2. ENRICO FERRI, estudioso de la sociología criminal:
“La criminalidad sigue a la civilización, como la
sombra sigue al cuerpo”
Motivación permanente para el desarrollo de ciencias como
las Ciencias Penales, que son las disciplinas que se ocupan
del delito, del delincuente, del Derecho Penal y del Derecho
Procesal Penal, a fin de que el Estado ejerza una mejor
administración de justicia en la evaluación y en la sanción
de una conducta delictiva.
3. El Derecho Penal
señala los hechos que constituyen delito, y
las penas o medidas de seguridad que
corresponda .
El Derecho Procesal Penal
señala, según el modelo adoptado, las
normas a seguir en la etapa investigadora
orientada a establecer la verdad concreta del
caso; y las de juzgamiento y sentencia
orientadas a la aplicación de la ley penal.
4. La Criminología
estudia los factores explicativo –
causales de la conducta del
hombre autor del delito,
orientando así a la represión y la
prevención del delito.
5. LAINVESTIGACIÓN
CRIMINAL,
es decir, la investigación del delito y del
delincuente, orienta su esfuerzo a
establecer la verdad de los hechos y la
responsabilidad de los mismos.
En este esfuerzo convergen el accionar policial, fiscal y
judicial, independientemente del modelo procesal penal
vigente.
6. La operatoria de la investigación
criminal tiene su propia doctrina y
metodología general, cuyo esquema
comprende las fases:
Preliminar
Planeamiento
Fase ejecutiva
Informe.
7. En la FASE PRELIMINAR,
una vez conocido el hecho,
“notitia criminis”, y comprobado,
se realizarán las diligencias
preliminares,siendo la escena la
mayor y mejor fuente de
información.
8. En el PLANEAMIENTO,
una vez identificado, delimitado y definido el
problema, se formularán las hipótesis
correspondientes sobre el hecho, la víctima y el
autor, programándose las diligencias
pertinentes para la confirmación de las hipótesis
9. En la FASE EJECUTIVA,
se procederá al acopio de los resultados e
información que aporten las diligencias
planificadas,
a su análisis;
al recaudo de pruebas.
Las Conclusiones comprenderán las
conclusiones menores y la conclusión
general.
10. El INFORME de la investigación
comprenderá lo actuado y lo concluido, estableciendo si es el caso,
con razonable certeza:
Los datos identificatorios del acusado
La comisión u omisión punible y sus circunstancias
Las pruebas que acreditan la responsabilidad
La tipificación del hecho y la sanción penal
El monto de la reparación civil, bienes embargados o
incautados
Los peritos y testigos que deban concurrir a la
audiencia
11. Antecedentes motivadores de la
intervención
Diligencias efectuadas
Análisis de los hechos
investigados, sin calificación
jurídica ni imputación de
responsabilidades
Actas levantadas,
manifestaciones recibidas,
pericias realizadas, datos
identificatorios y ubicatorios del
imputado
12. LA CRIMINALÍSTICA
Ciencia forense asesora del Derecho Penal y Procesal
Penal que con arte, técnica y ciencia,
Reconoce, individualiza y evalúa los indicios o
evidencias de un hecho sometido a investigación
criminal, con el
OBJETIVO de descubrir o determinar científicamente
el delito y su autoría, y con la
FINALIDAD de convertir los indicios y evidencias
estudiados, en pruebas, las pruebas periciales
criminalísticas.
13. CRIMINALÍSTICA
Su objetivo y su finalidad se cumplen con el concurso
de las ciencias puras y aplicadas, del orden de las
matemáticas, física, química, biología, medicina,
psicología, etc.
Su acción, se convierte en ciencia, arte o técnica,
según se requiera en una investigación criminal que
solicite y coordine el apoyo criminalístico.
14. LA CRIMINALÍSTICA EN LA
INVESTIGACIÓN CRIMINAL
cumple pues, un significativo rol de apoyo
al contribuir determinantemente a verificar o
comprobar el hecho y acopiar sus indicios o
evidencias,
en LA ESCENA, durante la fase Preliminar de la
Investigación criminal y así, orientar el
Planeamiento de las diligencias periciales
criminalísticas.
15. LA CRIMINALÍSTICA EN LA
INVESTIGACIÓN CRIMINAL
cumple pues, un significativo rol de apoyo
al analizar lo acopiado y procesarlo criminalísticamente
en EL LABORATORIO,
convirtiendo los indicios o evidencias del hecho
en las pruebas periciales
Aporta así, durante la fase de Ejecución de la
Investigación Criminal
Sus resultados formarán parte de las Conclusiones e
Informe de la Investigación Criminal
16. •LACRIMINALÍSTICA EN LA
INVESTIGACIÓN CRIMINAL
cumple pues, un significativo rol de apoyo
Al practicar procedimientos de
IDENTIFICACIÓN HUMANA, destinados a reconocer al
autor o coparticipes, y en algunos casos a la propia
víctima “non nominata” del hecho criminal
17. El apoyo en el recaudo de pruebas periciales de la
fase ejecutiva de la investigación criminal, sumado a
otros medios de pruebas, como las testimoniales, las
documentales, el reconocimiento de personas, la
inspección de materialidades útiles para la
reconstrucción conceptual del hecho, la revisión de
huellas y otros efectos materiales dejados en las
personas indiciarias, servirán para la mejor
determinación del ilícito penal, contribuyendo así la
Criminalística a conclusiones más sustentadas en
la Investigación Criminal.
18. ELAPORTE DE CARGA PROBATORIA DE
LA CRIMINALÍSTICA EN LA
INVESTIGACIÓN PENAL,
cobra más trascendencia si el sistema o
modelo del proceso penal es el acusatorio,
como es el contenido en el Código Procesal
Penal Peruano promulgado por el D.L. Nro.
638 del 25 de abril de 1991, cuyos Libros son:
Acción Penal
Investigación
Juzgamiento
Actividad Procesal y
Procesos Especiales.
19. Código Procesal Penal. CPP 1991
Corresponde a los Fiscales investigar los delitos y acusar a
sus autores o partícipes.
La investigación del delito tiene como finalidad lograr las
pruebas pertinentes, conservar las mismas e identificar al
autor o partícipes del delito, y como objetivo alcanzar la
verdad concreta sobre el caso.
El fiscal puede requerir el auxilio de la Policía cuando estime
conveniente hacer una indagación previa al inicio del
proceso, en los actos preparatorios
La Policía asumirá la dirección de la investigación cuando
sea materialmente imposible que el Fiscal la asuma de
inmediato.
20. EN UN MODELO ACUSATORIO Y
GARANTISTA
El Fiscal investiga, reúne las pruebas necesarias
y decide si formula o nó, acusación escrita;
Se garantiza los derechos del procesado, como el
que se presuma inocente y no se le restrinja
su libertad, salvo que ello constituya peligro
procesal de que se sustraiga a la acción de la
justicia o se perturbe la actividad probatoria.
El Juzgamiento, es potestad exclusiva de los
jueces y de las salas penales, es oral, público y
contradictorio,y tiene como finalidad
establecer la responsabilidad o
irresponsabilidad del acusado.
21. ........LOS POLICIAS QUE REALICEN FUNCIÓNES DE INVESTIGACIÓN
ESTÁN OBLIGADOS A APOYAR AL MINISTERIO PÚBLICO PARA LLEVAR A
CABO LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
art 67o
LA POLICIA NACIONAL ........BAJO LA CONDUCCIÓN DEL FISCAL,
PODRÁ .... :
a. Recibir las denuncias
b. Vigilar y proteger el lugar de los hechos .......
d. Recoger y conservar los objetos e instrumentos relacionados
con el delito .....
m. Reunir cuanta información adicional de urgencia permita la
Criminalística para ponerla a disposición del Fiscal art.68o
22. 2. LA LABOR PERICIAL SE ENCOMENDARÁ, SIN NECESIDAD DE
DESIGNACIÓN EXPRESA. AL
LABORATORIO DE CRIMINALÍSTICA DE LA POLICIA
NACIONAL
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y AL
SISTEMA NACIONAL DE CONTROL, ASI COMO A LOS
ORGANISMOS DEL ESTADO QUE DESARROLLAN LABOR
CIENTÍFICA O TÉCNICA. LOS QUE PRESTARÁN SU AUXILIO
GRATUITAMENTE.
TAMBIEN PODRÁ ENCOMENDARSE LA LABOR PERICIAL A :
UNIVERSIDADES, INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN O
PERSONAS JURÍDICAS EN GENERAL, SIEMPRE QUE REUNAN LAS
CUALIDADES NECESARIAS A TAL FIN, CON
CONOCIMIENTO DE LAS PARTES
art.173o
23. LA CRIMINALÍSTICA
para dar cumplimiento a sus objetivos y finalidad
“per se” y contribuir así, a los de la investigación
criminal como acción penal normada en el
proceso penal, pone en ejecución sus áreas:
ESCENA
LABORATORIO
IDENTIFICACIÓN
24. EL ESTUDIO DE LA ESCENA:
OBJETIVO : verificar el hecho; ubicar,
evaluar y colectar indicios o evidencias;
colectar datos y testimonios vinculantes; y
hacer una apreciación reconstructiva
preliminar del caso
La Inspección Criminalística, comprende
un aborde racional, sistemático, y lo más
completo posible, de la escena del crimen
25. ES EL FOCO APARENTEMENTE
PROTAGÓNICO DEL ILÍCITO PENAL, MAS SU
ENTORNO DE INTERÉS CRIMINALÍSTICO, ES
DECIR ALLI DONDE SEA POSIBLE O
PROBABLE EL HALLAZGO DE INDICIOS O
EVIDENCIAS
SU MAGNITUD O DELIMITACIÓN DEPENDERÁ DE
LA INFORMACIÓN PREVIA, INDAGADA Y
OBTENIDA EN RELACIÓN AL CASO
26. EL TRABAJO EN EL
LABORATORIO:
El proceso criminalístico pericial convertirá los
indicios y evidencias acopiados en la escena, o
aquellos recepcionados en la fase preliminar
investigatoria, en informes periciales.
Se da así, cumplimiento a la finalidad criminalística
El aval histórico del trabajo de laboratorio criminalístico en
nuestro país, se inicia desde el 27 de Marzo de 1937 , fecha
de su creación.
27. EL TRABAJO EN EL LABORATORIO:
Comprende el procesamiento de los
indicios acopiados, llamados ahora
muestras, en sus diferentes sub áreas de
• Balística y Explosivos,
• Biología y Genética biomolecular,
• Documentoscopía,
• Ingeniería,
• Química,
• Medicina y
• Psicología.
28. LA IDENTIFICACIÓN HUMANA:
Procedimientos técnicos, artísticos y
científicos para demostrar que una persona
es aquella que se supone o que se busca.
Comprende medios variados y efectivos:
La Filiación,la Signaléctica, la Papiloscopia, la
Grafotecnia,la Grafología, la Psicología,
el Examen Clínico Forense,la Imagenología,
la Necropsia, el Examen Odontológico, el
Antropológico, el Biológico y el Biológico
molecular del ADN.
29. CRIMINALISTICA : CIENCIA APLICATIVA
SU METODOLOGÍA
de comprobación, sistematización y objetividad confirman su
naturaleza científica a través de su labor de deducción, inducción y
experimentación, según el caso lo requiera.
BUSCA LA VERDAD
SUS CONCLUSIONES SON VERIFICABLES
SUS AFIRMACIONES SON OBJETIVAS
30. • CRIMINALISTICA : CIENCIA
APLICATIVA
SU METODOLOGÍA
Se adoptan ACCIONES PRELIMINARES
informativas
Se formulan las HIPÓTESIS
Se realizan los respectivos ANÁLISIS
Se arriba a CONCLUSIONES
Se emite finalmente los INFORMES
DOCUMENTARIOS PERICIALES
Queda el perito expedito, para la sustentación de
su peritaje en la instancia que sea formalmente
solicitada.
31. CRIMINALÍSTICA
como ciencia, técnica y arte
Su rol no es absoluto ni exclusivo en el
logro de la verdad concreta en la
investigación penal
Es consciente de que su papel es
necesario, sea en la investigación policial,
fiscal o judicial
32. EL CRIMINALÍSTICO
está seguro de que
independientemente del
sistema o modelo procesal penal,
sus acciones y conclusiones significarán un
valioso aporte en la investigación criminal,
viabilizando así, que el Estado cumpla mejor
su función pública de administrar justicia a
través de los estamentos que faculte.
33. “La Criminalística ha nacido y se robustece con los
mas seguros recursos científicos para evitar a la
justicia la tortura de la duda y el fantasma del
error judicial.
La luz serena de la ciencia guía a la policía
moderna y a los jueces de hoy”
Israel Castellanos