1. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
REPÚBLICA DE BOLIVIA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
CON LA PARTICIPACIÓN DE LA:
UNIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
DICIEMBRE DEL 2000
Copia Compilada que recoge las modificaciones introducidas por las RAR
2001/0842, 2001/0843, 2001/1097, 2002/0533, 2002/0732, 2002/0915, 2003/0559,
2005/0516, 2006/2916, 2007/0579, 2008/1182, 2008/2339 y 2009/0211.
2. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
ÍNDICE
PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
INTRODUCCIÓN.
1.1 OBJETIVO
2 RECOMENDACIONES DE LA U.I.T.
3 RESTRICCIONES EN EL NÚMERO DE CIFRAS.
4 NÚMERO NACIONAL GEOGRÁFICO.
4.1. NÚMERO DE ABONADO (MOD. P/RAR 2006/2916)
4.2. NÚMERO DE SERVICIO MÓVIL (MOD. P/RAR 2006/2916)
5 NÚMEROS NO GEOGRÁFICOS
5.1.- NÚMERO NACIONAL NO GEOGRÁFICO
6 NÚMERO INTERNACIONAL
6.1.- NÚMERO UNIVERSAL DEL SERVICIO INTERNACIONAL DE LLAMADA
GRATUITA
7 CÓDIGO IDENTIFICADOR DEL PROVEEDOR DE SERVICIO DE LARGA
DISTANCIA
8 CÓDIGOS DE SERVICIOS ESPECIALES
8.1 CÓDIGOS DE SERVICIOS ESPECIALES DE PROVEEDORES DE SERVICIOS
LOCALES Y MÓVILES DE TELECOMUNICACIONES.
8.2.- CÓDIGOS DE SERVICIOS ESPECIALES DE PROVEEDORES DE LARGA
DISTANCIA
9 PLAN DE MARCACIÓN
9.1 PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN GEOGRÁFICA PARA LLAMADAS DENTRO Y
FUERA DE UN ÁREA DE NUMERACIÓN (MOD. P/RAR 2007/0579).
9.1.1. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN
PROVEEDORES DE SERVICIO LOCAL.
9.1.2. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN
PROVEEDORES DE SERVICIO MÓVIL.
3. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
9.1.3. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN
PROVEEDORES DE SERVICIO DE TELÉFONOS PÚBLICOS.
9.2. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN GEOGRÁFICA PARA LLAMADAS HACIA Y
DESDE EL ÁREA RURAL (MOD. P/RAR 2008/1182).
9.2.1. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN
PROVEEDORES DE SERVICIO LOCAL.
9.2.2. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN
PROVEEDORES DE SERVICIO MÓVIL.
9.2.3. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN
PROVEEDORES DE SERVICIO DE TELÉFONOS PÚBLICOS.
9.2.4. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN UN
EQUIPO TERMINAL FIJO RURAL.
9.2.5. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN UN
EQUIPO TERMINAL MÓVIL RURAL.
9.2.6. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN UN
EQUIPO TERMINAL FIJO RURAL DE ACCESO AL PÚBLICO.
9.3. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN GEOGRÁFICA PARA LLAMADAS EN EL ÁREA
RURAL.
9.3.1. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN UN
EQUIPO TERMINAL FIJO RURAL.
9.3.2. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN UN
EQUIPO TERMINAL MÓVIL RURAL.
9.3.3. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS ORIGINADAS EN UN
EQUIPO TERMINAL FIJO RURAL DE ACCESO AL PÚBLICO.
9.4. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA ACCESO A SERVICIOS
ESPECIALES.
9.5. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN DESDE LÍNEAS DIRECTAS.
9.6. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA ACCESO A LARGA DISTANCIA
INTERNACIONAL.
9.7. PROCEDIMIENTO DE MARCACIÓN PARA LLAMADAS A NÚMEROS NO-
GEOGRÁFICOS.
9.8. CONSIDERACIONES APLICABLES A LOS CASOS DE LLAMADA DESCRITOS.
4. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
10. PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN DE NÚMEROS
10.1. ASIGNACIÓN DE NÚMEROS PARA SERVICIOS BÁSICOS LOCALES Y
MÓVILES
10.1.1. ASIGNACIÓN DE NUMERACIÓN PARA EL ÁREA RURAL (MOD. P/RAR
2006/2916)
10.2. ASIGNACIÓN DE NUMERACIÓN NO GEOGRÁFICA
10.2.1. APERTURA DE INDICATIVOS PARA SERVICIOS NO GEOGRÁFICOS.
10.3.- APERTURA DE NÚMEROS INTERNACIONALES DE SERVICIO MUNDIAL Y
RED.
10.4.- ASIGNACIÓN DE CÓDIGOS IDENTIFICADOR DE PROVEEDORES DE
LARGA DISTANCIA.
11.- ZONAS DE NUMERACIÓN
12.- PROCEDIMIENTO DE MIGRACIÓN DE LA NUMERACIÓN
13.- RESERVA DE NUMERACIÓN (MOD. P/RAR 2006/2916)
FIGURA N°
1
FIGURA N°
2
FIGURA N° 3
FIGURA N° 4
14.- DISPOSICIONES TEMPORALES
ANEXO A
DEFINICIONES
ANEXO B
MIGRACIÓN DE NÚMEROS
1. 1.1.
5. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
INTRODUCCIÓN.
Ante la creciente demanda en Bolivia de una multiplicidad de nuevos servicios y el
acelerado desarrollo de los existentes, junto con la incorporación de nuevos prestadores
de servicios que se prevé con el proceso de apertura de mercado, principalmente en los
segmentos que en la actualidad gozan del privilegio de exclusividad, motivarán una mayor
demanda del recurso numeración que será necesario satisfacer para continuar con el
desarrollo de las redes y servicios de telecomunicaciones.
El agotamiento del recurso numeración para algunos servicios de telecomunicaciones, ha
impulsado a la Superintendencia de Telecomunicaciones, a la modificación del Plan de
Numeración y Zonificación, acorde con el objetivo de maximizar la implantación del
servicio en toda la República y además poder fácilmente adaptarse a las nuevas
tecnologías de servicios avanzados.
Dentro de los antecedentes considerados para elaborar el presente Plan de Numeración
se han tenido en cuenta el antiguo Plan Nacional de Numeración y Zonificación elaborado
por la ex Dirección General de Telecomunicaciones, y aprobado mediante Resolución
N°2255, de 1978, del Ministerio de Transportes, Com unicaciones y Aeronáutica Civil, la
numeración utilizada por las empresas operadoras en Bolivia, en el momento de elaborar
el Plan y las Recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
El presente Plan Técnico Fundamental de Numeración amplía el Número Nacional
Significativo de siete a ocho cifras, establece dos tipos de Numeración, la Numeración
Geográfica y No Geográfica. Adicionalmente, se crea una zona de numeración uniforme
para los servicios móviles Celulares, PCS, Trunking y nuevos servicios móviles. Se
reagrupan las ocho Zonas de códigos Regionales de Numeración en tres Zonas de
Numeración que reagrupan varios Códigos Regionales en uno. Asimismo, se establecen
los Códigos de Identificación de Operador de Larga Distancia, que el usuario deberá
marcar para encaminar la llamada de larga distancia nacional e internacional hacia el
operador seleccionado.
1.1 OBJETIVO
El presente Plan de Numeración tiene por objeto servir de base para el adecuado uso y
administración de la numeración como un recurso limitado del Estado, administrado por la
Superintendencia de Telecomunicaciones, en beneficio de los usuarios y operadores de
servicios de telecomunicaciones. Dentro de los criterios de elaboración del Plan se tienen
la asignación eficiente y no discriminatoria de los recursos disponibles para los
proveedores de servicios de telecomunicaciones fijos y móviles. El Plan debe ofrecer
capacidad adecuada para identificar unívocamente todos los destinos y equipos
terminales en el territorio nacional. También pretende tener la suficiente flexibilidad y
capacidad para satisfacer la futura demanda del recurso numeración, durante un período
de tiempo de 20 años, y por otra parte, la numeración asignada debe tener la suficiente
estabilidad para que no se cambie el número de abonado durante la vigencia del presente
Plan.
La numeración geográfica que se asigne a los operadores será de fácil uso y
entendimiento por parte de los usuario del servicio.
6. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
La estructura de la numeración pretende facilitar el análisis de los números y el
encaminamiento (enrutamiento) de las llamadas.
El presente Plan ha tenido en consideración que los cambios de numeración tengan un
mínimo impacto en la numeración de abonado en uso actual. Sin embargo,
excepcionalmente, algunos operadores locales podrán reordenar su plan de numeración
vigente, de forma conjunta con la aplicación del presente plan, buscando mayor eficiencia
en el uso del recurso numérico.
Aún cuando este Plan fue diseñado para su aplicación en la planificación de redes
telefónicas durante veinte años, muchos de los factores socioeconómicos y tecnológicos
considerados podrían variar de un momento a otro. Por esta razón se ve por conveniente
el considerar al mismo un documento “vivo” que reflejará los cambios requeridos cuando
se los vea por conveniente. También se facilita la modificación del Plan al proporcionar
suficiente flexibilidad para acomodar cambios con un mínimo de impacto.
2 RECOMENDACIONES DE LA U.I.T.
Dentro de las funciones y atribuciones de la Superintendencia de Telecomunicaciones,
creada mediante Ley N° 1632 de 5 de julio de 199 5, se encuentra la de elaborar y
mantener los planes técnicos fundamentales definidos por la Unión Internacional de
Telecomunicaciones (U.I.T). (Véase Artículo 4° inc iso (e), de la Ley de
,
Telecomunicaciones).
La Unión Internacional de Telecomunicaciones (U.I.T.) reglamenta y propone estándares
para uniformar normas, procedimientos y equipos relacionados con las telecomunicaciones
a nivel mundial. Las Recomendaciones E.160 a la E.169 de la UIT-T tienen directa relación
con el Plan de numeración del servicio telefónico internacional.
En la Recomendación E.164 se encuentra la estructura y la funcionalidad de las tres
categorías de números utilizadas para las telecomunicaciones públicas internacionales, a
saber la de áreas geográficas, la de servicios mundiales y la de Redes. Se detallan
también, para cada una de estas categorías, los componentes de la estructura de la
numeración y el análisis de cifras requerido para encaminar de manera satisfactoria las
llamadas. La Recomendación UIT-T E.164.1 establece los criterios y procedimientos para
la reserva, la asignación y la reclamación para indicativos de país a que hace referencia la
Recomendación E.164 y la asignación de los Códigos de identificación (IC, identification
code) asociados. Esta Recomendación da mandato a la Oficina de Normalización de las
Telecomunicaciones (TBS) para asignar y recuperar los indicativos de país de la
Recomendación E.164 para zonas geográficas, para servicio mundial y para Red. La TSB,
también se encarga de la asignación y de la recuperación de los códigos de identificación
(IC) de Red. La asignación de los dígitos subsiguientes no incumbe a la UIT-T, sino al
asignatario. Sin embargo, la TSB mediante la Recomendación E.169 asigna los dígitos
subsiguientes para el número universal (del servicio) internacional de llamada gratuita
(UIFN, universal international freephone number), a que se hace referencia en el presente
Plan.
La Recomendación E.190 establece los principios y responsabilidades para la gestión,
asignación y recuperación de recursos de numeración internacional de las
Recomendaciones de la serie E. La Recomendación UIT-T E.191 se refiere a la
numeración y direccionamiento en la red digital de servicios integrados de banda ancha
RDSI-BA, así como también, trata los requisitos en materia de numeración y
direccionamiento adicionales no abarcados en la Recomendación E.164. Por otra parte,
la Recomendación E.166/X.122 trata sobre el interfuncionamiento de los planes de
numeración de las Recomendaciones E.164 y X.121 para las redes con conmutación de
7. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
circuitos y con las de conmutación de paquetes.
3 RESTRICCIONES EN EL NÚMERO DE CIFRAS.
La Recomendación UIT-T E.164 establece que la Red Pública Telefónica Internacional
debe permitir efectuar un análisis de 15 cifras, tanto para la red pública telefónica
conmutada (RPTC), así como en la red digital de servicios integrados (RDSI). El indicativo
de país para áreas geográficas puede tener una combinación de una, dos o tres cifras que
identifican a un país determinado, a países de un plan de numeración integrado o una
determinada área geográfica. El indicativo de país asignado a la República de Bolivia es
el “591”.
De conformidad con la Recomendación UIT-T E.164 el máximo de cifras que podrá tener
del número nacional (significativo) será de “15 – n” cifras, donde “n” es el número de
cifras del indicativo de país para áreas geográficas. Se dispone de 12 cifras máximo para
el número nacional significativo.
Para las llamadas del tipo Geográfico en la red pública telefónica fija y móvil el Plan de
Numeración de la República de Bolivia establece que el Número Nacional significativo
está cerrado a 8 cifras.
Para llamadas Nacionales del tipo No Geográfico se utiliza numeración virtual con un
máximo de 9 cifras y para llamadas a un Número Universal del Servicio Internacional de
Llamada Gratuita, en base a la Recomendación UIT-T E.169, utilizará 11 cifras.
4 NÚMERO NACIONAL GEOGRÁFICO.
El Número Nacional Geográfico se compone solamente de dígitos numéricos para
identificar a los abonados y no contempla el uso de letras o símbolos asociados al teclado
del terminal de abonado.
Se establece, asimismo, que la numeración nacional geográfica es de longitud uniforme a
ocho (8) cifras a través de todo el territorio nacional.
La composición del Número Nacional Geográfico es la siguiente:
APQRMCDU
Donde dichos símbolos alfabéticos tienen los siguientes valores:
A : Los dígitos dos (2), tres (3) y cuatro (4).
P : Cualquier dígito del dos (2) al seis (6), el ocho (8) y nueve (9),
inclusive.
Q; R; M; C; D; U :cada símbolo puede ser cualquier dígito del uno (1) al cero (0)
inclusive, es decir: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,0.
Se excluye de los símbolos PQR los rangos 800 a 809 y 900 a 909, que están
reservados para números no geográficos y el número 911 que está reservado para
Servicios Especiales.
4.1. Número de Abonado (Mod. p/RAR 2006/2916)
El Número de Abonado consta de siete (7) cifras. Los símbolos del Número
Nacional (significativo) son los siguientes:
8. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
SÍMBOLO SIGNIFICADO
A Zona de Numeración
PQR Código de Central (Áreas de Servicio Local)
PQ-R Área Rural – Identificador Operador
(para servicio en área rural) (1)
MCDU Número en la Central
PQRMCDU Número de Abonado
(1) En el caso rural: Los símbolos P y Q permiten identificar el área rural y el
símbolo R identificar al operador o a un conjunto de operadores, que en casos
excepcionales, por eficiencia se requiera compartir un rango numérico.
El Número de Abonado consta de siete (7) cifras. Los símbolos del Número Nacional
(significativo) son los siguientes:
SÍMBOLO SIGNIFICADO
A Zona de Numeración
PQR Código de Central
MCDU Número en la Central
PQRMCDU Número de Abonado
4.2. Número de Servicio Móvil (Mod. p/RAR 2009/0211)
La Numeración del Servicio Móvil terrestre tendrá el carácter de dos Zonas de
Numeración Uniforme “A”, con los dígitos: seis (6) y siete (7).
La estructura del número para el servicio móvil terrestre tendrá la siguiente
composición:
APQRMCDU
Donde el significado de los símbolos alfabéticos para del Número de Servicio Móvil
Terrestre es el siguiente:
SÍMBOLO SIGNIFICADO
A Zona de numeración uniforme Móvil
P Operador del Servicio Móvil
PQ-R Área Rural – identificador Operador (1)
PQRMCDU Número de Abonado
(1) En el caso rural:
• El símbolo P = 3 (tres), P = 4 (cuatro) y P = 5 (cinco) para la Zona de Numeración Móvil A = 6 son
considerados como reserva regulatoria, por lo que no podrán ser otorgados.
(1) En el caso rural:
El símbolo P en adelante, además debe identificar al Servicio Móvil en el Área Rural; el número
4 identificará al conjunto de los operadores móviles que brindarían el servicio en el área rural a
nivel país.
• En lo concerniente al símbolo Q en los casos que el símbolo P sea igual a 4, los números del 0 al
9 deberán ser los identificadores clasificadores del área rural por cada Departamento de
Bolivia, debido a que se debe prever la posibilidad de que puedan ser compartidos por más de
un área rural departamental.
• El símbolo R debiera identificar a los operadores móviles que vayan a operar en el área rural, con
el fin de reconocerlos además, para fines de supervisión del cumplimiento de sus obligaciones
contractuales y normativas.
Donde dichos símbolos alfabéticos tienen los siguientes valores:
9. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
A : se asignan los dígitos seis (6) y siete (7), como
Zonas de numeración uniforme.
P; Q; R; M; C; D; U: cada símbolo puede ser cualquier dígito del uno (1) al
cero (0) inclusive, es decir: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,0.
La numeración móvil será utilizada por los Servicios Básicos Móviles de
Telecomunicaciones (servicios celular, de comunicaciones personales y de
despacho) y nuevos servicios móviles al público (voz y/o datos).
La Numeración de Servicio Móvil por Satélite, estará compuesta por un Indicativo
de País, de tres cifras, seguido de un dígito correspondiente al Código de
Identificación (IC) de la Red satelital y del número de abonado. Tanto el Indicativo
de País como el Código de Identificación los asigna la Oficina de Normalización de
las Telecomunicaciones (TSB) de la UIT, en conformidad a la Recomendación UIT-
T E.164.
La Numeración del Servicio Móvil terrestre tendrá el carácter de una Zona de Numeración
Uniforme “A”, con el dígito siete (7).
La estructura del número para el servicio móvil terrestre tendrá la siguiente composición:
APQRMCDU
Donde el significado de los símbolos alfabéticos para del Número de Servicio Móvil
Terrestre es el siguiente:
SÍMBOLO SIGNIFICADO
A Zona de numeración uniforme
Móvil
P Simboliza al Operador del
Servicio Móvil
PQRMCDU Número de Abonado
Donde dichos símbolos alfabéticos tienen los siguientes valores:
A : se asigna el dígito siete (7), como Zona de numeración
uniforme.
P; Q; R; M; C; D; U: cada símbolo puede ser cualquier dígito del uno (1) al cero
(0) inclusive, es decir: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,0.
El dígito P, siguiente al de Zona de numeración uniforme A, se asignará a los distintos
operadores de servicios móviles de tal forma de identificar al operador.
La numeración móvil será utilizada por los Servicios Básicos Móviles de
Telecomunicaciones (servicios celular, de comunicaciones personales y de despacho) y
nuevos servicios móviles al público (voz y/o datos).
La Numeración de Servicio Móvil por Satélite, estará compuesta por un Indicativo de País,
de tres cifras, seguido de un dígito correspondiente al Código de Identificación (IC) de la
Red satelital y del número de abonado. Tanto el Indicativo de País como el Código de
Identificación los asigna la Oficina de Normalización de las Telecomunicaciones (TSB) de
10. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
la UIT, en conformidad a la Recomendación UIT-T E.164.
5 NÚMEROS NO GEOGRÁFICOS
5.1.- Número Nacional No Geográfico
El Número Nacional No Geográfico se compone solamente de dígitos numéricos para
identificar a los abonados y no contempla el uso de letras o símbolos asociados al teclado
del terminal de abonado.
La numeración nacional No Geográfica es de longitud uniforme y cerrada a nueve (9)
cifras en el territorio nacional.
La composición del Número nacional No Geográfico es la siguiente:
NÚMERO NACIONAL NO GEOGRÁFICO
Indicativo de Servicio No Número del Cliente
Geográfico
ABC DEFGHI
Donde dichos símbolos alfabéticos tienen los siguientes valores:
A : puede ser los dígitos ocho (8) ó nueve (9).
B : será el dígito cero (0).
C; D; E; F; G; H; I: cada símbolo puede ser cualquier dígito del uno (1) al cero (0)
inclusive, es decir: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,0.
No se permite el empleo de los prefijos (0) ó (00) ni del Código Identificador de Operador
de Larga Distancia (1XY) antes del Indicativo de Servicio No Geográfico (ABC).
En el siguiente cuadro se indica la utilización de los Indicativos de Servicio No Geográfico:
INDICATIVO DE SERVICIO NO UTILIZACIÓN
GEOGRÁFICO
Número No Geográfico de Cobro Revertido Automático y Semi -
800
Automatico
– Automático.
Reserva para Números No Geográficos del tipo Cobro
801 al 809
Revertido.
900 Número No Geográfico de Valor Agregado del tipo Audiotexto.
Número No Geográfico de pago Compartido y reserva de Número
901 al 909 No Geográfico de Valor Agregado del tipo Audiotexto y otros.
6 NÚMERO INTERNACIONAL
Los números de telecomunicaciones públicas internacionales pueden ser para zonas
geográficas, para servicios mundiales o redes, de acuerdo con la Recomendación UIT-T
E.164. El número de telecomunicaciones públicas internacionales tendrá un largo máximo
de 15 dígitos.
6.1.- Número Universal del Servicio Internacional de Llamada Gratuita
La composición del Número Universal del Servicio Internacional de Llamada Gratuita,
según la Recomendación UIT-T E.169, es la siguiente:
11. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
Número Universal del Servicio Internacional de Llamada Gratuita
Indicativo de país para Número de abonado mundial
servicio mundial
800 8 cifras
7 CÓDIGO IDENTIFICADOR DEL PROVEEDOR DE SERVICIO DE LARGA
DISTANCIA
La estructura del Código Identificador del Proveedor de Larga Distancia nacional e
internacional será la siguiente:
XY
Donde:
X : dígito que tomará, inicialmente, el valor uno (1).
Y : dígito que podrá tomar cualquier valor entre el uno (1) y el cero (0), inclusive, es decir:
1,2,3,4,5,6,7,8,9,0.
Los dígitos X iguales a .5, 6, 7, 8 y, 9 quedan como reserva.
8 CÓDIGOS DE SERVICIOS ESPECIALES
Los Servicios Especiales están destinados a prestar servicios de emergencia, información
y asistencia a los usuarios de los servicios básicos de telecomunicaciones, destinados
para:
- Resolver preguntas relacionadas con la instalación y consultas sobre los servicios
provistos por los proveedores de servicios.
- Informar de números telefónicos nacionales e internacionales, a través de operadoras
y sistemas automáticos.
- Recepcionar de los usuarios reportes de fallas en líneas telefónicas o en teléfonos
públicos.
- Acceder a llamadas de emergencia (Policía, Bomberos, Servicios Médicos y otros).
- Otros servicios de asistencia a los usuarios que determine el Poder Ejecutivo
mediante Resolución Suprema y sean en beneficio del interés público.
El uso de caracteres especiales (#, *, etc) será de uso restringido para evitar la difusión
del empleo de los mismos por parte de los usuarios.
8.1 Códigos de Servicios Especiales de Proveedores de Servicios Locales y
Móviles de Telecomunicaciones (Mod. RAR 2008/2339).
Los Servicios Especiales se prestarán de acuerdo con la siguiente estructura:
1VZ Ó 911
Los Códigos de Servicios Especiales de los proveedores de Servicio Local de
Telecomunicaciones a la fecha y de forma referencial son los siguientes:
12. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
FRANJAS CSE UTILIZACIÓN
101 Atención de Reclamos Locales
Información Deuda Telefónica. Fijos y Móviles (Post Pago -
102
Pre Pago)
103 Atención a Clientes
Información para usuarios de
Telecomunicaciones 104 Información de Números Telefónicos Locales
(101 – 109) 105 Información Automática de Deuda Telefónica
106 Casilla de Voz
107 Información de Tiempo y Temperatura
109 Recarga de Crédito Post pago - Pre pago
Emergencias Ciudadanas 110 Radio Patrulla
(110 – 129) 111 Organismo Operativo de Tránsito
112 Voluntariado de Salvamento y Rescate
114 Retén de Emergencias
115 Dirección de Robo de Vehículos DIPROVE
116 Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen FELCC
119 Bomberos
120 Patrulla de Auxilio Ciudadano PAC
128 Sistema de Búsqueda y Salvamento
Reservado
Reserva Regulatoria
(130 – 139)
Gobierno – Prefectura –
Alcaldía 156 Defensoría de la Niñez y Juventud
(140 – 159)
160 Emergencias Médicas
161 Emergencias Médicas
162 Emergencias Médicas
163 Emergencias Médicas
Emergencias Médicas 164 Emergencias Médicas
(160 – 169) 165 Emergencias Médicas
166 Emergencias Médicas
167 Emergencias Médicas
168 Emergencias Médicas
169 Emergencias Médicas
171 Informaciones Aeropuerto
Información de Servicios
176 Emergencias Servicio de Electrificación
Públicos
(170 – 179) 177 Emergencias Servicio de Gas Domiciliario
178 Emergencias Servicios de Agua Potable y Alcantarillado
Reservado
Reserva Regulatoria
(180 – 199)
Servicio de Emergencia 911 Servicio de Emergencia
Nota.- CSE: Código de Servicio Especial.
Los Operadores podrán solicitar numeración adicional, caso por caso.
8.2.- Códigos de Servicios Especiales de Proveedores de Larga Distancia
Los Servicios Especiales de los proveedores de larga distancia se prestarán de acuerdo
con la siguiente estructura:
13. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
0XY 1VZ
Los Códigos de Servicios Especiales de los proveedores de Servicio de Larga Distancia
Nacional e Internacional serán los siguientes:
CÓDIGO DE
UTILIZACIÓN
SERVICIO
Comunicaciones vía operadora de larga distancia nacional
0XY101
e internacional.
0XY103 Servicio de atención comercial
0XY105 Servicio de información internacional
0XY106 Servicio de información nacional
0XY113 Servicio de atención de reclamos.
8.3. Prefijos de Acceso
Los prefijos de acceso para larga distancia nacional e internacional se antepondrán al
Código de Identificación de Proveedor de Larga Distancia, para indicar que se trata de
una llamada nacional de larga distancia, con un cero (0), o internacional con doble cero
(00).
También se utilizará el prefijo internacional (00) antes del número internacional No
Geográficos.
9 PLAN DE MARCACIÓN
9.1 Procedimiento de Marcación Geográfica para llamadas dentro y fuera de un
área de numeración (Mod. P/RAR 2007/0579).
Los operadores y/o proveedores de servicios básicos de telecomunicaciones,
habilitarán la marcación cerrada (directa) o abierta (por elección de código
multiportador), según aplique, en llamadas en la misma o distinta área
respectivamente, de acuerdo a los siguientes casos:
Caso de Llamada Marcación del número de destino (B) en:
Caso Originada en: Con destino a: Misma Área Distinta Área
1 Servicio Local Servicio Local PQRMCDU 0 + XY + A + PQRMCDU
2 Servicio Local Servicio Móvil 7 + PQRMCDU (N1) 0 + XY + 7 + PQRMCDU
3 Servicio Local Servicio de Teléfonos Públicos PQRMCDU 0 + XY + A + PQRMCDU
4 Servicio Móvil Servicio Local A + PQRMCDU 0 + XY + A + PQRMCDU
5 Servicio Móvil Servicio Móvil 7 + PQRMCDU (N1) 7 + PQRMCDU (N1)
6 Servicio Móvil Servicio de Teléfonos Públicos A + PQRMCDU 0 + XY + A + PQRMCDU
Servicio de Teléfonos
7 Servicio Local PQRMCDU 0 + A + PQRMCDU
Públicos
Servicio de Teléfonos
8 Servicio Móvil 7 + PQRMCDU 0 + 7 + PQRMCDU
Públicos
Servicio de Teléfonos
9 Servicio de Teléfonos Públicos PQRMCDU 0 + A + PQRMCDU
Públicos
(N1)
Adicionalmente, estará habilitada la marcación abierta por selección de código XY para acceder a cualquier
equipo terminal móvil – marcación = 0 + XY + 7 + PQRMCDU.
Para los casos de llamadas, anteriormente descritos, que involucran el Servicio Local;
éstas incluyen el Área Extendida Rural correspondiente.
9.1.1. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en proveedores
de Servicio Local.
14. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
• Caso 1 – Destino Red de Servicio Local: Para llamadas originadas en una Red
de Servicio Local que tengan como destino la misma u otra Red de Servicio Local,
dentro de la misma Área donde se origina la llamada, la marcación deberá estar
habilitada de manera cerrada. Cuando la Red de destino se encuentra en un Área
distinta, la marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
• Caso 2 – Destino Red de Servicio Móvil: Para llamadas originadas en una Red
de Servicio Local que tengan como destino una Red de Servicio Móvil, dentro de la
misma Área donde se origina la llamada, la marcación deberá estar habilitada de
manera cerrada y abierta. Cuando la Red de destino se encuentra en un Área
distinta, la marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
• Caso 3 – Destino Red de Servicio de Teléfonos Públicos: Para llamadas
originadas en una Red de Servicio Local que tengan como destino una Red de
Servicio de Teléfonos Públicos, dentro de la misma Área donde se origina la
llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera cerrada. Cuando la Red
de destino se encuentra en un Área distinta, la marcación deberá estar habilitada
de manera abierta.
9.1.2. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en proveedores de
Servicio Móvil.
• Caso 4 – Destino Red de Servicio Local: Para llamadas originadas en una Red
de Servicio Móvil que tengan como destino una Red de Servicio Local, dentro de la
misma Área donde se origina la llamada, la marcación deberá estar habilitada de
manera cerrada. Cuando la Red de destino se encuentra en un Área distinta, la
marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
• Caso 5 – Destino Red de Servicio Móvil: Para llamadas originadas en una Red
de Servicio Móvil que tengan como destino la misma u otra Red de Servicio Móvil,
dentro de la misma Área donde se origina la llamada, la marcación deberá estar
habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando la Red de destino se encuentra en
un Área distinta, la marcación deberá estar habilitada de manera cerrada y abierta.
• Caso 6 – Destino Red de Servicio de Teléfonos Públicos: Para llamadas
originadas en una Red de Servicio Móvil que tengan como destino una Red de
Servicio de Teléfonos Públicos, dentro de la misma Área donde se origina la
llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera cerrada. Cuando la Red
de destino se encuentra en un Área distinta, la marcación deberá estar habilitada
de manera abierta.
9.1.3. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en proveedores
de Servicio de Teléfonos Públicos.
• Caso 7 – Destino Red de Servicio Local: Para llamadas originadas en una Red
de Servicio de Teléfonos Públicos que tengan como destino una Red de Servicio
Local, dentro de la misma Área donde se origina la llamada, la marcación deberá
estar habilitada de manera cerrada. Cuando la Red de destino se encuentra en un
Área distinta, la marcación deberá estar habilitada para reconocer la secuencia del
dígito cero (0) seguido de los 8 dígitos del número nacional geográfico.
• Caso 8 – Destino Red de Servicio Móvil: Para llamadas originadas en una Red
de Servicio de Teléfonos Públicos que tengan como destino una Red de Servicio
15. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
Móvil, dentro de la misma Área donde se origina la llamada, la marcación deberá
estar habilitada de manera cerrada. Cuando la Red de destino se encuentra en un
Área distinta, la marcación deberá estar habilitada para reconocer la secuencia del
dígito cero (0) seguido de los 8 dígitos del número nacional geográfico.
• Caso 9 – Destino Red de Servicio de Teléfonos Públicos: Para llamadas
originadas en una Red de Servicio de Teléfonos Públicos que tengan como
destino la misma u otra Red de Servicio de Teléfonos Públicos, dentro de la misma
Área donde se origina la llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera
cerrada. Cuando la Red de destino se encuentra en un Área distinta, la marcación
deberá estar habilitada para reconocer la secuencia del dígito cero (0) seguido de
los 8 dígitos del número nacional geográfico.
9.2. Procedimiento de Marcación Geográfica para llamadas hacia y desde el
área rural (MOD. P/RAR 2008/1182).
Los operadores y/o proveedores de servicios básicos de telecomunicaciones,
habilitarán la marcación cerrada (directa) o abierta (por elección de código
multiportador), según aplique, en llamadas en el mismo o distinto Departamento
respectivamente, de acuerdo a los siguientes casos:
Caso de Llamada Marcación del número Marcación del número
de destino (B) en el de destino (B) en
mismo Departamento: distinto Departamento:
Caso Originada en: Con destino a:
10 Servicio Local Equipo Terminal Fijo Rural A + PQRMCDU(N1) 0 + XY + A + PQRMCDU
11 Servicio Local Equipo Terminal Móvil Rural 7 + 4QRMCDU(N1) 0 + XY + 7 + 4QRMCDU
12 Servicio Móvil Equipo Terminal Fijo Rural A + PQRMCDU(N1) 0 + XY + A + PQRMCDU
13 Servicio Móvil Equipo Terminal Móvil Rural 7 + 4QRMCDU (N1) 7 + 4QRMCDU (N1)
14 Servicio de Teléfonos Públicos Equipo Terminal Fijo Rural A + PQRMCDU(N2) 0 + A + PQRMCDU)
15 Servicio de Teléfonos Públicos Equipo Terminal Móvil Rural 7 + 4QRMCDU(N2) 0 + 7 + 4QRMCDU
16 Equipo Terminal Fijo Rural Servicio Local A + PQRMCDU(N1) 0 + XY + 7 + PQRMCDU
17 Equipo Terminal Fijo Rural Servicio Móvil 7 + PQRMCDU(N1) 0 + XY + 7 + PQRMCDU
18 Equipo Terminal Fijo Rural Servicio de Teléfonos Públicos A + PQRMCDU(N1) 0 + XY + A + PQRMCDU
19 Equipo Terminal Móvil Rural Servicio Local A + PQRMCDU(N1) 0 + XY + A + PQRMCDU
20 Equipo Terminal Móvil Rural Servicio Móvil 7 + PQRMCDU (N1) 7 + PQRMCDU (N1)
21 Equipo Terminal Móvil Rural Servicio de Teléfonos Públicos A + PQRMCDU(N1) 0 + XY + A + PQRMCDU
22 Equipo Terminal Fijo Rural de Servicio Local A + PQRMCDU(N2) 0 + A + PQRMCDU
Acceso al público
23 Equipo Terminal Fijo Rural de Servicio Móvil 7 + PQRMCDU(N2) 0 + 7 + PQRMCDU
Acceso al público
24 Equipo Terminal Fijo Rural de Servicio de Teléfonos Públicos A + PQRMCDU(N2) 0 + A + PQRMCDU
Acceso al público
(N1)Adicionalmente, estará habilitada la marcación abierta por selección de código XY para originar y terminar a cualquier
equipo Terminal rural.
Adicionalmente estará habilitada para reconocer la secuencia del dígito cero (0) seguido de los 8 dígitos del número
(N2)
nacional rural.
Para los casos de llamadas, anteriormente descritos, que involucran un Equipo Terminal
Fijo Rural localizado en el Área Rural, se considera que dicha área es aquella que se
encuentra por fuera de las Áreas del Servicio Local y sus Áreas Extendidas Rurales
correspondientes de cada Departamento.
9.2.1. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en proveedores de
Servicio Local.
16. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
• Caso 10 – Destino Equipo Terminal Fijo Rural: Para llamadas originadas en una
Red de Servicio Local que tengan como destino un Equipo Terminal Fijo Rural, dentro
del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la marcación deberá estar
habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo Terminal Fijo Rural de la
Red de destino se encuentre en un Departamento distinto a donde se originó la
llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
• Caso 11 – Destino Equipo Terminal Móvil Rural: Para llamadas originadas en una
Red de Servicio Local que tengan como destino un Equipo Terminal Móvil Rural,
dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la marcación deberá
estar habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo Terminal Móvil Rural
de la Red de destino se encuentre en un Departamento distinto a donde se originó la
llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
9.2.2. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en proveedores de
Servicio Móvil.
• Caso 12 – Destino Equipo Terminal Fijo Rural: Para llamadas originadas en una
Red de Servicio Móvil que tengan como destino un Equipo Terminal Fijo Rural, dentro
del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la marcación deberá estar
habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo Terminal Móvil Rural de la
Red de destino se encuentre en un Departamento distinto a donde se originó la
llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
• Caso 13 – Destino Equipo Terminal Móvil Rural: Para llamadas originadas en
una Red de Servicio Móvil que tengan como destino la misma u otra Red de un Equipo
Terminal Móvil Rural, dentro del mismo Departamento u otro Departamento de donde
se origina la llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera cerrada y
abierta.
9.2.3. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en proveedores de
Servicio de Teléfonos Públicos.
• Caso 14 – Destino Equipo Terminal Fijo Rural: Para llamadas originadas en una
Red de Servicio de Teléfonos Públicos que tengan como destino un Equipo Terminal
Fijo Rural, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la
marcación deberá estar habilitada de manera abierta y habilitada para reconocer la
secuencia del dígito cero (0) seguido de 8 dígitos del número nacional rural geográfico.
Cuando el Equipo Terminal Fijo Rural se encuentra en un Departamento distinto a
donde se originó la llamada, la marcación deberá estar habilitada para reconocer la
secuencia del dígito cero (0) seguido de los 8 dígitos del número nacional rural
geográfico.
• Caso 15 – Destino Equipo Terminal Móvil Rural: Para llamadas originadas en una
Red de Servicio de Teléfonos Públicos que tengan como destino un Equipo Terminal
Móvil Rural, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la
marcación deberá estar habilitada de manera abierta y habilitada para reconocer la
secuencia del dígito cero (0) seguido de 8 dígitos del número nacional rural geográfico.
Cuando el Equipo Terminal Fijo Rural se encuentra en un Departamento distinto a
donde se originó la llamada, la marcación deberá estar habilitada para reconocer la
17. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
secuencia del dígito cero (0) seguido de los 8 dígitos del número nacional rural
geográfico.
9.2.4. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en un Equipo Terminal
Fijo Rural.
• Caso 16 – Destino Red de Servicio Local: Para llamadas originadas en un
Equipo Terminal Fijo Rural que tengan como destino una Red de Servicio Local, dentro
del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la marcación deberá estar
habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo Terminal Fijo Rural tenga
como destino la Red de Servicio Local en un Departamento distinto a donde se originó
la llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
• Caso 17 – Destino Red de Servicio Móvil: Para llamadas originadas en un
Equipo Terminal Fijo Rural que tengan como destino una Red de Servicio Móvil, dentro
del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la marcación deberá estar
habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo Terminal Fijo Rural tenga
como destino la Red de Servicio Móvil en un Departamento distinto a donde se originó
la llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
• Caso 18 – Destino Red de Servicio de Teléfonos Públicos: Para llamadas
originadas en un Equipo Terminal Fijo Rural que tengan como destino una Red de
Teléfonos Públicos, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la
marcación deberá estar habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo
Terminal Fijo Rural tenga como destino la Red de Servicio de Teléfonos Públicos en un
Departamento distinto a donde se originó la llamada, la marcación deberá estar
habilitada de manera abierta.
9.2.5. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en un Equipo Terminal
Móvil Rural.
• Caso 19 – Destino Red de Servicio Local: Para llamadas originadas en un
Equipo Terminal Móvil Rural que tengan como destino una Red de Servicio Local,
dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la marcación
deberá estar habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo Terminal
Móvil Rural tenga como destino la Red de Servicio Local en un Departamento
distinto a donde se originó la llamada, la marcación deberá estar habilitada de
manera abierta.
• Caso 20 – Destino Red de Servicio Móvil: Para llamadas originadas en un Equipo
Terminal Móvil Rural que tengan como destino la misma u otra Red de Servicio Móvil,
dentro del mismo Departamento u otro Departamento de donde se origina la llamada, la
marcación deberá estar habilitada de manera cerrada y abierta.
• Caso 21 – Destino Red de Servicio de Teléfonos Públicos: Para llamadas originadas
en un Equipo Terminal Móvil Rural que tengan como destino una Red de Servicio de
Teléfonos Públicos, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la
marcación deberá estar habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo
Terminal Móvil Rural tenga como destino la Red de Servicio de Teléfonos Públicos en
un Departamento distinto a donde se originó la llamada, la marcación deberá estar
habilitada de manera abierta.
18. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
9.2.6. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en un Equipo Terminal
Fijo Rural de Acceso al Público.
• Caso 22 – Destino Red de Servicio Local: Para llamadas originadas en un Equipo
Terminal Fijo Rural de Acceso al Público que tengan como destino una Red de Servicio
Local, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la marcación
deberá estar habilitada de manera abierta y habilitada para reconocer la secuencia del
dígito cero (0) seguido de 8 dígitos del número nacional rural geográfico. Cuando el Equipo
Terminal Fijo Rural de Acceso al Público de la Red de destino se encuentre en un
Departamento distinto a donde se originó la llamada, la marcación deberá estar habilitada
para reconocer la secuencia del dígito cero (0) seguido de los 8 dígitos del número
nacional rural geográfico.
• Caso 23 – Destino Red de Servicio Móvil: Para llamadas originadas en un Equipo
Terminal Fijo Rural de Acceso al Público que tengan como destino una Red de Servicio
Móvil, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la marcación
deberá estar habilitada de manera abierta y habilitada para reconocer la secuencia del
dígito cero (0) seguido de 8 dígitos del número nacional rural geográfico. Cuando el Equipo
Terminal Fijo Rural de Acceso al Público de la Red de destino se encuentre en un
Departamento distinto a donde se originó la llamada, la marcación deberá estar habilitada
para reconocer la secuencia del dígito cero (0) seguido de los 8 dígitos del número
nacional rural geográfico.
Caso 24 – Destino Red de Servicio de Teléfonos Públicos: Para llamadas originadas en un
Equipo Terminal Fijo Rural de Acceso al Público que tengan como destino una Red Teléfonos
Públicos, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la marcación
deberá estar habilitada de manera abierta y habilitada para reconocer la secuencia del dígito
cero (0) seguido de 8 dígitos del número nacional rural geográfico. Cuando el Equipo Terminal
Fijo Rural de Acceso al Público de la Red de destino se encuentre en un Departamento
distinto a donde se originó la llamada, la marcación deberá estar habilitada para reconocer la
secuencia del dígito cero (0) seguido de los 8 dígitos del número nacional rural geográfico.
9.3. Procedimiento de Marcación Geográfica para llamadas en el área rural.
Los operadores y/o proveedores de servicios básicos de telecomunicaciones,
habilitarán la marcación cerrada (directa) o abierta (por elección de código
multiportador), según aplique, en llamadas en el mismo o distinto Departamento
respectivamente, de acuerdo a los siguientes casos:
Caso de Llamada Marcación del número de destino (B) en:
Mismo
Caso Originada en: Con destino a: Distinto Departamento
Departamento
25 Equipo Terminal Fijo Rural Equipo Terminal Fijo Rural PQRMCDU (N1) 0 + XY + A + PQRMCDU
26 Equipo Terminal Fijo Rural Equipo Terminal Móvil Rural 7 + 4QRMCDU (N2) 0 + XY + 7 + 4QRMCDU
27 Equipo Terminal Móvil Rural Equipo Terminal Fijo Rural A + PQRMCDU 0 + XY + A + PQRMCDU
28 Equipo Terminal Móvil Rural Equipo Terminal Móvil Rural 7 + 4QRMCDU (N2) 7 + 4QRMCDU (N2)
Equipo Terminal Fijo Rural de
29
Acceso al público
Equipo Terminal Fijo Rural PQRMCDU (N1) 0 + A + PQRMCDU
Equipo Terminal Fijo Rural de
30 Equipo Terminal Móvil Rural 7 + 4QRMCDU 0 + 7 + 4QRMCDU
Acceso al público
(N1) Adicionalmente, estará habilitada la marcación abierta por selección de código XY para acceder a cualquier
equipo terminal fijo rural – marcación = 0 + XY + A + PQRMCDU. La marcación directa será posible siempre y
19. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
cuando
técnicamente sea factible.
(N2)
Adicionalmente, estará habilitada la marcación abierta por selección de código XY para acceder a cualquier
equipo terminal móvil rural – marcación = 0 + XY + 7 + 4QRMCDU.
9.3.1. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en un Equipo Terminal
Fijo Rural.
• Caso 25 – Destino Equipo Terminal Fijo Rural: Para llamadas originadas en un
Equipo Terminal Fijo Rural que tengan como destino un Equipo Terminal Fijo Rural
de la misma Red u otra, dentro del mismo Departamento de donde se origina la
llamada, la marcación estará habilitada, si técnicamente es factible, de manera
cerrada y abierta. Cuando el Equipo Terminal Fijo Rural de la Red de destino se
encuentre en un distinto Departamento, la marcación deberá estar habilitada de
manera abierta.
• Caso 26 – Destino Equipo Terminal Móvil Rural: Para llamadas originadas en
un Equipo Terminal Fijo Rural que tengan como destino un Equipo Terminal Móvil
Rural, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la
marcación deberá estar habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo
Terminal Móvil Rural de la Red de destino se encuentre en un distinto
Departamento, la marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
9.3.2. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en un Equipo Terminal
Móvil Rural.
• Caso 27 – Destino Equipo Terminal Fijo Rural: Para llamadas originadas en un
Equipo Terminal Móvil Rural que tengan como destino un Equipo Terminal Fijo
Rural, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la
marcación deberá estar habilitada de manera cerrada. Cuando el Equipo Terminal
Fijo Rural de la Red de destino se encuentre en un distinto Departamento, la
marcación deberá estar habilitada de manera abierta.
• Caso 28 – Destino Equipo Terminal Móvil Rural: Para llamadas originadas en
un Equipo Terminal Móvil Rural que tengan como destino un Equipo Terminal
Móvil Rural, dentro del mismo Departamento de donde se origina la llamada, la
marcación deberá estar habilitada de manera cerrada y abierta. Cuando el Equipo
Terminal Móvil Rural de la Red de destino se encuentre en un distinto
Departamento, la marcación deberá estar habilitada de manera cerrada y abierta.
9.3.3. Procedimiento de marcación para llamadas originadas en un Equipo Terminal
Fijo Rural de Acceso al Público.
• Caso 29 – Destino Equipo Terminal Fijo Rural: Para llamadas originadas en un
Equipo Terminal Fijo Rural de Acceso al Público que tengan como destino un
Equipo Terminal Fijo Rural, dentro del mismo Departamento de donde se origina la
llamada, la marcación estará habilitada, si técnicamente es factible, de manera
cerrada y habilitada para reconocer la secuencia del dígito cero (0) seguido de los
8 dígitos del número nacional rural geográfico. Cuando el Equipo Terminal Fijo
Rural de la Red de destino se encuentre en un distinto Departamento, la
marcación deberá estar habilitada para reconocer la secuencia del dígito cero (0)
seguido de los 8 dígitos del número nacional rural geográfico.
20. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
• Caso 30 – Destino Equipo Terminal Móvil Rural: Para llamadas originadas en
un Equipo Terminal Fijo Rural de Acceso al Público que tengan como destino un
Equipo Terminal Móvil Rural, dentro del mismo Departamento de donde se origina
la llamada, la marcación deberá estar habilitada de manera cerrada. Cuando el
Equipo Terminal Móvil Rural de la Red de destino se encuentre en un distinto
Departamento, la marcación deberá estar habilitada para reconocer la secuencia
del dígito cero (0) seguido de los 8 dígitos del número nacional rural geográfico.
9.4. Procedimiento de marcación para acceso a Servicios Especiales.
Los operadores y/o proveedores de servicios básicos de telecomunicaciones,
habilitarán la marcación de acceso a Servicios Especiales Locales y de Larga
Distancia, de acuerdo a los siguientes casos:
Caso de Llamada Marcación del número
Caso Originada en: Con destino a: de destino (B):
1VZ
31 Equipo terminal Fijo o Móvil Servicio especial
ó 911
32 Equipo terminal Fijo o Móvil Servicio especial de Larga Distancia 0 + XY + 1VZ
• Caso 31 – Destino Servicio Especial: Para llamadas originadas en un Equipo
Terminal Fijo o Móvil que tengan como destino un Servicio Especial, dentro de la
misma Área de donde se origina la llamada, la marcación deberá estar habilitada
de manera cerrada.
• Caso 32 – Destino Servicio Especial de Larga Distancia: Para llamadas
originadas en un Equipo Terminal Fijo o Móvil que tengan como destino un
Servicio Especial de Larga Distancia, la marcación deberá estar habilitada de
manera tal que luego de seleccionar el prefijo nacional cero (0), se pueda
seleccionar un código multiportador y el número del servicio especial
correspondiente.
9.5. Procedimiento de marcación desde Líneas Directas.
Para las llamadas originadas en una Línea Directa de un proveedor de Larga
Distancia, el proveedor de la Red habilitará la marcación para que el usuario pueda
elegir, llamada a llamada, la empresa proveedora de Servicio de Larga Distancia,
marcando el prefijo de larga distancia (0 ó 00), seguido del código multiportador y del
Número Nacional o Internacional correspondiente.
Caso de Llamada Marcación del número de destino (B) en:
Caso Originada en: Con destino a: Misma Área Distinta Área
33 Línea Directa Servicio Local NO APLICA 0 + XY + A + PQRMCDU
34 Línea Directa Servicio Móvil 7 + PQRMCDU (N1) 0 + XY + 7 + PQRMCDU
Servicio de Teléfonos
35 Línea Directa NO APLICA 0 + XY + A + PQRMCDU
Públicos
(N1) Adicionalmente, estará habilitada la marcación abierta por selección de código XY para acceder a cualquier
equipo terminal móvil – marcación = 0 + XY + 7 + PQRMCDU.
9.6. Procedimiento de marcación para acceso a Larga Distancia Internacional.
Para las llamadas de larga distancia internacional originadas en la Red de Servicio
Básico Local o Móvil o Teléfonos Públicos o Líneas Directas, el proveedor de la Red
habilitará la marcación para que el usuario pueda elegir, llamada a llamada, la
21. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
empresa proveedora de Servicio de Larga Distancia, marcando el prefijo internacional
doble cero (00), seguido del código multiportador (en los casos que aplique) y del
Número Internacional correspondiente (que considere el Indicativo de País).
Caso de Llamada
Marcación del número de destino (B):
Caso Originada en: Con destino a:
36 Equipo terminal Fijo o Móvil Red de Larga Distancia Internacional 00 + XY + Número Internacional
37 Servicio Teléfono Público Red de Larga Distancia Internacional 00 + Número Internacional
El procedimiento de marcación, anteriormente descrito, es también aplicable al caso
de las llamadas entre ciudades fronterizas.
9.7. Procedimiento de marcación para llamadas a Números No-Geográficos.
Para las llamadas a numeración No-geográfica originadas en una Red de Servicio
Básico, el proveedor de la Red originante habilitará la marcación para que el usuario
pueda elegir, llamada a llamada, un número No-geográfico nacional o internacional,
marcando según corresponda el Indicativo de Servicio No-geográfico (ABC) y el
Número de Cliente; o marcando el Prefijo Internacional doble cero (00), seguido del
Indicativo de País para Servicio Mundial (800) o el Indicativo de País para
Telecomunicaciones Personales Universales (878), seguido del Número Internacional
correspondiente (que puede ser de 8 ó 12 cifras máximo).
Caso de Llamada Marcación del número de destino
Caso Originada en: Con destino a: (B):
38 Equipo terminal Fijo o Móvil Número Nacional No-geográfico ABC + DEFGHI
00 + 800 + 8 cifras
39 Equipo terminal Fijo o Móvil Número Internacional No-geográfico
00 + 878 + 12 cifras máximo
9.8. Consideraciones aplicables a los casos de llamada descritos.
Para los casos de llamadas descritos en los numerales 9.1 a 9.7 los operadores y/o
proveedores deberán considerar los siguientes puntos:
• Se considera que los proveedores de Servicio Móvil, tienen autorizados rangos de
numeración en cada una de las áreas geográficas coincidentes con las Áreas de
Servicio Local, ello con la finalidad de que los operadores interconectantes de
Redes Fijas y de Larga Distancia, preserven los distintos aspectos de
interconexión para las comunicaciones de larga distancia entre un Área de
Servicio Local originante y un área geográfica distinta dentro del Área de Servicio
Móvil única nacional que mantiene las distintas áreas de numeración dentro de la
zona 7.
• El cambio hacia un Área de Servicio Móvil única nacional, no involucra ningún tipo
de modificación en las interconexiones actualmente definidas y establecidas entre
los distintos operadores que se desempeñan en el mercado nacional, tanto entre
operadores móviles, como entre operadores móviles y operadores de Larga
Distancia, así como operadores móviles y operadores de redes fijas (servicio local
y servicio de teléfonos públicos).
• El cumplimiento efectivo de los casos para comunicaciones móviles en, hacia y
desde el Área Rural, es resultado de que los Operadores Móviles que presten
servicio en el Área Rural, deberán establecer un punto de interconexión por
Departamento, que preserve el principio de eficiencia, al menos técnica y
22. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
económica, salvo otra determinación señalada por la Superintendencia de
Telecomunicaciones.
• En las comunicaciones que estén permitidas para larga distancia, el Código
Identificador de Proveedor de Servicio de Larga Distancia (XY) no podrá estar
bloqueado para ningún tipo de llamada a menos que el operador de larga distancia
titular del código XY, no cuente con un Punto de Interconexión para recibir la
llamada, en cuyo caso la red originante deberá emitir un mensaje que indique que
el servicio solicitado no ha sido implementado.
• Los Operadores de Larga Distancia deben contar con Puntos de Interconexión en
cada una de las Áreas de Servicio Local dentro de los alcances de su área de
concesión.
• En futuras interconexiones, los operadores deberán cumplir con los
aspectos señalados en la normativa de interconexión, considerando además
principios de eficiencia técnica y económica para el establecimiento del punto o los
puntos de interconexión, sin perjuicio gravoso de ninguna de las partes.
9.1 Procedimiento de Marcación para Llamadas Locales y Móviles (Mod. p/RAR
2001/1097)
Para llamadas originadas y terminadas en la misma Área de Servicio Local (ASL),
incluyendo su AER, del Servicio Básico Local, el usuario deberá marcar el número de
siete (7) cifras del abonado llamado.
Para llamadas originadas en la Red Básica Local y Móvil Local y terminadas en la Red de
Servicio Básico Móvil Local, el usuario deberá marcar la Zona de Numeración Móvil, siete
(7), seguido del número del abonado móvil llamado, de siete (7) dígitos.
Para las llamadas de Servicios Especiales en el Área de Servicio Local y en la Zona de
Numeración Móvil, el usuario marcará el Código de Servicio Especial (1VZ) ó (911).
Para las llamadas originadas en la Red de Servicio Básico Móvil y terminadas en la Red
de Servicio Básico Local, el usuario móvil deberá marcar la Zona de Numeración “A”,
seguido del número de abonado local de siete (7) dígitos.
Para las llamadas originadas en un teléfono público y terminadas en la misma Área de
Servicio Local (ASL), incluyendo su Área Extendida Rural (AER), el usuario deberá
marcar el número de siete (7) cifras del abonado fijo llamado.
Para las llamadas originadas en un teléfono público y terminadas en la misma Área de
Servicio Móvil (ASM) de la Red de Servicio Básico Móvil, el usuario deberá marcar la
Zona de Numeración Móvil, siete (7), seguido del número del abonado móvil llamado, de
siete (7) dígitos.
Si el usuario utiliza los procedimientos de marcación descritos, en llamadas originadas en
una ASL o ASM y con destino a una ASL o ASM diferente, deberá recibir un mensaje
gratuito que indique que la llamada es de larga distancia, salvo la excepción indicada en
el numeral 9.2.1.1. sobre ASM’s diferentes atendidas con una misma central de
conmutación
9.1. Procedimiento de Marcación para Llamadas Locales y Móviles
Para llamadas originadas y terminadas en la misma Área de Servicio Local (ASL),
incluyendo su AER, del Servicio Básico Local, el usuario deberá marcar el número de siete
(7) cifras del abonado llamado.
Para llamadas originadas en la Red Básica Local y Móvil Local y terminadas en la Red de
23. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
Servicio Básico Móvil Local, el usuario deberá marcar la Zona de Numeración Móvil, siete
(7), seguido del número del abonado móvil llamado, de siete (7) dígitos.
Para las llamadas de Servicios Especiales en el Área de Servicio Local y en la Zona
de
Numeración Móvil, el usuario marcará el Código de Servicio Especial (1VZ) ó (911).
Para las llamadas originadas en la Red de Servicio Básico Móvil y terminadas en la Red de
Servicio Básico Local, el usuario móvil deberá marcar la Zona de Numeración “A”,
seguido del número de abonado local de siete (7) dígitos.
9.2.- Procedimiento de Marcación para llamadas de Larga Distancia
9.2.1. Llamadas de Larga Distancia Nacional en la Red Fija y Móvil
9.2.1.1. Llamadas de Larga Distancia Nacional Mediante Elección de Proveedor de
Servicio de Larga Distancia (Mod. p/RAR 2001/1097)
Para llamadas automáticas de larga distancia nacional originadas en la Red de Servicio
Básico Local Fijo o en la Red Móvil el usuario deberá elegir, llamada a llamada, la
empresa proveedora de Servicio de Larga Distancia mediante el uso del Código
Identificador de Proveedor de Servicio de Larga Distancia (XY). El usuario marcará para
las llamadas de larga distancia nacional el prefijo nacional (0), seguido del Código
Identificador de Proveedor de larga distancia (XY), seguido de la Zona de numeración,
que:
a) en el caso de la Red Móvil será el siete (7)
b) en el caso de la Red Fija será el (2) ó (3) ó (4)
Seguido del número de abonado llamado.
0 + XY + Zona de Numeración + Número de Abonado
Este procedimiento de marcación estará habilitado para toda llamada entre Áreas de
Servicios Local (ASL) diferentes, entre Áreas de Servicio Móvil (ASM) diferentes, y entre
una ASL y una ASM geográficamente separadas. El Código Identificador de Proveedor
de Servicio de Larga Distancia (XY) no podrá estar bloqueado para ningún tipo de llamada
a menos que el operador de larga distancia titular del código XY, no cuente con un Punto
de Interconexión para recibir la llamada, en cuyo caso la red originante deberá emitir un
mensaje que indique que el servicio solicitado no ha sido implementado.
Si una Red de Servicio Básico Móvil provee el servicio a más de una ASM con la misma
central de conmutación, para llamadas originadas y terminadas en las ASM atendidas por
la misma central de conmutación, el usuario podrá también marcar directamente la Zona
de Numeración Móvil, siete (7), seguido del número del abonado móvil llamado, de siete
(7) dígitos. En este caso, en las llamadas entre ASM’s diferentes, previamente el usuario
deberá recibir un mensaje gratuito que indique, si corresponde, que se aplicará una tarifa
superior a la que paga dentro de su ASM, dejando a la elección del usuario continuar o no
con el curso de la llamada.
Los operadores de servicio de telefonía rural que utilicen como medio de transporte
enlaces satelitales domésticos de baja capacidad, del tipo VSAT, podrán utilizar para sus
llamadas de larga distancia el Código Identificador de Proveedor de Larga Distancia
desde sus terminales rurales para establecer llamadas de larga distancia Nacional e
Internacional. Asimismo, (Mod. p/RAR 2003/0559) los operadores de servicios básicos de
telecomunicaciones que utilicen sistemas satelitales, utilizarán en la marcación de larga
distancia nacional la zona de numeración donde se encuentre el terminal de abonado.
los operadores de telefonía rural que utilicen sistemas satelitales de baja capacidad, del
tipo VSAT, con una configuración de transmisión tipo estrella, utilizarán en la marcación
de larga distancia nacional la Zona de Numeración donde se encuentre el centro de
conmutación principal.
En toda llamada de larga distancia desde un Área de Servicio Local (ASL) a un operador
24. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
satelital de telefonía rural, mencionado en el párrafo anterior, el usuario deberá marcar el
prefijo nacional cero (0), seguido del Código Identificador de Proveedor de Larga
Distancia y a continuación el Número Nacional. (Mod. p/RAR 2003/0559) La zona de
numeración utilizada en el número nacional será la que corresponda a la ubicación del
terminal de abonado.
La Zona de Numeración utilizada en el Número Nacional será la que corresponda a la
ubicación del centro de conmutación rural.
9.2.1.1. Llamadas de Larga Distancia Nacional Mediante Elección de Proveedor
de Servicio de Larga Distancia.
Para llamadas automáticas de larga distancia nacional originadas en la Red de
Servicio Básico Local Fijo o en la Red Móvil el usuario deberá elegir, llamada a llamada, la
empresa proveedora de Servicio de Larga Distancia mediante el uso del Código
Identificador de Proveedor de Servicio de Larga Distancia (XY). El usuario marcará para
las llamadas de larga distancia nacional el prefijo nacional (0), seguido del Código
Identificador de Proveedor de larga distancia (XY), seguido de la Zona de numeración,
que:
a) en el caso de la Red Móvil será el siete (7) /
b) en el caso de la Red Fija será el (2) ó (3) ó (4)
Seguido del número de abonado llamado.
0 + XY + Zona de Numeración + Número de Abonado
No se utilizará el Código Identificador de proveedor de Larga Distancia para las llamadas
locales al interior de la Red de Servicio Básico Local (ASL).
Los operadores de servicio de telefonía rural que utilicen como medio de transporte enlaces
satelitales domésticos de baja capacidad, del tipo VSAT, podrán utilizar para sus
llamadas de larga distancia el Código Identificador de Proveedor de Larga Distancia
desde sus terminales rurales para establecer llamadas de larga distancia Nacional e
Internacional. Asimismo, los operadores de telefonía rural que utilicen sistemas
satelitales de baja capacidad, del tipo VSAT, con una configuración de transmisión tipo
estrella, utilizarán en la marcación de larga distancia nacional la Zona de Numeración
donde se encuentre el centro de conmutación principal.
En toda llamada de larga distancia desde un Área de Servicio Local (ASL) a un operador
satelital de telefonía rural, mencionado en el párrafo anterior, el usuario deberá marcar el
prefijo nacional cero (0), seguido del Código Identificador de Proveedor de Larga Distancia
y a continuación el Número Nacional. La Zona de Numeración utilizada en el Número
Nacional será la que corresponda a la ubicación del centro de conmutación rural.
9.2.1.2. Marcación Entre Móviles Con Tarifa Plana.
A partir de la apertura del mercado de las telecomunicaciones, y bajo convenios especiales
entre operadores que permitan el uso de tarifas planas, el usuario que realice una llamada
desde un teléfono de una red móvil con destino a otro teléfono de una red móvil, podrá
prescindir de la marcación del prefijo de larga distancia nacional (0) y del Código
Identificador de Proveedor de Larga Distancia (XY), discando directamente el número de
Área de Servicio Móvil (7) + el número de abonado móvil:
7 PQ RMCDU
Si este servicio no está disponible, por falta de las condiciones técnicas, tarifarias o
25. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
contractuales, el operador emitirá un mensaje grabado indicando al abonado que debe
proceder a la marcación del prefijo de larga distancia nacional (0) y del Código
Identificador de Proveedor de Larga Distancia (XY) antecediendo al número de Área de
Servicio Móvil (7) + el número de abonado móvil.
9.2.1.3. Marcación desde Teléfonos Públicos
A los usuarios del servicio de teléfonos públicos, no les será aplicable el sistema
de elección mediante Código Identificador de Proveedor de Larga Distancia. En este caso,
la cabina telefónica estará pre-programada para encaminar el tráfico de larga distancia a
través del portador que el proveedor del servicio vea por conveniente.
El procedimiento de marcación será el siguiente:
A teléfonos de la red Móvil:
A teléfonos de la red Fija:
0 +7 PQ RMCDU
0 + Zona de Numeración + Número de Abonado
9.2.2. Llamadas de Larga Distancia Internacional
Para las llamadas automáticas de larga distancia internacional originadas en la Red
de Servicio Básico Local o Móvil, el usuario deberá elegir, llamada a llamada, la empresa
proveedora de Servicio de Larga Distancia, marcando el prefijo internacional doble cero
(00), seguido del Código Identificador de Proveedor de Servicio de Larga Distancia (XY) y
seguido del Número Internacional.
00 + XY + Número Internacional
9.2.3. Llamadas entre Ciudades Fronterizas
Para las llamadas entre ciudades fronterizas, el usuario marcará una llamada
internacional, similar a la descrita en el punto 9.2.2. anterior.
9.2.4. Acceso a los Servicios Especiales de Larga
Distancia
Para tener acceso a los Servicios Especiales de Larga Distancia el usuario local o móvil
deberá marcar el prefijo nacional cero (0), seguido del Código de Proveedor de Servicio de
Larga Distancia (XY) y del Código de Servicio Especial de Larga Distancia (1VZ).
0 + XY + 1VZ de Larga Distancia
9.3. Procedimiento de marcación para llamadas a Números No Geográficos
9.3.1. Llamadas a Números Nacionales No Geográficos
Para llamar a un servicio de un Número Nacional No Geográfico el usuario marcará dicho
número sin anteponer prefijos o Código de Proveedor de Servicio de Larga Distancia.
26. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
ABC + Número del Cliente (6 Cifras)
Los Números Nacionales No Geográficos podrán ser locales o nacionales.
9.3.2. Llamadas a Número Internacionales No Geográficos
Para realizar llamadas a Números No Geográficos internacionales, el procedimiento
de marcación para Servicios Mundiales y de Redes estará determinada por la
Superintendencia de Telecomunicaciones siguiendo las Recomendaciones de la UIT-T.
Para las llamadas a números universal del servicio internacional de llamada gratuita, el
usuario marcará el prefijo internacional doble cero (00) seguido de 800 + 8 cifras.
La UIT-T ha asignado para Telecomunicaciones Personales Universales (UPT), en base a
la Recomendación UIT-T E.168, el indicativo de país “878”. Para llamar a un número de
UPT se marcará el indicativo 00 + 878 + 12 cifras máximo.
9.4. Procedimiento de marcación entre y con el Área Rural (Mod. p/RAR
2006/2916)
El procedimiento de marcación para comunicaciones o llamadas entre las Áreas de
Servicio Local o Móvil y las áreas rurales, así como entre y dentro de las áreas
rurales mismas, tanto dentro de la red de un mismo operador o entre redes
de operadores diferentes, es el siguiente:
a. Para llamadas dentro de la Red de Servicio Básico Móvil –de un mismo
Concesionario–, entre:
• Un equipo terminal localizado en un Área de servicio (establecida por Contrato de
Concesión o por Reglamento a la Ley de Telecomunicaciones), y otro terminal
localizado en el Área Rural del mismo Departamento o un Departamento distinto, el
Proveedor deberá permitir la libre elección de marcación a sus usuarios, mediante
marcación directa de la Zona de Numeración Móvil y mediante marcación vía un
Proveedor de Larga Distancia.
• Equipos terminales localizados en un Área Rural de un mismo Departamento o
Departamentos distintos, el Proveedor deberá permitir la libre elección de
marcación a sus usuarios, mediante marcación directa de la Zona de Numeración
Móvil y mediante marcación vía un Proveedor de Larga Distancia.
b. Para llamadas entre redes de Servicio Básico Móvil –de Concesionarios
diferentes–, entre:
• Un equipo terminal localizado en un Área de servicio (establecida por Contrato de
Concesión o por Reglamento a la Ley de Telecomunicaciones), y otro terminal
localizado en el Área Rural del mismo Departamento o un Departamento distinto,
los Proveedores deberán permitir la marcación a sus usuarios, vía un Proveedor de
Larga Distancia.
• Equipos terminales localizados en un Área Rural de un mismo Departamento, los
Proveedores deberán permitir la libre elección de marcación a sus usuarios,
mediante marcación directa de la Zona de Numeración Móvil y mediante marcación
vía un Proveedor de Larga Distancia.
• Equipos terminales localizados en Áreas Rurales de distintos Departamentos, los
Proveedores deberán permitir la marcación a sus usuarios, vía un Proveedor
27. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
de Larga Distancia.
c. Para llamadas entre una red de Servicio Básico Local (o Servicio de
Teléfonos
Públicos) y una red de Servicio Básico Móvil, entre:
• Un equipo terminal localizado en un Área de Servicio (establecida en el respectivo
Contrato de Concesión y acorde con el Reglamento a la Ley de
Telecomunicaciones), y otro terminal localizado en el Área Rural del mismo
Departamento o un Departamento distinto, los Proveedores deberán permitir la
marcación a sus usuarios, vía un Proveedor de Larga Distancia.
d. Para llamadas entre una red con obligaciones de Acceso Universal Rural y una
red de Servicio Básico Móvil, entre:
• Equipos terminales localizados en un Área Rural de un mismo Departamento, el
Proveedor deberá permitir la libre elección de marcación a sus usuarios, mediante
marcación directa de la Zona de Numeración Móvil/Fija según corresponda y
mediante marcación vía un Proveedor de Larga Distancia.
• Equipos terminales localizados en Áreas Rurales de distintos Departamentos, el
Proveedor deberá permitir la marcación a sus usuarios, vía un Proveedor de Larga
Distancia.
El cumplimiento efectivo de los casos anteriormente descritos, es resultado de que
los Operadores Móviles que presten servicio en el Área Rural, deberán establecer un
punto de interconexión por Departamento, salvo otra determinación señalada por la
Superintendencia de Telecomunicaciones, que preserve el principio de eficiencia, al
menos técnica y económica.
Para los casos en los que los operadores o proveedores deban permitir la libre elección de
marcación a sus usuarios, mediante marcación directa de la Zona de Numeración Móvil y
mediante marcación vía un Proveedor de Larga Distancia; éstos deberán previamente
proporcionar a los usuarios, la suficiente y debida información que evite confusiones y
ofrezca las mejores alternativas de elección.
10. PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN DE NÚMEROS
La numeración es un recurso limitado del Estado. La Administración y mantenimiento del
Plan de Numeración corresponde a la Superintendencia de Telecomunicaciones.
La Superintendencia de Telecomunicaciones atenderá las solicitudes de numeración,
códigos e indicativos, a que hace referencia el presente Plan. Asimismo, podrá crear una
entidad Registradora de Números Portables para que administre y asigne los números
portables a los clientes y proveedores de servicio, conforme a reglamentación a ser
emitida oportunamente.
10.1. Asignación de Números para Servicios Básicos Locales y Móviles
Los dígitos correspondientes a los símbolos P, PQ y PQR serán asignados a cada
Operador de Servicio Básico Local, según el Área de Servicio Local de que se trate.
Los dígitos correspondientes a los símbolos PQR, serán asignados a cada Operador de
Servicio Básico Móvil Celular, PCS, de Despacho, así como también a nuevos servicios
móviles, mediante Resolución Administrativa.
Los dígitos correspondientes a los símbolos MCDU aleatorios, deberán ser distribuidos
por los Operadores de servicios básicos a sus abonados, de acuerdo a sus necesidades.
Teniendo presente que la numeración es un recurso escaso del estado, los números
28. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
MCDU de significación especial serán otorgados por los operadores mediante
mecanismos competitivos, y las recaudaciones emergentes serán depositadas en las
cuentas fiscales a designarse oportunamente.
La asignación de series de numeración geográficos y móviles a los Operadores tendrán
una vigencia de un año. El Operador notificará a SITTEL la fecha de puesta en servicio de
la numeración. Si la asignación no se pone en servicio en el plazo antes mencionado,
será causal de revocatoria de la asignación, y podrá SITTEL reasignar a otro Operador la
numeración.
Una vez notificada la fecha de puesta en servicio de la numeración, por parte del
Operador, SITTEL notificará al resto de los Operadores para que habiliten la numeración
en sus centros de conmutación, en un plazo máximo de 10 días calendario.
10.1.1. Asignación de numeración para el Área Rural (Mod. p/RAR 2006/2916)
Al ser la numeración un recurso limitado, se preservará, por una parte, el uso de los
mecanismos competitivos para la asignación de recursos escasos, y por otra, los objetivos
y políticas del Plan de Apertura de Mercado y del Plan Nacional de Desarrollo de Bolivia
2006-2010.
Por lo que, la cantidad de rangos de numeración asignados a los operadores para el área
rural, guardarán relación con las extensiones geográficas a cubrir con el servicio, el
número de potenciales usuarios a beneficiarse en las referidas zonas, la rapidez en la
implementación de los sistemas y equipos de acceso, la calidad del servicio, y el grado de
utilización efectivo que se vaya proporcionando a los recursos asignados en el corto
plazo.
10.2. Asignación de Numeración No Geográfica
Los Números No Geográficos son números virtuales, por lo tanto, requieren de una
traducción para encontrar el número real asociado y encaminar la llamada al equipo
terminal de red.
Los Números No Geográficos tienen la característica de ser portables, y se asignan al
cliente, pudiendo éste cambiar de proveedor de servicio, manteniendo sin alterar el
número No Geográfico
Los números No Geográficos serán distribuidos por la Superintendencia de
Telecomunicaciones o la entidad que ésta designe, por intermedio de los proveedores de
servicios básicos, quienes los solicitarán a nombre de cada cliente específico.
Los números adjudicados no podrán ser transferidos, negociados ni cedidos a terceros,
sino que al hacer dejación de uso de los mismos se revertirán a disposición del estado.
La Superintendencia de Telecomunicaciones adjudicará dichos números al cliente
mediante mecanismos competitivos, o procederá a revertirlos, a través de normas y
reglamentos a ser emitidos oportunamente.
10.2.1. Apertura de Indicativos para Servicios No Geográficos.
La solicitud de apertura de un nuevo Indicativo de Servicio No Geográfico (ABC), diferente
a los servicios existentes en el presente Plan, deberá ser presentada por el Proveedor de
Servicio a la Superintendencia de Telecomunicaciones, con la descripción del servicio que
se pretende prestar y el Indicativo de Proveedor de Servicio No Geográfico propuesto.
10.3.- Apertura de números internacionales de Servicio Mundial y Red.
29. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
La reserva, asignación y reclamaciones para indicativos de país E.164 y para Códigos de
Identificación (IC) asociados, los solicitará a la TSB de la UIT la Superintendencia de
Telecomunicaciones.
10.4.- Asignación de Códigos Identificador de Proveedores de Larga Distancia.
La Superintendencia de Telecomunicaciones asignará los Códigos (XY) a los
Proveedores de Servicios de Larga Distancia, a solicitud del Operador, de acuerdo al
ANEXO 1 del PLAN DE APERTURA PARA EL MERCADO DE TELECOMUNICACIONES
DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA (5. POLÍTICA SOBRE EL ACCESO DEL USUARIO
FINAL AL PORTADOR DE LARGA DISTANCIA Inciso 5.2).
10.5.- Asignación de Códigos de Servicios Especiales
Se establece que por la naturaleza del uso de los códigos abreviados de Servicios
Especiales, y dado lo escaso de este recurso, se restringirá la asignación de éstos en el
caso de servicios comerciales. Los operadores podrán solicitar numeración adicional caso
por caso, y se uniformará el uso de los mismos en el ámbito nacional.
10.6. Portabilidad Numérica
Es un objetivo del presente Plan la eventual implementación de la portabilidad numérica, y
el establecer las condiciones que la hagan viable.
Los Planes Técnicos Fundamentales de Numeración, Señalización y Encaminamiento,
una vez implementados brindarán la base para elaborar un reglamento específico al
respecto.
11.- ZONAS DE NUMERACIÓN
El Plan de Numeración establece tres (3) Zonas de Numeración en el país. Las Zonas de
Numeración se encuentran representadas por el símbolo “A” en el Numero Nacional
Geográfico. En cada Zona de Numeración existen rangos de numeración para las
centrales de las Áreas de Servicio Local (ASL).
A continuación se indican en el Cuadro los Departamentos que se encuentran en cada
Zonas de Numeración:
ZONA DE NUMERACIÓN DEPARTAMENTOS
2 La Paz; Oruro; Potosí
3 Santa Cruz; Beni; Pando
4 Cochabamba; Chuquisaca; Tarija
Se ha asignado el dígito siete (7) como Zona de Numeración Uniforme Móvil en todo el
territorio nacional para el acceso desde la RPTC/RDSI a las redes de servicio móvil
terrestre.
La figura N° 1 muestra las tres Zonas de Numeración en el país. En las figuras N° 2, 3 y 4
se muestran las áreas de servicio local en cada zona de numeración.
12.- PROCEDIMIENTO DE MIGRACIÓN DE LA NUMERACIÓN
El presente Plan de Numeración hace cambios en la longitud del Número Nacional
Geográfico de siete a ocho cifras a nivel Nacional. Se reagrupan las ocho áreas de
30. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
numeración regional en sólo tres Zonas de Numeración Geográficas en la República de
Bolivia, que incluyen a los nueve departamentos.
En los Cuadros N° 1, 2 y 3 del Anexo B, se indica l a tabla de Migración de Números para
las tres Zonas de Numeración Geográfica. El cuadro N° corresponde a la Migración de la
4
Numeración de Servicios Móviles.
12.01 (Mod. p/RAR 2002/0533)
“En tanto se implante un sistema para efectivizar la portabilidad numérica, la
Superintendencia de Telecomunicaciones autorizará a solicitud de parte de los
operadores de servicios básicos de telecomunicaciones, bloques numéricos específicos
de Numeración No Geográfica mediante Resolución Administrativa Regulatoria expresa.”
13.- RESERVA DE NUMERACIÓN (Mod. p/RAR 2006/2916)
En el Anexo C se incluyen los Cuadros N° 1 y 2 que muestran la separación de los rangos
por zona de numeración geográfica para las zonas 2, 3, 4 y 7 para los recursos de
numeración geográfica.
En el Anexo C se incluyen los Cuadros N° 5, 6, 7 que muestran la Reserva de
Numeración Geográfica para las tres Zonas de Numeración Geográfica. El Cuadro N° 8
representa la Reserva Global para las Zonas Geográficas. Existe una reserva adicional no
utilizada a nivel del dígito “R” en algunas localidades que no está indicada en este
Cuadro. El Cuadro N° 9 muestra la Reserva de numeración para los Servicios Móviles.
31. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
Z O N A S D E N U M E R A C IÓ N
P A N D O G uayaram erín
C O B IJA R ib eralta
P E R Ú
M ag dalena
P A Z
B E N I
R ey es
Santa A na
R urren abaqu e
San B uen aventu ra TR IN ID AD
2 San B orja San Ignacio de M ox os
L A
C aran avi
C o pacab ana S an M atías
LA PA Z SA NTA CR UZ
Patacam aya CO CH A B A M B A
C hallap ata
C o chaba m ba 3
C apino ta S an J osé de C hiqu itos
OR UR O
Hu anu ni 4 SA N T A CR UZ
R obo ré
L lallagua
OR U R O SU C RE
P uerto Suarez
Gutierrez
POT O SI M on teagud o
C haragua
U yun i C am iri
C H UQ UISA C A
PO T O S Í
Tu piza
C am arg o
TARIJA V illam ontes
PARAGUAY
TARIJA
Yacuib a
V illazón
B erm ejo
AR G E N T I N A
FIGURA N°1
32. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
NÚMERO DE LAS ÁREAS DE
SERVICIO LOCAL EN LA ZONA 2
PANDO
P A Z
823
L A
Caranavi
Copacabana
2
COCHABAMBA
862 LA PAZ
839
Patacamaya
Challapata 557
ORURO
52 Huanuni
55 Llallagua
58
ORURO
62
POTOSI
693
Uyuni CHUQUISACA
POTOSÍ 694
Tupiza
TARIJA
Villazón
596
FIGURA N°2
33. PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN
NÚMERO DE LAS ÁREAS DE SERVICIO
LOCAL EN LA ZONA 3
855
842
852/7 Guayaramerín
COBIJA Riberalta
P A N D O
B E N I 886
Magdalena
825
484
Reyes
Santa Ana
892 Rurrenabaque
San Buenaventura TRINIDAD
46
LA PAZ San Borja 482
San Ignacio de Moxos
895
San Matías
SANTA CRUZ 979
COCHABAMBA 972
3
San José de Chiquitos
SANTA CRUZ
Roboré
974
976
954 Puerto Suarez
Gutierrez
CHUQUISACA 954 Charagua
Camiri
952
FIGURA N° 3