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REGLAMENTO

   DEL

CENTRO DE

 PADRES Y

APODERADOS

 AÑO 2009
ESCUELA              : RURAL CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL


R.B.D.                : 7869-7


NIVELES              : BASICO DE 1º A 6º AÑO


TIPO ESCUELA         : ESTABLECIMIENTO UNIDOCENTE


MATRICULA            : 5 ALUMNOS



E-MAIL               :escuelaruralcumbredelbarro
                      @hotmail.com

                     : microcentrosurcandoesperanzas
                      @hotmail.com

                     :oyarzun_manuel@hotmail.com


REGION               : DE LOS LAGOS

PROVINCIA            : LLANQUIHUE

COMUNA               : MAULLIN

AÑO ESCOLAR          : 2009



REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009          Página 2
Para la elaboración del presente reglamento ,este docente tuvo como referentes los
siguientes documentos:
     DECRETO 565 DEL 06/05790
     DECRETO 732/97 ACTAS Y ESTATUTOS DE CENTROS DE PADRES QUE
       SOLICITEN PERSONALIDAD JURIDICA
     DISEÑO DE UNA POLITICA DE PARTICIPACION DE PADRES ,MADRES Y
       APODERADAS EN EL SISTEMA EDUCATIVO
     ANTERIOR REGLAMENTO DEL CENTRO DE PADRES DE ESTA UNIDAD
       EDUCATIVA QUE DATA DEL AÑO 1999

        Introducción

         Los Centros de Padres y Apoderados son la organización que representa a
las familias en la escuela. Su misión es abrir caminos para que estas participen más
directamente en la educación de sus hijos.
           Los Padres ,madres y apoderadas que deseen participar en un Centro de
Padres podrán hacerlo según sus posibilidades, a través de los siguientes
organismos: La asamblea General y El Directorio
            El objetivo central de la participación de la familia en la institución
educativa es el aprendizaje y la formación de sus hijos(as), orientados al pleno
desarrollo de la infancia y la juventud

         15 razones para que avalen la formación de un centro de Padres y
        apoderados(as) al interior de un establecimiento

   1)       Fomenta estilos de liderazgo y fomenta la cultura democrática una
        institución educativa
   2)       Crea espacios de acogida para la familia en la institución educativa
   3)         La escuela reconoce variedades de estructuras familiares acogiéndolas y
        facilitando su participación
   4)         Llama a padres y apoderados a la realización de tareas “significativas”
        y compartidas entre ellos y la escuela.
   5)         Se refuerza y pone en práctica el concepto de “comunidad educativa”
   6)          Incorpora el valor de la educación en la mentalidad de las familias
   7)           Padres y madres adquieren compromisos en el progreso de sus hijos
        sin delegarlas en la institución educativa
   8)           Promueve y desarrolla en los padres y madres de sus derechos como
        usuarios o clientes de un servicio público
   9)           Posibilita la explicación y resolución de las desconfianzas y
        descalificaciones mutuas entre padres, madres, apoderados(as) y la
        institución educativa.


REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009                                         Página 3
10)Permite una reflexión y una definición de los roles y responsabilidades de
      padres , madres , apoderados(as) y de los docentes en la socialización de
      niños y niñas
  11) Permite una alianza entre la familia y la escuela para enfrentar los problemas
      que enfrentan hoy los niños y niñas.
  12)La participación de la familia en el sistema educacional implica tanto
      deberes como derechos.
  13) Fomenta una participación más igualitaria , de hombres y mujeres en la
      familia en la institución educativa
  14) Establecimiento de canales para el intercambio útil, completa y oportuna
      entre la institución educativa y madres, padres y apoderados(as).
  15) Incentiva a padres , madres y apoderados(as) a participar en la elaboración en
      conjunto con la institución educativa de

      Principios que rigen esta Reglamento Interno

     La familia es un actor insustituible de la comunidad educativa, que
      contribuye con saberes y experiencias al enriquecimiento y desarrollo del
      proceso educativo, que tiene deberes y derechos y que se fortalece
      participando en ella.
     La familia es una fuente de experiencias educativas y tiene un saber que
      fortalece el proceso de los aprendizajes pertinentes y significativos de sus
      hijos(as).
     La participación de la familia es un valor y un derecho y se concibe como un
      proceso e interacción entre los actores de la comunidad educativa para
      apoyar el desarrollo y la formación de sus hijos(as) y alumnos(as) en el
      proyecto Educativo Institucional.
     Los valores que conlleva la participación de la familia en el sistema
      educacional deben ser asociados a los valores de la participación ciudadana
      dentro de una sociedad democrática.
     Se reconoce que existe una diversidad de tipos familiares con distintos
      intereses dentro de una misma unidad educativa, teniendo todo el derecho a
      que se le sean acogidas sus diferentes motivaciones, necesidades y
      oportunidades que tienen para participar.
     Reconociendo lo anterior, es preciso reconocer la diversidad, pluralidad y
      autonomía de las comunidades educativas.
     La institución educativa debe ser proactiva en la creación de condiciones,
      instancias y procedimientos efectivos para facilitar y canalizar la
      participación de la familia en el sistema educacional.
     Los niños ,y niñas “en familia”, es decir, considerados como formando parte
      de un grupo familiar , son el eje de la comunidad educativa
REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009                               Página 4
   La organización específica en que se concrete la participación de padres,
       madres y apoderados(as),cualquiera que ella sea , debe ser
       esencialmente colaboradora de la tarea educativa que realiza la dirección
       del establecimiento que estos han elegido para que eduque a sus hijos



                                   TITULO I

Funciones del centro de padres:

Serán funciones del Centro de Padres y Apoderados de este establecimiento
educacional unidocente y multigrado:
Artículo 1:
   a) Fomentar la preocupación de sus socios en la formación y desarrollo
      personal de sus hijos(a) y pupilos(as).
   b) Integrar activamente a sus miembros a la comunidad educativa
      aprovechando sus aptitudes e intereses.
   c) Establecer vínculos sólidos entre el hogar y el establecimiento para la
      comprensión de las actividades escolares.
   d) Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando para ello esfuerzo y
      recursos.
   e) Proyectar acciones hacia la comunidad en general.
   f) Patrocinar iniciativas para el mejoramiento de las condiciones educativas del
      alumnado.
                                        TITULO II
El Centro de Padres de esta Unidad Educativa se organizará de la siguiente
forma:
 Artículo 2:
     El Centro de Padres y apoderados (as) de la Escuela Rural Cumbre del Barro
de Peñol se regirá para efectos legales a las normas generales contempladas en el
DECRETO Nº del 06/05790, ajustados a la realidad escolar de este establecimiento
educacional.
Artículo 3:
   a) Pertenecen al centro de padres y apoderados de esta unidad educativa para el
      presente año escolar 5 apoderadas.
   b) Debido al conocimiento que se tiene del grupo familiar, a la cantidad de
      alumnos (5), y número de apoderadas (5), en reuniones se aceptará la
      asistencia del esposo cualquiera de las apoderadas en reemplazo de ellas por
      una ausencia justificada, el cual tendrá pleno derecho a voz y voto.
   c) Por el año escolar 2009 no existirá la figura del apoderado cooperador

REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009                              Página 5
Artículo 4: De las reuniones

   a) El Centro General de Padres de La Escuela Rural Cumbre del Barro de
        Peñol, sesionará los segundos domingos de cada mes a las 10 con 30
        minutos
   b)   Si hubiere algún problema referido a la fecha, el director o las apoderadas
        con 5 días de anticipación podrán solicitar el cambio de la fecha.
   c)   Si fuese necesario, por motivos justificados, el director o la directiva podrán
        citar a una reunión extraordinaria, citación que deberá hacerse con a lo
        menos 5 días de anticipación.
   d)   Si bien es cierto que la participación de un apoderado en el centro de padres
        es voluntaria, una vez integrado este al Centro de Padres ,será obligatoria su
        asistencia a reuniones
   e)   El director del establecimiento participará en reuniones como asesor
   f)   Se destinará la mayor parte del tiempo de las reuniones al tratamiento
        pedagógico de los temas atingentes del mes.
   g)   En cada reunión el profesor dará un informe escrito con el avance de cada
        alumno en particular, así como de sus calificaciones.
   h)   Para cada reunión del Centro de Padres y apoderadas existirá una tabla de
        puntos a tratar, así como un ítem varios. En donde tocar temas no dispuestos
        en la tabla.
   i)   Existirá una hora de inicio (10 con 30 de la mañana) pero no una hora de
        término, la que será después de haber agotado los temas en tabla.
   j)   Con el fin de transparentar la organización y para solución de futuras
        discrepancias, en el leccionario (libro de clases) se llevará asistencia de las
        apoderadas a reuniones y un registro de la temática tratada.

Artículo 5: De los Organismos del Centro De Padres de Este Establecimiento

   a) Para esto efectos el Centro General de Padres y Apoderadas tendrá dos
       organismos. La Asamblea General , y El Directorio
Artículo 6: De la Asamblea

   a) La asamblea general estará constituida por la totalidad de los padres, madres
      y apoderados(as) de este establecimiento (5 personas) y en ausencia de ellos
      por sus esposos o un representante.
   b) La asamblea deberá elegir a los miembros del directorio en la primera
      reunión del mes de marzo( 2º domingo de marzo)



REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009                                   Página 6
c) La Asamblea deberá aprobar el reglamento interno del centro de padres y
      apoderados(as)y sus modificaciones a mas tardar en la segunda reunión anual
      (2º domingo de abril)
Artículo 7: del Directorio

   a) El Directorio de esta establecimiento debido a su cantidad de socios (5
      apoderadas) estará compuesto por :
          Una Presidenta
          Una secretaria
          Una tesorera
   b) Atendiendo a la cantidad de socias (5 apoderadas) ,por este año escolar ,el
      director asumirá la función de secretario, con el único propósito de una
      elaboración de actas que refleje fielmente lo que ocurra en cada reunión.

Artículo 8: Funciones del Directorio

   a) Dirigir al Centro de Padres y Apoderadas (as)
   b) Administrar sus bienes y recursos
   c) Informar periódicamente a la Dirección del establecimiento acerca del
      desarrollo de programas y trabajos
   d) Mantener informadas a las socias acerca de su gestión
   e) Acatar sin restricciones lo que la asamblea vote (a mano alzada)

Artículo 9: Funciones de la Presidenta del Centro de Padres y Apoderadas

   a) Dirigir la reunión
   b) Servir de moderadora
   c) Firmar las actas aprobadas por la asamblea
   d) Representar al establecimiento en actos y reuniones y frene a organismos
      externos.

Artículo 10: Funciones del Secretario del Centro de padres y Apoderados

   a) Tener su libro de actas al día
   b) Leer en cada reunión el acta con los principales hechos tratados en la reunión
      anterior.
   c) Anotar aquellas observaciones hechas al acta leída, por la asamblea
   d) Firmar las actas aprobadas por la asamblea

Artículo 11: Funciones de la Tesorera de este Centro de Padres y Apoderadas


REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009                               Página 7
a) Tener su cuaderno de tesorería al día
   b) Presentar balances en cada reunión de los ingresos y egresos.

Artículo 12: De la constitución como Persona Jurídica

   a) Este centro General de Padres y Apoderadas, en virtud a la cantidad de
      socias (5) no se constituirá como persona jurídica.

Artículo 13: Del reemplazo de un miembro del directorio por motivos imprevistos.

   a) En caso de fallecimiento, ausencia prolongada o renuncia de un miembro del
      directorio, deberá, la asamblea reunirse y en votación elegir al miembro del
      directorio faltante.
Artículo 14: De las firmas de Documentación Técnica.

   a) Durante el mes de marzo ,el docente deberá renovar el Reglamento del
     Centro de Padres , Madres y Apoderados (as) del cual se hará llegar una
     copia a cada socia y estas firmarán 3 copias las cuales tendrán los siguiente
     destinos;
    1 copia DEPROVEDUC
    1 copia DAEM
    1 copia establecimiento educacional.

Artículo 15: De los dineros

   a) Este establecimiento no cobra dinero por concepto de matrícula
   b) El monto de las cuotas del centro de padres debe ser aprobado por la
      asamblea.
   c) Las cuotas del Centro de Padres y Apoderados en los establecimientos
      educacionales subvencionados (municipalizados y particulares)no debe
      exceder a 0,5 UTM anuales.(18.433 marzo 2009)
   d) El pago de las cuotas es voluntario por parte de los apoderados
   e) La promoción de los alumnos, la calidad de apoderados ,la entrega de
      documentación, la atención de privilegio acorde a un apoderado , no tiene
      relación alguna con el pago o no pago de cuotas al Centro de Padres por un
      apoderado(a).ya que las cuotas es un atributo exclusivo del Centro General
      de Padres y Apoderados.
Artículo 15: De las controversias entre Centro de Padres y Apoderados y la
Dirección del Establecimiento.



REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009                               Página 8
a) Corresponde al Ministerio de Educación a través de las Secretarías
     Regionales Ministeriales de Educación ,conocer y resolver sobre las dudas y
     controversias que ocurran entre los Centros de Padres y la Dirección de
     Establecimiento Educacional , sin perjuicio de las facultades que las
     disposiciones legales otorguen a otros organismos sobre la materia



ESTE DOCUMENTO SE ELABORO EN 8 COPIAS PARA SER DISTRIBUIDO DE LA
SIGUIENTE MANERA:

5 COPIAS PARA APODERADAS
1 COPIA DEPROVEDUC
1 COPIA DAEM MAULLIN
1 COPIA ESTABLECIMIENTO

ATENTAMENTE

                                      MANUEL J. OYARZUN VASQUEZ
                                      PROFESOR        ENCARGADO
                                      ESCUELA              RURAL
                                      CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL
                                      COMUNA      DE     MAULLIN


     CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL, MARZO 26 DEL 2009




REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009                            Página 9
DADO A CONOCER Y APROBADO EN REUNION DEL CENTRO DE PADRES
Y APODERADOS CON FECHA DOMINGO 12 DE ABRIL DEL 2009

                                              ATENTAMENTE




        ----------------------------------------             ----------------------------------------
         MARIA ISABEL ZUÑIGA                                 ISABEL ORBITA OJEDA
                PRESIDENTA                                             TESORERA




-------------------------------------                          ………………………………..
  MARIA SONIA CUMICHEO                                          MARIA INES SANCHEZ
                SOCIA                                                   SOCIA




..........................................................
PATRICIA DEL C ARMEN VARGAS
                      SOCIA




REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009                                              Página 10

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Reglamento Centro De Padres Y Apoderados 2009

  • 1. REGLAMENTO DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS AÑO 2009
  • 2. ESCUELA : RURAL CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL R.B.D. : 7869-7 NIVELES : BASICO DE 1º A 6º AÑO TIPO ESCUELA : ESTABLECIMIENTO UNIDOCENTE MATRICULA : 5 ALUMNOS E-MAIL :escuelaruralcumbredelbarro @hotmail.com : microcentrosurcandoesperanzas @hotmail.com :oyarzun_manuel@hotmail.com REGION : DE LOS LAGOS PROVINCIA : LLANQUIHUE COMUNA : MAULLIN AÑO ESCOLAR : 2009 REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009 Página 2
  • 3. Para la elaboración del presente reglamento ,este docente tuvo como referentes los siguientes documentos:  DECRETO 565 DEL 06/05790  DECRETO 732/97 ACTAS Y ESTATUTOS DE CENTROS DE PADRES QUE SOLICITEN PERSONALIDAD JURIDICA  DISEÑO DE UNA POLITICA DE PARTICIPACION DE PADRES ,MADRES Y APODERADAS EN EL SISTEMA EDUCATIVO  ANTERIOR REGLAMENTO DEL CENTRO DE PADRES DE ESTA UNIDAD EDUCATIVA QUE DATA DEL AÑO 1999 Introducción Los Centros de Padres y Apoderados son la organización que representa a las familias en la escuela. Su misión es abrir caminos para que estas participen más directamente en la educación de sus hijos. Los Padres ,madres y apoderadas que deseen participar en un Centro de Padres podrán hacerlo según sus posibilidades, a través de los siguientes organismos: La asamblea General y El Directorio El objetivo central de la participación de la familia en la institución educativa es el aprendizaje y la formación de sus hijos(as), orientados al pleno desarrollo de la infancia y la juventud 15 razones para que avalen la formación de un centro de Padres y apoderados(as) al interior de un establecimiento 1) Fomenta estilos de liderazgo y fomenta la cultura democrática una institución educativa 2) Crea espacios de acogida para la familia en la institución educativa 3) La escuela reconoce variedades de estructuras familiares acogiéndolas y facilitando su participación 4) Llama a padres y apoderados a la realización de tareas “significativas” y compartidas entre ellos y la escuela. 5) Se refuerza y pone en práctica el concepto de “comunidad educativa” 6) Incorpora el valor de la educación en la mentalidad de las familias 7) Padres y madres adquieren compromisos en el progreso de sus hijos sin delegarlas en la institución educativa 8) Promueve y desarrolla en los padres y madres de sus derechos como usuarios o clientes de un servicio público 9) Posibilita la explicación y resolución de las desconfianzas y descalificaciones mutuas entre padres, madres, apoderados(as) y la institución educativa. REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009 Página 3
  • 4. 10)Permite una reflexión y una definición de los roles y responsabilidades de padres , madres , apoderados(as) y de los docentes en la socialización de niños y niñas 11) Permite una alianza entre la familia y la escuela para enfrentar los problemas que enfrentan hoy los niños y niñas. 12)La participación de la familia en el sistema educacional implica tanto deberes como derechos. 13) Fomenta una participación más igualitaria , de hombres y mujeres en la familia en la institución educativa 14) Establecimiento de canales para el intercambio útil, completa y oportuna entre la institución educativa y madres, padres y apoderados(as). 15) Incentiva a padres , madres y apoderados(as) a participar en la elaboración en conjunto con la institución educativa de Principios que rigen esta Reglamento Interno  La familia es un actor insustituible de la comunidad educativa, que contribuye con saberes y experiencias al enriquecimiento y desarrollo del proceso educativo, que tiene deberes y derechos y que se fortalece participando en ella.  La familia es una fuente de experiencias educativas y tiene un saber que fortalece el proceso de los aprendizajes pertinentes y significativos de sus hijos(as).  La participación de la familia es un valor y un derecho y se concibe como un proceso e interacción entre los actores de la comunidad educativa para apoyar el desarrollo y la formación de sus hijos(as) y alumnos(as) en el proyecto Educativo Institucional.  Los valores que conlleva la participación de la familia en el sistema educacional deben ser asociados a los valores de la participación ciudadana dentro de una sociedad democrática.  Se reconoce que existe una diversidad de tipos familiares con distintos intereses dentro de una misma unidad educativa, teniendo todo el derecho a que se le sean acogidas sus diferentes motivaciones, necesidades y oportunidades que tienen para participar.  Reconociendo lo anterior, es preciso reconocer la diversidad, pluralidad y autonomía de las comunidades educativas.  La institución educativa debe ser proactiva en la creación de condiciones, instancias y procedimientos efectivos para facilitar y canalizar la participación de la familia en el sistema educacional.  Los niños ,y niñas “en familia”, es decir, considerados como formando parte de un grupo familiar , son el eje de la comunidad educativa REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009 Página 4
  • 5. La organización específica en que se concrete la participación de padres, madres y apoderados(as),cualquiera que ella sea , debe ser esencialmente colaboradora de la tarea educativa que realiza la dirección del establecimiento que estos han elegido para que eduque a sus hijos TITULO I Funciones del centro de padres: Serán funciones del Centro de Padres y Apoderados de este establecimiento educacional unidocente y multigrado: Artículo 1: a) Fomentar la preocupación de sus socios en la formación y desarrollo personal de sus hijos(a) y pupilos(as). b) Integrar activamente a sus miembros a la comunidad educativa aprovechando sus aptitudes e intereses. c) Establecer vínculos sólidos entre el hogar y el establecimiento para la comprensión de las actividades escolares. d) Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando para ello esfuerzo y recursos. e) Proyectar acciones hacia la comunidad en general. f) Patrocinar iniciativas para el mejoramiento de las condiciones educativas del alumnado. TITULO II El Centro de Padres de esta Unidad Educativa se organizará de la siguiente forma: Artículo 2: El Centro de Padres y apoderados (as) de la Escuela Rural Cumbre del Barro de Peñol se regirá para efectos legales a las normas generales contempladas en el DECRETO Nº del 06/05790, ajustados a la realidad escolar de este establecimiento educacional. Artículo 3: a) Pertenecen al centro de padres y apoderados de esta unidad educativa para el presente año escolar 5 apoderadas. b) Debido al conocimiento que se tiene del grupo familiar, a la cantidad de alumnos (5), y número de apoderadas (5), en reuniones se aceptará la asistencia del esposo cualquiera de las apoderadas en reemplazo de ellas por una ausencia justificada, el cual tendrá pleno derecho a voz y voto. c) Por el año escolar 2009 no existirá la figura del apoderado cooperador REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009 Página 5
  • 6. Artículo 4: De las reuniones a) El Centro General de Padres de La Escuela Rural Cumbre del Barro de Peñol, sesionará los segundos domingos de cada mes a las 10 con 30 minutos b) Si hubiere algún problema referido a la fecha, el director o las apoderadas con 5 días de anticipación podrán solicitar el cambio de la fecha. c) Si fuese necesario, por motivos justificados, el director o la directiva podrán citar a una reunión extraordinaria, citación que deberá hacerse con a lo menos 5 días de anticipación. d) Si bien es cierto que la participación de un apoderado en el centro de padres es voluntaria, una vez integrado este al Centro de Padres ,será obligatoria su asistencia a reuniones e) El director del establecimiento participará en reuniones como asesor f) Se destinará la mayor parte del tiempo de las reuniones al tratamiento pedagógico de los temas atingentes del mes. g) En cada reunión el profesor dará un informe escrito con el avance de cada alumno en particular, así como de sus calificaciones. h) Para cada reunión del Centro de Padres y apoderadas existirá una tabla de puntos a tratar, así como un ítem varios. En donde tocar temas no dispuestos en la tabla. i) Existirá una hora de inicio (10 con 30 de la mañana) pero no una hora de término, la que será después de haber agotado los temas en tabla. j) Con el fin de transparentar la organización y para solución de futuras discrepancias, en el leccionario (libro de clases) se llevará asistencia de las apoderadas a reuniones y un registro de la temática tratada. Artículo 5: De los Organismos del Centro De Padres de Este Establecimiento a) Para esto efectos el Centro General de Padres y Apoderadas tendrá dos organismos. La Asamblea General , y El Directorio Artículo 6: De la Asamblea a) La asamblea general estará constituida por la totalidad de los padres, madres y apoderados(as) de este establecimiento (5 personas) y en ausencia de ellos por sus esposos o un representante. b) La asamblea deberá elegir a los miembros del directorio en la primera reunión del mes de marzo( 2º domingo de marzo) REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009 Página 6
  • 7. c) La Asamblea deberá aprobar el reglamento interno del centro de padres y apoderados(as)y sus modificaciones a mas tardar en la segunda reunión anual (2º domingo de abril) Artículo 7: del Directorio a) El Directorio de esta establecimiento debido a su cantidad de socios (5 apoderadas) estará compuesto por :  Una Presidenta  Una secretaria  Una tesorera b) Atendiendo a la cantidad de socias (5 apoderadas) ,por este año escolar ,el director asumirá la función de secretario, con el único propósito de una elaboración de actas que refleje fielmente lo que ocurra en cada reunión. Artículo 8: Funciones del Directorio a) Dirigir al Centro de Padres y Apoderadas (as) b) Administrar sus bienes y recursos c) Informar periódicamente a la Dirección del establecimiento acerca del desarrollo de programas y trabajos d) Mantener informadas a las socias acerca de su gestión e) Acatar sin restricciones lo que la asamblea vote (a mano alzada) Artículo 9: Funciones de la Presidenta del Centro de Padres y Apoderadas a) Dirigir la reunión b) Servir de moderadora c) Firmar las actas aprobadas por la asamblea d) Representar al establecimiento en actos y reuniones y frene a organismos externos. Artículo 10: Funciones del Secretario del Centro de padres y Apoderados a) Tener su libro de actas al día b) Leer en cada reunión el acta con los principales hechos tratados en la reunión anterior. c) Anotar aquellas observaciones hechas al acta leída, por la asamblea d) Firmar las actas aprobadas por la asamblea Artículo 11: Funciones de la Tesorera de este Centro de Padres y Apoderadas REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009 Página 7
  • 8. a) Tener su cuaderno de tesorería al día b) Presentar balances en cada reunión de los ingresos y egresos. Artículo 12: De la constitución como Persona Jurídica a) Este centro General de Padres y Apoderadas, en virtud a la cantidad de socias (5) no se constituirá como persona jurídica. Artículo 13: Del reemplazo de un miembro del directorio por motivos imprevistos. a) En caso de fallecimiento, ausencia prolongada o renuncia de un miembro del directorio, deberá, la asamblea reunirse y en votación elegir al miembro del directorio faltante. Artículo 14: De las firmas de Documentación Técnica. a) Durante el mes de marzo ,el docente deberá renovar el Reglamento del Centro de Padres , Madres y Apoderados (as) del cual se hará llegar una copia a cada socia y estas firmarán 3 copias las cuales tendrán los siguiente destinos;  1 copia DEPROVEDUC  1 copia DAEM  1 copia establecimiento educacional. Artículo 15: De los dineros a) Este establecimiento no cobra dinero por concepto de matrícula b) El monto de las cuotas del centro de padres debe ser aprobado por la asamblea. c) Las cuotas del Centro de Padres y Apoderados en los establecimientos educacionales subvencionados (municipalizados y particulares)no debe exceder a 0,5 UTM anuales.(18.433 marzo 2009) d) El pago de las cuotas es voluntario por parte de los apoderados e) La promoción de los alumnos, la calidad de apoderados ,la entrega de documentación, la atención de privilegio acorde a un apoderado , no tiene relación alguna con el pago o no pago de cuotas al Centro de Padres por un apoderado(a).ya que las cuotas es un atributo exclusivo del Centro General de Padres y Apoderados. Artículo 15: De las controversias entre Centro de Padres y Apoderados y la Dirección del Establecimiento. REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009 Página 8
  • 9. a) Corresponde al Ministerio de Educación a través de las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación ,conocer y resolver sobre las dudas y controversias que ocurran entre los Centros de Padres y la Dirección de Establecimiento Educacional , sin perjuicio de las facultades que las disposiciones legales otorguen a otros organismos sobre la materia ESTE DOCUMENTO SE ELABORO EN 8 COPIAS PARA SER DISTRIBUIDO DE LA SIGUIENTE MANERA: 5 COPIAS PARA APODERADAS 1 COPIA DEPROVEDUC 1 COPIA DAEM MAULLIN 1 COPIA ESTABLECIMIENTO ATENTAMENTE MANUEL J. OYARZUN VASQUEZ PROFESOR ENCARGADO ESCUELA RURAL CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL COMUNA DE MAULLIN CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL, MARZO 26 DEL 2009 REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009 Página 9
  • 10. DADO A CONOCER Y APROBADO EN REUNION DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS CON FECHA DOMINGO 12 DE ABRIL DEL 2009 ATENTAMENTE ---------------------------------------- ---------------------------------------- MARIA ISABEL ZUÑIGA ISABEL ORBITA OJEDA PRESIDENTA TESORERA ------------------------------------- ……………………………….. MARIA SONIA CUMICHEO MARIA INES SANCHEZ SOCIA SOCIA .......................................................... PATRICIA DEL C ARMEN VARGAS SOCIA REGLAMENTO CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 2009 Página 10