Este documento resume la norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. La norma establece límites máximos de contaminantes permitidos para residuos industriales líquidos con el fin de mejorar la calidad ambiental de las aguas servidas y proteger los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas. Prohíbe la dilución de residuos industriales con otras aguas y que los sedimentos generados sean dispuestos
2. agropecuario, ria. Viene del latin
(De agro- y pecuario).
Agricultura y animales
1. adj. Que tiene relación con la agricultura y
la ganadería. (Rae)
2. (agricultural, farming) termino con el que
se designa a todas aquellas actividades que
están relacionadas con la agricultura y la
ganadería. (Dca)
3. Spedding (1979) de la siguiente manera:
“ es una actividad del hombre; primeramente
para producir alimentos y fibras por medio de
la utilización, control y manejo de los
animales y plantas”.
5. Tipo Norma :Decreto 609
Fecha Publicación :20-07-1998
Fecha Promulgación :07-05-1998
Organismo :MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Título :
ESTABLECE NORMA DE EMISION PARA LA
REGULACION DE CONTAMINANTES ASOCIADOS A
LAS DESCARGAS DE RESIDUOS INDUSTRIALES
LIQUIDOS A SISTEMAS DE ALCANTARILLADO.
6. 1.- mejorar la calidad ambiental de las aguas
servidas que los servicios públicos de
disposición éstas vierten a los cuerpos de
agua terrestres o marítimos mediante el
control de los contaminantes líquidos de
origen industrial, que se descargan en los
alcantarillados.
7. 1.2.- Orientada a proteger y preservar los
servicios públicos de recolección y
disposición de aguas servidas mediante el
control de las descargas de residuos
industriales líquidos, que puedan producir
interferencias con los sistemas de
tratamiento de aguas servidas, o dar lugar a
la corrosión, incrustación, u obstrucción de
las redes de alcantarillado o a la formación de
gases tóxicos o explosivos en las mismas, u
otros fenómenos similares.
8. punto articulo requisito C N/C N/A Observaciones
2.1 establece los
límites máximos de
contaminantes
permitidos para
residuos industriales
líquido
x
2.2 La norma de emisión se
aplicará en todo el
territorio nacional.
x
2.3 Los residuos industriales
líquidos no podrán
contener sustancias
radiactivas, corrosivas,
venenosas, infecciosas,
explosivas o
inflamables, sean éstas
sólidas, líquidas, gases
o vapores, y otras de
x Los residuos
industriales
liquidos son
tratados con
una planta de
tratamiento al
interior del
frigorifico.
9. punto Articulo requisito C N/C C/A Observación
2.4 no se debe usar como
procedimiento de tratamiento la
dilución de los residuos
industriales líquidos con aguas
ajenas al proceso industrial
x Se separan
las aguas de
uso común,
vs las
industriales
2.5 Los sedimentos, lodos y/o
sustancias sólidas provenientes
de sistemas de tratamiento de
residuos industriales líquidos no
deben disponerse en cuerpos
receptores o en servicios
públicos de recolección de aguas
servidas
x Son
incineradas
o dispuestas
para su
arrojamiento
a vertederos
sanitarios.
2.6 El volumen de descarga diario,
VDD (m³/día) no
deberá afectar la operación
normal del servicio público
de recolección y tratamiento de
aguas servida
x