                              éstas en la imagen de la empresa a quien representa y la mejor manera de lograr este objetivo es mediante una
                              capacitación la cual obtendremos en este curso.



Antecedentes del curso:
                              De acuerdo a los planes de capacitación y adiestramiento se da cumplimiento a la normatividad vigente, ya que el
                              Reglamento de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal publicado el 24 de agosto del 2009, contiene
                              reformas sustanciales en materia de capacitación, diseñando nuevos temas y enfocando la capacitación de los
                              elementos operativos y de apoyo en el ámbito de la seguridad privada para mantener y en su caso lograr la
                              profesionalización del sector a través de cursos dirigidos a cada una de las modalidades que realizan los
                              prestadores de servicios y realizadores de esta actividad en el Distrito Federal en virtud de los conocimientos y
                              habilidades que éstos deben tener para el mejor desempeño de sus labores.

                              La misión de la Dirección General de Seguridad Privada y Procedimientos Sistemáticos de Operación Policial es
                              unificar la operación policial en el ámbito de la seguridad pública con el desarrollo de esta actividad en el sector
                              privado, otorgando al elemento de seguridad privada, a través de la capacitación en su sector, la garantía de un
                              desarrollo profesional de carrera, en donde sea factible que se reconozca el esfuerzo, la permanencia y la
                              capacitación del elemento con grados, ascensos y mejores condiciones laborales, en beneficio de los elementos,
                              sus familias, la imagen y permanencia de la empresa en el mercado y desde luego de la población a quien se
                              sirve. En tal virtud, por lo tanto resulta fundamental incluir programas de adiestramiento que permitan al elemento
                              desarrollar sus habilidades y capacidades para un entrenamiento integral que incluya el adecuado manejo de los
                              equipos, elementos e instrumentos necesarios en su trabajo, además de tratar temas generales de primeros
                              auxilios, defensa personal, derechos humanos, manejo de unidades caninas y armas, entre otros, de acuerdo a las
                              modalidades de servicio.



Destinatarios:
                              De acuerdo a la modalidad establecida en la Ley y Reglamento de Seguridad Privada en el Distrito Federal, este
                              curso se dirige específicamente a proporcionar servicios de vigilancia y protección de lugares y establecimientos.




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                          OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                          DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                            TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
                                                                 138
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                                                               SEGURIDAD PRIVADA
                                                 R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                      PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
                             SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




                                             FUNDAMENTACIÓN


Fundamento Teórico:
                             El motivo principal que da origen a la creación del presente programa académico es el de
                             que las empresas de Seguridad Privada cuenten con personal calificado y certificado en
                             las competencias que le han sido asignadas.




Marco Legal:
                             El marco jurídico establece la obligación de capacitar al personal de Seguridad Privada
                             bajo la norma del art. 14, fracc.II, inciso b), 28 y 29 de la Ley de Seguridad Privada para
                             el Distrito Federal.


Resultados esperados:
                             •   Estimula y aumenta la confianza entre compañeros.
                             •   Desarrolla el espíritu de trabajo en equipo, para lograr resultados y alcanzar objetivos
                                 comunes.
                             •     Ayuda a desarrollar la capacidad para resolver problemas y tomar decisiones
                                 asertivas.
                             •   Motiva a los participantes en los compromisos del trabajo diario y afrontarlos de
                                 manera positiva.
                             •   Fomenta la comunicación e integración entre áreas y miembros de una misma
                                 organización.
                             •   Aumenta la resistencia y control del estrés.
                             •   Mejora las actitudes, reacción de rechazo y conformismo ante situaciones de presión
                                 y cambio en el trabajo.
                             •   Desarrollar las habilidades y conocimientos de los participantes en materia de
                                 Seguridad Privada.
                             •   Mejorar su capacidad de trabajo.
                             •   Eliminar cualquier emoción o creencia negativa, estados de ansiedad y depresión.
                             •   Superar positivamente situaciones de estrés o conflicto.
                             •   Negociar y solucionar conflictos de manera positiva y creativa.
                             •   Percibir la información no verbal de la persona que tienes enfrente.
                             •   Aumentar de manera notable y rápida su autoconfianza, su autoestima y su
                                 motivación personal.
                             •   Desarrollar su habilidad para descubrir su potencial en el manejo de estrategias y
                                 técnicas de Seguridad Privada.


Beneficios Institucionales
               del curso:
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                        OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                        DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                          TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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                                                                SEGURIDAD PRIVADA
                                                  R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                       PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
                              SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




                              Contar con personal altamente especializado y capacitado lo cual repercute al obtener
                              resultados al 100% lo que se refleja en contratos más constantes y clientes satisfechos.




                                   CARACTERISTICAS CURRICULARES


Destinatarios:
                              El perfil del personal que puede asistir a este curso es el siguiente:

                                   •    Edad: Entre 18 y 55 años
                                   •    Sexo: Masculino y femenino
                                   •    Escolaridad: Primaria terminada como mínimo (deseable)
                                   •    Características especificas: Buena salud y condición física
                                   •    Conocimientos previos: No se requieren conocimientos previos


Objetivos Generales del
              Curso:          Fomentar el desarrollo de habilidades, capacidades y conocimientos para favorecer la
                              formación del elemento de Seguridad Privada con el fin de proporcionar un servicio de
                              excelencia a las empresas contratantes.


Objetivos Específicos:
                              •   Introducción para elementos de Seguridad Privada en los principios del desempeño de sus
                                  funciones y el respeto a los derechos humanos.
                              •   Definir los términos más importantes de los Derechos y Deberes para que sean llevados a la
                                  práctica dentro del servicio
                              •   Proporcionar a los elementos de seguridad privada los conocimientos técnico-operativos para la
                                  eficiente prestación de servicio de seguridad privada intramuros y de protección de bienes y
                                  personas dentro de las instalaciones a su resguardo; dichos conocimientos deberán además
                                  motivar en el elemento de seguridad privada, la afloración de habilidades y actitudes que
                                  coadyuven a la eficiencia y eficacia en el desarrollo de las labores y contacto con el público.
                              •   Dar a conocer los límites de actuación de acuerdo a la ley de seguridad pública del Distrito
                                  Federal y de la ley de los servicios de seguridad prestados por empresas privadas, para ser
                                  aplicados por los elementos de seguridad privada.
                              •   Conocimiento y aplicación correcta del equipo para el desempeño de las labores de seguridad
                                  privada, correcto manejo para uso eficiente y conservación.
                              •   Dar a conocer los procedimientos sistemáticos en condiciones de contingencias, riesgos y
                                  amenaza; antes, durante y después de la contingencia, para que sean aplicados en el servicio.
                              •   Definir los términos de auxilio a autoridades e instituciones de seguridad pública.
                              •   Conocimiento de la importancia de la persuasión verbal para la prevención de problemas;
                                  aplicación y utilización de la fuerza corporal y de instrumentos no letales




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                          OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                          DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                            TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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                                                           SEGURIDAD PRIVADA
                                             R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                  PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
                         SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




                                    SISTEMA DE EVALUACION




Criterios:
                         Para determinar la medida en que los participantes han aprendido los contenidos
                         del curso y, en consecuencia, asignar una calificación a su desempeño, se
                         consideraran los siguientes criterios:

                         •   Dominio lingüístico: Es la capacidad mostrada por el participante para
                             reproducir verbalmente los enunciados conceptuales estudiados
                         •   Dominio técnico: Consiste en la ejecución puntual y eficiente de los
                             procedimientos indicados para: el manejo del equipo, la operación de las
                             herramientas de la seguridad privada.
                         •   Dominio operativo: Es el dominio de las tácticas de grupo para preservar el
                             orden público, coadyuvar en el, impedir la comisión de delitos así como
                             perseguir y detener a aquellos delincuentes sorprendidos en flagrancia.
                         •   Dominio organizacional: Es el reconocimiento de la estructura y función de la
                             institución, el acatamiento a los lineamientos y facultades conferidas y el
                             aprovechamiento de las habilidades y competencias de los miembros de la
                             corporación para cumplir eficazmente su labor.


Procedimientos:
                         Para demostrar su aprendizaje, el participante tendrá que realizar diversos
                         procedimientos que serán valorados por el instructor de acuerdo a los criterios
                         anteriores.

                         •   Procedimientos orales: Consisten en la respuesta verbal a preguntas
                             específicas hechas por el instructor, en las intervenciones habladas durante las
                             sesiones de clase y en las dinámicas de grupo, y en la exposición ante el grupo
                             de los temas que el conductor indique.
                         •   Procedimientos escritos: Consisten en la respuesta escrita a cuestionarios
                             aplicados por el instructor, repartes de clase solicitados, informes y partes
                             informativos realizados durante los simulacros y las practicas programadas.
                         •   Procedimientos prácticos: Consisten en el comportamiento del participante
                             dentro de las prácticas y simulacros programados, de acuerdo a lo estipulado
                             en el programa, los materiales de estudio y/o por el conductor; se trata de la
                             reproducción de rutinas físicas, técnicas y operativas vinculadas al tema del
                             curso.




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                    OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                    DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                      TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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                                                           SEGURIDAD PRIVADA
                                             R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                  PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
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Instrumentos:
                         • Exámenes de conocimientos: Por tratarse de un curso que busca el
                           desarrollo de habilidades practicas, más que el dominio de información,
                           los exámenes de conocimientos se limitaran a un cuestionario de
                           opción múltiple o en su caso preguntas abiertas y de relación
                           conceptual que abarcara los aspectos informativos de las unidades
                           temáticas.
                         • Reportes de clase: elaboraran un reporte de investigación sobre el
                           tema impartido, se calificara proporcionalmente al número de temas
                           tratados en clase.
                         • Practicas: Se aplicara una evaluación demostrativa combinada con una
                           autoevaluación escrita sobre los conocimientos adquiridos.
                         • Simulacros: representación de situaciones con características
                           semejantes a las que enfrentaran durante su desempeño, durante las
                           mismas se les asignara un rol especifico y deberán comportarse de
                           acuerdo con él. Deberán ejecutar todas los aspectos instruidos durante
                           la capacitación se penalizaran las omisiones y transposiciones.
                         • Se recomienda para este tipo de curso-taller, trabajar activamente con
                           técnicas de aprendizaje acelerado utilizando el concepto de OUTDOOR-
                           TRAINING en escenarios naturales en donde el participante pueda
                           desarrollar actividades bajo presión extrema y aplicar de manera integral los
                           conocimientos adquiridos a través de ejercicios, simulaciones, y dinámicas
                           vivenciales.



Escala:
                         • Se manejará una escala del 0 al 10, teniendo el siete como mínimo
                           aprobatorio para recibir la acreditación respectiva.
                         • Al inicio del curso se hará una evaluación para diagnosticar el grado de
                           conocimientos de los participantes
                         • Reporte de evaluación final por cada uno de los participantes.




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                    OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                    DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                      TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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                                                             SEGURIDAD PRIVADA
                                               R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                    PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
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II. Horario y lugar en que se impartirá la capacitación, adiestramiento, especialización y
  en su caso entrenamiento.

                               PLAN Y PROGRAMA DE CAPACITACIÓN


Sedes:
                           Se tiene adaptado el Centro de Capacitación de COMERHVAL en Ejido Xochimilco No.
                           83 Col. San Francisco Culhuacán, Deleg. Coyoacán, México, D.F. para la impartición del
                           curso teórico y las instalaciones del Camino al Ajusco km. 10 para realizar las practicas
                           vivenciales de campo.


Carga Horaria:             El curso básico de ”Inducción al Servicio de Seguridad Privada” tiene una carga
                                académica de 30:00 horas efectivas que se imparten en 20 sesiones de trabajo
                                teórico-práctico, de tal forma que en cada sesión se mencionen los temas a realizar:

Duración y Horario:
                           La duración total del curso está programado paraqué se lleve a cabo en 36 días, sin
                           embargo esto es modificable de acuerdo a las necesidades y tiempo disponible de las
                           empresas que requieran la capacitación.


Número de Participantes:
                           Se recomienda que se integren grupos de 10 participantes para realizar las actividades
                           de forma personalizada.


Requerimientos:
                           •    Aula con pantalla, pintarròn, rotafolio, mesas y sillas para los participantes
                           •    Cañón y CPU con Windows y teclado
                           •    Proyector de acetatos
                           •    Reproductor VHS y DVD
                           •    Equipo de sonido (CD y casettes)




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                       OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                       DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                         TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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                                                         SEGURIDAD PRIVADA
                                           R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
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       II.- Contenidos temáticos de

      Capacitación y Actualización

                     permanentemente

                             especializada




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                                  DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                    TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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                                                R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                     PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
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                             PROGRAMA DIDACTICO DEL CURSO
                                         DESARROLLO TEMATICO

              Unidad Temática 1: Capacitación Básica, de inducción al servicio.

                                                CARGA HORARIA

                            OBJETIVOS                                   Actividades de Enseñanza-            HORAS
                                                                                  Aprendizaje
 Tema 1.1: Definición de Seguridad Privada                            Conocer los antecedentes de la          02:00
                                                                      Seguridad Privada.
 1.1.1.   Antecedentes                                                Identificar el Marco Jurídico que
 1.1.2.   Marco Jurídico                                              establece     la  importancia    y
 1.1.3.   Conceptos Generales                                         obligación     de   capacitar   al
 1.1.4.   ¿Qué es Seguridad?                                          personal de Seguridad Privada.
 1.1.5.   Diferencia entre Seguridad Pública y Privada                Conocer la diferencia entre
                                                                      Seguridad Pública y Privada.

 Tema 1.2: Inducción a la empresa.                                    Conocer quiénes somos como             02:00
                                                                      empresa, cual es la Misión que
 1.2.1.   ¿Quiénes somos?                                             tenemos en el ámbito de la
 1.2.2.   Misión.                                                     Seguridad Privada, así como
 1.2.3.   Visión                                                      nuestra Visión, hacia donde
 1.2.4.   Objetivos                                                   vamos y cuáles son nuestros
                                                                      objetivos.

 Tema 1.3. Derechos y Deberes                                         Explicar el perfil del elemento de     03:00
                                                                      seguridad a través de diferentes
1.3.1. Perfil y comportamiento del elemento de Seguridad Privada      puntos.
1.3.2 Deberes y responsabilidades del elemento de Seguridad
        Privada                                                       Diferencia entre el deber y la
1.3.3. Actividades prohibidas para el elemento de Seguridad Privada
                                                                      responsabilidad, con ejemplos de
        .
1.3.4. Comportamiento del elemento de Seguridad Privada               cada una de estas definiciones.
1.3.5. Presentación del elemento de Seguridad Privada
                                                                      Explicar al elemento de seguridad
                                                                      privada cada una de las actividades
                                                                      prohibidas dentro y fuera del
                                                                      servicio.

                                                                      Tomar conciencia de las actitudes
                                                                      que debe tener el elemento de
                                                                      seguridad privada dentro y fuera del
                                                                      servicio.

                                                                      Explicar la responsabilidad de usar
                                                                      el uniforme correctamente a través
                                                                      de diferentes puntos.




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                                      DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
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                                                          SEGURIDAD PRIVADA
                                            R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
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Tema 1.4 Límites de Actuación, Normas y Leyes que regulan las        Se capacita al elemento con         02:00
Actividades del Personal de Seguridad Privada.                       base a la Ley de Seguridad
                                                                     Privada para el D.F.
                                                                     Dar a conocer a los elementos
1.4.1. Artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos   de Seguridad Privada el marco
         Mexicanos                                                   jurídico.
1.4.2. Ley general que establece las bases de coordinación del       Disposiciones generales de la
         Sistema Nacional de Seguridad Publica del D.F.              coordinación entre la federación
1.4.3. Ley de los Servicios de Seguridad prestados por Empresas      del D.F., los estados y los
         Privadas                                                    municipios.
                                                                     Explicar    al    elemento     de
                                                                     Seguridad Privada los límites de
                                                                     actuación de acuerdo a la Ley.




                            TOTAL:                                                                       09:00




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II. Contenido temático de capacitación y actualización permanente
especializada.


                           PROGRAMA DIDACTICO DEL CURSO


           Unidad Temática 1: Capacitación Básica, de Inducción al Servicio.

 Objetivo             Fomentar el desarrollo de habilidades, capacidades y conocimientos para
 General:             favorecer la formación del elemento de Seguridad Privada.
                      Con el fin de proporcionar un servicio de excelencia a las empresas
                      contratantes.

Tema 1.1: Definición de Seguridad Privada

Contenidos:                 1.1.1.    Antecedentes
                            1.1.2.    Marco Jurídico
                            1.1.3.    Conceptos Generales
                            1.1.4.    ¿Qué es Seguridad?
                            1.1.5.    Diferencia entre Seguridad Pública y Privada

Objetivos             Como resultado de las actividades de aprendizaje, el participante:
particulares
                      •     Conocerá los antecedentes de la seguridad privada.
                      •     Conocerá el marco jurídico que establece la obligación de capacitar al
                            personal de seguridad privada.
                      •     Identificará conceptos generales referentes a la seguridad privada.
                      •     Identificará que es seguridad.
                      •     Identificará la diferencia entre Seguridad Pública y Privada.

Técnicas              •     Conferencia didáctica
didácticas            •     Lectura comentada
                      •     Preguntas abiertas y de relación conceptual que abarcará los aspectos
                            informativos de unidad temática
                      •     Examen de conocimientos

Duración              •     2 horas




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Tema 1.1: DEFINICIÓN DE SEGURIDAD PRIVADA
• ANTECEDENTES


                          LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
                                                TEXTO VIGENTE
                   Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2006
  Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
                                              República.
   VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
             Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
                                             DECRETO
         "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
                     SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA.
                   Artículo Único.- Se expide la Ley Federal de Seguridad Privada.
                             LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
Capítulo Único
Prevenciones Generales

Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto regular la prestación de servicios de
seguridad privada, cuando estos se presten en dos o más entidades federativas, en las
modalidades previstas en esta ley y su reglamento, así como la infraestructura, equipo e
instalaciones inherentes a las mismas. Sus disposiciones son de orden público e interés
social y de observancia general en todo el territorio nacional.


• MARCO JURIDICO

• CONCEPTOS GENERALES

• ¿QUÉ ES SEGURIDAD PRIVADA?




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                                            R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
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                          LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

                                       TÍTULO PRIMERO
                                    Disposiciones Generales

                                        Capítulo Único
                                    Prevenciones Generales


Los servicios de seguridad privada que se presten sólo dentro del territorio de una
entidad federativa, estarán regulados como lo establezcan las leyes locales
correspondientes.

Artículo 2.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

Seguridad Privada.- Actividad a cargo de los particulares, autorizada por el órgano
competente, con el objeto de desempeñar acciones relacionadas con la seguridad en
materia de protección, vigilancia, custodia de personas, información, bienes inmuebles,
muebles o valores, incluidos su traslado; instalación, operación de sistemas y equipos de
seguridad; aportar datos para la investigación de delitos y apoyar en caso de siniestros o
desastres, en su carácter de auxiliares a la función de Seguridad Pública.

Servicios de Seguridad. Privada.- Los realizados por personas físicas o morales, de
acuerdo con las modalidades previstas en esta Ley.

Prestador de Servicios.- Persona física o moral que presta servicios de seguridad
privada.

Persona física.- Quien sin haber constituido una empresa, presta servicios de seguridad
privada, incluyendo en esta categoría a las escoltas, custodios, guardias o vigilantes que
no pertenezcan a una empresa.




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¿Qué es la Seguridad Privada?

Es una actividad o servicio que conforme a las disposiciones jurídicas y administrativas
vigentes, realizan o prestan para sí o para terceros, los prestadores, los autorizados, los
permisionarios y las instituciones oficiales debidamente registrados por la Secretaría de
Seguridad Pública, que tiene por objeto proteger la integridad física de las personas
específicamente determinadas y/o de su patrimonio; prevenir la comisión de delitos e
infracciones en perjuicio de éstas; auxiliarlos en caso de siniestros y desastres,

Colaborar en la aportación de datos o elementos para la investigación y persecución de
delitos, en forma auxiliar y complementaria a la seguridad pública y previa autorización,
licencia, permiso o aviso de registro por las autoridades competentes.

DIFERENCIA ENTRE SEGURIDAD PÚBLICA Y PRIVADA

Los elementos de seguridad privada no son policías. Los elementos de seguridad
privada no tienen facultades o privilegios especiales que los que tienen cualquier
ciudadano. Y sin embargo, los elementos de seguridad privada en algunas ocasiones
deben realizar funciones semejantes a las de los policías. Deben ejercer buen juicio y
cuidado al realizar estas funciones, de otra manera, la empresa puede ser demandada
con éxito. En algunos casos, se puede demandar a los mismos elementos de seguridad
privada. Cuatro tipos de actividad en que se ven envueltos algunas veces los elementos
de seguridad privada son importantes en esta lección. Son: el arresto y la detención; el
uso de la fuerza, la persecución y el arresto, la interrogación.

El arresto y la detención:

“Arrestar” a una persona significa restringir la libertad de movimiento de tal persona con
el fin de entregarla a las autoridades correspondientes. La “detención” es diferente del
arresto. También es una restricción de la libertad de la persona.




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Pero es posible o no que se entrega la persona a la policía. En algunos casos, un
departamento de seguridad puede quedar convencido de que la persona detenida no
cometió el delito del que es sospechoso y lo pondrá en libertad. A menos que el
departamento tenga suficiente evidencia para sospechar de la persona, se le puede
inculpar por detención ilegal.

Definición de arresto:

Arthur C. Weinstock Jr..., en su libro “criminal Law Pocedure for Private Security” (El
procedimiento legal para la seguridad privada), define el arresto como “tornar bajo
custodia o restringir la libertad de movimiento de una persona con el fin de llevar a tal
persona ante la corte para responder por un cargo delictuoso”.

Para estar completo, un arresto debe constar de:

• Un intento por realizar el arresto
• Comunicación del intento por realizar el arresto a la persona que se arresta.
• Si el elemento de seguridad privada vio a la persona intentar, sin éxito, cometer una felonía y el
elemento de seguridad privada lo arresta de inmediato o después de darle alcance
• Si cometió una felonía y el elemento de seguridad privada tiene una “causa probable”
(evidencia razonable) para sospechar que la persona lo cometió, por ejemplo, un elemento de
seguridad privada en patrulla por la propiedad de la instalación recibe un mensaje por radio que
hubo un asalto a mano armada en la oficina del cajero, el ladrón es un hombre calvo con bigote y
una chaqueta tipo marinero, El elemento de seguridad privada ve a un individuo de tal
descripción que se apura a llegar a la puerta de la instalación. El elemento de seguridad privada
tendría una “causa probable” para arrestar a tal hombre (aunque tal acción sería cuestionable,
ya que se le dijo que está armado)
• Si la persona, en la presencia del elemento de seguridad privada, perturba la paz o quiere
reiniciar una perturbación (está ebrio, por ejemplo) y trata de obstruir el funcionamiento normal
del lugar de trabajo)
• Si los elementos de seguridad privada efectúan un arresto, deben estar preparados a producir
evidencia en cuanto a que alguna de las situaciones antes dichas aplicó en tal caso.




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Detención.-Los elementos de seguridad privada deben dejar las decisiones acerca de
detener un sospechoso a la gerencia del departamento de seguridad; pero si por alguna
razón, eso no es posible, los elementos de seguridad privada deben conocer las
siguientes directrices para la detención:

Causa Probable.- El mismo requisito de la “causa probable” que aplica al arresto, aplica
a la detención; el elemento de seguridad privada debe tener evidencia razonable para
suponer que el sospechoso es culpable de alguna ofensa; la suposición del elemento de
seguridad privada puede resultar incorrecta después, pero mientras exista una causa
probable, no se podrá hacer responsable al elemento de seguridad privada o la
organización por ese renglón.

Privacidad.- El sospechoso debe detenerse fuera de la vista y la audición de otros, de
manera que no se pueda hacer alguna queja por perjurio o humillación.

En el mismo lugar.- El sospechoso puede detenerse en la propiedad de la
organización, no en algún punto fuera de la propiedad.

Condiciones razonables.- No se someterá al sospechoso a condiciones incómodas o
irrazonables de detención, amarrársele a una silla, por ejemplo o recluirlo en una
habitación sin calefacción en pleno invierno, o sostenerlo torciéndole el brazo.

Tiempo razonable.- El personal de seguridad privada, debe tomar una decisión
rápidamente para arrestar o no hacerlo. Varios códigos legales estatales dicen que
cualquier detención mayor de 30 minutos es irrazonable. Un estado dice que si es
superior a 20 minutos es irrazonable.




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                  OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                  DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                    TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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                                                            SEGURIDAD PRIVADA
                                              R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                   PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
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Tema 1.2: Inducción a la empresa.

Contenidos:               1.2.1.   ¿Quiénes somos?
                          1.2.2.   Outsourcing
                          1.2.3.   Ventajas Competitivas
                          1.2.4.   Misión.
                          1.2.5.   Visión
                          1.2.6.   Objetivos

Objetivos             •     Conocerá quiénes somos como empresa
particulares          •     Identificará cual es la misión como empresa y prestación del servicio
                      •     Conocerá cual es nuestra visión en materia de seguridad privada
                      •     Conocerá cuales son nuestros objetivos

Técnicas              •     Conferencia didáctica.
didácticas            •     Lectura comentada.
                      •     Preguntas abiertas y de relación conceptual que abarcará los aspectos
                            informativos de la unidad temática.
                      •     Examen de conocimientos

Duración              •     2 horas




Tema 1.2: INDUCCIÓN A LA EMPRESA.
¿QUIÉNES SOMOS?

H.V.L. Seguridad Privada es una empresa de seguridad privada joven y pujante que
brinda servicios de: seguridad y vigilancia privada

Sabemos de la importancia de la prevención como elemento indispensable en esta
actividad, por tal motivo ponemos máxima importancia a la selección y capacitación del
personal, alentándolo, involucrándolo y motivándolo para favorecer la participación
activa y una comunicación abierta para ofrecer a nuestros clientes un servicio de calidad.




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                                            R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
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Nuestros elementos de seguridad uniformados y civiles han pasado por un estricto
proceso de selección, así como programas de capacitación y entrenamiento de alto
rendimiento para poder ofrecer a nuestros clientes el mejor de los servicios en materia
de seguridad privada.

Disponemos de servicios privados de patrullaje y supervisión en las propias
instalaciones del cliente.


OUTSOURCING:

Los Servicios que proporciona H.V.L. SEGURIDAD PRIVADA, están basados en el
concepto de Outsourcing en materia de Seguridad y Vigilancia.
Es un concepto relativamente nuevo que implica una tendencia irreversible, pues cada
vez son más las empresas que, con el fin de ser más productivas, recurren a terceros
para delegar o subcontratar algunas de las funciones que no son estratégicas de su
organización.
Es una consecuencia lógica, pues las empresas a partir de este momento se concentran
en el núcleo de su negocio; es decir en lo que saben hacer, y comienzan a contratar por
fuera todo aquello que no esté relacionado directamente con el objetivo principal de la
empresa.
• El secreto para que el Outsourcing funcione es crear una situación de “Ganar-ganar”,
donde tanto el cliente o usuario así como el proveedor obtengan beneficios.

• El tener acceso a servicios especializados con bajos costos de operación por parte del
proveedor de Seguridad y Vigilancia es claramente una de las razones más fuertes para
adoptar el Outsourcing.


• El otro factor importante es la obtención de servicios especializados que impactan
directamente en la calidad en el servicio de Seguridad y Vigilancia que espera el Cliente.




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VENTAJAS COMPETITIVAS:

RECUPERACION DE SU INVERSION EN EL CORTO PLAZO:

Se trata de que los gastos por concepto      de seguridad y vigilancia tengan
resultados inmediatos al tener bajo resguardo sus bienes materiales.

CIRCUITO DE CCTV GRATIS:

Al tercer mes de contratados nuestros servicios se le puede instalar un sistema
de CCTV en forma gratuita, consistente en un monitor a color y una cámara de TV, para
complementar su servicio de vigilancia.

PROCESOS DE MEJORA CONTINUA:

Los servicios de vigilancia están asegurados en forma permanente al 100%, ya
que si se incapacita o falta algún elemento por cualquier motivo, tenemos un sistema
de reemplazo para cubrir siempre al elemento faltante.



MISIÓN:

Estamos comprometidos con el desarrollo y progreso de nuestro país, por lo que nos
hemos fijado como misión:

Brindar a nuestros clientes y usuarios un servicio de calidad, disuadir cualquier acción
que quiera realizar la delincuencia, dando como resultado que nuestros clientes o
usuarios no tengan perdidas, ya sean humanas, materiales y económicas, contribuir y
participar con la sociedad de nuestro País en la lucha contra la delincuencia, a través de
los servicios que proporcionamos.




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                                               R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
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VISIÓN:

Ser una empresa de excelencia en materia de Seguridad Privada con el firme propósito
de satisfacer los requisitos y exigencias de nuestros clientes y usuarios.



OBJETIVOS:

      •    Detectar, resolver y satisfacer las necesidades de nuestros clientes y usuarios
           para prevenir cualquier amenaza que atente contra su seguridad.

      •    Garantizar al 100% una adecuada operación en los servicios que se proporcionan

      •    Proporcionar los medios en cuanto a elementos de seguridad confiables y que
           brinden a nuestros clientes y usuarios tranquilidad y confianza.



VALORES:

         Calidad en nuestros servicios
         Alto sentido de responsabilidad en nuestro trabajo
         Oportunidad y confiabilidad a nuestros clientes y usuarios
         Honestidad
         Espíritu de equipo
         Liderazgo




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Tema 1.3: Derechos y Deberes.

Contenidos:              1.3.1.   Perfil y comportamiento del Elemento de Seguridad Privada
                         1.3.2.   Deberes y responsabilidades del Elemento de Seguridad Privada
                         1.3.3.   Actividades prohibidas para el Elemento de Seguridad Privada
                         1.3.4.   Comportamiento del Elemento de Seguridad Privada
                         1.3.5.   Presentación del Elemento de Seguridad Privada

Objetivos            •     Explicar el perfil del elemento de seguridad a través de diferentes puntos.
particulares
                     •     Diferencia entre el deber y la responsabilidad, con ejemplos de cada una de
                           estas definiciones.

                     •     Explicar al elemento de seguridad privada cada una de las actividades
                           prohibidas dentro y fuera del servicio.

                     •     Tomar conciencia de las actitudes que debe tener el elemento de seguridad
                           privada dentro y fuera del servicio.

                     •     Explicar la responsabilidad de usar el uniforme correctamente a través de
                           diferentes puntos.
Técnicas             •     Conferencia didáctica.
didácticas           •     Lectura comentada.
                     •     Preguntas abiertas y de relación conceptual que abarcará los aspectos
                           informativos de la unidad temática.
                     •     Examen de conocimientos

Duración             •     3 horas




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                                                R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
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  1.3
                    •   DERECHOS Y DEBERES DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD
                        PRIVADA


               I.       PERFIL Y COMPORTAMIENTO DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA
              II.       DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD
                        PRIVADA
             III.       ACTIVIDADES PROHIBIDAS PARA EL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA
             IV.        COMPORTAMIENTO DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD
              V.        PRESENTACION DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA




Tema 1.3. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ELEMENTOS DE
SEGURIDAD PRIVADA
                                               PLAN DE TRABAJO



NOMBRE DEL CURSO: Derechos y deberes del personal de Seguridad Privada.

DURACION: El curso se impartirá en 1 sesión hasta cubrir un total de 3 horas

DIRIGIDO: A los elementos de Seguridad Privada

OBJETIVO: Definir los términos más importantes de los Derechos y Deberes para que sean
llevados a la práctica dentro del servicio

METODOLOGIA: Repartir información para ser explicada punto por punto y de esa forma el
elemento de seguridad privada obtendrá conocimiento de sus derechos y deberes.




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                                            R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
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       I.- PERFIL Y COMPORTAMIENTO DEL ELEMENTO DE
                      SEGURIDAD PRIVADA


Ser disciplinados y capacitados en todas las materias concernientes a sus funciones, son 5
factores fundamentales para el buen desempeño del servicio igualmente la relación entre los
elementos de seguridad privada, los funcionarios o ejecutivos, demás empleados, clientes y
visitantes, deberá ser cordial y de ayuda recíproca ya que las actitudes impropias de cualquiera
de las partes, son a la larga perjudiciales, por eso se hace hincapié en que los integrantes de la
unidad departamental de seguridad privada deben ser corteses, pero enérgicos, mostrar
paciencia y discreción en el desempeño de sus deberes, absteniéndose de usar un lenguaje
violento, sarcástico e insolente; ele elemento de seguridad privada no debe sostener
conversaciones ociosas con empleados y con el público o clientes, ni leer en sus horas de
servicio, descuidando con ello sus deberes, pero si deberá orientar e informar lo pertinente y
necesario a quien lo solicite.



                         HABILIDADES TECNICAS QUE DEBE POSEER

• Conocer las leyes y reglamentos

• Tener aptitud física (condición)

• Saber defenderse sin arma

• Conocer el uso de la macana PR-24 o Tonga

• Saber manejar vehículos de seguridad privada

• Conocer la realización de recorridos y patrullajes

• Conocer los procedimientos de contingencia

• Conocer los códigos y claves



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                                             R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
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                                HABILIDADES ADMINISTRATIVAS



• Redacción de informes y novedades

• Tener capacidad de organización

• Tener conciencia de sus deberes

• Tener capacidad para el seguimiento de órdenes verbales

• Saber aplicar la toma de decisiones

• Tener conocimiento de máquinas y equipos



                             CAPACIDADES HUMANAS (VIRTUDES)



• Autocontrol

• Honestidad

• Disciplina y lealtad

• Buenas relaciones humanas

• Presentación y limpieza

• Sentido común

• Iniciativa y discreción.




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                                            R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
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    II.- DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL ELEMENTO DE
                     SEGURIDAD PRIVADA


Dentro de las habilidades del área administrativa, el elemento de seguridad privada debe tener
plena conciencia y total auto-compromiso con las obligaciones, responsabilidades y
prohibiciones que le son propias en virtud de la labor que desempeña.



Podemos señalar que, en esencia tanto un deber, como una responsabilidad, son obligaciones,
pero la diferencia se da en la naturaleza y consecuencia de la obligación. El deber es una
obligación auto impuesta que el elemento de seguridad privada toma por iniciativa propia, en
virtud de su sentido de profesionalismo o ética, mientras que las responsabilidades son aquellas
obligaciones que el elemento de seguridad privada tiene que observar y realizar por una orden
externa y superior, que le marcan las leyes, reglamentos, procedimientos o consignas, le guste o
no y su incumplimiento le puede acarrear una sanción

                    DEBERES DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA



       Servicio
       Cortesía
       Cumplimiento de la ley
       Honestidad
       Imparcialidad
       Lealtad
       Obediencia
       Responsabilidad
       Presencia
       Auto conservación y desarrollo




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                        SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




             RESPONSABILIDADES DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA



Es responsabilidad del elemento de seguridad privada, la protección a todas las personas,
bienes o establecimientos que le han sido encomendados, fomentando su seguridad con las
siguientes acciones:



   •   Estimular el orden, la sinceridad, el respeto y la confianza.
   •   Poner en ejecución las reglas de conducta, seguridad, consignas y normas de la empresa
       (dentro de los intereses del contratante).
   •   Evitar incendios, sabotaje, espionaje, robos y descuidos.
   •   Observar condiciones y actividades anormales.
   •   Corregir e informar irregularidades.
   •   Dejar entrar y salir del lugar asignado solamente aquellos materiales debidamente
       autorizados.
   •   Hacer que se respeten instrucciones y reglamentos.
   •   Elaborar planes en contra del peligro potencial.
   •   Adquirir el respeto y aprecio de todas las personas del lugar de trabajo, de manera que
       podamos conservar y mejorar las buenas relaciones entre usted y los demás.
   •   Además de lo anterior, deberá inspeccionar todo lo relacionado con: incendios y riesgos
       de seguridad, evidencia de sabotaje y luces fundidas o que estén innecesariamente
       encendidas.




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  III.- ACTIVIDADES PROHIBIDAS PARA EL ELEMENTO DE
                   SEGURIDAD PRIVADA


  •   Presentarse al servicio con aliento alcohólico, en estado de ebriedad o bajo el influjo de
      drogas o enervantes.
  •   Ingerir bebidas alcohólicas, drogas o comer durante el servicio y/o visitas del público
  •   Fumar en lugares peligrosos, durante el servicio y/o a visitas del público.
  •   Aceptar bajo cualquier circunstancia, gratificaciones o dádivas del personal externo o
      interno.
  •   Permanecer sin causa justificada en las instalaciones de la institución al terminar el turno
      de servicio o asistir en horas de descanso o vacaciones.
  •   Desobedecer o violar leyes, reglamentos, consignas u órdenes aplicables o expedidas
      por la institución.
  •   Establecer relaciones de amistad, compadrazgo, participar en actividades sociales o
      deportivas con personal de la institución, proveedores y/o clientes dentro y fuera de las
      horas de servicio.
  •   No entablar conversaciones innecesarias.
  •   Asistir uniformado a centros donde se expendan bebidas embriagantes, de mala fama o
      antros de vicio.
  •   Abandonar su puesto de trabajo sin haber sido relevado o haber recibido autorización del
      superior correspondiente.
  •   No leerá mientras este de servicio, excepto literatura relacionada con sus instrucciones o
      con el desempeño de las mismas.
  •   No llevará a cavo transacciones comerciales mientras este en servicio o mientras use el
      uniforme.
  •   No participar en tandas, rifas, sorteos o colectas de cualquier especie, con personal de la
      institución, proveedores o clientes.
  •   No deberá usar el teléfono para llamadas personales no urgentes.
  •   No deberá establecer relaciones amorosas con              el personal interno, clientes o
      proveedores.
  •   No usará lenguaje amenazante o impropio para con nadie
  •   No intentará aceptar dinero prestado de ningún compañero o persona de la empresa
  •   No discutirá o cuestionará en público las órdenes, instrucciones y consignas que marcan
      los superiores o la empresa.


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   •   No participará en actos públicos, organizaciones sindicales o políticas no afines a sus
       funciones de seguridad y/o portando el uniforme.
   •   No proporcionar información confidencial o interna de la egresa y sus funciones a
       personas no autorizadas.
   •   No llevar al servicio armas de su propiedad
   •   Omitir, distorsionar o falsear datos en informes o reportes.
   •   No portar o vestir prendas, insignias o tatuajes, ajenos al uniforme reglamentario.
   •   No deberá acudir desaseado o mal uniformado al desarrollo de su servicio
   •   No deberá llegar tarde a recibir o relevar el servicio o faltar sin previo aviso.
   •   No deberá adoptar posturas o actitudes inadecuadas durante el servicio o portando el
       uniforme.


  IV.- COMPORTAMIENTO DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD
                     PRIVADA
Para expresar en forma práctica, podríamos decir que el manejo de las actitudes de un
elemento de seguridad privada puede resumirse en los siguientes puntos:



   •   No debe permitirse que las actitudes personales afecten sus diarias actividades como
       elementos de seguridad privada
   •   Deberá siempre buscar un alto grado de objetividad en su trabajo, es decir, que él no
       debe hacer juicios basados en sus propias ideas.
   •   El elemento de seguridad privada nunca deberá involucrarse en forma personal cuando
       esté haciendo cumplir el orden y los procedimientos establecidos.
   •   No permita que el público en general lo incite a demostrar su enojo.
   •   Deberá mostrar una actitud neutral y objetiva




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El elemento de seguridad privada deberá recordar que si aplica estas cualidades, desempeñará
su labor más eficientemente.

Para poder conseguir que se respeten las leyes y reglamentos establecidos, debe en todo
momento regirse por estas mismas.

Debe tener en mente que cada individuo se asemeja a usted y debe tratarse en la forma
que a usted le gustaría que lo trataran.



     V.-PRESENTACION DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD
                      PRIVADA
Como elemento de seguridad privada tiene la responsabilidad de vestir el uniforme en forma
adecuada

Tal y como implica el nombre, el uniforme debe usarse de manera estándar, como lo establece
la empresa de seguridad privada.

“La primera impresión es la que vale”, eso dice la generalidad de la humanidad, y tiene mucho
de razonable.

Cuando un elemento de seguridad privada se presente a su servicio sucio, con el uniforme
arrugado y sin algún complemento, representará la imagen de inservible, aún cuando tenga
muchas cualidades, por eso es necesaria la presencia impecable.

El porte es otro aspecto externo que impone respeto y atención a la gente que trata con el
elemento, dentro del porte incluiremos la estatura que debe ser mediana, y en este caso se pide
que sea de 1.65 y como el peso está en relación directa con la estatura, podemos decir que el
peso deberá ser de 70 a 80 kg.

En cuanto a la edad, esto es un factor muy importante el cual está muy unido al aspecto y
constitución física, se considera que el máximo de edad para que pueda ser capaz un elemento
de seguridad privada, es de 40 años, pues en pocos casos el hombre está en aptitudes
completas a los 70 años.

Tomemos cada parte del uniforme y discutamos sus cualidades:

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La cara: como parte importante la presentación del elemento de seguridad privada; el rostro
deberá tener una apariencia de integridad y honestidad, es importante conservar el cabello corto
y limpio, así como la cara bien afeitada.

La gorra: Está diseñada para que dé al elemento de seguridad privada más altura y dignidad.

La camisa: Probablemente no hay otra cosa que arruine mas la apariencia personal que una
camisa sucia, arrugada o manchada de sudor. Si su camisa es clara y se mancha con facilidad,
requiere que se lave frecuentemente.      Es importante que su camisa se mantenga
completamente abotonada.

Fornitura: La utilidad de este implemento es de portar el equipo (gas, esposas, radio, macana,
etc.) de una manera adecuada. La limpieza y el cuidado de la fornitura, será constantemente
para mantener estos artículos en buen estado.

El pantalón: Se conservará limpio y perfectamente bien planchado, evitando que se vea
maltratado o descocido.

La corbata: Se mantendrá siempre sin arrugas, limpia, anudada y en buena presentación.

Distintivos: Los distintivos del uniforme, es decir los sectores o escudos de tela bordados con el
nombre de la empresa se portan por lo regular, uno en la parte superior del brazo derecho y el
otro arriba de la bolsa izquierda de la camisa, estos deberán estar en buen estado.

Zapatos: Deben ser negros y estar bien lustrados.




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Tema 1.4: Límites de Actuación, Normas y Leyes que regulan las actividades
del personal de Seguridad Privada.

Contenidos:          1.4.1. Artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
                     1.4.2. Ley general que establece las bases de coordinación del Sistema Nacional de
                     Seguridad Publica del D.F.
                     1.4.3. Ley de los Servicios de Seguridad prestados por Empresas Privadas

Objetivos            •     Se capacita al elemento con base a la Ley de Seguridad Privada para el D.F.
particulares         •     Dar a conocer a los elementos de Seguridad Privada el marco jurídico.
                     •     Disposiciones generales de la coordinación entre la federación del D.F., los estados y
                           los municipios.
                     •     Explicar al elemento de Seguridad Privada los límites de actuación de acuerdo a la Ley

Técnicas             •     Conferencia didáctica.
didácticas           •     Lectura comentada.
                     •     Preguntas abiertas y de relación conceptual que abarcará los aspectos
                           informativos de la unidad temática.
                     •     Examen de conocimientos

Duración             •     2 horas




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 1.4
          •     LIMITES DE ACTUACION, NORMAS Y LEYES QUE REGULAN LAS
                ACTIVIDADES DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA .


               I.    ARTICULOS DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
                     MEXICANOS
              II.    LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACION DEL
                     SISTEMA NACIONAL
              III.   LEY DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRESTADOS POR EMPRESAS
                     PRIVADAS




                                         PLAN DE TRABAJO



NOMBRE DEL CURSO: Límites de actuación de la seguridad privada en el Distrito
Federal

DURACION: El curso se impartirá en 1 sesión hasta cubrir un total de 2 horas

DIRIGIDO: A los elementos de Seguridad Privada

OBJETIVO: Dar a conocer los límites de actuación de acuerdo a la ley de seguridad
pública del Distrito Federal y de la ley de los servicios de seguridad prestados por
empresas privadas, para ser aplicados por los elementos de seguridad privada

METODOLOGIA: Repartir información para ser explicada punto por punto y de esa forma
el elemento de seguridad privada conocerá los límites de actuación de la seguridad
privada en el Distrito Federal.




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  LIMITES DE ACTUACIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
              EN EL DISTRITO FEDERAL


I.- ARTICULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
           ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


Artículo 21

La Seguridad Pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, Los
Estados y los municipios, en las respectivas competencias que esta constitución señala.
La actuación de las instituciones policiales se regirá por los principios de legalidad,
eficiencia, profesionalismo y honradez.

La Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios se coordinarán, en los
términos que la ley señale, para establecer un sistema nacional de seguridad pública.



Artículo 73

El Congreso tiene la facultad de:

XXIII.- Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación,
el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en materia de seguridad pública; así
como para la organización y funcionamiento, el ingreso, selección, promoción y
reconocimiento de los integrantes de las instituciones de seguridad pública en el ámbito
federal.



Artículo 115

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Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma del gobierno republicano,
representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización
política y administrativa, el Municipio Libre conforme a las bases siguientes:

III.- Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

h) Seguridad Pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía
preventiva, municipal y tránsito.



    II.- LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE
         COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE
                  SEGURIDA PUBLICA


Sin poner un debate sobre la naturaleza pública e inherente a la actividad estatal de
cualquier acción sobre seguridad interior, la iniciativa optó por incluir, a fin de regularlos, a
los servicios privados de seguridad como parte de la función de seguridad pública, y
determinó que es competencia de las entidades federativas registrar y en su caso
autorizar a las personas físicas o morales que presten este tipo de servicio, a excepción
de aquellas que operen en varios estados, en cuyo caso se requerirá de la autorización de
la Secretaría de Gobernación. También se previene la obligación para que estas
empresas coadyuven con las autoridades e instituciones policiales en situaciones de
urgencia, desastre o cuando así lo solicite la autoridad competente de la Federación, del
Distrito Federal, de los Estados o de los Municipios y para que se sujeten al nuevo
régimen de principios sistemáticos y coordinados que se crean para la organización y
funcionamiento de las instituciones policiales. Para este efecto, las instancias de
coordinación promoverán que las normas que regulan las dichas empresas establezcan
requisitos y condiciones para la prestación del servicio, para su supervisión y los
procedimientos para aplicar sanciones.

Particularmente tales corporaciones deberán aportar los datos para el registro de su
personal y equipo y proporcionar toda la información necesaria al sistema nacional de
seguridad pública.

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                  OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                  DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                    TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
                                               138
HUGO VÁZQUEZ LANDEROS
                                                         SEGURIDAD PRIVADA
                                           R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
                       SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




Artículo 1

La presente ley tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre la Federación,
los Estados, el Distrito Federal y los Municipios para la integración y funcionamiento del
Sistema Nacional de Seguridad Pública. Sus disposiciones son de orden público e
interés social y de observancia general en todo el Territorio Nacional.



Artículo 3

Conforme al artículo 21 constitucional y para los efectos de esta ley, la seguridad pública
es la función a cargo del estado que tiene como fines salvaguardar la integridad y
derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos.

Las autoridades competentes alcanzarán los fines de la seguridad pública mediante la
prevención, persecución y sanción de las infracciones y delitos, así como la reinserción
social del delincuente y del menor infractor.

El Estado combatirá las causas que generan la comisión de delitos y conductas
antisociales y desarrollará políticas, programas y acciones para fomentar en la sociedad,
valores culturales y cívicos, que induzcan respeto a la legalidad.

La función se realizará en los diversos ámbitos de competencia, por conducto de las
autoridades de policía preventiva, del ministerio público, de los tribunales, de los
responsables de la prisión preventiva, ejecución de penas y tratamientos de menores
infractores, de las encargadas de protección de las instalaciones y servicios estratégicos
del país; así como por las demás autoridades que en razón de sus atribuciones, deben
contribuir directa o indirectamente al objeto de esta ley.




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                  OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
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                    TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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HUGO VÁZQUEZ LANDEROS
                                                         SEGURIDAD PRIVADA
                                           R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
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                       SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




Artículo 10

La coordinación comprenderá las materias siguientes:



VII.- Regulación y control de los servicios privados de seguridad y otros auxiliares.



Artículo 52

Además de cumplir con las disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y
Explosivos, los particulares que presten servicios de SEGURIDAD PRIVADA, protección,
vigilancia o custodia de personas, lugares o establecimientos, de bienes o valores,
incluidos su traslado; deberán obtener autorización previa de la Secretaría de Seguridad
Publica Federal, cuando los servicios comprendan varias entidades federativas; o de la
autoridad administrativa que establezcan las leyes sociales, cuando los servicios se
presenten solo en el territorio de una entidad.

Conforme a las bases de esta ley dispone, las instancias de coordinación promoverán que
dichas leyes locales prevean los requisitos y condiciones para la prestación del servicio, la
denominación, los mecanismos para su supervisión y las causas y procedimientos para
determinar sanciones.

Artículo 53

Los servicios privados de seguridad son auxiliares a la función de seguridad pública. Sus
integrantes coadyuvarán con las autoridades y las instituciones de seguridad pública en
situaciones de urgencia, desastres o cuando así lo solicite la autoridad competente de la
Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, de acuerdo a los requisitos y
condiciones que establezca la autorización respectiva.

Los particulares que presten este servicio estarán impedidos para ejercer las funciones
que corresponden a las autoridades de seguridad pública.




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                  OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
                                  DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F.
                    TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com
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                                                         SEGURIDAD PRIVADA
                                           R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
                       SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




Artículo 54

Los particulares que se dediquen a este servicio, así como el personal que utilicen, se
regirán en lo conducente, por las normas que esta ley y las demás aplicables establecen
para las instituciones de seguridad pública; incluyendo los principios de actuación y
desempeño y la obligación de aportar los datos para el registro de su personal y equipo y
en general, proporcionar la información estadística y sobre la delincuencia al sistema
nacional.



           III.- LEY DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD
             PRESTADOS POR EMPRESAS PRIVADAS


Artículo 2

Corresponde al jefe de gobierno del Distrito Federal la aplicación de esta ley, a través de
la Secretaría de Seguridad Pública.

Artículo 3

Para los efectos de esta ley se entenderá por:

I.- Autorización: Al permiso otorgado por la Secretaría a una persona para brindar los
servicios de Seguridad Privada.

II.- Ley: Ley de los Servicios de Seguridad prestados por empresas privadas.

III.- Secretaría: Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.

IV.- Prestadores del Servicio: A las personas físicas o morales, titulares de las empresas
que prestan servicios de Seguridad Privada.




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                  OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
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HUGO VÁZQUEZ LANDEROS
                                                         SEGURIDAD PRIVADA
                                           R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08
                                                PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02
                       SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS




Artículo 4



Corresponde a la Secretaría:

I.- Autorizar y llevar el registro de los prestadores del servicio

II.- Supervisar que los prestadores del servicio cumplan con las disposiciones de la ley y
demás ordenamientos jurídicos aplicables a los servicios de seguridad prestados por
empresas privadas en el Distrito Federal

III.- Comprobar que el personal operativo esté debidamente capacitado

IV.- Expedir al personal operativo la constancia de acreditación de los cursos de
capacitación y adiestramiento, en los casos en que estos sean impartidos por la misma
secretaría.

V.- Atender las quejas y denuncias por presuntas infracciones a la ley, a través de las
unidades administrativas que al efecto se creen.

VI.- Substanciar los procedimientos y aplicar las sanciones por la violación a las
disposiciones de esta ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

VII.-Denunciar al ministerio público los hechos presuntamente delictivos de que tenga
conocimiento en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley.

VIII.-Expedir, a costa del prestador de servicio, la cédula de registro al personal operativo,
la cual será de uso obligatorio.

IX.- Concentrar con los prestadores del servicio, acuerdos para la instrumentación de los
planes y programas de capacitación y adiestramiento a través de las instituciones
educativas de la Secretaría.

X.-   Las demás que le confiere esta ley y otros ordenamientos jurídicos aplicables.




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                  OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760
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2013 hvl planes programas y manual de capacitacion 2013

  • 1. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS H.V.L. SEGURIDAD PRIVADA PRESENTA: Planes, Programas y Manual de Capacitación y Adiestramiento Servicios de Seguridad Privada (Para el personal operativo o de apoyo con carácter obligatorio) Permiso 1595 Exp- 2096/02 Duración del curso: 30:00 horas efectivas. Impartido por: C. Víctor Castillo Espinosa Periodo 2012 - 2013 ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 2. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Manual de Capacitación y Adiestramiento Reglamento de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal Artículo 19. El Manual de Capacitación y Adiestramiento a que se refiere el artículo 14, fracción ll, inciso b), de la Ley, deberá contener: I. Contenido integro de los planes y programas de capacitación y adiestramiento vigentes; II. Contenidos temáticos de capacitación y actualización permanentemente especializada; III. Horario y lugar en que se impartirá la capacitación, adiestramiento, especialización y en su caso entrenamiento; IV. Designación del instructor independiente o empresa capacitadora inscrita en el Registro que llevará a cabo el cumplimiento de estos planes y programas de capacitación. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 3. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS I. Contenido integro de los Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento vigentes. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 4. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS I.- Contenido integro de los planes y programas de capacitación y adiestramiento. INDICE Presentación: Este curso de capacitación y adiestramiento tiene como finalidad proporcionar al elemento de seguridad privada, la información básica para resolver de la mejor manera posible los distintos problemas que se presentan durante el desempeño de sus funciones de Seguridad y Protección. Está preparado para que el elemento de seguridad privada cuente con los conocimientos necesarios que le ayuden a su formación profesional, permitiendo así el mejor desempeño de sus actividades. Su aplicación práctica permitirá que el elemento de seguridad privada cuente con un panorama amplio de su ámbito de trabajo, por lo que se le tiene que dar a conocer sus actividades y responsabilidades y como repercuten éstas en la imagen de la empresa a quien representa y la mejor manera de lograr este objetivo es mediante una capacitación la cual obtendremos en este curso. Antecedentes del curso: De acuerdo a los planes de capacitación y adiestramiento se da cumplimiento a la normatividad vigente, ya que el Reglamento de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal publicado el 24 de agosto del 2009, contiene reformas sustanciales en materia de capacitación, diseñando nuevos temas y enfocando la capacitación de los elementos operativos y de apoyo en el ámbito de la seguridad privada para mantener y en su caso lograr la profesionalización del sector a través de cursos dirigidos a cada una de las modalidades que realizan los prestadores de servicios y realizadores de esta actividad en el Distrito Federal en virtud de los conocimientos y habilidades que éstos deben tener para el mejor desempeño de sus labores. La misión de la Dirección General de Seguridad Privada y Procedimientos Sistemáticos de Operación Policial es unificar la operación policial en el ámbito de la seguridad pública con el desarrollo de esta actividad en el sector privado, otorgando al elemento de seguridad privada, a través de la capacitación en su sector, la garantía de un desarrollo profesional de carrera, en donde sea factible que se reconozca el esfuerzo, la permanencia y la capacitación del elemento con grados, ascensos y mejores condiciones laborales, en beneficio de los elementos, sus familias, la imagen y permanencia de la empresa en el mercado y desde luego de la población a quien se sirve. En tal virtud, por lo tanto resulta fundamental incluir programas de adiestramiento que permitan al elemento desarrollar sus habilidades y capacidades para un entrenamiento integral que incluya el adecuado manejo de los equipos, elementos e instrumentos necesarios en su trabajo, además de tratar temas generales de primeros auxilios, defensa personal, derechos humanos, manejo de unidades caninas y armas, entre otros, de acuerdo a las modalidades de servicio. Destinatarios: De acuerdo a la modalidad establecida en la Ley y Reglamento de Seguridad Privada en el Distrito Federal, este curso se dirige específicamente a proporcionar servicios de vigilancia y protección de lugares y establecimientos. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 5. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS FUNDAMENTACIÓN Fundamento Teórico: El motivo principal que da origen a la creación del presente programa académico es el de que las empresas de Seguridad Privada cuenten con personal calificado y certificado en las competencias que le han sido asignadas. Marco Legal: El marco jurídico establece la obligación de capacitar al personal de Seguridad Privada bajo la norma del art. 14, fracc.II, inciso b), 28 y 29 de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal. Resultados esperados: • Estimula y aumenta la confianza entre compañeros. • Desarrolla el espíritu de trabajo en equipo, para lograr resultados y alcanzar objetivos comunes. • Ayuda a desarrollar la capacidad para resolver problemas y tomar decisiones asertivas. • Motiva a los participantes en los compromisos del trabajo diario y afrontarlos de manera positiva. • Fomenta la comunicación e integración entre áreas y miembros de una misma organización. • Aumenta la resistencia y control del estrés. • Mejora las actitudes, reacción de rechazo y conformismo ante situaciones de presión y cambio en el trabajo. • Desarrollar las habilidades y conocimientos de los participantes en materia de Seguridad Privada. • Mejorar su capacidad de trabajo. • Eliminar cualquier emoción o creencia negativa, estados de ansiedad y depresión. • Superar positivamente situaciones de estrés o conflicto. • Negociar y solucionar conflictos de manera positiva y creativa. • Percibir la información no verbal de la persona que tienes enfrente. • Aumentar de manera notable y rápida su autoconfianza, su autoestima y su motivación personal. • Desarrollar su habilidad para descubrir su potencial en el manejo de estrategias y técnicas de Seguridad Privada. Beneficios Institucionales del curso: ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 6. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Contar con personal altamente especializado y capacitado lo cual repercute al obtener resultados al 100% lo que se refleja en contratos más constantes y clientes satisfechos. CARACTERISTICAS CURRICULARES Destinatarios: El perfil del personal que puede asistir a este curso es el siguiente: • Edad: Entre 18 y 55 años • Sexo: Masculino y femenino • Escolaridad: Primaria terminada como mínimo (deseable) • Características especificas: Buena salud y condición física • Conocimientos previos: No se requieren conocimientos previos Objetivos Generales del Curso: Fomentar el desarrollo de habilidades, capacidades y conocimientos para favorecer la formación del elemento de Seguridad Privada con el fin de proporcionar un servicio de excelencia a las empresas contratantes. Objetivos Específicos: • Introducción para elementos de Seguridad Privada en los principios del desempeño de sus funciones y el respeto a los derechos humanos. • Definir los términos más importantes de los Derechos y Deberes para que sean llevados a la práctica dentro del servicio • Proporcionar a los elementos de seguridad privada los conocimientos técnico-operativos para la eficiente prestación de servicio de seguridad privada intramuros y de protección de bienes y personas dentro de las instalaciones a su resguardo; dichos conocimientos deberán además motivar en el elemento de seguridad privada, la afloración de habilidades y actitudes que coadyuven a la eficiencia y eficacia en el desarrollo de las labores y contacto con el público. • Dar a conocer los límites de actuación de acuerdo a la ley de seguridad pública del Distrito Federal y de la ley de los servicios de seguridad prestados por empresas privadas, para ser aplicados por los elementos de seguridad privada. • Conocimiento y aplicación correcta del equipo para el desempeño de las labores de seguridad privada, correcto manejo para uso eficiente y conservación. • Dar a conocer los procedimientos sistemáticos en condiciones de contingencias, riesgos y amenaza; antes, durante y después de la contingencia, para que sean aplicados en el servicio. • Definir los términos de auxilio a autoridades e instituciones de seguridad pública. • Conocimiento de la importancia de la persuasión verbal para la prevención de problemas; aplicación y utilización de la fuerza corporal y de instrumentos no letales ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 7. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS SISTEMA DE EVALUACION Criterios: Para determinar la medida en que los participantes han aprendido los contenidos del curso y, en consecuencia, asignar una calificación a su desempeño, se consideraran los siguientes criterios: • Dominio lingüístico: Es la capacidad mostrada por el participante para reproducir verbalmente los enunciados conceptuales estudiados • Dominio técnico: Consiste en la ejecución puntual y eficiente de los procedimientos indicados para: el manejo del equipo, la operación de las herramientas de la seguridad privada. • Dominio operativo: Es el dominio de las tácticas de grupo para preservar el orden público, coadyuvar en el, impedir la comisión de delitos así como perseguir y detener a aquellos delincuentes sorprendidos en flagrancia. • Dominio organizacional: Es el reconocimiento de la estructura y función de la institución, el acatamiento a los lineamientos y facultades conferidas y el aprovechamiento de las habilidades y competencias de los miembros de la corporación para cumplir eficazmente su labor. Procedimientos: Para demostrar su aprendizaje, el participante tendrá que realizar diversos procedimientos que serán valorados por el instructor de acuerdo a los criterios anteriores. • Procedimientos orales: Consisten en la respuesta verbal a preguntas específicas hechas por el instructor, en las intervenciones habladas durante las sesiones de clase y en las dinámicas de grupo, y en la exposición ante el grupo de los temas que el conductor indique. • Procedimientos escritos: Consisten en la respuesta escrita a cuestionarios aplicados por el instructor, repartes de clase solicitados, informes y partes informativos realizados durante los simulacros y las practicas programadas. • Procedimientos prácticos: Consisten en el comportamiento del participante dentro de las prácticas y simulacros programados, de acuerdo a lo estipulado en el programa, los materiales de estudio y/o por el conductor; se trata de la reproducción de rutinas físicas, técnicas y operativas vinculadas al tema del curso. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 8. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Instrumentos: • Exámenes de conocimientos: Por tratarse de un curso que busca el desarrollo de habilidades practicas, más que el dominio de información, los exámenes de conocimientos se limitaran a un cuestionario de opción múltiple o en su caso preguntas abiertas y de relación conceptual que abarcara los aspectos informativos de las unidades temáticas. • Reportes de clase: elaboraran un reporte de investigación sobre el tema impartido, se calificara proporcionalmente al número de temas tratados en clase. • Practicas: Se aplicara una evaluación demostrativa combinada con una autoevaluación escrita sobre los conocimientos adquiridos. • Simulacros: representación de situaciones con características semejantes a las que enfrentaran durante su desempeño, durante las mismas se les asignara un rol especifico y deberán comportarse de acuerdo con él. Deberán ejecutar todas los aspectos instruidos durante la capacitación se penalizaran las omisiones y transposiciones. • Se recomienda para este tipo de curso-taller, trabajar activamente con técnicas de aprendizaje acelerado utilizando el concepto de OUTDOOR- TRAINING en escenarios naturales en donde el participante pueda desarrollar actividades bajo presión extrema y aplicar de manera integral los conocimientos adquiridos a través de ejercicios, simulaciones, y dinámicas vivenciales. Escala: • Se manejará una escala del 0 al 10, teniendo el siete como mínimo aprobatorio para recibir la acreditación respectiva. • Al inicio del curso se hará una evaluación para diagnosticar el grado de conocimientos de los participantes • Reporte de evaluación final por cada uno de los participantes. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 9. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS II. Horario y lugar en que se impartirá la capacitación, adiestramiento, especialización y en su caso entrenamiento. PLAN Y PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Sedes: Se tiene adaptado el Centro de Capacitación de COMERHVAL en Ejido Xochimilco No. 83 Col. San Francisco Culhuacán, Deleg. Coyoacán, México, D.F. para la impartición del curso teórico y las instalaciones del Camino al Ajusco km. 10 para realizar las practicas vivenciales de campo. Carga Horaria: El curso básico de ”Inducción al Servicio de Seguridad Privada” tiene una carga académica de 30:00 horas efectivas que se imparten en 20 sesiones de trabajo teórico-práctico, de tal forma que en cada sesión se mencionen los temas a realizar: Duración y Horario: La duración total del curso está programado paraqué se lleve a cabo en 36 días, sin embargo esto es modificable de acuerdo a las necesidades y tiempo disponible de las empresas que requieran la capacitación. Número de Participantes: Se recomienda que se integren grupos de 10 participantes para realizar las actividades de forma personalizada. Requerimientos: • Aula con pantalla, pintarròn, rotafolio, mesas y sillas para los participantes • Cañón y CPU con Windows y teclado • Proyector de acetatos • Reproductor VHS y DVD • Equipo de sonido (CD y casettes) ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 10. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS II.- Contenidos temáticos de Capacitación y Actualización permanentemente especializada ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 11. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS PROGRAMA DIDACTICO DEL CURSO DESARROLLO TEMATICO Unidad Temática 1: Capacitación Básica, de inducción al servicio. CARGA HORARIA OBJETIVOS Actividades de Enseñanza- HORAS Aprendizaje Tema 1.1: Definición de Seguridad Privada Conocer los antecedentes de la 02:00 Seguridad Privada. 1.1.1. Antecedentes Identificar el Marco Jurídico que 1.1.2. Marco Jurídico establece la importancia y 1.1.3. Conceptos Generales obligación de capacitar al 1.1.4. ¿Qué es Seguridad? personal de Seguridad Privada. 1.1.5. Diferencia entre Seguridad Pública y Privada Conocer la diferencia entre Seguridad Pública y Privada. Tema 1.2: Inducción a la empresa. Conocer quiénes somos como 02:00 empresa, cual es la Misión que 1.2.1. ¿Quiénes somos? tenemos en el ámbito de la 1.2.2. Misión. Seguridad Privada, así como 1.2.3. Visión nuestra Visión, hacia donde 1.2.4. Objetivos vamos y cuáles son nuestros objetivos. Tema 1.3. Derechos y Deberes Explicar el perfil del elemento de 03:00 seguridad a través de diferentes 1.3.1. Perfil y comportamiento del elemento de Seguridad Privada puntos. 1.3.2 Deberes y responsabilidades del elemento de Seguridad Privada Diferencia entre el deber y la 1.3.3. Actividades prohibidas para el elemento de Seguridad Privada responsabilidad, con ejemplos de . 1.3.4. Comportamiento del elemento de Seguridad Privada cada una de estas definiciones. 1.3.5. Presentación del elemento de Seguridad Privada Explicar al elemento de seguridad privada cada una de las actividades prohibidas dentro y fuera del servicio. Tomar conciencia de las actitudes que debe tener el elemento de seguridad privada dentro y fuera del servicio. Explicar la responsabilidad de usar el uniforme correctamente a través de diferentes puntos. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 12. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Tema 1.4 Límites de Actuación, Normas y Leyes que regulan las Se capacita al elemento con 02:00 Actividades del Personal de Seguridad Privada. base a la Ley de Seguridad Privada para el D.F. Dar a conocer a los elementos 1.4.1. Artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos de Seguridad Privada el marco Mexicanos jurídico. 1.4.2. Ley general que establece las bases de coordinación del Disposiciones generales de la Sistema Nacional de Seguridad Publica del D.F. coordinación entre la federación 1.4.3. Ley de los Servicios de Seguridad prestados por Empresas del D.F., los estados y los Privadas municipios. Explicar al elemento de Seguridad Privada los límites de actuación de acuerdo a la Ley. TOTAL: 09:00 ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 13. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS II. Contenido temático de capacitación y actualización permanente especializada. PROGRAMA DIDACTICO DEL CURSO Unidad Temática 1: Capacitación Básica, de Inducción al Servicio. Objetivo Fomentar el desarrollo de habilidades, capacidades y conocimientos para General: favorecer la formación del elemento de Seguridad Privada. Con el fin de proporcionar un servicio de excelencia a las empresas contratantes. Tema 1.1: Definición de Seguridad Privada Contenidos: 1.1.1. Antecedentes 1.1.2. Marco Jurídico 1.1.3. Conceptos Generales 1.1.4. ¿Qué es Seguridad? 1.1.5. Diferencia entre Seguridad Pública y Privada Objetivos Como resultado de las actividades de aprendizaje, el participante: particulares • Conocerá los antecedentes de la seguridad privada. • Conocerá el marco jurídico que establece la obligación de capacitar al personal de seguridad privada. • Identificará conceptos generales referentes a la seguridad privada. • Identificará que es seguridad. • Identificará la diferencia entre Seguridad Pública y Privada. Técnicas • Conferencia didáctica didácticas • Lectura comentada • Preguntas abiertas y de relación conceptual que abarcará los aspectos informativos de unidad temática • Examen de conocimientos Duración • 2 horas ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 14. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Tema 1.1: DEFINICIÓN DE SEGURIDAD PRIVADA • ANTECEDENTES LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2006 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA. Artículo Único.- Se expide la Ley Federal de Seguridad Privada. LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Capítulo Único Prevenciones Generales Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto regular la prestación de servicios de seguridad privada, cuando estos se presten en dos o más entidades federativas, en las modalidades previstas en esta ley y su reglamento, así como la infraestructura, equipo e instalaciones inherentes a las mismas. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional. • MARCO JURIDICO • CONCEPTOS GENERALES • ¿QUÉ ES SEGURIDAD PRIVADA? ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 15. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Capítulo Único Prevenciones Generales Los servicios de seguridad privada que se presten sólo dentro del territorio de una entidad federativa, estarán regulados como lo establezcan las leyes locales correspondientes. Artículo 2.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por: Seguridad Privada.- Actividad a cargo de los particulares, autorizada por el órgano competente, con el objeto de desempeñar acciones relacionadas con la seguridad en materia de protección, vigilancia, custodia de personas, información, bienes inmuebles, muebles o valores, incluidos su traslado; instalación, operación de sistemas y equipos de seguridad; aportar datos para la investigación de delitos y apoyar en caso de siniestros o desastres, en su carácter de auxiliares a la función de Seguridad Pública. Servicios de Seguridad. Privada.- Los realizados por personas físicas o morales, de acuerdo con las modalidades previstas en esta Ley. Prestador de Servicios.- Persona física o moral que presta servicios de seguridad privada. Persona física.- Quien sin haber constituido una empresa, presta servicios de seguridad privada, incluyendo en esta categoría a las escoltas, custodios, guardias o vigilantes que no pertenezcan a una empresa. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 16. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS ¿Qué es la Seguridad Privada? Es una actividad o servicio que conforme a las disposiciones jurídicas y administrativas vigentes, realizan o prestan para sí o para terceros, los prestadores, los autorizados, los permisionarios y las instituciones oficiales debidamente registrados por la Secretaría de Seguridad Pública, que tiene por objeto proteger la integridad física de las personas específicamente determinadas y/o de su patrimonio; prevenir la comisión de delitos e infracciones en perjuicio de éstas; auxiliarlos en caso de siniestros y desastres, Colaborar en la aportación de datos o elementos para la investigación y persecución de delitos, en forma auxiliar y complementaria a la seguridad pública y previa autorización, licencia, permiso o aviso de registro por las autoridades competentes. DIFERENCIA ENTRE SEGURIDAD PÚBLICA Y PRIVADA Los elementos de seguridad privada no son policías. Los elementos de seguridad privada no tienen facultades o privilegios especiales que los que tienen cualquier ciudadano. Y sin embargo, los elementos de seguridad privada en algunas ocasiones deben realizar funciones semejantes a las de los policías. Deben ejercer buen juicio y cuidado al realizar estas funciones, de otra manera, la empresa puede ser demandada con éxito. En algunos casos, se puede demandar a los mismos elementos de seguridad privada. Cuatro tipos de actividad en que se ven envueltos algunas veces los elementos de seguridad privada son importantes en esta lección. Son: el arresto y la detención; el uso de la fuerza, la persecución y el arresto, la interrogación. El arresto y la detención: “Arrestar” a una persona significa restringir la libertad de movimiento de tal persona con el fin de entregarla a las autoridades correspondientes. La “detención” es diferente del arresto. También es una restricción de la libertad de la persona. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 17. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Pero es posible o no que se entrega la persona a la policía. En algunos casos, un departamento de seguridad puede quedar convencido de que la persona detenida no cometió el delito del que es sospechoso y lo pondrá en libertad. A menos que el departamento tenga suficiente evidencia para sospechar de la persona, se le puede inculpar por detención ilegal. Definición de arresto: Arthur C. Weinstock Jr..., en su libro “criminal Law Pocedure for Private Security” (El procedimiento legal para la seguridad privada), define el arresto como “tornar bajo custodia o restringir la libertad de movimiento de una persona con el fin de llevar a tal persona ante la corte para responder por un cargo delictuoso”. Para estar completo, un arresto debe constar de: • Un intento por realizar el arresto • Comunicación del intento por realizar el arresto a la persona que se arresta. • Si el elemento de seguridad privada vio a la persona intentar, sin éxito, cometer una felonía y el elemento de seguridad privada lo arresta de inmediato o después de darle alcance • Si cometió una felonía y el elemento de seguridad privada tiene una “causa probable” (evidencia razonable) para sospechar que la persona lo cometió, por ejemplo, un elemento de seguridad privada en patrulla por la propiedad de la instalación recibe un mensaje por radio que hubo un asalto a mano armada en la oficina del cajero, el ladrón es un hombre calvo con bigote y una chaqueta tipo marinero, El elemento de seguridad privada ve a un individuo de tal descripción que se apura a llegar a la puerta de la instalación. El elemento de seguridad privada tendría una “causa probable” para arrestar a tal hombre (aunque tal acción sería cuestionable, ya que se le dijo que está armado) • Si la persona, en la presencia del elemento de seguridad privada, perturba la paz o quiere reiniciar una perturbación (está ebrio, por ejemplo) y trata de obstruir el funcionamiento normal del lugar de trabajo) • Si los elementos de seguridad privada efectúan un arresto, deben estar preparados a producir evidencia en cuanto a que alguna de las situaciones antes dichas aplicó en tal caso. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 18. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Detención.-Los elementos de seguridad privada deben dejar las decisiones acerca de detener un sospechoso a la gerencia del departamento de seguridad; pero si por alguna razón, eso no es posible, los elementos de seguridad privada deben conocer las siguientes directrices para la detención: Causa Probable.- El mismo requisito de la “causa probable” que aplica al arresto, aplica a la detención; el elemento de seguridad privada debe tener evidencia razonable para suponer que el sospechoso es culpable de alguna ofensa; la suposición del elemento de seguridad privada puede resultar incorrecta después, pero mientras exista una causa probable, no se podrá hacer responsable al elemento de seguridad privada o la organización por ese renglón. Privacidad.- El sospechoso debe detenerse fuera de la vista y la audición de otros, de manera que no se pueda hacer alguna queja por perjurio o humillación. En el mismo lugar.- El sospechoso puede detenerse en la propiedad de la organización, no en algún punto fuera de la propiedad. Condiciones razonables.- No se someterá al sospechoso a condiciones incómodas o irrazonables de detención, amarrársele a una silla, por ejemplo o recluirlo en una habitación sin calefacción en pleno invierno, o sostenerlo torciéndole el brazo. Tiempo razonable.- El personal de seguridad privada, debe tomar una decisión rápidamente para arrestar o no hacerlo. Varios códigos legales estatales dicen que cualquier detención mayor de 30 minutos es irrazonable. Un estado dice que si es superior a 20 minutos es irrazonable. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 19. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 20. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Tema 1.2: Inducción a la empresa. Contenidos: 1.2.1. ¿Quiénes somos? 1.2.2. Outsourcing 1.2.3. Ventajas Competitivas 1.2.4. Misión. 1.2.5. Visión 1.2.6. Objetivos Objetivos • Conocerá quiénes somos como empresa particulares • Identificará cual es la misión como empresa y prestación del servicio • Conocerá cual es nuestra visión en materia de seguridad privada • Conocerá cuales son nuestros objetivos Técnicas • Conferencia didáctica. didácticas • Lectura comentada. • Preguntas abiertas y de relación conceptual que abarcará los aspectos informativos de la unidad temática. • Examen de conocimientos Duración • 2 horas Tema 1.2: INDUCCIÓN A LA EMPRESA. ¿QUIÉNES SOMOS? H.V.L. Seguridad Privada es una empresa de seguridad privada joven y pujante que brinda servicios de: seguridad y vigilancia privada Sabemos de la importancia de la prevención como elemento indispensable en esta actividad, por tal motivo ponemos máxima importancia a la selección y capacitación del personal, alentándolo, involucrándolo y motivándolo para favorecer la participación activa y una comunicación abierta para ofrecer a nuestros clientes un servicio de calidad. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 21. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Nuestros elementos de seguridad uniformados y civiles han pasado por un estricto proceso de selección, así como programas de capacitación y entrenamiento de alto rendimiento para poder ofrecer a nuestros clientes el mejor de los servicios en materia de seguridad privada. Disponemos de servicios privados de patrullaje y supervisión en las propias instalaciones del cliente. OUTSOURCING: Los Servicios que proporciona H.V.L. SEGURIDAD PRIVADA, están basados en el concepto de Outsourcing en materia de Seguridad y Vigilancia. Es un concepto relativamente nuevo que implica una tendencia irreversible, pues cada vez son más las empresas que, con el fin de ser más productivas, recurren a terceros para delegar o subcontratar algunas de las funciones que no son estratégicas de su organización. Es una consecuencia lógica, pues las empresas a partir de este momento se concentran en el núcleo de su negocio; es decir en lo que saben hacer, y comienzan a contratar por fuera todo aquello que no esté relacionado directamente con el objetivo principal de la empresa. • El secreto para que el Outsourcing funcione es crear una situación de “Ganar-ganar”, donde tanto el cliente o usuario así como el proveedor obtengan beneficios. • El tener acceso a servicios especializados con bajos costos de operación por parte del proveedor de Seguridad y Vigilancia es claramente una de las razones más fuertes para adoptar el Outsourcing. • El otro factor importante es la obtención de servicios especializados que impactan directamente en la calidad en el servicio de Seguridad y Vigilancia que espera el Cliente. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 22. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS VENTAJAS COMPETITIVAS: RECUPERACION DE SU INVERSION EN EL CORTO PLAZO: Se trata de que los gastos por concepto de seguridad y vigilancia tengan resultados inmediatos al tener bajo resguardo sus bienes materiales. CIRCUITO DE CCTV GRATIS: Al tercer mes de contratados nuestros servicios se le puede instalar un sistema de CCTV en forma gratuita, consistente en un monitor a color y una cámara de TV, para complementar su servicio de vigilancia. PROCESOS DE MEJORA CONTINUA: Los servicios de vigilancia están asegurados en forma permanente al 100%, ya que si se incapacita o falta algún elemento por cualquier motivo, tenemos un sistema de reemplazo para cubrir siempre al elemento faltante. MISIÓN: Estamos comprometidos con el desarrollo y progreso de nuestro país, por lo que nos hemos fijado como misión: Brindar a nuestros clientes y usuarios un servicio de calidad, disuadir cualquier acción que quiera realizar la delincuencia, dando como resultado que nuestros clientes o usuarios no tengan perdidas, ya sean humanas, materiales y económicas, contribuir y participar con la sociedad de nuestro País en la lucha contra la delincuencia, a través de los servicios que proporcionamos. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 23. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS VISIÓN: Ser una empresa de excelencia en materia de Seguridad Privada con el firme propósito de satisfacer los requisitos y exigencias de nuestros clientes y usuarios. OBJETIVOS: • Detectar, resolver y satisfacer las necesidades de nuestros clientes y usuarios para prevenir cualquier amenaza que atente contra su seguridad. • Garantizar al 100% una adecuada operación en los servicios que se proporcionan • Proporcionar los medios en cuanto a elementos de seguridad confiables y que brinden a nuestros clientes y usuarios tranquilidad y confianza. VALORES:  Calidad en nuestros servicios  Alto sentido de responsabilidad en nuestro trabajo  Oportunidad y confiabilidad a nuestros clientes y usuarios  Honestidad  Espíritu de equipo  Liderazgo ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 24. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Tema 1.3: Derechos y Deberes. Contenidos: 1.3.1. Perfil y comportamiento del Elemento de Seguridad Privada 1.3.2. Deberes y responsabilidades del Elemento de Seguridad Privada 1.3.3. Actividades prohibidas para el Elemento de Seguridad Privada 1.3.4. Comportamiento del Elemento de Seguridad Privada 1.3.5. Presentación del Elemento de Seguridad Privada Objetivos • Explicar el perfil del elemento de seguridad a través de diferentes puntos. particulares • Diferencia entre el deber y la responsabilidad, con ejemplos de cada una de estas definiciones. • Explicar al elemento de seguridad privada cada una de las actividades prohibidas dentro y fuera del servicio. • Tomar conciencia de las actitudes que debe tener el elemento de seguridad privada dentro y fuera del servicio. • Explicar la responsabilidad de usar el uniforme correctamente a través de diferentes puntos. Técnicas • Conferencia didáctica. didácticas • Lectura comentada. • Preguntas abiertas y de relación conceptual que abarcará los aspectos informativos de la unidad temática. • Examen de conocimientos Duración • 3 horas ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 25. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS 1.3 • DERECHOS Y DEBERES DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD PRIVADA I. PERFIL Y COMPORTAMIENTO DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA II. DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA III. ACTIVIDADES PROHIBIDAS PARA EL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA IV. COMPORTAMIENTO DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD V. PRESENTACION DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA Tema 1.3. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD PRIVADA PLAN DE TRABAJO NOMBRE DEL CURSO: Derechos y deberes del personal de Seguridad Privada. DURACION: El curso se impartirá en 1 sesión hasta cubrir un total de 3 horas DIRIGIDO: A los elementos de Seguridad Privada OBJETIVO: Definir los términos más importantes de los Derechos y Deberes para que sean llevados a la práctica dentro del servicio METODOLOGIA: Repartir información para ser explicada punto por punto y de esa forma el elemento de seguridad privada obtendrá conocimiento de sus derechos y deberes. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 26. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS I.- PERFIL Y COMPORTAMIENTO DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA Ser disciplinados y capacitados en todas las materias concernientes a sus funciones, son 5 factores fundamentales para el buen desempeño del servicio igualmente la relación entre los elementos de seguridad privada, los funcionarios o ejecutivos, demás empleados, clientes y visitantes, deberá ser cordial y de ayuda recíproca ya que las actitudes impropias de cualquiera de las partes, son a la larga perjudiciales, por eso se hace hincapié en que los integrantes de la unidad departamental de seguridad privada deben ser corteses, pero enérgicos, mostrar paciencia y discreción en el desempeño de sus deberes, absteniéndose de usar un lenguaje violento, sarcástico e insolente; ele elemento de seguridad privada no debe sostener conversaciones ociosas con empleados y con el público o clientes, ni leer en sus horas de servicio, descuidando con ello sus deberes, pero si deberá orientar e informar lo pertinente y necesario a quien lo solicite. HABILIDADES TECNICAS QUE DEBE POSEER • Conocer las leyes y reglamentos • Tener aptitud física (condición) • Saber defenderse sin arma • Conocer el uso de la macana PR-24 o Tonga • Saber manejar vehículos de seguridad privada • Conocer la realización de recorridos y patrullajes • Conocer los procedimientos de contingencia • Conocer los códigos y claves ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 27. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS HABILIDADES ADMINISTRATIVAS • Redacción de informes y novedades • Tener capacidad de organización • Tener conciencia de sus deberes • Tener capacidad para el seguimiento de órdenes verbales • Saber aplicar la toma de decisiones • Tener conocimiento de máquinas y equipos CAPACIDADES HUMANAS (VIRTUDES) • Autocontrol • Honestidad • Disciplina y lealtad • Buenas relaciones humanas • Presentación y limpieza • Sentido común • Iniciativa y discreción. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 28. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS II.- DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA Dentro de las habilidades del área administrativa, el elemento de seguridad privada debe tener plena conciencia y total auto-compromiso con las obligaciones, responsabilidades y prohibiciones que le son propias en virtud de la labor que desempeña. Podemos señalar que, en esencia tanto un deber, como una responsabilidad, son obligaciones, pero la diferencia se da en la naturaleza y consecuencia de la obligación. El deber es una obligación auto impuesta que el elemento de seguridad privada toma por iniciativa propia, en virtud de su sentido de profesionalismo o ética, mientras que las responsabilidades son aquellas obligaciones que el elemento de seguridad privada tiene que observar y realizar por una orden externa y superior, que le marcan las leyes, reglamentos, procedimientos o consignas, le guste o no y su incumplimiento le puede acarrear una sanción DEBERES DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA  Servicio  Cortesía  Cumplimiento de la ley  Honestidad  Imparcialidad  Lealtad  Obediencia  Responsabilidad  Presencia  Auto conservación y desarrollo ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 29. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS RESPONSABILIDADES DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA Es responsabilidad del elemento de seguridad privada, la protección a todas las personas, bienes o establecimientos que le han sido encomendados, fomentando su seguridad con las siguientes acciones: • Estimular el orden, la sinceridad, el respeto y la confianza. • Poner en ejecución las reglas de conducta, seguridad, consignas y normas de la empresa (dentro de los intereses del contratante). • Evitar incendios, sabotaje, espionaje, robos y descuidos. • Observar condiciones y actividades anormales. • Corregir e informar irregularidades. • Dejar entrar y salir del lugar asignado solamente aquellos materiales debidamente autorizados. • Hacer que se respeten instrucciones y reglamentos. • Elaborar planes en contra del peligro potencial. • Adquirir el respeto y aprecio de todas las personas del lugar de trabajo, de manera que podamos conservar y mejorar las buenas relaciones entre usted y los demás. • Además de lo anterior, deberá inspeccionar todo lo relacionado con: incendios y riesgos de seguridad, evidencia de sabotaje y luces fundidas o que estén innecesariamente encendidas. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 30. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS III.- ACTIVIDADES PROHIBIDAS PARA EL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA • Presentarse al servicio con aliento alcohólico, en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas o enervantes. • Ingerir bebidas alcohólicas, drogas o comer durante el servicio y/o visitas del público • Fumar en lugares peligrosos, durante el servicio y/o a visitas del público. • Aceptar bajo cualquier circunstancia, gratificaciones o dádivas del personal externo o interno. • Permanecer sin causa justificada en las instalaciones de la institución al terminar el turno de servicio o asistir en horas de descanso o vacaciones. • Desobedecer o violar leyes, reglamentos, consignas u órdenes aplicables o expedidas por la institución. • Establecer relaciones de amistad, compadrazgo, participar en actividades sociales o deportivas con personal de la institución, proveedores y/o clientes dentro y fuera de las horas de servicio. • No entablar conversaciones innecesarias. • Asistir uniformado a centros donde se expendan bebidas embriagantes, de mala fama o antros de vicio. • Abandonar su puesto de trabajo sin haber sido relevado o haber recibido autorización del superior correspondiente. • No leerá mientras este de servicio, excepto literatura relacionada con sus instrucciones o con el desempeño de las mismas. • No llevará a cavo transacciones comerciales mientras este en servicio o mientras use el uniforme. • No participar en tandas, rifas, sorteos o colectas de cualquier especie, con personal de la institución, proveedores o clientes. • No deberá usar el teléfono para llamadas personales no urgentes. • No deberá establecer relaciones amorosas con el personal interno, clientes o proveedores. • No usará lenguaje amenazante o impropio para con nadie • No intentará aceptar dinero prestado de ningún compañero o persona de la empresa • No discutirá o cuestionará en público las órdenes, instrucciones y consignas que marcan los superiores o la empresa. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 31. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS • No participará en actos públicos, organizaciones sindicales o políticas no afines a sus funciones de seguridad y/o portando el uniforme. • No proporcionar información confidencial o interna de la egresa y sus funciones a personas no autorizadas. • No llevar al servicio armas de su propiedad • Omitir, distorsionar o falsear datos en informes o reportes. • No portar o vestir prendas, insignias o tatuajes, ajenos al uniforme reglamentario. • No deberá acudir desaseado o mal uniformado al desarrollo de su servicio • No deberá llegar tarde a recibir o relevar el servicio o faltar sin previo aviso. • No deberá adoptar posturas o actitudes inadecuadas durante el servicio o portando el uniforme. IV.- COMPORTAMIENTO DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA Para expresar en forma práctica, podríamos decir que el manejo de las actitudes de un elemento de seguridad privada puede resumirse en los siguientes puntos: • No debe permitirse que las actitudes personales afecten sus diarias actividades como elementos de seguridad privada • Deberá siempre buscar un alto grado de objetividad en su trabajo, es decir, que él no debe hacer juicios basados en sus propias ideas. • El elemento de seguridad privada nunca deberá involucrarse en forma personal cuando esté haciendo cumplir el orden y los procedimientos establecidos. • No permita que el público en general lo incite a demostrar su enojo. • Deberá mostrar una actitud neutral y objetiva ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 32. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS El elemento de seguridad privada deberá recordar que si aplica estas cualidades, desempeñará su labor más eficientemente. Para poder conseguir que se respeten las leyes y reglamentos establecidos, debe en todo momento regirse por estas mismas. Debe tener en mente que cada individuo se asemeja a usted y debe tratarse en la forma que a usted le gustaría que lo trataran. V.-PRESENTACION DEL ELEMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA Como elemento de seguridad privada tiene la responsabilidad de vestir el uniforme en forma adecuada Tal y como implica el nombre, el uniforme debe usarse de manera estándar, como lo establece la empresa de seguridad privada. “La primera impresión es la que vale”, eso dice la generalidad de la humanidad, y tiene mucho de razonable. Cuando un elemento de seguridad privada se presente a su servicio sucio, con el uniforme arrugado y sin algún complemento, representará la imagen de inservible, aún cuando tenga muchas cualidades, por eso es necesaria la presencia impecable. El porte es otro aspecto externo que impone respeto y atención a la gente que trata con el elemento, dentro del porte incluiremos la estatura que debe ser mediana, y en este caso se pide que sea de 1.65 y como el peso está en relación directa con la estatura, podemos decir que el peso deberá ser de 70 a 80 kg. En cuanto a la edad, esto es un factor muy importante el cual está muy unido al aspecto y constitución física, se considera que el máximo de edad para que pueda ser capaz un elemento de seguridad privada, es de 40 años, pues en pocos casos el hombre está en aptitudes completas a los 70 años. Tomemos cada parte del uniforme y discutamos sus cualidades: ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 33. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS La cara: como parte importante la presentación del elemento de seguridad privada; el rostro deberá tener una apariencia de integridad y honestidad, es importante conservar el cabello corto y limpio, así como la cara bien afeitada. La gorra: Está diseñada para que dé al elemento de seguridad privada más altura y dignidad. La camisa: Probablemente no hay otra cosa que arruine mas la apariencia personal que una camisa sucia, arrugada o manchada de sudor. Si su camisa es clara y se mancha con facilidad, requiere que se lave frecuentemente. Es importante que su camisa se mantenga completamente abotonada. Fornitura: La utilidad de este implemento es de portar el equipo (gas, esposas, radio, macana, etc.) de una manera adecuada. La limpieza y el cuidado de la fornitura, será constantemente para mantener estos artículos en buen estado. El pantalón: Se conservará limpio y perfectamente bien planchado, evitando que se vea maltratado o descocido. La corbata: Se mantendrá siempre sin arrugas, limpia, anudada y en buena presentación. Distintivos: Los distintivos del uniforme, es decir los sectores o escudos de tela bordados con el nombre de la empresa se portan por lo regular, uno en la parte superior del brazo derecho y el otro arriba de la bolsa izquierda de la camisa, estos deberán estar en buen estado. Zapatos: Deben ser negros y estar bien lustrados. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 34. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Tema 1.4: Límites de Actuación, Normas y Leyes que regulan las actividades del personal de Seguridad Privada. Contenidos: 1.4.1. Artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 1.4.2. Ley general que establece las bases de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Publica del D.F. 1.4.3. Ley de los Servicios de Seguridad prestados por Empresas Privadas Objetivos • Se capacita al elemento con base a la Ley de Seguridad Privada para el D.F. particulares • Dar a conocer a los elementos de Seguridad Privada el marco jurídico. • Disposiciones generales de la coordinación entre la federación del D.F., los estados y los municipios. • Explicar al elemento de Seguridad Privada los límites de actuación de acuerdo a la Ley Técnicas • Conferencia didáctica. didácticas • Lectura comentada. • Preguntas abiertas y de relación conceptual que abarcará los aspectos informativos de la unidad temática. • Examen de conocimientos Duración • 2 horas ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 35. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS 1.4 • LIMITES DE ACTUACION, NORMAS Y LEYES QUE REGULAN LAS ACTIVIDADES DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA . I. ARTICULOS DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS II. LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL III. LEY DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRESTADOS POR EMPRESAS PRIVADAS PLAN DE TRABAJO NOMBRE DEL CURSO: Límites de actuación de la seguridad privada en el Distrito Federal DURACION: El curso se impartirá en 1 sesión hasta cubrir un total de 2 horas DIRIGIDO: A los elementos de Seguridad Privada OBJETIVO: Dar a conocer los límites de actuación de acuerdo a la ley de seguridad pública del Distrito Federal y de la ley de los servicios de seguridad prestados por empresas privadas, para ser aplicados por los elementos de seguridad privada METODOLOGIA: Repartir información para ser explicada punto por punto y de esa forma el elemento de seguridad privada conocerá los límites de actuación de la seguridad privada en el Distrito Federal. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 36. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS LIMITES DE ACTUACIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA EN EL DISTRITO FEDERAL I.- ARTICULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 21 La Seguridad Pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, Los Estados y los municipios, en las respectivas competencias que esta constitución señala. La actuación de las instituciones policiales se regirá por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez. La Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios se coordinarán, en los términos que la ley señale, para establecer un sistema nacional de seguridad pública. Artículo 73 El Congreso tiene la facultad de: XXIII.- Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en materia de seguridad pública; así como para la organización y funcionamiento, el ingreso, selección, promoción y reconocimiento de los integrantes de las instituciones de seguridad pública en el ámbito federal. Artículo 115 ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 37. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma del gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre conforme a las bases siguientes: III.- Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: h) Seguridad Pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva, municipal y tránsito. II.- LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDA PUBLICA Sin poner un debate sobre la naturaleza pública e inherente a la actividad estatal de cualquier acción sobre seguridad interior, la iniciativa optó por incluir, a fin de regularlos, a los servicios privados de seguridad como parte de la función de seguridad pública, y determinó que es competencia de las entidades federativas registrar y en su caso autorizar a las personas físicas o morales que presten este tipo de servicio, a excepción de aquellas que operen en varios estados, en cuyo caso se requerirá de la autorización de la Secretaría de Gobernación. También se previene la obligación para que estas empresas coadyuven con las autoridades e instituciones policiales en situaciones de urgencia, desastre o cuando así lo solicite la autoridad competente de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados o de los Municipios y para que se sujeten al nuevo régimen de principios sistemáticos y coordinados que se crean para la organización y funcionamiento de las instituciones policiales. Para este efecto, las instancias de coordinación promoverán que las normas que regulan las dichas empresas establezcan requisitos y condiciones para la prestación del servicio, para su supervisión y los procedimientos para aplicar sanciones. Particularmente tales corporaciones deberán aportar los datos para el registro de su personal y equipo y proporcionar toda la información necesaria al sistema nacional de seguridad pública. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 38. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Artículo 1 La presente ley tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios para la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el Territorio Nacional. Artículo 3 Conforme al artículo 21 constitucional y para los efectos de esta ley, la seguridad pública es la función a cargo del estado que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos. Las autoridades competentes alcanzarán los fines de la seguridad pública mediante la prevención, persecución y sanción de las infracciones y delitos, así como la reinserción social del delincuente y del menor infractor. El Estado combatirá las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales y desarrollará políticas, programas y acciones para fomentar en la sociedad, valores culturales y cívicos, que induzcan respeto a la legalidad. La función se realizará en los diversos ámbitos de competencia, por conducto de las autoridades de policía preventiva, del ministerio público, de los tribunales, de los responsables de la prisión preventiva, ejecución de penas y tratamientos de menores infractores, de las encargadas de protección de las instalaciones y servicios estratégicos del país; así como por las demás autoridades que en razón de sus atribuciones, deben contribuir directa o indirectamente al objeto de esta ley. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 39. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Artículo 10 La coordinación comprenderá las materias siguientes: VII.- Regulación y control de los servicios privados de seguridad y otros auxiliares. Artículo 52 Además de cumplir con las disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, los particulares que presten servicios de SEGURIDAD PRIVADA, protección, vigilancia o custodia de personas, lugares o establecimientos, de bienes o valores, incluidos su traslado; deberán obtener autorización previa de la Secretaría de Seguridad Publica Federal, cuando los servicios comprendan varias entidades federativas; o de la autoridad administrativa que establezcan las leyes sociales, cuando los servicios se presenten solo en el territorio de una entidad. Conforme a las bases de esta ley dispone, las instancias de coordinación promoverán que dichas leyes locales prevean los requisitos y condiciones para la prestación del servicio, la denominación, los mecanismos para su supervisión y las causas y procedimientos para determinar sanciones. Artículo 53 Los servicios privados de seguridad son auxiliares a la función de seguridad pública. Sus integrantes coadyuvarán con las autoridades y las instituciones de seguridad pública en situaciones de urgencia, desastres o cuando así lo solicite la autoridad competente de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, de acuerdo a los requisitos y condiciones que establezca la autorización respectiva. Los particulares que presten este servicio estarán impedidos para ejercer las funciones que corresponden a las autoridades de seguridad pública. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 40. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Artículo 54 Los particulares que se dediquen a este servicio, así como el personal que utilicen, se regirán en lo conducente, por las normas que esta ley y las demás aplicables establecen para las instituciones de seguridad pública; incluyendo los principios de actuación y desempeño y la obligación de aportar los datos para el registro de su personal y equipo y en general, proporcionar la información estadística y sobre la delincuencia al sistema nacional. III.- LEY DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRESTADOS POR EMPRESAS PRIVADAS Artículo 2 Corresponde al jefe de gobierno del Distrito Federal la aplicación de esta ley, a través de la Secretaría de Seguridad Pública. Artículo 3 Para los efectos de esta ley se entenderá por: I.- Autorización: Al permiso otorgado por la Secretaría a una persona para brindar los servicios de Seguridad Privada. II.- Ley: Ley de los Servicios de Seguridad prestados por empresas privadas. III.- Secretaría: Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. IV.- Prestadores del Servicio: A las personas físicas o morales, titulares de las empresas que prestan servicios de Seguridad Privada. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138
  • 41. HUGO VÁZQUEZ LANDEROS SEGURIDAD PRIVADA R.F.C. VALH630601FF3 CURP VALH630601HDFZNG08 PERMISO NO. 1595 EXPEDIENTE 2096-02 SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE LUGARES Y ESTABLECIMIENTOS Artículo 4 Corresponde a la Secretaría: I.- Autorizar y llevar el registro de los prestadores del servicio II.- Supervisar que los prestadores del servicio cumplan con las disposiciones de la ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables a los servicios de seguridad prestados por empresas privadas en el Distrito Federal III.- Comprobar que el personal operativo esté debidamente capacitado IV.- Expedir al personal operativo la constancia de acreditación de los cursos de capacitación y adiestramiento, en los casos en que estos sean impartidos por la misma secretaría. V.- Atender las quejas y denuncias por presuntas infracciones a la ley, a través de las unidades administrativas que al efecto se creen. VI.- Substanciar los procedimientos y aplicar las sanciones por la violación a las disposiciones de esta ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables. VII.-Denunciar al ministerio público los hechos presuntamente delictivos de que tenga conocimiento en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley. VIII.-Expedir, a costa del prestador de servicio, la cédula de registro al personal operativo, la cual será de uso obligatorio. IX.- Concentrar con los prestadores del servicio, acuerdos para la instrumentación de los planes y programas de capacitación y adiestramiento a través de las instituciones educativas de la Secretaría. X.- Las demás que le confiere esta ley y otros ordenamientos jurídicos aplicables. ___________________________________________________________________________________________________ OCTAVIO SENTIEZ MZ. 2 LT.40 COL. CONSEJO AGRARISTA, C.P. 09760 DELEG. IZTAPALAPA MÉXICO, D.F. TEL. 5690-7910, CORREO ELECTRONICO: hvl630601@hotmail.com 138