Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Diapositiva2
1. Declaración de exportación
Es un formulario en el que se registraran las exportaciones que cualquier persona desee
realizar, La Exportación se debe presentar en el distrito aduanero donde se formaliza la
exportación junto con los documentos de acompañamiento y soporte que sean necesarios para
dicha exportación Con la implementación del nuevo sistema ECUAPASS para el proceso de
Exportación se elimina la Orden de Embarque (15), solo deberá realizarse la Declaración
Aduanera de Exportación.
Con el sistema SICE la Declaración de Exportación se presentaba después de la salida de
las mercancías del aeropuerto o puerto. La DAE con el sistema ECUAPASS establece que el
primer paso para realizar la Declaración de Exportación es la presentación de la DAE.
Con el Anterior sistema no se llevaba a cabo el aforo de la Mercancía que sería exportada, Con el
Sistema ECUAPASS una vez que la mercancía haya ingresado al Depósito temporal se procederá
al Aforo de la Mercancía.
3. La empresa que llene un formulario de declaración de exportación tiene
que suministrar informaciones tales como:
Detalles de la
mercancía, cantidad,
precio, origen.
País de
destino y
entidad
que recibe
la
mercancía
.
Detalles del
exportador.
Declaraci
ón
firmada
por el
exportado
r
4. ¿Cuáles son los Documentos que acompañan a la Declaración de
exportación?
Las exportaciones deberán ser acompañadas de los siguientes
documentos:
Certificado de Origen.
Orden de Embarque
impresaDocumento de
Transporte.
Autorizaciones
previas
Factura comercial
original.
5. ¿Cómo se tramita una
Exportación?
FASE DE PRE-
EMBARQUE
Se inicia con la
transmisión y
presentación de la
Orden de Embarque
formato electrónico de
la Orden de
Embarque, publicado
en la página web de la
Aduana
FASE POST-
EMBARQUE
Se presenta la DAU
definitiva (Código 40),
que es la Declaración
Aduanera de
Exportación, en un
plazo no mayor a 30
días hábiles
posteriores al
embarque de las
mercancías.
6. Se pone en conocimiento a los
Exportadores, Servidores
Públicos del Servicio
Nacional de Aduana del
Ecuador y al público en
general, que a partir del
viernes 20 de septiembre del
2013 en TODA declaración
aduanera de exportación
(DAE) obligatoriamente debe
registrarse como documento
de acompañamiento los
siguientes campos:
Tipo de documento de acompañamiento
Número de documento de acompañamiento
Nombre de entidad emisora del documento de
acompañamiento
Fecha de emisión de documento de acompañamiento
Fecha de fin de vigencia de documento de
acompañamiento