1. Junio 1995
DECLARACIÓN DE POLÍTICA DEL CONSEJO*
RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES
DEL PROFESIONAL CONTABLE
CONTENIDO
Párrafo
Introducción............................................................................................................................1-6
Las reglas cambiantes del Reconocimiento de las Calificaciones Contables ......................7-12
Principios del Reconocimiento...........................................................................................13-27
Proceso del Reconocimiento..............................................................................................28-30
Obstáculos considerados como no vinculados a la Calificación Profesional..........................31
Apéndice 1: Disposiciones claves del GATS.
Apéndice 2: Ejemplos de Iniciativas de Reconocimiento Mutuo.
*
A partir de Mayo del 2000 fue renombrado por el Consejo de IFAC como Junta del IFAC. (IFAC Board)
DECLARACION DE POLITICA
2. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
Introducción
1. La misión de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) es el desarrollo y mejoría, a
nivel mundial, de la profesión contable con normas armonizadas, capaces de proporcionar
servicios uniformes de alta calidad a favor del interés público. Inherente a la declaración de esta
misión, se entiende que los servicios uniformes de alta calidad significan que las normas
profesionales que regulan estos servicios también son de alta calidad uniforme. La uniformidad
de las normas de alta calidad facilitará la práctica internacional de la profesión contable.
2. Tradicionalmente, los contadores han tenido práctica internacional como individuos y como
firmas. El ímpetu principal en pos de este movimiento ha sido la globalización de los negocios,
la cual se ha acelerado especialmente en años recientes. Como las empresas se convirtieron en
multinacionales, requirieron que sus asesores financieros también sean igualmente
multinacionales. Como resultado, los contadores profesionales se han agrupado en organismos
mundiales, proporcionando un amplio rango de servicios alrededor del mundo.
3. A pesar de estos progresos, los institutos profesionales y autoridades reguladoras nacionales
han sido renuentes a aceptar las calificaciones profesionales de contadores extranjeros para
prestar servicios regulados. Se han establecido condiciones de residencia, ciudadanía, criterios
educacionales especiales y exámenes, condiciones, que son, en muchos casos, imposibles de
cumplir. Además, algunos de estos criterios no corresponden a las calificaciones profesionales.
Dado el alcance internacional de la profesión contable, los contadores profesionalmente
calificados, como individuos y como firmas, están buscando cada vez más ser reconocidos en
países extranjeros y a menudo ven estos obstáculos como irrazonables.
4. La culminación exitosa de la Ronda de Negociaciones Comerciales de Uruguay, y el Acuerdo
General sobre la Comercialización de Servicios (GATS por su acrónimo en inglés), han dado
especial ímpetu a la demanda para el reconocimiento de las calificaciones contables de
extranjeros. El GATS trata de regular los obstáculos al comercio internacional y a la inversión
extranjera en la industria de servicios, incluyendo la práctica contable y de otras profesiones
más allá de las fronteras. Establece una serie de reglas para disciplinar la intervención del
gobierno en el mercado, para asegurar que los proveedores o afiliados internacionales de
servicios extranjeros, firmas y profesionales gocen de los mismos privilegios que sus
contrapartes competidoras locales, con respecto a la regulación del gobierno a fin de eliminar
los obstáculos discriminatorios para que las personas de otros países entren al mercado y
practiquen su profesión. Los firmantes del GATS y sus disposiciones, obligan a sus autoridades
reguladoras nacionales y provinciales.
5. El Concejo* de IFAC reconoce que un verdadero mercado internacional para los servicios de
contabilidad, con igual acceso para todos los profesionales calificados, es consistente con su
misión y alienta a las organizaciones nacionales de la profesión contable y a las autoridades
reguladoras o que proporcionan licencia, a encargarse del reconocimiento de las calificaciones
contables de extranjeros. Sin embargo, su mayor preocupación es el interés público e IFAC
cree que cualquier esfuerzo de reconocimiento mutuo debe asegurar que se respete
escrupulosamente la necesidad primordial de contar con normas de alta calidad. A este
respecto, la referencia a normas internacionales, tales como las promulgadas por el IFAC y la
Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por su acrónimo en ingles), pueden ser
especialmente útiles para satisfacer esta necesidad.
6. Dada la situación anterior, el Consejo* de IFAC ha emitido esta Declaración de Política para ser
usada por sus miembros y otras partes interesadas. Las estipulaciones de esta Declaración de
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A partir de Mayo del 2000 fue renombrado por el Consejo de IFAC como Junta de IFAC. (IFAC Board)
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A partir de Mayo del 2000 fue renombrado por el Consejo de IFAC como Junta de IFAC. (IFAC Board)
2 DECLARACION DE POLITICA
3. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
Política ayudarán a la implementación de las disposiciones del GATS así como a asegurar que
se mantengan las normas apropiadas de calificación profesional.
Las Reglas Cambiantes del Reconocimiento de las Calificaciones Contables
7. Tradicionalmente, el reconocimiento mutuo de las calificaciones de los contadores profesionales de una
jurisdicción a otra ha sido acordado entre organizaciones profesionales con relaciones cercanas y con
tradiciones, metas y objetivos similares. Algunas veces, tal reconocimiento es concedido por una autoridad
que otorga licencias cuando el permiso para encargarse de una auditoría, atestiguamiento u otra función
reservada, es concedida por una autoridad que otorga licencias y no por un organismo profesional.
8. Generalmente el reconocimiento es condicional dependiendo si el solicitante satisface algunos
acuerdos adicionales sobre educación, experiencia, exámenes o requerimientos de residencia
para reconocer las diferencias entre las jurisdicciones interesadas. Tales acuerdos no están muy
difundidos debido, algunas veces, a los conflictos económicos y a los factores políticos y
sociales. Los diversos requerimientos para ser calificado como contador, tales como la variedad
de los sistemas educativos y las diferencias en las normas de contabilidad y auditoría, en las
leyes y regulaciones relacionadas, así como las diferencias en la forma en que la profesión esta
regulada en varios países, no han permitido movilizar a los contadores profesionales.
Adicionalmente, los criterios relacionados a la ciudadanía y a la residencia han incrementado
los obstáculos.
9. El nuevo GATS trata los obstáculos regulatorios al comercio internacional y a la inversión
extranjera en la industria de servicios, incluyendo la práctica de la contabilidad y de otras
profesiones más allá de las fronteras, estableciendo reglas para intentar:
Asegurar que los proveedores extranjeros de servicios o internacionalmente afiliados,
firmas y profesionales gocen de los mismos privilegios que sus contrapartes o
competidores nacionales con respecto a las regulaciones gubernamentales;
Eliminar obstáculos discriminatorios de ingreso al mercado y a la práctica de personas de
otros países, concentrándose solamente en aquellos temas relacionados a las calificaciones
profesionales; y
Proporcionar transparencia a todos los proveedores de servicios en cuanto a las reglas
gubernamentales que rigen el reconocimiento de las calificaciones.
Aunque se aplican a todo rango de servicios industriales y profesionales, dos de las reglas del
GATS tienen particular pertinencia para los profesionales de la contabilidad (el Artículo VI
sobre “Regulación Nacional” y el Artículo VII sobre el “Reconocimiento de las
Calificaciones y Licencias”, los cuales se encuentran en el Apéndice 1).
10. En esencia, el GATS busca asegurar que las personas de un país que desean proporcionar
servicios en otro país, gocen de los mismos privilegios que sus contrapartes nacionales. Los
requisitos de reconocimiento no deberían constituir obstáculos irrazonables para comercializar
los servicios. Se espera que las reglas sean desarrolladas sobre la base de sector por sector, para
asegurar que los requerimientos de licencia estén basados en criterios objetivos y transparentes
y no sean más onerosos de lo que es necesario para asegurar la calidad del servicio.
11. El GATS requiere que todos los países tengan implementados procedimientos adecuados para
verificar las calificaciones de los profesionales de otros países que buscan el derecho de ofrecer
servicios dentro de sus jurisdicciones. Esto tendrá implicancias tanto para las organizaciones de
profesionales contables como para las autoridades reguladoras y licenciadoras.
12. Aunque el alcance del GATS es multinacional, no se encarga de su implementación bilateral.
IFAC cree que la forma más efectiva de lograr su reconocimiento es a través de iniciativas
DECLARACION DE POLITICA 3
4. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
bilaterales. Hay diferencias en cuanto a normas educacionales y de reconocimiento,
requerimientos de experiencia, temas profesionales, influencia regulatoria y varios otros temas,
todos los cuales hacen que la implementación del reconocimiento sea extremadamente
dificultoso sobre una base multilateral. Las negociaciones bilaterales permitirán a los países
involucrados concentrarse en los temas más importantes relacionados a sus entornos. Sin
embargo, una vez alcanzados los acuerdos bilaterales, esto puede conducir a otros acuerdos
bilaterales que, en última instancia, extenderán su reconocimiento mutuo más ampliamente.
Principios del Reconocimiento
13. El GATS requiere que los criterios para el reconocimiento de las calificaciones no excedan de
lo necesario para asegurar la calidad del servicio. Se espera que cada país tenga una
metodología para comparar las calificaciones profesionales y que ésta deba ser aplicada de una
manera justa y consistente a todos los solicitantes. IFAC recomienda que el proceso de
evaluación esté fundado sobre los componentes clave de la calificación profesional,
comprendidos dentro de las tres áreas siguientes:
Educación – acceso a las normas / organismo de conocimiento.
Exámenes – pruebas de competencia profesional.
Experiencia – pertinente a la práctica profesional.
14. Al implementar el proceso de evaluación, se sugieren los siguientes principios. Ello en paralelo
a las recomendaciones de la Guía Internacional de Educación 9 (IEG - 9 por su acrónimo en
inglés) y se proponen porque se ha encontrado que son ampliamente aceptadas dentro de la
profesión para satisfacer la necesidad de mantener sus altas normas y proteger al interés
público. Adicionalmente, pueden ayudar a los países que están negociando el reconocimiento
mutuo a tomar decisiones fundadas respecto al grado de equivalencia de los requerimientos
básicos educacionales. Este es un procedimiento crucial, debido a que, cuando hay suficiente
equivalencia en los requerimientos básicos de educación de los dos organismos, las partes
negociadoras pueden proceder más eficientemente.
Educación
15. Inicialmente, los temas y habilidades cubiertas por sus organismos de conocimiento deben ser
comparados. El conocimiento teórico que está contenido en el organismo de conocimiento de
las personas que buscan el reconocimiento, debe incluir al menos los siguientes temas:
Análisis y evaluación crítica de estados financieros;
Auditoría;
Consolidación de cuentas;
Costos y administración contable.
Contabilidad general;
Sistemas de control interno;
Requerimientos legales y profesionales relacionados con el ejercicio de las funciones
reservadas y relacionadas; y
Normas relacionadas con los estados financieros.
16. Además, el organismo de conocimiento debe cubrir al menos las siguientes áreas en cuanto a
que son pertinentes para la(s) función (funciones) reservada(s) y relacionada(s):
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5. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
Principios básicos de administración financiera de empresas;
Negocios, economía general y financiera;
Leyes civiles y comerciales;
Información tecnológica y de sistemas
Ley de insolvencia y procedimientos similares
Matemáticas y Estadística;
Prestación de servicios financieros, asesoría, etc.;
Conducta profesional y ética;
Seguridad social y leyes de empleo; y
Leyes tributarias.
Los candidatos deben cubrir estos temas con amplitud y suficiente profundidad para
permitirles desarrollar la función pertinente en el nivel esperado. Para asegurar que este es el
caso, es necesario efectuar una revisión detallada de los respectivos programas educacionales
y de su contenido.
17. Las áreas de diferencias realmente sustanciales (en términos de amplitud y profundidad) respecto a los
temas que son considerados esenciales para la práctica de la profesión en los respectivos países, deben ser
identificadas. Los candidatos que buscan el reconocimiento deben aceptar que podrían requerir tomar
cursos adicionales, obtener experiencia local o ser sometidos a una evaluación adicional en temas de
área(s) clave(s).
18. Hay una diversidad internacional considerable en los perfiles educacionales de los contadores
profesionales y algunas veces en la propia calidad de la educación en particular. En muchos
países, se requiere un grado de estudios en contabilidad, mientras que otros aceptan diferente
educación y/o aceptan experiencia en lugar de una educación formal. Las normas de educación
no deben ser consideradas en forma aislada. Más bien deben ser vistas en un contexto global de
la experiencia requerida para el reconocimiento y evaluación de exámenes profesionales
rendidos por un candidato de su mismo perfil profesional.
Exámenes
19. Los candidatos para el reconocimiento de las calificaciones profesionales deben demostrar que
han pasado un examen de competencia profesional. Este examen debe evaluar no solamente el
nivel necesario de conocimientos teóricos si no también la habilidad para aplicar
competentemente esos conocimientos en una situación práctica. La evaluación objetiva de los
exámenes profesionales se convierte así en un componente clave del proceso de
reconocimiento.
20. Los miembros de la organización deben satisfacerse que la evaluación a que fueron sometidos los
candidatos no sólo prueba verdaderamente el conjunto de conocimientos y la habilidad para su aplicación,
si no que las políticas y procedimientos para su construcción, seguridad y distribución son adecuados para
asegurar la integridad del proceso de evaluación. También se debe llegar a un acuerdo sobre la necesidad
de una revisión periódica del proceso de educación y evaluación de las calificaciones que fueron
reconocidas para asegurar que las condiciones del reconocimiento continúen siendo aplicables.
21. El contenido, la severidad, alcance y la duración de los exámenes profesionales manejados por
las organizaciones profesionales u otras autoridades también varían. Algunas se basan en el
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6. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
estudio de casos, mientras que otras hacen uso extensivo de pruebas objetivas. Algunas son
altamente computarizadas y otras son más razonadas.
La tarea es asegurar que los candidatos han sido adecuadamente evaluados en las áreas
pertinentes en la extensión necesaria, que les permita operar competentemente en las
funciones reservadas de su elección.
Experiencia
22. Es crucial para cualquier profesional no sólo tener un profundo conocimiento teórico sino
también ser capaz de aplicar tales conocimientos competentemente en el mundo laboral.
23. Se sugiere que, antes del reconocimiento para propósitos de desarrollar una función reservada,
un individuo debe haber realizado y aprobado un mínimo de dos1 años de experiencia práctica,
apropiadamente supervisada, principalmente en el área de la función respectiva y en un
ambiente profesional apropiado.
24. Los miembros de la organización u otras autoridades que consideran el reconocimiento de otras
calificaciones, deben evaluar los requerimientos de experiencia respectiva y determinar cómo
tratar cualquier diferencia que aparezcan. Las diferencias normalmente se relacionan con:
La naturaleza y el alcance de la experiencia requerida (por ejemplo, en algunos países, la
experiencia fuera de la contaduría pública no es considerada como aceptable para
propósitos de reconocimiento de la práctica).
La duración del periodo de experiencia obtenida, y
Los procedimientos requeridos para certificar la experiencia obtenida (por ejemplo,
algunos países requieren la testificación del empleador, mientras que otros confían en
informes periódicos por parte de aquellos que están obteniendo la experiencia).
Cualquier evaluación necesitará tener debida consideración de la extensión de la experiencia
pertinente a la función reservada que ha obtenido el candidato. Del análisis puede resultar el
requerimiento que, antes de obtener el reconocimiento en la jurisdicción de la organización
anfitrión, un candidato deba requerir obtener experiencia adicional.
25. El país anfitrión también podría buscar imponer un periodo de experiencia práctica en el propio
país anfitrión para demostrar competencia en las leyes, prácticas y/o regulaciones del país
anfitrión. En estos casos, tal requerimiento debe ser sólo para ese propósito. Ello no debe ser
irrazonablemente largo para un individuo que de otra manera reúna el requisito básico de
experiencia práctica, tal como se menciona en el párrafo 23.
Otros Factores a ser Considerados
26. Aunque los elementos básicos de educación, examen y experiencia serán el fundamento de
cualquier acuerdo de reconocimiento, hay varios otros factores importantes a ser considerados:
La diversidad de normas contables y de auditoría podría causar problemas en los temas de
reconocimiento. Tales normas se desarrollan como una respuesta a los cambios en los
ambientes sociales, económicos, legales y políticos. Aquellos países con numerosas
normas técnicas podrían estar en duda para autorizar la práctica de personas de países con
normas técnicas significativamente diferentes, particularmente en el área de la función
reservada. Esta dificultad puede ser resuelta, si generalmente se acepta que los solicitantes
1
El período sugerido de dos años fue modificado posteriormente por el Comité de Educación a tres años. Ver la Guía
Internacional de Educación 9 (IEG 9 por su acrónimo en ingles), párrafo 49 (revisada en Octubre de 1996), para reflejar
las circunstancias actuales.
6 DECLARACION DE POLITICA
7. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
pueden estar razonablemente obligados a demostrar un adecuado conocimiento y
entendimiento de las normas pertinentes tal como son aplicadas en el país anfitrión.
Las prácticas éticas difieren de país a país. Cuando un contador profesional es reconocido
en un país anfitrión, el o ella podrían estar normalmente sujetos a la ética del país
anfitrión. Sin embargo, cuando las diferencias parecen ser importantes, el país anfitrión
puede estar renuente a aceptar contadores extranjeros. Así como con las normas de
contabilidad y auditoría arriba mencionadas, la demostración de conocimiento de las
prácticas éticas del país anfitrión es una expectativa razonable. Además, al evaluar la
importancia de las diferencias, también puede ser útil referirse al Código de Ética para
Contadores Profesionales de la IFAC.
Es claro que si alguien va a practicar competentemente necesita tener cualidades
razonables para expresarse en forma oral y escrita en el lenguaje de negocios
generalmente utilizado en el país anfitrión.
Los requerimientos para la educación profesional continua (CPE por su acrónimo en
inglés), opuesta a la precalificación de la educación mencionada en los párrafos 15-18, se
están volviendo más comunes dentro de la profesión como condición al derecho de
práctica. El efecto de un requerimiento obligatorio en esta área necesita ser tratado en
muchos países, desde que el CPE es usualmente voluntario. Se originaran dificultades
cuando un organismo tiene en vigencia una política obligatoria de CPE y este no es el
caso en la jurisdicción de un candidato. En tales circunstancias, se puede necesitar acordar
algunas calificaciones adicionales para las personas que buscan el reconocimiento del
organismo que tiene en vigencia los requerimientos de CPE. Sin embargo, cualquier
arreglo que se haga debe ser razonable y estar diseñado para facilitar a los candidatos el
cumplimiento de los requerimientos necesarios dentro de un período razonable.
27. El GATS se relaciona con el reconocimiento mutuo de las calificaciones profesionales. Pero no
se relaciona con la reciprocidad de los miembros de las organizaciones profesionales. Esto será
especialmente importante en aquellos países donde la función de autorización de licencias y/o
práctica está separada de la organización profesional contable. IFAC cree que el espíritu del
reconocimiento mutuo se debe extender a la membresía. Ello estimula a todos los organismos
profesionales de la contabilidad a desarrollar clasificaciones de membresía u otros procesos
mediante los cuales los profesionales extranjeros reconocidos también puedan ser parte de la
organización contable. La membresía de los profesionales extranjeros reconocidos ayudará a
aquellos individuos a mantener y mejorar su competencia en las prácticas del país anfitrión
mediante el acceso a publicaciones técnicas, contacto con contadores profesionales locales,
conocimiento de la práctica ética y otros temas. Mejorar la competencia técnica es en beneficio
directo del interés público.
Proceso de Reconocimiento
28. Al intentar establecer procedimientos para el reconocimiento de calificaciones de extranjeros, se debe
tener cuidado con las diferencias en la estructura organizacional de la profesión. En un país donde la
profesión contable y el proceso para otorgar licencias no esta centralizado, un organismo nacional podría
negociar en nombre de sus miembros a nivel provincial o estatal con las autoridades locales licenciadoras
las cuales podrían tener amplia diferencia de requerimientos. En algunos países, el reconocimiento para
propósitos de la práctica requiere la membresía de las organizaciones contables locales reconocidas,
mientras que en otros el reconocimiento se obtiene mediante la afiliación a dicha institución o de una
autoridad licenciadora Gubernamental.
29. El GATS requiere que cada país establezca un proceso que proporcione el reconocimiento de
las calificaciones de extranjeros. Además, el proceso debe ser transparente y equitativo para
todos aquellos individuos que solicitan su calificación. Algunos países u organismos miembros
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8. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
ya podrían tener vigentes esos procesos mientras que otros no los tienen. En ambientes
emergentes de gran cambio global, los primeros necesitarán revisar ahora sus sistemas y crear
estructuras más formales y los últimos necesitarán implementar facilidades apropiadas lo más
pronto posible. Los siguientes temas deben ser tratados:
Líneas cercanas de contacto con organizaciones profesionales de otros países, para
evaluar las normas diferentes.
Un proceso mediante el cual el sistema educativo, la curricula y los programas de
titulación en los países extranjeros, puedan ser evaluados, cara a cara, con relación a los
requerimientos locales; esto será especialmente importante en aquellos casos donde la
precalificación de la educación no siempre confía en el sistema universitario.
Evaluación del sistema de exámenes en países extranjeros, tanto del contenido como del
proceso del examen.
Evaluación de los requerimientos de experiencia y de la forma en que tal experiencia es
monitoreada y controlada.
Establecimiento de un organismo revisor, o una estructura similar, la cual analizará los
resultados del proceso anteriormente mencionado y publicará y administrará el programa
para facilitar el reconocimiento de las calificaciones de extranjeros; dicho organismo
utilizaría puntos de referencia internacional (por ejemplo, IFAC’s IEG 9) y recomendaría
exámenes especiales y otros programas que permitan a los candidatos demostrar
competencia únicamente en requerimientos locales.
30. Inevitablemente, tales estructuras implicarán costos. Los gastos legales y administrativos son
algunos ejemplos. Estos podrían ser significativos. Podría ser razonable que los candidatos que
solicitan su reconocimiento deben estar preparados para contribuir con los costos incurridos de
acuerdo con sus solicitudes y deben estar enterados desde el principio de la magnitud de los
cargos involucrados. En algunos países, el elemento costo /cargo podría ser un tema para el
estado por cuenta del cual las organizaciones profesionales o la autoridad que otorga licencias
están actuando.
Obstáculos Considerados como no vinculados a la Calificación Profesional
31. El GATS estipula que los requerimientos de calificación no deben constituir obstáculos
innecesarios para comercializar los servicios y no deben ser más onerosos que lo necesario para
asegurar la calidad del servicio y proteger el interés público.
32. Los países imponen diversas restricciones que no están necesariamente relacionadas,
específicamente, con las calificaciones profesionales. Por ejemplo:
Requerimientos de que sólo los ciudadanos de un país son elegibles para recibir títulos o
licencias;
Requerimientos de que los candidatos a títulos o licencias profesionales deben ser
residentes en la jurisdicción de la licencia por un periodo anterior a la presentación de la
solicitud;
Requerimientos de que los profesionales licenciados sean residentes permanentes, o estén
establecidos permanentemente, en la jurisdicción de la licencia; sin embargo, si el
candidato no es un residente permanente o establecido permanentemente, el o ella
podrían estar razonablemente obligados a demostrar que el o ella intentan practicar las
funciones reservadas; y
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9. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
Requerimientos de que un candidato concurra a una institución educativa específica o que
solo requiere un grado universitario (sin considerar la experiencia u otro tipo de
entrenamiento) satisfacer los requerimientos educacionales.
IFAC cree que es necesaria una investigación adicional antes que se concluya si tales
restricciones son o no innecesariamente onerosas. Esta investigación debe tener en
consideración, entre otros, el impacto sobre la capacidad de la profesión local nacional para
desarrollarse por sí misma.
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10. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
Apéndice 1
Disposiciones claves del GATS
Antecedentes
Las condiciones de la Ronda de Comercio del Uruguay, negociadas bajo el auspicio del Acuerdo
General sobre Tarifas y Comercio (GATT* por su acrónimo en inglés) incluyeron el primer acuerdo
multinacional removiendo los obstáculos a los contadores que deseaban practicar más allá de las
fronteras. Algunos de éstos, tales como los cambios en los controles migratorios y restricciones de
visas, son vistos en común con otras industrias y proveedores de servicios. Otras, notables
obstáculos para la obtención de la certificación para la práctica en jurisdicciones extranjeras, son
únicas a las profesiones.
El convenio multilateral del Acuerdo General sobre Comercialización de Servicios (GATS), trata
estos problemas de calificación de la práctica en jurisdicciones extranjeras de dos maneras:
1. Primero, las disposiciones sobre regulación nacional requieren que los países administren sus
licencias o reglas de certificación de manera razonable, objetiva e imparcial y prohíbe usarlas
como obstáculos diferenciados para el comercio. Para llevar a cabo este amplio mandato, el
acuerdo prevé el desarrollo de disciplinas vinculantes más específicas en el futuro. También
se requiere que los países establezcan procedimientos específicos para verificar la
competencia y credenciales de los profesionales de otros países.
2. Segundo, el acuerdo alienta a los países a reconocer a otros profesionales, autónomamente o a
través de acuerdos de reconocimiento mutuo. Adicionalmente, establece guías para asegurar
que tales acuerdos no sean usados simplemente para discriminar a los profesionales cuyos
países no son parte del acuerdo.
Artículos de interés especial para la Profesión Contable
Hay dos artículos dentro del GATS que son de particular interés para la profesión contable:
El Artículo VI, sobre regulación nacional, es una de las reglas que solo se aplica a la
contabilidad en los casos en que gobiernos individuales han realizado compromisos específicos
en sus agendas. Contiene tres características importantes:
Los gobiernos acuerdan aplicar las regulaciones que afectan los servicios industriales y
profesionales de manera razonable, objetiva e imparcial de modo que ello no sirvan como barreras
para el comercio.
Los requerimientos y procedimientos de calificación, normas técnicas y requisitos de licenciamiento
no deben constituir obstáculos innecesarios para el comercio de servicios. Además, se deben
desarrollar disciplinas o reglas sobre la base de sector por sector, para asegurar de que tales medidas
se basan en criterios objetivos y transparentes, no son más onerosas que lo necesario para asegurar
la calidad del servicio, en el caso de los requerimientos de licencia, y no sirvan en sí mismas como
restricciones para proporcionar el servicio. Las normas internacionales deben ser tomadas en cuenta
en la determinación del cumplimiento de estos principios.
Todos los países deben tener en vigencia procedimientos adecuados para verificar las calificaciones
de los profesionales de otros países que buscan el derecho de practicar dentro de sus jurisdicciones.
El Artículo VII, sobre registro de calificaciones y licencias, se aplica a través del organismo a
todos los servicios y profesiones en todos los países firmantes sin tener en cuenta si se han
*
General Agreement on Tariffs and Trade
10 DECLARACION DE POLITICA
11. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
realizado compromisos específicos. Tal como el artículo VI, este artículo tiene tres
características pertinentes a la profesión contable:
Los países deben escoger su propio enfoque para el reconocimiento de las calificaciones y licencias
de extranjeros, a través de un reconocimiento unilateral, acuerdos recíprocos bilaterales o a través
de la armonización internacional.
No es obligatorio para un país entrar en tales acuerdos. Sin embargo, si un país decide hacerlo,
cualquiera sea el enfoque elegido debe ser aplicado de una manera consistente, objetiva y justa a
todos los otros países que buscan el reconocimiento de sus profesionales.
Los países son alentados a cooperar con las organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales para el establecimiento y adopción de calificaciones y normas de prácticas
internacionales comunes.
Implementación
La operación del GATS, así como el mismo GATT y un nuevo acuerdo sobre la protección de la
propiedad intelectual, serán supervisados y administrados por la nueva Organización Mundial de
Comercio (WTO* por su acrónimo en inglés). El GATS, también crea un Consejo sobre Comercio
de Servicios, compuesto por representantes de los países firmantes, para continuar con las
negociaciones sobre los temas pendientes y de otro modo, para recoger preguntas que surjan en la
operación del acuerdo de servicios.
Se sabe que, en el contexto de los servicios profesionales, el Consejo sobre Comercio de Servicios
estará estableciendo un grupo de trabajo cuando el acuerdo tome mayor fuerza para supervisar la
implementación del acuerdo de servicios y que su trabajo relacionado con la contabilidad ya ha sido
designado como “un tema de prioridad.”
Las siguientes tres etapas de la agenda, han sido establecidos para el grupo de trabajo:
1. Las disciplinas y reglas adicionales previstas por el Artículo VI, deben ser desarrolladas
para asegurar que los requisitos y procedimientos nacionales de calificación, las normas
técnicas y los requisitos de licencias en contabilidad no constituyen obstáculos innecesarios
para el comercio.
2. El uso de normas internacionales, con respecto a las calificaciones y a la práctica de la
contabilidad, debe ser alentada a través de la cooperación con organizaciones
internacionales gubernamentales y no gubernamentales pertinentes. IFAC y el IASC son
obviamente las organizaciones no gubernamentales involucradas en este esfuerzo.
3. El reconocimiento de las calificaciones más allá de las fronteras debe ser alentado, de
acuerdo con el Artículo VII, mediante el desarrollo de guías apropiadas para los acuerdos
de reconocimiento.
*
World Trade Organization.
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12. RECONOCIMIENTO DE LAS CALIFICACIONES DEL PROFESIONAL CONTABLE
Apéndice 2
Ejemplos de Iniciativas de Reconocimiento Mutuo
La Unión Europea
El verdadero fundamento legal para la filosofía del reconocimiento mutuo fue el Tratado de Roma
de 1957. Sin embargo, tomó varias décadas desarrollar la voluntad política necesaria. Esto sucedió
con el Acta Única Europea de 1986 que engarzó la filosofía de reconocimiento mutuo. El sistema
general de reconocimiento mutuo de diplomas busca permitir a los profesionales en la Unión
Europea circular más libre y fácilmente de un estado miembro a otro. Este sistema concierne
únicamente a los individuos e ignora a las firmas las cuales pueden ser parte pertinente de la
profesión. Además, la directiva se relaciona sólo con la prestación de servicios basado en el
comercio y no trata la cuestión de la prestación de servicios más allá de las fronteras.
El resultado final que se busca es el derecho del profesional a ejercer su profesión en el estado
miembro anfitrión o proporcionar sus servicios bajo las mismas condiciones a que están sujetos los
profesionales de ese país. La implementación progresiva de la primera directiva en los estados
miembro y las organizaciones que evalúan el reconocimiento local de la profesión contable, debe
incrementar significativamente el número de contadores beneficiados por el reconocimiento mutuo
de sus títulos o licenciaturas.
Norte América
El Acuerdo de Libre Intercambio de Norte América (NAFTA por su acrónimo en inglés) establece
reglas básicas y obligaciones para facilitar el comercio de servicios más allá de las fronteras. A la
vez que reconoce la necesidad de regulación, el NAFTA alienta el amplio acceso a los mercados
con la condición de que los requerimientos de licencia deben estar basados en criterios objetivos y
transparentes, tales como la competencia profesional, y no deben ser más onerosos que lo necesario
para asegurar la calidad del servicio prestado.
En 1991 se suscribió un acuerdo entre el Instituto Canadiense de Contadores Registrados, el
Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados y la Asociación Nacional de Juntas de
Contabilidad de los Estados, el cual se hizo efectivo en noviembre de 1993, en algunos estados,
pero no en todos los estados de los Estados Unidos de Norteamérica. El titular de una designación
podría calificar para la otra parte, pero pasando los exámenes de conocimientos y reuniendo ciertos
requerimientos de experiencia. Los candidatos para reconocimiento recíproco que califican en los
exámenes locales de conocimientos de una de las instituciones, estarán exentos de la obligación de
someterse al examen final de calificación de esa institución.
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