Este documento presenta información sobre la legislación ambiental en México. Explica que la Constitución Política de México establece el derecho a un medio ambiente sano y otorga facultades al Congreso para legislar sobre temas ambientales. También describe las principales leyes ambientales mexicanas como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y compara la legislación ambiental de México con la de Estados Unidos y Canadá.
1. Tema 5
Legislación Ambiental
“La ignorancia de la ley no excusa su incumplimiento.”
Pero los encargados de su aplicación, teniendo en cuenta el notorio atraso intelectual de
algunos individuos, o su miserable situación económica, podrán eximirlos de las sanciones
en que hubieran incurrido. (Art. 19, CCEG)
Ago.-Dic. 2012.
Ing. Pedro Pérez
1
2. En México, como en casi todo el mundo, el Derecho
Ambiental, surge como la respuesta a los problemas
ambientales inherentes al desarrollo de las sociedades, y dado el
crecimiento de las civilizaciones que siempre hemos intentado
dominar la naturaleza.
De manera que en la misma sociedad, se tienen que
establecer reglas que moderen el comportamiento de los
ciudadanos con el fin de proteger la naturaleza.
En nuestro país el derecho a una ambiente sano esta
establecido en la Constitución Política de los Estados unidos
Mexicanos. (Titulo primero, Art. 4.)
ING. PEDRO PEREZ
2
3. Capacitar al alumno en el
entendimiento, conocimiento y aplicación
de la Legislación Ambiental nacional
específica, permitiendo al futuro
profesional el manejo adecuado de las leyes
según su desempeño en la actividad publica
o privada.
ING. PEDRO PEREZ
3
4. 3.1.1. Definición del concepto.
La legislación, se refiere a un conjunto de leyes
de un estado sobre una materia o un sector; para el
caso de México, en materia ambiental, estas
funcionan para regular la interacción de la sociedad
y los componentes biofísicos, con el fin de reducir
los impactos de la actividad humana.
ING. PEDRO PEREZ
4
5. 3.1.2. Antecedentes y panorama de la legislación
ambiental en México.
1971.
1973.
1982.
1988.
1994.
1995.
2000.
• Ley federal para prevenir y controlar la contaminación ambiental.
• Se incorpora un capitulo “saneamiento del ambiente” en el código sanitario
• Ley federal de protección al ambiente
• Ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente
• Creación de la SEMARNAP.
• Publicación del programa nacional de medio ambiente y recursos naturales 1995-2000.
• La actual SEMARNAT publica el PNMARN 2001-2006
ING. PEDRO PEREZ
5
6. La política ambiental ha tenido un ámbito de acción limitado.
Los instrumentos promovidos poca
efectividad para modificar las principales
tendencias de degradación del ambiente y
de los recursos naturales
El presupuesto dedicado a los asuntos
ambientales es relativamente escaso
Consultar el PEF 2012, ramo 16.
MA y RN
ING. PEDRO PEREZ
6
7. No obstante, el desarrollo institucional observado…
…La cuestión ambiental ha continuado
al margen de la toma de decisiones de la
política económica y de los principales
sectores productivos.
Los costos de remediación ambiental son
elevados, por lo que el sector privado opta por
“pagar la multa sin remediar el daño”
ING. PEDRO PEREZ
7
8. 3.1.3. Ámbitos de competencia
De los tres poderes de la unión.
El supremo poder de la Federación, se divide pera su ejercicio en Legislativo,
Ejecutivo y Judicial. (Art. 49. CPEUM)
El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un
congreso general, que se dividirá en dos cámaras, una de diputados y otra de
senadores. (Art. 50, CPEUM).
De la iniciativa y formación de leyes.
El derecho de iniciar leyes o decretos compete:
Al presidente de la república,
A los diputados y senadores del congreso de la unión,
A las legislaturas de los estados,
A los ciudadanos (por lo menos 0.13% de la lista nominal de electores).
ING. PEDRO PEREZ
8
9. 3.1.4. Niveles de organización de la legislación Mexicana.
CPEUM
Leyes
Decretos
PND
Ejes
Reglamentos
Programas
sectoriales
NOM
Programas
nacionales
Manual de
operación y
procedimientos
Reglas de
operación
NMX
ING. PEDRO PEREZ
9
10. Nivel estructural de las leyes Mexicanas.
Nombre
de la ley
Títulos
Capítulos
Secciones
Artículos
Fracciones
Apartados
Párrafos
ING. PEDRO PEREZ
10
11. 3.1.5. La CPEUM y la Preservación ambiental
Artículo 4.
Párrafo 5. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente
sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto
a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará
responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto
por la ley.
Artículo 25.
Párrafo 6. Bajo criterios de equidad social y productividad se
apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado
de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés
público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos,
cuidando su conservación y el medio ambiente.
ING. PEDRO PEREZ
11
12. Artículo 27.
Párrafo 3. La nación tendrá en todo tiempo el derecho de
regular el aprovechamiento de los elementos naturales con objeto de
cuidar de su conservación. En consecuencia, se dictarán las medidas
para preservar y restaurar el equilibrio ecológico para evitar la
destrucción de los elementos naturales.
Párrafo 4. Corresponde a la Nación el dominio directo de
todos los recursos naturales de la plataforma continental y los
zócalos submarinos de las islas
ING. PEDRO PEREZ
12
13. Artículo 73.
Fracción XVI. El congreso tiene la facultad para dictar leyes.
Apartado 4. Las medidas que el consejo de salubridad general
haya adoptado para prevenir y combatir la contaminación ambiental,
serán después revisadas por el congreso.
Fracción XXIX.
Apartado 5
Inciso F. El congreso tiene las facultades para establecer
contribuciones especiales sobre explotación forestal.
ING. PEDRO PEREZ
13
14. Artículo 115.
Fracción III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y
servicios públicos siguientes:
Inciso A) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y
disposición de sus aguas residuales.
Inciso C) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición
final de residuos
ING. PEDRO PEREZ
14
15. Artículo 123.
Fracción II. La jornada máxima de trabajo nocturno será de 7
horas. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el
trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez
de la noche, de los menores de dieciséis años.
Fracción XIV. Los empresarios serán responsables de los
accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los
trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o
trabajo que ejecuten. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso
de que el patrono contrate el trabajo por un intermediario
(outsorcing).
Fracción XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con
la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y
seguridad en las instalaciones de su establecimiento.
ING. PEDRO PEREZ
15
16. 3.1.6. La legislación ambiental en Estados Unidos, México y
Canadá
3.1.6.1. Derecho ambiental estadounidense.
La constitución estadounidense no contiene ningún precepto
directo sobre la protección ambiental o a la protección de los
recursos naturales.
las funciones que ejerce el poder ejecutivo en materia
ambiental son realizadas a través de la Agencia de Protección
Ambiental (EPA)
La EPA es la principal
autoridad administrativa en
materia ambiental. Fue
creada en 1977.
ING. PEDRO PEREZ
16
17. 3.1.6. La legislación ambiental en Estados Unidos, México y Canadá
3.1.6.1. Derecho ambiental estadounidense.
El poder legislativo esta representado por el congreso, este ha
desempeñado la elaboración de varias leyes ambientales que son
de aplicación a nivel federal.
ING. PEDRO PEREZ
17
18. 3.1.6. La legislación ambiental en Estados Unidos, México y Canadá
3.1.6.1. Derecho ambiental estadounidense.
Ley de política nacional en materia de medio ambiente
Aire: Ley federal de control de la contaminación del aire.
Agua: Ley federal de control de la contaminación del agua.
Residuos tóxicos: Ley de control de sustancias toxicas
Recursos naturales: Ley de conservación y recuperación de
recursos.
Ley de compensación y responsabilidad
ambiental
Ley de coordinación de pesca y vida
silvestre.
Ley de manejo de la zona costera.
ING. PEDRO PEREZ
18
19. 3.1.6. La legislación ambiental en Estados Unidos, México y Canadá
3.1.6.2. Derecho ambiental Canadiense.
En Canadá, la responsabilidad de la protección y conservación
del medio ambiente, recayó fundamentalmente en los gobiernos
provinciales.
Durante la década de los 70´s se crearon algunas leyes
federales como:
Ley de agua de Canadá.
Ley de pesca.
Ley de aire limpio.
Ley de control de descargas al océano.
Ley sobre contaminantes del ambiente.
ING. PEDRO PEREZ
19
20. 3.1.6. La legislación ambiental en Estados Unidos, México y Canadá
3.1.6.2. Derecho ambiental Canadiense.
Consejo Canadiense de Ministros del Medio Ambiente
Alentar la cooperación intergubernamental para armonizar las
políticas, programas, procesos de evaluación ambiental y
procedimientos de revisión
En 1982, en lo que se conoce como la “enmienda
constitucional” de los recursos, se otorgo la facultad a las
provincias de decidir acerca de la exploración, aprovechamiento,
conservación y administración de los recursos dentro de sus
territorios.
Con esto se concedió a las provincias la capacidad para cobrar
impuestos sobre los recursos no renovables y forestales.
ING. PEDRO PEREZ
20
21. 3.1.6. La legislación ambiental en Estados Unidos, México y Canadá
3.1.6.2. Derecho ambiental Canadiense.
1988, Se crea la Ley Canadiense de Protección al Ambiente
En esta se plateaba la necesidad de que la federación asumiera
un papel mas importante en la protección ambiental.
ING. PEDRO PEREZ
21
22. 3.1.6. La legislación ambiental en Estados Unidos, México y Canadá
3.1.6.3. Derecho ambiental Mexicano.
En México, la conducción de la política ambiental es
responsabilidad fundamental del gobierno federal.
La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT) es el principal órgano de gobierno mediante el cual
se llevas acciones relacionadas con el medio ambiente.
El Ejecutivo Federal a través de sus organismos del sector del
medio ambiente: El INE, CONAGUA, CONANP, CONABIO, CONAFOR,
IMTA, PROFEPA, llevan a cabo las acciones coordinadas del
gobierno para atender al medio ambiente.
ING. PEDRO PEREZ
22
23. 3.1.6. La legislación ambiental en Estados Unidos, México y Canadá
3.1.6.3. Derecho ambiental Mexicano.
En la materia ambiental se han promulgado entre otras, las
siguientes leyes
Ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente
Ley de aguas nacionales y su reglamento
Ley de desarrollo forestal sustentable
Ley general para la prevención y gestión integral de los residuos
Ley general de vida silvestre
Ley general de bienes nacionales
Ley federal de pesca y acuacultura
Ley federal de derechos
ING. PEDRO PEREZ
23
24. 3.1.7. Niveles de organización de la legislación Mexicana.
CPEUM
LGEEPA
Tratados y
decretos
Reg de
emisiones y
trans de cont
En materia
de ANP
Auditorias
ambientales
EIA
Ordenamiento
ecologico
Prev y cont
de la cont
atm
NOM
NMX
ING. PEDRO PEREZ
24
25. 3.1.7. Niveles de organización de la legislación Mexicana.
CPEUM
PND
Tratados y decretos
Sustentabilidad
ambiental
PSMAyRN
PNH, PNANPs,
Pro arbol…
PFSAR, PROTAR,
PROARBOL,
PMANP…
Manual de
operación y
procedimientos
Reglas de operación
ING. PEDRO PEREZ
25
26. Tarea
Según la CPEUM, ¿que facultades tiene el congreso en
materia ambiental?.
¿Cual es el nivel jerárquico de las legislación mexicana?.
¿Que diferencia hay entre un decreto y una ley?.
De la definición de:
Inalienable, imprescriptible, concesión,
jurisdicción, Fuero, indemnización, interpósita
persona, expropiación, diligencia, disposición,
resolución, enajenación, monopolio, oligarquía,
¿Cuales son los componentes del programa sectorial de
medio ambiente y recursos naturales 2007-2012?
¿Cuales son los instrumentos de la política ambiental?
ING. PEDRO PEREZ
26
28. Instrumentos de política ambiental
1) protección de áreas naturales,
2) regulación directa de la vida silvestre,
3) ordenamiento ecológico del territorio,
4) evaluación del impacto ambiental,
5) estudios de riesgo,
6) normas oficiales mexicanas,
7) regulación directa de materiales y residuos peligrosos,
8) evaluación de riesgo,
9) regulación directa de actividades industriales,
10) autorregulación,
11)auditorías ambientales,
12)instrumentos económicos,
13)criterios ecológicos,
14)información ambiental, educación e investigación
28
15)convenios, acuerdos y ING. PEDRO PEREZ
participación.
29. Instrumentos económicos
1) impuestos y derechos ambientales,
2) mercados de derechos transferibles,
3) sobreprecios para generar fondos en fideicomiso,
4) sistemas de depósito-reembolso,
5) fianzas y seguros,
6) derechos de uso de recursos e infraestructura,
7) contratos privados,
8) licitaciones en el sector público,
9) derechos de propiedad y
10) concesiones.
ING. PEDRO PEREZ
29
30. 3.2. LEY DE AGUAS NACIONALES
Y SU REGLAMENTO
ING. PEDRO PEREZ
30