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ISLACIÓN AMBIENTAL EN MÉXICO
LE G
LA LEY EN RELACIÓN CON
 LA POLÍTICA AMBIENTAL


na política ambiental nos permite desarrollar
estrategias encaminadas a conseguir una
ordenación del ambiente, cuando se estima que
dicha ordenación no puede lograrse sino
mediante una intervención deliberada del
hombre sobre la realidad.


s el marco de referencia permanente de la
gestión ambiental.
n México el establecimiento de una política nacional para
la protección del ambiente por la autoridad ambiental
federal a través de los años ha logrado avances que son
innegables; un hecho concluyente de ese proceso está
constituido por la expedición de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA,
1988)
ANTECEDENTES LEGALES

 espués de 1972 se comenzaron a promulgar leyes
 ambientales.
rticulo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos aprobada en 1917.




La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los
limites del territorio nacional corresponden originariamente a la
nacion, la cual ha tenido el derecho de transmitir el dominio de
ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada”
MARCO JURÍDICO
                                                                                           AMBIENTAL                  NOM-141
                                                                                                                                        NOM-147
                                                                                                                                       SEMARNAT/
                                                                                                                                        SSA1-04
                                                                                                                                                       NOM-148
                                                                                                                                                     SEMARNAT-06     NOM-034
                                                                                                                    SEMARNAT-03                                    SEMARNAT -93
                                                                                                      NOM-137                                                                            NOM-035
                                                                                                    SEMARNAT-03                                                                        SEMARNAT -93
                                                                                      NOM-133                                                                                                            NOM-036
                                                                                    SEMARNAT-00                                                                                                        SEMARNAT -93


                                                                          NOM-123                                                                                                                                      NOM-037
                       NMX-AA                                           SEMARNAT -98                                                                                                                                 SEMARNAT -93

                       114-1991
                                                              NOM-121
                                                            SEMARNAT -97                                                                                                                                                        NOM-038
                                                                                                                                                                                                                              SEMARNAT -93

                                                                                                                          Reglamento
                                                  NOM-120
                                                SEMARNAT-97                                                              de la LGEEPA
                                                                                                                         en materia de                                                                                                   NOM-039
                                                                                                                                                                                                                                       SEMARNAT -93
                                                                                                                    Registro de Emisiones y
                                            NOM-117
                                                                                                                       Transferencia de
                                          SEMARNAT-98                                                                   Contaminantes
                                                                                                                                                                                                                                                  NOM-040
                                                                                                                                                                                                                                                SEMARNAT-02


   NMX-AA                           NOM-116                                                                                                             Ley Federal
   56-1979                        SEMARNAT-05

                                                                           Reglamento
                                                                                                                                                            De                                                                                          NOM-042

                                                                          de la LGEEPA                                                                Procedimiento                                                                                   SEMARNAT -99
                                                                                                                                                                                                      Reglamento de la                                                       NMX-AA
                                                                          en materia de                                                               Administrativo                                    LGEEPA en                                                            54-1978
                              NOM-115
                            SEMARNAT-03                                   Evaluación del                                                                                                                materia de
                                                                             Impacto                                                                                                                     Atmósfera                                         NOM-043
                                                                                                                                                                                                                                                         SEMARNAT -93
                                                                            Ambiental
                           NOM-114
                         SEMARNAT -98
                                                                                                                                Constitución                                                                                                                 NOM-044
                                                                                                                                                                                                                                                           SEMARNAT -93
                                                                                                                                Política de los
                            NOM-113                                                                                            Estados Unidos                              Ley General                                                                                          NMX-AA
                          SEMARNAT -98                                                    Ley General
NMX-AA                                                                                      para la                              Mexicanos                                del Equilibrio                                                                   NOM-046
                                                                                                                                                                                                                                                                               010-1974
                                                                                                                                                                                                                                                         SEMARNAT -93
55-1979                                                                                   Prevención                                                                       Ecológico y
                                NOM-105                                                     Integral                                                                      La Protección
                              SEMARNAT -96
                                                                                        de los Residuos                                                                    al Ambiente
                                                                                                                                                                                                                                                        NOM-051
                                                                                                                                                                                                                                                      SEMARNAT -93


                                     NOM-097
                                   SEMARNAT -95
                                                                                                                                                                                                                                                  NOM-052
                                                                                                                                                                                                                                                                            NMX-AA
                                                                                                                                                                                                                                                SEMARNAT -05                35-1976
                                              NOM-087                                                                                                                               Reglamento de
                                             SEMARNAT-
                                               SSA1-02                                                                                                                              la Ley General
                                                                                                                                                                                  para la Prevención                                     NOM-053
                                                                                                                                                                                                                                       SEMARNAT -93
                                                          NOM-086
                                                                                                                    Reglamento                                                        Integral de
                                                         SEMARNAT-
                                                                                                                                                                                     los Residuos
           NMX-AA
                                                        SENER-SCFI-05                                              de la LGEEPA                                                                                                 NOM-054
          09-93-SCFI                                                                                               en materia de                                                                                              SEMARNAT -93
                                                                    NOM-085
                                                                  SEMARNAT -94                                       Auditoría
                                                                                                                     Ambiental                                                                                        NOM-055
                                                                                                                                                                                                                                                                NMX-AA
                                                                                                                                                                                                                    SEMARNAT-03
                                                                                   NOM-083                                                                                                                                                                     11-93-SCFI
                                                                                 SEMARNA 03                                                                                                            NOM-056
                                                                                                NOM-082                                                                                              SEMARNAT -93
                                                                                              SEMARNAT -94                                                                              NOM-057
                                                                                                                                                                                      SEMARNAT -93
                                                                                                               NOM-081                                                   NOM-058
                                                                                                             SEMARNAT -94     NOM-079                                  SEMARNAT -93
                                                                                                                                             NOM-076      NOM-075
                                                                                                                            SEMARNAT -94
                                                                                                                                           SEMARNAT -95 SEMARNAT -95
CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DE LAS
                        LEYES.
    as normas ambientales se configuran con la tipología funcional siguiente:



    nterpretativas

    ermisivas

    isuasivas

    ompensatorias

    rohibitivas

    imitativas
NORMAS DE
INTERPRETACIÓN

   on definitorias y establecen el sentido correcto
   de un vocablo en el cuerpo de la ley.




   jemplo: El Articulo 1˚ de la LGEEPA: …. Sus
   disposiciones son de orden publico e interes
   social…., etc.
NORMAS PERMISIVAS

 stablecen las condiciones que permitan un uso o
 empleo sancionado por una autoridad que reglamenta
 un uso o derecho.




 jemplo: el calendario cinegético de la temporada,
 manifiestos o guías ecologías.
NORMAS PROHIBITIVAS


 rohíben un uso o costumbre y lo colocan fuera de la
 ley.




 jemplo: articulo 155, Quedan prohibidas las emisiones
 de ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica y la
 generación de contaminación visual, en cuanto
 rebasen los limites máximos permitidos en las NOM
NORMAS PRECEPTIVAS


 an normas de comportamiento que delimitan la
 conducta por la ley.




 jemplo: Articulo 110, Fracc. I de la LGEEPA, la calidad
 del aire debe ser satisfactoria…
NORMAS SANCIONADORAS O
PENALES

 ndican el castigo que recae sobre el infractor de la
 ley.




 jemplo: Articulo 56 del Código Penal (fuero federal) se
 impondra pena de tres meses a seis años de prision y
 multa a quien …
NORMAS PROCESALES

 arcan procedimientos administrativos para
 desarrollar instancias o tramites.




 jemplo: Articulo 176 LGEEPA… El recurso de revision
 se interpondra directamente ante la autoridad que
 emitio la resolucion impugnada…
NORMAS ORGANIZATIVAS


 stablecen las relaciones jerarquicas y funcionales del
 sistema administrativo estatal.




 jemplo: Articulo 156, La secretaría en coordinacion
 con organismos publico o privados, internacionales…,
 etc.
FORMULACIÓN DE LA
POLÍTICA AMBIENTAL
Gestion Ambiental
AUDITORÍA AMBIENTAL
Artículo 4º

…Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las
bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la
concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de
salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de
esta Constitución.

…Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo
y bienestar.

Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos
derechos.

El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez
y el ejercicio pleno de sus derechos.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al
cumplimiento de los derechos de la niñez

                                                      D. O. F. 27 de septiembre de 2004
AUDITORÍA AMBIENTAL

Artículo 25

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea
integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático
y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa
distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad
de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.

El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y
llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general
en el marco de libertades que otorga esta Constitución.




                                                            D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
AUDITORÍA AMBIENTAL
Artículo 27
Párrafo tres (Planeación)

La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades
que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los
elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa
de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el
mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.


En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y
establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto
de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y
crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el
fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la
organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña
propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás
actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y
los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad (D. O. F. 5 de febrero de 1917).
AUDITORÍA AMBIENTAL
Artículo 28
Párrafo cuarto


… No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de
manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y
radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica;
minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad y las
actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso
de la Unión.




                                              D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
Artículo 73, fracción XXIX-G.




XXIX-G.- Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del
Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios,
en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección
al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico (5
de febrero de 1917 Cámara de Senadores 2005).




                                            D. O. F. 27de septiembre de 2004.
Artículo 89 Fracción I.- Las facultades y obligaciones del Presidente son
las siguientes:


I.- Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión,
proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia;




                                             D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
Artículo 115

V.- Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales
    relativas, estarán facultados para:

a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano
   municipal;


b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;


c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán
    estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la
    Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán
    asegurar la participación de los municipios;


d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia,
    en sus jurisdicciones territoriales;


                                                       D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;

f) Otorgar licencias y permisos para construcciones;

g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas
ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento
en esta materia;

h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte
público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e

i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas
federales. En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el
párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los
reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios;



                                                   D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
LEY GENERAL DEL
EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y
      LA PROTECCIÓN AL
              AMBIENTE

ara detener el deterioro de los ecosistemas del
país y mejorar las condiciones naturales de
calidad de vida de los mexicanos.


ue publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 28 de enero de 1988.
TIENE POR OBJETO:
arantizar el derecho de toda persona a vivir en un
medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud,
bienestar.


efinir los principios de la política ambiental y los
instrumentos para su aplicación.


reservar y proteger la biodiversidad.


stablecimiento y administración de las aéreas
naturales protegidas.
FACULTADES DE LA
                     FEDERACIÓN

   Articulo 5° de la LGEEPA



Se agrupa en los siguientes rubros:
   Planeación y política ambiental
   Asuntos internacionales
   Regulación y normalización
   Actividades altamente riesgosas
FACULTADES DE LOS
                  ESTADOS


rticulo 7° de la LGEEPA




a política ambiental estatal responde a las
características ecológicas de la propia entidad y
guarda concordancia con los lineamientos de
acción nacional que establece la federación.
FACULTADES DE LOS
                MUNICIPIOS


rtículo 8° de la LGEEPA




esponde a los programas de ordenamiento
ecológico local de su territorio, determinar los
usos del suelo, determinar las aéreas naturales
protegidas dentro de su territorio.
POLÍTICA AMBIENTAL
               (PRINCIPIOS)


a aplicación de la ley seria una actividad ociosa si
no se encaminara a la formulación de una
política legislativa o ambiental en beneficio de la
propia sociedad.
PRINCIPIOS:

os ecosistemas y sus elementos deben ser
aprovechados de manera sustentable.


oda la sociedad es responsable de preservar el
equilibrio ecológico.


uien dañe el ambiente debe reparar el daño o asumir
el costo de dicha afectación.


e debe garantizar el derecho de las comunidades,
incluyendo a los pueblos indígenas, a la protección,
stos lineamientos y principios de política
ambiental están orientados a fomentar la
participación ciudadana en los procesos que les
afectan.
LA LGEEPA SE COMPONE DE 6
         GRANDES TÍTULOS
AUDITORÍA AMBIENTAL


Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente


Artículo 30. Para llevar a cabo la evaluación del impacto ambiental en las
     materias que se señalan en los dos artículos anteriores, se requerirá la
     siguiente información, para cada obra o actividad:

Su naturaleza, magnitud y ubicación;
Su alcance en el contexto social, cultural, económico y ambiental,
    considerando la cuenca hidrológica donde se ubique;
Sus efectos directos o indirectos en el corto, mediano o largo plazo, así como
    la acumulación y naturaleza de los mismos;
Las medidas para evitar o mitigar los efectos adversos.
    De la normatividad estatal.
    De las medidas de protección de áreas naturales.
    De la investigación y educación ambiental.
    De la información y vigilancia.
De la autorregulación y auditorías ambientales
                                                           D. O. F. 13 de junio de 2003
AUDITORÍA AMBIENTAL

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), es la
    fuente de referencia obligada en cuanto a normatividad ambiental en México se
    refiere.

1. Títulos que conforman la LGEEPA. Titulo / Descripción

I. Disposiciones generales. Contiene cuatro capítulos de los cuales tan solo el cuarto
     contiene ocho secciones. La sección séptima contiene lo referente a autorregulación y
     auditorias ambientales.
II. Biodiversidad. Contiene tres capítulos y es donde se trata lo referente a las áreas
     naturales protegidas.
III. Aprovechamiento sustentable de los elementos naturales. Contiene tres capítulos
     donde se atiende lo referente a aprovechamiento de especies acuá-ticas,
     aprovechamiento del suelo y sobre la explotación de los recursos no renovables.
IV. Protección al ambiente. Contiene ocho capítulos referente a la prevención y control
     de la contaminación de la atmósfera, agua, suelo, actividades altamente riesgosas,
     materiales y residuos peligrosos, energía nuclear y ruido.
V. Participación social e información ambiental. Con dos capítulos muy importantes
     sobre la participación social y el derecho a la información ambiental.
VI. Medidas de control y seguridad y sanciones. En siete capítulos desarrolla los
     mecanismos para dar cumplimiento a la ley y las sanciones por su violación.
                                                             D. O. F. 13 de junio de 2003
AUDITORÍA AMBIENTAL


Se adecua a las exigencias de la Agenda XXI de la cual México es signatario
así como para actualizar algunos conceptos a la realidad haciéndolos más
claros y menos discrecionales.


Se crea un marco regulatorio para el programa nacional de auditorias
ambientales de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
(PROFEPA) y para la implementación de los ocho componentes del nuevo
Sistema Integral de Gestión y Regulación Ambiental (SIRG) el cual se publicó
en abril de 1977.


Se reconoce en la auditoría una virtud importante para la gestión ambiental en
el sector industrial.


A nivel internacional existen varios intentos de crear un sistema de auditoría
que permita establecer una base común para todos los países.
                                                                  Calderón B. 1994
OTROS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS RELACIONADOS
CON LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE Y LA
PRESERVACIÓN Y USO RACIONAL DE LOS RECURSOS
NATURALES
LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y
                                   GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
                                                          (LGPYGIR)

ublicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 8 de octubre
del 2003.


us disposiciones son de orden publico e interés social y tienen por
objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente
adecuado para propiciar el desarrollo sustentable de los residuos
sólidos urbanos para prevenir la contaminación de sitios con estos
residuos y llevar a cabo su remediación


sí como establecer las bases para:


Ley federal de caza (LFC): Publicada en el diario oficial de la
federación (DOF) el 5 de enero de 1952 reformada el 31 de
diciembre de 1981 y 13 de diciembre 1996


iene por objeto orientar y garantizar la conservación, restauración y
Ley forestal (LF): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 9 de
diciembre de 1992 y reformada el 13 de diciembre de 1996.


iene por objeto regular y fomentar la conservación, protección, restauración,
aprovechamiento, manejo, cultivo y producción de los recursos forestales del país.




Ley Federal de Pesca (LFP): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 25
de junio de 1992. Tiene por objeto reglamentar el articulo 27 constitucional en lo
relativo a los recursos naturales que constituyen la flora y fauna cuyo medio de vida
total, parcial o temporal, es el agua.
Ley General de Asentamientos Humanos (LGAH): Publicada en el diario oficial de la
federación (DOF) el 26 de mayo de 1976 y reformada el 21 de julio de 1993.


iene por objeto establecer la concurrencia de la Federación, de las entidades federativas y
de los municipios, para la ordenación y regulación de los asentamientos humanos a nivel
nacional, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.




Ley Federal del Mar (LFM): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 8 de
enero de 1986.


sta ley es de jurisdicción federal, rige en las zonas marinas que forman parte del territorio
nacional y, en lo aplicable, mas allá de éste en las zonas marina donde la nación ejerce
derechos de soberanía, jurisdicción y otros derechos.
Ley Federal de Derecho de Aguas Nacionales (LFDAN): Publicada en el diario oficial de la
federación (DOF) el 1 de diciembre de 1992.


iene por objeto reglamentar el articulo 27 constitucional en materia de aguas nacionales,
en lo particular regular la explotación, uso o aprovechamiento de aguas, su distribución y
control, así como la preservacion de su cantidad y calidad.




 Ley Federal Agraria (LFA): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 26 de
febrero de 1992 y reformada el 9 de julio de 1993.


iene por objetivo reglamentar el articulo 27 constitucional en materia agraria.
ódigo Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la Republica en
Materia del Fuero Federal: Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el el 14 de
agosto de 1931 y reformado el 13 de diciembre de 1996.


iene por objeto, entre otros, establecer quienes son los individuos o personas considerados
como imputables, las conductas típicas calificadas como delictivas, así como las penas que a
favor del orden publico podrán ser impuestas por quienes incurran en dichas conductas.




ey federal sobre Metrología y Normalización: Publicada en el diario oficial de la federación
(DOF) el 1 de julio de 1992.


iene por objeto; en materia de normalización, certificación, acreditamiento y verificación,
fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboración y observancia de normas oficiales
mexicanas y normas mexicanas.




ey Federal de Derechos: Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 30 de
diciembre de 1996 (se actualiza cada 6 meses).
GRACIAS POR SU
ATENCIÓN!!! :D

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  • 1. ISLACIÓN AMBIENTAL EN MÉXICO LE G
  • 2. LA LEY EN RELACIÓN CON LA POLÍTICA AMBIENTAL na política ambiental nos permite desarrollar estrategias encaminadas a conseguir una ordenación del ambiente, cuando se estima que dicha ordenación no puede lograrse sino mediante una intervención deliberada del hombre sobre la realidad. s el marco de referencia permanente de la gestión ambiental.
  • 3. n México el establecimiento de una política nacional para la protección del ambiente por la autoridad ambiental federal a través de los años ha logrado avances que son innegables; un hecho concluyente de ese proceso está constituido por la expedición de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA, 1988)
  • 4. ANTECEDENTES LEGALES espués de 1972 se comenzaron a promulgar leyes ambientales.
  • 5. rticulo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos aprobada en 1917. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los limites del territorio nacional corresponden originariamente a la nacion, la cual ha tenido el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada”
  • 6.
  • 7. MARCO JURÍDICO AMBIENTAL NOM-141 NOM-147 SEMARNAT/ SSA1-04 NOM-148 SEMARNAT-06 NOM-034 SEMARNAT-03 SEMARNAT -93 NOM-137 NOM-035 SEMARNAT-03 SEMARNAT -93 NOM-133 NOM-036 SEMARNAT-00 SEMARNAT -93 NOM-123 NOM-037 NMX-AA SEMARNAT -98 SEMARNAT -93 114-1991 NOM-121 SEMARNAT -97 NOM-038 SEMARNAT -93 Reglamento NOM-120 SEMARNAT-97 de la LGEEPA en materia de NOM-039 SEMARNAT -93 Registro de Emisiones y NOM-117 Transferencia de SEMARNAT-98 Contaminantes NOM-040 SEMARNAT-02 NMX-AA NOM-116 Ley Federal 56-1979 SEMARNAT-05 Reglamento De NOM-042 de la LGEEPA Procedimiento SEMARNAT -99 Reglamento de la NMX-AA en materia de Administrativo LGEEPA en 54-1978 NOM-115 SEMARNAT-03 Evaluación del materia de Impacto Atmósfera NOM-043 SEMARNAT -93 Ambiental NOM-114 SEMARNAT -98 Constitución NOM-044 SEMARNAT -93 Política de los NOM-113 Estados Unidos Ley General NMX-AA SEMARNAT -98 Ley General NMX-AA para la Mexicanos del Equilibrio NOM-046 010-1974 SEMARNAT -93 55-1979 Prevención Ecológico y NOM-105 Integral La Protección SEMARNAT -96 de los Residuos al Ambiente NOM-051 SEMARNAT -93 NOM-097 SEMARNAT -95 NOM-052 NMX-AA SEMARNAT -05 35-1976 NOM-087 Reglamento de SEMARNAT- SSA1-02 la Ley General para la Prevención NOM-053 SEMARNAT -93 NOM-086 Reglamento Integral de SEMARNAT- los Residuos NMX-AA SENER-SCFI-05 de la LGEEPA NOM-054 09-93-SCFI en materia de SEMARNAT -93 NOM-085 SEMARNAT -94 Auditoría Ambiental NOM-055 NMX-AA SEMARNAT-03 NOM-083 11-93-SCFI SEMARNA 03 NOM-056 NOM-082 SEMARNAT -93 SEMARNAT -94 NOM-057 SEMARNAT -93 NOM-081 NOM-058 SEMARNAT -94 NOM-079 SEMARNAT -93 NOM-076 NOM-075 SEMARNAT -94 SEMARNAT -95 SEMARNAT -95
  • 8. CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DE LAS LEYES. as normas ambientales se configuran con la tipología funcional siguiente: nterpretativas ermisivas isuasivas ompensatorias rohibitivas imitativas
  • 9. NORMAS DE INTERPRETACIÓN on definitorias y establecen el sentido correcto de un vocablo en el cuerpo de la ley. jemplo: El Articulo 1˚ de la LGEEPA: …. Sus disposiciones son de orden publico e interes social…., etc.
  • 10. NORMAS PERMISIVAS stablecen las condiciones que permitan un uso o empleo sancionado por una autoridad que reglamenta un uso o derecho. jemplo: el calendario cinegético de la temporada, manifiestos o guías ecologías.
  • 11. NORMAS PROHIBITIVAS rohíben un uso o costumbre y lo colocan fuera de la ley. jemplo: articulo 155, Quedan prohibidas las emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica y la generación de contaminación visual, en cuanto rebasen los limites máximos permitidos en las NOM
  • 12. NORMAS PRECEPTIVAS an normas de comportamiento que delimitan la conducta por la ley. jemplo: Articulo 110, Fracc. I de la LGEEPA, la calidad del aire debe ser satisfactoria…
  • 13. NORMAS SANCIONADORAS O PENALES ndican el castigo que recae sobre el infractor de la ley. jemplo: Articulo 56 del Código Penal (fuero federal) se impondra pena de tres meses a seis años de prision y multa a quien …
  • 14. NORMAS PROCESALES arcan procedimientos administrativos para desarrollar instancias o tramites. jemplo: Articulo 176 LGEEPA… El recurso de revision se interpondra directamente ante la autoridad que emitio la resolucion impugnada…
  • 15. NORMAS ORGANIZATIVAS stablecen las relaciones jerarquicas y funcionales del sistema administrativo estatal. jemplo: Articulo 156, La secretaría en coordinacion con organismos publico o privados, internacionales…, etc.
  • 18. AUDITORÍA AMBIENTAL Artículo 4º …Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. …Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos. El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez D. O. F. 27 de septiembre de 2004
  • 19. AUDITORÍA AMBIENTAL Artículo 25 Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución. D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
  • 20. AUDITORÍA AMBIENTAL Artículo 27 Párrafo tres (Planeación) La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad (D. O. F. 5 de febrero de 1917).
  • 21. AUDITORÍA AMBIENTAL Artículo 28 Párrafo cuarto … No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
  • 22. Artículo 73, fracción XXIX-G. XXIX-G.- Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico (5 de febrero de 1917 Cámara de Senadores 2005). D. O. F. 27de septiembre de 2004.
  • 23. Artículo 89 Fracción I.- Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes: I.- Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia; D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
  • 24. Artículo 115 V.- Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios; d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
  • 25. e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; f) Otorgar licencias y permisos para construcciones; g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales. En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios; D. O. F. 27 de septiembre de 2004.
  • 26. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE ara detener el deterioro de los ecosistemas del país y mejorar las condiciones naturales de calidad de vida de los mexicanos. ue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988.
  • 27. TIENE POR OBJETO: arantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud, bienestar. efinir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación. reservar y proteger la biodiversidad. stablecimiento y administración de las aéreas naturales protegidas.
  • 28. FACULTADES DE LA FEDERACIÓN  Articulo 5° de la LGEEPA Se agrupa en los siguientes rubros:  Planeación y política ambiental  Asuntos internacionales  Regulación y normalización  Actividades altamente riesgosas
  • 29. FACULTADES DE LOS ESTADOS rticulo 7° de la LGEEPA a política ambiental estatal responde a las características ecológicas de la propia entidad y guarda concordancia con los lineamientos de acción nacional que establece la federación.
  • 30. FACULTADES DE LOS MUNICIPIOS rtículo 8° de la LGEEPA esponde a los programas de ordenamiento ecológico local de su territorio, determinar los usos del suelo, determinar las aéreas naturales protegidas dentro de su territorio.
  • 31. POLÍTICA AMBIENTAL (PRINCIPIOS) a aplicación de la ley seria una actividad ociosa si no se encaminara a la formulación de una política legislativa o ambiental en beneficio de la propia sociedad.
  • 32. PRINCIPIOS: os ecosistemas y sus elementos deben ser aprovechados de manera sustentable. oda la sociedad es responsable de preservar el equilibrio ecológico. uien dañe el ambiente debe reparar el daño o asumir el costo de dicha afectación. e debe garantizar el derecho de las comunidades, incluyendo a los pueblos indígenas, a la protección,
  • 33. stos lineamientos y principios de política ambiental están orientados a fomentar la participación ciudadana en los procesos que les afectan.
  • 34. LA LGEEPA SE COMPONE DE 6 GRANDES TÍTULOS
  • 35. AUDITORÍA AMBIENTAL Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Artículo 30. Para llevar a cabo la evaluación del impacto ambiental en las materias que se señalan en los dos artículos anteriores, se requerirá la siguiente información, para cada obra o actividad: Su naturaleza, magnitud y ubicación; Su alcance en el contexto social, cultural, económico y ambiental, considerando la cuenca hidrológica donde se ubique; Sus efectos directos o indirectos en el corto, mediano o largo plazo, así como la acumulación y naturaleza de los mismos; Las medidas para evitar o mitigar los efectos adversos. De la normatividad estatal. De las medidas de protección de áreas naturales. De la investigación y educación ambiental. De la información y vigilancia. De la autorregulación y auditorías ambientales D. O. F. 13 de junio de 2003
  • 36. AUDITORÍA AMBIENTAL La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), es la fuente de referencia obligada en cuanto a normatividad ambiental en México se refiere. 1. Títulos que conforman la LGEEPA. Titulo / Descripción I. Disposiciones generales. Contiene cuatro capítulos de los cuales tan solo el cuarto contiene ocho secciones. La sección séptima contiene lo referente a autorregulación y auditorias ambientales. II. Biodiversidad. Contiene tres capítulos y es donde se trata lo referente a las áreas naturales protegidas. III. Aprovechamiento sustentable de los elementos naturales. Contiene tres capítulos donde se atiende lo referente a aprovechamiento de especies acuá-ticas, aprovechamiento del suelo y sobre la explotación de los recursos no renovables. IV. Protección al ambiente. Contiene ocho capítulos referente a la prevención y control de la contaminación de la atmósfera, agua, suelo, actividades altamente riesgosas, materiales y residuos peligrosos, energía nuclear y ruido. V. Participación social e información ambiental. Con dos capítulos muy importantes sobre la participación social y el derecho a la información ambiental. VI. Medidas de control y seguridad y sanciones. En siete capítulos desarrolla los mecanismos para dar cumplimiento a la ley y las sanciones por su violación. D. O. F. 13 de junio de 2003
  • 37. AUDITORÍA AMBIENTAL Se adecua a las exigencias de la Agenda XXI de la cual México es signatario así como para actualizar algunos conceptos a la realidad haciéndolos más claros y menos discrecionales. Se crea un marco regulatorio para el programa nacional de auditorias ambientales de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) y para la implementación de los ocho componentes del nuevo Sistema Integral de Gestión y Regulación Ambiental (SIRG) el cual se publicó en abril de 1977. Se reconoce en la auditoría una virtud importante para la gestión ambiental en el sector industrial. A nivel internacional existen varios intentos de crear un sistema de auditoría que permita establecer una base común para todos los países. Calderón B. 1994
  • 38. OTROS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS RELACIONADOS CON LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE Y LA PRESERVACIÓN Y USO RACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES
  • 39. LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS (LGPYGIR) ublicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 8 de octubre del 2003. us disposiciones son de orden publico e interés social y tienen por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado para propiciar el desarrollo sustentable de los residuos sólidos urbanos para prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación sí como establecer las bases para: Ley federal de caza (LFC): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 5 de enero de 1952 reformada el 31 de diciembre de 1981 y 13 de diciembre 1996 iene por objeto orientar y garantizar la conservación, restauración y
  • 40. Ley forestal (LF): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 9 de diciembre de 1992 y reformada el 13 de diciembre de 1996. iene por objeto regular y fomentar la conservación, protección, restauración, aprovechamiento, manejo, cultivo y producción de los recursos forestales del país. Ley Federal de Pesca (LFP): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 25 de junio de 1992. Tiene por objeto reglamentar el articulo 27 constitucional en lo relativo a los recursos naturales que constituyen la flora y fauna cuyo medio de vida total, parcial o temporal, es el agua.
  • 41. Ley General de Asentamientos Humanos (LGAH): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 26 de mayo de 1976 y reformada el 21 de julio de 1993. iene por objeto establecer la concurrencia de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, para la ordenación y regulación de los asentamientos humanos a nivel nacional, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población. Ley Federal del Mar (LFM): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 8 de enero de 1986. sta ley es de jurisdicción federal, rige en las zonas marinas que forman parte del territorio nacional y, en lo aplicable, mas allá de éste en las zonas marina donde la nación ejerce derechos de soberanía, jurisdicción y otros derechos.
  • 42. Ley Federal de Derecho de Aguas Nacionales (LFDAN): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 1 de diciembre de 1992. iene por objeto reglamentar el articulo 27 constitucional en materia de aguas nacionales, en lo particular regular la explotación, uso o aprovechamiento de aguas, su distribución y control, así como la preservacion de su cantidad y calidad. Ley Federal Agraria (LFA): Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 26 de febrero de 1992 y reformada el 9 de julio de 1993. iene por objetivo reglamentar el articulo 27 constitucional en materia agraria.
  • 43. ódigo Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la Republica en Materia del Fuero Federal: Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el el 14 de agosto de 1931 y reformado el 13 de diciembre de 1996. iene por objeto, entre otros, establecer quienes son los individuos o personas considerados como imputables, las conductas típicas calificadas como delictivas, así como las penas que a favor del orden publico podrán ser impuestas por quienes incurran en dichas conductas. ey federal sobre Metrología y Normalización: Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 1 de julio de 1992. iene por objeto; en materia de normalización, certificación, acreditamiento y verificación, fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas. ey Federal de Derechos: Publicada en el diario oficial de la federación (DOF) el 30 de diciembre de 1996 (se actualiza cada 6 meses).