2. El Ecuador comparte una triste realidad regional en su sistema penitenciario, la cual pone
en escena las dificultades que tiene para poder respetar los derechos y la dignidad de las
personas privadas de la libertad. Pero también existe deficientes condiciones de los
diferentes operadores del sisma penitenciario que son influencia directa para poder
cumplir con los preceptos normativos de rehabilitación y respeto a la dignidad humana.
Según las cifras propias del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
el cual ha sido por disposición propia del Ejecutivo fusionado, la situación
penitenciaria del mes de agosto del 2018 revela que existe 38.034 personas
privadas de la libertad, entre las que se encuentran 22.565 con sentencia y
14.118 que se encuentran durante un proceso penal; siendo 35.116 hombres
y 2.917 mujeres; teniendo un hacinamiento del 36,93%
3. • OBJETIVO 9: “Garantizar la vigilancia de los derechos y la justicia”
• POLITICA 9.5 : “Impulsar un sistema de rehabilitación social que
posibilite el ejercicio de derechos y responsabilidades de las personas
privadas de la libertad”.
4.
5. • SEGÚN EL ART. 51 SON:
1. Se prohíbe el aislamiento como signo de sanción disciplinaria.
2. Tienen acceso a la visita y comunicación con sus familiares y otros profesionales.
3. Pueden dejar en constancia ante una autoridad jurídica sobre el trato recibido en el tiempo de la privación de su
libertad.
4. En los centros de privación de la libertad, deben tener los recursos necesarios para la integridad de su salud.
5. Una buena calidad de atención a sus necesidades laborales, recreativas, educativas, productivas, culturales y
alimenticias.
6. Recibir un tratamiento especializado, preferente y digno de cada persona con privación de la libertad como: mujeres
embarazadas, durante la lactancia, adolescentes, adultos mayores, personas enfermas o con algún tipo de discapacidad.
7. Tener medidas de protección para las niñas/os, menores de edad, personas con discapacidad y adultos mayores que se
encuentren bajo dependencia y cuidado.
6. ANALISIS
Los derechos mencionados que tiene las personas privadas de la libertad son una forma
para que puedan vivir en un equilibrio con la sociedad, que gocen de una salud plena y
psicológicamente sean personas estables sin ningún tipo de secuelas en su futuro; así los
derechos establecidos por el gobierno buscan una equidad en las personas que son
privadas de la libertad, con mayor enfoque en las personas más vulnerables de estos
centros para una mejor calidad de vida, teniendo que cumplir estos derechos las
respectivas autoridades según las leyes adscritas.