1. RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
2. PERMANENCIA La permanencia son las condiciones académicas requeridas para continuar estudios en el nivel superior y son: Acreditar al menos una unidad curricular (materia, asignatura, perspectiva, espacio) por año calendario Renovar su inscripción como estudiante anualmente Cumplir con el porcentaje de asistencia requeridos
3. PROMOCIÓN La promoción refiere a las condiciones de acreditación y evaluación de las unidades curriculares (materia, asignatura, perspectiva, espacio), régimen de calificación, de equivalencias y correlatividades: La promoción se realiza por cada unidad curricular del plan de estudios La evaluación comprende instancias de seguimiento a lo largo de la cursada y una instancia final de cierre Calificación decimal: de uno a diez puntos, sin centésimos. Para acreditar cada unidad curricular, el estudiante deberá obtener: en las materias con examen final, 4 o más puntos en las materias sin examen final, 7 o más puntos Los estudiantes realizarán la inscripción para las instancias de acreditación por unidad curricular sin más límite que la correlatividad
4. RÉGIMEN DE CURSADA PRESENCIAL Requisitos: Asistencia al 60% de clases de las unidades curriculares, a excepción de la Práctica Docente y Profesional Asistencia al 80% de clases de Práctica Docente y Profesional Aprobación de las instancias de evaluación previstas con 4 o más puntos para acceder a la acreditación con examen final Aprobación de las instancias de evaluación previstas con 7 o más puntos para la promoción sin examen final
5. RÉGIMEN DE CURSADA PRESENCIAL Los porcentajes de asistencia mencionados pueden ser reducidos si el C.A.I. considera justificadas las inasistencias por razones de salud, laborales y/o socieconómicas. En estos casos el estudiante debe cumplimentar las actividades que indique el docente para regularizar su situación
6. RÉGIMEN DE CURSADA PRESENCIALCON EXAMEN FINAL Son condiciones para obtener la acreditación con examen final: Aprobación de la cursada. Aprobación de las unidades curriculares determinadas como correlativas en los planes de estudio. Aprobación de un examen final ante una comisión evaluadora presidida por el profesor de la unidad curricular e integrada por un docente más del Departamento. La nota de aprobación será de 4 o más puntos.
7. RÉGIMEN DE CURSADA PRESENCIAL SIN EXAMEN FINAL Cada Departamento o Modalidad ofrecerá al inicio del ciclo lectivo, previo consenso entre el cuerpo de profesores, hasta un 30% de unidades curriculares del total de cada año con un sistema de acreditación sin examen final, fundamentando y explicitando exhaustivamente los criterios, formas y dispositivos a utilizar en estos casos. Las propuestas se considerarán en el C.A.I. el que avalará su implementación. Para la acreditación sin examen final, los estudiantes deberán obtener un promedio final de calificaciones de 7 o más puntos. Los estudiantes que no alcanzaren dicha calificación y obtuvieren 4 puntos como mínimo, pasarán automáticamente al sistema de cursada con examen final. Para que el estudiante curse la unidad curricular por este sistema, debe tener acreditado el examen final de la correlativa anterior al inicio del ciclo lectivo, de lo contario la cursará por el sistema de acreditación con examen final.
8. CON EXAMEN FINAL Mesas de Examen La institución organizará tres turnos de acreditación final al año: Febrero – Marzo Julio – Agosto Noviembre – Diciembre Y cinco llamados: Febrero – Marzo Agosto Noviembre – Diciembre El estudiante podrá presentarse a un llamado por turno
9. RÉGIMEN DEL ESTUDIANTE LIBRE Al inicio de cada ciclo lectivo el estudiante podrá inscribirse como libre hasta en un 30% de las unidades curriculares establecidas por año en el plan de estudios. En los casos que los estudiantes hayan cursado una o más unidades curriculares con modalidad presencial y deban volver a cursar (recursar) en el ciclo siguiente, podrán optar por este régimen independientemente del porcentaje establecido. Quedan exceptuados de este régimen los Espacios de la Práctica Docente y Profesional, Talleres, Seminarios, Ateneos. La evaluación final tendrá una instancia escrita y una oral. Deberá aprobar la primera para pasar a la segunda. La calificación resultará del promedio de ambas y deberá obtener 4 o más puntos.
10. VALIDEZ DE LA CURSADA DE CADA UNIDAD CURRICULAR La aprobación de la cursada tendrá una validez de cinco años. Pasados dos años de la aprobación de la cursada, la evaluación final se ajustará al proyecto de la cátedra vigente al momento de la presentación del estudiante a rendir el examen final.
11. VALIDEZ DE LA CURSADA DE CADA UNIDAD CURRICULAR CIERRE DE CARRERA O CAMBIO DE PLAN DE ESTUDIOS: la evaluación final se ajustará al programa desarrollado en el último año en que se dictó la unidad curricular. ESTUDIANTES QUE INGRESAN POR PASE: los estudiantes que ingresen por pase de otros institutos y que adeuden la acreditación final de una o más unidades curriculares, mantendrán la validez de la cursada, pero deberán adecuarse a las condiciones fijadas en el Plan Institucional de Evaluación del Instituto receptor.
12. EQUIVALENCIAS Las equivalencias pueden comprender: La unidad curricular completa (equivalencia total) Parte de la unidad curricular (equivalencia parcial). En este caso se debe implementar un trayecto de actualización de saberes.