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NORMATIVIDAD

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SENA, A TRAVÉS
DEL ACUERDO 00007 DEL 30 DE ABRIL DE 2012 ADOPTO
EL REGLAMENTO DEL APRENDIZ, EL CUAL FUE PUBLICADO
EN EL DIARIO OFICIAL 48.419 DEL 03 DE MAYO DE 2012 Y
DEROGO EN SU INTEGRIDAD EL ACUERDO 15 DE 2009.
• Consolidación de modificaciones remitidos a la Oficina Jurídica 2010.
  FASE I    • Febrero – Marzo 2010.


            • Videoconferencia y socialización del reglamento del aprendiz y compromiso
 FASE II      nacional para actualizar el reglamento de Julio 8 de 2010.



            • Redacción preliminar y remisión a las Direcciones. Julio – Agosto 2011.
 FASE III



            • Vinculación de profesionales de bienestar para realizar los ajustes al
 FASE IV      reglamento a través de plataforma Blackboard. Noviembre- Diciembre 2011.


           • Revisión del documento con los equipos de la Dirección de Formación Enero-
FASE FINAL   Febrero de 2012.
Aprendices representantes de
                                                      Encuentro Nacional de
                  cada Centro de Formación.           Representantes (mesas de trabajo)
                  (Elegidos por voto , promueven la   120 aprendices.
                  comunicación con el subdirector y
                     mejoramiento institucional)

                                                      Propuestas de los profesionales de
                 Profesionales de Bienestar al        bienestar 117 profesionales líderes
Comunidad SENA            Aprendiz.                   de todo el país.

                                                      Comunicaciones radicadas a través de
                            Sindicato                 onbase (julio- agosto 2010)


                                                      Grupos de la Dirección de Formación.
                       Dirección General              Relaciones Corporativas (Contrato de
                                                      aprendizaje) y Dirección Jurídica
QUIEN ES APRENDIZ SENA
Toda persona matriculada en los programas de
formación profesional de la entidad, en
cualquier tipo de formación: titulada o
complementaria
 desde las diferentes modalidades: PRESENCIAL-
VIRTUAL O COMBINADA.
CAPITULO I
 • Principio generales.

CAPITULO II
 • Derechos del aprendiz SENA –Estímulos e incentivos.

CAPITULO III
 • Deberes del aprendiz SENA.

CAPITULO IV
 • Prohibiciones.

CAPITULO V
 • Desarrollo de la etapa productiva.
 • Alternativas para el desarrollo de la etapa productiva.
 • Registro de la etapa productiva.
 • Seguimiento de la etapa productiva.
CAPITULO VI
 • Gestión Académico Administrativa.
 • Registro académico.
 • Certificación.
 • Expedición de certificados y de constancias académicas.
 • Expedición de duplicados
 • Legalización de documentos académicos SENA para apostille.
 • Traslado.
 • Aplazamiento.
 • Reingreso.
 • Retiro voluntario.

CAPITULO VII
 • Proceso de formación, incumplimiento y deserción.
 • Participación y cumplimiento.
 • Incumplimiento justificado.
 • Revisión de los resultados de evaluación
 • Deserción.
Ingrese el área
  de trabajo



                  CAPITULO VII
                   • Faltas académicas y disciplinarias.
                   • Faltas académicas.
                   • Faltas disciplinarias.
                   • Calificación de las faltas.
                   • Criterios para calificar la falta.

                  CAPITULO IX
                   • Medidas formativas y sanciones.
                   • Medidas formativas.
                   • Llamado de atención verbal.
                   • Plan de mejoramiento académico.
                   • Plan de mejoramiento disciplinario.
                   • Sanciones: Llamado de atención escrito, condicionamiento de la matrícula,
                     cancelación de la matrícula.
                   • Principios rectores para la aplicación de sanciones.
CAPITULO X
• Procedimiento para la aplicación de sanciones.
• Reuniones comité de evaluación y seguimiento.
• Comunicación al Aprendiz.
• Sesión del comité de evaluación y seguimiento.
• Acto sancionatorio.
• Recurso.

CAPITULO XI
• De la representación de los aprendices.
• Calidades del representante de centro.
• Número de representantes y periodo.
• Requisitos y condiciones para ser elegido representante..
• Responsabilidades del representante.
• Procedimiento para elegir representante.
• Revocatoria de la designación.
CAPITULO XII
•   De la representatividad de los voceros de programa.
•   Aprendices voceros de programa.
•   Requisitos y condiciones para ser voceros de programa.
•   Responsabilidades de los voceros de programa.
•   Elección de los voceros de programa.
Ingrese el área
  de trabajo




                                                                Es responsabilidad directa del Aprendiz
                  Cuando el Aprendiz opta alternativa           gestionar a través del Líder de Contrato de
                  diferente al contrato de aprendizaje, ésta    Aprendizaje y/o coordinador de formación
                  debe ser aprobada previamente por el          profesional a más tardar dentro de los dos
                  Coordinador      Académico       y   deberá   meses siguientes a su ingreso a la
                  registrarse inmediata y directamente en el    formación, la modalidad de practica que
                  sistema para la gestión de la formación.      seleccione para desarrollar su etapa
                                                                productiva.



                                          El Aprendiz es responsable de actualizar
                                          permanentemente los datos que registre
                                          en el Sistema de Gestión Virtual de
                                          Aprendices, verificar que correspondan a
                                          los registrados en el sistema para la
                                          gestión de la formación y consultar
                                          periódicamente las oportunidades de
                                          contrato de aprendizaje que reportan los
                                          empresarios.
CERTIFICACIÓN                          TRASLADO                  RETIRO VOLUNTARIO

• El Instructor es responsable       • Solicitud formal que el            • Solicitud formal que el
  directo      de      registrar       Aprendiz eleva a través de           Aprendiz eleva a través de
  oportunamente la información         oficio radicado y registra en el     oficio radicado y registra en el
  académica del aprendiz.              sistema     de     gestión   de      sistema     de    gestión     de
                                       formación cuando requiere            formación      para    retirarse
• El Coordinador Académico del         cambio de jornada, de Centro         definitivamente del programa
  Centro, de controlar el registro     de Formación, en el mismo            de formación.
  y la consolidación de la             programa, o en otro que
  información de los resultados        corresponda a la misma red o       • El retiro del programa en
  de la evaluación y situaciones       línea tecnológica.                   formación titulada le genera al
  académicas que garantice la                                               Aprendiz una inhabilidad por
  oportuna certificación.            • Debe haber adelantado como           el término de seis (6) meses
                                       mínimo el primer trimestre del       contados a partir de la
                                       proceso de formación del             solicitud formal y registro de la
                                       programa, y supeditado a la          misma en el sistema, para
                                       disponibilidad de cupo.              acceder a otro programa de
                                                                            formación titulada.
                                     • El Aprendiz sancionado con
                                       condicionamiento            de
                                       matrícula, no se le autorizará
                                       traslado ni aplazamiento del
                                       proceso de formación.
APLAZAMIENTO                                      REINGRESO

• Solicitud formal que el Aprendiz eleva a     • Solicitud formal que el Aprendiz eleva a
  través de oficio radicado y registra en el     través de oficio radicado y registra en el
  sistema de gestión de formación para           sistema de gestión de formación para
  desvincularse       temporalmente del          reanudar su proceso de formación en el
  programa de formación por incapacidad          programa donde solicitó aplazamiento y
  médica, licencia de maternidad, servicio       la fecha límite será la indicada en el acto
  militar,    problemas de seguridad o           administrativo respectivo.
  calamidad doméstica, debidamente
  demostrada con los respectivos soportes      • El reingreso está supeditado a que el
  legales.                                       programa se encuentre en ejecución y a
                                                 la disponibilidad de cupo.
• El aplazamiento será autorizado por el
  Comité de Evaluación y Seguimiento del       • De no existir cupo en el programa en el
  centro a través de acto administrativo,        cual solicitó aplazamiento, el reingreso
  por un tiempo máximo de seis (6) meses         podrá      efectuarse     cuando     exista
  calendario continuos o discontinuos, de        disponibilidad, en todo caso se informará
  acuerdo con el tiempo de duración del          por escrito al Aprendiz la fecha de
  programa, contados a partir de su              reintegro o la imposibilidad del mismo.
  notificación o respectiva respuesta a la
  solicitud.
ROL APRENDIZ

                  ROL SUBDIRECTOR




ROL COORDINADOR



                   ROL INSTRUCTOR
APRENDIZ                                                SUBDIRECTOR

• Informa y hace la solicitud por escrito, al             • Designa al Instructor o Coordinador académico, para
  Coordinación Académico y registra en el sistema de        participar en la definición de los planes de
  gestión de la formación oportunamente las                 mejoramiento Académico o Disciplinario, con el fin
  solicitudes  o   novedades     de     TRASLADOS,          de evaluar el avance y el logro de los resultados
  APLAZAMIENTO, RETIRO VOLUNTARIO Y REINGRESO               definidos en estos planes de mejoramiento

• Gestionar a más tardar dentro de los (2) dos meses      • Tener en cuenta cada una de las motivaciones y
  siguientes a su ingreso, la modalidad de practica que     fundamentos de la recomendación que el Comité
  seleccione para desarrollar su etapa productiva.          exprese. Una vez tenga la suficiente ilustración
                                                            respecto a los hechos motivo de investigación,
• Cuando existen dificultades en el logro de los            procederá a expedir el acto académico
  resultados de aprendizaje, el aprendiz tendrá             correspondiente, el cual deberá ser motivado en
  derecho a un Plan de Mejoramiento académico que           todos los casos dentro de los cinco (5) días hábiles
  es un documento que consigna nuevas acciones de           siguientes.
  aprendizaje concertadas entre el Aprendiz y el
  Instructor o el Coordinador Académico, que se           • Contra el acto académico expedido por el
  formula durante la ejecución del programa de              Subdirector de Centro procederá el recurso de
  formación para garantizar el logro de los resultados      reposición, que debe ser resuelto dentro de los
  de aprendizaje, el cual debe ejecutarse dentro del        quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que
  término de un (1) mes contado a partir de la              haya sido interpuesto.
  concertación del mismo con el Aprendiz
COORDINADOR ACADEMICO                                          INSTRUCTOR

• Si es designado para participar en la definición de   • El instructor debe analizar el avance del proceso
  los planes de mejoramiento Académico o                  de aprendizaje, identificando con el aprendiz sus
  Disciplinario, debe realizar el seguimiento y           logros      y dificultades, retroalimentando de
  evaluación al avance y el logro de los resultados       manera permanente y ajustando las estrategias
  definidos en estos planes de mejoramiento               desarrolladas, en los casos que se requiera.
                                                        • En caso que el aprendiz no logre el resultado de
• Llevar a cabo el seguimiento a las novedades que        aprendizaje, el instructor debe programar y
  presentan los aprendices durante el proceso de          realizar actividades pedagógicas
  formación como son: TRASLADOS, RETIROS,                 complementarias.
  APLAZAMIENTOS, ETC., y llevarlos al Comité de         • Debe atender las reclamaciones que realice un
  Evaluación y Seguimiento del Centro , para su           aprendiz cuando este en desacuerdo con los
  respectiva autorización                                 resultados de aprendizaje, de acuerdo al
                                                          procedimiento establecido en el Reglamento
• Remitir a los aprendices a través de                  • Debe registrar la asistencia de los aprendices y
  comunicación escrita, cualquier requerimiento           los juicios evaluativos oportunamente
  que sea necesario , durante el proceso de             • Si es designado para participar en la definición de
  formación o aquellos que han desertado al               los planes de mejoramiento Académico o
  proceso de acuerdo a lo estipulado en el                Disciplinario, debe realizar el seguimiento y
  Reglamento.                                             evaluación al avance y el logro de los resultados
                                                          definidos en estos planes de mejoramiento
Ingrese el área
  de trabajo




                  REGLAMENTO DEL APRENDIZ
                   PROCESO SANCIONATORIO
NORMATIVIDAD

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SENA, A TRAVÉS
DEL ACUERDO 00007 DEL 30 DE ABRIL DE 2012 ADOPTO
EL REGLAMENTO DEL APRENDIZ, EL CUAL FUE PUBLICADO
EN EL DIARIO OFICIAL 48.419 DEL 03 DE MAYO DE 2012 Y
DEROGO EN SU INTEGRIDAD EL ACUERDO 15 DE 2009.
QUIEN ES APRENDIZ SENA
Toda persona matriculada en los programas de
formación profesional de la entidad, en
cualquier tipo de formación: titulada o
complementaria
 desde las diferentes modalidades: PRESENCIAL-
VIRTUAL O COMBINADA.
DESERCION EN EL PROCESO DE FORMACION

A. Cuando el aprendiz INJUSTIFICADAMENTE No se
   presente por TRES (3) días CONSECUTIVOS al centro de
   formación o a la empresa donde realiza su proceso
   formativo.
B. Cuando se TERMINA EL PERIODO DE APLAZAMIENTO
   aprobado por el SENA y el aprendiz no reingresa al
   programa de formación.
C. Cuando han pasado dos (2) años contados a partir de la
   fecha de terminación de la etapa lectiva y el aprendiz no
   presenta evidencias de la etapa productiva.
PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR LA
                DESERCION
                               Aprendiz
coordinador                     (5 DIAS
              Comunicación
 académico    requiriéndolo    HABILES)


                              APORTAR:
                               EVIDENCIAS
                               SOPORTES
• EXPIDE   EL    ACTO   ACADEMICO
                DECLARANDO LA DESERCION EN EL
SUBDIRECTOR
                PROCESO DE FORMACION Y ORDENA
     CENTRO
                LA CANCELACION DE MATRICULA, Y
                DEBE NOTIFICAR AL APRENDIZ




              • PUEDE INTERPONER RECURSO DE
                REPOSICION ANTE EL SUBDIRECTOR
  APRENDIZ      DEL CENTRO
Ingrese el área
  de trabajo
                                      FIRME EL
                                        ACTO
                                     ACADEMICO




                                      REGISTRA
                                         LA
                                      NOVEDAD
                                                     FORMACION
                  EN EL SISTEMA DE
                                                 COMPLEMENTARIA
                      GESTION
                                                  VIRTUAL 100% EL
                     ACADEMICA
                                                   INSTRUCTOR –.
FALTAS QUE AFECTAN EL PROCESO DE
    APRENDIZAJE Y CONVIVENCIA

Son ACCIONES U OMISIONES que alteran el
desarrollo de la formación, convivencia
comunidad educativa, desempeño académico
del aprendiz o compañeros – Requieren
medida sancionatoria y/o formativa
CLASIFICACION FALTAS
                  compromiso del aprendiz en la apropiación de
  ACADEMICA       conocimiento,    desarrollo habilidades y
                  desempeño.

• Se configura : El aprendiz con su ACTUAR u OMISION en una
  PROHIBICION, incumple un deber o extralimita en el ejercicio de un
  derecho de índole académico.



 DISCIPLINARIA
                  Factores comportamentales del aprendiz

• Se configura: El aprendiz con su ACTUAR u OMISION en una de las
  PROHIBICIONES, incumple un deber o se extralimita en el ejercicio de
  sus derechos de carácter comportamental.
Ingrese el área
  de trabajo


                                    LEVES



                  CALIFICACION
                                  GRAVES
                      FALTA




                                 GRAVISIMAS
¿CÓMO SE CALIFICA LAS FALTAS?

Depende de las circunstancias en que se
 haya realizado teniendo en cuenta los
  derechos, deberes y prohibiciones.

  No obstante genera mayor grado de
   clasificación provisional cuando:
a. Reincide en la comisión de las faltas
b. Comete la falta para ocultar otra
c. La falta implica una conducta que recae sobre
   bienes o recursos destinados a actividades de
   utilidad común o la satisfacción de necesidades
   básicas de una colectividad.
d. Ejecuta la falta por motivos de recompensa o
   promesa remuneratoria.
e. La conducta contraria la vida institucional (móviles
   de intolerancia y discriminación)
f. Empleo un medio el cual puede resultar peligroso
g. Falta – ocultamiento, aprovecha circunstancias
h. Terminación unilateral del contrato de aprendizaje
   por el aprendiz
i. Hacer mas nocivas las consecuencias de la
   conducta contraria a la vida institucional
j. Ejecutar la falta con quebrantamiento de los deberes
   sociales.
CRITERIOS PARA CALIFICAR LA
                FALTA
1.   Daños causado (s) y sus efectos
2.   Grado de participación del aprendiz
3.   Antecedentes del aprendiz
4.   Rendimiento del aprendiz en su proceso de
     formación.
5.   Confesión de la falta
6.   Haber procurado, por iniciativa propia
     resarcir el daño causado o compensar el
     perjuicio causado.
7.   Haber devuelto, restituido o reparado el
     bien afectado con la conducta.
8.   Los parámetros de calificación señalados
     en el reglamento.
PROCESO SANCIONATORIO



                                      SERVIDOR
                                       PUBLICO
     QUEJA O                        CONTRATISTA
    INFORME                           APRENDIZ
                                    O CUALQUIER
                                      PERSONA

    FECHA INFORME
                               COORDINADOR ACADEMICO
  DESCRIPCION HECHOS
                                   COORDINADOR DE
  TESTIGOS O PRUEBAS                 FORMACION
DIRECCION DE INFORMANTE         SUBDIRECTOR DEL CENTRO
       O QUEJOSO
1.- Relación de la queja adjuntado copia de
                         la misma y pruebas.
 Coordinador             2.- Identificación del probable autor (es),
  académico              hechos, programa y curso.
                         3.- normas reglamento infringidas.
                         Tipo de falta (académica o disciplinaria)
                         4.- calificación provisional probable de la
                         falta.
 COMUNICACIÓN
                         5. Solicitud de presentación descargos al
    APRENDIZ             comité de evaluación y seguimiento
(3 días hábiles a        (escrita o verbal – derecho a controvertir
la queja)                prueba, aportar o solicitar.
                         6. Lugar y hora sesión comité de
Copia y anexos comité    evaluación y seguimiento (descargos y
de evaluación y          pruebas) dentro de los 10 días hábiles
seguimiento convocando   siguientes al envió de la comunicación
a reunión.
COMITÉ DE EVALUACION Y
          SEGUIMIENTO
1.Instructor programa de formación designado
por el Subdirector del centro.
2.Un funcionario apoyo al bienestar de los
aprendices o quien haga sus veces (capellán,
psicólogo o trabajador social)
3.Coordinador académico del programa de
formación.
4.Aprendiz vocero del grupo o programa de
formación (voz-sin voto)
5.Un aprendiz representante del centro de
formación.
SI ES NECESARIO.
1.Invitados (servidores públicos o integrantes
comunidad educativa (voz-sin voto)
PRINCIPIOS RECTORES
APLICACIÓN SANCION
MEDIDAS FORMATIVAS

1.- Llamado atención verbal

2.- plan de mejoramiento académico

3.- Plan de mejoramiento disciplinario
SANCIONES

 LLAMADO DE ATENCION ESCRITO


CONDICIONAMIENTO DE MATRICULA


  CANCELACION DE MATRICULA
Se oyen al aprendiz
                              QUORUM
                                                              que cometió la falta
                              Verificar quórum
                                                              Aprendices citados
                              para sesionar y
                              decidir

                                                                    PRUEBAS:
                                                             Practican pruebas que
REUNION COMITÉ                                                considere el comité o
DE EVALUACION Y                                                solicite el aprendiz
 SEGUIMIENTO                                                 investigado y que sean
                                                                  conducentes



        ACTUADO.                                                         Aprendiz       puede:
  Comité             dejara                  Las pruebas se realizan     1.Controvertir     las
 Constancia acta firmada                     en la misma sesión o        pruebas.
 por     los     asistentes                  fecha posterior menor       2.- Estar presente en
                                             a un mes, salvo que su      la practica
 incluido el aprendiz
                                             numero se justifique        3.- contrainterrogar
                                                                         testimonios
•Descargos.
                             •Pruebas
                             •Existencia conducta
                             •Si constituye falta
Valoración    del            •Probable autor
Comité evaluación            •Grado de responsabilidad
y seguimiento                •Grado calificación falta: leve,
                             grave , gravísima.
                             •Recomendación :Amerita o no
                             sanción.




                                       expediente
                                   subdirector centro
                                (2 días hábiles siguientes
                                      a la reunión.)


              NO ASISTE EL INVESTIGADO
Subdirector del centro

                                                                    5 días hábiles
Puede solicitar al
aprendiz dentro de los
2      días    hábiles                                                  Expide el acto
siguientes que amplié
expediente o pruebas                                                     académico
adicionales                                                               motivado


         a)    Relación de los hechos.
         b)   Relación de descargos aprendiz
         c)   Relación pruebas
         d)   Análisis sobre la existencia del hecho
         e)   Normas del reglamento que se infringieron (art. 4, 5)
         f)   Identificación autor
         g)   Grado de responsabilidad del autor
         h)   Calificación definitiva falta (académica o disciplinaria)
         i)   Recomendación del comité de evaluación y seguimiento
         j)   Razones de la decisión a adoptar
         k)   Sanción que se impone
         l)    si es llamado de atención escrito o condicionamiento de matricula se le indicara al
              instructor o el coordinador académico que elaboren el plan de mejoramiento
              (académico o disciplinario) seguimiento y evaluación.
         m)   Recurso (reposición) (ANTE QUIEN, PLAZO Y FORMA.
NOTIFICACION AL APRENDIZ DEL ACTO
                          ACADEMICO



      PERSONAL
   (Copia decisión)
citación a su sitio de                                EDICTO
 formación , correo                           Fija en la cartelera del
      electrónico                           centro de formación por
     registrado o                              10 días hábiles y se
dirección residencia                         incluye parte resolutiva
  se presente 5 días                           del acto académico
  hábiles siguientes
   para notificarse .
ANTE QUIEN : Al Subdirector del centro


              Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
              notificación (personal) o desfijación edicto, con
              sus fundamentos. (art. 76 C.C.A) Ley 1437/11


              QUIEN: Aprendiz.

  RECURSO     COMO: Escrito con los requisitos art. 77 C.C.A –
 REPOSICION   ley 1437 de 2011-
CONTRA ACTO
 ACADEMICO    Lo resuelve el Subdirector del centro dentro
              del término señalado en el código contencioso
              administrativo ver art. 79 y 80 C.C.A- ley 1437
              de 2011.
               No se puede agravar la sanción impuesta y se
               notifica (personal o edicto)

                se aplica la sanción cuando este en firme el
                               acto académico
NOTIFICACION AL APRENDIZ DEL ACTO
                          ACADEMICO



      PERSONAL
   (Copia decisión)
citación a su sitio de                                EDICTO
 formación , correo                           Fija en la cartelera del
      electrónico                           centro de formación por
     registrado o                              10 días hábiles y se
dirección residencia                         incluye parte resolutiva
                                               del acto académico
Recuerde Consultar el Acuerdo 0007 de 2012.


       GRACIAS POR SU ATENCIÓN.

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Reglamento aprendiz presentacion acuerdo 0007 de 2012

  • 1.
  • 2. NORMATIVIDAD EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SENA, A TRAVÉS DEL ACUERDO 00007 DEL 30 DE ABRIL DE 2012 ADOPTO EL REGLAMENTO DEL APRENDIZ, EL CUAL FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL 48.419 DEL 03 DE MAYO DE 2012 Y DEROGO EN SU INTEGRIDAD EL ACUERDO 15 DE 2009.
  • 3. • Consolidación de modificaciones remitidos a la Oficina Jurídica 2010. FASE I • Febrero – Marzo 2010. • Videoconferencia y socialización del reglamento del aprendiz y compromiso FASE II nacional para actualizar el reglamento de Julio 8 de 2010. • Redacción preliminar y remisión a las Direcciones. Julio – Agosto 2011. FASE III • Vinculación de profesionales de bienestar para realizar los ajustes al FASE IV reglamento a través de plataforma Blackboard. Noviembre- Diciembre 2011. • Revisión del documento con los equipos de la Dirección de Formación Enero- FASE FINAL Febrero de 2012.
  • 4. Aprendices representantes de Encuentro Nacional de cada Centro de Formación. Representantes (mesas de trabajo) (Elegidos por voto , promueven la 120 aprendices. comunicación con el subdirector y mejoramiento institucional) Propuestas de los profesionales de Profesionales de Bienestar al bienestar 117 profesionales líderes Comunidad SENA Aprendiz. de todo el país. Comunicaciones radicadas a través de Sindicato onbase (julio- agosto 2010) Grupos de la Dirección de Formación. Dirección General Relaciones Corporativas (Contrato de aprendizaje) y Dirección Jurídica
  • 5. QUIEN ES APRENDIZ SENA Toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: titulada o complementaria desde las diferentes modalidades: PRESENCIAL- VIRTUAL O COMBINADA.
  • 6. CAPITULO I • Principio generales. CAPITULO II • Derechos del aprendiz SENA –Estímulos e incentivos. CAPITULO III • Deberes del aprendiz SENA. CAPITULO IV • Prohibiciones. CAPITULO V • Desarrollo de la etapa productiva. • Alternativas para el desarrollo de la etapa productiva. • Registro de la etapa productiva. • Seguimiento de la etapa productiva.
  • 7. CAPITULO VI • Gestión Académico Administrativa. • Registro académico. • Certificación. • Expedición de certificados y de constancias académicas. • Expedición de duplicados • Legalización de documentos académicos SENA para apostille. • Traslado. • Aplazamiento. • Reingreso. • Retiro voluntario. CAPITULO VII • Proceso de formación, incumplimiento y deserción. • Participación y cumplimiento. • Incumplimiento justificado. • Revisión de los resultados de evaluación • Deserción.
  • 8. Ingrese el área de trabajo CAPITULO VII • Faltas académicas y disciplinarias. • Faltas académicas. • Faltas disciplinarias. • Calificación de las faltas. • Criterios para calificar la falta. CAPITULO IX • Medidas formativas y sanciones. • Medidas formativas. • Llamado de atención verbal. • Plan de mejoramiento académico. • Plan de mejoramiento disciplinario. • Sanciones: Llamado de atención escrito, condicionamiento de la matrícula, cancelación de la matrícula. • Principios rectores para la aplicación de sanciones.
  • 9. CAPITULO X • Procedimiento para la aplicación de sanciones. • Reuniones comité de evaluación y seguimiento. • Comunicación al Aprendiz. • Sesión del comité de evaluación y seguimiento. • Acto sancionatorio. • Recurso. CAPITULO XI • De la representación de los aprendices. • Calidades del representante de centro. • Número de representantes y periodo. • Requisitos y condiciones para ser elegido representante.. • Responsabilidades del representante. • Procedimiento para elegir representante. • Revocatoria de la designación.
  • 10. CAPITULO XII • De la representatividad de los voceros de programa. • Aprendices voceros de programa. • Requisitos y condiciones para ser voceros de programa. • Responsabilidades de los voceros de programa. • Elección de los voceros de programa.
  • 11. Ingrese el área de trabajo Es responsabilidad directa del Aprendiz Cuando el Aprendiz opta alternativa gestionar a través del Líder de Contrato de diferente al contrato de aprendizaje, ésta Aprendizaje y/o coordinador de formación debe ser aprobada previamente por el profesional a más tardar dentro de los dos Coordinador Académico y deberá meses siguientes a su ingreso a la registrarse inmediata y directamente en el formación, la modalidad de practica que sistema para la gestión de la formación. seleccione para desarrollar su etapa productiva. El Aprendiz es responsable de actualizar permanentemente los datos que registre en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices, verificar que correspondan a los registrados en el sistema para la gestión de la formación y consultar periódicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje que reportan los empresarios.
  • 12. CERTIFICACIÓN TRASLADO RETIRO VOLUNTARIO • El Instructor es responsable • Solicitud formal que el • Solicitud formal que el directo de registrar Aprendiz eleva a través de Aprendiz eleva a través de oportunamente la información oficio radicado y registra en el oficio radicado y registra en el académica del aprendiz. sistema de gestión de sistema de gestión de formación cuando requiere formación para retirarse • El Coordinador Académico del cambio de jornada, de Centro definitivamente del programa Centro, de controlar el registro de Formación, en el mismo de formación. y la consolidación de la programa, o en otro que información de los resultados corresponda a la misma red o • El retiro del programa en de la evaluación y situaciones línea tecnológica. formación titulada le genera al académicas que garantice la Aprendiz una inhabilidad por oportuna certificación. • Debe haber adelantado como el término de seis (6) meses mínimo el primer trimestre del contados a partir de la proceso de formación del solicitud formal y registro de la programa, y supeditado a la misma en el sistema, para disponibilidad de cupo. acceder a otro programa de formación titulada. • El Aprendiz sancionado con condicionamiento de matrícula, no se le autorizará traslado ni aplazamiento del proceso de formación.
  • 13. APLAZAMIENTO REINGRESO • Solicitud formal que el Aprendiz eleva a • Solicitud formal que el Aprendiz eleva a través de oficio radicado y registra en el través de oficio radicado y registra en el sistema de gestión de formación para sistema de gestión de formación para desvincularse temporalmente del reanudar su proceso de formación en el programa de formación por incapacidad programa donde solicitó aplazamiento y médica, licencia de maternidad, servicio la fecha límite será la indicada en el acto militar, problemas de seguridad o administrativo respectivo. calamidad doméstica, debidamente demostrada con los respectivos soportes • El reingreso está supeditado a que el legales. programa se encuentre en ejecución y a la disponibilidad de cupo. • El aplazamiento será autorizado por el Comité de Evaluación y Seguimiento del • De no existir cupo en el programa en el centro a través de acto administrativo, cual solicitó aplazamiento, el reingreso por un tiempo máximo de seis (6) meses podrá efectuarse cuando exista calendario continuos o discontinuos, de disponibilidad, en todo caso se informará acuerdo con el tiempo de duración del por escrito al Aprendiz la fecha de programa, contados a partir de su reintegro o la imposibilidad del mismo. notificación o respectiva respuesta a la solicitud.
  • 14. ROL APRENDIZ ROL SUBDIRECTOR ROL COORDINADOR ROL INSTRUCTOR
  • 15. APRENDIZ SUBDIRECTOR • Informa y hace la solicitud por escrito, al • Designa al Instructor o Coordinador académico, para Coordinación Académico y registra en el sistema de participar en la definición de los planes de gestión de la formación oportunamente las mejoramiento Académico o Disciplinario, con el fin solicitudes o novedades de TRASLADOS, de evaluar el avance y el logro de los resultados APLAZAMIENTO, RETIRO VOLUNTARIO Y REINGRESO definidos en estos planes de mejoramiento • Gestionar a más tardar dentro de los (2) dos meses • Tener en cuenta cada una de las motivaciones y siguientes a su ingreso, la modalidad de practica que fundamentos de la recomendación que el Comité seleccione para desarrollar su etapa productiva. exprese. Una vez tenga la suficiente ilustración respecto a los hechos motivo de investigación, • Cuando existen dificultades en el logro de los procederá a expedir el acto académico resultados de aprendizaje, el aprendiz tendrá correspondiente, el cual deberá ser motivado en derecho a un Plan de Mejoramiento académico que todos los casos dentro de los cinco (5) días hábiles es un documento que consigna nuevas acciones de siguientes. aprendizaje concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que se • Contra el acto académico expedido por el formula durante la ejecución del programa de Subdirector de Centro procederá el recurso de formación para garantizar el logro de los resultados reposición, que debe ser resuelto dentro de los de aprendizaje, el cual debe ejecutarse dentro del quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que término de un (1) mes contado a partir de la haya sido interpuesto. concertación del mismo con el Aprendiz
  • 16. COORDINADOR ACADEMICO INSTRUCTOR • Si es designado para participar en la definición de • El instructor debe analizar el avance del proceso los planes de mejoramiento Académico o de aprendizaje, identificando con el aprendiz sus Disciplinario, debe realizar el seguimiento y logros y dificultades, retroalimentando de evaluación al avance y el logro de los resultados manera permanente y ajustando las estrategias definidos en estos planes de mejoramiento desarrolladas, en los casos que se requiera. • En caso que el aprendiz no logre el resultado de • Llevar a cabo el seguimiento a las novedades que aprendizaje, el instructor debe programar y presentan los aprendices durante el proceso de realizar actividades pedagógicas formación como son: TRASLADOS, RETIROS, complementarias. APLAZAMIENTOS, ETC., y llevarlos al Comité de • Debe atender las reclamaciones que realice un Evaluación y Seguimiento del Centro , para su aprendiz cuando este en desacuerdo con los respectiva autorización resultados de aprendizaje, de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento • Remitir a los aprendices a través de • Debe registrar la asistencia de los aprendices y comunicación escrita, cualquier requerimiento los juicios evaluativos oportunamente que sea necesario , durante el proceso de • Si es designado para participar en la definición de formación o aquellos que han desertado al los planes de mejoramiento Académico o proceso de acuerdo a lo estipulado en el Disciplinario, debe realizar el seguimiento y Reglamento. evaluación al avance y el logro de los resultados definidos en estos planes de mejoramiento
  • 17. Ingrese el área de trabajo REGLAMENTO DEL APRENDIZ PROCESO SANCIONATORIO
  • 18. NORMATIVIDAD EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SENA, A TRAVÉS DEL ACUERDO 00007 DEL 30 DE ABRIL DE 2012 ADOPTO EL REGLAMENTO DEL APRENDIZ, EL CUAL FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL 48.419 DEL 03 DE MAYO DE 2012 Y DEROGO EN SU INTEGRIDAD EL ACUERDO 15 DE 2009.
  • 19. QUIEN ES APRENDIZ SENA Toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: titulada o complementaria desde las diferentes modalidades: PRESENCIAL- VIRTUAL O COMBINADA.
  • 20. DESERCION EN EL PROCESO DE FORMACION A. Cuando el aprendiz INJUSTIFICADAMENTE No se presente por TRES (3) días CONSECUTIVOS al centro de formación o a la empresa donde realiza su proceso formativo. B. Cuando se TERMINA EL PERIODO DE APLAZAMIENTO aprobado por el SENA y el aprendiz no reingresa al programa de formación. C. Cuando han pasado dos (2) años contados a partir de la fecha de terminación de la etapa lectiva y el aprendiz no presenta evidencias de la etapa productiva.
  • 21. PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR LA DESERCION Aprendiz coordinador (5 DIAS Comunicación académico requiriéndolo HABILES) APORTAR:  EVIDENCIAS  SOPORTES
  • 22. • EXPIDE EL ACTO ACADEMICO DECLARANDO LA DESERCION EN EL SUBDIRECTOR PROCESO DE FORMACION Y ORDENA CENTRO LA CANCELACION DE MATRICULA, Y DEBE NOTIFICAR AL APRENDIZ • PUEDE INTERPONER RECURSO DE REPOSICION ANTE EL SUBDIRECTOR APRENDIZ DEL CENTRO
  • 23. Ingrese el área de trabajo FIRME EL ACTO ACADEMICO REGISTRA LA NOVEDAD FORMACION EN EL SISTEMA DE COMPLEMENTARIA GESTION VIRTUAL 100% EL ACADEMICA INSTRUCTOR –.
  • 24. FALTAS QUE AFECTAN EL PROCESO DE APRENDIZAJE Y CONVIVENCIA Son ACCIONES U OMISIONES que alteran el desarrollo de la formación, convivencia comunidad educativa, desempeño académico del aprendiz o compañeros – Requieren medida sancionatoria y/o formativa
  • 25. CLASIFICACION FALTAS compromiso del aprendiz en la apropiación de ACADEMICA conocimiento, desarrollo habilidades y desempeño. • Se configura : El aprendiz con su ACTUAR u OMISION en una PROHIBICION, incumple un deber o extralimita en el ejercicio de un derecho de índole académico. DISCIPLINARIA Factores comportamentales del aprendiz • Se configura: El aprendiz con su ACTUAR u OMISION en una de las PROHIBICIONES, incumple un deber o se extralimita en el ejercicio de sus derechos de carácter comportamental.
  • 26. Ingrese el área de trabajo LEVES CALIFICACION GRAVES FALTA GRAVISIMAS
  • 27. ¿CÓMO SE CALIFICA LAS FALTAS? Depende de las circunstancias en que se haya realizado teniendo en cuenta los derechos, deberes y prohibiciones. No obstante genera mayor grado de clasificación provisional cuando:
  • 28. a. Reincide en la comisión de las faltas b. Comete la falta para ocultar otra c. La falta implica una conducta que recae sobre bienes o recursos destinados a actividades de utilidad común o la satisfacción de necesidades básicas de una colectividad. d. Ejecuta la falta por motivos de recompensa o promesa remuneratoria. e. La conducta contraria la vida institucional (móviles de intolerancia y discriminación) f. Empleo un medio el cual puede resultar peligroso g. Falta – ocultamiento, aprovecha circunstancias h. Terminación unilateral del contrato de aprendizaje por el aprendiz i. Hacer mas nocivas las consecuencias de la conducta contraria a la vida institucional j. Ejecutar la falta con quebrantamiento de los deberes sociales.
  • 29. CRITERIOS PARA CALIFICAR LA FALTA 1. Daños causado (s) y sus efectos 2. Grado de participación del aprendiz 3. Antecedentes del aprendiz 4. Rendimiento del aprendiz en su proceso de formación. 5. Confesión de la falta 6. Haber procurado, por iniciativa propia resarcir el daño causado o compensar el perjuicio causado. 7. Haber devuelto, restituido o reparado el bien afectado con la conducta. 8. Los parámetros de calificación señalados en el reglamento.
  • 30. PROCESO SANCIONATORIO SERVIDOR PUBLICO QUEJA O CONTRATISTA INFORME APRENDIZ O CUALQUIER PERSONA FECHA INFORME COORDINADOR ACADEMICO DESCRIPCION HECHOS COORDINADOR DE TESTIGOS O PRUEBAS FORMACION DIRECCION DE INFORMANTE SUBDIRECTOR DEL CENTRO O QUEJOSO
  • 31. 1.- Relación de la queja adjuntado copia de la misma y pruebas. Coordinador 2.- Identificación del probable autor (es), académico hechos, programa y curso. 3.- normas reglamento infringidas. Tipo de falta (académica o disciplinaria) 4.- calificación provisional probable de la falta. COMUNICACIÓN 5. Solicitud de presentación descargos al APRENDIZ comité de evaluación y seguimiento (3 días hábiles a (escrita o verbal – derecho a controvertir la queja) prueba, aportar o solicitar. 6. Lugar y hora sesión comité de Copia y anexos comité evaluación y seguimiento (descargos y de evaluación y pruebas) dentro de los 10 días hábiles seguimiento convocando siguientes al envió de la comunicación a reunión.
  • 32. COMITÉ DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO 1.Instructor programa de formación designado por el Subdirector del centro. 2.Un funcionario apoyo al bienestar de los aprendices o quien haga sus veces (capellán, psicólogo o trabajador social) 3.Coordinador académico del programa de formación. 4.Aprendiz vocero del grupo o programa de formación (voz-sin voto) 5.Un aprendiz representante del centro de formación. SI ES NECESARIO. 1.Invitados (servidores públicos o integrantes comunidad educativa (voz-sin voto)
  • 34. MEDIDAS FORMATIVAS 1.- Llamado atención verbal 2.- plan de mejoramiento académico 3.- Plan de mejoramiento disciplinario
  • 35. SANCIONES LLAMADO DE ATENCION ESCRITO CONDICIONAMIENTO DE MATRICULA CANCELACION DE MATRICULA
  • 36. Se oyen al aprendiz QUORUM que cometió la falta Verificar quórum Aprendices citados para sesionar y decidir PRUEBAS: Practican pruebas que REUNION COMITÉ considere el comité o DE EVALUACION Y solicite el aprendiz SEGUIMIENTO investigado y que sean conducentes ACTUADO. Aprendiz puede: Comité dejara Las pruebas se realizan 1.Controvertir las Constancia acta firmada en la misma sesión o pruebas. por los asistentes fecha posterior menor 2.- Estar presente en a un mes, salvo que su la practica incluido el aprendiz numero se justifique 3.- contrainterrogar testimonios
  • 37. •Descargos. •Pruebas •Existencia conducta •Si constituye falta Valoración del •Probable autor Comité evaluación •Grado de responsabilidad y seguimiento •Grado calificación falta: leve, grave , gravísima. •Recomendación :Amerita o no sanción. expediente subdirector centro (2 días hábiles siguientes a la reunión.) NO ASISTE EL INVESTIGADO
  • 38. Subdirector del centro 5 días hábiles Puede solicitar al aprendiz dentro de los 2 días hábiles Expide el acto siguientes que amplié expediente o pruebas académico adicionales motivado a) Relación de los hechos. b) Relación de descargos aprendiz c) Relación pruebas d) Análisis sobre la existencia del hecho e) Normas del reglamento que se infringieron (art. 4, 5) f) Identificación autor g) Grado de responsabilidad del autor h) Calificación definitiva falta (académica o disciplinaria) i) Recomendación del comité de evaluación y seguimiento j) Razones de la decisión a adoptar k) Sanción que se impone l) si es llamado de atención escrito o condicionamiento de matricula se le indicara al instructor o el coordinador académico que elaboren el plan de mejoramiento (académico o disciplinario) seguimiento y evaluación. m) Recurso (reposición) (ANTE QUIEN, PLAZO Y FORMA.
  • 39. NOTIFICACION AL APRENDIZ DEL ACTO ACADEMICO PERSONAL (Copia decisión) citación a su sitio de EDICTO formación , correo Fija en la cartelera del electrónico centro de formación por registrado o 10 días hábiles y se dirección residencia incluye parte resolutiva se presente 5 días del acto académico hábiles siguientes para notificarse .
  • 40. ANTE QUIEN : Al Subdirector del centro Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación (personal) o desfijación edicto, con sus fundamentos. (art. 76 C.C.A) Ley 1437/11 QUIEN: Aprendiz. RECURSO COMO: Escrito con los requisitos art. 77 C.C.A – REPOSICION ley 1437 de 2011- CONTRA ACTO ACADEMICO Lo resuelve el Subdirector del centro dentro del término señalado en el código contencioso administrativo ver art. 79 y 80 C.C.A- ley 1437 de 2011. No se puede agravar la sanción impuesta y se notifica (personal o edicto) se aplica la sanción cuando este en firme el acto académico
  • 41. NOTIFICACION AL APRENDIZ DEL ACTO ACADEMICO PERSONAL (Copia decisión) citación a su sitio de EDICTO formación , correo Fija en la cartelera del electrónico centro de formación por registrado o 10 días hábiles y se dirección residencia incluye parte resolutiva del acto académico
  • 42. Recuerde Consultar el Acuerdo 0007 de 2012. GRACIAS POR SU ATENCIÓN.