1. NORMA TÉCNICA NTC
COLOMBIANA 637
1972-10-18
GRASAS Y ACEITES.
ACEITE CRUDO DE COCO
E: FATS AND OILS. CRUDE COCONUT OIL
CORRESPONDENCIA:
DESCRIPTORES: aceite de coco; manteca de coco.
I.C.S.: 67.200.10
Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC)
Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel. 6078888 - Fax 2221435
Prohibida su reproducción Editada 2003-09-09
2. PRÓLOGO
El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo
nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993.
ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental
para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el
sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en
los mercados interno y externo.
La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica
está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último
caracterizado por la participación del público en general.
La NTC 637 fue ratificada por el Consejo Directivo de 1972-10-18.
Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en
todo momento a las necesidades y exigencias actuales.
A continuación se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a
través de su participación en el Comité Técnico C10.4.
COGRA MINISTERIO DE SALUD
INPES SIGRA
MINISTERIO DE DESARROLLO
ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados
normas internacionales, regionales y nacionales.
DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN
3. NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 637
GRASAS Y ACEITES.
ACEITE CRUDO DE COCO
1. OBJETO
1.1 Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos del aceite crudo de coco (manteca
de coco).
2. DEFINICIONES
Para efectos de esta norma se establecen las siguientes definiciones:
2.1 Aceite de coco: producto extraído de la pulpa seca (copra) del coco (cocos nucífera y
cocos butyracea).
2.2 Aceite crudo: el obtenido de las semillas o frutos, por procedimientos de extracción
mecánica o por solventes; separado de los restos vegetales de la materia prima empleada en su
elaboración y que contienen solo elementos propios del aceite de las semillas o frutos utilizados.
3. CONDICIONES GENERALES
3.1 El producto no debe contener sustancias destinadas a dar aroma, color o modificar sus
características físico-químicas. No debe presentar mezcla con otros aceites y grasas.
4. REQUISITOS
4.1 El aceite crudo de coco deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Tabla 1.
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4. NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 637
Tabla 1
Requisitos Mínimo Máximo
Densidad 15,5 °C/15,5 °C 0,925 0,927
Índice de refracción a 40 °C 1,448 1,452
Índíce de yodo 7,0 11,0
Índice de saponificación 248 264
Acidez como ácido láurico, en % - 5
Materia insaponificable, en % - 1,0
Humedad y sustancias volátiles, en 1,0
Color Lovibond, celda 25,4 mm 5 amarillo, 1,2 rojo
Reacción de Halphen Negativa
Reacción de Villavecchia Negativa
Determinación de aceite de pescado Negativa
5. TOMA DE MUESTRAS Y RECEPCIÓN DEL PRODUCTO
5.1 La toma de muestras se efectuará de acuerdo con la NTC 217
5.2 ACEPTACIÓN O RECHAZO
Si la muestra ensayada no cumple con uno o más de los requisitos establecidos en esta norma
se considerará no clasificada. En casos de discrepancia entre las partes se repetirán los ensayos
sobre la muestra reservada para tales efectos. Cualquier resultado no satisfactorio en este
segundo caso será motivo para rechazar el lote.
6. ENSAYOS
6.1 DETERMINACIÓN DE LA DENSIDAD
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 336.
6.2 DETERMINACIÓN DEL ÍNDICE DE REFRACCIÓN
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 289.
6.3 DETERMINACIÓN DEL ÍNDICE DE YODO
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 283.
6.4 DETERMINACIÓN DEL ÍNDICE DE SAPONIFICACIÓN
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 335.
6.5 DETERMINACIÓN DE LA ACIDEZ
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 218.
6.6 DETERMINACIÓN DE MATERIA INSAPONIFICABLE
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 235.
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5. NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 637
6.7 DETERMINACIÓN DE HUMEDAD Y SUSTANCIAS VOLÁTILES
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 287.
6.8 DETERMINACIÓN DEL COLOR
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 564.
6.9 DETERMINACIÓN DE ACEITE DE ALGODÓN, REACCIÓN HALPHEN
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 458.
6.10 DETERMINACIÓN DE ACEITE DE AJONJOLÍ REACCIÓN DE VILLAVECCHIA
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 457.
6.11 DETERMINACIÓN DE ACEITE DE PESCADO
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 571.
7. EMPAQUE Y ROTULADO
7.1 El aceite será empacado en recipientes suficientemente inertes al producto y que
aseguren su buena conservación.
7.2 ROTULADO
El rótulo deberá llevar como mínimo las siguientes indicaciones:
7.2.1 Procedencia.
7.2.2 Nombre o marca del vendedor.
7.2.3 Las palabras aceite crudo de coco.
7.2.4 Peso neto, expresado en unidades del Sistema Internacional.
7.2.5 Número o identificación del lote.
7.2.6 Las inscripciones del rótulo deberán ir en el recipiente o en una tarjeta unida al mismo, en
forma legible a simple vista, redactadas en español y en otro idioma si las necesidades de
comercialización así lo dispusieran y de tal manera que no desaparezcan bajo condiciones
normales de transporte y almacenamiento.
7.2.7 En las entregas a granel los requisitos sobre el rótulo deberán estar incluidos en las
planillas de remisión.
9. APÉNDICE
9.1 NORMAS QUE DEBEN CONSULTARSE
NTC 217, Grasas y aceites. Extracción de muestras.
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6. NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 637
NTC 218, Grasas y aceites. Determinación de la acidez.
NTC 235, Grasas y aceites. Determinación de la materia insaponificable
NTC 283, Grasas y aceites. Determinación del índice de yodo.
NTC 287, Grasas y aceites. Determinación de la humedad y sustancias volátiles.
NTC 289, Grasas y aceites. Determinación del índice de refracción.
NTC 335, Grasas y aceites. Determinación del índice de saponificación.
NTC 336, Grasas y aceites. Determinación de la densidad.
NTC 457, Grasas y aceites. Identificación de aceite de ajonjolí.
NTC 458, Grasas y aceites. Identificación de aceite de algodón.
NTC 564, Grasas y aceites. Determinación del color.
NTC 571, Grasas y aceites. Identificación de aceite de pescado.
9.2 DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Bailey's Industrial Oil and Fat Products.
Food Analysis de Woodman.
Norma Británica B S 628 Crude Coconut Oil.
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