3. DEFINICIÓN Una Declaración de Impacto ambiental (DIA) es un
documento oficial en el cual se recoge el resultado de
una evaluación de impacto ambiental y de sus
alegaciones. Es un documento obligatorio para la
construcción de infraestructuras en una gran cantidad
de países.
ELABORADO POR:
Organismos o autoridad medioambiental, como el
Ministerio de ambiente.
4. PROCESO DE ELABORACIÓN
Se parte de un proyecto definido
redactado.
Se redacta la evaluación del impacto
ambiental.
Se somete a un periodo de exposición
pública.
Se valoran las alegaciones que han
sido realizadas.
Se realizan modificaciones oportunas.
Se evalúa el documento final.
Si la valoración es positiva o negativa qué
medidas se debe adoptar obligatoriamente
para reducir el impacto ambiental.
6. CONTENIDO
La DIA deberá ser presenta en 3 ejemplares debidamente suscritos por un consultor ambiental y por el
titular de la actividad, para ser evaluados por la DAAI en un plazo de 90 días. Transcurrido el plazo sin que
se emita pronunciamiento, en aplicación de la primera disposición transitoria, complementaria y final de
la ley del silencio administrativo, operará el silencio administrativo negativo; ello significa que el
administrado podrá optar por: (1) esperar que la autoridad administrativa resuelva, entendiendo que el
vencimiento del plazo no le exime de su obligación o (2) entender que existe una resolución denegatoria
ficta y plantear un recurso impugnatorio. En caso que la DAAI observe la DIA presentada, otorgará al
administrado un plazo para que este cumpla con su subsanación, vencido el cual sin mediar respuesta el
procedimiento caerá en abandono y la DIA será rechazada.
7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTOS
Tipo de
Impacto
• Características o beneficiosas del impacto ambiental.
Intensidad
• Severidad en el impacto sobre un determinado componente
ambiental.
Extensión
Geográfica
• Área impactada pro alguna actividad específica.
Duración
• Tiempo a lo largo del cual ocurre un impacto ambiental.
Importancia
• Valoración subjetiva que la sociedad le otorga al componente
ambiental afectado y al impacto de la actividad sobre este
componente.
8.
9. DIFERENCIAS ENTRE DECLARACIÓN Y ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
La diferencia es que básicamente una DIA significa declarar lo que la
construcción va a provocar, probando que esta se atañe a la norma, mientras el
EIA debe, junto con declarar los daños, proponer soluciones para mitigar los
mismos.
Ahora bien, además de la complejidad del informe que se debe entregar, hay una
diferencia crucial entre una Declaración y un Estudio, que tiene que ver con la
participación de la comunidad. Para el caso de los Estudios de Impacto
Ambiental [EIA], se establece la obligación de informar a la ciudadanía y de
publicar un extracto del EIA, dando la posibilidad de que las personas u
organizaciones ciudadanas formulen observaciones al mismo.