2. INTRODUCCIÓN A LA PSICOLOGÍA JURÍDICA.
Emilio Mira y López (1932): Manual de Psicología jurídica.
Helio Carpintero (1994).
Historia del crimen: Abraham; Daniel; Moisés…
DESARROLLO Y ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA
PSICOLOGÍA JURÍDICA:
La conducta delictiva es función de la
ignorancia de los pueblos.
El delito era producto del
medio ambiente; en
concreto de la miseria.
3. Relacionó el delito con las facultades del alma y la
configuración corporal.
La personas estaban predispuestas,
unas hacia el mal y otros hacia el
bien.
CÉSAR LOMBROSO (1876)
TEORÍA
DEL DELINCUENTE
NATO
4. CONCEPCIONES DE
LOMBROSO
TESIS DE LA LOCURA
MORAL
_ Ausencia de sentimientos,
insensible moral; comete los
crímenes más horrendos
(Trastorno de personalidad
antisocial)
TEORÍA PATOLÓGICA O
DEGENERATIVA
- Epiléptico; actúa como salvaje,
furia, gimiendo.
5. Estigmas anatómicos: pómulos
y mandíbulas amplios, fosas
orbitales grandes, anomalías
dentarias, estrabismo, cabello
risado y lanoso, otros.
Estigmas físico psicológicos:
Insensible al dolor,
tartamudez, pereza,
impulsividad, ausencia de
remordimientos.
6. SIGLO XIII.- EL DELITO
ERA PRODUCIDO POR
FACTORES
ECONÓMICOS, POR LA
GUERRA, POR LA
OCIOCIDAD, POR EL
AMBIENTE SOCIAL Y POR
LOS ERRORES EN LA
EDUCACIÓN.
7. KARL MARBE (1892).- Discípulo de WUNDTH, se interesó por
el problema de la FIABILIDAD del testimonio en los juicios.
CATELL (1893).- Investigó sobre la psicología del testimonio.
PSIC. ALBERT VON SCHRENCK (1896).- Testificó en un juicio
por asesinato y alegó lo fácil que es sugestionar a los testigos
y cómo la memoria manifiesta muchos errores.
WILLIAM STERN (1901).- Investigó sobre la exactitud o
inexactitud de la memoria. Periodo de tiempo transcurrido
entre ser testigo de un hecho y el momento del recuerdo.
Concluyó que la memoria es muy frágil. Propulsor de la
Psicología del testimonio.
CLAPAREDE (1908).- Fue el primero en hablar de psicología
legal; equivalente a Psicología jurídica.
HUGO MÜNSTERBERG (1908).- Publicó el primer libro sobre:
“Análisis científico del testigo”.
8. EN ROMA (1903).- Se crea un curso obligatorio sobre psicología
destinada a los Policías.
ALFRED BINET (1916) – SIGMUND FREUD.- Investigaron si un testigo
ofrecía una declaración veraz o si estaba engañando. Un testigo
puede no ser exacto en su testimonio, pero, puede ser veraz.
PSIC. WILLIAM MARSTON (1917).- Utilizó procedimiento
psicofisiológicos a fin de determinar la veracidad del testimonio.
Encontró que la presión arterial sistólica tenía correlación con la
mentira. Este descubrimiento dio lugar al diseño del actual
POLIGRAFO.
EMILIO MIRA Y LÓPEZ (1932).- En España escribió el “Manual de
psicología jurídica”.
FRANK GELDARD (1963).- Investigó aspectos de la Motivación
antisocial y de la Criminalidad.
MUÑOZ SABATÉ; BAYÉS Y MUNNE (1980).- En España publicó su
obra: “Introducción a la psicología jurídica”.
9. JORGE SOBRAL; ARCE Y PRIETO (1994).- España:
Publican “Manual de Psicología jurídica”.
MIGUEL CLEMENTE DIAZ (1997).- España:
“Fundamentos de la Psicología jurídica”.
Publica
PSIC. HUMBERTO HIDALGO JIMENEZ (1994).- Perú:
Publica “Psicología forense: Raíces psicológicas del
delito”.
ALEJANDRO SOLIS ESPINOZA (2007).- Perú: Publica
“Psicología jurídica”.
PSIC. SILVIA ROJAS REGALADO (2009).- Perú: Publica
“Manual de Psicología forense”.
AÑO 2001: La APA reconoció oficialmente la Psicología
forense como una especialidad dentro de la psicología.
10. DEFINICIONES
BAYES MUÑOZ SABATÉ Y MUNNE (1980): “…Una rama de la
Psicología que busca aplicar los métodos y los resultados de la psicología pura a
la práctica del derecho, con estricta fidelidad al derecho positivo”.
ELLISON Y BUCKHOUT (1981): Psicología y Ley comparten un mismo
punto de vista: Los dos se preocupan por comprender, predecir y regular la
conducta humana.
MIGUEL CLEMENTE (1994): Estudio del comportamiento de las
personas y de los grupos en cuanto tienen la necesidad de desenvolverse en
ambientes regulados jurídicamente, así como de la evolución de dichas
regulaciones jurídicas o leyes en cuanto que los grupos sociales se desenvuelven
en ellas”.
EUGENIO GARRIDO (2008): Trata de los supuestos psicológicos en que
se fundamentan las leyes y quienes la aplican, bien sean juristas, psicólogos, con
el fin de explicar, predecir e intervenir”.
11. SORIA (1998): Lo fundamental es conocer los
comportamientos que determinan la ley. La
Psicología se centra en la interacción del sujeto
y las leyes, atienden a discernir las causas que
explican su conducta en el caso de las víctimas,
testigos, jueces, acusados, policías…
COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS (ESPAÑA):
“Un
área
de
trabajo
e
investigación
especializada cuyo objeto es el estudio del
comportamiento de los actores jurídicos en el
ámbito del derecho, la ley y la justicia.
12. A) LA PSICOLOGÍA FORENSE.- Aplica sus conocimientos y
hallazgos en la toma de decisiones de la Sala judicial.
B) LA PSICOLOGÍA JUDICIAL.- Estudia los factores
extrajudiciales que influyen en las decisiones de los órganos
judiciales.
C) LA PSICOLOGÍA PENITENCIARIA .
D) LA PSICOLOGÍA CRIMINAL DE LA PREVENCIÓN
DEL DELITO.- Los procesos psicosociales influyen en la
génesis, desarrollo y mantenimiento de la conducta criminal;
así como las técnicas dirigidas a su control previo o detección.
E) LA PSICOLOGÍA DE LA VICTIMIZACIÓN
CRIMINAL.- Efectos provocados por un hecho criminal en la
víctima, el tratamiento a ser aplicado y acciones de prevención.
13. F) LA PSICOLOGÍA POLICIAL.
G) LA PSICOLOGÍA MILITAR.
H) RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
I) CENTROS CORRECCIONALES.
14. FUNCIONES DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA
1) EL DERECHO
REGULA LA VIDA
SOCIAL, BASÁNDOSE
EN EL “SENTIDO
COMÚN”.
2) LA PSICOLOGÍA
JURÍDICA SE BASA EN
SUS CONOCIMIENTOS
PSICOLÓGICOS QUE LA
PROVEEN; SIGUE UN
MÉTODO CIENTÍFICO
15. AYUDA AL SISTEMA DE
JUSTICIA EN LA
DETERMINACIÓN DE LA
VERDAD DE LOS HECHOS.
DA INFORMACIÓN SOBRE
EL POSIBLE FUTURO
COMPORTAMIENTO DEL
SUJETO.
CONTRIBUYE AL
FUNCIONAMIENTO
ADECUADO DE LAS
ORGANIZACIONES
JURÍDICAS.
16. 5) Diagnostica la existencia o 6) REHABILITAR AL
INTERNO A SU MEDIO
no de características
SOCIO FAMILIAR.
importantes para el sistema
jurídico.
17.
18. EL ROL JURÍDICO DEL PSICÓLOGO
1. TESTIGO CUALIFICADO.- TIENE CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA,
POR ELLO SE LE LLAMA AL PROCESO JUDICIAL PARA QUE
REFIERA TODO LO CONOCIDO.
2. PERITO.- EMITE UN DICTAMEN DE ACUERDO A UN MINUCIOSO
EXAMEN, QUE SON EXTERIORIZADOS A TRAVÉS DE UN INFORME A
LOS PUNTOS LITIGIOSOS. ES NOMBRADO FORMALMENTE POR EL
JUEZ.
3. ASESOR.- PSICÓLOGO ASESORA A UNA DE LAS PARTES O AL JUEZ
A FIN DE AYUDAR EN EL PROCESO DECISIONAL DEL VEREDICTO.