1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA
“JOSÉ MARÍA ARGUEDAS”
AREA:
FORMACIÓN CIUDADANA Y CÍVICA
TEMA: LOS DERECHOS EN LA
CONSTITUCIÓN.
DOCENTE:
EFRAÍN ALFREDO CASTILLO MATOS
GRADO: 2DO SECCIONES:A-B-C- D
LA OROYA 2013
2. LOS DERECHOS HUMANOS EN LA LEGISLACIÓN
El Estado y sociedad tienen la obligación de responder
por la protección de los derechos humanos. Su
reconocimiento se encuentra en documentos lega-les y
son el fundamento para exigir su cumplimiento y
denunciar su transgresión.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos
Surgió a iniciativa de la Or-ganización de las Naciones
Unidas (ONU) luego de las I y II Guerras Mundiales,
Que aplicaron los alemanes un exter-minio sistemático
contra los judíos, gitanos, comunis-tas, homosexuales y
otros grupos.en 1946, una Comi-sión de Derechos
Humanos. du-rante dos años, se concentró en el objetivo
de crear un documento que respetara las libertades
3. documento que respetara las libertades fundamen-tales
y los derechos humanos y in-cluyeron los principios de
la no discriminación, los derechos civiles y políticos, y los
derechos económicos y socia-les. También plantearon
que estos derechos debían ser de carácter universal.
El 10 de agosto de 1948, la Declaración Universal de los
Derechos Humanos fue aprobada por la Asamblea
Ge-neral de las Naciones Unidas. llegaron a un consenso
acerca de cuáles son los derechos inheren-tes a la
dignidad humana. puso de manifiesto que el respeto por
esos derechos. Existen también otros pactos y
convenciones que complementan la Declaración
Universal de los Dere-chos Humanos, tales como
4. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos.
LOS DERECHOS HUMANOS EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
los derechos humanos están reconocidos en la
Constitución y garantizados en las leyes. El art culo 44
señala que el Estado garantiza la plena vigencia de los
derecho humanos. Todo funcionario público tiene el deber
de hacer cumplir esta disposición. Dentro del Estado
existen instituciones que se encargan de promover y vigilar
el respeto de los derecho humanos. La más importante es
la Defensoría di Pueblo es un órgano autónomo creado
por la Constitución de 1993.
5. supervisa el cumplimiento de los deberes de la ad
ministración pública y la prestación de los servicia
públicos a la ciudadanía.
Comisión Nacional de Derecho Humanos. Propone la
política gubernamental en materia de promoción,
defensa y garantía de los derechos humanos.
la Coordinación Nacional de Derechos Humanos:
conjunto de instituciones de la sociedad civil que
trabajan por la defensa, promoción, educación y
difusión de los dere-chos humanos desde 1985.
LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS
HUMANOS
Preámbulo
el desconocimiento y el menospre-cio de los derechos
6. humanos han originado actos de . barbarie ultrajantes
para la conciencia de la humanidad, y que se ha
proclamado, como la aspiración más elevada del
hombre, el advenimiento de un mundo en que los
seres humanos, liberados del temor y de la
miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la
libertad de conciencia.
La Asamblea General
Proclama la presente Declaración de los Derechos '
Humanos como ideal común por el que todos los
pue-blos y naciones deben esforzarse, a fin de que
tanto i individuos como las instituciones inspirándose
constantemente en ella promuevan, mediante la
enseñanza y educación el respeto a estos derechos y
7. libertades, : y aseguren, por medidas progresivas de
carácter na-cional e internacional, su reconocimiento y
aplicación universales y efectivos, tanto entre los
pueblos de los Estados miembros como entre los
territorios coloca-dos bajo su jurisdicción.
Art. 1.- Todos los seres humanos nacen libres e ¡gua-les
en dignidad y derechos y, dotados como están de razón
y conciencia, deben comportarse fraternalmen-te los
unos con los otros.
Art. 3.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la
libertad y a la seguridad de su persona.
A la libertad de conciencia y de religión, en forma
individual o asociada. No hay persecución por
razón de ideas o creencias. No hay delito de
opinión. [...]
8. Art. 5.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes.
Art. 7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin dis
tinción, derecho a igual protección de la ley. (Declara ción
Universal de los Derechos Humanos, 1998).
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Art. 1.- La defensa de la persona humana y el respeto de
su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Art. 2.- Toda persona tiene derecho: A la vida, identidad,
integridad moral, psíquica y física y libre desarrollo y
bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo
cuanto le favorece. A la igualdad antelaley. Nadie debe ser
discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma,
religión, opinión, condición económica o de cualquier otra
índole.
9. Art. 24.- A la libertad y a la seguridad personales. En
consecuencia:
h. Nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física,
ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes.
Cualquiera puede pedir de inmediato el examen médico de la
persona agraviada o de aquella imposibilitada de recurrir por sí
misma a la autoridad. Carecen de valor las declaraciones
obtenidas por la violencia. Quien la emplea incurre en
responsabilidad.
Art. 44.- Son deberes primordiales del Estado: defender la
soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los
derechos humanos; proteger a la población de las amenazas
contra su seguridad; y promover el bienestar general que se
fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y
equilibrado de la nación. [...] (Constitución Política del Perú,
1993).