2. ARTÍCULOS DEL NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY
ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL
Evaluación Art.191
Del nivel de preparatoria : los representantes reciben un
informe cualitativo
Básica y bachillerado: cada nota parcias (del bloque o
unidad) será el promedio conseguido por el estudiante
en: trabajos academias, tareas, actividades individuales
o grupales en clases y lecciones
La promoción del año lectivo será a nota resultante del
promedio del primero y segundo quimestre. Las
fracciones centesimales de cinco o mas
aproximadamente a la cifra decimal y las fracciones
centésimas menores de cinco se aproximaran a la cifra
decimal inmediatamente inferior inmediatamente
superior.
Ejm:6,27 se convertirá en 6,3 y 6,24 s convertirá en 6,2
3. ESCALA DE CALIFICACIONES SERÁ SEGÚN LA
SIGUIENTE ESCALA: ART.194
ESCALA CUALITATIVA ESCALA CUNTITATIVA
Superar los aprendizajes 10
requeridos
Domina los aprendizajes requeríos 9
Alcánzalos aprendizajes requeríos 7-8
Esta próximo alcanzar los 5-6
aprendizajes requeridos
No alcanza el aprendizaje 4 o menos
requerido
4. REFUERZO ACADÉMICO ART.208
El docente debe convocar por lo menos a dos reuniones para
determinar estrategias conjuntas de mejoramiento academia. El
refuerzo se realizara con clase de refuerzo tutorías individuales,
con un psicólogo experto o el mismo docente.
EXAMENES DE RECUPERACION: quince días después de la
publicación de calificaciones podrán rendir por una sola vez una prueba
recuperatiria acumulativa ara remplazar al promedio quimestral mas
bajo.
EXAMEN SUPLETORIO: si un estudiante obtuvo un promedio anual de
5 o 6,0 sobre 10 en cualquier asignatura se presentara a un examen
supletorios acumulativo previas clases de refuerzo.
Si el estuante no le fue bien en el examen supletorio , quince días ante
de la fecha rendirá l examen remedir acumulativo previo un
cronograma de actividades académicas.
EXAMEN DE GRACIAS: si un estudiante reprobare el examen remedial
de una asignatura podrá rendir de nuevo el examen un mes
despéesela inicio a clases
5. EVALUACIÓN DE COMPORTAMIENTO. ART.222
A=muy satisfactoria Lidera el cumplimiento de los
compromisos establecidos para la sana
convivencia socia
B=satisfactoria Cumple con los compromisos establecidos
para la sana convivencia social
C=poco satisfactoria Fallas ocasionalmente en el cumplimiento
de los compromisos estableceos para la
sana convivencia social
D=mejorable Falla reiteradamente en e cumplimiento de
los compromisos estableceos para la sana
convivencia social
E=insatisfactorio No cumple con los compromisos
establecidos para la convivencia social
6. FALTA DE LOS ESTUDIANTES
1.-Altera la paz , la convivencia armónica e
irrespetarlos códigos de convivencia
LEVES
-Usar teléfonos celulares que distrajere la atención
en horas clases
-Ingerir alimentos o bebidas durante horas clases
-No utilizar el uniforme de la institución
-Abandonar cualquier actividad educativa sin
autorización
-Realizar venta o solicitar contribuciones económicas
7. GRAVES
-Participar activa o pasivamente en acciones de
discriminación o acciones que vulneren el derecho
a la intimidada personal de cualquier miembro de la
comunidad educativa.
-Consumir o promover consumo de alcohol, tabaco o
drogas.
-Salir sin autorización del establecimiento.
-Generar situaciones de riesgo o conflicto dentro y
fuera de la institución.
-Realizar dentro de la institución acciones
procelitistas.
8. MUY GRAVES
-Faltar a clases por dos o mas días consecutivos sin
justificación.
-Comercializar dentro de la institución alcohol
tabacos o droga.
-Portar armas.
2.-Cometer actos de violencia de hecho o palabra
contra cualquier miembro de la comunidad
educativa ,autoridades, ciudadanos y colectivos
sociales.
9. FALTAS GRAVES
-Participar activa o pasivamente en acción de atentar
contra la dignidad de miembros de la comunidad
educativa.
-Participar activa y pasivamente en acción de atentar
contra la integridad física y psicología de los miembros
de la comunidad educativa.
-Participar activa y pasivamente en acción de acoso
escolar , es decir , cualquier maltrato psicológico ,
verbal o físico producido en contra de compañeros de
manera reiterada.
-No denunciar ante las autoridades educativas cualquier
acto de violencia de los derechos de sus compañeros u
otros miembros de la comunidad educativa así como
cualquier acto de corrupción que estuviere en su
conocimiento.
10. FALTAS MUY GRABES
-Socavar la dignidad de un miembro de la comunidad
educativa atabes de publicaciones difamatorias.
-Participar activa o pasivamente en acciones que
atenten contra la integridad sexual de los miembros
de la comunidad o encubrir a los responsables.
3.-Deteriorar o destruir en forma voluntaria las
instalaciones institucionales y vienes políticos y
privados es una falta que puede ser leve o muy
grabe de acuerdo a lo siguiente.
11. FALTAS MUY GRAVES
-Ocasionar daños a la infraestructura física y al
equipamiento del establecimiento educativo.
-Ocasionar daños a la propiedad privada.
4.-Ostaculizar o interferir en el normal
desenvolvimiento de las actividades académicas y
culturales de la institución es una falta que puede
ser muy grave.
12. FALTAS MUY GRAVES.
-Realizar actos tendientes sabotear los procesos electorales de
gobierno escolar, del consejo estudiantil y los demás órganos e
participación de la comunidad educativa.
-Intervenir en actividades tendientes a promover la paralización del
servicio educativo.
5.-Cometer fraude o deshonestidad académica es una falta que
puede ser leve , grave o muy grave de acurdo a lo siguiente
FALTA LEVE
-Cometer un acto de deshonestidad académica del tipo 1.
FALTAS GRAVES
-Cometer un acto de deshonestidad académica del tipo 2.
FALTAS MUY GRABES
-Cometer un acto de deshonestidad académica del tipo 3.
6.-No cumplir con los principios y disposiciones contenidas en la
presente ley en el ordenamiento jurídico Ecuatoriano se
considera una falta muy grave.