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OBJETIVOS

•   Reconocer la importancia del Recurso
    Humano en el logro de los objetivos
    corporativos

•   Conocer los principales procesos de
    administración de personal en las
    empresas

•   Identificar los elementos clave que
    permiten desarrollar y mejorar la gestión
    de PERSONAS en las empresas
CONTENIDO TEMÁTICO
  Contrato de trabajo
  Jornada de Trabajo
  Salario y Prestaciones
  Sociales
  Aportes parafiscales
  Aportes Seguridad
  Social
  Descuentos
  Reglamento Interno de
  Trabajo
  Reglamento de Higiene
  y Seguridad Industrial
CONTRATO DE TRABAJO
Art. 22 C.S.T
Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona
natural se obliga a prestar un servicio personal a otra
persona natural o jurídica, bajo            continuada
subordinación cumpliendo ordenes de la segunda y
recibiendo por su labor una remuneración.

Quién presta el servicio se denomina empleado, quien lo
recibe y remunera, empleador y la remuneración,
cualquiera que sea su forma, salario.
CONTRATO DE TRABAJO
 Elementos Generales
 -Capacidad
 -Consentimiento
 -Objeto Lícito
 -Causa Lícita


 Elementos Esenciales
 -Prestación personal del servicio
 -Continua Subordinación
 -Retribución Económica o remuneración
CLASES DE
CONTRATO DE TRABAJO
 POR SU FORMA
 -Verbal
 -Escrito

 POR SU DURACIÓN
 -Término fijo
 -Término indefinido
 -De obra o labor
PERIODO DE PRUEBA
Art. 76 C.S.T
Es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por
parte del empleador, apreciar las aptitudes del empleado, y por parte
de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo.

El periodo de prueba debe ser estipulado por escrito y no puede
exceder de dos (2) meses; aquellos contratos inferiores a un año el
periodo de prueba no debe ser superior a la quinta parte del término
inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que exceda de dos
meses.

El hecho de dar por terminado el periodo de prueba y con ello, el
contrato de trabajo, no obliga al empleador a pagar la indemnización
por terminación del contrato de trabajo, pero no lo exime del pago de
las prestaciones de ley a el trabajador.
CONTRATO DE TRABAJO
REVISIÓN Y SUSPENSIÓN
 La Revisión del contrato de trabajo, se puede hacer en cualquier momento,
 por cualquiera de las partes, cuando se presenten graves alteraciones de la
 normalidad económica.
 La Suspensión del contrato de trabajo es el lapso durante el cual se
 interrumpe las obligaciones adquiridas, por parte del trabajador, de prestar
 sus servicios y por parte del empleador, de pagar los salarios y prestaciones
 correspondientes a este periodo. La suspensión se puede dar por:
     -Fuerza mayor que impida la ejecución del contrato
     -Por muerte o inhabilitación del empleador
     -Por suspensión de actividades o clausura temporal de la empresa
     -Por licencia concedida por el empleador al trabajador
     -Por ser llamado el trabajador a prestar servicio militar
     -Por la detención preventiva del trabajador
     -Por huelga declarada
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Pagar la                Suministrar al trabajador salvo        Conceder al trabajador las
remuneración            que se haya acordado lo contrario,     licencias necesarias para el
pactada en las          las materias primas necesarias         ejercicio del sufragio, para el
modalidades,            para el trabajo contratado y las       desempeño de cargos oficiales
periodicidad y lugar    herramientas y equipos requeridos      transitorios de forzosa
acordados.              para desarrollar el mismo.             aceptación; en caso grave de
                                                               calamidad doméstica, para
Cumplir el              Entregar al trabajador elementos       desempeñar comisiones
reglamento y            de protección para prevenir los        sindicales inherentes a la
mantener el orden, la   accidente y enfermedades               organización.
moralidad y el          profesionales, y adecuar los
respeto a las leyes.    locales donde se prestan los           Pagar al trabajador los gastos
                        servicios procurando condiciones       razonables de venida y
Prestar los primeros    óptimas                                regreso, si para prestar sus
auxilios en caso de                                            servicios lo hizo cambiar de
accidente o             Dar al trabajador que lo solicite,     residencia, salvo si la
enfermedad.             certificación en que conste tiempo     terminación del contrato se
                        de servicio, la índole de la labor y   origina por culpa del
                        el salario devengado.                  trabajador.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADO
 -Realizar personalmente la labor en los términos estipulados, acatar y cumplir las
 órdenes e instrucciones que de modo particular le impartan el empleador o sus
 representantes según el orden jerárquico establecido.
 -No comunicar con terceros salvo autorización expresa, las informaciones que
 tenga sobre su trabajo,
 -Conservar y restituir en buen estado, salvo el deterioro natural, los instrumentos
 y útiles que le hayan sido facilitados.
 -Guardar rigurosamente la moral en la relaciones con sus superiores y
 compañeros.
 -Comunicar oportunamente al empleador las observaciones que estime
 contudentes a evitarle daño y perjuicio.
 -Prestar la colaboración posible en caso de siniestro o de riesgo inminente que
 afecten o amenacen las personas o las cosas de la empresa.
 -Observar las medidas preventivas higiénicas préscritas por el médico del
 empleador o por las autoridades del ramo.
 -Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y órdenes preventivas
 de accidentes o de enfermedad profesional.
PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR
 -Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios, salvo
 previa autorización escrita de ellos.
 -Obligar a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes que
 establezca el empleador.
 -Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se le admita
 en el trabajo.
 -Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores de su derecho de
 asociación.
 -Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político. Hacer,
 autorizar o tolerar propaganda política en los sitios de trabajo.
 -Hacer o permitir rifas, colectas o suscripciones en la sede de labores.
 -Emplear en las certificaciones de trabajo expedidas a la terminación del
 contrato, signos convencionales que tiendan a perjudicar a los interesados, o
 adoptar el sistema de lista negra.
 -Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los
 trabajadores o que ofenda su dignidad.
PROHIBICIONES DEL EMPLEADO
 Sustraer de la fábrica los        Hacer, colectas, rifas,        Usar los útiles o
 útiles de trabajo sin             suscripciones o propaganda     herramientas utilizadas
 permiso del empleador.            en el trabajo.                 y suministradas por el
                                                                  empleador en objetos
 Presentarse al trabajo en                                        distintos del trabajo
 estado de embriaguez, o                                          contratado.
 bajo la influencias de
 narcóticos o drogas.
                                                                  Coartar la libertad para
 Conservar armas en el sitio                                      trabajar o no, o para
 de trabajo, a excepción de                                       afiliarse o no a un
 las que con autorización                                         sindicato o permanecer
 llevan los vigilantes.                                           en él o retirarse.

  Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del    Faltar al trabajo sin justa causa
  trabajo, suspender labores, promover suspensiones       o permiso del empleador, salvo
  intempestivas del trabajo, o excitar a su declaración   en huelga, en los cuales se deba
  o mantenimiento si se participa o no en ellas.          abandonar el lugar de trabajo.
TERMINACIÓN O FINALIZACIÓN
-El contrato de trabajo termina:
     -Por muerte del trabajador
     -Por mutuo consentimiento
     -Por expiración del plazo fijo pactado
     -Por terminación de la obra o labor
     contratada
     -Por liquidación o clausura definitiva de la
     empresa o establecimiento
     -Por suspensión de actividades por parte
     del empleador durante más de 120 días
     -Por sentencia ejecutariada
     -Por no regresar el trabajador a su empleo
     al desaparecer las causas de suspensión
     del contrato.
POR JUSTA CAUSA
POR PARTE DEL EMPLEADOR
-Haber sufrido engaño por parte del              -El que el trabajador revele los secretos
trabajador                                       técnicos o comerciales o dé a conocer
-Todo acto de violencia, injuria, malos          asuntos de carácter reservado, con
tratamientos o grave indisciplina en que         perjuicio de la empresa.
incurra el trabajador en sus labores y fuera     -El deficiente rendimiento en el trabajo.
del servicio en contra del empleador.            -La sistemática inejecución, sin razones
-Todo        daño       material      causado    válidas, por parte del trabajador, de las
intencionalmente a los edificios, obra           obligaciones legales.
maquinarias e instrumentos relacionados con      -Todo vicio del trabajador que perturbe la
el trabajo.                                      disciplina del establecimiento.
-Todo acto inmoral o delictuoso que el           -La renuencia del trabajador a aceptar la
trabajador cometa en el lugar de trabajo.        medidas preventivas de seguridad.
-Cualquier violación grave de las obligaciones   -La ineptitud del trabajador para realizar la
o prohibiciones que incumben al trabajador.      labor encomendada.
-La detención preventiva del trabajador por      -El reconocimiento al trabajador de la
más de treinta días a menos que                  pensión de jubilación o invalidez.
posteriormente sea absuelto.                     -Cuando el trabajador se incapacite por
                                                 más de 180 días.
POR JUSTA CAUSA
POR PARTE DEL TRABAJADOR
-Haber sufrido engaño por parte del empleador, respecto de las condiciones de
trabajo.
-Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el
empleador contra el trabajador o los miembros de la familia.
-Cualquier acto del empleador o de sus representantes que induzcan al trabajador a
cometer un acto ilícito o contrario a sus convicciones.
-Todas las circunstancias que el trabajador no pueda prever al celebrar el contrato y
ponga en peligro su seguridad o salud.
-Todo perjuicio causado maliciosamente por el empleador al trabajador en la
prestación del servicio.
-El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del empleador, de sus
obligaciones convencionales o legales.
-La exigencia del empleador, sin razones válidas, de la prestación de un servicio
distinto, o en lugares diversos de aquel para el cual se le contrató.
-Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones que incumben al
empleador.
SIN JUSTA CAUSA

             -Se entiende que un trabajo
             termina sin justa causa, por
             incumplimiento de lo pactado,
             con      indemnización     de
             perjuicios a cargo de la parte
             responsable.

             -Esta         indemnización
             comprende el lucro cesante y
             el daño emergente.
CONTRATO DE APRENDIZAJE
-Es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar un servicio a un
empleador, a cambio de que éste le proporcione los medios para
adquirir formación profesional metódica y completa.
Apoyo de Sostenimiento: Es la cuota que recibe el trabajador-
aprendiz, para cubrir gastos de sostenimiento durante su etapa lectiva
y productiva. (Art. 30 ley 789).
No es salario.


No es un ingreso laboral.


No es base prestacional.


Aprendiz Sena:    Pago :      Etapa Lectiva    50% S.M.L.V.
                               Etapa Productiva        75% S.M.L.V.
Practicante Universitario: Pago:                      100% S.M.L.V.
ESQUEMA GENERAL DE
COMPENSACIONES
               Misión, Visión, Valores, planes estratégicos,
               objetivos corporativos


                      Estrategia de Recursos Humanos


                             Estrategia y sistema
                             Salarial o de Compensaciones
                             Directas            Indirectas o
                                                 Beneficios


Salario Base                  Incremento por Mérito        Incentivos


Valoración del puesto                                                    Mercado Laboral
                             Progr. Evaluac desempeño

Análisis y Descrip. puesto
                                          Estrategia de Valor Agregado
SALARIO Y
PRESTACIONES
  SOCIALES
SALARIO
 El salario, es el pago que recibe
 en forma periódica un trabajador
 de mano de su empleador a
 cambio del trabajo para el que
 fue contratado.

 Es una contraprestación en dinero y adicional en
 especie avaluables en dinero, que recibe el trabajador
 del empleador por causa del contrato de trabajo.
 Siempre debe existir una remuneración en dinero, la
 especie es adicional.
SALARIO MÍNIMO
(ART. 145 C.S.T.)

   Es la remuneración mínima establecida por el
    gobierno nacional, previo acuerdo con las
    agremiaciones y sindicatos nacionales

   Salario Mínimo para el 2012 es de $566.700
    Incremento del 5,8%.

   Ningún empleado puede recibir una remuneración
    inferior al salario mínimo o su proporción.
PAGOS CONSTITUTIVOS DE
SALARIO (ART. 127)

o Constituye salario:
o La remuneración ordinaria, fija o variable
o Primas (definidas como salario)
o Sobresueldos
o Bonificaciones habituales
o Horas extras
o Valor del trabajo en día de descanso obligatorio
o Porcentaje sobre ventas y comisiones
PAGOS NO CONSTITUTIVOS DE
SALARIO (ART. 128)

o Las sumas que ocasionalmente y por mera
  liberalidad recibe el trabajador del empleador
  como:
o Primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales
o Participación de utilidades
o Excedentes de las empresas de economía solidaria
o Lo que recibe en dinero o en especie no para su
  beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino
  para desempeñar a cabalidad sus funciones como:
o Gastos de representación
o Medios de transporte
o Elementos de trabajo.
HORAS EXTRAS
Es la remuneración por la labor desempeñada en la jornada
adicional a la estipulada en el contrato de trabajo.

Jornada Laboral Flexible.          Art 51 Ley 789

                                                  HORARIO
                            TIPO                                      FACTOR
                                            DESDE        HASTA
                     Diurna Ordinaria        6:00 a.m.   10:00 p.m.       1,25
                     Nocturna Ordinaria     10:00 p.m.    6:00 a.m.       1,75
                     Diurna Festiva          6:00 a.m.   10:00 p.m.       2,00
                     Nocturna Festiva       10:00 p.m.    6:00 a.m.       2,50
                     Recargo Nocturno       10:00 p.m.    6:00 a.m.       0,35
                     Nocturna dominical o
                           festiva          10:00 p.m.    6:00 a.m.       2,10

Procedimiento : Sueldo / No. Horas trabajadas en el
          mes (240) * No. Horas Extras * Correspondiente.

Factor
EJERCICIO HORAS EXTRAS
Pedro Pérez se desempeña en el área de producción de una
importante empresa textilera,         tiene un ingreso de $
970.000.oo y laboró en el mes          de diciembre unas Horas
Extras desde las 6:00 p.m. hasta       las 11 p.m. en un viernes
de su jornada normal. Cuánto se       le debe pagar a Pedro por
dichas horas?

        Horas Diurnas Ordinarias:          Desde las 6:00 p.m. hasta
las 10:00 p.m.                                   4 horas
        Horas Nocturnas Ordinarias:        Desde las 10:00p.m. hasta
las 11:00 p.m.                            1 hora

Procedimiento :      Sueldo          /    240 *    No. Horas    *
Factor
              H.E.D.O          970.000          /   240     *   4 *
1.25 = 20,208
      H.E.N.O 970.000    / 240 *      1 * 1.75 =    7.072
AUXILIO DE TRANSPORTE
Tiene la finalidad de ayudar económicamente al trabajador para su
desplazamiento al lugar de trabajo.

Se paga auxilio de transporte al trabajador que tenga ingresos iguales
o inferiores a 2 SMLV. $67.800, para el año 2012, aumento el 6,6 %

En el evento que el trabajador labore menos de 30 días el cálculo de
la base y el pago del auxilio de transporte se hará promedio.

No es un pago salarial, pero si es base para el calculo de las
prestaciones sociales: cesantías, intereses y prima legal.

No hace base para la seguridad social

No se paga en incapacidades, licencias ni en vacaciones.
AUXILIO DE TRANSPORTE

Días: Numero de días laborados en el periodo.

Base: Valor ingresos que son salario / Días * 30
                  (Verificar que la base no supere los 2 SMLV:
$1.130.000)

Procedimiento: Valor Aux. transporte de ley / 30 * Días

Ejercicio: Pedro Pérez tiene derecho a Subsidio de Transporte, en
el mes de diciembre?
GASTOS DE VIAJE

Son pagos hechos al trabajador para el cubrimiento
de viajes con el fin de desempeñar la labor para la
que fue contratado.


Existen dos tipos de gastos de viaje:
Salariales: (Art. 130 C.S.T.) Son los pagos hechos al empleado
 Salariales
 destinados a alojamiento y alimentación .

No salariales: Son todos los otros pagos hechos al trabajador
    salariales
 diferentes a los anteriores, como medios de transporte y
 gastos de representación.
COMISIONES, BONIFICACIONES
OCASIONALES
o COMISIONES HABITUALES: (Art. 127 C.S.T.) Es la
  remuneración que reciben los empleados del área
  de ventas o comercial por efectos de su labor.

o Regularmente se calculan de acuerdo a tablas de
  cumplimiento de ventas o por porcentaje sobre las
  mismas.

o BONIFICACIONES OCASIONALES: Son ingresos que
  recibe un trabajador como premio adicional por su
  labor. No forman parte del salario promedio
  debido a su misma condición de ocasionales
VACACIONES
(ART. 186 C.S.T.)
  oLos trabajadores que hubieren prestado sus
  servicios durante 1 año tienen derecho a quince
  (15) días hábiles consecutivos de vacaciones
  remuneradas

  oSe pagan únicamente sobre el salario básico del
  trabajador y recargos nocturnos. (a menos que la
  empresa disponga lo contrario).

  oEn el caso de trabajadores con salario variable
  (Art. 192 C.S.T.) como en el área de Ventas o
  Comercial, se paga vacaciones en tiempo sobre el
  salario promedio de los últimos doce meses.
LIQUIDACIÓN VACACIONES (ART.
192 C.S.T.)
oDías:     No.     de   días de vacaciones   en
tiempo a                disfrutar.

oBase:     Salario Promedio mensual.

oProcedimiento:   Base / 30 * Días.
VACACIONES EN DINERO
(ART. 189 C.S.T.)
 Es el pago que recibe el trabajador a cambio de no
   disfrutar sus vacaciones en tiempo.

 En dicho caso el trabajador continua recibiendo su
   salario normalmente y adicional a                       este    se   le
   cancelarán sus vacaciones en dinero

Días: No. de días autorizados a pagar por vacaciones en dinero.

Base: Se liquida un salario promedio de los ingresos del trabajador de los
 últimos doce meses desde la fecha de pago hacia atrás.

Procedimiento: Base / 30 * Días.
EJERCICIO DE VACACIONES EN
DINERO
 En el mes de febrero se le aprobaron 15 días de vacaciones en
  dinero a Pedro Perez. Cuanto se le debería pagar?
                                        DEVENGADOS
    MES                   SUELDO            HORAS EXTRAS
          ENERO 2005 -     750.000,00           20.729,00   Procedimiento:
      DICIEMBRE 2004-      750.000,00           15.340,00
      NOVIEMBRE 2004-      750.000,00           10.240,00   Base       /   30   *   Días
       OCTUBRE 2004-       750.000,00                 -
      SEPTIEMBRE 2004-     750.000,00                 -     $761.457   /   30   *   15 =
          AGOSTO 2004-     750.000,00                 -
           JULIO 2004-     750.000,00            3.580,00   El valor a pagar es de $380.728
           JUNIO 2004-     750.000,00           15.483,00
           MAYO 2004-      750.000,00           16.873,00
           ABRIL 2004-     750.000,00           18.242,00
           MARZO 2004-     750.000,00           18.243,00
          FEBRERO 2004-    750.000,00           18.762,00
    PROMEDIO               750.000,00           11.457,67
DOTACION (ART. 230)

o   Se debe suministrar cada 4 meses en forma gratuita un par de zapatos
    y un vestido de labor, al trabajador cuya remuneración mensual sea
    hasta dos veces el salario mínimo legal vigente.
o   Este derecho se adquiere cuando se haya cumplido tres meses de
    servicio al empleador.
PRESTACIONES LEGALES
(ART. 193 C.S.T.)
   Son devengados que cubren los riesgos o necesidades del trabajador que se
    originan durante la relación o con motivo de la misma:




          Cesantías

          Intereses de Cesantías

          Prima de Servicios
AUXILIO DE CESANTÍAS
(LEY 50)

    Es un mes de salario promedio (incluye Auxilio
     de transporte) por cada año                     laborado   o
     proporción. (Art.249 C.S.T.).
    Cálculo:
   Días: No. de días laborados en el periodo (año).
   Base: Salario básico + Promedio de otros conceptos. (Año)
   Procedimiento: Base / 360 * Días.

      Nota: Si el empleado tuvo una variación en los últimos
      90 días debe hacer promedio de salario básico en el
      último año o si e menor a 1 año , en el tiempo de
      servicio.
EJERCICIO AUXILIO DE CESANTIAS
Con los siguientes datos liquide el valor de las cesantías
de un trabajador que laboró entre Enero 1 y Agosto 30 de
2011
                     DEVENGADOS
                                                          AUX
     MES             SUELDO           HORAS EXTRAS        TRANSPORTE
     ENERO               600.000,00           20.729,00       63.600,00
     FEBRERO             600.000,00           15.340,00       63.600,00
     MARZO               600.000,00           10.240,00       63.600,00

     ABRIL               600.000,00             -             63.600,00

     MAYO                600.000,00             -             63.600,00

     JUNIO               600.000,00             -             63.600,00
     JULIO               650.000,00            3.580,00       63.600,00
     AGOSTO              650.000,00           15.483,00       63.600,00
Ejercicio Auxilio de Cesantias



       Cálculo:
         Días: No. de días laborados en el periodo (240 días).


         Base: Salario básico + Promedio de otros conceptos que sean salario+ Aux. de
           Transporte


              (612.500 + 8.171+ 63.600)= 684.271


         Procedimiento: Base / 360 * Días.


                    $684.271 / 360 * 240           $456.180
INTERESES DE CESANTÍAS

 (Art. 99 Ley 50) Es el reconocimiento de
  la empresa por intereses legales del 12%
  o proporcionales por fracción.

Días: Días desde el 1º. de enero o fecha de último retiro
 hasta la fecha de liquidación.

Base: Valor Cesantías.

Procedimiento: Base * Días / 3000
EJERCICIO DE INTERESES DE
CESANTÍAS.
 Sobre los datos del ejercicio anterior, calcule el
   valor de los intereses de cesantías.

Días: Días desde el 1o de enero o fecha de último retiro hasta la fecha
 de liquidación. (enero 1 a agosto 30 = 240 días)

Base: Valor Cesantías ($453.314.oo)

Procedimiento:     Base   *   Días   /   3000.

                  $ 456.180 * 240 / 3000          $    36.494.oo
PRIMA DE SERVICIOS
(ART. 306 C.S.T.)

 Es un salario promedio pagado (incluye
  aux. de transporte), mitad en junio (Máx.
  Junio 30) y mitad en diciembre (Máx. Dic.
  20).

Días: No aplica
Base: Sumatoria de Ingresos que son salario

Procedimiento: Total de ingresos que son salario en el
 semestre / 12.
EJERCICIO DE PRIMA DE
SERVICIOS
Sobre el ejercicio anterior calcular el valor de la
prima de servicios para el segundo semestre:

                  DEVENGADOS

     MES          SUELDO                HORAS EXTRAS               AUX TRANSPORTE

     ENERO                 600.000,00                  20.729,00         63.600,00
     FEBRERO               600.000,00                  15.340,00         63.600,00
     MARZO                 600.000,00                  10.240,00         63.600,00
     ABRIL                 600.000,00                         0          63.600,00
     MAYO                  600.000,00                         0          63.600,00
     JUNIO                 600.000,00                         0          63.600,00
     JULIO                 650.000,00                   3.580,00         63.600,00
     AGOSTO                650.000,00                  15.483,00         63.600,00
EJERCICIO DE PRIMA DE
SERVICIOS
Procedimiento: Total de ingresos que son salario en el semestre / 12.

                                         DEVENGADOS

                                                             Aux. transporte
           MES              Sueldo          Horas Extras
          JULIO       650,000.00          3,580.00         63.600,00
         AGOSTO       650,000.00         15,483.00         63.600,00
          TOTAL      1,300,000.00         19,063.00         127,200.00

 1.446.263 / 12          = 120.521
PRESTACIONES
EXTRALEGALES
(ART. 127 C.S.T)
Son de carácter
salarial a menos
que exista un
mutuo     acuerdo
de partes en el
que     diga   lo
contrario.
SALARIO INTEGRAL
(ART. 132 CST)
   Se liquida salario integral al trabajador que se le pague su remuneración
    incluyendo el factor prestacional a que tiene derecho, sin que dicho valor sea
    inferior a 10 SMLV más un 30% por el factor prestacional. (Salario Integral
    año 2012 $ 7.367.100.oo)

   El Art. 15 (Ley 50 de 1990) indica que puede haber acuerdo de ambas partes
    para establecer una connotación extrasalarial de una porción del salario
    (compensación flexible).

   Cálculo:
    Procedimiento: Salario Promedio *      factor prestacional / 12.

     Factor prestacional de ley                 12        sueldos al año.
                                     1           sueldo por cesantías.
                                     1           sueldo por prima legal.
                                     0.12        sueldos por int. de cesantías.
                                    ---------
                                    14.12        Factor prestacional.
                                                        prestacional
INDEMNIZACIÓN
(ART 64 C.S.T.)
 Es el pago que se hace al empleado por
  despido sin justa causa.
 Días para indemnización no pueden ser
  inferiores a “15” días.
 La base es la misma de vacaciones en dinero.
 60  días después del despido debe enviar
  soportes de paz y salvo de seg. Social y
  aportes parafiscales.
 Indemnización   por falta de pago: Si a la
                                 pago
  terminación del contrato el empleador no paga
  salarios y prestaciones debidas, debe pagar al
  trabajador un día de salario por cada día de
  retardo.
INDEMNIZACIÓN
(LEY 789 ART. 28 )
 Aplica para trabajadores que ingresaron
  después del 26 de diciembre de 1992.



       INGRESOS 1er. Año. Posteriores
       < 10 SMLV         30         20
       > 10 SMLV         20         15
INDEMNIZACIÓN
  (Ley 789 Art. 28 )
 1. Determinar el salario promedio de los últimos doce meses,
  para ubicar según la tabla el No. de días a liquidar por
  indemnización.

 2. Días para indemnización:

  a. Días laborados entre la fecha de ingreso y la fecha de
  despido.
  b. (( Ra / 360) *20 ó 15 ) + 10 ó 5 según tabla

 3. Base: Salario Promedio de los últimos 12 meses.

 4. Procedimiento: Base / 30 * Días para indemnización
INDEMNIZACIÓN TERMINO FIJO
(Art 64 C.S.T.)
Se pagan los días entre la fecha de retiro y la
fecha de liquidación del contrato.

Días: Diferencia en días entre la fecha de finalización de
 contrato menos la fecha de retiro.
Base: Salario promedio de los últimos doce meses.

Procedimiento: Base / 30 * Días.
BONIFICACIÓN POR RETIRO


 Son pagos que se le hacen al trabajador como un
  acuerdo en el evento de una posible suspensión
  definitiva del contrato por parte de la empresa.
 No es salario
 No es base prestacional.
 Se   generan por       acuerdo    mutuo    mediante
  conciliación ante el ministerio de la protección.
APORTES
PARAFISCALES
APORTES PARAFISCALES
 Caja de Compensación      4%
 SENA                      2%
 ICBF                      3%

o La base sobre la cual se liquida es el salario promedio
  del trabajador y se incluye las vacaciones en dinero.
o En el caso de los salarios integrales es el 70%.
o En ningún caso debe ser inferior al SMLV.
APORTES SEGURIDAD SOCIAL
BASE DE SEGURIDAD SOCIAL



o Son todos los ingresos que constituyen salario: Salario
  básico, Horas extras, Gastos de viaje, Bonificaciones o
  comisiones por ventas, Primas extralegales (salariales).
o En el caso de salarios Integrales siempre se aplica un 70%
  sobre el salario mensual.
o Proporcionalidad de acuerdo al No. de días.
o No debe ser inferior al 1 salario mínimo legal vigente.
o No deben superar los 25 S.M.L.V.
APORTES A SALUD
 o Aporte total                      12,5%
 o A cargo de la empresa             8,5%
 o A cargo del empleado              4%



 o Base: base de Seguridad Social.
APORTES A PENSIÓN
o Aporte total                         16%
o A cargo de la empresa   3/4 partes   12%
o A cargo del empleado    1/4 partes   4%



o Base: base de Seguridad Social.
FONDO DE SOLIDARIDAD
PENSIONAL
o Destinado a ampliar la cobertura mediante
  el subsidio a grupos de población que, por
  sus características y condiciones
  socioeconómicas, no tienen acceso a los
  sistemas de seguridad social, tales como
  trabajadores independientes o
  desempleados, artistas, deportistas,
  madres comunitarias y discapacitados.

o Cotizaciones : 1% de la cotización de
  salarios superiores a 4 SMMLV.
o Y mayores 16 SMLV hasta 2%
Ingreso Base de Cotización
  • Son todos los ingresos que constituyen salario según Art 127
    CST: Salario básico, Horas extras, Gastos de viaje (alojamiento y
    CST
    alimentación), Bonificaciones o comisiones por ventas, Primas
    extralegales (salariales).

  • El IBC se debe aproximar al múltiplo de mil más cercano.

  • En el caso de Salarios Integrales siempre se aplica sobre la
    parte salarial , osea el 70% del Salario Integral mensual.

  • IBC proporcional de acuerdo al No. de días laborados.
• Cotización en caso de suspensión o sanción : en períodos
  de huelga o suspensión del contrato de trabajo, no habrá
  lugar a pago de los aportes por parte del afiliado, pero si
  los correspondientes al empleador en salud y en pensión
  el total del aporte:
   – 8,5% del IBC del mes anterior al inicio de la suspensión
   – Días 30
   – Novedad SLN

• Cotización en caso de incapacidad, licencia de
  maternidad o accidente laboral y vacaciones: las
  cotizaciones se causan normalmente:
   – En incapacidad o licencia, se aporta tomando como IBC el valor
     de la misma
   – En vacaciones y permisos remunerados, se toma el último IBC
     reportado.
Incapacidades : Para los afiliados del régimen
  contributivo se le reconocerá las incapacidades
  generadas por enfermedad general: (Art 206 L.
  100/93).
Si es Ambulatoria:
 Los 3 primeros días son a cargo de la empresa, la EPS reconoce a partir del 4° día .
Si es Hospitalaria: la EPS reconoce desde el 1er
  día
 Se pagan las 2/3 partes del IBC del mes calendario inmediatamente anterior al suceso, si
  el salario es fijo
 Si el salario es variable, la EPS hace un promedio de los IBC del último año o todo el
  tiempo si este es menor.(Art 228 CST).
 Para que sea reconocida la incapacidad se debe haber cotizado un mínimo de 4 semanas
  en forma ininterrumpida y completa. (Art 9° D.R. 783/2000)
  Días: No. de días de incapacidad menos 3 primeros días asumidos por la empresa.
  Base: IBC estipulado
  Procedimiento: Base / 30 * 66,67%* Días.
Incapacidades
Prorrogas:     Se entiende por prorroga la incapacidad
  que se expide con posterioridad a la inicial, por la
  misma enfermedad o lesión, o derivada de ella,
  siempre y cuando entre una y otra no haya un
  interrupción mayor a 30 días calendario en caso de
  incapacidad originada por enfermedad general.

Serán reconocidas          hasta    180     días    continuos,     o
  prorrogas:
 Durante los primeros 90 días se reconoce las 2/3 partes
 y la mitad por 90 días restantes.
 Después del día 180 no existe obligación legal para la EPS, de
  continuar con dicho reconocimiento.
 Teniendo en cuenta que es auxilio monetario por enfermedad
  general no podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente (Sent
  C-543/2007 Corte constitucional)
Licencias de Maternidad : Para los afiliados
  del régimen contributivo se le reconocerá y
  pagará las licencias por maternidad (la EPS
  reconoce a la afiliada y el fondo de
  solidaridad a la EPS (Art 207 L. 100/93):
 Se pagan al 100% del salario que devengue al entrar a disfrutar del
  descanso, si el salario es fijo
 Si el salario es variable, se hace un promedio de los IBC del último año o del
  tiempo que lleve en la empresa si es menor a 1 año.
 Son 12 semanas ósea 84 días de Licencia de Maternidad
 Para que sea reconocida la licencia se debe haber cotizado todo el periodo
  de gestación en forma ininterrumpida y completa. De lo contrario será
  responsabilidad del empleador el reconocimiento. (Art 9° D.R. 783/2000)

  Días: No. de días de licencia.
  Base: IBC estipulado
  Procedimiento: Base / 30 * Días.
Licencias por adopción :Todas las anteriores
  garantías son extensivas para :

 La madre adoptante del menor de 7 años de edad, asimilando la fecha de
  parto el día de la entrega oficial del menor.
 Al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente.

Incapacidad por Mortinato:           en caso de Aborto, se reconocen
    incapacidades dependiendo del caso por los días que el profesional
    tratante considere:

         Se paga al 100% igual que la licencia de maternidad.
Licencias de Paternidad : El esposo o compañero
  permanente tendrá derecho a :
 4 días hábiles de licencia remunerada de paternidad si solo el padre es
  cotizante al SGSSS
 8 días hábiles si ambos padres son cotizantes del SGSSS
 Opera para los hijos nacidos de la cónyuge o compañera permanente.
 Se debe presentar a la EPS el Registro Civil a más tardar dentro de los 30 días
  siguientes a la fecha de nacimiento del menor.
 Esta licencia está a nombre de la EPS, para lo cual se requiere que el padre
  haya cotizado efectivamente durante 100 semanas previas al reconocimiento.
 Se pagan al 100% del salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso,
  si el salario es fijo
 Si el salario es variable, se hace un promedio de los IBC del último año o del
  tiempo que lleve en la empresa si es menor a 1 año.
SISTEMA DE RIESGOS
PROFESIONALES

    1. Es obligatoria durante la relación laboral

    2. A cargo exclusivo del empleador

    3. La base de cotización = sistema de

      Pensiones
APORTES A RIESGOS
 PROFESIONALES
1. Clasificación: Actividad económica
  a. Autoclasificación (Tabla clases de riesgo I a
  V)
  b. Diferentes centros de trabajo = diferentes
  clases de riesgo
  c. Cotización mínima 0.348%. máxima 8.7%
2. Variaciones grado de riesgo
  a. Índice de lesiones incapacitantes
  b. Evaluación del Programa de Salud
  Ocupacional
TABLAS DE COTIZACIONES
MÍNIMAS Y MÁXIMAS
  Clase de    Valor   Valor      Valor
   riesgo    mínimo   inicial   Máximo
               (%)     (%)        (%)

     I       0.348    0.522      0.696
     II      0.435    1.044      1.653
    III      0.783    2.436      4.089
    IV       1.740    4.350      6.960
    V        3.219    6.960      8.700
PLANILLA INTEGRADA DE
AUTOLIQUIDACIÓN DE APORTES

Es el medio obligatorio para
   realizar el pago en
   formato electrónico de los
   aportes al Sistema de
   Seguridad Social (Salud,
   Pensiones y Riesgos
   Profesionales) y
   Parafiscales (SENA, ICBF
   y Cajas de
   Compensación),
   implementado por el
   Ministerio de la
   Protección Social.
BENEFICIOS
oFacilita el trámite mensual de los aportantes, al
evitar el diligenciamiento de un formulario para
cada administradora y un proceso de pago
individual, para reemplazarlos por el
diligenciamiento de una planilla que le permite el
pago integrado.
oComodidad y agilidad en el reporte y pago de sus
aportes.
oUna sola transacción financiera.
oReducción considerable carga operativa.
oSeguridad.
oConfidencialidad
PROCESO PAGO

APORTANTE               OPERADOR     1. Recibe información         ADMINISTRADORA
                                     del aportante y procesa
                                     2. Conecta con entidad
                                     financiera para el pago
                                     3.Recibe confirmación
1. Registro con el                   del banco del pago
operador de Internet.                                            1. Recibe
                                     4. Genera reportes a las    información del
2. Registro con el                   Administradoras             operador
banco para pagos
                                                                 2. Recibe log
3.Cargue de la                                                   bancario de la
información con el      ENTIDAD      1. Realiza los débitos de   entidad financiera
                        FINANCIERA   la cuenta de la empresa
operador
                                                                 3.Concilia
4. Conexión desde el                 2. Realiza la               información y
operador con la                      acreditación de los         procesa el recaudo
entidad financiera                   dineros respectivos a las
                                     cuentas de las              4. Actualiza base de
5. Autoriza el pago                  administraciones.           datos.
por valor total de la
planilla                             3.Entrega comprobante
                                     virtual a la empresa
NOVEDADES DE AUTOLIQUIDACIÓN
Las novedades de autoliquidación son 10:
• ING:       Ingreso.
• RET:       Retiro.
• VAC:       Vacaciones.
• SLN:       Licencia no remunerada.
• LMA:       Licencia de Maternidad.
• IGE:       Incapacidad General.
• TDA:       Traslado de administradora.
• TAA:               Traslado a Administradora
• VSP:       Variación del salario.
• VST:       Variación transitoria de Salario.
PLAZOS PARA AUTOLIQUIDACIÓN Y PAGO DE LOS
APORTES


                      Dos últimos dígitos del
                       NIT o documento de       Día hábil de
Decreto                   identificación        vencimiento
                             00 al 08               1°
1670/200
                             09 al 16               2°
7 Art 2
                             17 al 24               3°
para                         25 al 32               4°
aportantes                   33 al 40               5°
de menos                     41 al 48               6°
de 200                       49 al 56               7°
cotizantes                   57 al 64               8°
                             65 al 72               9°
                             73 al 79               10
                             80 al 86               11
                             87 al 93               12
                             94 al 99               13
DESCUENTOS POR
NÓMINA
DESCUENTOS POR NÓMINA


o El empleador no puede deducir, retener o compensar
  suma alguna, sin orden suscrita por el trabajador, para
  cada caso, o sin mandato judicial. (Art. 149)
o Son permitidos los descuentos y retenciones por
  conceptos de cuotas sindicales y de cooperativas y
  cajas de ahorros, autorizadas de forma legal. (Art. 150)
o Las deducciones que se efectúen no pueden afectar el
  salario mínimo legal vigente.
LIBRANZAS
o Son descuentos con aprobación por parte del empleado
  para aplicarlos.

o Por ley solo se puede aprobar un descuento para
  cooperativas o la caja de compensación a la cual está
  afiliado el empleado.

o No existe ningún tipo de responsabilidad por parte de la
  empresa en caso de retiro del trabajador, sino hasta el
  monto de su liquidación.
EMBARGOS
o Regularmente se incluyen embargos de 3 tipos diferentes en
  su orden de prioridad:
o Embargo de Alimentos
o Embargo de Cooperativa
o Embargo Civil o Ejecutivo.

o Responsabilidad del descuento por parte de la empresa, sin
  que el descuento exceda del 50% del salario. (Art. 156)
o El salario mínimo no será embargable.(Art. 154)
o Respuesta inmediata.
EMBARGO DE ALIMENTOS
o Regularmente informan un valor o porcentaje del salario
  a descontar.

o Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones
  sociales.

o Base: Dependiendo del embargo todo lo que sea salario
  o únicamente el salario básico.

o Procedimiento: Base * Porcentaje informado
EMBARGO DE
COOPERATIVA
 o Valor informado por Embargo de Cooperativa.
  o Tipo de descuento: Por valor fijo o porcentaje
  o Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones
    sociales.

  o Base: Dependiendo del embargo todo lo que sea salario
    o únicamente el salario básico.

  o Procedimiento: Base * Porcentaje informado
EMBARGO CIVIL O EJECUTIVO
o Existen 2 tipos de descuento:
   o Descuento equivalente a la quinta parte que exceda del salario
     mínimo. (Art.155).
   o Descuento por Valor Fijo.



o Base: Dependiendo del embargo todo lo que sea salario
  o únicamente el salario básico.

o Procedimiento: ( Base - 1 S.M.L.V. ) / 5
REGLAMENTO INTERNO DE
TRABAJO
REGLAMENTO INTERNO DE
TRABAJO
-Es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que
deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación
del servicio.
-Todo empleador que ocupe más de 5 trabajadores en empresas
comerciales, más de 10 trabajadores en empresas industriales y
más de 20 en empresas agrícolas, ganaderas o forestales debe
adoptar el reglamento.
-El reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de
cada uno de los trabajadores
CONTENIDO
-Indicación del empleador y del establecimiento.
-Condiciones de admisión, aprendizaje y periodo de prueba.
-Trabajadores accidentales o transitorios.
-Horas de entrada y salida de los trabajadores
-Horas extras y trabajo nocturno, su autorización, reconocimiento y pago.
-Días de descanso legalmente obligatorio, vacaciones remuneradas, permisos,
comisiones sindicales, asistencia al entierro de compañeros de trabajo y grave
calamidad doméstica.
-Salario mínimo legal o convencional.
-Lugar, día, hora de pago y periodo que lo regula.
-Tiempo y forma en que los trabajadores deben sujetarse a los servicios médicos
que el empleador suministre.
-Prescripciones de orden y seguridad.
CONTENIDO
-Indicaciones para evitar los riesgos profesionales e instrucciones para prestar
primeros auxilios en caso de accidente.
-Orden jerárquico de los representantes del empleador
-Especificaciones de las labores que no deben ejercitar las mujeres y los
menores de 16 años.
-Normas especiales que se deben guardar en las clases de labores.
-Obligaciones y prohibiciones especiales para el patrono y los trabajadores.
-Escala de faltas y sanciones disciplinarios.
-Las personas ante quienes se deben presentar los reclamos de personal y
tramitación de estos.
-Prestaciones adicionales a las legalmente obligatorias.
-Publicación y vigencia del reglamente.
REGLAMENTO DE HIGIENE Y
SEGURIDAD INDUSTRIAL
REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD



                                     Los empleadores que tengan a
Todo empleador o empresa está        su servicio 10 o más
obligado a suministrar y             trabajadores permanentes
acondicionar locales y equipos de    deben elaborar un reglamento
trabajo que garanticen la            especial de higiene y
seguridad y salud de los             seguridad, a más tardar dentro
trabajadores, hacer practicar los    de los tres meses siguientes a
exámenes médicos a su personal       la iniciación de labores y el
y adoptar las medidas de higiene     Ministerio de la Protección
y seguridad indispensables para la   Social vigila.
protección de la vida, salud y la
moralidad de los trabajadores a
su servicio.
CONTENIDO
-Protección e higiene personal de los trabajadores.
-Prevención de accidentes y enfermedades.
-Servicio médico, sanidad del establecimiento y creación de sala-cunas si es el
caso.
-Prohibición de facilitar alojamiento en edificios de industrias peligrosas e
insalubres.
-Elementos de Protección
-Normas especiales, cuando se trate de empresas mineras y petroleras.
-Medidas de seguridad en las empresas de energía eléctrica, en los depósitos de
explosivos de materias inflamables y demás elementos peligrosos.
-Higiene en las empresas agrícolas, ganaderas y forestales.
REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD




    Una vez aprobado el
    reglamento por parte del
    Ministerio de la Protección
    Social, el empleador debe
    mantenerlo fijado en dos
    lugares visibles del local
    del trabajo.
GESTIÓN HUMANA PARA LA PEQUEÑA EMPRESA
TEMA 1


         Selección
BASICO
Cada empresa define sus políticas de gestión humana, éstas deben ser
   coherentes con la estrategia y estructura organizacionales, creando un
   marco de referencia que sirve para definir los criterios de planeación,
   implementación y control aplicado a cada uno de los procesos de GRH
DEMANDA

Desafíos externos: sociales,
 políticos, legales
Cambios tecnológicos
Competencias
Decisiones organizacionales
Cambios en la fuerza de trabajo
PLANEACION
  1.   Definición de las áreas de las necesidades reales o potenciales de RH
  2.   Evaluación de las características del cargo y de las personas que pueden
       cubrirlo.
  3.   Definición del Perfil
  4.   Determinar fuentes de reclutamiento: interna y externa
  5.   Selección
  6.   Vinculación
ANALISIS DEL CARGO
Es el proceso inicial en la tarea de ubicar las
   personas adecuadas para la organización,
   esencialmente busca identificar los rasgos
   característicos de cada cargo:
2. Descripción del cargo: Relación escrita de lo que
   hace el cargo, cómo y para qué lo hace.
3. Especificación del cargo: Establece las condiciones
   de la persona que va a desempeñar el cargo
4. Perfil del cargo: Incluye las características
   obligatorias y deseables del cargo
RECLUTAMIENTO
    Identificar candidatos capacitados para cubrir las necesidades de personal
       de la empresa.
    -   Disponibilidad interna y externa de recursos humanos
    -   Presupuesto Vs. Recursos
    -   Políticas de recursos humanos
FUENTES
   Internas:   Los   empleados    tienen la opción
     preferencial, es una forma de garantizar la
     carrera profesional interna.

   Externas:

   -   Recomendados por los empleados
   -   Anuncios de prensa
   -   Agencias de empleos
   -   Headhunters
   -   Instituciones educativas
   -   Asociaciones profesionales
   -   Agencias de suministro temporal
RESULTADO
    Hojas   de   vida de  candidatos que
     potencialmente pueden ser evaluados
     para los cargos
                   -Perfil
                   -Datos personales
    Hoja De Vida   -Formación
                   -Experiencia laboral
                   -Conocimientos específicos

    Evaluación de Hojas de Vida y verificación
      inicial de datos.
SELECCION


  Cada empresa dependiendo
  de sus necesidades define el
   tiempo y los recursos que
  esta en capacidad de invertir
         en la selección
PRUEBAS
Instrumentos que evalúan la compatibilidad
    entre los aspirantes y los requerimientos
    del puesto:
2. Pruebas      psicológicas:   exploran   las
    actitudes características de personalidad
    coherentes con el análisis de cargos.
3. Pruebas       Técnicas:     Evalúan     los
    conocimientos y las destrezas especificas
    requeridas por el cargo
ENTREVISTA
  Es un proceso formal de intercambio de información.


  Objetivos:
  4.    Comprobar que el candidato cumple los requisitos exigidos por el cargo.
  5.    Suministrar información al candidato acerca de la empresa y del cargo.
ETAPAS
  Preparación:
  Definir los objetivos,
  enfoque de la entrevista,
  contenido,
  sistema de evaluación y
  aspectos logísticos




                              •LUGAR: Privado
                              •HORA: Puntualidad
                              •DURACION: Suficiente tiempo para
                              explorar y obtener la información que
                              se requiere.
:
Realización

- Entrada: Reduce la tensión, establece un
  nivel de comunicación y clima que facilita
  el desarrollo de la entrevista.
- Desarrollo: Obtener la información deseada
  y cumplir el objetivo previsto animando al
  entrevistado a participar.
- Cierre: Comentar que se ha obtenido la
  información     deseada,      agradecer la
  participación.     Dar     oportunidad  al
  entrevistado de preguntar o expresar
  información relevante.
Evaluación:
Elabora un resumen de las conclusiones
  obtenidas como resultado del análisis
  e interpretación de la información
  obtenida y de lo observado.
Emitir un juicio que permita tomar
  decisiones.
PREGUNTAS
   1.¿Identifique los cargos (puestos) claves
     (que sostienen el negocio) para que mi
     empresa sea más productiva?

   3.¿Cómo estoy seleccionando hoy a mi
     personal? ¿Qué criterios estoy utilizando y
     qué debo mejorar de acuerdo con lo visto?
TEMA 2


         Inducción
OBJETIVO GENERAL

 Facilitar el proceso de adaptación e
   integración del personal que ingrese
   a la empresa así como proporcionar el
   desarrollo   de    su   sentido   de
   pertenencia en la propia empresa
OBJETIVOS ESPECIFICOS
    Establecer las relaciones que mantendrán al nuevo
       empleado con la empresa
    Dar a conocer al personal la filosofía y políticas de la
       empresa
    Dar a conocer al personal las normas de disciplina y de
       seguridad industrial
    Incrementar la integración grupal
    Mejorar los procesos de comunicación
    Maximizar la calidad de las contribuciones individuales
    Crear una actitud favorable hacia la empresa
    Impulsar la intensificación personal con la visión y
       objetivos de la empresa
    Ahorrar tiempo y trabajo al nuevo empleado y a la empresa
BENEFICIOS
     Reduce sentimientos de aislamiento,
       temor y ansiedad
     El trabajador entra a formar parte de
       la organización con mayor rapidez
     Mayor seguridad y pertenencia en el
       cargo a desempeñar
     Mejor     rendimiento     y     menor
       probabilidad    de   abandonar    el
       empleo
INDUCCIÓN A LA EMPRESA

Historia de la
    empresa
Filosofía misión y
    valores
Organigrama
    general
Políticas
    generales de
    la empresa
INDUCCION AL CARGO
PRODUCTOS DE LA EMPRESA

PROCESOS
  PROCESO GENERAL
  CALIDAD
  SISTEMAS DE TRABAJO

RELACIONES DE TRABAJO
SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL
RUTINA DIARIO DEL EMPLEADO
RECORRIDO POR SU AREA DE
  TRABAJO
PRESENTACION DEL JEFE
  INMEDIATO
PRESENTACION DE SUS
  COMPAÑEROS Y
  COLABORADORES
DESCRIPCION DEL TRABAJO
DEFICIENCIAS COMUNES

                   Mucha información en
                      corto tiempo
                   Tareas iniciales de baja
                      categoría
                   Exceso de manuales de
                      lectura
                   Permitir que se inicie el
                      trabajo con una
                      orientación deficiente
                   Diferencia en
                      información dada por
                      el departamento de
                      personal y el
                      supervisor
PREGUNTAS

   1. ¿Cómo haría usted la inducción en su empresa
      para que los nuevos empleados reciban la
      información necesaria para hacer bien su trabajo?

   3. ¿Qué fallas de producción, de relaciones
      interpersonales, satisfacción de clientes, de
      accidentes de trabajo se pudieron evitar con una
      adecuada inducción?
TEMA 3


         Formación y capacitación
FORMACION
• Podemos entender el concepto de Formación de
  Personal, como un proceso de interpretación que
  permite comprender la realidad, desarrollarse como
  persona y transformar su realidad.
• Es el aprendizaje de las habilidades necesarias para
  su desarrollo personal y profesional
• La formación requiere del compromiso de la persona
  con su desarrollo con el apoyo de la organización.
CAPACITACION
Actividades que enseñan a los empleados la
  forma de desempeñar su puesto actual.
- Capacitación en laboratorio (Grupos T):
  Capacitar en grupo para animar las
  habilidades de socialización.
- Capacitación en el lugar de trabajo:
  Práctica y guía directa del instructor.
- Capacitación por Simuladores: Con equipo y
  condiciones similares a las reales se
  garantiza un aprendizaje que no interfiere
  en las operaciones reales.
BENEFICIOS
Conduce a rentabilidades mas altas y actitudes mas
  positivas.
Mejora el conocimiento del puesto a todos los niveles.
Ayuda al personal a identificarse con los objetivos de
  la organización.
Mejora la relación jefe colaborador.
Ayuda en la preparación de guías de trabajo.
Es un poderoso auxiliar para la comprensión y
  adopción de nuevas políticas
Proporciona información respecto a necesidades
  personales
Agiliza la toma de decisiones y la solución de
  problemas
Promueve el desarrollo con vista a la promoción.
Contribuye a la formación de líderes y dirigentes.
PROCESO
                                Definir los
                                contenidos
                               del programa
Evaluación de   Objetivos de                                     Conocimientos
                Formación y                     Desarrollo del    Habilidades
 Necesidades
                Capacitación                     Programa          Actitudes
(diagnóstico)
                                Diseño de
                               Estrategias de
                 Criterios      aprendizaje
                    de
                Evaluación



                                Evaluación
EFECTIVIDAD
Depende de:
- Efectividad respecto al costo
- Contenido del programa
- Recursos
- Preferencias y nivel de aprendizaje de los
  participantes
- Preferencias y capacidad del formador
- Principios de aprendizaje utilizados
EVALUACIÓN DEL PROCESO
Los criterios que se emplean para evaluar la efectividad de
la capacitación se basan en los resultados del proceso. Los
capacitadores se interesan especialmente en los resultados
que se refieren a:
 1.    Las reacciones de los participantes al contenido del
   programa y al proceso en general.
2.  Los conocimientos adquiridos mediante el proceso de
   capacitación.
3.  Los cambios en el comportamiento que se deriven del
   curso de capacitación.
4.  Los resultados o mejoras mensurables para cada miembro
   de la organización, como menor tasa de rotación, de
   accidentes o de ausentismo.
PREGUNTAS

   1.¿Qué impacto ha tenido la capacitación en
     su empresa, qué resultados concretos ha
     tenido la capacitación?

   3.¿Qué debemos mejorar en el proceso de
     capacitación se convierta en una inversión
     que genere retorno a la inversión para la
     empresa?
TEMA 4


         Evaluación del Desempeño
EL DESEMPEÑO
La Evaluación del Desempeño tiene
   por objetivo poder hacer una
   estimación cuantitativa y
   cualitativa del grado de eficacia
   con que las personas llevan a cabo
   las actividades, objetivos y
   responsabilidades de sus puestos
   de trabajo.
   Surge como un sistema mediante el
   cual, la empresa puede apreciar la
   integración de las personas en sus
   puestos, mejorar sus actuación
   futura y, con ello, mejorar los
   resultados de la empresa.
Disponer en la empresa de un
   procedimiento y soporte técnico
   para la Evaluación del Desempeño
   permite que el proceso alcance
   niveles objetividad y
   homogeneidad.
SISTEMAS DE EVALUACION DEL
DESEMPEÑO

                LA PREGUNTA
                FUNDAMENTAL ES :

                  ¿Cómo conoce el
                desempeño de sus
                colaboradores y que
                hace con la información
                obtenida?
ELEMENTOS CLAVES: visión general
             CLAVES

Desempeño                  Evaluación del              Retroalimentación
 Individual                 Desempeño                    del empleado



                            Estándares



                              Normas


              Decisiones                    Registros del
               Dpto R.H                      empleado
QUE EVALUAR?

EL DESEMPEÑO DEL
EMPLEADO (LOS
PROCESOS Y LOS
RESULTADOS)

RASGOS PERSONALES
DEL EMPLEADO Y SU
EFECTO EN LA
ORGANIZACIÓN
PARA QUE EVALUAR?

CONOCER FORTALEZAS Y ASPECTOS POR
MEJORAR DE LOS EMPLEADOS.
IDENTIFICAR NECESIDADES DE CAPACITACION
Y POTENCIALIDADES.
RECONOCER EL DESEMPEÑO SATISFACTORIO
DETERMINAR POSIBILIDADES DE
DESPLAZAMIENTO DE LA GENTE EN LA
ORGANIZACIÓN.
PASOS BASICOS DEL PROCESO DE
EVALUACION:
EL     AREA      RESPONSABLE
DETERMINA LOS ASPECTOS QUE
VA A EVALUAR
DEFINIR EL TIEMPO Y LOS
RECURSOS     CON   LOS   QUE
EVALUARA
APLICAR LA EVALUACION
RETROALIMENTAR Y LLEGAR A
ACUERDOS
ESTABLECER INDICADORES DE
EVALUACION.
INSTRUMENTOS DE EVALUACION

GUIA DE EVALUACION ESCRITA
ENTREVISTA DIRECTA CON EL
 EMPLEADO
EVALUACION DEL EQUIPO DE
 TRABAJO
AUTOEVALUACIÓN
EVALUACION FUNCIONAL
          EL EMPLEADO DEBE CONOCER LO QUE
          SE ESPERA DE EL

          DEBE CONOCER LAS REGLAS DE JUEGO
          DE LA EVALUACION CON ANTICIPACIÓN.

          DEBE EXISTIR COHERENCIA ENTRE LO
          QUE SE LE DICE AL EMPLEADO QUE SE
          PRETENDE CON LA EVALUACION Y LAS
          ACCIONES RESULTADO DE LAS MISMAS.

          DEBE PROPICIAR ESPACIO PARA
          ACLARAR
PORQUE FRACASAN LOS SISTEMAS
DE EVALUACION
DESCONOCIMIENTO DE LAS
 REGLAS DE JUEGO
MANEJO SUBJETIVO Y NO
 ETICO DE PARTE DEL JEFE
 DERIVADA DE UNA
 INADECUADA PERCEPCIÓN
NO EXISTE UNA CULTURA DE
 EVALUACION
CALIFICACION
         CUANDO EL
CUANTITATIVA:        CUALITATIVA:
EVALUADOR PONDERA    CUANDO LA
CON UNA NOTA
                     VALORACION ES EN
NUMERICA EN UNA
                     TERMINOS DE
ESCALA VALIDA PARA
TODOS EL DESEMPEÑO
                     OPINIONES
DEL COLABORADOR
                     EXPLICATIVAS
                     ACERCA DEL
                     DESEMPEÑO DEL
                     COLABORADOR.
CIERRE DE LA EVALUACION
RETROALIMENTE A LAS PERSONAS
 EVALUADAS
DETERMINE LAS AREAS FUERTES Y
 DEBILES DE DESEMPEÑO
DEFINA EL PLAN DE CAPACITACION Y
 DESARROLLO
ESTABLEZCA RECOMENDACIONES
COMPARE CON EVALUACIONES
 ANTERIORES.
PREGUNTAS
   1. ¿Hace su empresa evaluación de desempeño? ¿Cómo
      conoce los resultados del desempeño de sus colaboradores
      y qué hace con la información obtenida?

   3. ¿Establece acuerdos de mejoramiento con sus
      colaboradores?

   5. ¿Cómo mejorar o crear el proceso para conocer lo que
      hacen sus colaboradores?
TEMA 5


         Bienestar
DEFINICION

“El término Bienestar Social Laboral hace referencia al estado de satisfacción
    que logra el empleado en el ejercicio de sus funciones, producto de un
    ambiente laboral agradable y del reconocimiento de su trabajo, lo cual
    repercute en un bienestar familiar y social.” Hermes Alfredo Ruiz Rincón,
   http://www.gestiopolis.com/otro/bienestar-social-laboral.htm
BIENESTAR
Desarrollo de
lineamientos para
asegurar el bienestar
de sus empleados
Es una forma de
motivar a los
empleados para que
valoren lo que la
empresa puede
aportar personal y
laboralmente.
BIENESTAR

Los beneficios pueden
ser enfocados a
acciones generales que
cubren necesidades de
todos los empleados.
También pueden ser
Beneficios que solo se
otorgan en situaciones
específicas: Licencias de
maternidad, paternidad,
seguros familiares… y
que mejoran la calidad
de vida de los
empleados.
BIENESTAR
Los planes de Bienestar
deben ser conocidos por
los empleados además
de los criterios de
aplicación de los
mismos, para que sean
percibidos como
estrategias equitativas.
Adicionalmente deben
plantearse actividades
flexibles que puedan
adaptarse a las diversas
situaciones de los
empleados.
BIENESTAR


Los planes de
bienestar serán
realmente efectivos
cuando responden a
las necesidades y
expectativas de los
empleados
RECOMENDACIONES

     Debe reflejar los valores y principios de cada
     organización, de haber una coherencia tanto
     interna como externa, si existen políticas de
     beneficios para los clientes y/o usuarios deben
     existir de igual forma para los empleados, que el
     trabajador sienta que es tan importante para la
     compañía como sus mismos clientes.

     El programa debe partir de las necesidades reales
     de los trabajadores y no de lo que crean
     conveniente determinado número de personas, y
     para ello es necesario hacer un diagnóstico, esto
     no quiere decir que todo lo deseado sea
     procurado, la empresa decide como y cuando de
     acuerdo a los recursos tanto económicos, de
     infraestructura como humanos.
RECOMENDACIONES
Todo programa requiere de una inversión en
  dinero, una vez se obtienen los resultados
  del diagnóstico se evalúan los posibles
  costos, el reconocimiento informal, no
  requiere de mayor inversión, sólo del
  compromiso de los directivos con personal
  a cargo.
La divulgación del programa a todos los
  niveles de la empresa, es fundamental para
  su real aprovechamiento y lograr un
  verdadero bienestar, satisfacción y
  compromiso en el trabajo.
RECOMENDACIONES



Es necesario un seguimiento, control y permanente evaluación de resultados,
   para así medir el impacto en la organización y evitar caer en la rutina de
   simples actividades aisladas.
RECOMENDACIONES
No siempre el programa que mayor número
  de beneficios y dinero invierta es el mejor,
  comúnmente actividades de reconocimiento
  informal pueden tener mayor valor para los
  miembros del equipo de trabajo, que un
  pago extra en su salario.
Los beneficios no siempre deben ser iguales
  para todos los trabajadores, los incentivos
  que tenga establecidos la compañía deben
  ser consecuentes con el plan de beneficios
  general.
RECOMENDACIONES

La estructuración de un programa de esta
  importancia debe estar correctamente orientado
  a satisfacer las necesidades del personal y
  generar un valor adicional a la compañía, ya sea
  por la responsabilidad social que esto implica y
  por los rendimientos financieros que genera.

El personal encargado de la ejecución, control y
  seguimiento del programa debe estar capacitado
  para tal fin, ya que las actividades de soporte
  social del programa requieren de una manejo
  profesional.      Hermes  Alfredo   Ruiz   Rincón.
  http://www.gestiopolis.com/otro/bienestar-social-laboral.htm
PREGUNTAS
 1.¿Hace actividades orientadas al bienestar del
   personal?
 2.De lo aprendido, ¿qué puedo implementar para
   mejorar en mi empresa el bienestar laboral?
 3.¿Cómo hace extensivo el programa de
   bienestar a los familiares de los empleados?
Muchas gracias por su atención

  Multicontacto Bancóldex
  Tel. (1) 649 71 00 Bogotá
  Línea nacional gratuita 018000 915 300
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Gestión de personal: contratos, obligaciones y terminación

  • 1. O O T J A A R B T A N R O T A ILL C E T C AS R ÁN DU O ST D NE ER ILO C AM . INS
  • 2. OBJETIVOS • Reconocer la importancia del Recurso Humano en el logro de los objetivos corporativos • Conocer los principales procesos de administración de personal en las empresas • Identificar los elementos clave que permiten desarrollar y mejorar la gestión de PERSONAS en las empresas
  • 3. CONTENIDO TEMÁTICO Contrato de trabajo Jornada de Trabajo Salario y Prestaciones Sociales Aportes parafiscales Aportes Seguridad Social Descuentos Reglamento Interno de Trabajo Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial
  • 4. CONTRATO DE TRABAJO Art. 22 C.S.T Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo continuada subordinación cumpliendo ordenes de la segunda y recibiendo por su labor una remuneración. Quién presta el servicio se denomina empleado, quien lo recibe y remunera, empleador y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.
  • 5. CONTRATO DE TRABAJO Elementos Generales -Capacidad -Consentimiento -Objeto Lícito -Causa Lícita Elementos Esenciales -Prestación personal del servicio -Continua Subordinación -Retribución Económica o remuneración
  • 6. CLASES DE CONTRATO DE TRABAJO POR SU FORMA -Verbal -Escrito POR SU DURACIÓN -Término fijo -Término indefinido -De obra o labor
  • 7. PERIODO DE PRUEBA Art. 76 C.S.T Es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del empleador, apreciar las aptitudes del empleado, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo. El periodo de prueba debe ser estipulado por escrito y no puede exceder de dos (2) meses; aquellos contratos inferiores a un año el periodo de prueba no debe ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que exceda de dos meses. El hecho de dar por terminado el periodo de prueba y con ello, el contrato de trabajo, no obliga al empleador a pagar la indemnización por terminación del contrato de trabajo, pero no lo exime del pago de las prestaciones de ley a el trabajador.
  • 8. CONTRATO DE TRABAJO REVISIÓN Y SUSPENSIÓN La Revisión del contrato de trabajo, se puede hacer en cualquier momento, por cualquiera de las partes, cuando se presenten graves alteraciones de la normalidad económica. La Suspensión del contrato de trabajo es el lapso durante el cual se interrumpe las obligaciones adquiridas, por parte del trabajador, de prestar sus servicios y por parte del empleador, de pagar los salarios y prestaciones correspondientes a este periodo. La suspensión se puede dar por: -Fuerza mayor que impida la ejecución del contrato -Por muerte o inhabilitación del empleador -Por suspensión de actividades o clausura temporal de la empresa -Por licencia concedida por el empleador al trabajador -Por ser llamado el trabajador a prestar servicio militar -Por la detención preventiva del trabajador -Por huelga declarada
  • 9. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Pagar la Suministrar al trabajador salvo Conceder al trabajador las remuneración que se haya acordado lo contrario, licencias necesarias para el pactada en las las materias primas necesarias ejercicio del sufragio, para el modalidades, para el trabajo contratado y las desempeño de cargos oficiales periodicidad y lugar herramientas y equipos requeridos transitorios de forzosa acordados. para desarrollar el mismo. aceptación; en caso grave de calamidad doméstica, para Cumplir el Entregar al trabajador elementos desempeñar comisiones reglamento y de protección para prevenir los sindicales inherentes a la mantener el orden, la accidente y enfermedades organización. moralidad y el profesionales, y adecuar los respeto a las leyes. locales donde se prestan los Pagar al trabajador los gastos servicios procurando condiciones razonables de venida y Prestar los primeros óptimas regreso, si para prestar sus auxilios en caso de servicios lo hizo cambiar de accidente o Dar al trabajador que lo solicite, residencia, salvo si la enfermedad. certificación en que conste tiempo terminación del contrato se de servicio, la índole de la labor y origina por culpa del el salario devengado. trabajador.
  • 10. OBLIGACIONES DEL EMPLEADO -Realizar personalmente la labor en los términos estipulados, acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de modo particular le impartan el empleador o sus representantes según el orden jerárquico establecido. -No comunicar con terceros salvo autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su trabajo, -Conservar y restituir en buen estado, salvo el deterioro natural, los instrumentos y útiles que le hayan sido facilitados. -Guardar rigurosamente la moral en la relaciones con sus superiores y compañeros. -Comunicar oportunamente al empleador las observaciones que estime contudentes a evitarle daño y perjuicio. -Prestar la colaboración posible en caso de siniestro o de riesgo inminente que afecten o amenacen las personas o las cosas de la empresa. -Observar las medidas preventivas higiénicas préscritas por el médico del empleador o por las autoridades del ramo. -Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedad profesional.
  • 11. PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR -Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios, salvo previa autorización escrita de ellos. -Obligar a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes que establezca el empleador. -Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se le admita en el trabajo. -Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores de su derecho de asociación. -Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político. Hacer, autorizar o tolerar propaganda política en los sitios de trabajo. -Hacer o permitir rifas, colectas o suscripciones en la sede de labores. -Emplear en las certificaciones de trabajo expedidas a la terminación del contrato, signos convencionales que tiendan a perjudicar a los interesados, o adoptar el sistema de lista negra. -Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad.
  • 12. PROHIBICIONES DEL EMPLEADO Sustraer de la fábrica los Hacer, colectas, rifas, Usar los útiles o útiles de trabajo sin suscripciones o propaganda herramientas utilizadas permiso del empleador. en el trabajo. y suministradas por el empleador en objetos Presentarse al trabajo en distintos del trabajo estado de embriaguez, o contratado. bajo la influencias de narcóticos o drogas. Coartar la libertad para Conservar armas en el sitio trabajar o no, o para de trabajo, a excepción de afiliarse o no a un las que con autorización sindicato o permanecer llevan los vigilantes. en él o retirarse. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del Faltar al trabajo sin justa causa trabajo, suspender labores, promover suspensiones o permiso del empleador, salvo intempestivas del trabajo, o excitar a su declaración en huelga, en los cuales se deba o mantenimiento si se participa o no en ellas. abandonar el lugar de trabajo.
  • 13. TERMINACIÓN O FINALIZACIÓN -El contrato de trabajo termina: -Por muerte del trabajador -Por mutuo consentimiento -Por expiración del plazo fijo pactado -Por terminación de la obra o labor contratada -Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento -Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de 120 días -Por sentencia ejecutariada -Por no regresar el trabajador a su empleo al desaparecer las causas de suspensión del contrato.
  • 14. POR JUSTA CAUSA POR PARTE DEL EMPLEADOR -Haber sufrido engaño por parte del -El que el trabajador revele los secretos trabajador técnicos o comerciales o dé a conocer -Todo acto de violencia, injuria, malos asuntos de carácter reservado, con tratamientos o grave indisciplina en que perjuicio de la empresa. incurra el trabajador en sus labores y fuera -El deficiente rendimiento en el trabajo. del servicio en contra del empleador. -La sistemática inejecución, sin razones -Todo daño material causado válidas, por parte del trabajador, de las intencionalmente a los edificios, obra obligaciones legales. maquinarias e instrumentos relacionados con -Todo vicio del trabajador que perturbe la el trabajo. disciplina del establecimiento. -Todo acto inmoral o delictuoso que el -La renuencia del trabajador a aceptar la trabajador cometa en el lugar de trabajo. medidas preventivas de seguridad. -Cualquier violación grave de las obligaciones -La ineptitud del trabajador para realizar la o prohibiciones que incumben al trabajador. labor encomendada. -La detención preventiva del trabajador por -El reconocimiento al trabajador de la más de treinta días a menos que pensión de jubilación o invalidez. posteriormente sea absuelto. -Cuando el trabajador se incapacite por más de 180 días.
  • 15. POR JUSTA CAUSA POR PARTE DEL TRABAJADOR -Haber sufrido engaño por parte del empleador, respecto de las condiciones de trabajo. -Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el empleador contra el trabajador o los miembros de la familia. -Cualquier acto del empleador o de sus representantes que induzcan al trabajador a cometer un acto ilícito o contrario a sus convicciones. -Todas las circunstancias que el trabajador no pueda prever al celebrar el contrato y ponga en peligro su seguridad o salud. -Todo perjuicio causado maliciosamente por el empleador al trabajador en la prestación del servicio. -El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del empleador, de sus obligaciones convencionales o legales. -La exigencia del empleador, sin razones válidas, de la prestación de un servicio distinto, o en lugares diversos de aquel para el cual se le contrató. -Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones que incumben al empleador.
  • 16. SIN JUSTA CAUSA -Se entiende que un trabajo termina sin justa causa, por incumplimiento de lo pactado, con indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable. -Esta indemnización comprende el lucro cesante y el daño emergente.
  • 17. CONTRATO DE APRENDIZAJE -Es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar un servicio a un empleador, a cambio de que éste le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa. Apoyo de Sostenimiento: Es la cuota que recibe el trabajador- aprendiz, para cubrir gastos de sostenimiento durante su etapa lectiva y productiva. (Art. 30 ley 789). No es salario. No es un ingreso laboral. No es base prestacional. Aprendiz Sena: Pago : Etapa Lectiva 50% S.M.L.V. Etapa Productiva 75% S.M.L.V. Practicante Universitario: Pago: 100% S.M.L.V.
  • 18. ESQUEMA GENERAL DE COMPENSACIONES Misión, Visión, Valores, planes estratégicos, objetivos corporativos Estrategia de Recursos Humanos Estrategia y sistema Salarial o de Compensaciones Directas Indirectas o Beneficios Salario Base Incremento por Mérito Incentivos Valoración del puesto Mercado Laboral Progr. Evaluac desempeño Análisis y Descrip. puesto Estrategia de Valor Agregado
  • 20. SALARIO El salario, es el pago que recibe en forma periódica un trabajador de mano de su empleador a cambio del trabajo para el que fue contratado. Es una contraprestación en dinero y adicional en especie avaluables en dinero, que recibe el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo. Siempre debe existir una remuneración en dinero, la especie es adicional.
  • 21. SALARIO MÍNIMO (ART. 145 C.S.T.)  Es la remuneración mínima establecida por el gobierno nacional, previo acuerdo con las agremiaciones y sindicatos nacionales  Salario Mínimo para el 2012 es de $566.700 Incremento del 5,8%.  Ningún empleado puede recibir una remuneración inferior al salario mínimo o su proporción.
  • 22. PAGOS CONSTITUTIVOS DE SALARIO (ART. 127) o Constituye salario: o La remuneración ordinaria, fija o variable o Primas (definidas como salario) o Sobresueldos o Bonificaciones habituales o Horas extras o Valor del trabajo en día de descanso obligatorio o Porcentaje sobre ventas y comisiones
  • 23. PAGOS NO CONSTITUTIVOS DE SALARIO (ART. 128) o Las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador como: o Primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales o Participación de utilidades o Excedentes de las empresas de economía solidaria o Lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones como: o Gastos de representación o Medios de transporte o Elementos de trabajo.
  • 24. HORAS EXTRAS Es la remuneración por la labor desempeñada en la jornada adicional a la estipulada en el contrato de trabajo. Jornada Laboral Flexible. Art 51 Ley 789 HORARIO TIPO FACTOR DESDE HASTA Diurna Ordinaria 6:00 a.m. 10:00 p.m. 1,25 Nocturna Ordinaria 10:00 p.m. 6:00 a.m. 1,75 Diurna Festiva 6:00 a.m. 10:00 p.m. 2,00 Nocturna Festiva 10:00 p.m. 6:00 a.m. 2,50 Recargo Nocturno 10:00 p.m. 6:00 a.m. 0,35 Nocturna dominical o festiva 10:00 p.m. 6:00 a.m. 2,10 Procedimiento : Sueldo / No. Horas trabajadas en el mes (240) * No. Horas Extras * Correspondiente. Factor
  • 25. EJERCICIO HORAS EXTRAS Pedro Pérez se desempeña en el área de producción de una importante empresa textilera, tiene un ingreso de $ 970.000.oo y laboró en el mes de diciembre unas Horas Extras desde las 6:00 p.m. hasta las 11 p.m. en un viernes de su jornada normal. Cuánto se le debe pagar a Pedro por dichas horas? Horas Diurnas Ordinarias: Desde las 6:00 p.m. hasta las 10:00 p.m. 4 horas Horas Nocturnas Ordinarias: Desde las 10:00p.m. hasta las 11:00 p.m. 1 hora Procedimiento : Sueldo / 240 * No. Horas * Factor H.E.D.O 970.000 / 240 * 4 * 1.25 = 20,208 H.E.N.O 970.000 / 240 * 1 * 1.75 = 7.072
  • 26. AUXILIO DE TRANSPORTE Tiene la finalidad de ayudar económicamente al trabajador para su desplazamiento al lugar de trabajo. Se paga auxilio de transporte al trabajador que tenga ingresos iguales o inferiores a 2 SMLV. $67.800, para el año 2012, aumento el 6,6 % En el evento que el trabajador labore menos de 30 días el cálculo de la base y el pago del auxilio de transporte se hará promedio. No es un pago salarial, pero si es base para el calculo de las prestaciones sociales: cesantías, intereses y prima legal. No hace base para la seguridad social No se paga en incapacidades, licencias ni en vacaciones.
  • 27. AUXILIO DE TRANSPORTE Días: Numero de días laborados en el periodo. Base: Valor ingresos que son salario / Días * 30 (Verificar que la base no supere los 2 SMLV: $1.130.000) Procedimiento: Valor Aux. transporte de ley / 30 * Días Ejercicio: Pedro Pérez tiene derecho a Subsidio de Transporte, en el mes de diciembre?
  • 28. GASTOS DE VIAJE Son pagos hechos al trabajador para el cubrimiento de viajes con el fin de desempeñar la labor para la que fue contratado. Existen dos tipos de gastos de viaje: Salariales: (Art. 130 C.S.T.) Son los pagos hechos al empleado Salariales destinados a alojamiento y alimentación . No salariales: Son todos los otros pagos hechos al trabajador salariales diferentes a los anteriores, como medios de transporte y gastos de representación.
  • 29. COMISIONES, BONIFICACIONES OCASIONALES o COMISIONES HABITUALES: (Art. 127 C.S.T.) Es la remuneración que reciben los empleados del área de ventas o comercial por efectos de su labor. o Regularmente se calculan de acuerdo a tablas de cumplimiento de ventas o por porcentaje sobre las mismas. o BONIFICACIONES OCASIONALES: Son ingresos que recibe un trabajador como premio adicional por su labor. No forman parte del salario promedio debido a su misma condición de ocasionales
  • 30. VACACIONES (ART. 186 C.S.T.) oLos trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante 1 año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas oSe pagan únicamente sobre el salario básico del trabajador y recargos nocturnos. (a menos que la empresa disponga lo contrario). oEn el caso de trabajadores con salario variable (Art. 192 C.S.T.) como en el área de Ventas o Comercial, se paga vacaciones en tiempo sobre el salario promedio de los últimos doce meses.
  • 31. LIQUIDACIÓN VACACIONES (ART. 192 C.S.T.) oDías: No. de días de vacaciones en tiempo a disfrutar. oBase: Salario Promedio mensual. oProcedimiento: Base / 30 * Días.
  • 32. VACACIONES EN DINERO (ART. 189 C.S.T.)  Es el pago que recibe el trabajador a cambio de no disfrutar sus vacaciones en tiempo.  En dicho caso el trabajador continua recibiendo su salario normalmente y adicional a este se le cancelarán sus vacaciones en dinero Días: No. de días autorizados a pagar por vacaciones en dinero. Base: Se liquida un salario promedio de los ingresos del trabajador de los últimos doce meses desde la fecha de pago hacia atrás. Procedimiento: Base / 30 * Días.
  • 33. EJERCICIO DE VACACIONES EN DINERO  En el mes de febrero se le aprobaron 15 días de vacaciones en dinero a Pedro Perez. Cuanto se le debería pagar? DEVENGADOS MES SUELDO HORAS EXTRAS ENERO 2005 - 750.000,00 20.729,00 Procedimiento: DICIEMBRE 2004- 750.000,00 15.340,00 NOVIEMBRE 2004- 750.000,00 10.240,00 Base / 30 * Días OCTUBRE 2004- 750.000,00 - SEPTIEMBRE 2004- 750.000,00 - $761.457 / 30 * 15 = AGOSTO 2004- 750.000,00 - JULIO 2004- 750.000,00 3.580,00 El valor a pagar es de $380.728 JUNIO 2004- 750.000,00 15.483,00 MAYO 2004- 750.000,00 16.873,00 ABRIL 2004- 750.000,00 18.242,00 MARZO 2004- 750.000,00 18.243,00 FEBRERO 2004- 750.000,00 18.762,00 PROMEDIO 750.000,00 11.457,67
  • 34. DOTACION (ART. 230) o Se debe suministrar cada 4 meses en forma gratuita un par de zapatos y un vestido de labor, al trabajador cuya remuneración mensual sea hasta dos veces el salario mínimo legal vigente. o Este derecho se adquiere cuando se haya cumplido tres meses de servicio al empleador.
  • 35. PRESTACIONES LEGALES (ART. 193 C.S.T.)  Son devengados que cubren los riesgos o necesidades del trabajador que se originan durante la relación o con motivo de la misma: Cesantías Intereses de Cesantías Prima de Servicios
  • 36. AUXILIO DE CESANTÍAS (LEY 50)  Es un mes de salario promedio (incluye Auxilio de transporte) por cada año laborado o proporción. (Art.249 C.S.T.).  Cálculo: Días: No. de días laborados en el periodo (año). Base: Salario básico + Promedio de otros conceptos. (Año) Procedimiento: Base / 360 * Días. Nota: Si el empleado tuvo una variación en los últimos 90 días debe hacer promedio de salario básico en el último año o si e menor a 1 año , en el tiempo de servicio.
  • 37. EJERCICIO AUXILIO DE CESANTIAS Con los siguientes datos liquide el valor de las cesantías de un trabajador que laboró entre Enero 1 y Agosto 30 de 2011 DEVENGADOS AUX MES SUELDO HORAS EXTRAS TRANSPORTE ENERO 600.000,00 20.729,00 63.600,00 FEBRERO 600.000,00 15.340,00 63.600,00 MARZO 600.000,00 10.240,00 63.600,00 ABRIL 600.000,00 - 63.600,00 MAYO 600.000,00 - 63.600,00 JUNIO 600.000,00 - 63.600,00 JULIO 650.000,00 3.580,00 63.600,00 AGOSTO 650.000,00 15.483,00 63.600,00
  • 38. Ejercicio Auxilio de Cesantias  Cálculo:  Días: No. de días laborados en el periodo (240 días).  Base: Salario básico + Promedio de otros conceptos que sean salario+ Aux. de Transporte  (612.500 + 8.171+ 63.600)= 684.271  Procedimiento: Base / 360 * Días.  $684.271 / 360 * 240 $456.180
  • 39. INTERESES DE CESANTÍAS  (Art. 99 Ley 50) Es el reconocimiento de la empresa por intereses legales del 12% o proporcionales por fracción. Días: Días desde el 1º. de enero o fecha de último retiro hasta la fecha de liquidación. Base: Valor Cesantías. Procedimiento: Base * Días / 3000
  • 40. EJERCICIO DE INTERESES DE CESANTÍAS.  Sobre los datos del ejercicio anterior, calcule el valor de los intereses de cesantías. Días: Días desde el 1o de enero o fecha de último retiro hasta la fecha de liquidación. (enero 1 a agosto 30 = 240 días) Base: Valor Cesantías ($453.314.oo) Procedimiento: Base * Días / 3000. $ 456.180 * 240 / 3000 $ 36.494.oo
  • 41. PRIMA DE SERVICIOS (ART. 306 C.S.T.)  Es un salario promedio pagado (incluye aux. de transporte), mitad en junio (Máx. Junio 30) y mitad en diciembre (Máx. Dic. 20). Días: No aplica Base: Sumatoria de Ingresos que son salario Procedimiento: Total de ingresos que son salario en el semestre / 12.
  • 42. EJERCICIO DE PRIMA DE SERVICIOS Sobre el ejercicio anterior calcular el valor de la prima de servicios para el segundo semestre: DEVENGADOS MES SUELDO HORAS EXTRAS AUX TRANSPORTE ENERO 600.000,00 20.729,00 63.600,00 FEBRERO 600.000,00 15.340,00 63.600,00 MARZO 600.000,00 10.240,00 63.600,00 ABRIL 600.000,00 0 63.600,00 MAYO 600.000,00 0 63.600,00 JUNIO 600.000,00 0 63.600,00 JULIO 650.000,00 3.580,00 63.600,00 AGOSTO 650.000,00 15.483,00 63.600,00
  • 43. EJERCICIO DE PRIMA DE SERVICIOS Procedimiento: Total de ingresos que son salario en el semestre / 12. DEVENGADOS Aux. transporte MES Sueldo Horas Extras JULIO 650,000.00 3,580.00 63.600,00 AGOSTO 650,000.00 15,483.00 63.600,00 TOTAL 1,300,000.00 19,063.00 127,200.00 1.446.263 / 12 = 120.521
  • 44. PRESTACIONES EXTRALEGALES (ART. 127 C.S.T) Son de carácter salarial a menos que exista un mutuo acuerdo de partes en el que diga lo contrario.
  • 45. SALARIO INTEGRAL (ART. 132 CST)  Se liquida salario integral al trabajador que se le pague su remuneración incluyendo el factor prestacional a que tiene derecho, sin que dicho valor sea inferior a 10 SMLV más un 30% por el factor prestacional. (Salario Integral año 2012 $ 7.367.100.oo)  El Art. 15 (Ley 50 de 1990) indica que puede haber acuerdo de ambas partes para establecer una connotación extrasalarial de una porción del salario (compensación flexible).  Cálculo: Procedimiento: Salario Promedio * factor prestacional / 12. Factor prestacional de ley 12 sueldos al año. 1 sueldo por cesantías. 1 sueldo por prima legal. 0.12 sueldos por int. de cesantías. --------- 14.12 Factor prestacional. prestacional
  • 46. INDEMNIZACIÓN (ART 64 C.S.T.)  Es el pago que se hace al empleado por despido sin justa causa.  Días para indemnización no pueden ser inferiores a “15” días.  La base es la misma de vacaciones en dinero.  60 días después del despido debe enviar soportes de paz y salvo de seg. Social y aportes parafiscales.  Indemnización por falta de pago: Si a la pago terminación del contrato el empleador no paga salarios y prestaciones debidas, debe pagar al trabajador un día de salario por cada día de retardo.
  • 47. INDEMNIZACIÓN (LEY 789 ART. 28 )  Aplica para trabajadores que ingresaron después del 26 de diciembre de 1992. INGRESOS 1er. Año. Posteriores < 10 SMLV 30 20 > 10 SMLV 20 15
  • 48. INDEMNIZACIÓN (Ley 789 Art. 28 )  1. Determinar el salario promedio de los últimos doce meses, para ubicar según la tabla el No. de días a liquidar por indemnización.  2. Días para indemnización: a. Días laborados entre la fecha de ingreso y la fecha de despido. b. (( Ra / 360) *20 ó 15 ) + 10 ó 5 según tabla  3. Base: Salario Promedio de los últimos 12 meses.  4. Procedimiento: Base / 30 * Días para indemnización
  • 49. INDEMNIZACIÓN TERMINO FIJO (Art 64 C.S.T.) Se pagan los días entre la fecha de retiro y la fecha de liquidación del contrato. Días: Diferencia en días entre la fecha de finalización de contrato menos la fecha de retiro. Base: Salario promedio de los últimos doce meses. Procedimiento: Base / 30 * Días.
  • 50. BONIFICACIÓN POR RETIRO  Son pagos que se le hacen al trabajador como un acuerdo en el evento de una posible suspensión definitiva del contrato por parte de la empresa.  No es salario  No es base prestacional.  Se generan por acuerdo mutuo mediante conciliación ante el ministerio de la protección.
  • 52. APORTES PARAFISCALES Caja de Compensación 4% SENA 2% ICBF 3% o La base sobre la cual se liquida es el salario promedio del trabajador y se incluye las vacaciones en dinero. o En el caso de los salarios integrales es el 70%. o En ningún caso debe ser inferior al SMLV.
  • 54. BASE DE SEGURIDAD SOCIAL o Son todos los ingresos que constituyen salario: Salario básico, Horas extras, Gastos de viaje, Bonificaciones o comisiones por ventas, Primas extralegales (salariales). o En el caso de salarios Integrales siempre se aplica un 70% sobre el salario mensual. o Proporcionalidad de acuerdo al No. de días. o No debe ser inferior al 1 salario mínimo legal vigente. o No deben superar los 25 S.M.L.V.
  • 55. APORTES A SALUD o Aporte total 12,5% o A cargo de la empresa 8,5% o A cargo del empleado 4% o Base: base de Seguridad Social.
  • 56. APORTES A PENSIÓN o Aporte total 16% o A cargo de la empresa 3/4 partes 12% o A cargo del empleado 1/4 partes 4% o Base: base de Seguridad Social.
  • 57. FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL o Destinado a ampliar la cobertura mediante el subsidio a grupos de población que, por sus características y condiciones socioeconómicas, no tienen acceso a los sistemas de seguridad social, tales como trabajadores independientes o desempleados, artistas, deportistas, madres comunitarias y discapacitados. o Cotizaciones : 1% de la cotización de salarios superiores a 4 SMMLV. o Y mayores 16 SMLV hasta 2%
  • 58. Ingreso Base de Cotización • Son todos los ingresos que constituyen salario según Art 127 CST: Salario básico, Horas extras, Gastos de viaje (alojamiento y CST alimentación), Bonificaciones o comisiones por ventas, Primas extralegales (salariales). • El IBC se debe aproximar al múltiplo de mil más cercano. • En el caso de Salarios Integrales siempre se aplica sobre la parte salarial , osea el 70% del Salario Integral mensual. • IBC proporcional de acuerdo al No. de días laborados.
  • 59. • Cotización en caso de suspensión o sanción : en períodos de huelga o suspensión del contrato de trabajo, no habrá lugar a pago de los aportes por parte del afiliado, pero si los correspondientes al empleador en salud y en pensión el total del aporte: – 8,5% del IBC del mes anterior al inicio de la suspensión – Días 30 – Novedad SLN • Cotización en caso de incapacidad, licencia de maternidad o accidente laboral y vacaciones: las cotizaciones se causan normalmente: – En incapacidad o licencia, se aporta tomando como IBC el valor de la misma – En vacaciones y permisos remunerados, se toma el último IBC reportado.
  • 60. Incapacidades : Para los afiliados del régimen contributivo se le reconocerá las incapacidades generadas por enfermedad general: (Art 206 L. 100/93). Si es Ambulatoria:  Los 3 primeros días son a cargo de la empresa, la EPS reconoce a partir del 4° día . Si es Hospitalaria: la EPS reconoce desde el 1er día  Se pagan las 2/3 partes del IBC del mes calendario inmediatamente anterior al suceso, si el salario es fijo  Si el salario es variable, la EPS hace un promedio de los IBC del último año o todo el tiempo si este es menor.(Art 228 CST).  Para que sea reconocida la incapacidad se debe haber cotizado un mínimo de 4 semanas en forma ininterrumpida y completa. (Art 9° D.R. 783/2000) Días: No. de días de incapacidad menos 3 primeros días asumidos por la empresa. Base: IBC estipulado Procedimiento: Base / 30 * 66,67%* Días.
  • 61. Incapacidades Prorrogas: Se entiende por prorroga la incapacidad que se expide con posterioridad a la inicial, por la misma enfermedad o lesión, o derivada de ella, siempre y cuando entre una y otra no haya un interrupción mayor a 30 días calendario en caso de incapacidad originada por enfermedad general. Serán reconocidas hasta 180 días continuos, o prorrogas:  Durante los primeros 90 días se reconoce las 2/3 partes  y la mitad por 90 días restantes.  Después del día 180 no existe obligación legal para la EPS, de continuar con dicho reconocimiento.  Teniendo en cuenta que es auxilio monetario por enfermedad general no podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente (Sent C-543/2007 Corte constitucional)
  • 62. Licencias de Maternidad : Para los afiliados del régimen contributivo se le reconocerá y pagará las licencias por maternidad (la EPS reconoce a la afiliada y el fondo de solidaridad a la EPS (Art 207 L. 100/93):  Se pagan al 100% del salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso, si el salario es fijo  Si el salario es variable, se hace un promedio de los IBC del último año o del tiempo que lleve en la empresa si es menor a 1 año.  Son 12 semanas ósea 84 días de Licencia de Maternidad  Para que sea reconocida la licencia se debe haber cotizado todo el periodo de gestación en forma ininterrumpida y completa. De lo contrario será responsabilidad del empleador el reconocimiento. (Art 9° D.R. 783/2000) Días: No. de días de licencia. Base: IBC estipulado Procedimiento: Base / 30 * Días.
  • 63. Licencias por adopción :Todas las anteriores garantías son extensivas para :  La madre adoptante del menor de 7 años de edad, asimilando la fecha de parto el día de la entrega oficial del menor.  Al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente. Incapacidad por Mortinato: en caso de Aborto, se reconocen incapacidades dependiendo del caso por los días que el profesional tratante considere:  Se paga al 100% igual que la licencia de maternidad.
  • 64. Licencias de Paternidad : El esposo o compañero permanente tendrá derecho a :  4 días hábiles de licencia remunerada de paternidad si solo el padre es cotizante al SGSSS  8 días hábiles si ambos padres son cotizantes del SGSSS  Opera para los hijos nacidos de la cónyuge o compañera permanente.  Se debe presentar a la EPS el Registro Civil a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha de nacimiento del menor.  Esta licencia está a nombre de la EPS, para lo cual se requiere que el padre haya cotizado efectivamente durante 100 semanas previas al reconocimiento.  Se pagan al 100% del salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso, si el salario es fijo  Si el salario es variable, se hace un promedio de los IBC del último año o del tiempo que lleve en la empresa si es menor a 1 año.
  • 65. SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES 1. Es obligatoria durante la relación laboral 2. A cargo exclusivo del empleador 3. La base de cotización = sistema de Pensiones
  • 66. APORTES A RIESGOS PROFESIONALES 1. Clasificación: Actividad económica a. Autoclasificación (Tabla clases de riesgo I a V) b. Diferentes centros de trabajo = diferentes clases de riesgo c. Cotización mínima 0.348%. máxima 8.7% 2. Variaciones grado de riesgo a. Índice de lesiones incapacitantes b. Evaluación del Programa de Salud Ocupacional
  • 67. TABLAS DE COTIZACIONES MÍNIMAS Y MÁXIMAS Clase de Valor Valor Valor riesgo mínimo inicial Máximo (%) (%) (%) I 0.348 0.522 0.696 II 0.435 1.044 1.653 III 0.783 2.436 4.089 IV 1.740 4.350 6.960 V 3.219 6.960 8.700
  • 68. PLANILLA INTEGRADA DE AUTOLIQUIDACIÓN DE APORTES Es el medio obligatorio para realizar el pago en formato electrónico de los aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales) y Parafiscales (SENA, ICBF y Cajas de Compensación), implementado por el Ministerio de la Protección Social.
  • 69. BENEFICIOS oFacilita el trámite mensual de los aportantes, al evitar el diligenciamiento de un formulario para cada administradora y un proceso de pago individual, para reemplazarlos por el diligenciamiento de una planilla que le permite el pago integrado. oComodidad y agilidad en el reporte y pago de sus aportes. oUna sola transacción financiera. oReducción considerable carga operativa. oSeguridad. oConfidencialidad
  • 70. PROCESO PAGO APORTANTE OPERADOR 1. Recibe información ADMINISTRADORA del aportante y procesa 2. Conecta con entidad financiera para el pago 3.Recibe confirmación 1. Registro con el del banco del pago operador de Internet. 1. Recibe 4. Genera reportes a las información del 2. Registro con el Administradoras operador banco para pagos 2. Recibe log 3.Cargue de la bancario de la información con el ENTIDAD 1. Realiza los débitos de entidad financiera FINANCIERA la cuenta de la empresa operador 3.Concilia 4. Conexión desde el 2. Realiza la información y operador con la acreditación de los procesa el recaudo entidad financiera dineros respectivos a las cuentas de las 4. Actualiza base de 5. Autoriza el pago administraciones. datos. por valor total de la planilla 3.Entrega comprobante virtual a la empresa
  • 71. NOVEDADES DE AUTOLIQUIDACIÓN Las novedades de autoliquidación son 10: • ING: Ingreso. • RET: Retiro. • VAC: Vacaciones. • SLN: Licencia no remunerada. • LMA: Licencia de Maternidad. • IGE: Incapacidad General. • TDA: Traslado de administradora. • TAA: Traslado a Administradora • VSP: Variación del salario. • VST: Variación transitoria de Salario.
  • 72. PLAZOS PARA AUTOLIQUIDACIÓN Y PAGO DE LOS APORTES Dos últimos dígitos del NIT o documento de Día hábil de Decreto identificación vencimiento 00 al 08 1° 1670/200 09 al 16 2° 7 Art 2 17 al 24 3° para 25 al 32 4° aportantes 33 al 40 5° de menos 41 al 48 6° de 200 49 al 56 7° cotizantes 57 al 64 8° 65 al 72 9° 73 al 79 10 80 al 86 11 87 al 93 12 94 al 99 13
  • 74. DESCUENTOS POR NÓMINA o El empleador no puede deducir, retener o compensar suma alguna, sin orden suscrita por el trabajador, para cada caso, o sin mandato judicial. (Art. 149) o Son permitidos los descuentos y retenciones por conceptos de cuotas sindicales y de cooperativas y cajas de ahorros, autorizadas de forma legal. (Art. 150) o Las deducciones que se efectúen no pueden afectar el salario mínimo legal vigente.
  • 75. LIBRANZAS o Son descuentos con aprobación por parte del empleado para aplicarlos. o Por ley solo se puede aprobar un descuento para cooperativas o la caja de compensación a la cual está afiliado el empleado. o No existe ningún tipo de responsabilidad por parte de la empresa en caso de retiro del trabajador, sino hasta el monto de su liquidación.
  • 76. EMBARGOS o Regularmente se incluyen embargos de 3 tipos diferentes en su orden de prioridad: o Embargo de Alimentos o Embargo de Cooperativa o Embargo Civil o Ejecutivo. o Responsabilidad del descuento por parte de la empresa, sin que el descuento exceda del 50% del salario. (Art. 156) o El salario mínimo no será embargable.(Art. 154) o Respuesta inmediata.
  • 77. EMBARGO DE ALIMENTOS o Regularmente informan un valor o porcentaje del salario a descontar. o Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones sociales. o Base: Dependiendo del embargo todo lo que sea salario o únicamente el salario básico. o Procedimiento: Base * Porcentaje informado
  • 78. EMBARGO DE COOPERATIVA o Valor informado por Embargo de Cooperativa. o Tipo de descuento: Por valor fijo o porcentaje o Pueden incluir un porcentaje sobre las prestaciones sociales. o Base: Dependiendo del embargo todo lo que sea salario o únicamente el salario básico. o Procedimiento: Base * Porcentaje informado
  • 79. EMBARGO CIVIL O EJECUTIVO o Existen 2 tipos de descuento: o Descuento equivalente a la quinta parte que exceda del salario mínimo. (Art.155). o Descuento por Valor Fijo. o Base: Dependiendo del embargo todo lo que sea salario o únicamente el salario básico. o Procedimiento: ( Base - 1 S.M.L.V. ) / 5
  • 81. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO -Es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio. -Todo empleador que ocupe más de 5 trabajadores en empresas comerciales, más de 10 trabajadores en empresas industriales y más de 20 en empresas agrícolas, ganaderas o forestales debe adoptar el reglamento. -El reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de cada uno de los trabajadores
  • 82. CONTENIDO -Indicación del empleador y del establecimiento. -Condiciones de admisión, aprendizaje y periodo de prueba. -Trabajadores accidentales o transitorios. -Horas de entrada y salida de los trabajadores -Horas extras y trabajo nocturno, su autorización, reconocimiento y pago. -Días de descanso legalmente obligatorio, vacaciones remuneradas, permisos, comisiones sindicales, asistencia al entierro de compañeros de trabajo y grave calamidad doméstica. -Salario mínimo legal o convencional. -Lugar, día, hora de pago y periodo que lo regula. -Tiempo y forma en que los trabajadores deben sujetarse a los servicios médicos que el empleador suministre. -Prescripciones de orden y seguridad.
  • 83. CONTENIDO -Indicaciones para evitar los riesgos profesionales e instrucciones para prestar primeros auxilios en caso de accidente. -Orden jerárquico de los representantes del empleador -Especificaciones de las labores que no deben ejercitar las mujeres y los menores de 16 años. -Normas especiales que se deben guardar en las clases de labores. -Obligaciones y prohibiciones especiales para el patrono y los trabajadores. -Escala de faltas y sanciones disciplinarios. -Las personas ante quienes se deben presentar los reclamos de personal y tramitación de estos. -Prestaciones adicionales a las legalmente obligatorias. -Publicación y vigencia del reglamente.
  • 84. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
  • 85. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Los empleadores que tengan a Todo empleador o empresa está su servicio 10 o más obligado a suministrar y trabajadores permanentes acondicionar locales y equipos de deben elaborar un reglamento trabajo que garanticen la especial de higiene y seguridad y salud de los seguridad, a más tardar dentro trabajadores, hacer practicar los de los tres meses siguientes a exámenes médicos a su personal la iniciación de labores y el y adoptar las medidas de higiene Ministerio de la Protección y seguridad indispensables para la Social vigila. protección de la vida, salud y la moralidad de los trabajadores a su servicio.
  • 86. CONTENIDO -Protección e higiene personal de los trabajadores. -Prevención de accidentes y enfermedades. -Servicio médico, sanidad del establecimiento y creación de sala-cunas si es el caso. -Prohibición de facilitar alojamiento en edificios de industrias peligrosas e insalubres. -Elementos de Protección -Normas especiales, cuando se trate de empresas mineras y petroleras. -Medidas de seguridad en las empresas de energía eléctrica, en los depósitos de explosivos de materias inflamables y demás elementos peligrosos. -Higiene en las empresas agrícolas, ganaderas y forestales.
  • 87. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Una vez aprobado el reglamento por parte del Ministerio de la Protección Social, el empleador debe mantenerlo fijado en dos lugares visibles del local del trabajo.
  • 88. GESTIÓN HUMANA PARA LA PEQUEÑA EMPRESA
  • 89. TEMA 1 Selección
  • 90. BASICO Cada empresa define sus políticas de gestión humana, éstas deben ser coherentes con la estrategia y estructura organizacionales, creando un marco de referencia que sirve para definir los criterios de planeación, implementación y control aplicado a cada uno de los procesos de GRH
  • 91. DEMANDA Desafíos externos: sociales, políticos, legales Cambios tecnológicos Competencias Decisiones organizacionales Cambios en la fuerza de trabajo
  • 92. PLANEACION 1. Definición de las áreas de las necesidades reales o potenciales de RH 2. Evaluación de las características del cargo y de las personas que pueden cubrirlo. 3. Definición del Perfil 4. Determinar fuentes de reclutamiento: interna y externa 5. Selección 6. Vinculación
  • 93. ANALISIS DEL CARGO Es el proceso inicial en la tarea de ubicar las personas adecuadas para la organización, esencialmente busca identificar los rasgos característicos de cada cargo: 2. Descripción del cargo: Relación escrita de lo que hace el cargo, cómo y para qué lo hace. 3. Especificación del cargo: Establece las condiciones de la persona que va a desempeñar el cargo 4. Perfil del cargo: Incluye las características obligatorias y deseables del cargo
  • 94. RECLUTAMIENTO Identificar candidatos capacitados para cubrir las necesidades de personal de la empresa. - Disponibilidad interna y externa de recursos humanos - Presupuesto Vs. Recursos - Políticas de recursos humanos
  • 95. FUENTES Internas: Los empleados tienen la opción preferencial, es una forma de garantizar la carrera profesional interna. Externas: - Recomendados por los empleados - Anuncios de prensa - Agencias de empleos - Headhunters - Instituciones educativas - Asociaciones profesionales - Agencias de suministro temporal
  • 96. RESULTADO Hojas de vida de candidatos que potencialmente pueden ser evaluados para los cargos -Perfil -Datos personales Hoja De Vida -Formación -Experiencia laboral -Conocimientos específicos Evaluación de Hojas de Vida y verificación inicial de datos.
  • 97. SELECCION Cada empresa dependiendo de sus necesidades define el tiempo y los recursos que esta en capacidad de invertir en la selección
  • 98. PRUEBAS Instrumentos que evalúan la compatibilidad entre los aspirantes y los requerimientos del puesto: 2. Pruebas psicológicas: exploran las actitudes características de personalidad coherentes con el análisis de cargos. 3. Pruebas Técnicas: Evalúan los conocimientos y las destrezas especificas requeridas por el cargo
  • 99. ENTREVISTA Es un proceso formal de intercambio de información. Objetivos: 4. Comprobar que el candidato cumple los requisitos exigidos por el cargo. 5. Suministrar información al candidato acerca de la empresa y del cargo.
  • 100. ETAPAS Preparación: Definir los objetivos, enfoque de la entrevista, contenido, sistema de evaluación y aspectos logísticos •LUGAR: Privado •HORA: Puntualidad •DURACION: Suficiente tiempo para explorar y obtener la información que se requiere.
  • 101. : Realización - Entrada: Reduce la tensión, establece un nivel de comunicación y clima que facilita el desarrollo de la entrevista. - Desarrollo: Obtener la información deseada y cumplir el objetivo previsto animando al entrevistado a participar. - Cierre: Comentar que se ha obtenido la información deseada, agradecer la participación. Dar oportunidad al entrevistado de preguntar o expresar información relevante.
  • 102. Evaluación: Elabora un resumen de las conclusiones obtenidas como resultado del análisis e interpretación de la información obtenida y de lo observado. Emitir un juicio que permita tomar decisiones.
  • 103. PREGUNTAS 1.¿Identifique los cargos (puestos) claves (que sostienen el negocio) para que mi empresa sea más productiva? 3.¿Cómo estoy seleccionando hoy a mi personal? ¿Qué criterios estoy utilizando y qué debo mejorar de acuerdo con lo visto?
  • 104. TEMA 2 Inducción
  • 105. OBJETIVO GENERAL Facilitar el proceso de adaptación e integración del personal que ingrese a la empresa así como proporcionar el desarrollo de su sentido de pertenencia en la propia empresa
  • 106. OBJETIVOS ESPECIFICOS Establecer las relaciones que mantendrán al nuevo empleado con la empresa Dar a conocer al personal la filosofía y políticas de la empresa Dar a conocer al personal las normas de disciplina y de seguridad industrial Incrementar la integración grupal Mejorar los procesos de comunicación Maximizar la calidad de las contribuciones individuales Crear una actitud favorable hacia la empresa Impulsar la intensificación personal con la visión y objetivos de la empresa Ahorrar tiempo y trabajo al nuevo empleado y a la empresa
  • 107. BENEFICIOS Reduce sentimientos de aislamiento, temor y ansiedad El trabajador entra a formar parte de la organización con mayor rapidez Mayor seguridad y pertenencia en el cargo a desempeñar Mejor rendimiento y menor probabilidad de abandonar el empleo
  • 108. INDUCCIÓN A LA EMPRESA Historia de la empresa Filosofía misión y valores Organigrama general Políticas generales de la empresa
  • 109. INDUCCION AL CARGO PRODUCTOS DE LA EMPRESA PROCESOS PROCESO GENERAL CALIDAD SISTEMAS DE TRABAJO RELACIONES DE TRABAJO SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL RUTINA DIARIO DEL EMPLEADO RECORRIDO POR SU AREA DE TRABAJO PRESENTACION DEL JEFE INMEDIATO PRESENTACION DE SUS COMPAÑEROS Y COLABORADORES DESCRIPCION DEL TRABAJO
  • 110. DEFICIENCIAS COMUNES Mucha información en corto tiempo Tareas iniciales de baja categoría Exceso de manuales de lectura Permitir que se inicie el trabajo con una orientación deficiente Diferencia en información dada por el departamento de personal y el supervisor
  • 111. PREGUNTAS 1. ¿Cómo haría usted la inducción en su empresa para que los nuevos empleados reciban la información necesaria para hacer bien su trabajo? 3. ¿Qué fallas de producción, de relaciones interpersonales, satisfacción de clientes, de accidentes de trabajo se pudieron evitar con una adecuada inducción?
  • 112. TEMA 3 Formación y capacitación
  • 113. FORMACION • Podemos entender el concepto de Formación de Personal, como un proceso de interpretación que permite comprender la realidad, desarrollarse como persona y transformar su realidad. • Es el aprendizaje de las habilidades necesarias para su desarrollo personal y profesional • La formación requiere del compromiso de la persona con su desarrollo con el apoyo de la organización.
  • 114. CAPACITACION Actividades que enseñan a los empleados la forma de desempeñar su puesto actual. - Capacitación en laboratorio (Grupos T): Capacitar en grupo para animar las habilidades de socialización. - Capacitación en el lugar de trabajo: Práctica y guía directa del instructor. - Capacitación por Simuladores: Con equipo y condiciones similares a las reales se garantiza un aprendizaje que no interfiere en las operaciones reales.
  • 115. BENEFICIOS Conduce a rentabilidades mas altas y actitudes mas positivas. Mejora el conocimiento del puesto a todos los niveles. Ayuda al personal a identificarse con los objetivos de la organización. Mejora la relación jefe colaborador. Ayuda en la preparación de guías de trabajo. Es un poderoso auxiliar para la comprensión y adopción de nuevas políticas Proporciona información respecto a necesidades personales Agiliza la toma de decisiones y la solución de problemas Promueve el desarrollo con vista a la promoción. Contribuye a la formación de líderes y dirigentes.
  • 116. PROCESO Definir los contenidos del programa Evaluación de Objetivos de Conocimientos Formación y Desarrollo del Habilidades Necesidades Capacitación Programa Actitudes (diagnóstico) Diseño de Estrategias de Criterios aprendizaje de Evaluación Evaluación
  • 117. EFECTIVIDAD Depende de: - Efectividad respecto al costo - Contenido del programa - Recursos - Preferencias y nivel de aprendizaje de los participantes - Preferencias y capacidad del formador - Principios de aprendizaje utilizados
  • 118. EVALUACIÓN DEL PROCESO Los criterios que se emplean para evaluar la efectividad de la capacitación se basan en los resultados del proceso. Los capacitadores se interesan especialmente en los resultados que se refieren a:  1.    Las reacciones de los participantes al contenido del programa y al proceso en general. 2.  Los conocimientos adquiridos mediante el proceso de capacitación. 3.  Los cambios en el comportamiento que se deriven del curso de capacitación. 4.  Los resultados o mejoras mensurables para cada miembro de la organización, como menor tasa de rotación, de accidentes o de ausentismo.
  • 119. PREGUNTAS 1.¿Qué impacto ha tenido la capacitación en su empresa, qué resultados concretos ha tenido la capacitación? 3.¿Qué debemos mejorar en el proceso de capacitación se convierta en una inversión que genere retorno a la inversión para la empresa?
  • 120. TEMA 4 Evaluación del Desempeño
  • 121. EL DESEMPEÑO La Evaluación del Desempeño tiene por objetivo poder hacer una estimación cuantitativa y cualitativa del grado de eficacia con que las personas llevan a cabo las actividades, objetivos y responsabilidades de sus puestos de trabajo. Surge como un sistema mediante el cual, la empresa puede apreciar la integración de las personas en sus puestos, mejorar sus actuación futura y, con ello, mejorar los resultados de la empresa. Disponer en la empresa de un procedimiento y soporte técnico para la Evaluación del Desempeño permite que el proceso alcance niveles objetividad y homogeneidad.
  • 122. SISTEMAS DE EVALUACION DEL DESEMPEÑO LA PREGUNTA FUNDAMENTAL ES : ¿Cómo conoce el desempeño de sus colaboradores y que hace con la información obtenida?
  • 123. ELEMENTOS CLAVES: visión general CLAVES Desempeño Evaluación del Retroalimentación Individual Desempeño del empleado Estándares Normas Decisiones Registros del Dpto R.H empleado
  • 124. QUE EVALUAR? EL DESEMPEÑO DEL EMPLEADO (LOS PROCESOS Y LOS RESULTADOS) RASGOS PERSONALES DEL EMPLEADO Y SU EFECTO EN LA ORGANIZACIÓN
  • 125. PARA QUE EVALUAR? CONOCER FORTALEZAS Y ASPECTOS POR MEJORAR DE LOS EMPLEADOS. IDENTIFICAR NECESIDADES DE CAPACITACION Y POTENCIALIDADES. RECONOCER EL DESEMPEÑO SATISFACTORIO DETERMINAR POSIBILIDADES DE DESPLAZAMIENTO DE LA GENTE EN LA ORGANIZACIÓN.
  • 126. PASOS BASICOS DEL PROCESO DE EVALUACION: EL AREA RESPONSABLE DETERMINA LOS ASPECTOS QUE VA A EVALUAR DEFINIR EL TIEMPO Y LOS RECURSOS CON LOS QUE EVALUARA APLICAR LA EVALUACION RETROALIMENTAR Y LLEGAR A ACUERDOS ESTABLECER INDICADORES DE EVALUACION.
  • 127. INSTRUMENTOS DE EVALUACION GUIA DE EVALUACION ESCRITA ENTREVISTA DIRECTA CON EL EMPLEADO EVALUACION DEL EQUIPO DE TRABAJO AUTOEVALUACIÓN
  • 128. EVALUACION FUNCIONAL EL EMPLEADO DEBE CONOCER LO QUE SE ESPERA DE EL DEBE CONOCER LAS REGLAS DE JUEGO DE LA EVALUACION CON ANTICIPACIÓN. DEBE EXISTIR COHERENCIA ENTRE LO QUE SE LE DICE AL EMPLEADO QUE SE PRETENDE CON LA EVALUACION Y LAS ACCIONES RESULTADO DE LAS MISMAS. DEBE PROPICIAR ESPACIO PARA ACLARAR
  • 129. PORQUE FRACASAN LOS SISTEMAS DE EVALUACION DESCONOCIMIENTO DE LAS REGLAS DE JUEGO MANEJO SUBJETIVO Y NO ETICO DE PARTE DEL JEFE DERIVADA DE UNA INADECUADA PERCEPCIÓN NO EXISTE UNA CULTURA DE EVALUACION
  • 130. CALIFICACION CUANDO EL CUANTITATIVA: CUALITATIVA: EVALUADOR PONDERA CUANDO LA CON UNA NOTA VALORACION ES EN NUMERICA EN UNA TERMINOS DE ESCALA VALIDA PARA TODOS EL DESEMPEÑO OPINIONES DEL COLABORADOR EXPLICATIVAS ACERCA DEL DESEMPEÑO DEL COLABORADOR.
  • 131. CIERRE DE LA EVALUACION RETROALIMENTE A LAS PERSONAS EVALUADAS DETERMINE LAS AREAS FUERTES Y DEBILES DE DESEMPEÑO DEFINA EL PLAN DE CAPACITACION Y DESARROLLO ESTABLEZCA RECOMENDACIONES COMPARE CON EVALUACIONES ANTERIORES.
  • 132. PREGUNTAS 1. ¿Hace su empresa evaluación de desempeño? ¿Cómo conoce los resultados del desempeño de sus colaboradores y qué hace con la información obtenida? 3. ¿Establece acuerdos de mejoramiento con sus colaboradores? 5. ¿Cómo mejorar o crear el proceso para conocer lo que hacen sus colaboradores?
  • 133. TEMA 5 Bienestar
  • 134. DEFINICION “El término Bienestar Social Laboral hace referencia al estado de satisfacción que logra el empleado en el ejercicio de sus funciones, producto de un ambiente laboral agradable y del reconocimiento de su trabajo, lo cual repercute en un bienestar familiar y social.” Hermes Alfredo Ruiz Rincón, http://www.gestiopolis.com/otro/bienestar-social-laboral.htm
  • 135. BIENESTAR Desarrollo de lineamientos para asegurar el bienestar de sus empleados Es una forma de motivar a los empleados para que valoren lo que la empresa puede aportar personal y laboralmente.
  • 136. BIENESTAR Los beneficios pueden ser enfocados a acciones generales que cubren necesidades de todos los empleados. También pueden ser Beneficios que solo se otorgan en situaciones específicas: Licencias de maternidad, paternidad, seguros familiares… y que mejoran la calidad de vida de los empleados.
  • 137. BIENESTAR Los planes de Bienestar deben ser conocidos por los empleados además de los criterios de aplicación de los mismos, para que sean percibidos como estrategias equitativas. Adicionalmente deben plantearse actividades flexibles que puedan adaptarse a las diversas situaciones de los empleados.
  • 138. BIENESTAR Los planes de bienestar serán realmente efectivos cuando responden a las necesidades y expectativas de los empleados
  • 139. RECOMENDACIONES Debe reflejar los valores y principios de cada organización, de haber una coherencia tanto interna como externa, si existen políticas de beneficios para los clientes y/o usuarios deben existir de igual forma para los empleados, que el trabajador sienta que es tan importante para la compañía como sus mismos clientes. El programa debe partir de las necesidades reales de los trabajadores y no de lo que crean conveniente determinado número de personas, y para ello es necesario hacer un diagnóstico, esto no quiere decir que todo lo deseado sea procurado, la empresa decide como y cuando de acuerdo a los recursos tanto económicos, de infraestructura como humanos.
  • 140. RECOMENDACIONES Todo programa requiere de una inversión en dinero, una vez se obtienen los resultados del diagnóstico se evalúan los posibles costos, el reconocimiento informal, no requiere de mayor inversión, sólo del compromiso de los directivos con personal a cargo. La divulgación del programa a todos los niveles de la empresa, es fundamental para su real aprovechamiento y lograr un verdadero bienestar, satisfacción y compromiso en el trabajo.
  • 141. RECOMENDACIONES Es necesario un seguimiento, control y permanente evaluación de resultados, para así medir el impacto en la organización y evitar caer en la rutina de simples actividades aisladas.
  • 142. RECOMENDACIONES No siempre el programa que mayor número de beneficios y dinero invierta es el mejor, comúnmente actividades de reconocimiento informal pueden tener mayor valor para los miembros del equipo de trabajo, que un pago extra en su salario. Los beneficios no siempre deben ser iguales para todos los trabajadores, los incentivos que tenga establecidos la compañía deben ser consecuentes con el plan de beneficios general.
  • 143. RECOMENDACIONES La estructuración de un programa de esta importancia debe estar correctamente orientado a satisfacer las necesidades del personal y generar un valor adicional a la compañía, ya sea por la responsabilidad social que esto implica y por los rendimientos financieros que genera. El personal encargado de la ejecución, control y seguimiento del programa debe estar capacitado para tal fin, ya que las actividades de soporte social del programa requieren de una manejo profesional. Hermes Alfredo Ruiz Rincón. http://www.gestiopolis.com/otro/bienestar-social-laboral.htm
  • 144. PREGUNTAS 1.¿Hace actividades orientadas al bienestar del personal? 2.De lo aprendido, ¿qué puedo implementar para mejorar en mi empresa el bienestar laboral? 3.¿Cómo hace extensivo el programa de bienestar a los familiares de los empleados?
  • 145. Muchas gracias por su atención Multicontacto Bancóldex Tel. (1) 649 71 00 Bogotá Línea nacional gratuita 018000 915 300 gestion.empresarial@bancoldex.com www.bancoldex.com