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Estación 3: Mis deberes y derechos como
aprendiz SENA
CASO No. 1:
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad
virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha
solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y
para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le
solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a
la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carné s son para los
aprendices de la modalidad presencial.
ANÁLISIS DEL CASO:
1. La respuesta que yo le brindaría a Federico es que coincido plenamente con él en cuanto a
que él haya solicitado previamente un documento que lo acredite como aprendiz activo del
SENA, especialmente por las actividades que se deban a llevar a cabo al exterior del espacio
virtual. Reflexionando sobre el reglamento, yo me ajustaría al Artículo 7 de la sección
"Derechos del aprendiz" haciendo énfasis en que no se le puede negar al estudiante la
documentación necesaria que le permita desenvolverse eficazmente dentro de su proceso de
aprendizaje.
Caso número 4
CASO No. 4:
El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones que se
han presentado con algunos aprendices.
Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que
formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente,
pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices las medidas
formativas correspondientes.
Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se
va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea
que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias.
NORMATIVIDAD:
Las medidas formativas son aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA cuando se
trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar
los deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia, o
con el fin de generar cambios en el desempeño académico o en el comportamiento disciplinario
del Aprendiz.
Son medidas formativas:
 Llamado de atención verbal
 Plan de Mejoramiento académico
 Plan de mejoramiento disciplinario
Las sanciones son las medidas adoptadas por el SENA ante una falta académica o disciplinaria;
tienen cobertura nacional en la Institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la
formación. La sanción que se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la
falta.
Estas sanciones deben ser registradas en el sistema de gestión de la formación y en caso de que
el Aprendiz tenga contrato de aprendizaje, debe adicionalmente registrarse en el Sistema de
Gestión Virtual de Aprendices e informársele a la respectiva empresa.
Las sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:
 Llamado de atención escrito:
Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el
Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida,
como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o
disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican compromisos
escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.
 Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al
Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del
procedimiento establecido en este Reglamento. El condicionamiento de matrícula cesa cuando
el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento concertado y /o compromisos escritos.
ESTIMULOS O INCENTIVOS:
ARTÍCULO 8°. Estímulos e incentivos. Son beneficios y distinciones que se otorgan a los
aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros
sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o
profesional.
Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los
Aprendices y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los
aprendices, entre ellos están:
a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso
de aprendizaje.
b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.
c. Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el
programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.
d. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar
ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.
e. Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han
destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del
aprendiz y empresa patrocinadora.
Por la representación y participación destacada en eventos de aprendizaje, tecnológicos,
culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento,
incentivo o distinción.

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  • 1. Estación 3: Mis deberes y derechos como aprendiz SENA CASO No. 1: Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma. Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA. Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carné s son para los aprendices de la modalidad presencial. ANÁLISIS DEL CASO: 1. La respuesta que yo le brindaría a Federico es que coincido plenamente con él en cuanto a que él haya solicitado previamente un documento que lo acredite como aprendiz activo del SENA, especialmente por las actividades que se deban a llevar a cabo al exterior del espacio virtual. Reflexionando sobre el reglamento, yo me ajustaría al Artículo 7 de la sección "Derechos del aprendiz" haciendo énfasis en que no se le puede negar al estudiante la documentación necesaria que le permita desenvolverse eficazmente dentro de su proceso de aprendizaje. Caso número 4 CASO No. 4:
  • 2. El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones que se han presentado con algunos aprendices. Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices las medidas formativas correspondientes. Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias. NORMATIVIDAD: Las medidas formativas son aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en el desempeño académico o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz. Son medidas formativas:  Llamado de atención verbal  Plan de Mejoramiento académico  Plan de mejoramiento disciplinario Las sanciones son las medidas adoptadas por el SENA ante una falta académica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en la Institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación. La sanción que se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la falta. Estas sanciones deben ser registradas en el sistema de gestión de la formación y en caso de que el Aprendiz tenga contrato de aprendizaje, debe adicionalmente registrarse en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices e informársele a la respectiva empresa. Las sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:  Llamado de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.  Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este Reglamento. El condicionamiento de matrícula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento concertado y /o compromisos escritos.
  • 3. ESTIMULOS O INCENTIVOS: ARTÍCULO 8°. Estímulos e incentivos. Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional. Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los aprendices, entre ellos están: a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje. b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional. c. Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte. d. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea. e. Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del aprendiz y empresa patrocinadora. Por la representación y participación destacada en eventos de aprendizaje, tecnológicos, culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento, incentivo o distinción.