3. Para proceder a la constitución de una sociedad anónima se requiere:
4. Que haya dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos.
5. Que el capital social no sea menor de cincuenta millones de pesos y que este íntegramente suscrito.
6. Que se exhiba en dinero efectivo, cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario.
7. Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.
8. De la constitución simultánea: En esta forma la sociedad se constituye por la comparecencia, ante un notario público de las personas que otorguen la escritura social y esta escritura debe contener todos los requisitos que en lo general son necesarios para la constitución de las sociedades inclusive su inscripción en el registro público de comercio, más lo siguiente:
14. La indicación de las facultades de la asamblea general y las consideraciones para la valides de liberación, así como para el ejercicio de su derecho de voto.