4. CONCEPTOS
EJECUCION : La ejecución es la parte
del proceso que implica la realización
de un conjunto de tareas y operaciones.
CONTRATO: Es aquel por el cual una
persona natural se obliga a prestar un
servicio personal a otra persona natural
o jurídica (ART 22, CST)
5. EJECUCION DEL CONTRATO
La ejecución del contrato es la fase en la
que cada una de las partes cumple con las
obligaciones impuestas en los pliegos y en
el propio contrato. La ejecución se realiza a
riesgo y ventura del contratista, sin
perjuicio de los supuestos de fuerza mayor.
6. OBLIGACIONES
I. OBLIGACIONES A CARGO DEL EMPLEADOR
A. OBLIGACIONES GENERALES.
B. OBLIGACIONES ESPECIFICAS (articulo 57 CST):
- Poner a disposion a los trabajores, salvo
estipulaciones en contrario, los instrumentos
adecuados y las materias primas necesarias para la
realización de las labores.
- Procurar a los trabajadores locales apropiados y
elementos adecuados de protección contra los
accidentes y enfermedades profesionales, de forma
que se garantice las seguridad y la salud.
7. - Prestar inmendiante los primeros auxilios en caso de accidentes
o enfermedades.
- Pagar la remuneración pacta en la condiciones, periodos y
lugares convenidos.
- Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador a
su creencias y sentimientos.
- Conceder al trabajador las licencias necesarias para el ejercicio
del sufragio desempeño de cargo de forzosa aceptación, en
caso de calamidad domestica, comisiones sindicales o
entierros de compañeros.
- Dar al trabajador que lo solicite, a la inspiración del contrato,
una certificación laboral.
- Pagar al trabajador los gastos razónales de venida y de regreso,
si para prestar sus servicios lo hizo cambiar de residencia.
- Cumplir el reglamento y mantener el orden, la moralidad y el
respeto a las leyes.
8. C- OBLIGACIONES DE NO HACER
- Deducir, retener o compensar suma alguna del monto
de los salarios y prestaciones en dinero sin
autorización del trabajador.
-Obligar en cualquier forma a los trabajadores a
comprar mercancía o víveres en almacenes o
proveedurías que establezcan el empleador.
- Exigir o aceptar dinero del trabajador como
gratificación para que se le admita en el trabajo o
por otro motivo cualquiera que se refiera a las
condiciones de este .
- Limitar o presionar de cualquier forma a los
trabajadores en el ejercicio de sus derechos de
asociación.
9. - Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter
religioso o político, o dificultarles o impedirles el ejercicio
del derecho del sufragio.
- Hacer, autorizar o tolerar propaganda política en los sitios
del trabajo.
- Hacer o permitir todo genero de rifa, colectas o
suscripciones en los mismos sitios.
- Emplear en las certificaciones de que trata el ordinal 7°
del articulo 57 signos convencionales que tiendan a
perjudicar a los interesados.
- Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrijan
los derechos de los trabajadores o que ofendan su
dignidad.
10. II. OBLIGACIONES A CARGO DEL TRABAJADOR
A. OBLIGACIONES GENERALES
B. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL TRABAJADOR (
art 58 del CST)
- Realizar personalmente la labor en los términos
estipulados.
- Deber de confidencialidad.
- Conservar y restituir los instrumentos y útiles de
trabajo.
- Guardar rigurosamente la moral en las relaciones
con sus superiores y compañeros.
- Comunicar oportunamente al empleador las
observaciones que estime conducentes a evitables
daños y perjuicios.
11. - Prestar la colaboración posible en casos de siniestro o
riesgo inminente que afecten o amenacen las personas o las
cosas de la empresa o establecimiento.
- Observar las medidas preventivas higiénicas prescritas por
el medico del empleador o por las autoridades del ramo.
- Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y
ordenes preventivas de accidentes o de enfermedades
profesionales.
C. OBLIGACIONES DE NO HACER
- Sustraer de la fabrica, taller o establecimiento los útiles de
trabajo y las materias primas o productos elaborados sin
permiso del empleador.
- Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la
influencia de narcóticos o drogas enervarte,
-Conservar armas de cualquier clase en el sitio del trabajo, a
excepción de las que con autorización legal pueden llevar los
celadores.
12. - Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin
permiso del patrón, acepto en los casos de huelga, en los
cuales debe abandonar el lugar del trabajo.
- Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del
trabajo, suspender labores, promover suspensiones
intempestivas del trabajo o excitar a su declaración o
mantenimientos, sea que participe o no en ellas,
- Hacer colectas, rijas y suscripciones o cualquier clase de
propaganda en los lugares de trabajo.
- Coartar la libertad para trabajar o no trabajar, o para
afiliarse o no a un sindicato, o permanecer en el o
retirarse,
- Usar los útiles o herramientas suministradas por el
empleador en objetos distintos del trabajo contratado.
13. TIPOS ( PÚBLICO Y PRIVADO)
CONTRATO PUBLICO: Hospital san José la gloria
cesar
CONTRATO PRIVADO: IPS María Paz Del Cesar
14. CONCLUSION
La ejecución del contrato se debe de
ejecutar con buena fe por ambas
partes, obliga no solo a lo que en el
se expresa sino a todas las cosas que
emanan precisamente de la naturaleza
de la relación jurídica o que por la ley
pertenecen a ella (art 55,cst).