2. SEGURIDAD EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO
La seguridad en el comercio electrónico y específicamente en las transacciones
comerciales es un aspecto de suma importancia. Para ello es necesario disponer de
un servidor seguro a través del cual toda la información confidencial es encriptado
y viaja de forma segura, esto brinda confianza tanto a proveedores como
compradores que hacen del comercio electrónico su forma habitual de negocios.
3. ENCRIPTACIÓN
Para asegurar tales requerimientos se están implementando un conjunto de
sistemas de codificación o encriptación de la información:
• Codificación con clave secreta: también denominada codificación
simétrica, implica el uso de una clave compartida para la codificación del
transmisor y la descodificación del receptor.
• Codificación con clave pública: también denominada codificación
asimétrica, implica el uso de dos clave; una para codificar el mensaje u otra
diferente para descodificarlo.
4. FIRMAS DIGITALES
Mecanismo criptográfico que realiza una función similar a una firma escrita. Se utiliza
para verificar el origen y contenido de los mensajes. Por ejemplo en un e-mail se puede
verificar quien lo firmó y que los datos no fueron modificados después de ser firmados.
CERTIFICADOS DIGITALES
Proporcionan una vía adecuada para que los participantes en una transacción de
comercio electrónico puedan confiar cada uno en el otro mediante el uso de una tercera
parte común.
La codificación comienza a tener vigencia en el ámbito comercial y con ello aparecen
ciertos conflictos legales. Los directivos se encontrarán con el problema de la producción
de documentos que sólo ciertos empleados puedan descodificar.
5. CONSIDERACIONES DE SEGURIDAD
El comercio electrónico se encuentra en estos momentos creciendo de forma muy
rápida, todavía hay temas que están en debate los cuales están en espera de ser
resueltos para obtener así todo el potencial que este nos ofrece.
Es así que tenemos:
Globalización: Las redes globales nos dan la oportunidad de establecer negocios con
empresas que se encuentran en otro lado del mundo, y hacer de estos negocios algo tan
simple, como si se hiciera con alguien que este en la calle del frente; pero como podremos
apreciar no es suficiente sólo la comunicación, aunque necesaria, existen cosas que son
importantes y que debemos tener en cuenta, entre ellas ¿Cómo pueden dos empresas de
diferentes continentes saber de su existencia mutua y de los productos o servicios que
necesitan u ofrecen?, ¿Cómo puede una empresa conocer y comprender las tradiciones y
reglas de negocio de algunos países tan remotos, particularmente cuando estas reglas no
suelen ser escritas?, ¿Y cómo puede ser respetada y soportada la diversidad lingüística y
cultural de una comunidad de usuarios global?
6. Apertura Contractual y Financiera: Como ejemplo pongamos el caso de una
empresa del Perú que ojea un catálogo electrónico de una empresa de México, y
realiza un pedido electrónico de un producto cuya distribución es electrónica y que
el pago es electrónico también.
Propiedad: Particularmente en el caso de bienes que pueden distribuirse
electrónicamente, y pueden ser fácilmente copiados, la protección de la propiedad
intelectual y de los derechos de copia representan un hito aún por solucionar.
Privacidad y Seguridad: El comercio electrónico necesita apoyarse en mecanismos
que sean eficaces para así poder garantizar la privacidad y la seguridad de las redes
abiertas.
Interconectividad e interoperabilidad: Llegar a explotar todo el potencial del
comercio electrónico necesita de acceso en un nivel mundial.
Riesgo: Un factor limitante para el crecimiento del comercio electrónico es la falta
del recurso e iniciativas.
8. LOS SUJETOS INTERVINIENTES EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO
El comercio electrónico constituye un acto jurídico con contenido patrimonial, es
decir un contrato, con la peculiaridad que la comunicación entre las partes
contratantes: aceptante y oferente se da por medios electrónicos.
EMPRESARIO: En términos generales podemos definirlo, como la persona física o
jurídica, que desarrolla actividades económicas como el intercambio de bienes o
prestación de servicios.
CONSUMIDORES: Existe una definición general de consumidor, la cual equipara a este al
ciudadano común, al cual se le atribuye derechos especiales como el de información.
Pero la noción concreta de consumidores varia según la finalidad de la norma que lo trata
de proteger. Dentro de estas cabe distinguir dos nociones concretas: una se refiere al
consumidor como cliente, y otra que considera al denominado “consumidor final”.
ADMINISTRACIÓN: La administración esta conformada por todos los órganos e
instituciones del Estado. Con respecto a este sujeto, la denominación no queda muy
clara, ya que se suele usar indistintamente otras denominaciones, tales como: Gobierno
(government).