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Reglamento
   Específico
     para el
Reconocimiento
y Declaración de
     Tierras
   Comunales
Qué son las Tierras Comunales?
Las tierras comunales pueden estar en propiedad, posesión o tenencia de una
comunidad campesina o indígena, cuyos miembros administran la tierra
conjuntamente.
Esta administración se basa en la cooperación mutua o en la
pertenencia a una etnia, así como en derecho y obligaciones
de cada miembro de la comunidad.
La tierra comunal puede habitarse o usarse para
                                                  l
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Qué tierras pueden declararse
             Comunales?
Cualquier tierra en propiedad, posesión o tenencia de una
comunidad puede ser declarada comunal si cumple con los
requisitos establecidos en el Reglamento específico para el
reconocimiento y declaración de tierras comunales del
Registro de Información Catastral.
Qué es el Reglamento específico
para el reconocimiento y declaración
   de tierras comunales del RIC?


Este reglamento contiene los pasos que el Registro de
Información Catastral sigue cuando una comunidad quiere
que su tierra sea declarada comunal.
De esta forma se cumple con lo establecido en los Artículos
65 y 23 inciso y) de la Ley del Registro de Información
Catastral.
Cuándo se puede iniciar el trámite
  para declarar una tierra comunal?


En el momento, en que una comunidad campesina o
indígena solicita al RIC que su predio sea declarado
comunal.
Comunidad Campesina
En el caso de la
comunidad campesina,
ésta debe tener la
posesión actual de la
tierra, administrarla de
forma colectiva, es decir
que     las   decisiones
sobre el manejo de la
tierra la tomen los
miembros       de      la
comunidad de manera
conjunta.
Comunidad Indígena
En el caso de la comunidad
indígena, ésta debe tener la
posesión actual de la tierra,
administrarla de forma colectiva y
entre sus miembros existir
pertinencia histórica ancestral
sobre la tierra.
La pertinencia histórica ancestral
significa que varias generaciones
de un mismo grupo, unido por su
etnia, costumbres, normas y
organización han administrado la
tierra.
Cuándo puede el RIC iniciar el
proceso para la declaratoria de tierras
            comunales?

                 Antes, durante y después del
                 establecimiento    catastral  de
                 información, ya que la comunidad
                 puede presentar su solicitud en
                 cualquier momento.
Qué tierras comunales pueden ser
         catastradas por el RIC?
El RIC puede iniciar el
proceso de declaratoria
de tierras comunales
sólo       en    zonas
declaradas en proceso
catastral.

La    declaratoria   se
anuncia en el Diario de
Centro América y a
través de otros medios.
Cuál es la ruta para declarar una
         tierra comunal?
Ante la posible existencia de tierras comunales, el RIC.
                                     1. Localiza las tierras
                                        comunales y hace el
                                        diagnóstico.



                                     El     RIC ubica a las
                                          comunidades      que
                                          sean posibles tierras
                                          comunales y con la
                                          participación de sus
                                          líderes establece la
                                          historia y forma de
                                          administración.
El RIC consigue información primaria cuando habla con la
comunidad e información secundaria cuando investiga
documentos pruebas o datos.
El Diagnóstico inicial de tierras
         comunales incluye:
                    El análisis étnico demográfico:
Es decir las características que identifican a las personas que forman
la comunidad:

•Cantidad de mujeres y hombres
•Edad
•Etnia
•Idioma
•Religión
•Cultura: (tradiciones, mitos y creencias)
•Nivel educativo (número de personas que no saben leer ni escribir)
•Actividades económicas.
La forma de organización de la comunidad:
•   Lideres, lideresas o autoridades tradicionales
•   Formas de comunicación y tomas de decisión
•   Lugares de reunión
•   Medios de comunicación más efectivos



                Descripción de la posible tierra comunal:
• Mojones, linderos y colindancias
• Documentos que respaldan la propiedad o posesión de la tierra
•   Antecedentes históricos sobre la propiedad, tenencia o posesión
      de la tierra por la comunidad que hace la solicitud



     Cualquier otra información que el RIC considere necesaria.
2. Solicita a la Municipalidad información sobre las posibles tierras
    comunales.

                                        En zonas declaradas en proceso
                                        catastral, el RIC solicita al alcalde
                                        municipal un informe sobre la
                                        existencia de posibles tierras
                                        comunales en el municipio.

                                        En este informe se anota con
                                        claridad si existe algún conflicto
                                        con la tierra.

                                        Además,       se adjunta copia
                                        certificada de los documentos que
                                        puedan ser útiles para establecer
                                        la      existencia    de   tierras
                                        comunales.
3. Convoca y mantiene comunicación con las comunidades
   interesadas
                                               A través de los medios de
                                               comunicación, el RIC informa sobre
                                               el procedimiento para la declaratoria
                                               de tierras comunales y convoca a
                                               las comunidades interesadas a
                                               presentar su solicitud ante el
                                               Director Municipal del RIC, y en su
                                               ausencia ante el Director Ejecutivo
                                               Nacional.




Esta comunicación se hace en coordinación con el Consejo Municipal, los alcaldes
auxiliares, las autoridades tradicionales y comunitarias, los comités de tierra, las
juntas directivas y las instituciones y organizaciones que trabajan en la zona en
proceso catastral.
La comunicación se mantiene durante todo el proceso catastral para que la
población esté informada y se pueda contar con su participación y cooperación.

La convocatoria y cualquier comunicación sobre el proceso catastral se hacen
en idioma español y en los idiomas de la región.
La comunidad interesada en iniciar el trámite de declarar la tierra
                            comunal debe:
4. Nombrar o delegar al representante de la comunidad.


La comunidad nombra o
delega a uno o varios
representantes para hacer el
trámite ante el RIC.

El nombramiento del o los
representantes se hace por
escrito. Para escribirlo la
comunidad puede recibir la
ayuda de la oficina del RIC
ubicada en la zona en
proceso catastral.
El escrito incluye:
•Nombre completo de cada representante
•Número de cédula o DPI
•Edad
•Lugar de residencia
•Nombre de la comunidad a la que
representa
•Explicación del papel de los representantes
•Explicación de la razón de la representación

                                                Junto con el nombramiento se
 Nombre completo                                         presenta:
 Cedula o DPI
 Firma o huella digital                          Acta de la asamblea cuando
                                                        es    una   comunidad
De las personas de la asamblea, comité o        campesina.
consejo, que en nombre de la comunidad
  hayan elegido a los representantes.              Documento utilizado según
                                                       tradición o acta de la
                                                asamblea         cuando es una
                                                comunidad       indígena.
5.Solicitar que la tierra se declare comunal.




   La solicitud de declaración de tierra comunal se hace de forma hablada o
   escrita.

   La solicitud se hace en idioma español o cualquier otro idioma hablado en la
   región. Cuando la solicitud escrita está en idioma maya, el RIC solicita apoyo
   de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala para su traducción al
   español.
La solicitud se dirige al Directos Municipal del RIC y en su ausencia al
                         Director Ejecutivo Nacional.

La solicitud debe tener:

•Nombre de la comunidad que hace la solicitud
•Nombre del municipio y lugar exacto dónde está la posible tierra comunal.
•Nombre de los colindantes de la tierra comunal: Predios, terrenos o municipios
•Tiempo que tiene la comunidad de tener tierra y tiempo que tiene de vivir en ella.
•Papeles o datos históricos que prueban que la tierra es de la comunidad.
•Titulo de la tierra. Si se tiene título, se saca una copia y se legaliza.
•Forma de administración de la tierra.
 Por ejemplo:
Como se toman las decisiones, para que se usa la tierra, etc.
•Tipo de conflictos sobre la tierra, si están resueltos o se esta en trámite algún
tipo de resolución.
•Firma del o los representantes de la comunidad. Se saca una copia al
nombramiento que hizo la comunidad para el trámite ante el RIC, y se legaliza.
•También se debe adjuntar cualquier documento que ayude a comprobar que la
tierra es comunal.
La legalización de las copias la hace el notario al que recurra
la comunidad o el notario de la oficina del RIC ubicada en la
zona en proceso catastral. En ambos casos, los notarios
deben revisar el original de los documentos, antes de
legalizar las copias.
Después de recibir la solicitud de la comunidad, el RIC:
  6. Revisa los documentos que recibe




• Solicitud o formulario para         • Nombramiento del o los
declarar una tierra comunal.          representantes de la comunidad

• Documentos que se presentan junto   • Informe de la Municipalidad sobre la
  con la solicitud o formulario.          situación de las posibles tierras
                                        comunales en la zona en proceso
                                      catastral.
7. Realiza una visita de campo

                                           Antes de iniciar la medición de
                                           linderos o mojones de la posible
                                           tierra comunal, los técnicos del RIC
                                           hacen un recorrido por el predio junto
                                           con el o los representantes de la
                                           comunidad que presentó la solicitud.

                                           Los técnicos que hacen la visita
                                           deben hablar el idioma de la
                                           comunidad o estar acompañados de
                                           un traductor.

Al terminar la visita de campo, el técnico encargado del RIC levanta el acta donde
anota la información recogida.

Los técnicos del RIC y el o los representantes firman o colocan su huella digital al
aceptar lo escrito en el acta.
8. Inicia el expediente catastral.
  El RIC empieza a formar el expediente catastral de la posible tierra comunal.
9. Consulta a la Comunidad sobre si desea o no declarar la tierra
    comunal.
Dentro de los 30 días de realizada la visita de campo, el RIC consulta a la
comunidad sobre si quiere o no seguir el trámite para declarar la tierra comunal.

Esta consulta se hace en coordinación con el Concejo Municipal, los alcaldes
auxiliares, las autoridades tradicionales y comunitarias, los comités de tierra, las
juntas directivas y las instituciones y organizaciones que trabajan en la zona en
proceso catastral.
Si la comunidad no acepta seguir con el trámite, el RIC continúa el proceso
catastral de forma normal.

Si la comunidad aceptar seguir con el trámite, el RIC inicia el levantamiento de
información catastral para ver si la tierra puede ser declarada comunal o no.

En estos casos, se consulta a la comunidad si quiere que la tierra comunal se
mida internamente con fines de desarrollo y ordenamiento comunal.
10. Levanta la información catastral.
El levantamiento de información catastral se hace llenando la Ficha de
investigación de campo y el Formulario especial de tierras comunales
Asimismo se anota si el predio está dentro de un área natural, histórica o
cultural.
11. Analiza la información catastral.
La unidad de análisis del RIC revisa y estudia la información.




                                            Una vez revisada la información,          la
                                            unidad de análisis del RIC hace          un
                                            informe sobre el resultado de             la
                                            comparación de la información            de
                                            campo con la información obtenida        en
                                            el Registro de la Propiedad, y            lo
                                            traslada al analista jurídico del RIC.
12. Expone públicamente los resultados iníciales del proceso
    catastral.
Los resultados iníciales de catastro de tierras comunales se hacen publicas en la
zona en proceso catastral.

Se visitan las comunidades con posibles tierras comunales y durante 10 días se
informa a cada una sobre los resultados.
13. Realiza el análisis e investigación jurídica

El analista jurídico del RIC revisa toda la información catastral y la analiza para ver
si procede o no declarar la tierra comunal.
14. Emite la resolución y hace las notificaciones

Con base al dictamen del analista jurídico, el Director Municipal o el Director
Ejecutivo Nacional, emite la resolución que declara o no la tierra comunal.
15. Hace la Declaratoria del predio catastrado.


Si pasados 30 días no se presenta ninguna
oposición a la resolución sobre la
declaratoria o no de la tierra comunal, la
resolución queda firme.



• Si la tierra es declarada comunal, el DEN
emite la Declaración del predio catastrado y
declara la tierra comunal.

• Si la tierra NO es declarada comunal, el
Director Municipal ordena detener el trámite
y continuar con el proceso catastral normal
del predio.
Cuál es la ruta para declarar una
         tierra comunal?
Qué hace el RIC con la información
obtenida durante el proceso catastral?




   Todos los documentos y la declaración de tierra comunal se
             guardan en el archivo básico del RIC.
Reglamento Específicopara el Reconocimiento y Declaración de Tierras Comunales

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Reglamento Específico para el Reconocimiento y Declaración de Tierras Comunales

  • 1. Reglamento Específico para el Reconocimiento y Declaración de Tierras Comunales
  • 2. Qué son las Tierras Comunales? Las tierras comunales pueden estar en propiedad, posesión o tenencia de una comunidad campesina o indígena, cuyos miembros administran la tierra conjuntamente.
  • 3. Esta administración se basa en la cooperación mutua o en la pertenencia a una etnia, así como en derecho y obligaciones de cada miembro de la comunidad.
  • 4. La tierra comunal puede habitarse o usarse para l a a g r i c u l t u r a , l a
  • 5. Qué tierras pueden declararse Comunales? Cualquier tierra en propiedad, posesión o tenencia de una comunidad puede ser declarada comunal si cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento específico para el reconocimiento y declaración de tierras comunales del Registro de Información Catastral.
  • 6.
  • 7. Qué es el Reglamento específico para el reconocimiento y declaración de tierras comunales del RIC? Este reglamento contiene los pasos que el Registro de Información Catastral sigue cuando una comunidad quiere que su tierra sea declarada comunal.
  • 8. De esta forma se cumple con lo establecido en los Artículos 65 y 23 inciso y) de la Ley del Registro de Información Catastral.
  • 9. Cuándo se puede iniciar el trámite para declarar una tierra comunal? En el momento, en que una comunidad campesina o indígena solicita al RIC que su predio sea declarado comunal.
  • 10. Comunidad Campesina En el caso de la comunidad campesina, ésta debe tener la posesión actual de la tierra, administrarla de forma colectiva, es decir que las decisiones sobre el manejo de la tierra la tomen los miembros de la comunidad de manera conjunta.
  • 11. Comunidad Indígena En el caso de la comunidad indígena, ésta debe tener la posesión actual de la tierra, administrarla de forma colectiva y entre sus miembros existir pertinencia histórica ancestral sobre la tierra. La pertinencia histórica ancestral significa que varias generaciones de un mismo grupo, unido por su etnia, costumbres, normas y organización han administrado la tierra.
  • 12. Cuándo puede el RIC iniciar el proceso para la declaratoria de tierras comunales? Antes, durante y después del establecimiento catastral de información, ya que la comunidad puede presentar su solicitud en cualquier momento.
  • 13. Qué tierras comunales pueden ser catastradas por el RIC? El RIC puede iniciar el proceso de declaratoria de tierras comunales sólo en zonas declaradas en proceso catastral. La declaratoria se anuncia en el Diario de Centro América y a través de otros medios.
  • 14. Cuál es la ruta para declarar una tierra comunal? Ante la posible existencia de tierras comunales, el RIC. 1. Localiza las tierras comunales y hace el diagnóstico. El RIC ubica a las comunidades que sean posibles tierras comunales y con la participación de sus líderes establece la historia y forma de administración.
  • 15. El RIC consigue información primaria cuando habla con la comunidad e información secundaria cuando investiga documentos pruebas o datos.
  • 16. El Diagnóstico inicial de tierras comunales incluye: El análisis étnico demográfico: Es decir las características que identifican a las personas que forman la comunidad: •Cantidad de mujeres y hombres •Edad •Etnia •Idioma •Religión •Cultura: (tradiciones, mitos y creencias) •Nivel educativo (número de personas que no saben leer ni escribir) •Actividades económicas.
  • 17. La forma de organización de la comunidad: • Lideres, lideresas o autoridades tradicionales • Formas de comunicación y tomas de decisión • Lugares de reunión • Medios de comunicación más efectivos Descripción de la posible tierra comunal: • Mojones, linderos y colindancias • Documentos que respaldan la propiedad o posesión de la tierra • Antecedentes históricos sobre la propiedad, tenencia o posesión de la tierra por la comunidad que hace la solicitud Cualquier otra información que el RIC considere necesaria.
  • 18. 2. Solicita a la Municipalidad información sobre las posibles tierras comunales. En zonas declaradas en proceso catastral, el RIC solicita al alcalde municipal un informe sobre la existencia de posibles tierras comunales en el municipio. En este informe se anota con claridad si existe algún conflicto con la tierra. Además, se adjunta copia certificada de los documentos que puedan ser útiles para establecer la existencia de tierras comunales.
  • 19. 3. Convoca y mantiene comunicación con las comunidades interesadas A través de los medios de comunicación, el RIC informa sobre el procedimiento para la declaratoria de tierras comunales y convoca a las comunidades interesadas a presentar su solicitud ante el Director Municipal del RIC, y en su ausencia ante el Director Ejecutivo Nacional. Esta comunicación se hace en coordinación con el Consejo Municipal, los alcaldes auxiliares, las autoridades tradicionales y comunitarias, los comités de tierra, las juntas directivas y las instituciones y organizaciones que trabajan en la zona en proceso catastral.
  • 20. La comunicación se mantiene durante todo el proceso catastral para que la población esté informada y se pueda contar con su participación y cooperación. La convocatoria y cualquier comunicación sobre el proceso catastral se hacen en idioma español y en los idiomas de la región.
  • 21. La comunidad interesada en iniciar el trámite de declarar la tierra comunal debe: 4. Nombrar o delegar al representante de la comunidad. La comunidad nombra o delega a uno o varios representantes para hacer el trámite ante el RIC. El nombramiento del o los representantes se hace por escrito. Para escribirlo la comunidad puede recibir la ayuda de la oficina del RIC ubicada en la zona en proceso catastral.
  • 22. El escrito incluye: •Nombre completo de cada representante •Número de cédula o DPI •Edad •Lugar de residencia •Nombre de la comunidad a la que representa •Explicación del papel de los representantes •Explicación de la razón de la representación Junto con el nombramiento se  Nombre completo presenta:  Cedula o DPI  Firma o huella digital  Acta de la asamblea cuando es una comunidad De las personas de la asamblea, comité o campesina. consejo, que en nombre de la comunidad hayan elegido a los representantes.  Documento utilizado según tradición o acta de la asamblea cuando es una comunidad indígena.
  • 23. 5.Solicitar que la tierra se declare comunal. La solicitud de declaración de tierra comunal se hace de forma hablada o escrita. La solicitud se hace en idioma español o cualquier otro idioma hablado en la región. Cuando la solicitud escrita está en idioma maya, el RIC solicita apoyo de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala para su traducción al español.
  • 24. La solicitud se dirige al Directos Municipal del RIC y en su ausencia al Director Ejecutivo Nacional. La solicitud debe tener: •Nombre de la comunidad que hace la solicitud •Nombre del municipio y lugar exacto dónde está la posible tierra comunal. •Nombre de los colindantes de la tierra comunal: Predios, terrenos o municipios •Tiempo que tiene la comunidad de tener tierra y tiempo que tiene de vivir en ella. •Papeles o datos históricos que prueban que la tierra es de la comunidad. •Titulo de la tierra. Si se tiene título, se saca una copia y se legaliza. •Forma de administración de la tierra. Por ejemplo: Como se toman las decisiones, para que se usa la tierra, etc. •Tipo de conflictos sobre la tierra, si están resueltos o se esta en trámite algún tipo de resolución. •Firma del o los representantes de la comunidad. Se saca una copia al nombramiento que hizo la comunidad para el trámite ante el RIC, y se legaliza. •También se debe adjuntar cualquier documento que ayude a comprobar que la tierra es comunal.
  • 25. La legalización de las copias la hace el notario al que recurra la comunidad o el notario de la oficina del RIC ubicada en la zona en proceso catastral. En ambos casos, los notarios deben revisar el original de los documentos, antes de legalizar las copias.
  • 26. Después de recibir la solicitud de la comunidad, el RIC: 6. Revisa los documentos que recibe • Solicitud o formulario para • Nombramiento del o los declarar una tierra comunal. representantes de la comunidad • Documentos que se presentan junto • Informe de la Municipalidad sobre la con la solicitud o formulario. situación de las posibles tierras comunales en la zona en proceso catastral.
  • 27. 7. Realiza una visita de campo Antes de iniciar la medición de linderos o mojones de la posible tierra comunal, los técnicos del RIC hacen un recorrido por el predio junto con el o los representantes de la comunidad que presentó la solicitud. Los técnicos que hacen la visita deben hablar el idioma de la comunidad o estar acompañados de un traductor. Al terminar la visita de campo, el técnico encargado del RIC levanta el acta donde anota la información recogida. Los técnicos del RIC y el o los representantes firman o colocan su huella digital al aceptar lo escrito en el acta.
  • 28. 8. Inicia el expediente catastral. El RIC empieza a formar el expediente catastral de la posible tierra comunal.
  • 29. 9. Consulta a la Comunidad sobre si desea o no declarar la tierra comunal. Dentro de los 30 días de realizada la visita de campo, el RIC consulta a la comunidad sobre si quiere o no seguir el trámite para declarar la tierra comunal. Esta consulta se hace en coordinación con el Concejo Municipal, los alcaldes auxiliares, las autoridades tradicionales y comunitarias, los comités de tierra, las juntas directivas y las instituciones y organizaciones que trabajan en la zona en proceso catastral.
  • 30. Si la comunidad no acepta seguir con el trámite, el RIC continúa el proceso catastral de forma normal. Si la comunidad aceptar seguir con el trámite, el RIC inicia el levantamiento de información catastral para ver si la tierra puede ser declarada comunal o no. En estos casos, se consulta a la comunidad si quiere que la tierra comunal se mida internamente con fines de desarrollo y ordenamiento comunal.
  • 31. 10. Levanta la información catastral. El levantamiento de información catastral se hace llenando la Ficha de investigación de campo y el Formulario especial de tierras comunales
  • 32. Asimismo se anota si el predio está dentro de un área natural, histórica o cultural.
  • 33. 11. Analiza la información catastral. La unidad de análisis del RIC revisa y estudia la información. Una vez revisada la información, la unidad de análisis del RIC hace un informe sobre el resultado de la comparación de la información de campo con la información obtenida en el Registro de la Propiedad, y lo traslada al analista jurídico del RIC.
  • 34. 12. Expone públicamente los resultados iníciales del proceso catastral. Los resultados iníciales de catastro de tierras comunales se hacen publicas en la zona en proceso catastral. Se visitan las comunidades con posibles tierras comunales y durante 10 días se informa a cada una sobre los resultados.
  • 35. 13. Realiza el análisis e investigación jurídica El analista jurídico del RIC revisa toda la información catastral y la analiza para ver si procede o no declarar la tierra comunal.
  • 36. 14. Emite la resolución y hace las notificaciones Con base al dictamen del analista jurídico, el Director Municipal o el Director Ejecutivo Nacional, emite la resolución que declara o no la tierra comunal.
  • 37. 15. Hace la Declaratoria del predio catastrado. Si pasados 30 días no se presenta ninguna oposición a la resolución sobre la declaratoria o no de la tierra comunal, la resolución queda firme. • Si la tierra es declarada comunal, el DEN emite la Declaración del predio catastrado y declara la tierra comunal. • Si la tierra NO es declarada comunal, el Director Municipal ordena detener el trámite y continuar con el proceso catastral normal del predio.
  • 38. Cuál es la ruta para declarar una tierra comunal?
  • 39. Qué hace el RIC con la información obtenida durante el proceso catastral? Todos los documentos y la declaración de tierra comunal se guardan en el archivo básico del RIC.