Este documento resume los principales aspectos a considerar para organizar viajes nacionales e internacionales, incluyendo la documentación necesaria, medios de pago, legislación aduanera y seguros. Explica los diferentes tipos de documentos como el pasaporte, visado y permiso de conducir requeridos, así como opciones de pago como efectivo, cheques de viaje, tarjetas débito y crédito. También cubre consideraciones importantes sobre seguros médicos y de asistencia para viajeros.
1. UNIDAD 9
ORGANIZACIÓN DE VIAJES NACIONALES E INTERNACIONALES
9.1 Introducción
9.2 Medios de pago
9.3 Documentación
9.4 Legislación sobre viajeros y aduanas
9.5 Seguro de viajes
9.6 Embajadas y consulados
9.7 Protección de consumidores y usuarios
9.1 Introducción
A veces, el secreto de un viaje bien organizado está en los pequeños detalles.
Hay que prestar atención a los preparativos para evitar situaciones
desagradables. Documentación necesaria, medios de pago, seguros, tasas,
controles fronterizos,…a la hora de preparar un viaje se pueden plantear
multitud de dudas sobre diversas cuestiones. En otras ocasiones los
contratiempos son debidos al desconocimiento. En esta unidad se pretende dar
una visión práctica de algunos temas relacionados con la organización de los
viajes.
9.2 Medios de pago
Uno de los temas a resolver antes de cualquier viaje es el del dinero, en cuanto
se organiza un viaje una de las primeras dudas que surge es cuánto y en qué
forma se debe llevar. Para responder a esta pregunta es necesario saber a qué
país o zona vamos a visitar pues las condiciones cambian sustancialmente de
un sitio a otro.
MONEDAS Y BILLETES
Es necesario llevar una cantidad de dinero en efectivo para hacer frente a los
pagos de los primeros días del viaje. En los países miembros de la Unión
Europea no existen cupos o restricciones para el movimiento de capitales. Sin
embargo por motivos de seguridad, algunos estados miembros han fijado
límites a partir de los cuales es obligatorio declarar las cantidades transferidas
o declarar el dinero que se lleva al entrar o salir de su territorio. En España la
orden EHA 1439 regula la declaración de movimientos de medios de pago en
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el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales. Según ella se solicitará la
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2. declaración de medios de pagos por importe superior a 10.000€ por persona y
viaje. En cuanto a las cantidades que el viajero puede llevar encima, los límites
oscilan de un país miembro a otro y van desde los 2.000€ el más bajo hasta los
10.000€ o más.
En cualquier caso son límites muy por encima de lo que el viajero suele llevar
en metálico en sus desplazamientos. Sobre cualquier duda aparte de
embajadas y consulados propios del país a visitar es conveniente visitar la
página del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
http://www.maec.es/
CHEQUES DE VIAJE
Son cheques por valor de una cantidad de dinero (los hay de distintos
importes), que hacen la vez de papel moneda. Su ventaja radica en que, al ser
nominativos y seriados, sólo puede hacer uso de ellos el titular de los cheques.
Se extienden por cantidades estándares e invariables. Van numerados y se
hace constan que son cheques de viaje. Es conveniente anotar los números de
los mismos pues en caso de pérdida o robo son restituidos de forma gratuita en
el plazo de 24 a 48 horas en cualquier entidad financiera, siempre que se
muestre el número de serie de los cheques que le han sido sustraídos. Son un
método simple y seguro para proteger el dinero, fáciles de usar y garantizan
tranquilidad ya que están protegidos desde el instante en que se adquieren. La
gran ventaja de los cheques es que si se pierden o se roban, sólo nos
quedamos sin el papel, pero no sin el dinero. Los cheques no caducan pero
hay que firmarlos en el momento de adquirirlos, anotar los números de serie y
mantener la lista en un lugar separado, marcando los números de serie de los
cheques que se utilicen.
Los cheques son emitidos por un banco o caja a cargo del viajero, y sirven de
pagadero por su establecimiento principal a sucursales o bancos con los que
tienen convenio, en el país o en el extranjero. Se adquieren en bancos y en
algunas agencias de viajes. Se emiten en diversas monedas pero no todas.
Dependiendo de dónde viajemos nos interesarán dólares, euros, yen,
libras,…Lo más rentable es llevarlos en la moneda del país que se visita. Si eso
no es posible, en dólares americanos o euros. Los emitidos por bancos con
pocas sucursales internacionales pueden ser difíciles de cobrar. Por ello los
más usados son de cadenas como American Express o Visa. La entidad debe
entrega al beneficiario la lista de las sucursales donde puede cobrarlos sin
pagar comisión.
Son aceptados en una amplia variedad de negocios, restaurantes y hoteles, así
como en entidades financieras. En algunos hoteles también es posible
cambiarlos por efectivo pero con una comisión. Se usan como medio de pago
de bienes y servicios en hoteles, agencias de viaje etc. Cada vez se aceptan
menos en los comercios porque son más fáciles de falsificar que las tarjetas de
crédito y débito.
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3. TARJETAS BANCARIAS:
Las tarjetas bancarias son medios de pago que permiten a sus titulares adquirir
bienes a servicios en los establecimientos adheridos al sistema de pago con
tarjeta y también realizar determinadas operaciones en los cajeros automáticos.
Las tarjetas están hechas de un material plástico y son muy manejables. Se les
llama popularmente dinero de plástico. Como potencian el uso de los cajeros
automáticos reducen el coste de personal en las oficinas bancarias. Para los
clientes es un medio sencillo y cómodo de realizar pagos y obtener dinero en
efectivo.
Para el establecimiento adherido a esta forma de pago supone una mayor
clientela potencial pero también supone un coste financiero que deben tener
presente que suele variar entre un 0.5% y un 2.5% de la transacción
dependiendo de la tarjeta y la red de que se trate.
Las tarjetas se agrupan en dos categorías básicas:
- Tarjetas de débito.
Para su utilización, tanto en cajero como compra en establecimientos, es
necesario disponer en nuestra cuenta de saldo suficiente y que la transacción
se carga inmediatamente en nuestra cuenta. Si no tenemos suficiente saldo la
tarjeta será rechazada. Las tarjetas son emitidas por cada entidad de crédito
previa solicitud del cliente. La entidad envía al domicilio del cliente la tarjeta y
días más tarde el NIP O PIN que es un número de identificación personal que
debemos memorizar por seguridad. Este número nos da acceso a los servicios
de cajeros automáticos y al pago en establecimientos adheridos.
Aunque cada entidad bancaria emita su propia tarjeta, estas son gestionadas
por unas pocas sociedades. Las sociedades gestoras de tarjetas que
mayoritariamente operan en España son: SERVIRED, TELEBANCO 4B Y RED
6000. Las tarjetas pueden utilizarse, generalmente, en cualquier cajero
perteneciente a cualquier red, pero solo el uso en la red a la que la tarjeta está
asociada no tiene comisión. Ej: si tenemos una tarjeta emitida por Novacaixa
banco y la utilizamos para sacar dinero en una RED 6000 no nos cobrarán
comisión, pero si sacamos dinero en un cajero SERVIRED si nos la cobrarán.
El tiempo de validez de una tarjeta suele ser de dos años al cabo de los cuales
se renueva la tarjeta emitiendo otra nueva y anulando la antigua.
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4. El coste de estas tarjetas es una cantidad anual que varía entre los 6 y los 30€
También la utilización en redes que no le pertenecen tiene un coste que es un
determinado porcentaje sobre la cantidad con un determinado mínimo que
generalmente varía entre los 3y los 6 €.
- Tarjetas de crédito. Son medios de pago con cargo aplazado en la
cuenta del cliente. Los titulares pueden adquirir bienes o servicios sin
necesidad de tener saldo suficiente ya que el cargo en la cuenta se realiza de
forma aplazada. La tarjeta de crédito tiene carácter personal y se emite siempre
a nombre de una persona física. Puede existir una tarjeta principal y varias
adicionales. La principal está a nombre del titular de la cuenta y las adicionales
a nombre de otras personas designadas por él. Para que una entidad conceda
una tarjeta de crédito estudia la situación patrimonial y personal del cliente ya
que el uso de esta tarjeta supone riesgos para la entidad. Cuando se solicita
este tipo de tarjeta se debe llegar a un acuerdo con la entidad para aclarar
ciertos puntos:
a) Límite del crédito.
b) Modalidad de reembolso:
1) Pago total. Se cargan en la cuenta el total de las compras realizadas el
mes anterior. De este modo se vuelve a tener el límite de crédito original.
2) Pago aplazado porcentual. Se amortiza un porcentaje de las compras.
Este porcentaje suele estar sobre un 10% y un 50% con una cantidad mínima.
3) Pago fijo mensual. Cantidad fija acordada.
c) Tipo de interés de las cantidades a crédito. En la modalidad de pago
total no se carga ningún interés. En las otras dos cargan un interés mensual
entre el 1% y el 1.85% (12.68% y 24.6% T.A.E.)
d) Comisiones. Existen distintos tipos de comisiones:
1) Comisión de mantenimiento. Varía entre los 10 y las 50€. anuales
dependiendo de la entidad bancaria , la entidad emisora ( VISA, MASTER ,
AMERICAN EXPRESS, EUROCARD...) y la versión de la tarjeta ( Clásica, oro,
premier...)
2) Comisión por disposición de efectivo. La utilización de estas tarjetas en
cajeros automáticos para sacar dinero en efectivo está "penado" con una
comisión que suele ser del 2% con un mínimo entre 3 y 6€ . en cajeros de la
misma red y de un 4% con un mínimo entre 6 y 10€. en cajeros de distinta red.
Para usar las tarjetas en el extranjero es muy útil consultar al departamento de
internacional de la entidad bancaria y en su caso ampliar el límite del crédito
por si hiciese falta usarlo. También es conveniente consultar las páginas de las
embajadas donde generalmente aparece información financiera sobre el país.
Cuidado con las comisiones bancarias al usar las tarjetas , tanto para sacar
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efectivo como para pagar ya que en ocasiones las comisiones son altísimas.
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5. MONEDERO ELECTRÓNICO (tarjetas monedero)
Consiste en una tarjeta que incorpora un pequeño chip en que se almacena un
valor monetario pre-pagado que puede ser gastado en cualquier comercio que
haya instalado un lector de tales tarjetas
Resulta cómodo para transacciones de escaso valor. Las tarjetas telefónicas
constituyen un ejemplo de monedero así como las tarjetas de transporte. El
monedero electrónico como fue concebido casi no se usa debido a la falta de
adaptación del público y a la poca interoperabilidad entre monederos
9.3 Documentación
PASAPORTE
Nació en la Conferencia Internacional de Pasaportes, celebrada en París en
1920. Es un documento homologado por todos los países que las personas
deben poseer para entrar o salir de los mismos y poder demostrar su
identidad..Se solicita Jefatura Superior ó Comisaría de Policía. Hay que pedir
cita para sacarlo con suficiente antelación. En la U.E., desde 1985 , todos los
Estados miembros, utilizan un modelo uniforme de pasaporte de color burdeos
PASAPORTES ORDINARIOS: se conceden a cualquier persona que no esté
sujeta a ningún tipo de limitaciones legales. Su validez es temporal (5 años
menores de 30 y 10 para los mayores)
PASAPORTES ESPECIALES: pasaportes concedidos a diplomáticos,
pasaportes familiares, concedidos a colectivos de estudiantes, apátridas,….
VISADO
El visado es un permiso previo que otorga el país de destino a través de su
representación consular o embajada en el país de origen de la persona que va
a viajar. La principal diferencia entre el pasaporte y el visado es que el primero
lo emite el propio país del viajero, mientras que en el caso del visado lo
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gestiona el país al que el viajero se dirige. Se puede obtener en la Embajada o
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6. Consulado del país al que se viaja, antes de salir, aunque en otros casos se
gestiona en los puestos de control de aduanas a la llegada a dicho país. En
algunas embajadas este trámite puede durar semanas así que es preciso
informarse de este aspecto antes de organizar un viaje.
Los visados pueden ser:
Visados de tránsito. Sirven para moverse por el país, para estar de paso
mientras se realiza un viaje.
Visados de estancia. Sirven para hacer una visita turística o a familiares.
Visados de residencia. Sirven para poder residir durante un tiempo más largo
que el de una visita turística.
PERMISO DE CONDUCIR
La normativa comunitaria vigente establece el principio de reconocimiento
recíproco de los permisos de conducción expedidos por los Estados miembros.
De forma que si se tiene el permiso de conducción en uno de los estados, éste
será válido en el resto de los estados.
Es conveniente preguntar en el consulado o embajada del país que se piensa
visitar para recibir información al respecto.
SEGURO DE AUTOMÓVILES
CARTA VERDE: Se trata de un seguro obligatorio internacional que acredita
que se está asegurado por los daños que pudieran causarse a terceros.
Será facilitada por la compañía de seguros o en la aduana española antes de
cruzar la frontera, dependiendo su precio del número de días de permanencia
en el extranjero.
SEGURO SANITARIO
Si viajamos por España, con la tarjeta de desplazamiento estaremos cubiertos.
Si viajamos por Europa, deberemos llevar la Tarjeta Sanitaria Europea que
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7. nos permitirá recibir asistencia sanitaria gratuita en cualquiera de los países
miembros. Se solicita en las oficinas de la S.S
Fuera de Europa, en un Estado que no tenga convenio de S.S. con España, la
asistencia sanitaria corre por cuenta de seguros privados.
SEGUROS DE ASISTENCIA EN VIAJES
(Ampliado en pregunta 9.5)
Este tipo de seguros cubre algunas de las situaciones problemáticas lejos de
casa. Las prestaciones más comunes de estos seguros son:
• Gastos de convalecencia en el hotel por prescripción médica.
• Suelen estar limitados a una cantidad máxima diaria no superior a
los 100€.
• Viaje y alojamiento de un acompañante, si el asegurado tuviese
que estar hospitalizado.
• Repatriación en caso de fallecimiento, que puede incluir el
transporte y acondicionamiento del cadáver.
• Regreso anticipado del titular de la póliza si un familiar próximo
fallece.
9.4 Legislación sobre viajeros y aduanas
NORMATIVA COMUNITARIA
VIAJAR A OTRO PAÍS DE LA UNIÓN EUROPEA:
Si la estancia en otro país de la Unión no supera los tres meses, no se está
obligado a solicitar documento de residencia alguno,
Si la estancia supera dicho periodo, debe solicitarse una “tarjeta de residencia”.
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8. En ella figura el N.I.E., número de identidad de extranjero, necesario para
poder presentar declaraciones de impuestos, establecer comercios, abrir
cuentas bancarias y para cualquier formulario que se deba cumplimentar en el
extranjero.
VIAJAR DESDE OTRO PAÍS A LA UNIÓN EUROPEA:
A Los nacionales de terceros países se les podrá exigir, además del pasaporte,
la posesión de un visado.
No necesitan visado para estancias inferiores a 90 días: Los países de la U.E.,
Australia, Canadá, Japón y EEU, Andorra, Argentina, Aruba, …….Ante la duda,
lo mejor es consultar en el consulado.
CONTROLES FRONTERIZOS:
Desde enero de 1993 no se realizan controles aduaneros ni fiscales de los
equipajes o mercancías. Desde 1 de mayo de 1997 España aplica el
“Convenio de Schengen”. Los viajeros pueden cruzar cualquier frontera de la
U.E. sin controles, excepto armas, material pornográfico, etc. En cuanto a
importación-exportación de bienes financieros, algunos Estados pueden exigir
la declaración de dichos bienes cuando excedan unos determinados importes.
Los Estados que firmaron el Tratado han suprimido todas las fronteras
interiores y en su lugar han establecido una única frontera exterior, dentro de la
cual se aplican procedimientos y normas comunes en lo referente a visados
para estancias cortas, solicitudes de asilo y controles fronterizos.
Los ciudadanos de los países firmantes del acuerdo, que pueden viajar por
todo el Espacio Schengen sin pasar por controles fronterizos. En los
aeropuertos de los países Schengen, suele haber distintos controles de
pasaporte para los pasajeros de esos Estados y para los que no lo son. Los
ciudadanos extracomunitarios, que pueden obtener un visado Schengen en la
embajada o consulado del país al que van a viajar y después moverse
libremente por todo el Espacio Schengen. También se ha intensificado la
cooperación y la coordinación entre los servicios policiales y las autoridades
judiciales para garantizar la seguridad dentro del espacio Schengen.
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9. NORMATIVA ESTATAL
En España rige la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración social. En ella se
establece la necesidad o no del correspondiente visado o cualquier otro
documento para entrar en territorio español por parte de ciudadanos no
comunitarios. En cuanto a controles fronterizos, se aplica los dispuesto en el
“Convenio de Schengen. En España, las Comunidades autónomas sólo pueden
legislar en materia de turismo. Todo lo relativo a desplazamientos de personas
fuera/dentro del territorio nacional es materia exclusiva del Estado
NORMATIVA INTERNACIONAL
El profesional de secretariado deberá informarse sobre la legislación específica
del país a cual se viaja.
CONTROLES FRONTERIZOS
La burocracia relacionada con ellos varía de un país a otro (cuestionarios
personales, formularios, cacheos, interrogatorios, etc.), por ello es aconsejable
informarse sobre ello, así como de las franquicias de entrada y salida.
ARANCELES
Impuestos que los Gobiernos de los países exigen y cuya finalidad es grava el
movimiento de importaciones y exportaciones. Los turistas tienen un
tratamiento especial. No están sujetos a pagos de aranceles, tasas o impuestos
de ningún tipo. Sí existen controles sobre los automóviles, motos,
embarcaciones de recreo, etc., para evitar importaciones y exportaciones
ilegales.
TASAS
Para viajar a algunos países se exige el previo pago de unas tasas que no
están incluidas en el precio del billete.
VACUNAS
Cuando se viaja a países de Asia, África, Centroamérica y América del Sur, es
conveniente saber qué vacunas son obligatorias y cuáles recomendables. Para
obtener información hay que dirigirse a los centros de vacunación internacional
autorizados por la OMS que se encuentran en la mayoría de las provincias
españolas. Allí se puede conseguir el “Certificado Internacional de
Vacunación”. Algunas vacunas deben administrarse con semanas de
antelación a la fecha de realización del viaje. Se puede consultar
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http://www.maec.es/
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10. 9.5 Seguro de viajes
Se trata de un contrato (póliza) por el cual el asegurador, mediante la
percepción de una determinada cantidad (prima) , se obliga frente al asegurado
a la entrega de una indemnización en caso de que se produzca el suceso
contratado (siniestro), siempre dentro de los límites pactados. Es el mejor
respaldo para que las consecuencias de los posibles imprevistos sean
soportadas de la manera más fácil Es importante leer bien la póliza y las
condiciones que lo rigen, así como cerciorarse de las coberturas, poniendo
especial atención en las limitaciones y exclusiones. Algunas de las coberturas
más habituales son las siguientes:
SEGURO DE EQUIPAJES:
Cubre la indemnización en caso de robo o pérdida del equipaje, demora en la
entrega de más de 24 horas, pérdida de documentos de viaje, indemnización
para la compra de artículos de primera necesidad, como ropa y artículos de
aseo.
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTES OCURRIDOS DURANTE EL VIAJE:
Las indemnizaciones serán cantidades fijadas en la póliza en el caso de muerte
o invalidez.
DEMORAS:
Tanto en salidas del medio de transporte (mínimo 6 horas), como anulación de
la salida por huelga, demoras del viaje
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADO:
Incluye indemnizaciones, así como costas y gastos judiciales.
GASTOS DE ANULACIÓN Y REEMBOLSO DE VACACIONES:
Garantiza el pago de las cantidades desembolsadas en caso de no poder
realizar el viaje.
ASISTENCIA AL VEHÍCULO:
Incluye un servicio de grúa, asistencia en carretera, envío de piezas de
recambio, repatriación del vehículo, etc.
9.6 Embajadas y consulados
EMBAJADAS:
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11. Órganos diplomáticos al que pertenecen una serie de agentes que un Estado
envía ante otro para desarrollar las relaciones internacionales entre ambos.
Esta función de las embajadas es lo que se conoce como “misión diplomática”.
Sus funciones principales son:
• Preparar tratados y visitas de estado.
• Informar a su gobierno sobre los eventos importantes políticos, sociales,
económicos, militares y otros que ocurren en el país de residencia.
• Promover la cultura, la economía y las ciencias de su país.
• El agregado de defensa o el agregado militar son responsables de los
contactos entre las dos fuerzas armadas y de los negocios de
armamento
• Muchas embajadas (pero no todas) tienen una sección consular
encargada de las funciones de un consulado.
CONSULADOS:
Son órganos estatales que un Estado establece en ciertas ciudades de otro
Estado, con el fin de proteger sus intereses y los de sus nacionales. El jefe de
la oficina consular recibe el nombre de cónsul y será nombrado por el Estado
que envíe y admitido al ejercicio de sus funciones por el Estado receptor.
Asimismo, todo ciudadano europeo de la Unión podrá acogerse, en el territorio
de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que
sea nacional, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de
cualquier Estado miembro, en las mismas condiciones que los nacionales de
dicho Estado. Los Estado miembros tomarán las disposiciones necesarias y
entablarán las negociaciones internacionales requeridas para garantizar dicha
protección. Corresponde a los Consulados la función de proteger y asistir a los
nacionales españoles, víctimas de delito o abuso o que por alguna razón hayan
caído en una situación de grave desgracia o necesidad, de tal manera que no
resulten discriminados por su condición de extranjeros. Para desarrollar esta
función los Consulados suelen recabar el apoyo y la colaboración de las
autoridades locales competentes. Según el país de que se trate, las facilidades
disponibles pueden variar.
A modo de ejemplo:
Los Consulados PUEDEN:
• expedir pasaportes o salvoconductos en caso de caducidad, pérdida o
sustracción de la documentación personal;
• dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales del
país;
• prestar asistencia a detenidos;
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12. • adelantarle en circunstancias excepcionales la cantidad necesaria para
su repatriación, que deberá reintegrar al Tesoro Público dentro de los
plazos establecidos por la ley;
• prestarle servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de
documentos, o de remisión de comunicaciones e instancias a
organismos españoles.
Los Consulados NO PUEDEN:
• hacer funciones de agencia de viajes;
• conseguirle un trabajo en el extranjero;
• garantizarle en un hospital o en una cárcel un tratamiento mejor que el
otorgado a los nacionales de ese país;
• avalarle, prestarle dinero o pagar sus multas
• poner a su disposición personal para que actúe como intérprete, guía o
asistente social.
Información para españoles que se vayan a encontrar transitoriamente en el
extranjero facilitada por los servicios consulares
(http://www.maec.es/es/MenuPpal/Consulares/ServiciosConsulares/Paginas
/HacerConsuladoPorUsted.aspx)
Quienes vayan a viajar al extranjero, deben tener en cuenta que no basta
con comprar un pasaje aéreo y hacer el equipaje, sino que han de ocuparse
de otras cuestiones relacionadas con el viaje necesarias para su
tranquilidad y para regresar sin contratiempos.
• CONSULTAR FICHA DEL PAIS DE DESTINO/TRÁNSITO EN
RECOMENDACIONES DE VIAJE, para saber si necesita vacunarse
y qué documentación necesita para viajar. No deje de anotar la
dirección y número de teléfono del Consulado y de la Embajada de
España. Para ello, visite la página web:
http://www.mae.es/es/MenuPpal/Consulares/Recomendaciones+de+
viaje/
• DOCUMENTACIÓN. Cerciorarse de si basta con el DNI, o precisa
pasaporte, y si alguno de los países a donde se viaja requieren
visado.
• COBERTURA MÉDICA. Un seguro médico asegura la cobertura de
los gastos en caso de enfermedad o accidente durante el viaje. Los
gastos de hospitalización o tratamiento médico en muchos países
pueden ser muy elevados.
• RESPETAR LA LEGISLACIÓN LOCAL de los países que visiten.
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Téngase presente que en muchos países la simple tenencia de droga
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13. está severamente penada. No arriesgue pasar largos años de cárcel
y de sufrimiento.
• VIGILE SU EQUIPAJE, PREVENGA EL ROBO O PÉRDIDA DE SU
DOCUMENTACIÓN Y BILLETES. Es conveniente que lleve
fotocopias de la documentación en lugar separado.
• NO ACEPTE NINGÚN PAQUETE BAJO NINGÚN CONCEPTO de
personas extrañas.
• PUEDE REGISTRARSE EN EL REGISTRO DE VIAJEROS DEL
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN,
lo que va a facilitar al Ministerio que le localice, le asista y, en su
caso, le ponga en contacto con sus familiares en caso de emergencia
(por ej. un desastre natural, un atentado terrorista o un conflicto
armado). Para ello, visite la página web:
http://www.visatur.mae.es/viajeros/
• PUEDE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE MATRÍCULA
CONSULAR CORRESPONDIENTE COMO NO RESIDENTE si se
desplaza temporalmente al exterior. Para ello, debe ponerse en
contacto directamente con la Oficina Consular de la demarcación
consular correspondiente.
• Si, aun tomando todas las precauciones señaladas, estando en el
extranjero se encontrara ante una situación grave a la que no pueda
hacer frente con sus propios medios o los de su entorno, puede
dirigirse al Consulado o Embajada de España donde tratarán de
ayudarlo, poniéndose en contacto con su familia en España o
aconsejándole las gestiones que puede realizar. En casos de
necesidad extraordinarios le informarán de la ayuda económica que
con carácter reintegrable pudiera solicitar.
9.7 Protección de consumidores y usuarios
OVERBOOKING
Se produce cuando el número de pasajeros con reserva de vuelo confirmada
sobrepasa el número de plazas disponibles en el mismo vuelo. Se trata de una
práctica legal que deja al pasajero en evidente situación de indefensión y por
ello es necesario regular las oportunas indemnizaciones
En determinadas épocas del año (vacaciones de Navidad, Semana Santa o
verano) es difícil evitarlo pero, es conveniente tener en cuenta:
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14. • El billete de avión no asegura una plaza en el vuelo, eso lo hace la
tarjeta de embarque. Intenta sacar tu tarjeta de embarque con suficiente
antelación.
• Conserva tu billete de avión hasta el final del trayecto, como mínimo, ya
que será indispensable para tramitar cualquier reclamación.
• Si se produce algún problema, intenta arreglarlo con la compañía aérea.
La aerolínea debe facilitarte un impreso con las normas de
compensación por denegación de embarque.
• Todos los aeropuertos tienen a disposición de los clientes hojas de
reclamaciones
El Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre
compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de
embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos
El presente Reglamento se aplica:
A los pasajeros que partan de un aeropuerto situado en el territorio de
un Estado miembro de la UE
A los pasajeros que partan de un aeropuerto situado en un tercer país
con destino a otro situado en el territorio de un Estado miembro de la
UE. En este caso siempre y cuando se trate de vuelos prestados por un
transportista comunitario y a condición de que el pasajero no haya
recibido ya algún tipo de beneficios o compensación y asistencia en el
tercer país del que provenga el vuelo.
Siempre y cuando el pasajero disponga de una reserva confirmada en el vuelo
de que se trate y, excepto en el caso de la cancelación, se presenten a
facturación a la hora indicada previamente o, de no indicarse hora alguna, con
una antelación mínima de cuarenta y cinco minutos respecto de la hora de
salida anunciada. El presente Reglamento no se aplicará a los pasajeros que
viajen gratuitamente o con un billete de precio reducido que no esté directa o
indirectamente a disposición del público. En caso de overbooking el usuario
tiene derecho a elegir entre:
• Reembolso del coste íntegro del billete, en un plazo de siete días, sin
penalización.
• En caso de vuelos combinados, un vuelo gratis de vuelta al primer punto
de partida lo más rápido posible
• Transporte a su destino, lo más rápido posible.
• Transporte en fecha posterior que decidirá el usuario.
• Además, la compañía proporcionará al usuario atención, posibilitando
contacto telefónico, fax, etc, al lugar de destino, así como comida y
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15. bebida en la espera incluso alojamiento si la espera es por más de una
noche.
• La compañía deberá pagar una indemnización económica mínima o
compensación automática por overbooking:
250 € para vuelos de menos de 1.500 km.
400€ para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 Km y
todos los demás entre 1.500 y 3.500 km
600€ para los vuelos no incluidos en los puntos anteriores
• Estas indemnizaciones se reducen en un 50% si se ofrece al usuario
vuelos alternativos con diferencias en las horas de llegada:
Inferior a 2 horas en vuelos de hasta 1.500 km
3 horas en vuelos intracomunitarios de más de 1.500km y
los demás entre 1.500 y 3.000 km.
4 horas para los no incluidos en los puntos anteriores
(http://cec.consumo-
inc.es/cec/secciones/ayuda/Derechos/Espana/Derechos/Transporte_aereo_es.
asp)
CAMBIO DE CLASE O AEROPUERTO
Si el usuario acepta viajar en una clase inferior tiene derecho al reembolso de
la diferencia. Si se le acomoda en clase superior, no pagará más. Si la ciudad o
región dispone de varios aeropuertos y el transportista ofrece vuelo con
dirección a otro, estará obligado a pagar los gastos de desplazamiento entre
aeropuerto
HOTELES
Cuando el hotel asignado no tiene la categoría indicada en el folleto o contrato,
el cliente puede exigir el cambio, si no existiera en ese lugar uno de la
categoría adecuada se puede pedir el reembolso o la diferencia.
Si el número de reservas superara el de las habitaciones, el hotel estará
obligado a buscar al cliente otro alojamiento, en estos casos no debemos
olvidar pedir un certificado al gerente, para posteriores reclamaciones.
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16. El sistema de clasificación de los establecimientos hoteleros puede variar de un
lugar a otro
La Organización Mundial de Turismo es la encargada de determinar y unificar
los criterios en cuando a la clasificación hotelera, pero como este trabajo está
en proceso, actualmente cada país decide las bases y requisitos que deben
cumplir los hoteles y hospedajes para alcanzar las estrellas que se pueden ver
en casi todas las entradas de los hoteles.La calificación clásica y más conocida
para saber qué servicios tiene cada hotel está determinada por la cantidad de
estrellas que tenga. Las estrellas pueden ir de una a cinco, aunque
generalmente los sitios de una y dos estrellas no muestran su calificación, pero
se sabe que son los más económicos y los que menos comodidades tienen.
Hoteles de una estrella ★
Estos hoteles siempre son los más económicos y los que menos servicios
tienen. Tendrás una habitación privada, algunas veces con baño privado y
otras con baño compartido. Son estrictamente funcionales –sólo para dormir y
seguir viaje– y no cuentan con servicio de limpieza. Los muebles suelen ser
una cama y una silla, y a veces puedes llegar a encontrar un ropero y una
mesilla.
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17. Los servicios como TV y teléfono se pueden compartir en el hall central del
edificio. Gran parte de los hoteles de esta categoría están situados en
residencias o pequeños edificios y no tienen una gran estructura para el ocio.
Finalmente, suelen estar ubicados en zonas distantes del centro o casco
urbano de la ciudad, pero el coste por estar allí justifica la distancia muchas
veces.
Hoteles de dos estrellas ★★
Estos hoteles de mediana categoría ofrecen baño privado y un espacio
habitacional más amplio con algún mobiliario extra, como ropero o mesa y
sillas. Generalmente cuentan con servicio de alimentos y bebidas, aunque en
horarios cortados y con menús básicos. Siguen siendo hoteles funcionales,
para viajeros de paso o que llegan hasta el hotel solo para descansar y
disfrutar su viaje fuera del hotel. Estos hoteles incluyen en su servicio un
teléfono privado y el desayuno. También suelen ofrecer una de caja de
seguridad para que guardes tus pertenencias y datos e información turística de
la región en la que te halles.
Hoteles de tres estrellas ★★★
Estos hoteles tienen un coste medio. Cuentan con amplios espacios en cada
habitación y un mobiliario completo con sillas, mesas, armarios, televisor,
teléfono privado y baños confortables. Algunos incluso poseen una pequeña
nevera que ya viene con bebidas que se pagan al final de la estadía en caso de
que las consumas. Siempre están bien ubicados, sea porque están en el casco
céntrico de la ciudad o por encontrarse en lugares turísticos cerca de grandes
atracciones. Generalmente cuentan con servicio de comidas al estilo de bares,
en los horarios de mañana, tarde y noche, además de una amplia oferta
turística para los viajeros mediante excursiones. La mayoría incluye el servicio
de botones, servicio de cuarto 24 horas, conserjes y servicio bilingüe en el
espacio designado a la recepción de los huéspedes. Son hospedajes donde
puedes quedarte a disfrutar de un descanso extra gracias a sus comodidades.
Hoteles de cuatro estrellas ★★★★
Estos hoteles están considerados de primera clase: son lujosos, con
comodidades amplias como habitaciones grandes y lujosamente decoradas,
que incluyen accesorios tales como secador de pelos, gel de baño y TV por
Cable. También ofrecen una serie de facilidades como: tienda del estilo duty
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18. free, servicio de lavandería, centro de reuniones de negocios y empresariales y
centros de ocio, como mesas de billar o cartas. Siempre poseen servicio de bar
y comidas que se pueden recibir directamente en la habitación, e incluso
algunos tienen su parte de restaurante abierta al público. Suelen tener salas de
conferencias para eventos empresariales o de cualquier otro tipo, además de
una excelente ubicación, con suites de lujo, jacuzzi y buenas vistas
panorámicas. Ideal para disfrutar tanto fuera como dentro del hotel para el
viajero que busca descansar, pero también realizar actividades de todo tipo
mientras se encuentra allí.
Hoteles de cinco estrellas ★★★★★
Estos hoteles de lujo se caracterizan por ofrecerte la mejor atención y la más
amplia gama de servicios, que van desde espacio para piscinas, salones de
gimnasia con profesores y animadores infantiles incluidos, hasta un servicio de
guardería para niños. Tienen un espacio para las comidas y veladas con
música en vivo, además de una carta desarrollada por varios chefs
especializados en la gastronomía de la región. Las habitaciones son las más
cómodas de todas las que puedas encontrar, con espacios muy amplios y
todas las comodidades que van desde TV por cable hasta servicio de limpieza
y atención personalizada las 24 horas, además de ofrecerte ubicaciones
inmejorables con vistas increíbles. En estos hoteles suelen organizarse
congresos y reuniones especiales dada su amplia capacidad y la cantidad de
servicios que ofrece.
Las habitaciones
Casi todos los hoteles tienen más de una clase de habitación. Normalmente
están denominados como:
Estándar: la categoría más sencilla.
Superior: con más prestaciones y comodidades.
Deluxe: posee todas las comodidades que puedas imaginar.
Suite : similar a la deluxe , suele tener un salón aparte de la habitación o dos
dormitorios.
La diferencia entre los tipos de habitaciones está determinada básicamente por
el espacio que ocupan, la decoración, los equipamientos y comodidades con
las que cuenta y los paisajes que se pueden ver por sus ventanas.
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19. Otras clasificaciones
Pero a la hora de buscar un lugar donde descansar, los hoteles no son los
únicos en ofrecer un descanso al viajero. Además de las tan mentadas
“estrellas”, existen otro tipo de establecimientos que alojan y dan servicios a los
viajeros. Dependiendo de la zona y la economía de cada región, podrás
encontrar algunos de los que listamos a continuación:
Bed and Breakfast
Estos hospedajes, conocidos como "B&B" son alojamientos que ofrecen “cama
y desayuno” por una tarifa muy conveniente. Básicamente se trata de un
alojamiento sencillo en cuanto a su tamaño y comodidades, que se halla en un
edificio o casa grande y antigua que ha sido restaurada y acondicionada para
transformarse en un hospedaje.
Generalmente cuentan con un ambiente familiar y cálido, ya que los dueños
mismos se encargan de atender a los huéspedes y ofrecer lo mejor del lugar.
Por eso son tan buscados: son atendidos con cordialidad. Además, como los
dueños suelen vivir en el mismo lugar, casi siempre son impecables. Los Bed
and Breakfast son frecuentados mayoritariamente por viajeros que desean
viajar de manera sencilla y permanecer unos pocos días en el lugar, pero al
mismo tiempo buscan conocer más viajeros con los que compartir sus
experiencias. Dado que son económicos, suelen estar llenos y hay que pensar
siempre en hacer una reserva previa.
Hostales o Hostels
Generalmente son alojamientos donde encontrarás a viajeros o mochileros,
particularmente alentando las actividades al aire libre y el intercambio cultural
entre jóvenes de todas partes del mundo. El servicio que ofrece un hostal es el
de alquiler de una cama en un dormitorio donde compartes baño, cocina y
salón con el resto de los huéspedes. Hay algunas desventajas estando en un
hostal: los robos pueden ser un problema, ya que se encuentran en espacios
comunes o compartidos. Claro que esto se puede prevenir dejando bajo llave
las pertenencias personales. La mayoría de los hostales te ofrecen una caja de
seguridad para almacenar sin problemas las pertenencias valiosas que puedas
llevar contigo. En España un hostal puede tener el mismo servicio de un hotel
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20. con la única diferencia de que no ocupa todo el edificio en el que está
instalado.
Algunos poseen habitaciones con baño privado, aunque a un costo mayor que
los cuartos comunitarias. Otros poseen duchas compartidas, que normalmente
no se encuentran muy lejos de la habitación, en el mismo pasillo. Muchos
hostales poseen cocinas propias, donde los huéspedes pueden cocinar a su
gusto; otros tienen sus propios cafés o pequeños bares, siempre llenos de
jóvenes dispuestos a disfrutar del viaje y compartir sus experiencias con otros
viajeros.
(http://www.viajeros.com/articulos/clasificacion-de-hoteles-de-una-a-cinco-
estrellas)
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