2. CRIMINALISTICA
Diferentes denominaciones:
Hans Gross: “Arte de la Instrucción judicial fundada en el estudio del hombre criminal y los
métodos científicos de descubrir y apreciar las pruebas”.
Hawsserer: “El conjunto de conocimientos sobre las cosas que tienen vinculación con un delito o
que pueden encontrarse en conexión con el mismo, o que resulten útiles para su
descubrimiento”.
Alberto Hellwig: “ En su conjunto es la Enciclopedia del peritaje”
Edmond Locard : “la Investigación de la prueba del delito, mediante el establecimiento de las
pruebas indiciarias y la agrupación de las nociones en un cuerpo de doctrina”.
Ladislao Thot : “La criminalística es la Ciencia auxiliar del derecho penal, que se ocupa de los
métodos y modos practicos de dilucidar las circunstancias de la perpetración de los delitos e
individualizar a los culpables”.
Del Picchia Filho : “El conjunto de conocimientos técnico – científicos aplicados a la función
judicial de la investigación criminal y del estudio de la prueba indiciaria constituida por los
vestigios materiales de naturaleza no biológica.
“Es la disciplina técnico – científica, jurídica y metodológica que integra las diferentes áreas del
saber científico aplicables a la investigación del delito, a fin de establecer por el estudio y/o
análisis de los indicios o evidencias, el móvil, las pruebas, las circunstancias y los medios
empleados para su ejecución, así como la identificación del autor o autores.
3. CRIMINALISTICA
Dirección Nacional de Criminalística PNP : RD N° 1595-97-DGPNP/EMG (14JUL1997).
Órgano
Sistémico
Encargado de planear,
dirigir, organizar,
controlar y ejecutar
las actividades
referidas al ámbito
científico forense
Integró:
Laboratorios y
Unidades de
Criminalística e
Identificación Policial.
4. CRIMINALISTICA
Decreto Legislativo N° 1267 (OCT2017). “Ley de la Policía Nacional” : Dirección de
Criminalística (Órgano de Apoyo)
Art° 4 : FUNCIONES : numerales 9 y 10. Referidos a la competencia de emitir peritajes de
criminalística.
Artículo 26.- La Dirección de Criminalística es el órgano de apoyo policial de carácter
técnico, sistémico y normativo, operativo y especializado en criminalística; responsable de
organizar, dirigir, sistematizar, supervisar y practicar a nivel nacional los peritajes oficiales y
emitir los informes periciales de criminalística para efectos de la investigación que se derivan
del cumplimiento de la función policial, solicitadas por los diversos órganos de la Policía
Nacional del Perú o por el Ministerio Público y Poder Judicial; en el marco de la normativa
sobre la materia
5. CRIMINALISTICA
La razón de ser de la Criminalística, es la de descubrir y comprobar hechos principalmente los
constitutivos de delito o su descarte.
La primera significa poner en descubierto el hecho, su agente y sus circunstancias y poderlo llevar
a la instancia judicial; a esta razón de ser se le considera como su característica primordial y se
centra en la búsqueda de las pruebas, el seguimiento de pistas y el descubrimiento de videncias
necesarias para terminar con éxito los objetivos propuestos.
La segunda, es decir la de comprobar la verdad de los acontecimientos ajustándose la causalidad
de lo sucedido, recae naturalmente sobre el cuándo, cómo, dónde y quién, es decir sobre las
circunstancias del hecho, evitándose así el error judicial. De allí que descubrir es comprobar o
llegar a la demostración científicamente comprobada del delito.
La primera razón es científicamente metódica y experimental, la segunda pretende una
reconstrucción causal y sólo en los casos en que se da en todas sus partes o en los que se estima
procesalmente suficiente, puede el juez tomarla en cuenta por ser la generadora de la evidencia
probatoria.(Vargas, A. 1986:75)
6. CRIMINALISTICA
CRIMINALISTICA DE LABORATORIO
Es la que se realiza en los laboratorios de Criminalística donde se encuentran los instrumentos y/o
equipos usados para el examen de los indicios, ya sea, en ocasiones o regularmente, con fines de
identificación o cuantificación.
Se trata de la parte fina de la investigación que ha permitido pasar de la época de las
aproximaciones a la etapa de las precisiones.
La autoridad, en este caso el fiscal, debe proporcionar las facilidades necesarias y el tiempo para
que el perito pueda realizar su trabajo. Cabe señalar, que este último debe ajustarse estrictamente,
ni más ni menos, al lapso que el caso requiera. Por ello, no sobra insistir en la importancia de una
comunicación permanente entre los integrantes del equipo encargado de la investigación.
Indiscutiblemente es un hecho que la prueba pericial, en tanto juicio técnico emitido por el perito,
cobra mayor importancia en la medida que avanza la ciencia y la tecnología al servicio de la
justicia. Pero es indispensable recordar que siempre quedará sujeto a la calificación de los
juzgadores, de ahí que la calidad de la investigación, desde la óptica de la Criminalistica de
Laboratorio.
7. CRIMINALISTICA
Criminalística de campo Criminalística de laboratorio
Trabaja en la escena del delito
Reconoce, identifica y evaluar los posibles indicios y
evidencias relacionados con un hecho delictuoso.
No concreta sus actividades en la fase de investigación para
el esclarecimiento de los hechos.
Conocer y aplicar las técnicas de recolección, identificación,
embalaje y trasporte de las muestras para análisis.
El estudio y análisis de campo facilita el conocimiento para
establecer la hipótesis de la forma y mecanismo de los
hechos con todos sus fenómenos, desde el inicio de la
primera maniobra hasta el último movimiento que se puso
en juego para realizar el hecho; aquí se incluyen las formas
de uso de los instrumentos u objetos de ejecución y el
registro de sus manifestaciones, movimientos, tocamientos
y desplazamientos de cuerpos y objetos efectuados durante
la comisión del hecho. Inclusive se puede utilizar extensa
variedad de agentes mecánicos, químicos, físicos y
biológicos, y pueden surgir también variadas evidencias.
Trabaja en el laboratorio
Valora las pruebas estableciendo fehacientemente su
relación con los hechos investigados.
Reporta resultados en base a criterios científicos
aplicados a través de metodologías para el
esclarecimiento de los hechos.
Verificar y validar que las técnicas de recolección,
identificación, embalaje y transporte de las muestras
garanticen la conservación y/o preservación de las
muestras, de tal manera que las muestras evidencien
características más parecidas o “iguales” con respecto al
momento en que se tomaron o colectaron.
La verificación o análisis de laboratorio se realizan con la
aplicación de los métodos de las ciencias naturales,
“Método Inductivo” se conoce como el de observación,
hipótesis y experimentación y son con ellos que se van a
efectuar las tareas científicas en el estudio, análisis y
comprobaciones de los indicios colectados en el campo
de los hechos o suministrados por otros sujetos de tal
manera que los resultados pueden ser aprovechados o
interpretados adecuadamente para conocer su
intervención en el hecho que se investiga y mostrarlos
como evidencias de la verdad.
8. CRIMINALISTICA
“Es la disciplina técnico – científica, jurídica y metodológica que integra las diferentes áreas del
saber científico aplicables a la investigación del delito, a fin de establecer por el estudio y/o análisis
de los indicios o evidencias, el móvil, las pruebas, las circunstancias y los medios empleados para su
ejecución, así como la identificación del autor o autores”.
Congrega diferentes ciencias:
Medicina
Química
Ingeniería
Biología
Estomatología / Odontología
Psicología
Balística
Grafotécnia
Informática
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