Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Atencion a las necesidades educativas especiales
1. LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO Adaptación de Remedios Portillo C. (Diciembre de 2009)
2. LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE) BOE del 4 de mayo de 2006. Título II. Equidad en la educación. Capítulo I. Alumnos con necesidad específica de apoyo educativo. Capítulo II. Compensación de las desigualdades en educación.
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7. La Educación en Andalucía 2009/2010. Dossier del Inicio del Curso http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/TemasFuerza/nuevosTF/dossier_inicio_curso_2009_2010/dossier_inicio_curso/1252499565061_la_educacion_en_andalucia_2009-2010.pdf
18. Repetición de curso en EI y EPO… - Ordinarias - Extraordinarias Preparación de Documentación e Informes
19. REPETICIONES EXTRAORDINARIAS (2) Instrucciones de 5 de junio de 2008, de la Dirección General De Ordenación y Evaluación Educativa por las que se complementa la normativa sobre evaluación del alumnado de Educación Infantil y Bachillerato. ...En Educación Infantil, las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación podrán autorizar … ... De conformidad con lo recogido en el artículo 16.1 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, el equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa .... NORMAS SOBRE REPETICIONES DE CURSO REPETICIONES ORDINARIAS (1) ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
27. Para valoración y obtención de la calificación de minusvalía: Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. (Centro de Orientación y Valoración). Plaza Diego Vázquez Otero, 5. Ed. "Torre Almenara". Málaga. Tfno. 951036700. Para la Solicitar la Escolarización en un Centro donde puedan atenderse las NEE del niño/a: - En el Colegio Público cercano al domicilio familiar ó Consejería de Educación. DPMA de Málaga. Avda. de la Aurora, 47, Edificio de usos múltiples, planta 10 (Asesora Técnica Ed. Especial o Planificación) Tfno. 95103821.
4. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado anterior, el alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la educación primaria y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación. Los centros docentes organizarán este plan de acuerdo con lo que, a tales efectos, se establezca… (1) el equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o los tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa. Primera. EDUCACIÓN INFANTIL (2) 1. Prórroga de escolarización. En Educación Infantil, las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación podrán autorizar la permanencia del alumno o la alumna durante un año más en el último año del segundo ciclo de la etapa, cuando se estime que dicha permanencia permitirá alcanzar los objetivos de la etapa o será beneficiosa para su socialización. La petición será tramitada por la Dirección del centro donde esté escolarizado, a propuesta del maestro tutor o maestra tutora, basada en el informe del Equipo de Orientación Educativa y oída la familia. La Inspección Educativa elaborará un informe sobre la procedencia de dicha autorización