3. CRIMINOLOGÌA
POSITIVISTA
INTRODUCCIÓN
La Historia de la Criminología nos muestra que esta ha venido evolucionando
y ha tenido una serie de cambios sobre la concepción que se tenía en cada
momento histórico sobre el delito y la conducta del delincuente, fue así
como se vivió la etapa de la Criminología Clásica, la etapa del Revisionismo
Neoclásico y la etapa de la revolución positivista.
En la actualidad, se define la Criminología entre otras como una ciencia
empírica e interdisciplinaria, que se encarga de estudiar el delito, el
delincuente, la víctima y el control social. La función principal que se le
atribuye a la Criminología, según los tratadistas, es la prevención del delito.
4. CONCEPTO
Escuela positiva. Cuerpo orgánico de concepciones que
estudian al delincuente, al delito y su sanción, primero en su
génesis natural, y después en sus efectos jurídicos, para
adaptar jurídicamente a las varias causas que lo producen los
diversos remedios, que por consiguientes serán eficaces.
(Ferri)
“La escuela criminal positiva no consiste únicamente, en el
estudio antropológico del criminal, pues constituye una
renovación completa, un cambio radical de método científico en
el estudio de la patología social criminal, y de los que hay de
más eficaz entre los remedios sociales y jurídicos que nos
ofrece.
5. RESEÑA HISTÓRICA DE LA
CRIMINOLOGÍA POSITIVISTA
La escuela positivista surge en Italia a mediados del siglo XIX
como consecuencia de los estudios que realizó Lombroso y
como respuesta a lo que los mismos positivistas llamaron
"escuela clásica", debido a lo que consideraron un abuso en la
dogmática por haber olvidado, la escuela clásica, el hombre
delincuente. Sus principales representantes fueron Lombroso,
Garófalo y Ferri.
Su misión principal fue la de darle mayor importancia a la
Antropología y a la psiquiatría, lo cual trajo como consecuencia
que se resaltara más el estudio del delincuente que el del
delito, y que se le prestara más atención a la sociedad que al
individuo.
6. LAS PREGUNTAS DE ORO DE LA
CRIMINALISTICA
Métodos
Forenses
¿Quiénes? ¿Cómo? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Con qué? ¿A
quién? LAS DISCIPLINAS QUE LA INTEGRAN
SON:
Fotografía
forense,
Dibujo
forense,
Dactiloscopia, Antropología, forense, Odontología
forense, Balística forense, Química forense,
Medicina legal, Psicología forense, Ingeniería forense,
7. LOS MÁXIMOS EXPONENTES DE LA ESCUELA
POSITIVA
Fundador de la Escuela, el positivista e investigador César Lombroso. Quiso
aplicar el método experimental, al estudio de la demencia, trato de
encontrar las diferencias entre un loco y un delincuente donde encontraría
más similitudes que diferencias y señaló que ambos presentaban una “moral
insana”. En 1870 realizó una necropsia a un famoso bandido llamado “vilella”
y encontró en su cráneo “foseta occipital” media muy rara de hallar en el
hombre. Recogió datos sobres 69 cráneos para estudiar sus mandíbulas y
fosas oculares, así midió el tamaño de estos y el de los cuerpos. Con esto
funda la “ANTROPOLOGIA.
En 1876 publicó su primer obra denominada: “El Hombre Delincuente”,
establece que se podía conocer al delincuente según sus rasgos físicos; crea
así la “CRIMINOLOGÍA Y CRIMINALÍSTICA.
La criminología estudia al delincuente, la víctima, la conducta socialmente
desviada y los controles sociales de sus comportamientos subjetivos. La
criminalística ciencia que se basa en el hecho de que un criminal siempre
deja huellas o pistas en el lugar del crimen y recíprocamente, quedan en su
cuerpo, vestidos, materiales y otros rastros, o indicios ordinariamente
imperceptibles, pero con características de su presencia o de su acción; se
le ha denominado “ EL PEQUEÑO DETALLE”.
8. EZECHIA MARCO LOMBROSO
LA TEORÍA LOMBROSIANA DEL CRIMINAL NATO
Médico, antropólogo y penalista italiano (Verona 1.835 - Turín 1.909).
Fue profesor en las universidades de Pavia 1.862 y Turín (1.896), y
director del hospital psiquiátrico de Pésaro (1.871). Escribió una
obra que marcaría el inicio de unas nuevas teorías sobre la
criminalidad "El hombre delincuente" (1.876) iniciando la rama de la
antropología criminal. Para él, las condiciones independientes de la
voluntad, como la herencia, la influencia de enfermedades
nerviosas,..., tienen un papel principal en la psicología del delincuente.
La teoría Lombrosiana del criminal nato, se resume de la siguiente
forma: Se preocupa por el comportamiento humano sobre todo por el
comportamiento criminal, se decida Lombroso a estudiar en especial
a los criminales de su época. Trató con enfermos mentales y elaboró
una serie de notas de las que extrajo entre otras cuestiones, las
características de distintos tipos de delincuentes, a quienes clasificó
de acuerdo con sus caracteres antropológicos y psicológicos.
9. TIPOLOGÍA LOMBROSIANA
1.EL DELINCUENTE HABITUAL: Es la persona que observa un género de
vida delictiva al extremo de llegar a constituir un tipo permanente de
personalidad criminal.
2. DELINCUENTE LOCO: Es aquel en que el delito es la manifestación o
revelación de una anomalía mental, de su individualidad psíquica anormal.
3. DELINCUENTE LOCO-MORAL: Estado psicopatológico que impide o
perturba la normal valoración de la conducta desde el punto de vista moral,
pero dejando subsistente la capacidad cognoscitiva y volitiva.
4. DELINCUENTE NATO O ATÁVICO: Persona que está determinada a
cometer delitos por causas hereditarias.
5. DELINCUENTE OCASIONAL: Se trata de un delincuente primario,
poco o nada peligroso, generalmente exento de defectos psicológicos, pero
susceptible de convertirse en habituales.
6.DELINCUENTE PASIONAL: Aquel en que el delito prorrumpe
tempestuosamente, como un huracán psíquico, anulando la voluntad e
impidiendo la sana y normal recepción de los acontecimientos.
7. DELINCUENTE PROFESIONAL: Es el que participa regularmente y
como medio normal de vida, en una cultura criminal perfeccionada y dotada
de un cuerpo de aptitudes y conocimientos especializados. Es imputable.
10. ENFOQUE ANTROPOBIOLÓGICO
A partir del método experimental
inductivo que empleaba en hospitales,
Lombroso
establece
que
Los
delincuentes con delitos graves en
común tienen taras genéticas. Como
ser: Protuberancia en la frente.
Pómulos salientes, Ojos achinados,
Protuberancias en el cráneo.
El criminal nace con diferencias del
sujeto “normal”. Es diferente a las
personas
normales
por
causas
genético hereditarias. Rompimiento
de los frenos inhibitorios. Los
individuos determinados para el delito
sobrepasan los frenos inhibitorios que
tienen las personas normales.
11. ENRICO FERRI
SOCIOLOGÍA CRIMINAL
Enrico Ferri nación en San Benedetto Po, 1856-Roma, 1929.
Criminalista y político italiano. Es el máximo representante italiano de la
escuela positivista de derecho penal y está considerado como el creador de
la criminología moderna. Como seguidor del positivismo imperante durante la
segunda mitad del siglo XIX, aceptó por completo las implícitas actitudes
deterministas de tal corriente. Ya en la tesis de su doctorado, La teoría de
la imputabilidad y la negación del libre albedrío, destaca netamente este
aspecto de su formación espiritual y de sus ideas: cree que el delincuente
actúa por causas ajenas a su voluntad y que deben buscarse en la sociedad.
En 1878, un año después de su doctorado, Ferri publicó su tesis en
Florencia, reelaborada y ampliada.
Su misión principal fue la de darle mayor importancia a la antropología y a la
psiquiatría, lo cual trajo como consecuencia que se resaltara más el estudio
del delincuente que el del delito, y que se le prestara más atención a la
sociedad que al individuo.
12. LA TEORÍA DE LA IMPUTABILIDAD DE FERRI
La teoría de la imputabilidad, examinada desde este punto de vista
positivista, forma la segunda parte de su tesis, donde son estudiadas las
causas dirimentes y atenuantes de la misma imputabilidad, como la falta
de discernimiento, la enfermedad mental, el sueño y la embriaguez, el
impulso de los afectos, etc., porque la amenaza legislativa con que la
sociedad apremia para prevenir, y la medida de su defensa, en caso de
que el delito se haya perpetrado, no pueden actuar si no son previstas
por la razón.
Ferri, es el padre de la Sociología criminal, sin duda su más ambiciosa
e influyente obra, en la que resumió en forma orgánica su pensamiento.
Ferri no acepta la teoría de la libertad de la voluntad o libre albedrío,
porque la considera desmentida por la ciencia, que demuestra que todo
se halla ligado al principio de causalidad. Por tanto el hombre, cuya
personalidad está determinada por la herencia psicofísica y por el
ambiente, "obra como siente y no como piensa". Se debe entonces
determinar el derecho de castigar de otro modo de como hacen las
escuelas clásicas.
13. SOCIOLOGÍA CRIMINAL
La sociología criminal no estudia el problema de la criminalidad más
que en uno de sus muchos aspectos. Se ocupa sólo de la relación que
existe entre el autor del delito, como sujeto activo, con la sociedad.
Es una ciencia positivamente de observación, realista. Es decir, que
se resumen el delito, el delincuente y la pena. Ferri, utiliza el
método experimental- inductivo y la Estadística, para fundamentar
su teoría se basa en hechos.
ENRICO FERRI, modifica la doctrina de LOMBROSO, al decir: que si
bien la conducta humana se encuentra determinada por instintos
herederos, también debe tomarse en consideración el empleo de
dichos instintos y ese uso está condicionado por el medio ambiente.
Mejor dicho se enfoca mas al estudio del hombre-delincuente desde
el punto de vista social, es decir, que las causas del delito no se
encuentran en la personalidad del acusado sino en el medio ambiente
en el que este se desarrolla (familia, comunidad, amigos, formas de
convivencia etc.), puesto que en el delito concurren características
sociológicas.
14. FACTORES CRIMINÓGENOS
Explica la etiología del delito por medio de su Teoría de
los Motivos o factores determinantes del delito según
el cual los motivos están en tres factores:
CONSTITUCIÓN ORGANICA DEL CRIMEN:
(somática: Cráneo, vísceras, cerebro).
CONSTITUCÓN PSIQUICA: (Inteligencia,
Sentimiento, Sentido Moral).
CARÁCTER PERSONALES: (Raza, Edad, Sexo, Estado
Civil)
15. Niega el libre albedrío. El hombre no es libre, sus libertades están restringidas al
marco jurídico establecido por el Estado.
Delito. resultado de factores sociales que determinan a traspasar lo jurídicamente
establecido. Ferri asienta el delito en la responsabilidad social y no en la
responsabilidad moral.
Delincuente. Recibe de la sociedad un conjunto de modos de obrar que determina
sus actos futuros.
La clasificación de los delincuentes
de Ferri se ha hecho clásica, y en
realidad fue la adoptada por la
Escuela Positiva
17. • En un medio socialmente determinado con
condiciones individuales y psíquicas dadas, se
comete un número determinado de delitos, ni uno
más, ni uno menos.
Quien delinque, dice Ferri, lo
hace presa de una anormalidad
ya congénita o adquirida.
18. RAFFAELE GARÓFALO
Nació en Nápoles, 18 de noviembre de 1851 - ib., 18 de abril de
1934. Fue un jurista y criminólogo italiano, representante del positivismo
criminológico, llamado en su tiempo la nueva escuela (Nuova Scuola). Fue
profesor en la Universidad de Nápoles y senador. Acuñó, en 1885, el
término criminología, en su obra "Criminología: Estudio sobre el delito,
sobre sus causas y la teoría de la represión".
Sus teorías gravitaban en torno al concepto de "delito natural", que definió
como "la lesión de aquella parte de los sentimientos altruistas
fundamentales de piedad o probidad, en la medida media en que son
poseídos por una comunidad, y que es indispensable para la adaptación del
individuo a la sociedad". Fundamentaba la responsabilidad penal en la
peligrosidad innata del delincuente, al que consideraba una "variedad"
involucionada de la especie humana, incapaz de asimilar los valores de la
sociedad. Defendía, de este modo, que la única forma de evitar el delito era
eliminando los factores externos que dan pie a delinquir, estableciendo una
relación causa-efecto entre circunstancias y criminalidad y dejando al
margen el libre albedrío.
19. LA NOCIÓN DE DELITO
SEGÚN GARÓFALO
Los positivistas también trataron de definir al delito, pero no desde el
punto de vista filosófico-jurídico, como lo hizo Carrara, ni tampoco desde el
punto de vista jurídico, como lo hicieron los dogmáticos, sino desde el punto
de vista natural o sociológico.
Garófalo, elabora su doctrina denominada „teoría del delito natural‟, por la
cual trata de definir a lo que, por naturaleza, era y siempre había sido
delito, a través del tiempo y de los pueblos. O sea: trata de dar un concepto
sobre lo que es delito por naturaleza, trata de definir el „delito natural‟.
Para lograrlo, Garófalo comienza a investigar qué hechos, a través de las
distintas épocas y pueblos, siempre fueron considerados como delitos.
Pero la tarea de Garófalo se enfrentó con una gran dificultad: los hechos
considerados delitos, no fueron los mismos en todos los tiempos, y se da el
caso de que, hechos que hoy son delitos, no lo eran en la antigüedad. Ej.: en
la antigüedad, matar por piedad al padre enfermo, no era considerado
delito, tampoco era lícito matar para cumplir con la venganza
20. TEORÍA DE CRIMINALIDAD
La Teoría de Criminalidad de Garófalo va contra la corriente de la época: la
Escuela positiva y además discrepa con el pensamiento ortodoxo de la
Escuela Clásica.
La Teoría Criminal de Garófalo dice que es fundamental la herencia
endógena psíquica (instintos) ya que la mayoría de los delincuentes tienen
una variación psíquica.
También habla de la anomalía moral, que hace que el delincuente sea un ser
inferior, no un ser normal. Esta anomalía es congénita, no es adquirido.
Garófalo toma el atavismo de Lombroso como una variación psíquica y
endógena.
Fundamentalmente, aunque su criminal también puede tener rasgos atávicos
de características faciales. Considera al delincuente como un anormal
psíquico.
21. TEORÍA DE CRIMINALIDAD
DELINCUENTE
El delincuente es un anormal psíquico.
Es causado por una anomalía moral congénita. El medio tiene
poca influencia sobre el delincuente.
TEORÍA DE LA TEMIBILIDAD
Establece su Teoría de la Temibilidad para sancionar al autor
de un delito. La temibilidad es la perversidad constante y
activa que hay que temer de parte del delincuente.
Arturo Rocco critica esta teoría, dice que la temibilidad no es
característica del autor sino mas bien es repercusión social de
esa característica.
TESIS DE LA PELIGROSIDAD
Mas tarde se abandona esta teoría y se la reemplaza por la
Tesis de la Peligrosidad como base de la responsabilidad
criminal.
22. TEORÍA DE CRIMINALIDAD
Por ejemplo si alguien da un abortivo a una mujer no embarazada, no se
debe sancionar el daño objetivo, en realidad no lo hay, sino la peligrosidad
subjetiva que emana de la personalidad del autor.
PRINCIPIOS, como:
· La Prevención Especial como fin de la pena.
· La Teoría de la Defensa Social como base del derecho de castigar.
· Métodos de graduación de la pena.
Él había observado que los delitos lesionan sentimientos, entonces comienza
a investigar si hay sentimientos perdurables, cuya lesión siempre hubiese
sido considerada como ilícita; y su tarea lo lleva a la conclusión de que hay 2
sentimientos cuya lesión la humanidad siempre consideró delito: el
sentimiento de piedad (o benevolencia) y el sentimiento de probidad (o
justicia).
El sentimiento de piedad, puede ser lesionado por el homicidio, las heridas,
las mutilaciones, los malos tratos, el estupro, el rapto, la violación, el
secuestro, etc.
En síntesis: Garófalo distingue entre el delito natural, que es el delito malo
en sí mismo (delicta mala in se), y el delito de creación política, que es malo
porque el Estado lo prohíbe (delicta mala quia prohibita), que no está
comprendido en su definición.
23. TEORÍA DE CRIMINALIDAD
El sentimiento de probidad, puede ser lesionado por el robo, el
hurto, la estafa, los incendios, los daños, etc.
La lesión de estos sentimientos, constituía para Garófalo el
„delito natural‟; pero como estos sentimientos no estaban
desarrollados por igual en todos los pueblos civilizados, sino
que existían en mayor o menor medida, Garófalo consideró que
había delito, cuando esos sentimientos se violaban en la „medida
media‟ en que la sociedad civilizada los poseyera, medida esta
que era necesaria para que se pudiera considerar al hombre
adaptado a la sociedad.
Conforme a estos razonamientos, Garófalo da su definición:
«El delito natural es una lesión en los sentimientos de piedad y
probidad, según la medida media en que son poseídos por las
razas superiores, medida que es necesaria para la adaptación
del individuo a la sociedad».
24. LAS CARACTERÍSTICAS MÁS DESTACADAS DE ESTA ESCUELA:
1. Se empiezan a estudiar las causas del delito.
2. Intenta elaborar un concepto natural del delito y lo
compara con el comportamiento antisocial.
3. El delito es un hecho real, natural, empírico, histórico y
concreto4. Sostiene que para conocer el delito hay que estudiar al
delincuente y su ambiente.
5. El delincuente es una persona distinta del ciudadano
honesto.
6. Defiende la pena como responsabilidad social por el hecho
de vivir en común.
7. Defiende que debe existir una prevención especial a través
de la seguridad y teniendo en cuenta las características de
Cada delincuente.
8. Sostiene que el Derecho Penal no va a acabar con el delito,
acabará con él las medidas sociales, culturales, etc.
25. POSTULADOS
Ius puniendi. El derecho a imponer sanciones pertenece al
Estado a título de defensa social.
Método. El método es inductivo – experimental. La escuela
Positiva se caracteriza por su método científico.
El delito es un hecho de la naturaleza y debe estudiarse como
un ente real, actual y existente.
El delincuente es aquella persona que comete delitos por
influencias del medio en que vive. Busca la readaptación del
delincuente. Y para estos establece los Sustitutivos Penales.
Determinismo. La voluntad del hombre no juega ningún papel
en sus actos. El hombre no tiene libre albedrío. El ser humano
está determinado a cometer delitos.
26. POSTULADOS
La responsabilidad penal. Sustituye la responsabilidad moral por la
responsabilidad social, puesto que el hombre vive en sociedad y será
responsablemente social mientras viva en sociedad. El hecho de que si no
hay responsabilidad moral, no quiere decir que se puede quedar excluido del
derecho.
La Pena. El concepto de Pena se sustituye por el de sanción. La sanción va
de acuerdo a la peligrosidad del criminal. Las sanciones deben durar
mientras dure la peligrosidad del delincuente, y por eso son de duración
indeterminada.
Proporcionalidad de la pena. Busca la proporcionalidad de la pena, no se
debe castigar conforme a lo que dicen los Códigos, sino que tiene que haber
Sustitutivos Penales. P.ej., menor que comete asesinato no se lo puede
sancionar con 30 años de reclusión (CP, 252) antes debe estudiar sus
antecedentes, las causa porque cometió tal acto, las atenuantes, etc., Antes
se debe buscar su readaptación.
Substitutivos penales. Más importante que las penas son los
substitutivos penales.
Tipos de delincuentes. Acepta "tipos" criminales.
Legislación penal. La legislación penal debe estar basada en los estudios
antropológicos y sociológicos.
La ley penal. no restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de
27. Los postulados de la escuela clásica positiva constituyen la negación de
los señalados por la escuela clásica:
DIFERENCIAS ENTRE LAS ESCUELAS: CLÁSICA Y POSITIVISTA
Nodier Agudelo Betancur, Curso de Derecho Penal, realiza un
paralelo entre las escuelas clásicas y positivas del Derecho
Penal, pasando por el Modernismo. Nos demarca las líneas
seguidas por los precursores de ambas corrientes, sus
pensamientos, sus conceptos y nos conlleva a analizar lo que
podríamos considerar como sus desaciertos.
Al mencionar desaciertos, no se hace referencia al error, se
hace referencia a la tozudez, que pueden llegar a presentar los
actores que defendían a estas corrientes porque, el texto
muestra como las dos corrientes se complementan, y logran
conformar una amalgama de lo que hoy por hoy se conoce como
el Derecho Penal.
28. DIFERENCIAS CON LA ESCUELA
CLÁSICA
Para la escuela positiva la pena debe ser útil. La escuela clásica
no habla de utilidad.
La escuela positiva busca la readaptación del criminal, La
escuela clásica solo ve el delito, y sanciona, no ven al
delincuente.
La escuela positiva busca e investiga las causas del delito. La
escuela clásica no busca las causas del delito, ya que el
delincuente actúa con base a su libre albedrío.
La escuela positiva algunas veces no sanciona al delincuente,
solo le aplica medidas de seguridad; la escuela clásica siempre
sanciona al delincuente ya que no ve las causas que llevaron al
delincuente a cometer actos delictivos..
29. ESCUELA CLASICA Y ESCUELA POSITIVA
Criminología Clásica
La Escuela Clásica o Criminología Clásica completa el cuadro de ideas sobre
el problema criminal que tienen su origen las ciencias del espíritu.
Bajo la etiqueta de "clásicos" se han agrupado autores y tendencias
divergentes en muchos puntos de vista, incluso contradictorias en algunos,
pero que presentan una serie de concepciones comunes sobre postulados
fundamentales, que es precisamente lo que permitió a los positivistas
reunirlas con propósitos dialécticos.
Hay algo muy significativo en la escuela clásica, como es, la defensa de las
garantías individuales y su reacción contra la arbitrariedad y los abusos de
poder.
Francisco Carrara, es considerado el padre de la Escuela Clásica del
Derecho Penal.
Carrara sostiene que el Derecho es connatural del hombre. La Ciencia del
Derecho Criminal es un orden de razones emanadas de la ley moral,
preexistente a las leyes humanas.
El delito es un ente jurídico que reconoce dos fuerzas esenciales: una
voluntad inteligente y libre y un hecho exterior lesivo del Derecho y
peligroso para el mismo.
30. POSTULADOS ESCUELA CLÁSICA
1. Libre albedrio, este postulado establece que todos los hombres nacen
con igualdad para actuar conforme a derecho, de manera que quien lo
contrataría lo hace a su libre elección; además niega el determinismo, el
fatalismo o la predisposición hacía el delito.
2. Igualdad de derechos se colige que el hombre nace en igualdad en
cuanto a sus derechos, por lo cual, la ley debe de aplicarse de la misma
manera a todos los hombres, por provenir de la misma circunstancia de
igualdad.
3. Responsabilidad moral como el hombre nace con libre albedrio y puede
escoger libremente entre el bien y el mal, la responsabilidad es de tipo
moral.
4. El delito como eje y como entidad jurídica. El punto de partida de la
problemática penal, lo constituye el delito, que es una entidad meramente
jurídica; así, importa más lo objetivo que lo subjetivo. La manifestación
externa constitutiva del delito es lo que interesa, independientemente de
circunstancias internas y, con base en el delito, debe castigarse al
delincuente.
Normalidad del delincuente: nada distingue al hombre delincuente de aquel
no delincuente, pues todos los hombres son iguales.
5º. Irracionalidad del crimen: el crimen es un acto irracional e
incomprensible ya que el hombre con su libertad y capacidad de decisión no
31. CONCLUSIONES SOCIOJURÍDICAS
Los tres precursores de la Criminología como ciencia y la criminalística
como disciplina, se identifican, pero, a su vez se alejan uno de otros, pero
coinciden en el punto central, del delincuente como tal.
1. Primero, Lombroso establece que Los delincuentes con delitos graves en
común tienen taras genéticas. Como ser: Protuberancia en la frente.
Pómulos salientes, Ojos achinados, Protuberancias en el cráneo. El criminal
nace con diferencias del sujeto “normal”. Es diferente a las personas
normales por causas genético hereditarias.
Segundo, Ferri, no acepta la teoría de la libertad de la voluntad o libre
albedrío, porque la considera desmentida por la ciencia, que demuestra que
todo se halla ligado al principio de causalidad. Por tanto el hombre, cuya
personalidad está determinada por la herencia psicofísica y por el
ambiente, "obra como siente y no como piensa.
Tercero, Garófalo, Sus teorías gravitaban en torno al concepto de "delito
natural", que definió como "la lesión de aquella parte de los sentimientos
altruistas fundamentales de piedad o probidad, en la medida media en que
son poseídos por una comunidad, y que es indispensable para la adaptación
del individuo a la sociedad". Fundamentaba la responsabilidad penal en la
peligrosidad innata del delincuente.
32. Muchas Gracias!
POR LA ATENCIÒN PRESTADA:
PEDRO J. SÁNCHEZ RUEDA
HORACIO ESCOBAR LUQUE,
FADEL ALÍ SUÁREZ Y
MIGUEL ÀNGEL DE LA PAZ DENYER
ESTUDIANTES DE DERECHO EN
TERCER SEMESTRE 4 C
E-MAIL: impactocaribe@gmail.com